Consulta:
En la sección REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, en el apartado “Requisito documental para evaluar la capacidad técnica”, donde dice "5. Certificado de Representación", consultamos cuanto sigue:
Consideramos que este requisito debe ser suprimido puesto que en el punto Nº 1 ya se requiere la autorización del fabricante, representante o distribuidor con la demostración de la cadena de autorizaciones hasta llegar al fabricante, por lo que presentar además el certificado de representación constituye una exigencia innecesaria y arbitraria.