Los trabajos consisten en la sustitución total o parcial de las estructuras de puentes vehiculares que se encuentran en mal estado o fuera de servicio, por estructuras de hormigón armado y/o mixtas (muros de piedra bruta, H°A°, acero) en cualquiera de sus combinaciones, además de otros trabajos según el caso: terraplén, barandas y demás obras necesarias para la terminación, abarcando estos trabajos diferentes zonas del territorio nacional. Para llevar a cabo los trabajos se efectúa el presente llamado bajo la modalidad de contrato abierto con simultaneidad, de manera a adjudicar la ejecución de las obras a los oferentes que presenten los mejores precios unitarios para los diferentes ítems del proyecto.
De este modo, se prevé la localización de zonas de emergencia en donde sea necesaria la rápida intervención para la rehabilitación del tránsito. Los oferentes adjudicados realizarán los trabajos que sean necesarios, conforme a volúmenes de obras en cada caso. El Departamento de Puentes y Obras de Arte (DEPOA) del MOPC se encargará de la provisión de vigas prefabricadas pretensadas, vigas-losas, pre-losas prefabricadas y/o puentes modulares de acero, según el caso.
Luego de emitidas las Órdenes de Trabajo por la Dirección de Caminos Vecinales, las empresas adjudicadas ejecutarán los estudios técnicos necesarios (geotécnicos, entre otros) para luego preparar los diseños y posteriormente ejecutar la construcción de la infra y mesoestructura más apropiadas derivadas de dichos estudios para finalmente concluir con la superestructura mediante el montaje de puentes modulares de acero y/o las vigas y losas prefabricadas de H°A° según los requerimientos, junto con los trabajos complementarios de puesta a punto.
Especificaciones técnicas:
Estas Normas Paraguayas de Accesibilidad al Medio Físico fueron elaboradas por la CTN 45 “ACCESIBILIDAD – Subcomité Accesibilidad al Medio Físico”, y aprobadas por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN). Se encuentran publicadas en el Portal de Contrataciones Públicas (www.contrataciones.gov.py), vínculo “Marco Legal/Documentos de Interés”, desde donde podrán ser descargadas.
Las normas de accesibilidad que serán aplicadas deben incluirse en la Lista de Cantidades (Cómputo métrico) del Formulario de Oferta para permitir su cotización en conjunto con las obras objeto del contrato.
En el marco de la política de Compras Públicas Sustentables, cuyo fundamento radica en la consideración de prevalencia del impacto ambiental y social al momento de llevar adelante una contratación pública, las contratantes deberán establecer la inclusión de las Normas Técnicas en los pliegos de bases y condiciones para las contrataciones que tengan por objeto una obra nueva (Ej.: construcción de edificios, hospitales, escuelas, plazas, calles, y todas las obras que comprendan espacios de uso público, etc.)
En las contrataciones de servicios de reparación y mantenimiento de edificios, así como en la restauración de edificios históricos podrán aplicarse las Normas de Accesibilidad en la medida que razonablemente puedan ser admitidas.
El cumplimiento de estas normas en la ejecución de los trabajos deberá ser exigido a los contratistas, y para el efecto, se tomarán como referencia las Normas de Accesibilidad de las Personas al Medio Físico elaboradas por el Comité Técnico de Normalización CTN 45 “Accesibilidad”, del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN).
La obra debe ser ejecutada por el contratista principal y los subcontratistas en su caso, teniendo en cuenta la legislación vigente en materia ambiental, y las evaluaciones, licencias, autorizaciones, permisos, según corresponda, con el fin de que la misma cause impacto negativo mínimo directo o indirecto al medio ambiente.
Se entiende por impacto negativo todo el conjunto de alteraciones directas e indirectas provocadas por las actividades humanas sobre el medio físico, biótico, socio-económico, cultural, histórico y antropológico y que resulten costos sociales para el Estado y una disminución de la calidad de vida de la población en la que se va a ejecutar la obra.
Los potenciales impactos negativos directos que pudieran generarse serán manejados conforme a las Especificaciones Técnicas Ambientales Generales (ETAG) vigentes, y a las Especificaciones Técnicas Ambientales Particulares (ETAP), éstas últimas relacionadas específicamente con rubros inherentes a cada proyecto en particular, que son desarrolladas como parte intrínseca de los diseños finales de las obras y con secciones específicas dadas sus características regionales y que demandan medidas adicionales de protección socio ambiental.
En el caso de afectación de árboles en el área de influencia del puente, la Contratista a través de su Especialista Ambiental deberá identificar y registrar todos los individuos afectados y reportarlo como parte de los informes ambientales, con la debida propuesta de compensación según corresponda (dependiendo si se trata de área rural y/o urbana), este procedimiento en específico deberá contemplarse como parte del alcance del PASA, dentro del Programa de Recuperación de Áreas Degradadas. Las compensaciones deberán ser desarrolladas con especies nativas.
La Contratista, además, deberá cumplir con las normas nacionales, departamentales y municipales que rigen en materia ambiental y que guarden relación con la actividad.
Será responsabilidad de la Contratista, gestionar los permisos ambientales adicionales conforme a la legislación ambiental aplicable al alcance de las obras.
Si como consecuencia de la ejecución de las obras, la Fiscalización o la Supervisión Ambiental de obras (Dirección de Gestión Socio Ambiental del MOPC) observan irregularidades que causen impactos ambientales negativos en la zona de obra por omisión de las medidas de mitigación, la contratista se responsabilizará por las acciones correctivas correspondientes.
Desde la puesta en práctica de los trabajos hasta la conclusión de los mismos (Recepción Definitiva) la Contratista deberá operar y será la única responsable del cumplimiento de los compromisos ambientales y responderá por los eventuales perjuicios que pudiera ocasionar su no cumplimiento.
A la firma del contrato, el Especialista Ambiental deberá solicitar al administrador de contrato la coordinación de una reunión inicial con la DGSA, con el fin de poder recibir las instrucciones que sean necesarias en el marco del cumplimiento de los compromisos ambientales; además en este espacio deberán manifestar todos los puntos que requieran ser aclarados en el marco del componente ambiental de la obra.
En cuanto al cumplimiento de la ley 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental, la contratista deberá dar cumplimiento a los siguientes lineamientos, los cuales serán supervisados específicamente por el Departamento de Evaluación de Impacto Ambiental de la DGSA:
• Por cada puente, en la etapa de diseño será responsable de la elaboración de una Nota Consulta para su presentación al MADES; las evidencias de gestión de la misma deberán ser presentadas ante la DGSA como parte de los Informes Ambientales Mensuales, los detalles del procedimiento serán coordinados con el Departamento de Evaluación de Impacto Ambiental de la DGSA; cualquier modificación en este punto será comunicado por este departamento.
• Dependiendo de la respuesta del MADES al punto anterior y/o lo resuelto con la DGSA, la Contratista deberá proceder con la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental preliminar, para cumplir con este punto contarán con 10 días, contados desde la fecha de respuesta por parte del MADES a la Nota Consulta o será contabilizado desde la fecha indicada por la DGSA. Cumplido el plazo deberán remitirlo para una revisión previa a la DGSA, tras revisar la aprobación del documento, el Especialista Ambiental deberá proceder con las gestiones necesarias para su presentación ante el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible. ; todos los gastos administrativos del proceso ante el MADES serán responsabilidad de la Empresa Contratista.
• Se aclara que en caso de no requerir someterse al proceso de evaluación de impacto ambiental, cada puente deberá dar cumplimiento a lo requerido por las ETAG y las Especificaciones Particulares de la obra.
• Cualquier aspecto ambiental que deba ser definido durante la ejecución de las obras será coordinado y aprobado por la DGSA.
3.1 Informes de carácter ambiental
La Contratista deberá presentar los siguientes Informes:
1. Plan de Acción Socio Ambiental: Dentro de los primeros 30 días posterior a la firma del contrato, el Contratista está obligado a presentar un Plan de Acción Socio-Ambiental (PASA) , para revisión y posterior aprobación
por parte de la Dirección de Gestión Socio Ambiental (DGSA), teniendo en cuenta el contenido mínimo establecido en el punto 1.6.13 de las ETAG.
2. Informes Ambientales mensuales, sobre las actividades desarrolladas y resultados de la aplicación de las ETAG y otras disposiciones ambientales contractuales en las obras, debiéndose presentar antes de los 10 días calendario posteriores al cierre del mes correspondiente.
Aclaratoria: en los casos que apliquen, como parte de estos informes se deberá reportar la implementación del Plan de Gestión Ambiental, de acuerdo a las indicaciones que se reciba por parte de la DGSA.
3. Informes extraordinarios: el consultor deberá presentar este tipo de informe siempre que:
- exista una solicitud especial de la DGSA y/o del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES); y
- crea necesario informar a la DGSA y/o MADES sobre asuntos que requieran la acción urgente de tales instituciones.
4. Informe Ambiental final: que resuma todos los informes mensuales y extraordinarios e incluya una evaluación retrospectiva y final sobre los aspectos asociados al tema ambiental de las obras y de la Contratista para su Recepción Final. Como parte del informe se deberán presentar los principales resultados de los planes y programas de acuerdo a lo comprometido en el PASA, se deberá clasificar los resultados por puente.
5. Documentos en cumplimiento de la ley 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental: nota consulta para el MADES, Estudio de Impacto Ambiental preliminar (en caso de que aplique
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
SE ENCUENTRAN PUBLICADOS EN EL SICP
Como diseños referenciales deberán ser empleados los presentados en el Manual de Diseños Estructurales Estandarizados para Puentes de Hormigón Armado del MOPC, el cual puede ser descargado del sitio web: https://www.mopc.gov.py/index.php/servicios-mopc/manual de carreteras del Paraguay. Adicionalmente, pueden solicitar a la Dirección de Caminos Vecinales del M.O.P.C. los diseños estandarizados del Manual de Puentes actualizado.
Los planos de la obra con la respectiva aprobación municipal se encuentran publicados en el SICP junto con el expediente del llamado.
Se entregará al contratista en forma gratuita, un (1) ejemplar de los planos que a su vez será publicado en el SICP con la convocatoria de la contratación. El contratista se encargará de obtener, por su cuenta, todos los demás ejemplares que pudiese necesitar. El contratista no podrá utilizar para otros fines distintos a los del contrato, ni comunicar a terceros los planos, especificaciones y demás documentos presentados por la contratante, excepto si ello se considera estrictamente necesario para la ejecución del contrato.
La contratante es responsable por la obtención y entrega de los planos al contratista antes de la expedición de la orden de inicio de los trabajos, conforme a las disposiciones municipales vigentes y toda otra aprobación necesaria para el inicio de la ejecución de las obras.
El atraso de parte de la contratante en la entrega de los planos prorrogará en igual forma el inicio de la ejecución de las obras.
El contratista deberá tener en la zona de obras un (1) ejemplar de los planos, variaciones o cualquier otra comunicación que se realice en virtud del contrato, realizados por él de acuerdo con las condiciones previstas en los párrafos precedentes o recibidos de la contratante para que pueda ser verificado y utilizado por el fiscal de obra. Cuando la obra requiera medidas de mitigación de riesgo como resultado de la evaluación de impacto ambiental, el documento que las contenga deberá estar disponible en el sitio de obras.
La contratante tendrá derecho de acceder a cualquier documentación relacionada con la obra que se encuentre en la zona de obras.
El contratista deberá notificar al fiscal de obra por escrito, con copia a la contratante, cuando la planeación o ejecución de las obras pudiera retrasarse o interrumpirse, como consecuencia de que el fiscal de obra o la contratante no presentaran en un plazo razonable los planos que están obligados a enviar al contratista conforme al contrato. La notificación del contratista debe precisar las características y fechas de entrega de dichos planos.
Si los retrasos de la contratante o del fiscal de obra en la entrega de los planos o presentación de las instrucciones resultaran en perjuicio del contratista, este último tendrá derecho a indemnización por este perjuicio.
La obra a ser realizada será conforme a lo siguiente:
La Contratante, a través de la DCV, coordinará la ejecución de los trabajos con las Contratistas, las que serán notificadas en tiempo y forma. Para ello, la DCV elaborará una Orden de Ejecución de Estudios Preliminares (O.E.E.P.) que será emitida de acuerdo a las necesidades emergentes y que contendrá los datos necesarios para la realización de los estudios técnicos previos, relevamiento y para la preparación del anteproyecto de los puentes requeridos.
Emitida la OEEP, la Contratista deberá presentar un informe sobre los estudios preliminares, ejecutados y los resultados obtenidos, que incluya un cronograma de ejecución de los trabajos considerando un tiempo razonable de ejecución, la secuencia de realización de los trabajos debe ser tal que permita lograr un avance ordenado y deberá estar en un todo de acuerdo con las Especificaciones Técnicas, que forma parte de la documentación de la presente licitación. Así mismo, el informe deberá contener el anteproyecto de los puentes a ser construidos junto con la Planilla de cantidades preliminares respectiva. Este informe deberá ser presentado en un plazo máximo de sesenta (60) días y estará sujeto a la revisión de la DCV, la cual solicitará las correcciones y/o modificaciones que sean necesarias. En caso que fueren necesarias correcciones, la Contratista realizará los ajustes y presentará el informe corregido. Realizadas dichas correcciones, la DCV verificará y emitirá la aprobación correspondiente.
Posteriormente, la DCV elaborará una Orden de Ejecución de Trabajo (O.E.T.) que contendrá el proyecto aprobado y los datos necesarios para la ejecución de las obras. El original de la OET lo guardará la Contratante y se entregará una copia a la Contratista, autenticada con el sello y la firma del responsable de la DCV.
El cronograma podrá ser modificado a los efectos de dar atención a las prioridades establecidas por emergencias.
La recepción de los trabajos será realizada por la DCV y/o DEPOA, una vez que la Contratista comunique su conclusión, previa verificación por parte de la Contratante.
El plazo fijado para la ejecución de los trabajos es de 15 meses y la fiscalización de los trabajos será llevada a cabo por los Supervisores designados por el MOPC.
Observaciones:
Obs. 1: Para su análisis, la Contratista deberá considerar que la construcción de los puentes podría recaer en CUALQUIERA DE LOS DEPARTAMENTOS DEL PAÍS, debiendo para el efecto prever la ejecución de los ítems mediante la conformación de como mínimo 3 CUADRILLAS DE TRABAJO y la provisión de materiales para la ejecución de los ítems.
Obs. 2: La previsión estimada del volumen total de trabajo es el siguiente: 1.000 ml de puentes metálicos modulares (módulos de longitudes siguientes: 6 metros, 12 metros, 18 metros, 24 metros, 30 metros, 36 metros y 45 metros) a los que se podrán añadir 400 ml de pasarelas peatonales, y 600 ml de puentes de H°A°, a desarrollarse de acuerdo a las OET emitidas.
Obs. 3: El pago se hará de la siguiente manera:
- Mediante certificación mensual de producción, conforme a cada OEEP y/o OET emitida por la Dirección de Caminos Vecinales.
Obs. 4: El traslado y montaje de los módulos metálicos de puentes y las vigas y losas prefabricadas de H°A° al lugar de obras designado por la Contratante, es responsabilidad de la Contratista.
Las obras contratadas que requieran de la obtención de requisitos de carácter ambiental, no podrán iniciarse antes de la obtención y presentación a la contratante de dichos requisitos.
Las empresas contratistas encargadas de la construcción de obras de infraestructura y/o viales tendrán la obligación de exhibir gráficamente letreros o vallas en lugares visibles que identifiquen a la obra y deberá contener mínimamente cuanto sigue:
El código QR mencionado en la presente cláusula, es generado a través del SICP con la emisión del código de contratación, permitiendo que a través de aplicaciones móviles pueda ser corroborada la información disponible del contrato y la situación contractual del mismo.
La convocante puede incluir otros requisitos adicionales, como por ejemplo:
Los Oferentes adjudicados deberán presentar la nómina del plantel de técnicos, necesarios para la ejecución de la obra, acompañada del curriculum vitae, adicionales al personal clave propuesto y evaluado en la etapa de evaluación, para la ejecución de la obra dentro de los 15 (quince) días calendarios posteriores a la firma del contrato, la cual será sometida a verificación, evaluación y aprobación.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Certificado 1 |
Certificado de Obra |
Mes 1 |
Certificado 2 |
Certificado de Obra |
Mes 2 |
Certificado 3 |
Certificado de Obra |
Mes 3 |
Certificado 4 |
Certificado de Obra |
Mes 4 |
Certificado 5 |
Certificado de Obra |
Mes 5 |
Certificado 6 |
Certificado de Obra |
Mes 6 |
Certificado 7 |
Certificado de Obra |
Mes 7 |
Certificado 8 |
Certificado de Obra |
Mes 8 |
Certificado 9 |
Certificado de Obra |
Mes 9 |
Certificado 10 |
Certificado de Obra |
Mes 10 |
Certificado 11 |
Certificado de Obra |
Mes 11 |
Certificado 12 |
Certificado de Obra |
Mes 12 |
Certificado 13 |
Certificado de Obra |
Mes 13 |
Certificado 14 |
Certificado de Obra |
Mes 14 |
Certificado 15 |
Certificado de Obra |
Mes 15 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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