Condición de Participación

Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".

Requisitos de Calificación

Calificación Legal

Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.

Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.   

A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:

  1. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de ofertas que incluye la declaratoria debidamente firmada.
  2. Verificará los registros del personal de la convocante para detectar si el oferente o sus representantes, se hallan comprendidos en el presupuesto del inciso a) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021.
  3. Verificará por los medios disponibles, si el oferente y los demás sujetos individualizados en las prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, aparecen en la base de datos del SINARH o de la Secretaría de la Función Pública.
  4. Si se constatara que alguno de las personas mencionadas en el párrafo anterior figura en la base de datos del SINARH o de la Secretaría de la Función Pública, el comité analizará acabadamente si tal situación le impedirá ejecutar el contrato, exponiendo los motivos para aceptar o rechazar la oferta, según sea el caso.
  5. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de Declaración de Miembros, de conformidad a estándar debidamente firmado en su oferta y cotejará los datos con las personas físicas inhabilitadas que constan en el registro de “Sanciones a Proveedores” del SICP a fin de detectar si directores, gerentes, socios gerentes, quienes ejerzan la administración, accionistas, cuotapartistas o propietarios se hallan comprendidos en el presupuesto del inciso m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021.

            El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.

  1. Si el Comité confirma que el oferente o sus integrantes poseen impedimentos, la oferta será rechazada y se remitirán los antecedentes a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) para los fines pertinentes.

Análisis de precios ofertados

Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:

1. En obras públicas: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 20% para ofertas por debajo del precio referencial y 10% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.

Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado de la obra, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.

El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.

Certificado de Producto y Empleo Nacional - CPS

A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.

La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.

El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.

Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.

a) Consorcios:

a.1. Provisión de Bienes

El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.

a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término “servicio” aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).

Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.

Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.

Margen de preferencia local - CPS

Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.

En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.

Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.

 

Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación

 

1. Formulario de Oferta (*)

[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.]

 

2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*)

La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución.

 

3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**)

 

4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**)

5.Certificado de Cumplimiento Tributario. (**)

6. Patente Comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**)

7. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios (**)

 

8. Documentos legales

 

8.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas.

 

 

Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del firmante de la oferta.(*)

 

Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes - RUC. (*)

 

En el caso que suscriba la oferta otra persona en su representación, deberá acompañar una fotocopia simple de su cédula de identidad y una fotocopia simple del poder suficiente otorgado por Escritura Pública para presentar la oferta y representarlo en los actos de la licitación. No es necesario que el poder esté inscripto en el Registro de Poderes. (*)

 

8.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas.

 

Fotocopia simple de los documentos que acrediten la existencia legal de la persona jurídica tales como la Escritura Pública de Constitución y protocolización de los Estatutos Sociales. Los estatutos deberán estar inscriptos en la Sección Personas Jurídicas de la Dirección de Registros Públicos. (*)

 

Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) y fotocopia simple de los Documentos de Identidad de los representantes o apoderados de la sociedad.

 

Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al oferente. Estos documentos pueden consistir en: un poder suficiente otorgado por Escritura Pública (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o los documentos societarios que justifiquen la representación del firmante, tales como las actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. (*)

 

8.3. Oferentes en Consorcio.

 

a) Cada integrante del consorcio que sea una persona física domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales especificados en el apartado Oferentes individuales. Personas Físicas. Cada integrante del consorcio que sea una persona jurídica domiciliada en Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales Personas Jurídicas. (*)

 

b) Original o fotocopia del consorcio constituido o del acuerdo de intención de constituir el consorcio por escritura pública en caso de resultar adjudicados y antes de la firma del contrato. Las formalidades de los acuerdos de intención y de los consorcios serán determinadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). (*)

 

c) Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes del acuerdo de intención de consorciarse. Estos documentos pueden consistir en (*):

Un poder suficiente otorgado por escritura pública por cada miembro del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o

Los documentos societarios de cada miembro del consorcio, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

d) Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):

Un poder suficiente otorgado por escritura pública por la Empresa Líder del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o

Los documentos societarios de la Empresa Líder, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.

Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas. 

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

 

Requisitos Mínimos

 

Requisitos de Cumplimiento

 

Documentación requerida

 

Oferente Individual

 

Consorcios

Todas las Partes Combinadas

Cada Socio

Socio Líder

Coeficiente de Liquidez: Activo corriente / Pasivo Corriente ≥ 1,20 (igual o mayor a uno con veinte), en promedio. Esta información será extraída de los Balances Generales correspondientes a los últimos 3 (tres) ejercicios fiscales cerrados y presentados ante la respectiva autoridad tributaria (Años 2019,2020 y 2021) (*)

 

Debe cumplir con el requisito.

 

N/A

 

Debe cumplir con el requisito.

 

N/A

 

Completar el Formulario N° 5 y presentar los documentos que se indiquen en el pliego de bases y condiciones.

Coeficiente de Solvencia: Pasivo Total / Activo Total ≤ 0,80 (igual o menor a cero con ochenta), en promedio. Esta información será extraída de los Balances Generales correspondientes a los últimos 3 (tres) ejercicios fiscales cerrados y presentados ante la respectiva autoridad tributaria (Años 2019,2020 y 2021) (*)

 

Debe cumplir con el requisito.

 

N/A

 

Debe cumplir con el requisito.

 

N/A

 

Completar el Formulario N° 5 y presentar los documentos que se indiquen en el pliego de bases y condiciones.

Recursos Financieros: 

Deberá demostrar que dispone de acceso a recursos financieros, el mismo deberá estar compuesto por el Capital Operativo pudiendo ser complementado por una Carta de Crédito emitida por una entidad Bancaria y/o Financiera debidamente reconocida y supervisada.

El mínimo de recursos financieros será igual o superior al: 20% (veinte por ciento) del monto de la oferta presentada por el oferente en cada Lote.

El Capital Operativo será calculado como el monto obtenido de la diferencia entre el Activo Corriente menos el Pasivo Corriente, extraídos del último Balance General (incluyendo los balances correspondientes a los contratos en los cuales ha participado en calidad de Contratista principal, integrante de un Consorcio o Subcontratista, afectado por su participación en dicho contrato), correspondiente al último ejercicio fiscal cerrado y presentado ante la respectiva autoridad tributaria (Año 2021). (*)

El capital operativo podrá ser complementado con una Carta de Crédito emitida por una entidad bancaria y/o financiera debidamente reconocida y supervisada por el Banco Central del Paraguay, en la misma se debe indicar claramente que el oferente tiene Aprobada una línea de crédito para ser utilizada; con la siguiente descripción:

(a)- Entidad u organismo que otorga el financiamiento,

(b)- Monto Total y Moneda de la Línea de Crédito Aprobada, en caso que resulte ser adjudicada en el presente llamado,

(c)- La carta de la entidad bancaria y/o financiera debe estar dirigida al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC),

(d)- Identificar el llamado para el cual emiten la línea de crédito,

(e)- Fecha de Emisión de la Línea de Crédito.

Observación sobre Línea de Crédito:

- La Línea de Crédito Aprobada debe estar vigente durante el proceso de evaluación y adjudicación.

  • No serán consideradas aquellas líneas de créditos con fechas posteriores a la fecha de apertura.
  • No serán consideradas aquellas Líneas de Crédito Aprobadas que estén sujetas a condicionamientos para su aprobación.
  • No serán tenidas en cuenta cartas de crédito emitidas por entidades que no estén debidamente reconocida y supervisada por el Banco Central del Paraguay, para lo que deberán indicar el link a fin de realizar la verificación.
  • No serán consideradas aquellas cartas de créditos que no cumplan con las descripciones indicadas en los incisos (a), (b), (c), (d) y (e).

En caso de Consorcios, a los efectos de la calificación se sumarán los Recursos Financieros de cada integrante

 

Debe cumplir con el requisito

 

Debe cumplir con el requisito

 

Debe cumplir por lo menos con el 25% del requisito mínimo

 

Debe cumplir por lo menos con el 40% del requisito mínimo

 

Completar el Formulario N° 5a y 5b, y presentar los documentos probatorios que se indiquen en el pliego de bases y condiciones.

 

Volumen Anual de Negocios

Haber generado, durante los mejores cinco (5) años de los últimos diez (10) años (2012-2021), en promedio un volumen anual de negocios igual o superior al 50% del monto de la oferta de cada Lote.

El promedio del volumen anual de negocios se define como el total de los ingresos operativos en construcción, en el sector público y en el sector privado, los mismos podrán estar identificados y verificables en los Estados de Resultados, Notas a los Estados Financieros o Libro Mayor de las cuentas de los Ingresos Operativos en Construcción. Los Ingresos Operativos en construcción podrán corresponder a los trabajos realizados en su calidad de Contratista Principal, Sub Contratista o Integrante de un Consorcio, los mismos serán promediados y dividido el número de (5) años.

En caso de consorcios, a los efectos de la calificación, se sumarán los promedios de los Ingresos Operativos en Construcción.

 

Debe cumplir con        el requisito.

 

Debe cumplir con el requisito

Debe cumplir por lo menos con el 25% de los requisitos mínimos requeridos.

Debe cumplir por lo menos con el 40% de los requisitos mínimos

requeridos

 

Completar los Formulario N°

3     y      3a,     y presentar      los documentos probatorios que se indiquen en el pliego de bases               y

condiciones.

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones: 

  1. Autorización para pedir referencias a las instituciones bancarias de las que el oferente es cliente.
  2. Indicar y adjuntar copias de documentos que comprueben el acceso del oferente a recursos financieros para cumplir los requisitos de calificación, bastando para el efecto Cartas de Créditos emitidas por entidad bancaria y/o financiera debidamente reconocida y supervisada por el Banco Central del Paraguay mediante las cuales se debe indicar claramente que el oferente tiene Aprobada una línea de crédito para ser utilizada por el oferente.
  3. Copia de los Balances Generales y Notas a los Estados Financieros de los años 2019, 2020 y 2021, presentados ante las respectivas autoridades tributarias de la República del Paraguay. Los mismos deberán estar certificados por el Representante Legal y el Profesional Contable; aquellas documentaciones requeridas que tengan rectificaciones realizadas antes de la fecha de apertura, deberán adjuntar las documentaciones rectificadas.
  4. Presentar únicamente los Estados Financieros Individuales o Consolidados; no se podrán adjuntar ambos documentos, debiendo ir acompañado de la certificación por parte del profesional contable en la que manifiesta que las cifras corresponden a los Estados Financieros Individuales o Consolidados, dicha certificación deberá ser en carácter de declaración jurada.
  5. Estados de Resultados, Notas a los Estados Financieros, Libro Mayor de las cuentas de ingreso operativo en construcción correspondientes a los mejores cinco (5) años de los últimos diez (10) años (2012-2021)
  6.  Los oferentes que presentaren ofertas por medio de una Sucursal Paraguaya de una Empresa Extranjera deberán presentar los Estados Financieros (Balances Generales, Estados de Resultados y Notas a los Estados Contables) presentados ante la Sub Secretaria de Tributación del Paraguay, no se aceptarán Estados Financieros de Casas Matrices.

Experiencia general en obras

Con el objetivo de calificar la experiencia general del oferente, se considerarán los siguientes índices

El criterio se evalúa en el apartado: Capacidad Financiera (Volumen Anual de Negocios)

 

Experiencia específica en obras

 

Requisitos Mínimos

 

Requisitos de Cumplimiento

 

Documentación  requerida

 

Oferente Individual

 

Consorcios

 

Todas las Partes Combinadas

 

Cada Socio

 

Socio Líder

 

 

Participación en calidad de contratista, integrante de un consorcio o subcontratista autorizado por la Administración Contratante, en Instituciones Públicas y/o Privadas, en al menos un [1] contrato similar a las obras  propuestas, durante los últimos diez [10] años (2012 2021) anteriores a la fecha de apertura de sobres.

La similitud debe basarse en la escala física, la complejidad, los métodos o la tecnología, u otras características técnicas, conforme a lo descrito en la Sección III. Alcance de las Obras.

 

Debe cumplir con        el requisito.

 

Debe cumplir con el requisito.

 

N/A

 

N/A

 

Completar los Formulario N° 4, y presentar los documentos probatorios que se indiquen en el pliego de bases y

condiciones.

La similitud debe basarse en la ejecución de las siguientes actividades:

Lotes 1, 2 y 4

 

 

 

 

 

  1. Obras de pavimentación con concreto asfáltico con una longitud mínima igual o mayor a 12 km.

Lote 3:

  1. Obras de pavimentación con concreto asfáltico con una longitud mínima igual o mayor a 7 km.

Observación: A fin de cumplir este requisito, las obras deberán estar terminadas en un      70%.

 

 

 

 

 

 

 Contar con experiencia mínima para el    contrato que antecede u otros contratos, ejecutados en el período de los últimos diez [10] años (2012 2021) anteriores a la fecha de apertura de sobres, en las siguientes actividades clave:

   Lote 1

  • Carpeta de concreto asfáltico: 13.600 m3
  • Base o subbase granular: 69.000 m3
  • Terraplén: 180.000 m3

 

  Lote 2

  • Carpeta de concreto asfáltico: 14.700 m3
  • Base o subbase granular: 74.000 m3
  • Terraplén: 76.000 m3

 

 

Debe cumplir con            el

requisito.

 

Debe cumplir con       el

requisito.

Debe cumplir por lo menos con el 25% de los requisitos mínimos requeridos.

Debe cumplir por lo menos con el 40% de los requisitos mínimos

requeridos

 

Completar los   Formularios N° 4, y presentar los documentos probatorios que se indiquen en el pliego de bases            y condiciones.

  Lote 3

  • Carpeta de concreto asfáltico: 7.800 m3
  • Base o subbase granular: 34.000 m3
  • Terraplén: 65.000 m3

  Lote 4

  • Carpeta de concreto asfáltico: 4.800 m3
  • Base o subbase granular: 18.000 m3
  • Terraplén: 230.000 m3
  • Alcantarilla celular: 700 ml

 

 

 

 

 

 

 

Justificación de la experiencia específica solicitada

La experiencia requerida se ajusta a la envergadura y complejidad de la obra, considerando el alcance de la misma. Las experiencias solicitadas son las comúnmente requeridas en los llamados del MOPC para obras similares

Requisitos documentales para evaluar los presentes criterios de experiencia general y especifica en obras

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación de los presentes criterios: 

 

1. Copia de contratos, certificados, recepción provisoria y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida. En el caso de que la obra no esté terminada, deberán presentar documentación donde se visualice el porcentaje de avance.

 

2. Si la experiencia ha sido como subcontratista, acompañar el documento que acredite la autorización de la Administración Contratante para participar como tal en el contrato.

 

3. Si la experiencia ha sido como integrante de un consorcio, acompañar el contrato de constitución de consorcio

Capacidad en materia de personal

Con el objetivo de calificar la capacidad en materia de personal del oferente, se considerarán los siguientes índices:

Requisitos Mínimos

Requisitos de Cumplimiento

Documentación requerida

Oferente Individual

Consorcios

 

 

 

Todas las Partes Combinadas

Cada Socio

Socio Líder

 

 

Demostrar que cuenta con personal debidamente calificado para desempeñar los siguientes cargos claves:

 

        • Un (1) Ingeniero Civil o Vial, para el cargo de Jefe o Superintendente de Obras con 10 o más años de experiencia como superintendente, jefe de obra o residente en Obras Viales con pavimentación asfáltica. Se exigirá dedicación a tiempo completo.

 

    La permanencia del Jefe de Obras en la

    zona de obras será de tiempo completo.

 

Debe cumplir con el requisito.

 

Debe cumplir con el requisito.

 

N/A

 

N/A

 

Completar el Formulario N° 6, 6a y

Presentar los documentos que se indiquen en el pliego de bases y

condiciones.

        • Un (1) Especialista Ambiental, profesional, el cual deberá estar registrado en el Catastro Técnico de Consultores Ambientales (CTCA) del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), presentar una copia del certificado de inscripción vigente. En caso de contar con el registro pero que el mismo no se encuentre vigente, se deberá presentar la documentación que avale que el mismo se encuentra en proceso de renovación.

 

Tendrá la responsabilidad de hacer que se cumplan los Requerimientos de Carácter Ambiental y velará por la correcta implementación de las Especificaciones Técnicas Ambientales Generales (ETAG), con experiencia mínima de 2 (dos) obras viales con pavimentación asfáltica en la cual se haya   desempeñado como Especialista Ambiental, la misma deberá encontrarse debidamente certificada para ser           considerada.

 

El especialista ambiental estará disponible       durante todo el desarrollo de la Obra para interactuar con los representantes de la Fiscalización Técnica, la Fiscalización Ambiental y los Supervisores Ambientales de la DGSA. La permanencia del especialista ambiental en la zona de obras será de 3 (tres) días en campo y 2 (dos) días para trabajos en gabinete y en la medida que los trabajos en curso así lo requieran.

Considerando lo anterior, el Especialista Ambiental deberá presentar como parte del Plan de Acción Socio Ambiental su cronograma de visitas a la obra, las evidencias de las mismas deberán ser presentadas como parte de los Informes Mensuales Ambientales.

 

 

 

 

 

 

 

        • Un (1) Especialista Social: Un profesional del área social (Trabajador Social, Ecólogo Humano, Sociólogo, Comunicador, entre otros profesionales de las Ciencias Sociales.)

 

 Con no menos de 3 años de experiencia general en el área social, deberá presentar experiencia específica de al menos 2 años en proyectos viales.

  

La afectación del profesional será de 3 (tres) días en campo y 2 (dos) días para trabajos en gabinete y en la medida que los trabajos en curso así lo requieran..

 

        • Un (1) Técnico en Salud y Seguridad Ocupacional: quien tendrá a su cargo la supervisión y/o monitoreo de la implementación de las medidas de protección de la salud, higiene y seguridad ocupacional contempladas en las Especificaciones Técnicas Ambientales Generales u otras documentaciones o exigencias contractuales.

 

   Será un profesional, que se encuentre registrado       como técnico en el ámbito de Salud y Seguridad Ocupacional en cualquiera de sus categorías, dicho registro deberá ser expedido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS).

 

   El profesional deberá haber realizado al menos dos (2) trabajos como técnico en Salud y Seguridad Ocupacional en obras viales o de infraestructura. La permanencia del especialista en zona de obras será de tiempo completo.

 

Observaciones:

- No serán consideradas las experiencias presentadas que no se ajusten a lo solicitado más arriba.

- La experiencia será contabilizada a partir de la emisión del título universitario.

- Las experiencias deberán ser declaradas en el formato mes/año en el formulario correspondiente.

         

Requisitos documentales para evaluar la capacidad en materia de personal

1. Currículum en el que se mencione la calificación y experiencia del personal clave, técnico y de administración, propuesto para desempeñarse en el lugar de ejecución de las obras a los fines del contrato. El currículum deberá presentarse en el formato mes/año.

2. Certificados de Trabajos, contratos donde se visualice los trabajos realizados, cargo y el  periodo desempeñado.

3. Copia simple de título Universitario de los profesionales solicitados

4.  Registro en el Catastro Técnico de Consultores Ambientales (CTCA) del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES) vigente o documentación que avale que el mismo  se encuentra en proceso de renovación del especialista ambiental

5. Registro como técnico en el ámbito de Salud y Seguridad Ocupacional en cualquiera de sus categorías, dicho registro deberá ser expedido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS), del Técnico en Salud y Seguridad Ocupacional

Capacidad en materia de equipos

Con el objetivo de calificar la capacidad en materia de equipos del oferente, se considerarán los siguientes índices:

 

Requisitos Mínimos

 

Requisitos de Cumplimiento

 

Documentación   requerida

 

Oferente Individual

Consorcios

Todas las Partes Combinadas

Cada Socio

Socio Líder

 

Demostrar que puede disponer oportunamente de los equipos esenciales en propiedad o en alquiler, que a continuación se indican:

 

Equipos propios o alquilados para todos los Lotes:

- Un Compactador liso vibro tándem 7 tn.

- Un Compactador Neumático 21 tn.

- Una barredora o sopladora.

- Una Excavadora.

- Una pala cargadora.

- Una motoniveladora.

- Cuatro camiones volquetes.

- Un Camión Tanque Regador de Asfalto de 6000 lts.

- Una Vibroacabadora de asfalto 70 HP.

- Una Excavadora

 

Para el Lote 1 y 2

- Una planta asfáltica de 80 tn/h

 

Para el Lote 3 y 4

- Una planta asfáltica de 60 tn/h

 

La antigüedad máxima aceptada de los equipos, será de 10 (diez) años.

La cantidad mínima de equipos propios debe ser 7 equipos, entre los cuales se debe incluir la planta asfáltica.

Obs.: La Contratante, a través del Comité de Evaluación de Ofertas podrá realizar verificaciones de los equipos ofrecidos, así como solicitar las documentaciones necesarias a los efectos de evaluar estos requisitos.

Se aclara que independientemente de las cantidades mínimas indicadas exclusivamente para la etapa de calificación, el contratista deberá garantizar la disponibilidad de las cantidades necesarias de equipos y herramientas para asegurar el fiel cumplimiento de los plazos establecidos.

 

 

Debe cumplir con        el requisito.

 

Deben cumplir con el requisito.

 

N/A

 

N/A

 

Completar el Formulario N° 7    y    8; y Presentar los  documentos que se indiquen en el pliego de bases y

condiciones.

Requisitos documentales para evaluar capacidad en materia de equipos

 

1. Declaración jurada de que los equipos mencionados como propiedad de la (Empresa) se encuentran con disponibilidad de acuerdo al cronograma de utilización de equipos en caso de ser adjudicada, y que se encuentra en buen estado y en condiciones            aceptables para realizar los trabajos a que serán destinados.

               

2. En caso de equipos pertenecientes a terceros, adjuntar: (i) constancia donde se certifique que dicho equipo permanecerá en la obra todo el tiempo que sea necesario para cumplir con las tareas especificadas; (ii) contrato de alquiler o leasing, o carta compromiso otorgada por el propietario de que los equipos serán cedidos en alquiler o leasing.

 

3. Para el equipo propio, el contratista deberá demostrar ser propietario con Cédula Verde u otra documentación que acredite la propiedad del mismo o factura de compra o factura proforma acompañada de carta de compromiso de adquisición en el que conste las características del equipo solicitado.

Otros criterios que la convocante requiera

Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:

Observación:

El oferente deberá incluir en su oferta:

 

  1. Descripción del método de trabajo y cronogramas específicos, incluyendo gráficos y diseños. El cronograma de actividades deberá ser elaborado en base al diagrama de Grantt con el desarrollo de todos los ítems de trabajo, en el cual se indique la fecha de inicio, duración, porcentaje de ejecución previsto para cada mes y la fecha de terminación de los trabajos.

Es obligación de la contratista cumplir con el cronograma una vez adjudicado, el cual será estrictamente fiscalizado por la contratante.

 

  1. El adjudicado deberá preparar y presentar en porcentaje la curva de avance físico financiero, indicando montos, correspondiente al cronograma de ejecución, que debe señalar los desembolsos porcentuales previstos para cada mes y el acumulado.

MECANISMOS PARA LA APLICACIÓN DEL INCISO E) DEL ARTICULO 40 DE LA LEY N˚ 2051/2003 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS. RESOLUCIÓN N˚ 2006.

 

Artículo 3°.- Una vez realizada la apertura de ofertas, los miembros del Comité de evaluación, a través de la Coordinación del Comité, deberán solicitar informes sobre el estado de ejecución contractual a la fecha de la apertura de ofertas, de la entrega de bienes, prestación de servicios y ejecución de obras, de todos los oferentes participantes respecto a los contratos que éstos hayan suscripto con el Ministerio en su carácter de contratistas o proveedores, a las diferentes Unidades Administradoras de Contrato dependientes del Viceministerio de Obras Públicas y Comunicaciones incluyendo a las diferentes Unidades Ejecutoras de Proyectos y del Viceministerio de Administración y Finanzas de quienes deberán responder indefectiblemente en el plazo otorgado por el comité de evaluación.

 

Artículo 5˚ - La mora será entendida como el retraso, la demora o tardanza en la entrega de los bienes, en la prestación de los servicios o la ejecución de obras conforme a las condiciones contractuales inicialmente pactadas.

Para la determinación de la mora deberá demostrarse ostensiblemente el atraso en la ejecución contractual en un porcentaje superior al 10 %, el cual será analizado a la fecha de presentación de las ofertas del llamado, en base a los siguientes indicadores:

 

  • En el caso de llamados para la adquisición de bienes se computará desde la recepción de la Orden de provisión, la cual deberá ser analizada conforme al Plan de entrega de los bienes a ser contratados teniendo en cuenta si los mismos fueron entregados conforme al plazo y los requerimientos técnicos establecidos en el Contrato, Pliego de Bases y Condiciones y/o Adendas.
  • En el caso de llamados para la prestación de servicios se computará desde la recepción de la Orden de proceder, la cual deberá ser analizada en relación al Plan de Trabajo propuesto conforme al plazo y condiciones establecidas en el Contrato, Pliego de Bases y Condiciones y/o Adendas.
  • En el caso de Obras se computará desde la recepción de la Orden de inicio hasta la aprobación del último certificado mensual de obra por parte de la Unidad Administradora del Contrato. En el caso que el contratista no se encuentre al día con la presentación de los correspondientes certificados mensuales se considerará que se encuentra en incumplimiento en cuanto a sus obligaciones contractuales salvo prueba en contrario.

Para el efecto, se deberá contar con el informe de los técnicos pertenecientes a la unidad administradora del contrato, de la firma fiscalizadora, los supervisores dependientes de este Ministerio, o quienes cuenten con la idoneidad y el conocimiento pertinente teniendo en cuenta los siguientes indicadores:

 

  1. Avance Programado: es aquel que refleja la ejecución contractual a través del cronograma físico financiero que obra en su oferta.
  2. Avance Ejecutado: es aquel que refleja el progreso real de la ejecución.
  3. Avance Programado Acumulado: es aquel avance que refleja la ejecución mensual desde el inicio de la obra hasta un determinado periodo de estudio.
  4. Avance Ejecutado Acumulado: es aquel avance que refleja el progreso real acumulado de los meses de estudio.
  5. Avance Teórico Acumulado: es aquel que refleja el progreso contractual que debería tener según cronograma vigente. Comprende la curva corregida por eventos compensables (incluyendo lluvias).

Luego de realizar el contraste entre la curva programada vs la curva teórica acumulada se deberá cuantificar porcentualmente la mora en la que incurre el contratista fundamentando de manera evidente las causales atribuibles a la misma, el perjuicio ocasionado a la convocante y las penalidades impuestas a la misma conforme a lo establecido en el artículo 3° de la presente resolución.

La forma de cuantificar la mora en los Contratos de Reparación y Mantenimiento (CREMA) y los Contratos de Gestión de Mantenimiento por Niveles de Servicios (GMANS) estará establecida en los correspondientes Pliegos de Bases y Condiciones comparando el porcentaje de mora en etapa de Operación de Puesta a Punto, y en etapa de mantenimiento conforme a los Índices de Servicios.

La Convocante, en todos los casos, se reserva el derecho de verificar la veracidad y vigencia de la información suministrada por el Oferente.

2. ANÁLISIS DE PRECIOS OFERTADOS (Resolución DNCP N° 1890/2020 Art. 4)

 

Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:

  1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación
  2. En obras públicas: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 20% para ofertas por debajo del precio referencial y 10% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación

Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien, obra o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.

El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional

 

 

Criterios de desempate de ofertas

En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del llamado, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.