Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Calificación Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:
1. En obras públicas: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 20% para ofertas por debajo del precio referencial y 10% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado de la obra, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a) Consorcios:
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término “servicio” aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
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1. Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
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2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
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3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
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4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
| 5.Certificado de Cumplimiento Tributario. (**) |
| 6. Patente Comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
| 7. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios (**) |
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8. Documentos legales |
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8.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
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8.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
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8.3. Oferentes en Consorcio. |
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a) Cada integrante del consorcio que sea una persona física domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales especificados en el apartado Oferentes individuales. Personas Físicas. Cada integrante del consorcio que sea una persona jurídica domiciliada en Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales Personas Jurídicas. (*) |
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b) Original o fotocopia del consorcio constituido o del acuerdo de intención de constituir el consorcio por escritura pública en caso de resultar adjudicados y antes de la firma del contrato. Las formalidades de los acuerdos de intención y de los consorcios serán determinadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). (*) |
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c) Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes del acuerdo de intención de consorciarse. Estos documentos pueden consistir en (*):
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d) Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
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Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
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Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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Debe cumplir con el requisito.
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N/A |
Debe cumplir con el requisito.
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N/A |
Completar el Formulario N° 5 y presentar los documentos que se indiquen en el pliego de bases y condiciones. |
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Debe cumplir con el requisito.
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N/A |
Debe cumplir con el requisito.
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N/A |
Completar el Formulario N° 5 y presentar los documentos que se indiquen en el pliego de bases y condiciones. |
Las deducciones al flujo de fondos exigidos por compromisos derivados de otros contratos solo se harán cuando dichos contratos se encuentren en ejecución. Este mínimo de activos líquidos que constituirá el capital operativo, debe ser el resultado de la diferencia entre el Activo Corriente menos el Pasivo Corriente. Puede ser complementado con líneas de crédito otorgadas por entidades financieras. |
Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir con el requisito |
Debe cumplir por lo menos con el 25% del requisito mínimo
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Debe Cumplir por lo menos con el 40% del requisito minimo |
Completar el Formulario N° 5, y presentar los documentos probatorios que se indiquen en el pliego de bases y condiciones.
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Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
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Con el objetivo de calificar la experiencia general del oferente, se considerarán los siguientes índices
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Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir con el requisito |
Debe cumplir por lo menos con el 25% de los requisitos mínimos requeridos.
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Debe cumplir por lo menos con el 40% de los requisitos mínimos requeridos |
Completar los Formulario N° 2 y 3, y presentar los documentos probatorios que se indiquen en el pliego de bases y condiciones.
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Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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Debe cumplir con el requisito.
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N/A |
. N/A |
Debe cumplir con el requisito |
Completar los Formulario N° 4, y presentar los documentos probatorios que se indiquen en el pliego de bases y condiciones.
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Para Lote 1, 2 Y 3: Obras de Dragado para mantenimiento de canales de navegación en el Río Paraguay con un volumen mínimo de 500.000 m3 certificados.
- Este requisito podrá ser cumplido en un mismo contrato o con la sumatoria de varios contratos. |
Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir con el requisito |
N/A.
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Debe cumplir por lo menos con el 60% (sesenta por ciento) de los requisitos mínimos requeridos |
Completar los Formulario N° 2 y 4, y presentar los documentos probatorios que se indiquen en el pliego de bases y condiciones. |
El dragado de mantenimiento del Río Paraguay implica la intervención de los canales navegables a fin de mantener la profundidad de navegabilidad del Río Paraguay, por tanto, los oferentes deben poseer experiencia demostrable en extracción de material del lecho del río, sea para apertura de canales y/ o mantenimientos de estos, donde el vertido final del material extraído sea en el propio lecho del río.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación de los presentes criterios:
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Con el objetivo de calificar la capacidad en materia de personal del oferente, se considerarán los siguientes índices:
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Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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PARA LOTE 1,2 y3 Como mínimo deberá contar con 1 (un) Jefe o Superintendente de Obras con 2 (dos) o más años de experiencia en obras de dragado (o similar) y/o en materia de navegación. Se requiere que el profesional sea Ingeniero Civil, Vial, Hidráulico, Hidrólogo. La experiencia será contabilizada a partir de la emisión del título universitario. Por cada draga se requerirá: - Dos Operadores de draga, que cuenten con la habilitación correspondiente. - Dos Maquinistas, que cuenten con la habilitación correspondiente. - Dos Marineros, que cuenten con la habilitación correspondiente. El personal mínimo requerido (Operadores de draga, Maquinistas, Marineros) por cada embarcación deberá ser el habilitado por la Dirección General de Marina Mercante, conforme a las Leyes 429/57 de Marina Mercante (Creación de Marina Mercante) y 476/57 Código de Navegación Fluvial y Marítimo, el cual deberá contar con el Certificado expedido por la Dirección General de Marina Mercante. Además, todo el personal embarcado debe contar con el título de su categoría expedida por la Prefectura General Naval (PGN) y el registro Profesional expedido por la DGMM. • 1 (un) Especialista Ambiental, con 3 (tres) años de experiencia en obras civiles, de infraestructura portuaria o viales, quien tendrá la responsabilidad de hacer que se cumplan los Requerimientos de Carácter Ambiental. El especialista ambiental estará disponible durante todo el desarrollo de la Obra para interactuar con los representantes de la Fiscalización Técnica, la Fiscalización Ambiental y los Supervisores Ambientales. La permanencia del especialista ambiental en la zona de obras será de tiempo parcial con un mínimo de 15 días al mes y en la medida que los trabajos en curso así lo requieran. Este deberá estar registrado en el Catastro Técnico de Consultores Ambientales (CTCA) del Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), presentar una copia del certificado de inscripción vigente. En caso de contar con el registro pero que él mismo no se encuentre vigente, se deberá presentar la documentación que avale que el mismo se encuentra en proceso de renovación. Desde la puesta en práctica de los trabajos hasta la conclusión de los mismos (Recepción Definitiva) el Contratista deberá operar y será responsable de la correcta aplicación de las ETAG´s, la legislación nacional vigente en materia ambiental y responderá por los eventuales perjuicios que pudiera ocasionar su no cumplimiento, el Plan de Gestión Ambiental Genérico según lo estipule el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible para este tipo de obra. Obs: si el personal propuesto para el cargo de Jefe de Obras, es presentado en forma paralela en varios procesos licitatorios convocados por el M.O.P.C, el oferente solo podrá ser adjudicado en uno de ellos. Igualmente, no será considerado el personal propuesto que se encuentre comprometido en otra obra.
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Debe cumplir con el requisito.
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Debe cumplir con el requisito.
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N/A |
N/A |
Completar el Formulario N° 6 y presentar los documentos que se indiquen en el pliego de bases y condiciones. |
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Con el objetivo de calificar la capacidad en materia de equipos del oferente, se considerarán los siguientes índices:
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Requisitos Mínimos |
Requisitos de Cumplimiento |
Documentación requerida |
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Oferente Individual |
Consorcios |
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Todas las Partes Combinadas |
Cada Socio |
Socio Líder |
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Se debe contar como mínimo con: 1 una draga y embarcaciones de apoyo, tuberías de descargas, así como los accesorios de señalización necesarios por cada draga. La draga deberá contar con sistema de navegación y operación por gps. - DRAGA PROPIA: La draga a ser utilizada deberá tener una capacidad mínima de refulado de 300 m3/h (metros cúbicos por hora) con cortador, de extracción de material sólido. Igualmente, deberá presentar una declaración jurada de tener acceso a otra draga y accesorios con las mismas características en caso de que la draga ofertada como sus accesorios presenten desperfectos o se encuentren en mantenimiento. Esta puede ser propia o alquilada. Antigüedad máxima del equipo 15 años. - TUBERÍAS DE DESCARGAS: Debe contar con un mínimo de 800 metros de tuberías flotantes para la descarga del material extraído. - ACCESORIOS DE SEÑALIZACION: La draga y las tuberías de descarga deben contar con equipos de señalización para trabajos nocturnos balizas y boyas (30 artefactos o cada 50 m de longitud de cañería) - SEGURIDAD: La draga debe contar con todos los documentos y accesorios en materia de seguridad, requeridos por la Dirección de la Marina Mercante y la Prefectura General Naval. - EMBARCACIONES DE APOYO Y/O AUXILIO: Adicionalmente la draga debe estar acompañada por barcos de trabajo suficientemente potentes para poder realizar todas las operaciones de apoyo y de remolque de las dragas de una posición a otra y el remolque de los accesorios, tuberías, flotadores y otros. Cada draga también debe disponer de 1 (una) deslizadora. - SISTEMA DE NAVEGACIÓN Y OPERACIÓN POR GPS: La draga debe tener instalada toda la instrumentación de posicionamiento geodésico (DGPS) para poder dragar de acuerdo a la información batimétrica. La estación de referencia del sistema de dragado DGPS de buque, un Sistema de medición de área y una Ecosonda (deberán presentar documentaciones a fin de avalar que cuentan con el sistema) La draga y las embarcaciones auxiliares deberán contar con el registro de habilitación de la Dirección General de la Marina Mercante. En caso de equipos provenientes del extranjero deberá presentar la documentación habilitante del país de origen. La Contratante, a través del Comité de Evaluación de Ofertas podrá realizar verificaciones de los equipos ofrecidos, así como solicitar las documentaciones necesarias a los efectos de evaluar estos requisitos. Observación: Las dragas y equipos deberán encontrarse operativas y en funcionamiento en el PARAGUAY al momento de la presentación de las ofertas. Los equipos mínimos necesarios presentados por los Oferentes no deberán estar comprometidos en otras obras. |
Debe cumplir con el requisito.
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Deben cumplir con el requisito.
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N/A |
N/A |
Completar el Formulario N° 7 y 8; y Presentar los documentos que se indiquen en el pliego de bases y condiciones. |
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1. Declaración jurada de que los equipos mencionados como propiedad de la (Empresa) se encuentran con disponibilidad inmediata en caso de ser adjudicada, y que se encuentra en buen estado y en condiciones aceptables para realizar los trabajos a que serán destinados. |
| 2. Copia de contrato de Alquiler de los equipos presentados. |
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3. Cuadro de revalúo fijo en el caso de propietarios de equipos. |
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4. De la draga en propiedad deberá presentarse copia de título de propiedad, o documento similar que demuestre la propiedad de la misma, y todos los documentos habilitantes. |
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5. Declaración jurada de tener acceso a otra draga y accesorios con las mismas características en caso de que la draga ofertada como sus accesorios presenten desperfectos o se encuentren en mantenimiento. |
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
Un oferente podrá presentarse en los tres Lotes indistintamente, pero podrá ser adjudicado en un solo Lote. El criterio para la adjudicación será el siguiente: Si el mismo oferente se presentare en tres lotes con la oferta más baja en uno de ellos, cumpliendo los requisitos mínimos solicitados en el PBC para cada uno de los lotes, éste será adjudicado en el Lote en el cual su oferta sea la más baja y/o ventajosa para la contratante respecto de las otras ofertas, quedando así eliminado en los demás lotes restantes. En caso de igualdad de precios, queda como ganador el que posea mayor experiencia específica, siempre y cuando su oferta no sea la más baja y/o más ventajosa para la convocante en el otro lote al que se haya presentado. En caso de que la oferta de un oferente que se presentó en a los tres lotes, cumpliendo con todos los requisitos mínimos establecidos para dichos lotes y que sea la más baja y/o ventajosa en un lote y; en otro lote sea la única oferta calificada (ya sea por haber sido el único oferente del lote o que las demás ofertas sean descalificadas), el Comité de Evaluación decidirá si la oferta le es más ventajosa a la contratante en aquel lote donde la oferta sea la más baja, o en el lote que se declararía desierto en caso de ser la oferta la única oferta presentada o calificada. En todos los casos se atenderá a las disposiciones de la Resolución DNCP 1890/20.
El oferente deberá incluir en su oferta una descripción preliminar del método de trabajo y cronogramas específicos, incluyendo gráficos y diseños. El cronograma de actividades deberá ser elaborado en base al diagrama de Grantt con el desarrollo de todos los ítems de trabajo, en el cual se indique la fecha de inicio, duración, porcentaje de ejecución previsto para cada mes y la fecha de terminación de los trabajos. Es obligación del oferente cumplir con el cronograma una vez adjudicado, el cual será estrictamente fiscalizado por la contratante. El proponente deberá preparar y presentar en porcentaje la curva de avance financiero, sin indicar montos, correspondiente al cronograma de ejecución, que debe señalar los desembolsos porcentuales previstos para cada mes y el acumulado. Además, deberá considerar la Resolución N° 2006/2019, cuyo artículo cuarto y quinto disponen: Artículo 4° Toda descalificación de un oferente que proceda por aplicación del inciso e) del artículo 40 de la Ley N° 2051/2003 De Contrataciones Públicas deberá ser fundamentada en el informe de la evaluación técnica de las ofertas, en que se asentará la concurrencia de los tres presupuestos para su procedencia: a. Mora en la entrega de los bienes, prestación de servicios o en ejecución de obras; b) Causa de mora imputable al contratista o proveedor, respecto de otro u otros contratos celebrados con la propia contratista; y c) Perjuicios a la convocante derivados de la mora. Artículo 5º.- La mora será entendida como el retraso, la demora o tardanza en la entrega de los bienes, en la prestación de los servicios o la ejecución de obras conforme a las condiciones contractuales inicialmente pactadas. Para la determinación de la mora deberá demostrarse ostensiblemente el atraso en la ejecución contractual en un porcentaje superior al 10%, el cual será analizado a la fecha de presentación de las ofertas del llamado, en base a los siguientes indicadores: • En el caso de llamados para la adquisición de bienes se computará desde la recepción de la Orden de provisión, la cual deberá ser analizada conforme al Plan de entrega de los bienes a ser contratados teniendo en cuenta si los mismos fueron entregados conforme al plazo y los requerimientos técnicos establecidos en el Contrato, Pliego de Bases y Condiciones y/ o Adendas. • En el caso de llamados para la prestación de servicios se computará desde la recepción de la Orden de proceder, la cual deberá ser analizada en relación al Plan de trabajo propuesto conforme al plazo y condiciones establecidas en el Contrato, Pliego de Bases y Condiciones y/ o Adendas. • En el caso de Obras se computará desde la recepción de la Orden de inicio hasta la aprobación del último certificado mensual de obra por parte de la Unidad Administradora del Contrato. En el caso que el contratista no se encuentre al día con la presentación de los correspondientes certificados mensuales se considerará que se encuentra en incumplimiento en cuanto a sus obligaciones contractuales salvo prueba en contrario. Para el efecto, se deberá contar con el informe de los técnicos pertenecientes a la unidad administradora del contrato, de la firma fiscalizadora, los supervisores dependientes de este Ministerio, o quienes cuenten con la idoneidad y el conocimiento pertinente teniendo en cuenta los siguientes indicadores: a) Avance Programado: es aquel que refleja la ejecución contractual a través del cronograma físico financiero que obra en su oferta. b) Avance Ejecutado: es aquel que refleja el progreso real de la ejecución. c) Avance Programado Acumulado: es aquel avance que refleja la ejecución mensual desde el inicio de la obra hasta un determinado periodo de estudio. d) Avance Ejecutado Acumulado: es aquel avance que refleja el progreso real acumulado de los meses de estudio. e) Avance Teórico Acumulado: es aquel que refleja el progreso contractual que debería tener según cronograma vigente. Comprende la curva corregida por eventos compensables (incluyendo lluvias). Luego de realizar el contraste entre la curva programada vs. la curva teórica acumulada se deberá cuantificar porcentualmente la mora en la que incurre el contratista fundamentando de manera evidente las causales atribuibles a la misma, el perjuicio ocasionado a la convocante y las penalidades impuestas a la misma conforme a lo establecido en el artículo 3º de la presente resolución. La forma de cuantificar la mora en los Contratos de Reparación y Mantenimiento (CREMA) y los Contratos de Gestión de Mantenimiento por Niveles de Servicios (GMANS) estará establecida en los correspondientes Pliegos de Bases y Condiciones comparando el porcentaje de mora en etapa de Operación de Puesta a Punto, y en etapa de mantenimiento conforme a los Índices de Servicios.
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del llamado, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.
Nota1: Conforme a lo previsto en el Decreto reglamentario de la Ley de Contrataciones los adjudicatarios de los contratos resultantes de los procesos licitatorios, deberán inscribirse en el Sistema de Información de Proveedores del Estado - SIPE, como requisito previo a la emisión del Código de Contratación respectivo, no siendo la inscripción una exigencia para participar en el proceso tradicional.