Entre__________________________________________, domiciliada en ____________________, República del Paraguay, representada para este acto por________________________, con Cédula de Identidad N° ________, denominada en adelante la contratante, por una parte, y, por la otra, la firma ____________, domiciliada en ___________________________________, República del Paraguay, representada para este acto por _________________________________, con Cédula de Identidad N° ________________, denominada en adelante el proveedor, identificadas en conjunto como "las partes" e, individualmente, "parte", acuerdan celebrar el presente "Contrato de _______________________________", el cual estará sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:
El objeto del contrato es:
ADQUISICION DE SISTEMA DE CIRCUITO CERRADO PARA LA PLANTA ASFALTICA
Los documentos contractuales firmados por las partes y que forman parte integral del Contrato son los siguientes:
Los documentos que forman parte del contrato deberán considerarse mutuamente explicativos; en caso de contradicción o discrepancia entre los mismos, la prioridad se dará en el orden enunciado anteriormente.
El crédito presupuestario para cubrir el compromiso derivado del presente contrato está previsto conforme al Certificado de Disponibilidad Presupuestaria vinculado al Programa Anual de Contrataciones (PAC) con el ID N°: 423.468
El contrato es el resultado del procedimiento de Contratación Directa N° 11/2023, convocado por la MUNICIPALIDAD DE CIUDAD DEL ESTE. La adjudicación fue realizada según acto administrativo N°_______.
[Formato de Tabla]
|
Nro. De Orden |
Nro. De Ítem/Lote |
Descripción |
Marca |
Procedencia |
Unidad de Medida |
Cantidad |
Precio Unitario |
Monto Total |
|
1 |
1 |
CAMARA - DH IP PTZ 2MP 25X EXT SD49225XA-HNR 100M |
UN |
2 |
||||
| 2 | 2 |
CAMARA - DH IP DOMO MP IPC-HDW1230T1 2.8MM |
UN |
15 |
||||
| 3 | 3 |
CAMARA - DH IP BUL 4MP VF IPC-HFW-5431EP-ZE 7A35MM |
UN |
5 |
||||
| 4 | 4 |
CAMARA - DH IP BUL 4MP VF IPC-HFW-5431EP-ZE 2.7A13.5MM |
UN |
25 |
||||
| 5 | 5 |
CAMARA - DH IP BULLET 2MP IPC-HFW1230S1 2.8MM |
UN |
21 |
||||
| 6 | 6 |
DH 32CH METALICO NVR5432-4KD2 |
UN |
3 |
||||
| 7 | 7 |
SG HDD 10TBDKYHSEK |
UN |
9 |
||||
| 8 | 8 |
DH FUENTE BOX PLASTICA DE 2A |
UN |
49 |
||||
| 9 | 9 |
AR FUENTE PLASTICA 5A 12V/60W 121666 |
UN |
5 |
||||
| 10 | 10 |
FICHA RJ 45 BLINDADO |
UN |
10 |
||||
| 11 | 11 |
CAJA PASO 305X305X170MM "IP65" BLANCA PLAST |
UN |
16 |
||||
| 12 | 12 |
CAJA PASO 161X161X67MM "IP65" BLANCA PLAST |
UN |
13 |
||||
| 13 | 13 |
CAJA PASO 212X162X110MM "IP65" BLANCA PLAST |
UN |
3 |
||||
| 14 | 14 |
NVR 16 PUERTOS DHI-NVR4216-16P-4JS2/L 16 |
UN |
4 |
||||
| 15 | 15 |
CAMARA DE VIDEO VIGILANCIA TIPO BULLET IP CCTV BULLET DH-IPC-HFW1230S1-S5 2MP |
UN |
14 |
||||
| 16 | 16 |
CAMARA DE VIDEO VIGILANCIA TIPO DOMO/IP DH-IPC-HDBW2231EP-s-S2 2MP |
UN |
10 |
||||
| 17 | 17 |
CN UPS 2000VA-1200W |
UN |
5 |
||||
| 18 | 18 |
JF RACK 18U CERRADO DE PARED 45CM |
UN |
2 |
||||
| 19 | 19 |
DK CABLE UTP CAT5E EXTERIOR 305M 100% COBRE |
UN |
10 |
||||
| 20 | 20 |
SH PATCH CORD SOHO PLUS CAT6-CMX- T568A/B- 1.5M-AZUL |
UN |
3 |
||||
| 21 | 21 |
CAJA CABLE UTP CAT6/CAT6 UTP U-CABLE-C6-CMP (305 METROS) |
UN |
18 |
||||
| 22 | 22 |
CAJA DE CABLE CANAL 18X21MM BLANCO |
UN |
1 |
||||
| 23 | 23 |
VB BANDEJA FIJA 30CMX44CM |
UN |
4 |
||||
| 24 | 24 |
HUB SWITCH 8P TL-SG1008D 10/100/1000MBPS |
UN |
25 |
||||
| 25 | 25 |
SWITCH 16P TL-SG1016D DE 16PORTS 10/100/100 MBPS |
UN |
5 |
||||
| 26 | 26 |
SWITCH 4 PUERTOS POE/SWITCH DS-3W0105P-e-M(B) POE 4 PORT |
UN |
10 |
||||
| 27 | 27 |
MONITOR 19" LED 19M38H-B HD 19" |
UN |
1 |
||||
| 28 | 28 |
RACK 19" 6U/ COOLER WM6606 (60*60*37CM) INTERIOR |
UN |
5 |
Total: [sumatoria]
El monto total del presente contrato asciende a la suma de: _________________________
El Proveedor se compromete a proveer los Bienes a la Contratante y a subsanar los defectos de éstos de conformidad a las disposiciones del Contrato.
La Contratante se compromete a pagar al Proveedor como contrapartida del suministro de los bienes y servicios y la subsanación de sus defectos, el Precio del Contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con lo dispuesto en esta carta de invitación.
La vigencia del presente contrato será:
La vigencia del contrato será hasta el cumplimiento total de las obligaciones.
Los bienes deben ser entregados dentro de los plazos establecidos en el Cronograma de Entregas de la Carta de Invitación.
La administración de éste contrato estará a cargo de:
La administración del contrato estará a cargo de la Señora Laura Mariangel Machuca Benítez designada según Resolución N° 2588/I.M. dependiente de la Dirección de Administración y Finanzas de la Municipalidad de Ciudad del Este como Administradora de Contrato
La garantía para el fiel cumplimiento del contrato se regirá por lo establecido en las Condiciones Contractuales de la presente carta de invitación, la cual se presentará a más tardar dentro de los diez (10) días calendarios siguientes a la firma del contrato.
El adjudicado deberá en el plazo de quince (15) días calendario desde la firma del presente contrato, presentar ante el administrador de contrato, la constancia o constancias de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, de todos los sujetos obligados en el marco de la Ley N° 6355/19.
En el mismo plazo indicado en el párrafo anterior, se deberá remitir a la convocante la actualización de la mencionada declaración jurada, una vez finalizada la ejecución del presente contrato.
Las multas y otras penalidades que rigen en el presente contrato serán aplicadas conforme con lo establecido en las Condiciones Contractuales de la presente carta de invitación. Llegado al monto equivalente a la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, la Contratante podrá aplicar el procedimiento de rescisión de contratos de conformidad al Artículo 59 inc. c) de la Ley N° 2.051/2003 "De Contrataciones Públicas", caso contrario deberá seguir aplicando el monto de las multas que correspondan.
La rescisión del contrato o la aplicación de multas por encima del porcentaje de la Garantía de Cumplimiento del Contrato deberá comunicarse a la DNCP a los fines previstos en el artículo 72 de la Ley N° 2051/2003 "De Contrataciones Públicas",modificado por Ley N° 6716/2021.
Las causales y el procedimiento para suspender temporalmente, dar por terminado en forma anticipada o rescindir el contrato, son las establecidas en la Ley N° 2051/2003 y en las condiciones contractuales de la presente carta de invitación.
Cualquier diferencia que surja durante la ejecución del contrato se dirimirá conforme a las reglas establecidas en la legislación aplicable y en las condiciones contractuales.
Si la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas resolviera anular la adjudicación de la Contratación debido a la procedencia de una protesta o investigación instaurada en contra del procedimiento, y si dicha nulidad afectara al contrato ya suscrito entre LAS PARTES, el Contrato o la parte del mismo que sea afectada por la nulidad, quedará automáticamente sin efecto de pleno derecho, a partir de la comunicación oficial realizada por la DNCP, debiendo asumir LAS PARTES las responsabilidades y obligaciones derivadas de lo ejecutado del contrato.
EN TESTIMONIO de conformidad se suscriben 2 (dos) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad de ___________________ República del Paraguay al día___________ mes___________ y año_____________.
Firmado por: _____________________________ en nombre de la Contratante.
Firmado por: _____________________________ en nombre del Proveedor.