El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes y servicios serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes y servicios suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Ítem
|
Descripción del Bienes
|
Unidad de Medida
|
Cantidad por cada institución
|
Cantidad Total (48 instituciones de Educación Inclusiva)
|
1
|
Teclado universal programable
|
Unidad
|
3
|
144
|
2
|
Swich o botón sensible
|
Unidad
|
3
|
144
|
3
|
Mouse horizontal
|
Unidad
|
2
|
96
|
4
|
Ratón Trackball Inalámbrico.
|
Unidad
|
2
|
96
|
5
|
Headpointer (puntero])
|
Unidad
|
1
|
48
|
6
|
Alexa Echo Dot (asistente de voz)
|
Unidad
|
1
|
48
|
TECLADO UNIVERSAL PROGRAMABLE
|
|||
ítem
|
Especificaciones técnicas
|
Características
|
Cantidad
|
1
|
*Compatible con Windows XP, Vista, 7, 8, 10 y 11
*Tipo de conexión: Adaptador USB y PS2 o inalámbrica.
|
Teclado con superficie 75% mayor a un teclado de consumo normal. Con colores diferenciando vocales, consonantes, números y funciones, para mayor visualización y facilidad de pulsación.
|
144
|
SWICHT O BOTÓN SENSIBLE
|
|||
ítem
|
Especificaciones técnicas
|
Características
|
Cantidad
|
2
|
*Tipo de interruptor: mecánico
*Tipo de conexión: cableado
* Cable USB
*Presión Superficie plana de activación: 10 y 14cm de diámetro
*Fuerza de activación: 156g o valor aproximado, o similar
|
Diseñado para aquellos niños, jóvenes y adultos cuya fuerza de prensión es muy débil. Con control de ajuste de sensibilidad.
Se utiliza con sistemas de comunicación alternativos y aumentativos como plaphoons.
|
144
|
MOUSE HORIZONTAL
|
|||
ítem
|
Especificaciones técnicas
|
Características
|
Cantidad
|
3
|
*Teclado direccional de 10 (diez) teclas.
*Las dimensiones tendrán como mínimo entre 20-40cm de largo x entre 10- 15cm de ancho o similar.
*Tipo de botones: Botones presionados
*Cantidad de botones: 10
*Funciones de los botones: Apagado(s), Encendido
*4 botones de desplazamiento
* Click principal (izquierdo)
* Click secundario (derecho)
*Doble Click izquierdo
* Retención de Click
* Selección de velocidad
* Solicitud de Asistencia
* Conexión a USB 2.0
|
El mouse deberá estar en función a aquellas personas limitadas en los movimientos de sus miembros superiores.
Es un instrumento orientado a facilitar el acceso de personas con grados de discapacidad que no les es posible emplear sistemas de guiado convencionales.
A través de sus botones, el usuario activará funciones emulando un mouse convencional, desplazando el cursor y ejecutando acciones tales como Click, doble Click y Click derecho entre otras.
|
96
|
RATÓN TRACKBALL INALÁMBRICO.
|
|||
ítem
|
Especificaciones técnicas
|
Características
|
Cantidad
|
4
|
*Tamaño de la bola de seguimiento entre 7 A 8cm o similar
*Tipo de conexión: inalámbrico
|
Ratón Trackball con USB.
Tamaño grande de la bola del ratón Trackball
Con el ratón Trackball con USB de fácil utilización para el usuario
Deberá contener dos conectores de pulsadores para sustituir los botones izquierdo y derecho por pulsadores que requieren mucha menos precisión para su utilización.
Deberá contar con función de bloqueo de arrastre que permite que el usuario pueda mover objetos por la pantalla sin tener que mantener pulsado ningún botón mientras mueve el objeto.
Deberá ser de fácil instalación y uso. La bola de desplazamiento. deberá poder moverse con la yema de los dedos o la palma de la mano. Facilidad para poder utilizarlo tanto con la mano derecha como con la izquierda.
|
96
|
HEADPOINTER (PUNTERO)
|
|||
ítem
|
Especificaciones técnicas
|
Características
|
Cantidad
|
5
|
|
Debe ser de práctico montaje para uso en la cabeza.
• Palo puntero con un marco de aluminio y forro acolchado de espuma que se puede
doblar para adaptarse a varios tamaños de cabeza.
• Correa de barbilla elástica y velcro para mayor estabilidad durante el uso.
• Las varillas se deberán poder doblar con una pistola de calor o cortar para ajustar el ángulo y la longitud.
• Palo y correa sin látex para aquellos con uso limitado o no de sus manos, incluyendo parapléjicos, cuadripléjicos y otros con discapacidad
|
48
|
ALEXA ECHO DOT (ASISTENTE DE VOZ)
|
|||
ítem
|
Especificaciones técnicas
|
Características
|
Cantidad
|
6
|
|
|
48
|
ANTECEDENTES
El Ministerio de Educación y Ciencias se propone implementar un sistema integral de aseguramiento de la calidad y la equidad en educación; en este marco, el programa Mejoramiento de las condiciones de aprendizaje[1] mediante la incorporación de TIC en establecimientos educativos y unidades de gestión educativa, en Paraguay, financiado con los recursos del Fondo Nacional de Inversión Pública y Desarrollo (FONACIDE), cuyo objetivo es Mejorar las condiciones de aprendizaje en el sistema educativo paraguayo con la incorporación de las Tecnologías de Información y Comunicación en los procesos pedagógicos y administrativos.
Este programa se enmarca en el Plan Nacional de Educación 2024 y en la Agenda Educativa 2013-2018 del Ministerio de Educación y Ciencias. Por tanto, sus componentes están asociados y se complementan con otros programas desarrollados con fondos propios del MEC, con otras fuentes de financiamiento y con los presentados ante el Fondo de Excelencia para la Educación y la Investigación.
La escuela inclusiva, es aquella en que todos los alumnos pueden aprender, porque es el entorno educativo el que debe ofrecer condiciones necesarias y favorables para experiencias de aprendizaje significativas.
Con la cultura inclusiva buscamos la igualdad de oportunidades y derechos para todos, entendiendo que el camino para la igualdad es la equidad, concepto con el cual aprendemos a reconocer que las condiciones y apoyos para garantizar el derecho a la participación y la educación no son los mismos para todos.
En el año 2013 la promulgación de la Ley N° 5.136 y su Decreto Reglamentario N° 2.837/14 marcaron un hito importante en el paso desde un sistema educativo con opciones diferenciadas a un sistema donde la inclusión es CONDICIÓN básica para garantizar la presencia, participación y aprendizaje de todos los niños sin discriminación.
Dichas normativas establecen las acciones correspondientes para hacer del Sistema Educativo Nacional un modelo inclusivo que remueva las barreras que limitan el aprendizaje y la participación.
Las discapacidades que se presentan en las escuelas son:
Cabe señalar que en los establecimientos muchas veces se presenta más de un tipo de discapacidad, lo que requiere de una combinación de estrategias de acción, y en el caso del presente llamado, por medio de las mejoras en infraestructura tecnológica.
MARCO LEGAL
Las condiciones enunciadas en este documento se basan en las siguientes normativas:
JUSTIFICACIÓN DEL LLAMADO
El Ministerio de Educación y Ciencias (MEC) está ejecutando el programa denominado "Mejoramiento de las condiciones de aprendizaje y la gestión educativa mediante la incorporación de TIC en instituciones educativas y unidades de gestión en Paraguay", cuyo objetivo es mejorar las condiciones de aprendizaje en el sistema educativo paraguayo con la incorporación de las Tecnologías de Información y Comunicación en los procesos pedagógicos y administrativos.
La diversidad es una realidad innegable y un desafío impostergable que nos invita a reflexionar sobre diferentes aspectos que hacen a la práctica educativa, pues en esta área es donde se plantean los desafíos más urgentes.
El derecho a la educación está amparado en leyes nacionales e internacionales, en las que se afirma que todos los paraguayos tienen el derecho a desarrollar capacidades en el sistema educativo nacional sin discriminación de ninguna índole.
OBJETIVOS DEL LLAMADO
OBJETIVO GENERAL
El objetivo de la implementación de laboratorios inclusivos es que todos los alumnos tengan la oportunidad de ser miembros del aula regular proporcionándoles programas educativos estimulantes y adecuados a sus propias necesidades y capacidades (Stainback y Stainback, 2004)
Eliminar barreras que existen para el aprendizaje y en la participación de niños, niñas y adolescentes con el fin de que las diferencias no se conviertan en desigualdades educativas y en desigualdades sociales.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
BENEFICIARIOS
Niños, niñas y jóvenes de las 48 Instituciones de la modalidad Educación Inclusiva con necesidades específicas de apoyo educativo por medio de tecnologías adaptativas.
ALCANCE DE LOS SERVICIOS
Equipar laboratorios móviles de informática con elementos periféricos adaptados para 48 Instituciones de la modalidad de Educación Inclusiva.
METODOLOGÍA
Se debe usar un marco de referencia que se ajuste a las necesidades del MEC y de los alumnos que presentan discapacidades. Asimismo, se deberá contemplar los mejores estándares de calidad de los elementos periféricos a utilizar.
[1] Se define como condiciones de aprendizaje a aquellos aspectos ambientales, materiales y afectivos que influyen en los procesos de la enseñanza y del aprendizaje.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
N°
|
ESTABLECIMIENTO
ESCOLAR |
CÓDIGO INSTITUCIÓN
|
DEPARTAMENTO
|
DISTRITO
|
NOMBRE DE LA INSTITUCION
|
1
|
0000018
|
17232
|
ASUNCIÓN
|
LA ENCARNACION
|
CENTRO EDUCATIVO INTEGRAL HELEN KELLER PARA LA ATENCIÓN A NIÑOS Y JÓVENES CON DISCAPACIDAD VISUAL Y MÚLTIPLE
|
2
|
0011011
|
75
|
ASUNCIÓN
|
ASUNCION
|
CENTRO DE FORMACIÓN LABORAL PARA PERSONAS DISCAPACITADAS (TALLER PROTEGIDO)
|
3
|
0012082
|
340
|
ASUNCIÓN
|
ASUNCION
|
CENTRO DE APOYO A LA INCLUSIÓN EDUCTIVA N°1 MAXIMO ARELLANO
|
4
|
14004
|
347
|
ASUNCION
|
ASUNCION
|
CENTRO DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD AUDITIVA ROSA PEÑA
|
5
|
0012048
|
290
|
ASUNCIÓN
|
ASUNCION
|
CENTRO N°15 DE EDUCACIÓN PRIMARIA Y PRE ESCOLAR (CEPPE)
|
6
|
0012162
|
530
|
ASUNCIÓN
|
SAN ROQUE
|
CENTRO DE REHABILITACIÓN PARA PERSONAS CIEGAS
|
7
|
0012246
|
16459
|
ASUNCIÓN
|
ASUNCION
|
ESCUELA DON LUIS BRAILLE PARA NIÑOS/AS Y JÓVENES CIEGOS Y BAJA VISIÓN CON MULTIDISCAPACIDAD
|
8
|
0014020
|
569
|
ASUNCIÓN
|
ASUNCION
|
ESCUELA ESPECIAL N° 2 JHON F KENNEDY
|
9
|
0101024
|
745
|
CONCEPCION
|
CONCEPCION
|
CENTRO INTEGRAL EDUCATIVO NUEVO AMANECER
|
10
|
0102041
|
17092
|
CONCEPCION
|
BELEN
|
CENTRO DE APOYO A LA INCLUSIÓN HEROES KUERA HA CARMELITO ROGA
|
11
|
0103197
|
16889
|
CONCEPCION
|
HORQUETA
|
CENTRO DE EDUCACIÓN INTEGRAL MBORAYHU PAVE
|
12
|
0104045
|
16896
|
CONCEPCION
|
LORETO
|
CENTRO INTEGRAL EDUCATIVO DIVINO NIÑO JESUS
|
13
|
0201113
|
15854
|
SAN PEDRO
|
SAN PEDRO YCUAMANDYYU
|
ESCUELA ESPECIAL DIVINO NIÑO JESUS
|
14
|
0218049
|
13239
|
SAN PEDRO
|
SANTA ROSA DEL AGUARAY
|
CENTRO DE FORMACIÓN INTEGRAL PARA PERSONAS CIEGAS
|
15
|
316006
|
2622
|
CORDILLERA
|
SAN BERNARDINO
|
ESCUELA ESPECIAL N° 19 NTRA. SRA. DE LA ASUNCIÓN
|
16
|
0305021
|
16249
|
CORDILLERA
|
CARAGUATAY
|
CENTRO DE FORMACIÓN INTEGRAL PARA PERSONAS NO VIDENTES Y DEFICIENTES VISUAL
|
17
|
0401051
|
2761
|
GUAIRA
|
VILLARRICA
|
CENTRO EDUCACIÓN DE APOYO PEDAGÓGICA PROF. GERARDO SERVIAN
|
18
|
0401085
|
10354
|
GUAIRA
|
VILLARRICA
|
CENTRO DE APOYO A LA INCLUSIÓN EIRETE
|
19
|
0501165
|
11460
|
CAAGUAZU
|
CORONEL OVIEDO
|
CENTRO DE FORMACIÓN INTEGRAL PARA PERSONAS CIEGAS Y BAJA VISION
|
20
|
0501263
|
16127
|
CAAGUAZU
|
CORONEL OVIEDO
|
CENTRO DE APOYO A LA EDUCACIÓN INCLUSIVA Y SOCIAL
|
21
|
0502018
|
3300
|
CAAGUAZU
|
CAAGUAZU
|
ESCUELA ESPECIAL N° 16 RENACER
|
22
|
0601082
|
16913
|
CAAZAPA
|
CAAZAPA
|
CENTRO DE RECURSOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL-CAAZAPA
|
23
|
0607111
|
16152
|
CAAZAPA
|
SAN JUAN NEPOMUCENO
|
CENTRO EDUCATIVO Y REHABILITACIÓN CAPULLO DE ESPERANZA
|
24
|
0610102
|
16533
|
CAAZAPA
|
YUTY
|
CENTRO DE RECURSOS DE EDUCACIÓN ESPECIAL (SERVICIO DE ATENCION TEMPRANA - YUTY)
|
25
|
0724079
|
17284
|
ITAPUA
|
TOMAS ROMERO PEREIRA
|
CENTRO DE APOYO A LA INCLUSIÓN ANGEL DE LA ESPERANZA
|
26
|
0701107
|
11198
|
ITAPUA
|
ENCARNACION
|
CENTRO DE FORMACIÓN INTEGRAL PARA PERSONAS CIEGAS
|
27
|
0711024
|
16589
|
ITAPUA
|
FRAM
|
CENTRO DE ATENCION INTEGRAL A PERSONAS CON DISCAPACIDAD
|
28
|
0801065
|
12788
|
MISIONES
|
SAN JUAN BAUTISTA
|
CENTRO INTEGRAL DE EDUCACIÓN ESPECIAL DON HECTOR ROQUE DUARTE
|
29
|
0802003
|
5665
|
MISIONES
|
AYOLAS
|
ESCUELA ESPECIAL N° 17 DESPERTAR
|
30
|
0901031
|
10355
|
PARAGUARI
|
PARAGUARI
|
CENTRO DE PREVENCIÓN ATENCIÓN PEDAGÓGICA Y REHABILITACIÓN PEDAGÓGICA "DIVINA ESPERANZA"
|
31
|
0902043
|
16897
|
PARAGUARI
|
ACAHAY
|
CENTRO EDUCATIVO DIVINO NIÑO JESUS
|
32
|
0905006
|
6018
|
PARAGUARI
|
CARAPEGUA
|
CENTRO DE REHABILITACIÓN Y RECUPERACIÓN PEDAGÓGICA " NUEVA LUZ"
|
33
|
1102004
|
16130
|
CENTRAL
|
CAPIATA
|
CENTRO DE EDUCACIÓN ESPECIAL DANIEL ROTELA SALINAS
|
34
|
1115072
|
17023
|
CENTRAL
|
VILLA ELISA
|
ESCUELA ESPECIAL ENRIQUE LINCREN
|
35
|
1104019
|
11224
|
CENTRAL
|
GUARAMBARE
|
CENTRO DE EDUCACIÓN ESPECIAL SAN MIGUEL
|
36
|
1105033
|
7868
|
CENTRAL
|
ITA
|
CENTRO DE EDUCACIÓN ESPECIAL Y REHABILITACIÓN VIRGEN DE LA PAZ -APANI
|
37
|
1106069
|
13861
|
CENTRAL
|
ITAUGUA
|
CENTRO DE FORMACIÓN INTEGRAL PARA PERSONAS CIEGAS Y DEFICIENTES VISUALES
|
38
|
1109165
|
11114
|
CENTRAL
|
LUQUE
|
CENTRO DE EDUCACIÓN KOE PYAHU
|
39
|
1114026
|
8500
|
CENTRAL
|
SAN LORENZO
|
CENTRO DE EDUCACIÓN ESPECIAL "AMOR Y ESPERANZA"
|
40
|
1115053
|
15334
|
CENTRAL
|
VILLA ELISA
|
CENTRO EDUCATIVO Y DE REHABILITACIÓN ROSA ESTELA
|
41
|
1116033
|
13862
|
CENTRAL
|
VILLETA
|
CENTRO DE EDUCACIÓN ESPECIAL NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO
|
42
|
1117011
|
8756
|
CENTRAL
|
YPACARAI
|
CENTRO DE APOYO A LA INCLUSIÓN
|
43
|
1119047
|
17024
|
CENTRAL
|
JULIAN AUGUSTO SALDIVAR
|
CENTRO DE APOYO A LA INCLUSIÓN MADRE TERESA DE CALCUTA
|
44
|
1201110
|
15984
|
ÑEEMBUCU
|
PILAR
|
CENTRO DE FORMACIÓN INTEGRAL PARA PERSONAS CIEGAS Y DEFICIENTES VISUALES
|
45
|
1403215
|
11522
|
CANINDEYU
|
CURUGUATY
|
CENTRO DE EDUCACIÓN ESPECIAL AMOR Y VIDA
|
46
|
1301014
|
9063
|
AMAMBAY
|
PEDRO JUAN CABALLERO
|
ESCUELA ESPECIAL N° 11
|
47
|
1504065
|
9969
|
PRESIDENTE HAYES
|
VILLA HAYES
|
PRIMER CENTRO DE EDUCACIOÓN ESPECIAL
|
48
|
1502021
|
10864
|
PRESIDENTE HAYES
|
BENJAMIN ACEVAL
|
CENTRO DE EDUCACIÓN INCLUSIVA "DIVINO NIÑO JESUS"
|
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la Contratante.
3. La Contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir a la contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La Contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el Proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el Contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
INDICADOR
|
TIPO
|
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA
|
Acta de Recepción 1
|
Acta de Recepción de equipos
|
Como máximo 150 (ciento cincuenta) días calendarios posteriores al pago efectivo del Anticipo para la recepción y constatación de la totalidad de los equipos/accesorios adjudicados, en el depósito del Oferente Adjudicado, por parte de los fiscales designados por la UEPP - MEC. En caso de que el proveedor no solicite el pago de anticipo, el plazo de inicio será computado desde la recepción de la orden de compra por parte del proveedor.
|
Acta de Recepción 2
|
Acta de Recepción Definitiva
|
Como máximo 45 (cuarenta y cinco) días calendarios posteriores a la entrega del ACTA DE RECEPCION DE EQUIPOS para la entrega final de los equipos/accesorios.
|
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
|
|
|
|
|
|
|
2. Documentos. Consorcios |
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|
|