El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
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ESPECIFICACIONES TECNICAS |
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Nº |
REQUERIMIENTOS TECNICOS |
ESPECIFICACIONES REQUERIDAS |
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TIPO Y CARACTERISTICAS DE LA MINI CARGADOR |
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1 |
MARCA Y MODELO |
ESPECIFICAR |
2 |
AÑO DE FABRICACION |
2022 (MINIMO) |
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MOTOR |
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3 |
POTENCIA |
49 Hp. S/(SAE J1995),(MINIMO) |
4 |
NUMERO DE CILINDROS |
4 (CUATRO) |
5 |
ASPIRACION |
TURBO ALIMENTADA |
6 |
TIPO DE COMBUSTIBLE |
DIESEL |
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CAPACIDADES |
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7 |
CAPACIDAD DE CUCHARON |
0,40 - 0,5 m3 |
8 |
CAPACIDAD OPERATIVA DE CARGA NOMINAL |
750 Kgs. (MINIMO) |
9 |
CARGA LIMITE DE EQUILIBRIO |
1580 Kgs. (MINIMO) |
10 |
ALTURA MAXIMA DE LEVANTAMIENTO CON DESCARGA |
2250 mm. (MINIMO) |
11 |
ANGULO MAXIMO DE DESCARGA EN ALTURA |
40° (MINIMO) |
12 |
PESO OPERATIVO |
2850 - 3250 Kgs. |
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TRANSMISION |
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13 |
TIPO |
HIDROSTATICA DE UNA VELOCIDAD CON SISTEMA DE SERVO CONTROL INTEGRAL E INDEPENDIENTE (IZQ/DER) |
14 |
VELOCIDAD MAXIMA DE DESPLAZAMIENTO |
11 Km./h.(MINIMO) |
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SISTEMA DE FRENOS |
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15 |
FRENOS DE SERVICIO |
HIDROSTATICO |
16 |
FRENO DE ESTACIONAMIENTO |
TIPO HIDRAULICO |
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SISTEMA ELECTRICO |
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17 |
SISTEMA DE ARRANQUE, ALTERNADOR Y BATERIA |
ARRANQUE ELECTRICO 12 VOLTS, ALTERNADOR DE 80 AMP. (MINIMO) Y BATERIA DE 85O CCA (MINIMO) |
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SISTEMA DE CONTROL Y PUESTO DE OPERACIÓN |
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18 |
SISTEMA DE CONTROL |
CON CONTROLES TIPO JOYSTICKS , UNO PARA EL CONTROL DE SUBIDA Y BAJADA E INCLINACION DEL IMPLEMENTO, Y OTRA PARA EL CONTROL DEL DESPLAZAMIENTO, DE LA VELOCIDAD, EL SENTIDO, ACELERACION Y DETENCION . |
19 |
PUESTO DE OPERADOR |
TECHO DE LA CABINA CON PROTECCION CON ESTRUCURA (ROPS), ASIENTO ESTATICO, SISTEMA DE SEGURIDAD, CABINA BASCULANTE CON PUERTA DE ACCESO LATERAL. |
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SISTEMA HIDRAULICO |
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20 |
BOMBA INDEPENDIENTE PARA EL CARGADOR Y SIST. AUX. |
SI |
21 |
PRESION DE TRABAJO |
21000 Kpa. (MINIMO) |
22 |
CAUDAL HIDRAULICO NOMINAL |
70 l/min. (MINIMO) |
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NEUMATICOS |
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23 |
CUBIERTAS NEUMATICAS |
10X16,5 8 PR. - 12X16,5 10PR - 10X16.5 ESTANDAR - 12X16.5 HD |
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DIMENSIONES |
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24 |
ALTURA DE CABINA |
2150mm.(MAXIMO) |
25 |
ANCHO DEL EQUIPO (SIN LA PALA) |
1680 mm (MAXIMO) |
26 |
LARGO (CON LA PALA ABAJO) |
3500 mm (MAXIMO) |
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ACCESORIOS |
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27 |
CLIMATIZACION DE CABINA |
SI, SISTEMA DE AIRE ACONDICIONADO Y CALEFACCION |
28 |
RETROVISORES INTERIOR/EXTERIOR |
SI (Se aceptaran también solo con retrovisores interiores) |
29 |
LUCES DE TRABAJO NOCTURNOS DELANTEROS Y TRASEROS Y ALARMA |
SI |
30 |
LINEA AUX. HIDRAULICA Y ACOPLE MECANICO PARA HERRAMINTAS |
SI |
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INSTRUMENTOS |
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31 |
MEDIDOR DE NIVEL DE COMBUSTIBLE |
SI |
32 |
MEDIDOR DE TEMPERATURA |
SI |
33 |
MEDIDOR O LUZ TESTIGO DE CARGA DE BATERIA |
SI |
34 |
HORIMETRO |
SI |
35 |
INDICADOR AUDIBLE |
SI |
36 |
INDICADOR DE PRESION DE ACEITE |
SI |
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OTROS REQUERIMIENTOS |
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37 |
PINTURA/(LOGO ANNP). |
COLOR DE FABRICA/(SI) |
38 |
GARANTIA DE FABRICA |
GARANTIA POR 1 AÑO, SIN LIMITES DE HORAS. |
39 |
MANUALES |
DEBE INCLUIDR MANUALES DE MANTENIMINTO Y OPERACIÓN Y CATALOGO DE REPUESTOS |
40 |
MANTENIMIENTOS INCLUIDOS (REPUESTOS Y M.O.) |
MANTENIMIENTO A CARGO DEL PROVEEDOR POR 1 AÑO INCLUIDOS REPUESTOS |
41 |
POLIZA DE SEGURO INCLUIDAS |
SI (12 MESES) |
42 |
ENTREGA |
EL EQUIPO DEBERA SER ENTREGADO TOTALMENTE ARMADO, VERIFICADO, Y ABASTECIDO DE COMBUSTIBLE, LUBRICANTES Y PUESTA EN MARCHA. |
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
Item |
Descripción del Bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los Bienes |
Fecha(s) final(es) de Ejecución de los Bienes |
1 |
MIni Cargadora de Granos para la ANNP |
2 |
Unidad |
Terminal Portuaria de Asuncion - Gerencia Tecnica - Deposito G |
Dentro de los 120 (ciento veinte ) días calendario, posterior a la firma del contrato |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Al momento de la entrega de los bienes, un funcionario designando por el Departamento Técnico, verificará que las mismas sean conforme a las especificaciones técnicas del Pliego de Bases y Condiciones. Una vez que se realice los controles pertinentes y certifique adecuadamente que el suministro se ajusta a las Especificaciones Técnicas y demás documentos del contrato, en cuanto a cantidad, calidad, origen, procedencia, se firmará recepción, la que habilitará al proveedor a solicitar el pago de la entrega efectuada. Comprobada la falta de correspondencia entre lo adjudicado y lo entregado, o constatándose deficiencia o alteraciones de calidad, se notificará al proveedor, en la brevedad que le sea posible, dicha irregularidad. El proveedor estará obligado a sustituir el bien en cuestión, en un plazo no mayor a 05 (cinco) días hábiles, siguientes de ser entregada y hasta ajustarse a lo requerido por la contratante. Dicho plazo no será considerado como prórroga para la entrega, por lo que al oferente que incurra en tal situación se le aplicará la penalización establecida.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Nota de Remisión / Acta de recepción 1 |
Nota de Remisión / Acta de recepción |
Diciembre 2023. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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