El Suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el Proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el Contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El Proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la Contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
Resumen de las Especificaciones Técnicas. Los bienes deberán cumplir con las siguientes Especificaciones Técnicas y Normas:
ÍTEM 1 - CINTURON DE SEGURIDAD TIPO LINIERO
CONDICIONES GENERALES:
Todos los elementos metálicos estarán libres de rebajas, bordes cortantes o salientes que puedan lastimar al operador.
Así mismo, estará libre de fisuras o cualquier defecto estructural que ponga en riesgo la resistencia mecánica del mismo.
Los elementos metálicos estarán protegidos contra corrosión, mediante un tratamiento efectivo, ya sea electroquímico o a través de un recubrimiento aislante.
Los elementos no metálicos deberán ser resistentes a la abrasión, a las condiciones usuales de manipuleo y a las condiciones ambientales en los lugares de utilización.
MATERIAL: El cinturón de seguridad liniero será con banda de cintura conformada por tejido de nylon, de alta tenacidad, herrajes de acero estampado y refuerzo lumbar.
ELEMENTOS:
CABO DE AMARRE
CONDICIONES GENERALES:
Todos los elementos metálicos estarán libres de rebajas, bordes cortantes o salientes que puedan lastimar al operador.
Así mismo, estarán libres de fisuras o cualquier defecto estructural que ponga en riesgo la resistencia mecánica de los mismos.
Los elementos metálicos estarán protegidos contra la corrosión, mediante un tratamiento efectivo, ya sea electroquímico o a través de un recubrimiento aislante.
Los elementos no metálicos deberán ser resistentes a la abrasión, a las condiciones usuales de manipuleo y a las condiciones ambientales en los lugares de utilización.
MATERIAL
El Cabo de Amarre, estará conformado por una soga de nylon de 12 mm. De diámetro y largo 1,5 mts. Con dos mosquetones de seguridad en ambos extremos.
ELEMENTOS
NORMAS TÉCNICAS A CUMPLIR:
El cabo de amarre deberá satisfacer requerimientos de Normas Nacionales e Internacionales tales como IRAM, ABN, ANSI, otros.
PRUEBAS:
El cabo de amarre deberá satisfacer los ensayos indicados en las Normas Nacionales e Internacionales vigentes.
REFUERZO LIMITADOR DE MÁXIMA REGULACIÓN: estará conformado por una costura realizado sobre sí misma en el extremo libre de la banda de nylon, a efecto de permitir abrir la misma en su máxima regulación, sin riesgo de apertura total del conjunto.
DISPOSITIVO PORTA HERRAMIENTAS: ubicado en la zona correspondiente al apoyo lumbar.
COSTURA: realizada con hilado de nylon y puntadas, tendrá un solo Terminal asegurado mediante atraque, que garantice un perfecto anclaje entre las partes de todo el conjunto.
DATOS A SUMINISTRAR
Planilla de datos garantizados.
Catálogo técnico descriptivo del material ofertado.
Copia de la Norma de fabricación, ensayos eléctricos y mecánicos.
CONTRATO Nº___/___ |
Planilla de Datos Garantizados
Cinturón de Seguridad Tipo Liniero |
Cumple |
Todos los elementos metálicos estarán libres de rebajas, bordes cortantes o salientes que puedan lastimar al operador (Si / No) |
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Libre de fisuras o cualquier defecto estructural que ponga en riesgo la resistencia mecánica del mismo (Si / No) |
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Los elementos metálicos estarán protegidos contra corrosión, mediante un tratamiento efectivo, ya sea electroquímico o a través de un recubrimiento aislante (Si /No) |
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Los elementos no metálicos deberán ser resistentes a la abrasión, a las condiciones usuales de manipuleo y a las condiciones ambientales en los lugares de utilización (Si /No) |
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Cabo de Amarre |
Cumple |
Todos los elementos metálicos estarán libres de rebajas, bordes cortantes o salientes que puedan lastimar al operador (Si / No) |
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Libre de fisuras o cualquier defecto estructural que ponga en riesgo la resistencia mecánica del mismo (Si / No) |
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Los elementos metálicos estarán protegidos contra corrosión, mediante un tratamiento efectivo, ya sea electroquímico o a través de un recubrimiento aislante (Si /No) |
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Los elementos no metálicos deberán ser resistentes a la abrasión, a las condiciones usuales de manipuleo y a las condiciones ambientales en los lugares de utilización (Si / No) |
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En este apartado, la convocante deberá:
1- Nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado: Fernando Vargas, Jefe Departamento de Logística - Benjamín Cantero Cajes, Gerente de Servicios Generales.
2- Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada: El objetivo del presente llamado es la contratación de dichos bienes que serán destinados para uso del personal técnico de la Compañía tanto en capital como interior del País.
3- Justificar la planificación: La planificación para la adquisición de dichos bienes, es temporal y se debe a la necesidad de contar con los tipos de elementos de seguridad y teniendo en cuenta que no se cuentan con ese tipo de bien que es de vital para el personal técnico.
4- Justificar las especificaciones técnicas establecidas: Las especificaciones técnicas fueron establecidas por el ámbito solicitante, basándose en las necesidades de contar con elementos de seguridad al personal técnico de la compañía.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al Plan de Entrega y Cronograma de Cumplimiento, indicado en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el Proveedor indicados a continuación:
Ítem |
Descripción del Bien |
Unidad de Medida |
Cantidad |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
1 |
CINTURÓN DE SEGURIDAD TIPO LINERO |
UNIDAD |
121 |
Departamento de Logística, Coronel Moreno y Testanova - Sajonia Lunes a Viernes de 07:30 a 14:30 horas |
30 (treinta) días calendario, contados a partir del día siguiente de la firma del Contrato. |
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:
Dentro de los 5 (cinco) días hábiles, posteriores a la entrega de los bienes, a solicitud del Proveedor, los mismos serán sometidos a verificación técnica a fin de constatar el cumplimiento de lo proveído con relación a las especificaciones técnicas y demás documentos del contrato en comparación con las muestras recibidas en la etapa de evaluación de ofertas.
• Para el efecto el fiscal designado por COPACO S.A. extraerá al azar 1 de cada 10, de entre los bienes proveídos, adjudicado y la someterá a comparación visual y de resistencia mínima, y si cumple con las especificaciones técnicas
• Las pruebas a las que serán sometidas las muestras serán de observación e inspección a fin de constatar que los bienes ofertados cumplan con las características señaladas en las Especificaciones Técnicas establecidas para este llamado en comparación con las muestras recibidas en la etapa de evaluación de ofertas.
• En caso de que, producto de este análisis se constate que alguno de los bienes proveídos se encuentran dañados o defectuosos con relación a las especificaciones técnicas y demás documentos del contrato, la COPACO S.A. comunicará al PROVEEDOR la detección de bienes defectuosos, dentro del plazo establecido para verificación de bienes proveídos.
• El PROVEEDOR deberá reparar o sustituir los bienes defectuosos por otros que cumplan con las especificaciones mínimas establecidas para el presente llamado en un plazo no mayor a 2 (dos) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la comunicación de bienes defectuosos, realizada por el fiscal designado por COPACO S.A.
1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.
2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.
Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.
3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.
4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.
5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.
6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.
7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.
8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será: La nota de remisión emitida por el Oferente una vez entregado el suministro en el Departamento de Logística, Coronel Moreno y Testanova.
Dentro de los 5 (cinco) días calendario siguientes a dicha solicitud, LA CONTRATANTE deberá realizar la verificación técnica de los suministros y si los mismos se ajustan a las especificaciones técnicas y demás documentos del Contrato, se elaborara el Protocolo de Pruebas Técnicas a ser suscripto por el fiscal responsable y el Proveedor en cual servirá de base para la emisión del Acta de Recepción Técnica Provisoria.-
La emisión del Acta de Recepción Técnica Definitiva, significará a todo los efectos, el cumplimiento por parte del PROVEEDOR, de todas sus obligaciones contractuales y será emitido a solicitud del PROVEEDOR, luego de 6 (seis) meses de haberse realizado el Acta de Recepción Técnica Provisoria y de haberse levantado todos los pendientes consignados en la misma en caso de que los hubiere.-
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA |
Nota de Remisión acompañada de la Solicitud de Emisión del Acta de recepción técnica provisoria |
Expediente |
Protocolo de pruebas Técnicas dentro de los 5 (cinco) días posteriores a la presentación de la solicitud se elaborara el Protocolo de Pruebas Técnicas a ser suscripto por el fiscal responsable y el Proveedor en cual servirá de base para la emisión del Acta de Recepción Técnica Provisoria |
Solicitud de pago acompañada de la factura y del acta de recepción técnica Provisoria
|
Expediente |
Dentro de los 60 días posteriores a la presentación de la solicitud de pago |
Solicitud de emisión del Acta de Recepción Técnica Definitiva |
Expediente |
6 meses posteriores a la emisión del último Acta de Recepción Técnica Provisora. |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La Convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de la carta de invitación, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de bienes requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
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2. Documentos. Consorcios |
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