/*Carta de Autorización emitida por el Fabricante debidamente legalizados
En el Pliego de Bases y Condiciones, sección “REQUISITOS DE CALIFICACION Y CRITERIOS DE EVALUACION”, en el apartado Requisitos documental para evaluar la capacidad técnica, se solicita lo siguiente:
Autorización del Fabricante, Carta de Distribución del Representante o Centro Autorizado de Servicios según Especificaciones Técnicas.
Para Representantes, Distribuidor Autorizado y sub distribuidor deben reunir los siguientes requisitos: Original o fotocopia autenticada por Escribano Público de la documentación expedida por el fabricante que los acredite como Representantes, Distribuidores Autorizados y Sub distribuidores de la marca ofertada. En todos los casos en que los documentos fueran emitidos por empresas extranjeras, deberán estar legalizados por el Consulado Paraguayo del país de emisión del documento y legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay Asimismo, los oferentes podrán presentar la documentación emitida por empresas extranjeras con las nuevas formalidades de la Ley 4987/13 Que aprueba el convenio suprimiendo la exigencia de legalización de los documentos públicos extranjeros y el Decreto Reglamentario N° 2129/14 Por el que se establecen las tasas para la expedición de la apostilla en la Dirección de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores. La carta de autorización debe ser válida por lo menos hasta la expiración de la validez de la oferta.
Con respecto a lo mencionado, se solicita que el requisito de la formalidad del documento Carta de Autorización emitida por el Fabricante debidamente legalizados sea considerado opcional, o en su defecto sea presentado a la firma del contrato en caso de resultar adjudicado determinado oferente. De esta manera no se estará limitando y permitirá la mayor participación de posibles oferentes.
16-10-2023
02-11-2023
/*Carta de Autorización emitida por el Fabricante debidamente legalizados
En el Pliego de Bases y Condiciones, sección “REQUISITOS DE CALIFICACION Y CRITERIOS DE EVALUACION”, en el apartado Requisitos documental para evaluar la capacidad técnica, se solicita lo siguiente:
Autorización del Fabricante, Carta de Distribución del Representante o Centro Autorizado de Servicios según Especificaciones Técnicas.
Para Representantes, Distribuidor Autorizado y sub distribuidor deben reunir los siguientes requisitos: Original o fotocopia autenticada por Escribano Público de la documentación expedida por el fabricante que los acredite como Representantes, Distribuidores Autorizados y Sub distribuidores de la marca ofertada. En todos los casos en que los documentos fueran emitidos por empresas extranjeras, deberán estar legalizados por el Consulado Paraguayo del país de emisión del documento y legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay Asimismo, los oferentes podrán presentar la documentación emitida por empresas extranjeras con las nuevas formalidades de la Ley 4987/13 Que aprueba el convenio suprimiendo la exigencia de legalización de los documentos públicos extranjeros y el Decreto Reglamentario N° 2129/14 Por el que se establecen las tasas para la expedición de la apostilla en la Dirección de Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores. La carta de autorización debe ser válida por lo menos hasta la expiración de la validez de la oferta.
Con respecto a lo mencionado, se solicita que el requisito de la formalidad del documento Carta de Autorización emitida por el Fabricante debidamente legalizados sea considerado opcional, o en su defecto sea presentado a la firma del contrato en caso de resultar adjudicado determinado oferente. De esta manera no se estará limitando y permitirá la mayor participación de posibles oferentes.
Remitirse a las modificaciones obrantes en la versión 3 del Pliego de Bases y Condiciones.
2
ESPECIFICACIONES TECNICAS
SE OBSERVAN MODIFICACIONES DE LAS ESPECIFICACIONES ESTANDAR EN EL PUNTO CERTIFICACIONES. RECORDAMOS QUE PARA INTRODUCIR MODIFICACIONES SE DEBE REALIZAR A TRAVEZ DEL MITIC MEDIANTE UN DICTAMEN. FAVOR ACLARAR ESTE PUNTO DE TAL MANERA A OFERTAR CORRECTAMENTE.
SE OBSERVAN MODIFICACIONES DE LAS ESPECIFICACIONES ESTANDAR EN EL PUNTO CERTIFICACIONES. RECORDAMOS QUE PARA INTRODUCIR MODIFICACIONES SE DEBE REALIZAR A TRAVEZ DEL MITIC MEDIANTE UN DICTAMEN. FAVOR ACLARAR ESTE PUNTO DE TAL MANERA A OFERTAR CORRECTAMENTE.
El código de catalogo utilizado no corresponde a una plantilla que requiera de la aprobación de la Mitic, el mismo podrá ser visualizado en el siguiente link: https://www.contrataciones.gov.py/catalogo/nivel-5/43211508-002.html
3
Plan de entrega de los bienes
En la sección SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, apartado Plan de entrega de los bienes se establece: El plazo de entrega de los bienes será dentro de los 30 (treinta) días corridos, contados desde el día siguiente de la recepción de la orden de compra por parte del proveedor adjudicado.
Consultamos si podría ser establecido el plazo en días hábiles y no en días corridos.
En la sección SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, apartado Plan de entrega de los bienes se establece: El plazo de entrega de los bienes será dentro de los 30 (treinta) días corridos, contados desde el día siguiente de la recepción de la orden de compra por parte del proveedor adjudicado.
Consultamos si podría ser establecido el plazo en días hábiles y no en días corridos.
Atendiendo a los plazos máximos establecidos por la DNCP para la comunicación de adjudicaciones y contratos que afecten a los procesos que comprometan el PGN 2023, no será posible ampliar el plazo para la entrega de los bienes.
La convocante se mantiene con lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
4
Capacidad Técnica
En la Sección REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Capacidad Técnica, se establece: El Oferente deberá contar con respaldo técnico, para garantizar a la institución la asistencia técnica especializada, soporte de atención de hardware, mano de obra y repuestos y luego, en Requisito documental para evaluar la capacidad técnica establece: Declaración Jurada que el oferente cuenta con respaldo técnico y con técnicos especializados para el soporte.
Al respecto consultamos si el respaldo requerido se encuentra relacionado a lo establecido en las especificaciones técnicas aprobadas por MITIC, la cual refiere: El oferente deberá indicar cuáles son los CAS que existen en el país.
En la Sección REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Capacidad Técnica, se establece: El Oferente deberá contar con respaldo técnico, para garantizar a la institución la asistencia técnica especializada, soporte de atención de hardware, mano de obra y repuestos y luego, en Requisito documental para evaluar la capacidad técnica establece: Declaración Jurada que el oferente cuenta con respaldo técnico y con técnicos especializados para el soporte.
Al respecto consultamos si el respaldo requerido se encuentra relacionado a lo establecido en las especificaciones técnicas aprobadas por MITIC, la cual refiere: El oferente deberá indicar cuáles son los CAS que existen en el país.
Se aclara que lo requerido corresponde a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones
5
*/ EXPERIENCIA REQUERIDA
En el Pliego de Bases y Condiciones, sección “REQUISITOS DE CALIFICACION Y CRITERIOS DE EVALUACION”, en el apartado Experiencia Requerida, se solicita lo siguiente:
- Demostrar la experiencia en provisión de computadoras tipo III - personales con facturaciones de venta y/o recepciones finales cuya sumatoria de los 3 (tres) últimos años (2020, 2021 y 2022) ascienda a un monto equivalente al 30% como mínimo sobre el monto total ofertado.
Con respecto a lo mencionado, se solicita a la Convocante que también sean aceptadas la experiencia en la provisión de computadoras tipo II y tipo I, ya que al tratarse de bienes similares (Computadoras Personales) y tener características superiores a los bienes objeto del presente llamado también pueden considerarse como experiencias válidas para demostrar la capacidad del oferente en cuanto a la capacidad de suministro y la experiencia técnica requerida.
De esta manera no se estará limitando y permitirá la mayor participación de posibles oferentes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes…“, en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.”
En el Pliego de Bases y Condiciones, sección “REQUISITOS DE CALIFICACION Y CRITERIOS DE EVALUACION”, en el apartado Experiencia Requerida, se solicita lo siguiente:
- Demostrar la experiencia en provisión de computadoras tipo III - personales con facturaciones de venta y/o recepciones finales cuya sumatoria de los 3 (tres) últimos años (2020, 2021 y 2022) ascienda a un monto equivalente al 30% como mínimo sobre el monto total ofertado.
Con respecto a lo mencionado, se solicita a la Convocante que también sean aceptadas la experiencia en la provisión de computadoras tipo II y tipo I, ya que al tratarse de bienes similares (Computadoras Personales) y tener características superiores a los bienes objeto del presente llamado también pueden considerarse como experiencias válidas para demostrar la capacidad del oferente en cuanto a la capacidad de suministro y la experiencia técnica requerida.
De esta manera no se estará limitando y permitirá la mayor participación de posibles oferentes.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes…“, en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.”
Remitirse a las modificaciones obrantes en la versión 3 del Pliego de Bases y Condiciones.
6
*/ EXPERIENCIA REQUERIDA
En el Pliego de Bases y Condiciones, sección “REQUISITOS DE CALIFICACION Y CRITERIOS DE EVALUACION”, en el apartado Experiencia Requerida, se solicita lo siguiente:
- Demostrar la experiencia en provisión de computadoras tipo III - personales con facturaciones de venta y/o recepciones finales cuya sumatoria de los 3 (tres) últimos años (2020, 2021 y 2022) ascienda a un monto equivalente al 30% como mínimo sobre el monto total ofertado.
Con respecto a lo mencionado, se solicita a la convocante que la experiencia requerida sea considerada como cumplida si alguno de los contratos, facturaciones y/o recepciones finales cumple con el porcentaje del monto (30% sobre el monto total ofertado) con uno solo de los mencionados documentos, siempre y cuando correspondan a los años solicitados. De esta manera no se estará limitando y permitirá la mayor participación de posibles oferentes, ya que las computadoras personales del tipo III son de los ítems menos solicitados por las distintas entidades del estado.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes… “ en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.”
En el Pliego de Bases y Condiciones, sección “REQUISITOS DE CALIFICACION Y CRITERIOS DE EVALUACION”, en el apartado Experiencia Requerida, se solicita lo siguiente:
- Demostrar la experiencia en provisión de computadoras tipo III - personales con facturaciones de venta y/o recepciones finales cuya sumatoria de los 3 (tres) últimos años (2020, 2021 y 2022) ascienda a un monto equivalente al 30% como mínimo sobre el monto total ofertado.
Con respecto a lo mencionado, se solicita a la convocante que la experiencia requerida sea considerada como cumplida si alguno de los contratos, facturaciones y/o recepciones finales cumple con el porcentaje del monto (30% sobre el monto total ofertado) con uno solo de los mencionados documentos, siempre y cuando correspondan a los años solicitados. De esta manera no se estará limitando y permitirá la mayor participación de posibles oferentes, ya que las computadoras personales del tipo III son de los ítems menos solicitados por las distintas entidades del estado.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes… “ en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.”