Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
11 ESPECIFICACIONES TECNICAS El PBC en su apartado de Especificaciones Técnicas solicita cuanto sigue: El oferente debe presentar junto con su oferta un Certificado internacional de Sistemas de Gestión de Calidad con alcance de distribución en general de alimentos perecederos y no perecederos y otros productos para escuelas públicas, con el fin de asegurar a la Convocante que el oferente cuenta con la logística e infraestructura necesaria y de calidad para la distribución del producto ofertado. No se aceptarán documentos en tramites o cuya fecha sea posterior a la apertura de ofertas. En caso de consorcio cualquier integrante podrá cumplir con este requisito Consultamos cual seria la justificación técnica y legal para que la convocante solicite un "Certificado internacional de Sistemas de Gestión de Calidad con alcance de distribución en general de alimentos perecederos y no perecederos y otros productos para escuelas públicas", es bien sabido que la solicitud de certificaciones internacionales en procesos licitatorios NACIONALES es limitativo y direccionado, ADEMAS DE SOLICITAR UN ALCANCE ESPECIFICO la de "distribución en general de alimentos perecederos y no perecederos y otros productos para escuelas públicas" el cual con seguridad existe solo una empresa con dicho alcance, solicitamos que el requisito sea eliminado del PBC, o en su defecto admitir alcances similares y no específicos como el que solicita en esta caso el PBC 26-02-2024 22-04-2024
12 ADJUDICACION POR EL TOTAL El presente Proceso de licitación prevé que la adjudicación del mismo sea por el total y no item, consultas cual seria la justificación técnica y legal para que dicho llamado trasgreda normativas de orden publica, donde se impone que los llamados donde sean ofertados bienes o productos de origen nacional deben ser indefectiblemente ofertados y adjudicados por ITEM 27-02-2024 15-03-2024
13 Sistema de Adjudicacion por EL TOTAL y solicitud de Galletitas Crackers TEMA N-1: En la Web de la DNCP se puede distinguir en el icono de ITEMS SOLICITADOS que el llamado está Dividido por ITEMS de la Siguiente Manera: Item 1: Leche entera UAT ;Item 2: Galletita Dulce; Item 3: Chipita; Item 4: Galletitas Crackers Aparentemente a simple vista pareciera que el llamado es bajo el sistema de ITEMS, pero en el ICONO Datos de la Convocatoria se puede denotar que el Sistema de Adjudicación: Por Total. CONSULTA: Aquí se puede Verificar dos situaciones que limitan la Participación; - La Primera es el sistema del Llamado que es por el Total, este sistema va contra el Decreto N-4929 de la Presidencia de la Repubica que ditamina lo siguiente: POR EL CUAL SE ESTABLECE COMO POLÍTICA GENERAL, LA OBLIGATORIEDAD DE LICITAR PRODUCTOS PREFERENTEMENTE DE PRODUCCIÓN NACIONAL, BAJO EL SISTEMA DE ADJUDICACIÓN «POR ITEMS». En ese sentido la DNC ya dicto precedente en contra, en relación al mismo procedimiento en una protesta promovida contra la Gobernación de Presidente Hayes, a través de la Resolución de la DNCP N-665/20, ORDENANDO LA REFORMULACION DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES en cuanto al Sistema de Adjudicación establecido. - La segunda es que al Solicitar el Item N-4 Galletitas Crackers y con el sistema de adjudicacion por el TOTAL, se suma la GRAVE situación de que En nuestro País solamente una empresa fabrica Galletitas Crackers, se trata de la Industria DELIGHTS S.A. - INDEL S.A, POR LO QUE EN TODA LICITACION QUE SE DEMANDE O SE SOLICITE ESTE PRODUCTO SOLO PUEDE PRESENTARSE UNA EMPRESA O ALGUNA INTERMEDIARIA A LA QUE AQUELLOS DEN LA AUTORIZACION DEL FABRICANTE, tornando todo EL LLAMADO ILEGAL, pues de antemano se sabe qué empresa será adjudicada ya que existe un solo fabricante de esa galletita en todo el país, y este fabricante otorga autorización del fabricante solo a las empresas intermedias de su grupo (Distribuidora Paraguay o sus empresas ANEXAS), terminando en una ADJUDICACION ya pre-establecida, anunciada, que se viene repitiendo hace dos o tres llamados anteriores encima PLURIANUALES. La pregunta que probablemente NUNCA tenga RESPUESTA es porque las CONVOCANTES y la DNCP autoriza este TIPO de PBC y siguen prestándose a este ACTO IRREGULAR, e ILEGAL??? Solicitamos no solo CAMBIAR dichas DISPOSICIONES, sino SUSPENDER EL LLAMADO ya que la visita a las Escuelas ya fue llevada a cabo, y al ser OBLIGATORIO dicha ACCION de Visita y no haber cambiado estas SOLICITUDES ILEGALES (solicitar Galletitas Cracker y por el sistema de adjudicación POR EL TOTAL), ya que por más que se cambien las arbitrariedades posteriormente a partir del 29 de febrero, LA VISITA se llevo a cabo sin la normalización del PBC (mínimamente Llamar por Items), favoreciendo solamente a la Unica empresa con posibilidades de participación (Distribuidora Paraguay o sus empresas ANEXAS) 28-02-2024 15-03-2024
14 Experiencia Requerida TEMA N-2: En el PBC Solicita Demostrar la experiencia en provisión de: Para Ítem 1: [Leche Entera Fluida UAT]. Se estudiará la experiencia específica en el ramo en la comercialización directa de Leche Entera Fluida UAT para Desayuno/Merienda Escolar. Demostrar provisión de lo ofertado (Leche Entera Fluida UAT) para el programa de desayuno/merienda escolar en cada periodo fiscal solicitado, con facturaciones de venta y/o contratosy/o recepciones finales por un monto equivalente al 50% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, en promedio de los 5 (cinco) últimos años: [2019, 2020, 2021,2022 y 2023]. En caso de consorcios el socio líder deberá cumplir con el 80% y los demás integrantes el 20% restante. Para el Ítem 2: [Galletita Dulce sabor Vainilla]. Se estudiará la experiencia específica en el ramo en la comercialización directa de galletitas dulces sabor vainilla para Desayuno/Merienda Escolar. Demostrar provisión en galletitas dulces saborvainilla para el programa de desayuno/merienda escolar en cada periodo fiscal solicitado, con facturaciones de venta y/o contratos y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, en promedio de los 5 (cinco) últimos años: [2019, 2020, 2021,2022 y 2023]. En caso de consorcios el socio líder deberá cumplir con el 80% y los demás integrantes el 20% restante. Para el Ítem 3: [Chipita]. Se estudiará la experiencia específica en el ramo en la comercialización directa de Chipita para Desayuno/Merienda Escolar. Demostrar provisión de lo ofertado para el programa de desayuno/merienda escolar con facturaciones de venta y/o contratos y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, en promedio de los 5 (cinco) últimos años: [2019, 2020, 2021, 2022 y 2023]. En caso de consorcios el socio líder deberá cumplir con el 80% y los demás integrantes el 20% restante. Para el Ítem 4: [Galletita Crackers]. Se estudiará la experiencia específica en el ramo en la comercialización directa de galletitas crackers para Desayuno/Merienda Escolar. Demostrar provisión en galletitas crackers para el programa de merienda escolar en cada periodo fiscal solicitado, con facturaciones de venta y/o contratos y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, en promedio de los 5 (cinco) últimos años: [2019, 2020, 2021, 2022 y 2023]. En caso de consorcios el socio líder deberá cumplir con el 80% y los demás integrantes el 20% restante. CONSULTA; En los Items 1,2,3,4 solicita ¨ Se estudiará la EXPERIENCIA ESPECÍFICA en el ramo en la COMERCIALIZACIÓN DIRECTA, (leche entera Fluida UAT, Galletitas Dulces Vainilla, Chipita, Galletitas Crackers) para Desayuno/Merienda Escolar. Demostrar provisión en , (leche entera Fluida UAT, Galletitas Dulces Vainilla, Chipita, Galletitas Crackers) para el programa de desayuno/merienda escolar EN CADA PERIODO FISCAL SOLICITADO. DE esta al utilizar las expresiones puestas en MAYUSCULA y subrayadas, se solicita específicamente experiencia en cada periodo fiscal (2019,2020,2021,2022 y 2023) específicamente en cada item(leche entera Fluida UAT, Galletitas Dulces Vainilla, Chipita, Galletitas Crackers). Esto representa UN CERROJO, UNA LIMITACION A LA PARTICIPACION para que los proveedores de siempre sigan ETERNIZANDOSE, y limita la Participación a Todas Luces. ENTENDEMOS que si la Convocante quiere justificar que el Oferente posea una EXpeirencia en la Provisión, podría resguardar dicha CALIDAD de experiencia SOLAMENTE solicitando: POR UN LADO: que el OFERENTE tenga experiencia en ¨PROVISION DEL PROGRAMA DE DESAYUNO/MERIENDA ESCOLAR o BIEN DEMOSTRAR LA PROVISIÓN DE LO OFERTADO PARA COLECTIVIDADES PÚBLICAS O PRIVADAS, que incluya todos los ITEMS posibles que abarca el Programa de de Desayuno/Merienda Escolar.(cualquiera turron, galletitas, leche, chipita, etc) POR OTRO LADO: solicitar en cada periodo Fiscal, se puede subsanar perfectamente con una experiencia en ALGUNOS de los Años del Periodo Fiscal, ya que no afecta la solicitud que se debería cubrir un monto equivalente al 50% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación 28-02-2024 15-03-2024
15 Solicitud en Requisitos Documentales: pedido de Sistema HACCP o ISO 22000 y Sistemas de Gestión de Calidad con alcance de distribución en general de alimentos TEMA N-3 En el PBC solicita lo siguente para todos LOS ITEMS (Item 1: Leche entera UAT ;Item 2: Galletita Dulce; Item 3: Chipita; Item 4: Galletitas Crackers) : El Oferente debe presentar junto con su oferta un Certificado de Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control según los requisitos del protocolo internacional Codex Alimentarius BPM Sistema HACCP o ISO 22000, del producto ofertado, con el fin de asegurar a la Convocante que el producto cuenta con garantía y calidad óptima para su consumo. No se aceptarán documentos en tramites o cuya fecha sea posterior a la apertura de ofertas. El oferente debe presentar junto con su oferta un Certificado internacional de Sistemas de Gestión de Calidad con alcance de distribución en general de alimentos perecederos y no perecederos y otros productos para escuelas públicas, con el fin de asegurar a la Convocante que el oferente cuenta con la logística e infraestructura necesaria y de calidad para la distribución del producto ofertado. No se aceptarán documentos en tramites o cuya fecha sea posterior a la apertura de ofertas. En caso de consorcio cualquier integrante podrá cumplir con este requisito. CONSULTA: DE nuevo nos hacemos la misma PREGUNTA: que probablemente NUNCA tenga RESPUESTA es porque las CONVOCANTES y la DNCP autoriza este TIPO de PBC y siguen prestándose a este ACTO IRREGULAR, e ILEGAL, específicamente solicitando HACCP o ISO 22.000 por un lado y por otro un Certificado internacional de Sistemas de Gestión de Calidad con alcance de distribución??? La Entidad que vela, articula y gestiona todo lo referente a alimentos para el consumo humano EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY es el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición (INAN). Toda solicitud adicional es IMPERTINENTE, y no es OBLIGATORIO, la calidad de un producto y su distribución se define por las normas de producción y los lineamientos generales de una empresa, entonces podríamos sostener que la requisitoria de la certificación establece una clara barrera de entrada y da pie para que se de el oligopolio. La calidad de un producto y su distribución se define por las normas de producción y los lineamientos generales de una empresa; en ese Sentido la INAN habilita a Empresas e Industrias con RE (Registro de Establecimiento) para Operar según sus controles y los certificados que la misma entidad emite BPM Y BPA y de cumplimiento obligatorio en el Territorio Nacional. Lo único que debe importar a la Convocante en relación a la calidad de un producto y su distribución (que ya es comprobada por el INAN). Todo lo demás constituye una barrera de entrada arbitraria, injusta y poco conveniente al Estado, dado que limita la libre competencia, garantizada en la propia Constitución Nacional. Existes varios antecedentes donde la DNCP corrigio esta desviación arbitraria a saber: -DNCP/DJ N-13467/18 -DNCPN-2139/13 -Resolucion DNCP N-665/20 Solicitamos no solo CAMBIAR dichas DISPOSICIONES, sino SUSPENDER EL LLAMADO ya que la visita a las Escuelas ya fue llevada a cabo, y al ser OBLIGATORIO dicha ACCION de Visita y no haber cambiado estas SOLICITUDES ILEGALES (solicitar HACCP o ISO 22.000 por un lado y por otro un Certificado internacional de Sistemas de Gestión de Calidad con alcance de distribución), ya que por más que se cambien las arbitrariedades posteriormente a partir del 29 de febrero, LA VISITA se llevo a cabo sin la normalización del PBC (solicitando solo lo exigido por la INAN el Registro de Establecimiento, BMP, BPA y el RSPA por producto), favoreciendo solamente a la Unica empresa que realizo la visita y pueda ofertar luego. 28-02-2024 22-04-2024
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