Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".
Calificación Legal
Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.
Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:
1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.
El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.
Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.
a) Consorcios:
a.1. Provisión de Bienes
El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.
a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término “servicio” aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).
Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.
Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.
En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.
Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.
|
1. Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.] |
|
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución. |
|
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**) |
|
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**) |
| 5. Declaración Jurada por la que el oferente garantiza el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores dependientes y como prestador de servicios para el Estado según formulario proforma. |
| 6. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados según los incisos a) y b) del numeral 2 del art. 1 de la Ley N° 6355/19.(**) - NO APLICA. |
| 7.Certificado de Cumplimiento Tributario. (**) |
| 8. Patente Comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**) |
| 9. Declaración Jurada de Declaración de Miembros, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios. (**) |
|
10. Documentos legales |
|
10.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas. |
|
|
|
|
10.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas. |
|
|
|
|
|
10.3. Oferentes en Consorcio. |
|
|
|
|
4.Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):
|
Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Deberán cumplir con el siguiente parámetro de los últimos 3 (tres) años 2020, 2021 y 2022;
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los últimos 3 (tres) años 2020, 2021 y 2022
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los últimos 3 (tres) años 2020, 2021 y 2022.
El promedio en los últimos 3 (tres) años 2020, 2021 y 2022, no deberá ser negativo.
Deberán cumplir con el siguiente parámetro;
Eficiencia: (Ingreso/Egreso). Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los últimos 3 (tres) años 2020, 2021 y 2022
Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso). Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los últimos 3 (tres) años 2020, 2021 y 2022
Deberán cumplir con el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso). Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio de los últimos 3 (tres) años 2020, 2021 y 2022
Observación: Para hallar el promedio de los 3 (tres) años se calculará el índice de cada año y luego se sumarán estos índices y se dividirán entre la cantidad de años. En caso de empresas que tengan menos años de antigüedad, el promedio se realizará teniendo en cuenta la cantidad de años de existencia. En todos los casos se utilizarán dos decimales.
Los Oferentes con menor de 3 (tres) años de antigüedad, podrán presentar sus Balances Generales y Estados Financieros desde su existencia como empresa (Para los Consorcios, bastara que uno de los integrantes del consorcio cumpla con los criterios de capacidad financiera)
Para los consorcios bastará que uno de los integrantes cumpla con el 60% del requisito y el otro integrante el 40%
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
|
|
|
|
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
1. Experiencia en provisión de servicios de limpieza integral en el mercado nacional.
2. Antigüedad mínima de 3 (tres) años de existencia legal (inclusive para las firmas unipersonales), que serán comprobadas con la inscripción en el Registro Único del Contribuyente, habilitada en el rubro de limpieza.
3. Acreditar la prestación de servicios donde haya empleado al menos 10 (diez) trabajadores asignados al rubro de servicio de limpieza integral.
En caso de Consorcios: el Socio Líder deberá cumplir con al menos el 50% (cincuenta por ciento) de la experiencia requerida, pudiendo entre los demás miembros del consorcio cumplir el porcentaje restante. Asimismo, el Socio líder deberá cumplir con el requisito establecido en el numeral "2". El requisito del numeral "3" podrá ser cumplido por cualquiera de los integrantes del consorcio.
Las empresas deberán demostrar la experiencia en la prestación remunerada de servicios de limpieza integral en el mercado nacional, demostrados con la presentación de constancias y certificados de los mismos equivalentes al 30 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación de los últimos tres años 2020-2021-2022
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
|
1. Copia de facturaciones y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida. |
| 2. Constancia o Certificado de empresas públicas y/o privadas, a través de la cual se acredite la prestación de servicios donde haya empleado al menos 10 (diez) trabajadores asignados al rubro de servicio de limpieza integral. |
Con el objetivo de calificar la capacidad técnica del oferente, se considerarán los siguientes índices:
1. Contar con Condiciones de trabajo vigente y homologado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
2. Contar con el Servicio de Limpieza de Edificios como Actividad Económica Principal inscripto en la SET.
3. Contar con Personales disponibles, para la ejecución del servicio.
4. Contar con Certificado de Cumplimiento Laboral, emitido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
5. Poseer el equipamiento (equipos, maquinarias y herramientas) para la correcta ejecución del servicio, así como los insumos y materiales que serán utilizados en la prestación del servicio requerido.
6. Pago de haberes a sus empleados, el sistema de acreditación de salarios vía tarjeta de débito habilitada a través de una entidad bancaria y/o financiera.
7. El oferente debe presentar documento en el cual se compromete a presentar la Constancia de Capacitación sobre la Gestión Integral de Residuos de Establecimientos de Salud y Afines, del personal de limpieza, emitido Dirección de Residuos Sólidos dependiente de la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA), para una cantidad mínima de personal que represente el 50% del total requerido, en caso de resultar adjudicado. La presentación de la constancia será solicitada para la firma del contrato.
8. El oferente deberá presentar documento de comprobación de visita técnica.
En caso de CONSORCIO: El líder deberá cumplir los requisitos establecidos en los numerales: 1, 2, 4, 5, 6, 7 y 8. Los demás requisitos deberán ser cumplidos indistintamente por el líder o por los demás integrantes del consorcio.
|
1. Reglamento interno de condiciones de trabajo vigente y homologado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, de acuerdo a lo establecido en el Código Laboral ART. 354. |
|
2.Presentar Nómina del personal disponible y/o a ser contratado para el cumplimiento del servicio ofertado, incluyendo nombre, apellido y cédula de identidad. |
|
3.Certificado de Cumplimiento Laboral, emitido por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social vigente a la fecha del Acto de Apertura. |
|
4.Declaración Jurada por la cual el oferente declare: Poseer el equipamiento (equipos, maquinarias y herramientas) para la correcta ejecución del servicio, así como los insumos y materiales que serán utilizados en la prestación del servicio requerido |
|
5.Declaración Jurada en virtud de la cual el oferente se compromete a utilizar para el pago de haberes a sus empleados, el sistema de acreditación de salarios vía tarjeta de débito habilitada a través de una entidad bancaria y/o financiera. |
|
6.Declaración Jurada, a través de la cual el oferente se compromete en caso de resultar adjudicado a presentar la Constancia de Capacitación sobre la Gestión Integral de Residuos de Establecimientos de Salud y Afines, del personal de limpieza, emitido por la Dirección de Residuos Sólidos dependiente de la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA), para una cantidad mínima de personal que represente el 50% del total requerido |
|
7. Constancia de visita emitido por la DIGESA |
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
No aplica
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del llamado, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP.
Nota1: Conforme a lo previsto en el Decreto reglamentario de la Ley de Contrataciones los adjudicatarios de los contratos resultantes de los procesos licitatorios, deberán inscribirse en el Sistema de Información de Proveedores del Estado - SIPE, como requisito previo a la emisión del Código de Contratación respectivo, no siendo la inscripción una exigencia para participar en el proceso tradicional.