on relación al presente llamado, solicitamos a la convocante a modificar la autorización del fabricante a no aplica, en virtud a los términos de la Resolución No. 611/2015 de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, que faculta discrecionalmente a las Convocantes a incluirlo o no en los procedimientos licitatorios. Al respecto, es importante señalar que prescindir del mencionado requisito en nada afectaría la originalidad, calidad de los insumos, ni su compatibilidad con los equipos, dado que en la SECCION III REQUISITOS DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS REQUERIDOS, Especificaciones Técnicas se establece claramente: Original de la misma marca que la impresora, no recargado, no remanufacturado, no reacondicionado, ni compatibles. Esto dejaría abierta la posibilidad para una mayor participación de potenciales oferentes y en consecuencia, lograrían, sin lugar a dudas, que la institución adquiera los consumibles solicitados a precios sustancialmente más económicos; sin restringir en modo alguno la participación de empresas que contaran con las autorizaciones mencionadas. Cabe mencionar que la Institución en el periodo anterior ya realizo una Licitación en estas condiciones en las que los participantes cumplieron a cabalidad con las especificaciones técnicas solicitadas
on relación al presente llamado, solicitamos a la convocante a modificar la autorización del fabricante a no aplica, en virtud a los términos de la Resolución No. 611/2015 de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, que faculta discrecionalmente a las Convocantes a incluirlo o no en los procedimientos licitatorios. Al respecto, es importante señalar que prescindir del mencionado requisito en nada afectaría la originalidad, calidad de los insumos, ni su compatibilidad con los equipos, dado que en la SECCION III REQUISITOS DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS REQUERIDOS, Especificaciones Técnicas se establece claramente: Original de la misma marca que la impresora, no recargado, no remanufacturado, no reacondicionado, ni compatibles. Esto dejaría abierta la posibilidad para una mayor participación de potenciales oferentes y en consecuencia, lograrían, sin lugar a dudas, que la institución adquiera los consumibles solicitados a precios sustancialmente más económicos; sin restringir en modo alguno la participación de empresas que contaran con las autorizaciones mencionadas. Cabe mencionar que la Institución en el periodo anterior ya realizo una Licitación en estas condiciones en las que los participantes cumplieron a cabalidad con las especificaciones técnicas solicitadas
La autorización del fabricante, se solicita a fin de garantizar la originalidad de los productos a ser adquiridos, es importante aclarar que todos los insumos solicitados corresponden a marcas que cuentan con representantes oficiales en el Paraguay, y existen los canales correspondientes para su comercialización, los equipos con que cuenta la institución son de un alto valor patrimonial , por lo que que la institución está obligada a protegerlas, es por esta razón, que se busca con ello, asegurar la provisión de insumos originales.
Se aclara además que en ningún llamado anterior para compra de los mismos tipos de insumos, de ha dejado de solicitar Autorización del Fabricante, cuando se trata de insumos para productos de las marcas Samsung, Xerox, Kyocera, Riso, Ricoh. Por lo expuesto se aclara que las condiciones establecidas en el PBC, se mantienen inalterables y se solicita remitirse y ajustarse al mismo.
2
Autorizacion del Fabricante
Buenos días, solicito a la convocante la modificar el presente llamado sin incluir la Carta de Autorización, siendo que con ese documento se monopoliza el presente llamado de contratación, y solo contadas empresas poseen dicha Autorización y de esta manera se prevalecen para triplicar el precio de venta de cada insumo, atentando contra las arcas del estado y dejando de lado la participación a potenciales oferentes que reúnen las exigencias para poder participar
Buenos días, solicito a la convocante la modificar el presente llamado sin incluir la Carta de Autorización, siendo que con ese documento se monopoliza el presente llamado de contratación, y solo contadas empresas poseen dicha Autorización y de esta manera se prevalecen para triplicar el precio de venta de cada insumo, atentando contra las arcas del estado y dejando de lado la participación a potenciales oferentes que reúnen las exigencias para poder participar
La autorización del fabricante, se solicita a fin de garantizar la originalidad de los productos a ser adquiridos y es decisión y atribución de la convocante, por lo tanto, las condiciones permanecen inalterables, favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
3
CONSULTA
Buenas tardes, con respecto a la respuesta a la consulta Nº 1 del presente llamado deja mas que evidenciado que el presente llamado esta direccionado a cierta empresa, siendo que esta empresa aparece como representante en el país y ellos mismos se vuelven a presentar en el llamado en cuestión, siendo así no tendrán ninguna otra empresa oferente de competencia, y de esta manera el precio ofertado quedara a voluntad del oferente.
Buenas tardes, con respecto a la respuesta a la consulta Nº 1 del presente llamado deja mas que evidenciado que el presente llamado esta direccionado a cierta empresa, siendo que esta empresa aparece como representante en el país y ellos mismos se vuelven a presentar en el llamado en cuestión, siendo así no tendrán ninguna otra empresa oferente de competencia, y de esta manera el precio ofertado quedara a voluntad del oferente.
Con respecto a esto último, se puede observar que no se realiza ninguna consulta, respecto al Pliego de Bases y Condiciones, mas bien, realiza una afirmación, que corresponde totalmente a su criterio y su opinión.
4
AUTIRIZACION
Con la inclusión del pedido de Autorización, deja evidenciado que la única empresa que presentara su oferta dispondrá hasta inclusive el 14,99% sobre el precio referencial, ya que no tendrá competencia alguna y aprovechándose del presupuesto de la arcas del estado.
Con la inclusión del pedido de Autorización, deja evidenciado que la única empresa que presentara su oferta dispondrá hasta inclusive el 14,99% sobre el precio referencial, ya que no tendrá competencia alguna y aprovechándose del presupuesto de la arcas del estado.
De nuevo, no se realiza ningún tipo de consulta, por lo que no amerita ninguna respuesta, es estrictamente su opinión.
5
CONSULTA
Con respecto a la respuesta de la consulta nº 1 queda totalmente en discrepancia con otros llamados que la misma convocante a realizado, siendo que el llamado de adquisición de Tintas con ID: 435.151 de fecha 03/11/2023, fue sin la inclusión de la Autorización del Fabricante y así quedando en igual oportunidad para competir entre potenciales oferentes que cuentan son solvencia técnica y capacidad financiera para contraer obligaciones con el estado paraguayo.
Con respecto a la respuesta de la consulta nº 1 queda totalmente en discrepancia con otros llamados que la misma convocante a realizado, siendo que el llamado de adquisición de Tintas con ID: 435.151 de fecha 03/11/2023, fue sin la inclusión de la Autorización del Fabricante y así quedando en igual oportunidad para competir entre potenciales oferentes que cuentan son solvencia técnica y capacidad financiera para contraer obligaciones con el estado paraguayo.
El llamado con ID 435.151, no corresponde a compras de tóner, corresponde exclusivamente a tintas de la marca HP, en donde, hace ya varios años la institución, ha dejado de solicitar autorización del fabricante para estos insumos. Por lo que su afirmación carece de fundamento, además, es atribución de la convocante establecer los requisitos dentro del Pliego de Bases y Condiciones, y los oferentes deben ajustarse al mismo.
6
AUTORIZACION DEL FABRICANTE
Con relación al requerimiento AUTORIZACION DEL FABRICANTE, solicito se suprima o modifique la cláusula en recuadro teniendo en cuenta que.
La modificación supresión se peticiona sobre la base de una situación fáctica incontrastable en el sentido de que en el Paraguay existen firmas Representantes de los fabricantes de estos insumos requeridos, las cuales formalizan su relación comercial mediante usos y costumbres comerciales, por lo que en la mayoría de los casos se tiene documentación que específicamente NO HACE REFERENCIA a la calidad de representante o distribuidor. Sin embargo sugerimos que a los efectos de garantizar la legitimidad de los insumos que deben utilizarse en los servicios requeridos, se verifique con las facturas y documentos de importación en caso de ser necesarios, incluso se podría solicitar la participación de técnicos de la Fiscalía de Marcas.
Es así que la cláusula referida limita innecesariamente la participación de importadores y/o sub distribuidores y consecuentemente la convocante corre riesgo de adquirir estos productos a precios muy elevados, por la sencilla razón que los representantes y/o distribuidores autorizados no tendrán competencia alguna, siendo ellos los que fijaran el precio mínimo para quienes les soliciten Autorización para concursar en la presente Licitación.
Es por este motivo que solicitados la exclusión de este requisito o la modificación del mismo en los términos expresados precedentemente.
Sin la intención de reducir las exigencias hacemos llegar estas inquietudes, donde expresamos que es factible dar cumplimiento a los requerimientos pero otorgando este llamado mejores condiciones tanto para la convocante y los potenciales oferentes
Con relación al requerimiento AUTORIZACION DEL FABRICANTE, solicito se suprima o modifique la cláusula en recuadro teniendo en cuenta que.
La modificación supresión se peticiona sobre la base de una situación fáctica incontrastable en el sentido de que en el Paraguay existen firmas Representantes de los fabricantes de estos insumos requeridos, las cuales formalizan su relación comercial mediante usos y costumbres comerciales, por lo que en la mayoría de los casos se tiene documentación que específicamente NO HACE REFERENCIA a la calidad de representante o distribuidor. Sin embargo sugerimos que a los efectos de garantizar la legitimidad de los insumos que deben utilizarse en los servicios requeridos, se verifique con las facturas y documentos de importación en caso de ser necesarios, incluso se podría solicitar la participación de técnicos de la Fiscalía de Marcas.
Es así que la cláusula referida limita innecesariamente la participación de importadores y/o sub distribuidores y consecuentemente la convocante corre riesgo de adquirir estos productos a precios muy elevados, por la sencilla razón que los representantes y/o distribuidores autorizados no tendrán competencia alguna, siendo ellos los que fijaran el precio mínimo para quienes les soliciten Autorización para concursar en la presente Licitación.
Es por este motivo que solicitados la exclusión de este requisito o la modificación del mismo en los términos expresados precedentemente.
Sin la intención de reducir las exigencias hacemos llegar estas inquietudes, donde expresamos que es factible dar cumplimiento a los requerimientos pero otorgando este llamado mejores condiciones tanto para la convocante y los potenciales oferentes
Favor, remitirse a los requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones.
7
AUTORIZACION DEL FABRICANTE
Con relación al requerimiento AUTORIZACION DEL FABRICANTE, solicito se suprima o modifique la cláusula en recuadro teniendo en cuenta que.
La modificación supresión se peticiona sobre la base de una situación fáctica incontrastable en el sentido de que en el Paraguay existen firmas Representantes de los fabricantes de estos insumos requeridos, las cuales formalizan su relación comercial mediante usos y costumbres comerciales, por lo que en la mayoría de los casos se tiene documentación que específicamente NO HACE REFERENCIA a la calidad de representante o distribuidor. Sin embargo sugerimos que a los efectos de garantizar la legitimidad de los insumos que deben utilizarse en los servicios requeridos, se verifique con las facturas y documentos de importación en caso de ser necesarios, incluso se podría solicitar la participación de técnicos de la Fiscalía de Marcas.
Es así que la cláusula referida limita innecesariamente la participación de importadores y/o sub distribuidores y consecuentemente la convocante corre riesgo de adquirir estos productos a precios muy elevados, por la sencilla razón que los representantes y/o distribuidores autorizados no tendrán competencia alguna, siendo ellos los que fijaran el precio mínimo para quienes les soliciten Autorización para concursar en la presente Licitación.
Es por este motivo que solicitados la exclusión de este requisito o la modificación del mismo en los términos expresados precedentemente.
Sin la intención de reducir las exigencias hacemos llegar estas inquietudes, donde expresamos que es factible dar cumplimiento a los requerimientos pero otorgando este llamado mejores condiciones tanto para la convocante y los potenciales oferentes
Con relación al requerimiento AUTORIZACION DEL FABRICANTE, solicito se suprima o modifique la cláusula en recuadro teniendo en cuenta que.
La modificación supresión se peticiona sobre la base de una situación fáctica incontrastable en el sentido de que en el Paraguay existen firmas Representantes de los fabricantes de estos insumos requeridos, las cuales formalizan su relación comercial mediante usos y costumbres comerciales, por lo que en la mayoría de los casos se tiene documentación que específicamente NO HACE REFERENCIA a la calidad de representante o distribuidor. Sin embargo sugerimos que a los efectos de garantizar la legitimidad de los insumos que deben utilizarse en los servicios requeridos, se verifique con las facturas y documentos de importación en caso de ser necesarios, incluso se podría solicitar la participación de técnicos de la Fiscalía de Marcas.
Es así que la cláusula referida limita innecesariamente la participación de importadores y/o sub distribuidores y consecuentemente la convocante corre riesgo de adquirir estos productos a precios muy elevados, por la sencilla razón que los representantes y/o distribuidores autorizados no tendrán competencia alguna, siendo ellos los que fijaran el precio mínimo para quienes les soliciten Autorización para concursar en la presente Licitación.
Es por este motivo que solicitados la exclusión de este requisito o la modificación del mismo en los términos expresados precedentemente.
Sin la intención de reducir las exigencias hacemos llegar estas inquietudes, donde expresamos que es factible dar cumplimiento a los requerimientos pero otorgando este llamado mejores condiciones tanto para la convocante y los potenciales oferentes
Favor, remitirse a los requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones.
8
ESPECIFICACIONES TECNICAS
Buenas tardes, por la presente volvemos a solicitar respetuosamente la exclusión de la carta de Autorización para dar mayor oportunidad de participación a potenciales oferentes, siendo que la convocante podría requisar los insumos con el perito de marca para salvaguardar la Originalidad y la Autenticidad de los insumos entregados.
Buenas tardes, por la presente volvemos a solicitar respetuosamente la exclusión de la carta de Autorización para dar mayor oportunidad de participación a potenciales oferentes, siendo que la convocante podría requisar los insumos con el perito de marca para salvaguardar la Originalidad y la Autenticidad de los insumos entregados.
Por las razones expuestas en las respuestas anteriores y en virtud de las atribuciones de la convocante, respondemos respetuosamente que las condiciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, se mantienen inalterables, por lo tanto, cualquier potencial oferente deberá ajustarse estrictamente al Pliego de Bases y Condiciones.