Fecha de Respuesta:
14-02-2024
Respuesta:
No es correcta su interpretación.
Conforme a lo expuesto en el punto 3- Competencia para el trabajo, del apartado iii) Calificaciones del personal clave y competencia para el trabajo de la cláusula 5.2 (a-2) de la Sección "Instrucciones para los Consultores - Hoja de Datos" del Pliego de Bases y Condiciones:
- Se tendrán en cuenta los requerimientos establecidos separadamente para cada uno de los siguientes especialistas y profesionales: Ingeniero Residente, Especialista en Puertos, Especialista Ambiental, Especialista en Análisis de Proyectos de Infraestructura y Especialista Social;
- Para el resto de los especialistas, el criterio definido es el siguiente: "... Se entenderá como Trabajos de Igual Envergadura: Haber realizado trabajos en la especialidad propuesta en proyectos (factibilidad, diseño, fiscalización o construcción) de obras portuarias, viales y civiles."