El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato.
Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios.
El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo.
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
Esta sección constituye el detalle de los bienes con sus respectivas especificaciones técnicas - EETT, de manera clara y precisa para que el oferente elabore su oferta. Salvo aquellas EETT de productos ya determinados por plantillas aprobadas por la DNCP.
Suministros y Especificaciones técnicas
El suministro deberá incluir todos aquellos ítems que no hubiesen sido expresamente indicados en la presente sección, pero que pueda inferirse razonablemente que son necesarios para satisfacer el requisito de suministro indicado, por lo tanto, dichos bienes serán suministrados por el proveedor como si hubiesen sido expresamente mencionados, salvo disposición contraria en el contrato. Los bienes suministrados deberán ajustarse a las especificaciones técnicas y las normas estipuladas en este apartado. En caso de que no se haga referencia a una norma aplicable, la norma será aquella que resulte equivalente o superior a las normas oficiales de la República del Paraguay. Cualquier cambio de dichos códigos o normas durante la ejecución del contrato se aplicará solamente con la aprobación de la contratante y dicho cambio se regirá de conformidad a la cláusula de adendas y cambios. El proveedor tendrá derecho a rehusar responsabilidad por cualquier diseño, dato, plano, especificación u otro documento, o por cualquier modificación proporcionada o diseñada por o en nombre de la contratante, mediante notificación a la misma de dicho rechazo. |
Detalles de los productos y/o servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS
Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:
|
TITULARES |
TITULARES CASADOS |
PROMEDIO DE HIJOS |
Cantidad |
1070 |
551 |
1 |
BENEFICIARIOS: Funcionario/a (permanente y contratado) de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios.
Grupo Familiar:
Si los mismos volviesen a contraer matrimonio formal, volverán a su condición de casado/a.
Aclaraciones:
El PROVEEDOR, con un mínimo de 30 días hábiles de antelación, estará obligada a comunicar al titular, que su hijo/a está llegando al límite de edad establecido (25 años), a fin de que los mismos tomen conocimiento de que este/a ya no formará parte de la línea de beneficiarios del grupo familiar y que para seguir contando con la cobertura correspondiente deberá ser inscripto como adherente, donde el plazo de incorporación son de 30 (treinta) días, el cual se computará a partir de la fecha de finalización de la cobertura establecida en los puntos anteriores.
Si el recién nacido hijo del titular, naciere en los Sanatorios adheridos por el PROVEEDOR, será considerado como parte del grupo familiar de forma inmediata, y con todas las coberturas contempladas para el asegurado, pero de igual manera en carácter obligatorio el titular deberá realizar la comunicación a la DNIT para oficializar el vínculo, y esta a su vez al PROVEEDOR en un plazo no mayor de 10 días desde la fecha del nacimiento.
Para los demás casos, en que el recién nacido hijo de titular, no naciere en alguno de los Sanatorios adheridos a EL PROVEEDOR, y requiera ser atendido, se deberá prestar los servicios, será considerado como parte del grupo familiar de forma inmediata, y con todas las coberturas contempladas para el asegurado, de igual manera el titular deberá realizar en carácter obligatorio la comunicación a la DNIT para oficializar el vínculo, en un plazo de 48 horas y esta a su vez a EL PROVEEDOR en un plazo no mayor de 24 horas.
El titular podrá incluir como adherente a sus padres, hijos/as, suegros y hermanos y por cada uno abonar el pago mensual de la suma establecida por la Adjudicada, la cual no podrá superar la matriz porcentual conforme al cuadro más abajo:
ESCALA DE EDADES PARA ADHERENTES
Hasta 70 años |
50% |
Del precio adjudicado mensual por cada titular |
Desde 71 a 80 años |
60% |
Del precio adjudicado mensual por cada titular |
Desde 81 a más años |
70% |
Del precio adjudicado mensual por cada titular |
ESCALA DE EDAD DE HIJOS/AS SOLTEROS
Desde 25 años |
25% |
Del precio adjudicado mensual por cada titular |
PLAZO PARA LA SOLICITUD DE INCLUSIÓN DE BENEFICIARIOS EN CARÁCTER DE ADHERENTES PAGOS POR PARTE DEL TITULAR
Cada beneficiario titular solicitará la inclusión de adherentes. La incorporación de adherentes será por año/contrato y la fecha tope para la incorporación de los mismos es de 90 (noventa) días calendario, a ser contados a partir de la firma del contrato. Una vez incorporados los adherentes, deberán permanecer por todo el periodo del contrato.
Para los titulares que cambian su estado civil y excluyen a beneficiarios de su grupo familiar, podrán gestionar la incorporación como adherentes pagos a sus beneficiarios excluidos dentro del plazo de 30 días hábiles, de recepcionada la modificación del estado civil. La modificación del estado civil y el cambio de beneficiarios dentro del grupo familiar será obligatoria dentro de los 30 días de acaecido el evento.
PLAZO PARA INCLUSIÓN DE BENEFICIARIOS EN CARÁCTER DE ADHERENTES PAGOS
Para todos los casos de adherentes pagos, el titular deberá solicitar la inclusión de su beneficiario completando los documentos correspondientes establecidos por EL PROVEEDOR, quien deberá habilitar y tramitar las gestiones administrativas dentro de las primeras 24 horas (estos documentos, no podrán tener condiciones que menoscaben los beneficios establecidos en este contrato). Posterior al plazo mencionado el titular deberá abonar la primera cuota haciéndose efectiva la cobertura en forma inmediata. El primer pago se realizará en efectivo o por depósito bancario y para las demás cuotas mensuales se podrá optar por la autorización del débito automático o pago en efectivo o transferencias. El primer pago será en efectivo y prorrateado según la fecha de su alta efectiva.
Los BENEFICIARIOS ADHERENTES permanecerán en esta condición desde su incorporación hasta el fenecimiento del contrato, o en su caso hasta el día en que el TITULAR del seguro sea desvinculado de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley. El pago deberá ser desde el ingreso del beneficiario adherente. El titular será responsable de abonar el pago de las cuotas de los adherentes, para lo cual podrá optar por la autorización del débito automático o pago en efectivo o transferencias. El PROVEEDOR deberá informar el listado de adherentes incorporado dentro del Plan de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios durante toda la vigencia del contrato en forma mensual.
El atraso en el pago no podrá ser causante de la suspensión de los servicios hasta los 5 (cinco) días después de la fecha del vencimiento, en el caso que la prestadora opte por el corte del servicio, no podrá reclamar el pago por el periodo no cubierto. Una vez regularizado por parte del titular el pago de la/s cuota/s adeudadas, el proveedor deberá reestablecer de manera inmediata los servicios contemplados en este contrato. No se aplicará ninguna norma interna para estos tipos de beneficiarios (Adherentes), que menoscaben la cobertura en el presente contrato.
En caso de producirse la desvinculación de funcionarios de la Institución por cualquiera de los motivos previstos en la Ley durante la vigencia del Contrato, la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios comunicará dicha situación al PROVEEDOR.
La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios solo tiene compromiso contractual del pago mensual establecido por los TITULARES, quedando el cobro de los ADHERENTES y otras gestiones que no sean directamente sobre el TITULAR y GRUPOS FAMILIARES a cargo de la contratada y el usuario.
La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios facilitará al PROVEEDOR la nómina de funcionarios y su grupo familiar, de acuerdo a las condiciones generales de prestación, EL PROVEEDOR podrá solicitar una aclaración y/o documentación respaldatoria en caso de duda para la incorporación respectiva, de la misma manera se procederá en relación a la incorporación de adherentes pagos. Esto no implicará demora de la solicitud realizada.
Los funcionarios de la DNIT que sean jubilados durante la vigencia del cotnrato, podrán seguir como asegurados con la misma cobertura, con la salvedad de que sólo se incluirá al jubilado y su cónyuge como grupo familiar. El pago por la cobertura correrá por cuenta del mismo y será de una prima del 100% del precio adjudicado por cada titular y grupo familiar durante el presente contrato.
DISTRIBUCIÓN DE FUNCIONARIOS
La distribución geográfica de los funcionarios, es solo enunciativa, pudiendo variar de acuerdo al movimiento de funcionarios conforme a la Ley 1626/2000, De la Función Pública (Movilidad del Personal) conforme a la planilla:
INCLUIR DISTRIBUCIÓN DE CANTIDAD DE FUNCIONARIOS POR CIUDAD DE ASUNCION Y CENTRAL
Oficina Regional |
Cantidades Titulares Aproximadamente |
Dpto. Concepción |
10 |
Dpto. San Pedro |
8 |
Dpto. Cordillera |
7 |
Dpto. Guairá |
11 |
Dpto. Caaguazú |
9 |
Dpto. Caazapá |
3 |
Dpto. Misiones |
5 |
Dpto. Paraguarí |
7 |
Dpto. Alto Paraná |
28 |
Dpto. Ñeembucú |
6 |
Dpto. Amambay |
4 |
Dpto. Itapúa |
16 |
Dpto. Pte. Hayes |
6 |
Dpto. Boquerón |
3 |
Dpto. de Canindeyú |
3 |
Total |
126 |
El resto de titulares: Corresponden a Asunción y Departamento Central |
VIGENCIA DE LOS SERVICIOS:
Se concede la VIGENCIA INMEDIATA en todos los servicios detallados en las especificaciones técnicas. Una vez firmado el contrato se notificará a EL PROVEEDOR, que el mismo ya ha sido suscripto y a partir de la notificación entra en vigencia la utilización de los servicios.
Entiéndase por VIGENCIA INMEDIATA, que no se solicitará a los ASEGURADOS antigüedad alguna para la PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.
CONDICIONES GENERALES DE PRESTACIÓN
Vacuna para Covid19 o equivalente, aplicación sin cargo, siempre que el MSPYBS provea en los vacunatorios asignados según el calendario determinado por la misma Entidad.
Los medicamentos de uso habitual utilizado por el asegurado en patologías crónicas no relacionadas al cuadro que motivó el ingreso podrán ser ingresados a los centros asistenciales o podrá ser a cargo del asegurado, a opción del mismo. Debiendo la prestadora de servicios integrar la medicación dentro de su servicio de enfermería.
El PROVEEDOR deberá enviar entre el 1 y el 5 de cada mes al correo habilitado por la DNIT, datos estadísticos respecto a: nómina de beneficiarios incluidos, los adherentes, datos de las internaciones, consultas, intervenciones, análisis clínicos, estudios de imágenes, listado de servicios, excesos de gastos, estados de cuentas, utilización de servicios urgencias y emergencias y cualquier otra información relacionada con el servicio y/o solicitada por la DNIT. El PROVEEDOR Y/O LA PRESTADORA DE SERVICIOS, se compromete a proporcionar a los Auditores Médicos Administrativos y Jurídicos designados por la DNIT todas las informaciones y documentaciones que soliciten para el normal desempeño de sus funciones. Los auditores designados acompañaran los eventos en forma permanente. Igualmente, la DNIT se compromete en brindar, a los Auditores Médicos Administrativos y Jurídicos designados por la prestadora, todas las informaciones y documentaciones que soliciten para el normal desempeño de sus funciones.
Ante la presentación de 5 (cinco) quejas o reclamos reiterados por temas idénticos o similares y en caso de que la contestación por parte de la Contratada en sus descargos correspondientes no resulte satisfactoria, será considerado como un incumplimiento de contrato.
COBERTURA:
Se entenderá por cobertura, la inclusión de todos los honorarios profesionales, que estarán cubiertos en consultorios, internaciones, procedimientos, cirugías, urgencias/emergencias, tratamientos en internaciones y ambulatorios, métodos auxiliares de diagnóstico (laboratorios de análisis y estudio por imágenes), control de rutina y estudios propios de las especialidades.
La utilización de los equipos e instrumentales de los sanatorios y centros asistenciales habilitados empleados en las especialidades médicas del presente contrato tendrán cobertura total. Incluye equipos proveídos por los médicos, sean descartables o no hasta Gs. 10.000.000.
Medicamentos y materiales descartables (cualquiera sea la naturaleza de los mismos), sustancias de contraste, materiales radioactivos. Los Medicamentos y materiales descartables en curaciones post operatorias de cirugías o procedimientos cubiertos por contrato.
En caso de embarazo de alto riesgo, el parto, ya sea por vía vaginal o por cesárea, será considerado de forma independiente a los eventos que pudieran presentarse en el curso de la gestación. El parto en cualquiera de sus modalidades será considerado como nuevo evento.
Servicios Sanatoriales, en sala, urgencias, UTI (adultos y niños) y de alta complejidad, según límites de cada servicio, incluidos alimentación vía oral del paciente y otras alimentaciones según el límite de cada servicio, cuidados de enfermería, pensión sanatorial, derechos operatorios, etc., medios auxiliares de diagnóstico, incluidos servicios laboratoriales (no se tendrá en cuenta listado de cobertura según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes) hasta el alta del paciente.
En caso de lactantes la cobertura nutricional incluirá la leche de formula maternizada, mientras permanezca internado.
Servicios de paramédicos, ambulancias y traslados. Además, se incluirá la libre elección (dentro de una lista de prestadores habilitados por la contratista), de profesionales, centros de diagnósticos y servicios sanatoriales, centro de atención médica ambulatoria para capital e interior (urgencias, emergencias, internaciones, etc.), que serán con cobertura para el asegurado.
Para los Centros de Diagnósticos y Laboratorio de Análisis Clínico: Estos servicios deben cubrir a los que concurren en forma programada o no y en los casos de urgencias las 24 horas del día y 365 días del año. Debe tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales, medicamentos, materiales descartables, desechables y las determinaciones químicas y microbiológicas. Deben contar con un mínimo de 5 laboratorios y 5 centros de diagnósticos en todo momento, en Asunción y Central, en caso que existan cambios deben ser reemplazados por otros de igual calidad y ser comunicados por escrito a la CONTRATANTE con 48hs. de anticipación la cual manifestará su no objeción o rechazo.
También se deberá contar con un mínimo de 3 (tres) centros asistenciales con área especializadas en pediatría para urgencias e internación, 2 (dos) con UTI Niños y Neonatal.
Todos los estudios y análisis laboratoriales que se realizan en el país a la firma del contrato estarán cubiertos íntegramente en los prestadores habilitados, en base a los límites establecidos en el presente contrato.
Para los Laboratorios de Análisis Clínicos, 1 (uno) de ellos deberá contar con Certificación de Calidad Internacional.
En caso de que el laboratorio designado por la prestadora para las coberturas no disponga de los servicios para el asegurado, se le deberá asignar otro laboratorio dentro de los límites establecidos en el contrato.
Si el paciente se encuentra imposibilitado físicamente de acudir al laboratorio podrá solicitar el servicio a domicilio, quedando el gasto del traslado a cargo de la prestadora.
Cobertura de materiales de osteosíntesis en general y dispositivos y/o elementos de uso traumatológico a excepción de las prótesis, por valor de diez millones de guaraníes (G. 10.000.000) por evento. En el caso de prótesis de rodilla, tendrá cobertura hasta un máximo de quince millones (G. 15.000.000.-) por cada lado. En caso de prótesis de cadera, tendrá cobertura hasta un máximo de quince millones (G. 15.000.000.- por cada lado.
Materiales protésicos para hernias inguinales, umbilicales e insicionales por valor de Gs.1.500.000 (guaraníes un millón quinientos mil) por evento de servicio ambulatorio.
Preparados magistrales, 15% de cobertura.
Cobertura de preparados de nutrición parenteral hasta 3 (tres) por contrato, por beneficiario
En caso de que el Paciente cuente con seguro del Instituto de Previsión Social y se encuentre internado en el Sanatorio habilitado, EL PROVEEDOR deberá autorizar el ingreso de medicamentos y otros insumos, equipos y dispositivos de tratamientos mediante el documento expedido por el Instituto de Previsión Social (IPS), para lo cual, el sanatorio deberá establecer los procedimientos a realizar para el cumplimiento del mismo.
CAPACIDAD DE SERVICIO:
Para las internaciones, el contratista deberá habilitar los centros asistenciales con las coberturas respectivas en los siguientes lugares que se citan a continuación que son mínimas:
Cantidad Mínima de Centros Habilitados |
|
Asunción |
6 |
Asunción |
2 terapia para Niños |
San Lorenzo |
2 |
Fernando de la Mora |
2 |
Luque |
1 |
Villa Elisa (o próximos) |
1 |
Ñemby |
1 |
Capiatá |
1 |
Limpio |
1 |
*Lambaré (o próximos) |
1 |
Concepción |
1 |
Canindeyú |
1 |
San Estanislao |
1 |
Caacupé |
1 |
Villarrica |
1 |
Villa Hayes |
1 |
Loma Plata |
1 |
Coronel Oviedo |
1 |
Caazapá |
1 |
Encarnación |
2 |
San Juan Bautista (o próximos) |
1 |
San Ignacio Misiones |
1 |
Paraguarí |
1 |
Ciudad del Este |
2 |
Pilar |
1 |
Pedro Juan Caballero |
1 |
El proveedor deberá ofrecer 6 (seis) sanatorios en Asunción, los cuales cinco (5) deberán corresponder al Nivel 3 o superior.
CENTROS ASISTENCIALES EN EL INTERIOR
Cobertura para consultas, internaciones, procedimientos, cirugías, estudios laboratoriales, estudios por imágenes, urgencias/emergencias y todos los otros servicios establecidos en este contrato, en las ciudades circunvecinas de la capital y principales ciudades departamentales.
Para estos centros asistenciales, la cobertura de los servicios, deberá ser idéntica a la aplicable en la capital, conforme a las especificaciones técnicas.
En los centros asistenciales del interior del País, no exigidas en la Capacidad de Servicio y/o aquellas localidades solicitadas que no cuenten con prestadores debidamente habilitados por el MSPYBS, el beneficiario titular, grupo familiar y sus adherentes, podrán recurrir al centro asistencial más cercano en donde se produzca el evento. Como primera medida realizar contacto con el proveedor para que se haga cargo de los gastos incurridos dentro de las primeras 24 hs., en caso de que se dificulte esta modalidad con el centro asistencial, el titular abonaría los gastos incurridos debiendo solicitar posteriormente el reintegro o reembolso de los gastos totales dentro de los límites del contrato, y el proveedor deberá reponer en un plazo no mayor de 72 hs. y en caso excepcional justificado de 8 días. Para el reclamo de este reembolso la factura deberá estar a nombre del prestador y ser presentada en un periodo máximo de 30 (treinta) días de la fecha de la factura.
CALIDAD DE SERVICIO
Respecto a los Sanatorios y/o Centros Asistenciales para Asunción será requerido por lo menos para seis (6) establecimientos los cuales cinco (5) deberán ser de categorías correspondientes al Nivel 3 o superior, con certificación vigente o en proceso de renovación ante la Superintendencia de la Salud, de acuerdo a la clasificación establecida por la Superintendencia de Salud, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
Al menos Dos (2) de los sanatorios nivel 3 deberá contar con terapia intensiva para adultos, neonatal y pediátrica. Al menos Dos (2) de los sanatorios nivel 3 deberá contar con tomógrafo y resonador en funcionamiento.
Uno de los sanatorios nivel 3 deberá contar con un centro de especialidades pediátricas, centro de especialidades cardiológicas, servicio de hemodinamia, unidad de medicina transfusional, servicio de diagnóstico por imágenes y unidad coronaria. Todos habilitados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
Los centros asistenciales del interior, específicamente Ciudad del Este y Encarnación deberán contar con establecimiento de categoría correspondiente al Nivel 3 establecida por la Superintendencia de Salud, dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social; los demás para consultas, emergencias, urgencias, laboratorios e internaciones contar como minino con la categoría correspondiente al Nivel 1 o superior.
PROGRAMA DE SUMINISTROS ASISTENCIA MEDICA SANATORIAL INTEGRAL
La cobertura será inmediata, total e integral hasta 120 días por contrato, en los centros asistenciales autorizados por la contratada, a libre elección del asegurado y/o del médico tratante o profesional de la salud, en habitaciones individuales con baño privado, teléfono, T.V., dieta del paciente, ambiente climatizado, cama para el acompañante, atención médica y de enfermería. Deberán estar cubiertos todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales según anexo.
Con relación a los análisis laboratoriales tendrá cobertura del 100% hasta el alta del paciente internado en el sanatorio de cabecera siempre que no supere la cantidad de días con cobertura y con el laboratorio designado por la prestadora.
En caso de que el Sanatorio de cabecera no disponga de los servicios para internación y el paciente sea derivado a otro nosocomio, se aplicará lo establecido en el párrafo anterior.
No existe limitación respecto a la cantidad de veces que el asegurado deba internarse. Se entenderá que esta cobertura corresponde a cada uno del grupo familiar, es decir, el titular, beneficiarios incluidos en su grupo familiar y cada uno de sus adherentes y en ningún caso el centro asistencial podrá requerir al BENEFICIARIO garantía o aval alguno, ya sea personal o en efectivo, por la prestación de este servicio.
Estarán cubiertos todos los honorarios profesionales, equipos propios de la unidad de sala común, cuidados de enfermería, medicamentos y descartables (hasta el tope establecido en este apartado), y todos los medios auxiliares de diagnósticos según anexo.
LA PRESTADORA DE SERVICIOS, deberá proveer diariamente al BENEFICIARIO, el titular del contrato y la Unidad de Gestión de Personas el estado de cuenta y las coberturas médicas emitidas a la fecha, con todos los detalles de los gastos imputados al paciente hasta el día de la emisión (actualizados).
Se deberá incluir media pensión (almuerzo o cena del menú del día, en el horario establecido por cada sanatorio), para un acompañante por 10 días (no incluye bebidas ni postre). Si el centro no poseyera este servicio para acompañante, se reintegrará hasta el monto de Gs.18.000 por día en concepto de alimentación para un acompañante.
Deben estar cubiertos los derechos operatorios en todo tipo de internaciones e intervenciones quirúrgicas, instrumentales quirúrgicos de los sanatorios habilitados y equipos tales como electrocardiógrafo, rayos x del sanatorio, colchones de aire- agua, monitor cardiaco, monitor fetal, cuna térmica, video, etc.
Para eventos clínicos o quirúrgicos deberán estar cubiertos procedimientos endoscópicos, con endoscopios rígidos (video laparoscópicos, uroscopias, etc.), y flexibles (fibroscopios), con fines de diagnóstico, cirugía o de tratamiento, eco endoscopía (ecosonda), incluyendo honorarios médicos y de anestesista, contraste y extracción de cuerpos extraños, como así también para las especialidades de gastroenterología (gastrostomía, incluye kit, no incluye recambio), urología, neumología, ginecología, otorrinolaringología, traumatología, laparoscopía y artroscopia (incluyendo uso de equipos, video, etc.).
Cobertura de medicamentos nacionales e importados, incluida alimentación enteral, materiales descartables- desechables (incluyendo además termómetros, guantes de goma, alcohol en gel, algodón, tapabocas o cualquier otro requerimiento por cuestiones de protocolo sanitario), por valor de Gs. 30.000.000 (guaraníes treinta millones), por evento y en todo concepto, sea por internaciones clínicas, quirúrgicas, partos y cesáreas, para el beneficiario titular, su grupo familiar y adherentes. Cobertura de preparados de nutrición parenteral hasta 3 (tres) por contrato.
Cobertura total e inmediata en consultorios, internaciones, estudios, procedimientos de diagnóstico, procedimientos terapéuticos, tratamientos y servicios de urgencias en las siguientes especialidades (eventos clínicos y quirúrgicos), sean accidentales o no, incluyendo los derivados de eventos deportivos, a excepción de aquellos de alto riesgo como automovilismo, boxeo y artes marciales.
Especialidades: Todas las especialidades deberán contar con un mínimo de 10 (diez) profesionales que cuenten con 5 (cinco) años o más de experiencia en la especialidad, de reconocida capacidad e idoneidad, a excepción de aquellas especialidades cuya sociedad científica no acredita la disponibilidad requerida en este pliego.
Honorarios de los profesionales de la salud en las siguientes especialidades y cobertura según Anexo. El listado mencionado precedentemente no es taxativo sino meramente enunciativo.
Alergología: consultas, interconsultas, visitas sanatoriales. Incluye test alérgico y para contrastes. Hasta 15 vacunas por beneficiario por año. |
Anatomía Patológica: (incluyendo biopsia de todo tipo). |
Inmunohistoquímica (Una por año). |
Anestesiología, incluye Analgesias en partos. |
Cardiología clínica y pediátrica + Asistencia operatoria a solicitud del cirujano. |
Cirugía cardiaca + cateterismo cardíaco diagnóstico: angioplastia transluminal, Coronaria, según anexo. |
Cirugías generales mayor, mediana, menor. Cirugía pediátrica. (incluido derecho operatorio, materiales y/o elementos necesarios) |
Cirugía Oncológica: Consultas e interconsulta. |
Cirugía oftalmológica especializada |
Cirugía Plástica reparadora: consultas, interconsultas. (no estética) |
Clínica neurológica: consultas e interconsulta |
Cirugía Vascular Periférica |
Cirugía video laparoscópica |
Clínica médica + Inspección Médica en general solicitada por Instituciones. |
Dermatología |
Diabetología incluyendo los comprendidos en endocrinología. |
Dietología - Nutrición (Incluye Consultas y tratamientos). |
Endocrinología: Consultas, tratamientos. |
Fisioterapia y Rehabilitación: Hasta 50 (cincuenta) sesiones por evento por beneficiario por año. |
Fisioterapia Neurológica: Hasta 10 (diez) sesiones por beneficiario por año. |
Flebologia: consultas, estudios, y procedimientos |
Fonoaudiología - Foniatría: Consultas, estudios, tratamientos y evaluaciones rehabilitación hasta 35 (treinta y cinco) sesiones por beneficiario por contrato. En caso de que uno de los beneficiarios del grupo familiar requiera más sesiones de los estipulado (para enfermedades congénitas o secuelares), podrá adicionar las sesiones de uno de los beneficiarios, de que no se hayan utilizado. |
Gastroenterología: consulta, cirugías y procedimientos |
Colo Proctología: consultas, cirugías y procedimientos |
Geriatría |
Ginecología y Obstetricia. |
Hematología |
Hemoterapia Transfusionista: Incluye cobertura de materiales y descartables utilizados además de los estudios serológicos. incluye serología y perfil inmunohematológico. |
Hepatología. |
Infectología. |
Mastología |
Monitoreo cardiológico intraoperatorio |
Nefrología: incluyendo hemodiálisis en los casos agudos (hasta seis por año/contrato) |
Neumología: (Se incluye todo tipo de infecciones respiratorias, inclusive Covid) Fisioterapia Respiratoria: Hasta 40 (cuarenta) sesiones por evento por beneficiario por año. |
Neurología clínica y cirugía del Sistema Nervioso Periférico incluyendo las de columna. |
Nutricionista |
Oftalmología: Consultas. clínica, cirugías, estudios, tratamientos, facoemulsificación, incluyendo catarata intra o extra capsular, con implante de lente intraocular, incluyendo la lente intraocular (cobertura hasta un máximo de 3.000.000 millones de Gs) y la sustancia viscolástica (hasta un máximo de 1.500.000 millones de Gs). Láser: Tratamiento y cirugías con láser incluyendo uso de equipos hasta 1 por grupo familiar por contrato, para cirugías láser a partir de 4 dioptrías. Consultas. Cirugía según Anexo. |
Oncología: consultas. (cirugía y quimioterapia 30 sesiones por contrato). |
Otoneurología |
Otorrinolaringología. |
Pediatría y sus sub especialidades |
Neonatología. |
Neuropsicología |
Psicología clínica y laboral Hasta 35 (treinta y cinco) consultas por beneficiario por año/contrato. En caso de que uno de los beneficiarios del grupo familiar requiera más sesiones de los estipulado, podrá adicionar las sesiones de uno de los beneficiarios, de que no se hayan utilizado. |
Psicopedagogía: Hasta 35 (treinta y cinco) consultas por beneficiario por año. En caso de que uno de los beneficiarios del grupo familiar requiera más sesiones de los estipulado). podrá adicionar las sesiones de uno de los beneficiarios, de que no se hayan utilizado. |
Psiquiatría: Consultas, interconsultas, hasta 12 (doce) por beneficiario por contrato. En internaciones en fase aguda cubre hasta 10 (diez) días de internación y con asistencia de cuidador por cuenta del paciente. |
Reumatología Clínica |
Radiología |
Toxicología Clínica. |
Terapia Ocupacional |
Traumatología y Ortopedia: consulta, cirugías artroscópicas |
Urología: consultas, Cirugías |
Inspección Médica en general para titulares y vacunaciones para el grupo familiar (vacunas sin cargo para el asegurado, para los casos determinados obligatorios por el M.S.P.Y. B.S.) |
Estarán cubiertas todas las técnicas, instrumentales y equipamientos requeridos por el médico, así como los materiales necesarios, según las especificaciones técnicas del médico tratante, según cobertura establecida en el presente contrato, para la realización del tratamiento, por lo que no se podrá requerir ningún cobro en concepto de derechos o aranceles. También estarán cubiertas las internaciones y cirugías por malformaciones congénitas, tales como pie bot, hidrocefalia, ano imperforado, hernias, labio leporino, criptorquidia, hipertrofia del clítoris, extrofia, epispadia, estrechez de píloro, cataratas, estrabismo y cualquier otra malformación conforme a lo establecido dispuesto en el presente contrato. Equipos o instrumentos especializados hasta cubre hasta Gs. 10.000.000
Las consultas y tratamientos en especialidades que no figuren en el PUNTO B de estas especificaciones, contarán con cobertura total. Se encontrarán cubiertas todas las especialidades médicas científicas, para las distintas franjas etáreas, la lista de especialidades es enunciativa no taxativa, salvos las explícitamente detalladas con límite. mantener
Los Medicamentos y materiales descartables en curaciones post operatorias de cirugías o procedimientos cubiertos por contrato.
Las consultas, cirugías y procedimientos en internaciones clínicas o quirúrgicas realizadas por especialistas dentro de las sub-especialidades de las Sociedades se ajustarán a los términos de contrato, es decir con cobertura total, salvo aquellas excepcionadas en este contrato.
Los profesionales de la salud de la lista de EL PROVEEDOR Y/O LA PRESTADORA DE SERVICIOS, estarán a disposición del Beneficiario en forma permanente, sin que puedan alegarse razones reglamentarias de ordenamiento interno, que impidan la atención por parte de cualquiera de los profesionales del listado del PROVEEDOR, salvo causas de disponibilidad fundadas en las Leyes Laborales de la República.
Las consultas con todos los profesionales que se hayan dentro del plantel de EL PROVEEDOR Y/O LA PRESTADORA DE SERVICIOS, y centros habilitados para la DNIT serán sin cargo para el beneficiario.
Cualquier modificación del listado de profesionales deberá ser comunicada con antelación a la Contratante la cual dará o no su aceptación siempre y cuando se mantenga la cantidad y calidad de profesionales ofertados (experiencia, idoneidad, formación, etc).
SERVICIO REEMBOLSO
Hasta una consulta por grupo familiar (incluido adherente), por mes (no acumulable), con un médico que no se encuentren en el listado de profesionales del seguro, por un valor de hasta Gs. 150.000 o hasta una consulta la suma de guaraníes trescientos mil (G. 300.000) por consulta, para las especialidades de Oncología Pediátrica, Terapia Ocupacional, Neuropsicología y Hematología Pediátrica La solicitud de reembolso por parte del asegurado, podrá efectuarlo hasta 30 (treinta) días posteriores de la consulta; y el pago o reembolso se realizará en un plazo máximo de 15 (quince) días posteriores a la solicitud de reembolso. La fecha tope para cobrar el reembolso será de 60 días a contar desde la solicitud del reembolso.
EL PROVEEDOR pondrá a disposición de los asegurados el listado de profesionales en convenio con co-pago siempre y cuando correspondan a consultorios privados que no se encuentren en el listado de oferentes.
Cobertura máxima hasta 20 (veinte) días por beneficiario/evento. Deberán estar cubiertos los honorarios profesionales, equipos propios de la unidad, cuidado de enfermería, y los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales según anexo.
Con relación a los análisis laboratoriales tendrá cobertura del 100% hasta el alta del paciente internado en el sanatorio de cabecera siempre que no supere la cantidad de días con cobertura y con el laboratorio designado por la prestadora.
En caso de que el Sanatorio de cabecera no disponga de los servicios para internación y el paciente sea derivado a otro nosocomio, se aplicará lo establecido en el párrafo anterior.
Cobertura de medicamentos, materiales descartables y desechables (incluyendo además termómetros, guantes de goma, algodón, alcohol en gel, tapabocas o cualquier otro requerimiento por cuestiones de protocolo sanitario) hasta Gs. 50.000.000 (guaraníes cincuenta millones) por evento. La alimentación enteral y parenteral se regirán por las condiciones establecidas en el punto de OTROS SERVICIOS CUBIERTOS.
Uso de incubadora y luminoterapia: conforme a lo estipulado en este apartado.
En ningún caso, el Centro de Internación en Terapia Intensiva, podrá requerir garante o aval alguno, ya sea personal o en efectivo al beneficiario por la prestación de estos servicios antes de agotadas las coberturas.
Se entenderá que esta cobertura corresponde a cada uno de los beneficiarios; es decir, el titular, miembros del grupo familiar y cada uno de sus Adherentes.
LA PRESTADORA DE SERVICIOS, deberá proveer diariamente al BENEFICIARIO, el titular del contrato y la Unidad de Gestión de Personas el estado de cuenta y las coberturas médicas emitidas a la fecha, con todos los detalles de los gastos imputados al paciente hasta el día de la emisión (actualizados). El mismo debe estar detallado por los gastos cubiertos por este contrato y los no alcanzados.
En caso de que el paciente necesite sangre, plasma y/o derivados, EL SANATORIO deberá proveer los mismos y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente.
Internación en la U.T.I. después de los 20 días, 50%
Se entenderá que la cobertura es por persona y se regirá en las mismas condiciones que el ítem anterior con el cual no podrá ser sumado los gastos devengados.
LA PRESTADORA DE SERVICIOS, deberá proveer diariamente al BENEFICIARIO, el titular del contrato y la Unidad de Gestión de Personas el estado de cuenta y las coberturas médicas emitidas a la fecha, con todos los detalles de los gastos imputados al paciente hasta el día de la emisión (actualizados). El mismo debe estar discriminado por los gastos cubiertos por este contrato y los no alcanzados
En caso de que el paciente necesite sangre, plasma y/o derivados, EL SANATORIO deberá proveer los mismos y solicitar posteriormente al Grupo Familiar la reposición correspondiente.
Cubierto hasta 25.000.000 por evento por beneficiario en servicio ambulatorio, sala convencional (común), terapia intermedia, terapia intensiva y en todos los casos que el paciente lo requiera.
Debe estar integrado por guardias de urgencias en los servicios asistenciales, compuesto de médicos clínicos, cirujanos, obstetras y pediatras para dar respuesta adecuada a las demandas del servicio, las 24 hs. y todos los días, aún domingos y feriados, además de los mismos se deberá convocar en caso de que el médico de guardia lo requiera, a cualquier otro profesional de la subespecialidad necesaria en la mayor brevedad posible. Es prioridad la atención del asegurado independientemente a los trámites administrativos, es decir, el paciente recibirá de forma inmediata conforme la capacidad de respuesta del Centro Asistencial y accederá a todos los estudios o procedimientos médicos o quirúrgicos que correspondan conforme criterio médico.
Para las visaciones, el sanatorio deberá realizar las gestiones ante EL PROVEEDOR, no debiendo este exceder los 30 (treinta) minutos para la respuesta, siendo el incumplimiento de la misma causal de sanciones conforme a la cláusula de multas, excepto que sea aplicable la cláusula de fuerza mayor justificada por la Contratante.
Cobertura de medicamentos y descartables para urgencias 100%
Las consultas y los procedimientos realizados por médicos de guardia o especialistas solicitados por el médico de guardia serán de cobertura total.
Deberán estar cubiertos todos los medios auxiliares de diagnóstico, medicina por imágenes y servicios laboratoriales, (no se tendrá en cuenta listado de cobertura según anexo de estudios laboratoriales y anexo de medicina por imágenes) y no se cobrarán recargos por fuera de horario.
Para procedimientos post quirúrgicos, tales como: curaciones, extracción de puntos (suturas), control, con 100% de cobertura en los centros habilitados.
Procedimientos de enfermería, complementarios a la consulta médica, serán de Cobertura total.
Cobertura de medicamentos y descartables para urgencias 100% tales como la primera dosis de antibiótico y/o de tratamiento indicado por el médico de guardia y aplicada en la misma urgencia.
Si un beneficiario se encuentra en una situación que signifique compromiso inmediato y severo de sus signos vitales, podrá buscar auxilio en cualquier otro centro médico más cercano. Estos casos comprenden los derivados de accidentes de tránsito, primeros auxilios, partos y otros imprevistos que pongan en riesgo la vida del beneficiario. Ocurrido el episodio se comunicará dentro de las primeras 24 (veinticuatro) horas, para que EL PROVEEDOR, se haga cargo del paciente, asumiendo todos los gastos hasta el límite de las coberturas e indicando su traslado o continuidad en dicho centro.
En caso de solicitar su traslado, EL PROVEEDOR Y/O LA PRESTADORA DE SERVICIOS, deberá garantizar que no se apeligrará la vida del beneficiario.
La empresa Prepaga deberá cubrir servicio de ambulancias para traslados desde el lugar del siniestro al centro hospitalario más cercano en todo el territorio nacional.
Deben estar cubiertos los derechos operatorios en todas las intervenciones quirúrgicas que gocen de cobertura, además de la utilización de electrocardiógrafo, rayos x del sanatorio, colchones de aire-agua, monitor cardiaco, monitor fetal, cuna térmica, video, inyecciones, nebulizaciones, servicios de enfermería, toma de presión arterial, aplicación de ultrasonidos, masajes, infrarrojo y otros servicios que pueda necesitar el asegurado, tanto para casos de accidentes, como para cualquier requerimiento de atención, siempre que los mismos no se encuentren excepcionados entre los beneficios cubiertos.
Examen médico preventivo anual tendrá una cobertura total sin costo para el BENEFICIARIO.
Cobertura de medicamentos, materiales descartables y desechables (incluyendo además termómetros, guantes de goma, algodón, tapabocas o cualquier otro requerimiento por cuestiones de protocolo sanitario) hasta las coberturas establecidas en cada servicio. En caso de que el paciente necesite alimentación enteral hasta el 100% incluida dentro de la cobertura de medicamentos. Cobertura de preparados de nutrición parenteral hasta 3 (tres) por contrato, sea por internaciones clínicas (inclusive U.T.I.), quirúrgicas (inclusive alta complejidad), partos y cesáreas y servicio de urgencias, para el titular, el grupo familiar y adherentes.
Electrocardiograma de reposo y de esfuerzo (ergometría), Holter, electroencefalograma, audiometrías, con cobertura total a cargo de la contratada.
El prestador se encargará de todos los pacientes internados en sanatorios que no se encuentren en el listado propuesto en su oferta al inicio de la prestación de este contrato
Visitas con carácter no urgente (hasta 02 por abonado por mes). Estas visitas deberán realizarse en toda la zona de la capital y hasta un radio circundante de 50 kilómetros, según lista de prestadores de servicios de ambulancia proveídos por
EL PROVEEDOR. Debe también contemplarse la asistencia domiciliaria para análisis clínicos, radiográficos con equipo portátil y electrocardiogramas, con cobertura total en casos de pacientes encamados y por indicación del médico tratante.
Debe también contemplarse la asistencia domiciliaria, para análisis clínicos, radiográficos con equipo portátil y electrocardiogramas, con cobertura total también a cargo de la contratada, siempre que se compruebe fehacientemente que el paciente se halla imposibilitado de concurrir a los servicios mencionados. La comprobación fehaciente de estado de salud del paciente para la continuidad del régimen de visita domiciliaria deberá ser realizada por el médico en la primera visita y puesta en un informe escrito, el cual deberá ser proveído a la contratante y a la contratada.
En los casos de toma de muestras laboratoriales a domicilio, serán sin cargo para el beneficiario, siempre que se trate de pacientes comprobados con incapacidad física de concurrir a los servicios.
Para interconsultas con especialistas en las internaciones, a pedido del paciente o el médico tratante, en caso de que se tratasen de profesionales que no estén incluidos en la cartilla de prestadores de la contratada, la misma cubrirá hasta tres (3) consultas por especialista, hasta Gs. 500.000 (Guaraníes quinientos mil) en concepto de honorarios por cada una de ellas, con un tope de 2(dos) especialistas por evento.
Con especialistas del plantel de médicos habilitados, a pedido del paciente o del médico tratante, en las internaciones por evento hasta 5(cinco) interconsultas con cobertura del 100% y con tope de 3 (tres) visitas por cada profesional interconsultor.
Cobertura mínima del 30% (treinta por ciento) de descuento sobre los precios de lista de farmacias de todo tipo de medicamentos nacionales y 20% (veinte por ciento) en medicamentos importados (Preventivo y curativo), en cualquier forma de pago (efectivo, tarjeta de crédito y/o débito) sin límite.
La cobertura farmacéutica deberá ser de por lo menos 2 (DOS)cadenas.
EL PROVEEDOR, deberá presentar un listado con la certificación del convenio con las farmacias debidamente habilitadas por el M.S.P. y B.S. con la cual EL PROVEEDOR Y/OLA PRESTADORA DE SERVICIOS, tiene relación dentro del Gran Asunción, periferias e interior del país.
La cobertura incluye: honorarios, uso de sala, medicamentos y descartables hasta Gs. 1.000.000 por evento por beneficiario. Salvo excepciones establecidas para algunos servicios.
Se entenderá que esta cobertura corresponde a cada uno de los beneficiarios; es decir, el titular, miembros del grupo familiar y cada uno de sus Adherentes.
Alergia: hasta 15 vacunas (dosis) por beneficiario por año/contrato. Requiere visación previa.
Cambio de yeso (no acrílico).
Tratamientos quirúrgicos ambulatorios, según anexo de cirugías cubiertas
Lavado de oído
Procedimientos dermatológicos: Curaciones ambulatorias en servicios de Urgencias posquirúrgicas de cirugías cubiertas con cobertura total.
Curaciones ambulatorias en procedimientos simples en los servicios de Urgencias con profesionales de guardia con cobertura total.
Se entiende por servicios ambulatorios, aquellos prestados sin internación permanente del beneficiario, prestados dentro del recinto del sanatorio.
Cobertura total en consultas e internaciones, de enfermedades crónicas y neoplásicas preexistentes (dentro de los límites del contrato)
Cobertura total en consultas e internaciones, de todas las patologías crónicas y neoplásicas, (dentro de los límites del contrato).
Enfermedades (crónicas y congénitas) y neoplásicas y malformaciones congénitas: Estarán cubiertas las internaciones y cirugías por malformaciones congénitas, tales como pie bot, hidrocefalia, ano imperforado, hernias, labio leporino, criptorquidia, hipertrofia del clítoris, extrofia, epispadia, estrechez de píloro, cataratas, estrabismo y cualquier otra malformación, malformación, para beneficiarios nacidos durante la vigencia de este contrato.
Para los no nacidos y no diagnosticados durante este contrato tendrán los servicios de cirugía y otros, según los límites de este contrato.
Cobertura total no relacionada con la malformación (dentro de los límites del contrato).
Cobertura para consultas e internaciones, estudios laboratoriales y radiológicos, durante el traslado y la estadía en el exterior del titular y sus acompañantes beneficiarios (hasta USS 15.000), incluyendo cobertura COVID.
Cobertura para consultas e internaciones, estudios laboratoriales y radiológicos, para casos de urgencias, durante viajes al exterior, al titular y sus acompañantes beneficiarios sin límites de días de cobertura. Traslado asistido hasta un centro médico en el territorio nacional, para casos de alta complejidad con cobertura total. Se considerará pertinente la comunicación entre las empresas tercerizadas contratadas para prestar los servicios estipulados por el PBC, considerando la urgencia o premura para los casos complejos. El beneficiario deberá comunicar con por lo menos 48hs de anticipación a la empresa contratante
Comunicar a la prestadora la salida del país, el tiempo y la ruta/vía del viaje, del titular, beneficiario o adherente, para que pueda ser emitida la cobertura internacional, la cual deberá contemplar el detalle de los Centros Asistenciales que incluyen la misma. Traslado asistido hasta un centro médico en el territorio nacional para casos de alta complejidad y no posteriores a la alta médica.
Abarca el tratamiento completo, honorarios médicos, medicamentos, aparatos, terapias y todo lo necesario para lograr la rehabilitación cardiovascular del paciente.
La cobertura será del 80% (ochenta por ciento) en concepto de honorarios médicos (para la determinación de porcentajes, se tendrá en cuenta los valores de mercado). Los derechos operatorios deberán estar cubiertos el 100% (cien por ciento).
En las internaciones quirúrgicas, estudios, tratamientos y procedimientos citados de manera enunciativa más abajo, tendrá una cobertura de medicamentos nacionales e importados, incluida alimentación enteral, drogas oncológicas y materiales descartables y será hasta la suma de Gs. 50.000.000 (guaraníes cincuenta millones) en todo concepto y por evento, no incluye uso de oxígeno. Deberán estar cubiertos todos los medios auxiliares de diagnóstico, incluidos servicios laboratoriales y medicina por imágenes según anexo.
Para los casos de tratamiento ambulatorio en quimioterapia, tendrá cobertura hasta 15 (quince) sesiones por beneficiario por contrato.
Cirugías cardíacas:
Neurocirugía / Cirugía Neurológica S.N.C. y periférico, incluida columna
Cirugía Vascular Periférica:
Cirugía de los Linfáticos
Cirugía venosa:
ANEXO CIRUGÍA/PROCEDIMIENTOS
OFTALMOLOGÍA (incluye catarata intra o extra capsular, con implante de lente intraocular, incluyendo la lente intraocular (cobertura hasta un máximo de 3.000.000 millones de Gs) y la sustancia viscolástica (hasta un máximo de 1.500.000 millones de Gs). Láser: Tratamiento y cirugías con láser incluyendo uso de equipos hasta 1 por grupo familiar por contrato a partir de 4 dioptrías.
OTORRRINOLARINGOLOGIA. CIRUGIAS ENDOSCOPICAS HONORARIOS 80%
CIRUGIA TORACICA. ALTA COMPLEJIDAD
COLOPROCTOLOGIA
MASTOLOGIA. ONCOLOGICOS POR ALTA COMPLEJIDAD
FLEBOLOGIA CONVENCIONALES
CIRUGIA GENERAL Y VIDEO LAPAROSCOPICA
UROLOGÍA. CIRUGÍAS ENDOSCÓPICAS 80%
GASTROENTEROLOGIA
GINECOOBSTETRICIA
TRAUMATOLOGIA
CIRUGÍA PEDIÁTRICA 100% y Otras por alta complejidad
A cargo de una unidad móvil (ambulancia equipada para urgencias de todo tipo de emergencia, personal médico y paramédico, medicamentos, materiales descartables-desechable de usos personal incluyendo termómetro), sin costo para el paciente. Este servicio debe efectuarse durante las 24:00 horas del día durante todo el contrato.
Son los que habitualmente no son cubiertos en los contratos de medicina prepaga. Todos los gastos ocasionados por los siguientes eventos y sus consecuencias ya sean físicas o mentales:
dentífrico, etc.;
Las demás entidades clínicas y tratamientos deberán estar cubiertos.
LOS CASOS PREEXISTENTES Y CRÓNICOS NO SERÁN CONSIDERADOS COMO SERVICIOS SIN COBERTURA.
En el caso de que el nuevo PROVEEDOR no tenga convenio con centros asistenciales adscriptos al anterior PROVEEDOR, una vez adjudicada se obliga a garantizar a los pacientes que se encuentren en terapia intermedia e intensiva, incubadora y luminoterapia la continuidad asistencial, siempre que no fuese posible el traslado a otro sanatorio, debiendo correr los gastos por cuenta el nuevo PROVEEDOR. Para ello la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios comunicará al nuevo PROVEEDOR, la lista de cada uno de los asegurados que estén en esa situación.
Para los casos de internaciones que implicarían traslado a otro centro asistencial, dicho traslado correrá por cuenta del nuevo PROVEEDOR.
COBERTURA POR EVENTO: A todo suceso relacionado a una enfermedad clínica y/o quirúrgica y sus complicaciones, hasta tanto no se hayan resuelto e independientemente de la cantidad de internaciones y/o procedimientos médico- quirúrgico. Si el paciente fuera sufriera más de una patología, la cobertura se dará solo por la que motivó la internación no pudiendo hacer sumatoria de coberturas. La contratista deberá demostrar en forma efectiva la relación existente entre una situación y otra para que pueda ser considerada como el mismo evento. En caso que no se pueda demostrar la relación entre una y otra, se considerará como un evento independiente.
PROVEEDOR: Es la empresa oferente de prestación de servicios con la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios.
PRESTADORA DE SERVICIOS: Son los sanatorios, clínicas, consultorios, centros habilitados, ambulancias y cadenas de farmacias y otros prestadores extra-hospitalarios para la prestación de los servicios del presente contrato ofertados por el proveedor.
CENTROS ASISTENCIALES/HABILITADOS: Establecimientos el cual imparte servicios asistenciales ante situaciones de salud que deban ser tratadas o diagnosticadas. Ej. Sanatorios, laboratorios, centros de imágenes, diagnóstico, de rehabilitaciones, entre otros.
VIGENCIA DEL CONTRATO: El plazo de la vigencia del contrato será por 11 meses y se entenderá por año contrato al periodo correspondiente al calendario, es decir del 01/enero de cada año al 31/diciembre de cada año.
Es decir, el segundo período del año contrato se iniciará con saldo cero en las coberturas del titular, grupo familiar y adherentes pagos.
Este ítem comprende todos los métodos auxiliares de diagnóstico que se efectúan mediante el registro impreso o fotográfico de imágenes efectuado en consultorios o centros especializados, con cobertura de gastos en forma integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, sustancias de contraste, materiales radioactivos a cargo de la empresa prestadora de servicios. Se adjunta la lista enunciativa de los exámenes contemplados en esta cobertura, a cargo del Seguro Médico Sanatorial, independientemente de la especialidad.
Honorarios anestesiólogo cobertura total en pacientes con indicación médica.
Todos los estudios de medicina por imágenes deben estar cubiertos 100%, sin excepción, y en todos los casos es por persona.
Las cantidades establecidas serán por año-contrato, hasta seis (6) estudios serán a libre elección del asegurado, a partir del séptimo (7°) estudio corresponderá a la aseguradora derivar a cualquiera de las instituciones ofrecidas en la oferta, en caso de así entenderlo conveniente, para una mejor ejecución del servicio requerido por el funcionario o por los beneficiarios de los mismos. Estas cantidades son para servicios ambulatorios.
Los estudios que no se encuentran en el anexo, serán cubiertos 80% en honorarios profesionales en centros designados por la prestadora.
Este servicio debe cubrir a los pacientes a domicilio o que concurren al laboratorio en forma programada o en casos de urgencias las 24 horas del día. Debe tener cobertura integral en concepto de honorarios profesionales, materiales descartables, desechables y las determinaciones químicas y microbiológicas.
Honorarios anestesiólogo cobertura total en pacientes con indicación médica.
Todos los estudios laboratoriales deben estar cubiertos 100%, sin excepción, y en todos los casos es por persona.
En caso de que el laboratorio designado por la prestadora para las coberturas no disponga de los servicios para el asegurado, se le deberá asignar otro laboratorio dentro de los límites establecidos en el contrato.
Si el paciente se encuentra imposibilitado físicamente de acudir al laboratorio podrá solicitar el servicio a domicilio, quedando el gasto del traslado a cargo de la prestadora.
Medicamentos y materiales descartables (cualquiera sea la naturaleza de los mismos), serán cubiertos 100% en centros designados por la prestadora en su oferta.
Las cantidades establecidas serán por año-contrato, hasta seis (6) órdenes a elección del asegurado, a partir de la séptima (7°) orden corresponderá a la aseguradora derivar a cualquiera de las instituciones ofrecidas en la oferta, en caso de así entenderlo conveniente, para una mejor ejecución del servicio requerido por el funcionario o por los beneficiarios de los mismos. Estas cantidades son para servicios ambulatorios.
Los análisis laboratoriales que no se encuentran en el listado (anexo) de la cobertura total o parcial con tope, cubrirá el 80% en el laboratorio asignado por la prestadora.
ANEXO A:
ESTUDIOS DIAGNÓSTICOS
ECOGRAFIAS Y CON DOPPLER EN GENERAL: COBERTURA 100%
TOMOGRAFIA AXIAL COMPUTARIZADA (T.A.C)
T.A.C. ABDOMEN COMPLETO |
T.A.C. ABDOMEN SUPERIOR E INFERIOR |
T.A.C. COLUMNA CERVICAL |
T.A.C. COLUMNA DORSAL |
T.A.C. COLUMNA LUMBAR |
T.A.C. COLUMNA LUMBAR SACRA (1 UNO POR BENEFICIARIO AÑO/CONTRATO) |
T.A.C. DE CARA |
T.A.C. DE CRANEO |
T.A.C. DE CUELLO |
T.A.C. DE MIEMBROS |
T.A.C. DE OIDO |
T.A.C. DE SENOS PARANASALES |
T.A.C. PELVIS |
T.A.C. TÓRAX |
T.A.C DE MAMA |
URO T.A.C |
URORESONANCIA |
ANGIOTAC (1 UNO POR BENEFICIARIO AÑO/CONTRATO) |
TOMOGRAFIA AXIAL COMPUTARIZADA MULTISLICE (TCMS)
T.C.M.S ABDOMEN SUPERIOR |
T.C.M.S COLUMNA CERVICAL |
T.C.M.S COLUMNA DORSAL |
T.C.M.S COLUMNA LUMBAR |
T.C.M.S COLUMNA LUMBAR SACRA (1 UNO POR BENEFICIARIO AÑO/CONTRATO) |
T.C.M.S DE CRANEO |
T.C.M.S DE MIEMBROS |
T.C.M.S DE OIDO |
T.C.M.S PELVIS |
T.C.M.S SENOS PARANASALES |
T.C.M.S TORAX |
OBSERVACION TCMS: HASTA 5 ESTUDIOS BENEFICIARIO AÑO/CONTRATO |
RESONANCIA MAGNETICA NUCLEAR (RMI)
RMI A.T.M. (articulación temporo-maxilar) |
RMI CON ESPECTROSCOPIA |
RMI CUELLO |
RMI DE ABDOMEN SUPERIOR O INFERIOR |
RMI DE BRAZO |
RMI DE CADERA |
RMI DE CODO |
RMI DE COLUMNA CERVICAL |
RMI DE COLUMNA DORSAL |
RMI DE COLUMNA LUMBAR |
RMI DE COLUMNA LUMBAR SACRA (1 UNO POR BENEFICIARIO AÑO/CONTRATO) |
RMI DE COLUMNA POR SEGMENTO |
RMI DE CRANEO |
RMI DE ENCEFALO |
RMI DE HOMBRO |
RMI DE MEDIASTINO |
RMI DE MUÑECA |
RMI DE MUSLO/PIERNA |
RMI DE OIDO |
RMI DE ORBITA |
RMI DE PARTES BLANDAS |
RMI DE PELVIS |
RMI DE PIE |
RMI DE RODILLA |
MI DE TOBILLO |
RMI HIPOFISIS |
RMI PEQUEÑAS PARTES |
RMI DE MAMA |
OBSERVACION DE RMI: HASTA 5 ESTUDIOS ESTUDIOS BENEFICIARIO AÑO/CONTRATO |
OTROS ESTUDIOS
DENSITOMETRIA OSEA |
MAMOGRAFIA BILATERAL |
MAMA (pieza operatoria) |
MAMOGRAFIA UNILATERAL |
MAMA REPERAGE PARA BIOPSIA |
Mamografía todos los lados |
Eco-stress con dobutamina |
Estudios electrofisiológicos (EEF en todas sus formas hasta 10) |
ESTUDIOS ESPECIALIZADOS
ALERGIA: TEST DE CONTRASTE |
PAAF DE TIROIDES ECOGUIADO |
ALERGIA: TEST PARA AERO ALERGENOS |
|
CARDIOLOGIA
DOPPLER COLOR CAROTIDEO O/Y VERTEBRAL |
ECO STRESS - ECO ESFUERZO (EJERCICIO) |
ECOCARDIOGRAMA CON DOPPLER COLOR |
ECOCARDIOGRAMA PEDIATRICO CON DOPPLER COLOR |
ELECTROCARDIOGRAMA |
ELECTROENCEFALOGRAMA |
ELECTROCARDIOGRAMA PEDIATRICO |
ERGOMETRIA |
HOLTER 24 HORAS |
MONITOREO AMBULATORIO DE LA PRESION ARTERIAL (MAPA) |
ESTUDIOS SALUD FETAL
DOPPLER FETAL |
ECOGRAFIA MORFOLOGICA (marcadores cromosómicos) |
ECOGRAFIA MORFOLOGICA FETAL |
MONITOREO FETAL |
ECOCARDIOGRAFÍA FETAL |
CARDIOTOCOGRAFIA |
PERFIL BIOFISICO FETAL |
GASTROENTEROLOGIA: ESTUDIOS
COLONOSCOPIA |
ENDOSCOPIA DIGESTIVA ALTA (Para eventos clínicos o quirúrgicos deberán estar cubiertos: procedimientos endoscópicos, con endoscopios rígidos (videos laparoscópicos, uroscopias, etc.), y flexibles (fibroscopios), con fines diagnósticos, quirúrgicos o de tratamiento, incluyendo honorarios médicos y de anestesista, contraste y extracción de cuerpos extraños y uso de equipo e instrumentales y todos los elementos necesarios. |
RECTOSIGMOIDOSCOPIA FLEXIBLE |
COLANGIOPANCREATOGRAFÍA RETRÓGRADA ENDOSCÓPICA (CPRE) |
HEMATOLOGIA
PUNCION DE MEDULA OSEA |
NEUMOLOGIA
ESPIROMETRIA CON PRUEBA BRONCOLADITADORA (Salbutamol) |
ESPIROMETRIA DIAGNOSTICA |
OSCILOMETRIA |
ESPIROMETRIA BASAL |
FARINGOLARINGOSCOPÍA |
LARINGOFIBROSCOPIA - NASOFIBROLARINGOSCOPIA |
ESPIROMETRIA BASAL + BRONCODILATADOR |
NEUROLOGIA
ELECTROENCEFALOGRAMA |
MAPEO CEREBRAL |
OFTALMOLOGIA
BIOMETRÍA ÓPTICA |
CAMPO VISUAL COMPUTARIZADO (campimetría) |
CURVA DE PRESION INTRAOCULAR (CURVA TONOMETRICA) |
ECOBIOMETRIA UNILATERAL |
EJERCICIOS ORTOPTICOS - Hasta 20 (veinte) beneficiario Año/Contrato |
ESTUDIO DE POTENCIAL VISUAL |
EXAMEN ORTOPTICO |
GONIOSCOPIA |
O.C.T (Tomografía de Coherencia Óptica) |
MAPEAMIENTO DE RETINA CON DILATACION DE PUPILA |
MICROSCOPIA ESPECULAR |
PAQUIMETRIA |
QUERATOMETRIA |
TOPOGRAFIA DE CORNEA |
OTORRINOLARINGOLOGIA
AUDIOMETRIA |
ENDOSCOPIA NASAL |
IMPEDANCIOMETRIA |
LOGOAUDIOMETRIA |
TIMPANOMETRIA |
LARINGOFIBROSCOPIA - NASOFIBROLARINGOSCOPIA |
ESPIROMETRIA BASAL+BRONCODILATADOR |
LARINGOSCOPÍA INDIRECTA |
TOMOGRAFIA DE OJO |
PATOLOGIA CERVICAL
COLPOSCOPIA |
PAP DE CUELLO |
PAP DE CUELLO MAS COLPOSCOPIA |
VULVOSCOPIA - VAGINOSCOPIA. ESTUDIO DE CUPULA VAGINAL |
ESTUDIOS POR ALTA COMPLEJIDAD: MEDICINA NUCLEAR (HASTA 6 POR AÑO POR PERSONA CON DESCUENTO DE 80%)
MAPEO DE TIROIDES |
CENTELLOGRAFÍA TIROIDES |
CENTELLOGRAFÍA HEPÁTICA |
CENTELLOGRAFÍA OSEA |
CENTELLOGRAFÍA RENAL |
MAPEO CEREBRAL |
MAPEO RENAL |
MAPEO RENAL CON DPTO. |
TERAPIA COBALTO (HASTA 20 IRRADIACIONES POR CAMPO CON 50% DE DESCUENTO)
Angiomasradiot.sup. d.t. |
Carcinoma oral lesión gang. irrad. p/campo |
Ca. cuello-cuerpo uter. lesión sola p/campo |
Carcinoma oral más campo anexo |
Ca. cuello-cuerpo uter. mas anexo |
Carcinoma pulmonar cobalto |
Carc. de lengua lesión gang. anexo |
Carcinoma s/maxilar lesión sola cobalto |
Carc. mamario b cobalto s/op. c/cad. gang. |
Carcinoma s/maxilar más campo anexo |
Carc. mamario cobalto solo tumor s/cicat. |
Cicatriz queloide s/aplicación |
Carc. pene lesión sola co. irrad. p/campo |
Huesos (tumores) co. irrad. por campo |
Carc. penemas campo anexo r. gang |
Linfomas co. irrad. nodalinfodiaf. |
Carc. vejiga cobalto irrad. p/campo |
Linfomas co. irrad. nodalsupradiaf. |
Carcinomacutaneoepitel. d.t. |
Linfomas co. irrad. nodal total |
Carcinoma esofágico mas campo anexo |
Linfomas co. una región ganglionar |
Carcinoma esofágico lesión sola cobalto |
Rodioterapiaantiimflam. prom. c/aplic. |
Carcinoma laríngeo lesión sola cobalto |
Seminomaco. rad. prof. d.t. |
Carcinoma laríngeo mas campo anexo |
Tumores cerebrales en general co. irrad. camp. |
ANEXO B
ESTUDIOS LABORATORIALES
ANEXO COBERTURA TOTAL
% de Saturación de Hierro |
Hidroxiprogesterona Neonatal |
17 Hidroxicorticosteroides |
Hierro Hepático (determinación cuantitativa) |
17 Beta Estradiol |
Hierro Sérico |
17 Cestosteroides |
Hisopado Covid Test rápido |
17 OH Dehidrogenasa |
Hisopado PCR Covid (Cirugias / Internación) |
17 OH Progesterona (17 OH -PROG) |
Hisopado rectal |
5 Hidroxi-Indol Acético |
Histoplasmina Intraderm. |
Ácido Acetil Salicílico |
istoplasmosis |
Ácido Cítrico (o) |
HIV P24 |
Ácido Cítrico (semen) |
HLA-27 |
Ácido Fenil Pirúvico (Fenilcetonuria) |
Homa |
Ácido Fólico, Total, sangre y suero |
Homocistina en orina |
Ácido Hipúrico |
Homocysteina |
Ácido Láctico: Líquidos Biológicos, LCR, Sangre |
Hongos Cultivo e Identificación |
Ácido Metilhipúrico |
Hongos Examen en Fresco |
Ácido Pirúvico |
Hormona de Crecimiento |
Ácido Úrico (o) |
HTLV1 2 |
Ácido Úrico, Sangre, Sinovial |
Identificación de Parásitos |
Ácido Valpróico |
IgA |
Ácido Vanil Mandélico |
IgA Secretoria en Saliva |
ACTH, Corticotropina |
IgD |
ADA |
IgE Total |
Adenovirus Secreción Nasal |
IGF-I Tipo 3 |
Adenovirus antígeno heces/materiales biológicos |
IGF-I Tipo INSL |
Adenovirus antígeno, secreciones respiratórias |
IgG |
Adenovirus IgG/IgM |
IgM |
Adenovirus-AG |
Índices Hematimétricos |
Agalactiae GrupoB |
Influenza A (sec. Nasal) |
Aglutinina Anti A |
Influenza A IgG |
Aglutinina Anti B |
Influenza A IgM |
Agua Análisis Bacteriológico |
Influenza B (sec. Nasal) |
Agua Est. Físico Químico y Bacteriológico |
Influenza B IgG |
Alatop |
Influenza B IgM |
Albumina (en todos Líquidos Corporales) |
Influenza B, hisopado (antigeno) |
Albúmina Orina |
Inmunoelectroforésis |
Alcohol |
Inmunofijación de proteínas en orina |
Aldolasa |
Inmunofijación de Proteínas en Sangre |
Aldosterona |
Inmunoglobulinas E (IGA) |
Alfa Amilasa |
Inmunoglobulinas E (IGE) |
Alfa I Antitripsina |
Inmunoglobulinas en LCR |
Alfafetoproteína |
INR plasma |
Alfafetoproteína en suero materno, en Sangre |
Insulina |
Aluminio |
Insulina basal |
Amicacina |
Insulinemia |
Amilasa |
L.C.R. Cultivo y Antibiograma - Citoquimico |
Amilasa (o) |
L.D.H. |
Amilasemia |
L.H. |
Aminofilina |
L.H. seriado |
Amonio |
La (SS B), anticuerpos, suero Anti LA |
Análisis de Orina |
Látex en L.C.R. |
Anca C |
Látex en Líquido Pleural |
Anca P |
Látex en orina |
Androstenediona |
Látex para Legionella Pneumofila |
Anti Cardiolipina IgA |
Látex para Streptococcus Grupo A |
Anti Cardiolipina IgG |
Látex para Streptococcus Grupo B |
Anti Cardiolipina IgM |
Lavado Bronco Alveolar Cultivo y ATB. |
Anti CCP |
Lavado Bronco Alveolar para BAAR |
Anti Células Parietales |
Lavado Bronco Alveolar para hongos |
Anti DNA |
Lavado Gástrico Parásitos |
Anti RNP |
LDL Colesterol |
Anti RO |
LEEP |
Anti SM |
Legionella IgG |
Anti Trypanosoma IgG |
Legionella IgM |
Anti Trypanosoma IgM |
Leishmania IgG/IgM |
Antibiograma para Anaerobios y Aerobios |
Leishmania Visceral/Cutanea |
Antic. Anti Acetilcolina |
Leptospirosis IgG IgM |
Antic. Anti DNA |
Lesión de Piel Cultivo para Hongos |
Antic. Anti HIV |
Lesión de Piel-Cultivo |
Antic. Anti Listeria |
Lesión de uña Cultivo para Hongos |
Antic. Anti Músculo Liso |
Lesión Genital - Campo Oscuro |
Antic. Anti Rubeola IgG |
Lesión Genital Coloración de Fontana |
Antic. Anti Rubeola IgM |
Lesión Genital Coloración de Gram |
Antic. Anti SCL-70 |
Linfa Cutánea |
Antic. Anti Toxoplasma IgG |
Lipasa |
Antic. Anti Toxoplasma IgM |
Lípidos Totales |
Antic. Antiendomisio IgA |
Líquido Amniótico Cultivo y ATB |
Antic. Antiendomisio IgG |
Líquido Articular Cristales |
Antic. Antigliadina IgA |
Líquido Articular Cultivo y Antibiograma |
Antic. Antigliadina IgG |
Líquido Articular Citoquímico |
Antic. Antimicrosomales (tiroperoxidasa tipo) anticuerpo suero |
Líquido Ascítico Cristales |
Antic. Antimitocondriales |
Líquido Ascítico Cultivo y Antibiograma |
Antic. Antinucleares (ANA) |
Líquido Ascítico -Cultivo para Hongos |
Antic. Antireticulina |
Líquido Ascítico-Anaerobios |
Antic. Antitiroglobulinas |
Líquido Cefalorraquideo Citoquímico |
Antic. Antitiroideos |
Líquido Cefalorraquideo Frotis |
Antic. JO 1 |
Liquido Duodenal |
|
Líquido Gástrico Cultivo y Antibiograma |
Anticoagulante Lúpico |
Líquido Gastroduodenal Parásitos |
Anticuerpo IgG. CCP |
Líquido Peritoneal Cultivo y ATB |
Anticuerpos Anti tiroideos, sangre |
Líquido Pleural Cultivo y Antibiograma |
Anticuerpos Irregulares |
Líquido Pleural Citoquímico-Hongos |
Antifosfolípidos IgG |
Litio/Litemia |
Antifosfolípidos IgM |
LKM-1 Ac. |
Anti-GBM IgG |
Lyme IgG |
Anti-GBM IgM |
Magnésio |
Antígeno HLA-B 27 |
Magnésio (o) |
Antígeno microbianos: Streptococcus grupo A latex |
Magnésio Eritrocitário/ Extracelular |
Antígeno para Cryptococcus |
Mar Test IgG |
Antígenos Febriles |
Mastocitos |
Antitrombina III (3) |
Metahemoglobina |
Apolipoproteína A |
Metanefrinas |
Apolipoproteína B |
Metotrexate |
Aspecto del Suero |
Microalbuminuria/ orina 24 hs / orina espontanea |
Aspergilus |
Mielocultivo Aeróbios |
ASTO |
Mielocultivo Anaeróbios |
Atigemia para Citomegalovirus PP65 |
Mioglobina |
Autovacuna |
Mioglobina (o) |
Azúcares Reductores |
Monotest |
Azúcares Reductores (o) |
Morfina (o) |
BCA IgG |
Mucoproteínas |
Beta 2 Microglobulina |
Mycoplasma Hominis en Orina |
Beta 2 Glicoproteínas IGM |
Mycoplasma Pneumoniae IgG |
Beta 2 Glycoproteínas IGA |
Mycoplasma Pneumoniae IgM |
Beta 2 Glycoproteínas IGG |
Mycoplasma, cultivo e identificación |
Beta Cross Laps |
Mycoplasmas Hominis |
B-HCG Cuantitativo |
Myoplasma Pneumoniae (Sec. Nasal) |
Bicarbonato Actual |
N DNA Ds-Ac. |
Bilirrubina Directa |
Neisseria |
Bilirrubina Indirecta |
Nitrógeno Ureico |
Bilirrubina Total |
NTX para Osteosporosis |
Bilirrubina Total y Fracciones |
Orina Cultivo y Antibiograma |
Bilirrubina Total, Líquidos Biológicos |
Orina Rutina / Frotis |
Bilis Cultivo y Antibiograma |
Orina (infección) cultivo / urocultivo |
Blastos |
Orina 1er. Chorro Cultivo y ATB |
BNP (Péptido Natriurétrico) |
Orina Chorro Medio Cultivo y Antibiog. |
Borrelia Burgdorseri (Lyme) IgG |
Osmolaridad en sangre |
Borrelia Burgdorseri (Lyme) IgM |
Osmolaridad urinaria |
Bruselas Abortus |
Osteocalcina |
Bun |
Oxalato |
Búsqueda de Ácaros |
Oxirius |
C.C.P. Ac (Anti Citrulina) |
Oxirius vermicularis/ test de graham, heces |
C.K. Mb |
P.P.D. |
C.K. MM |
P.S.A. |
C.K. Total |
Panel Respiratorio/Viral 50% |
C3 |
Panel SNC -PCR 50% |
C4 |
PAP |
Ca 125 |
PAPP-A |
Ca 15,3 |
Parainfluenza 1 |
Ca 19,9 |
Parainfluenza 2 |
Ca 27,29 |
Parainfluenza 3 |
Cadenas ligeras libres / KAPPA y LAMBDA |
Parainfluenza IgG |
Calcio |
Parainfluenza IgM |
Calcio (o) |
Parasitologico, seriado, heces |
Calcio Iónico |
Parathormona |
Calcitonina |
Parotiditis IgG |
Cálculo Urinario |
Parotiditis IgM |
Campylobacter cultivo |
Parvovirus |
Carbamazepina |
PAS |
Carboxihemoglobina |
PAS Libre/ Total |
Cardiolipina IgG/IgM anticuerpo, suero |
Paul Bunnel |
Cariotipo |
Pco2 |
Catecolamina |
PCR |
CD4 |
PCR Cardioespecífica |
CD8 |
PCR Cuantitativa |
CEA |
PCR para Herpes - Virus en LCR |
Células LE |
PCR Ultrasensible |
Céluloplasmina |
Péptido C |
Centrómero |
Péptido Natruirético Auricular cuantitativo |
Cetonemia |
Perfil Marcadores Tumorales |
Cetonuria |
Perfil Acido-Básico |
Ch 50 complemento hemolitico |
Perfil Autoinmune |
CH100 (Complemento Hemolítico) |
Perfil de Coagulación |
CH50 |
Perfil de la Función Adrenal |
Chagas Ac |
Perfil de las Anemias |
Chagas IgG |
Perfil de Osteoporosis |
Chagas IgM |
Perfil de Pancreatitis |
Chikungunya IgG/ IgM |
Perfil de Tiroides |
Chlamydias Ac. IgG |
Perfil Electrolitico |
Chlamydias Ac. IgM |
Perfil ENA |
Chlamydias Orina |
Perfil Gonadal |
Chlamydias Pneumoniae (sec. nasal) |
Perfil Hepático |
Chlamydias Pneumoniae IgG |
Perfil Inmunohematológico |
Chlamydias Pneumoniae IgM |
Perfil Lipídico |
Chlamydias Secreción Conjuntival |
Perfil Miocárdico |
Chlamydias Secreción Genital |
Perfil Pre-Natal |
Chlamydias trachonatus IgA, anticuero, sangre |
Perfil Pre-Operatorio |
CIM (Concentración Inhibitoria Mínima) |
Perfil Pretransfusional |
Cistina (o) |
Perfil Químico |
Citomegalovirus Color Giemsa |
Perfil Renal |
Citrato |
Perfil Reumático |
CK MB |
PH |
CK TOTAL |
PH Heces |
Clearence de Creatinina |
PH Orina |
Clearence de Urea |
PH Secreción vaginal |
Cloro |
Plaquetas |
Cloruros |
Plasma Seminal Bioquímica |
Cloruros (o) |
Plomo |
Cloruros LCR |
PM-1 |
Clostridium Difficile |
Pneumocystitis Carinii |
Clotest |
Pneumonía Atípica |
CMV IgG |
PO2 |
CMV IgM |
Porfibilinógeno |
CO2 Total |
Potasio |
Coagulograma más Dimero D |
Potasio (o) |
Cobre |
Pre albumina |
Coccidiodina Intraderm. |
Pre Albúmina |
Colesterol HDL |
Preparación de Células L.E. |
Colesterol LDL |
Pro BNP |
Colesterol Total |
Procalcitonina |
Colesterol VLDL |
Progesterona |
Colinesterasa |
Prolactina |
Coloración de Giemsa |
Prolactina 30 min. |
Coloración de Gram |
Proteína C |
Coloración de Kinyoun |
Proteína C Reactiva PCR Ultrasensible y/o Cualitativa |
Coloración de Tinta China |
Proteína C Reactiva PCR/Cuantitativa |
Coloración de Ziehl Neelsen |
Proteína de Bence Jones |
Complemento Hemolítico (CH50) |
Proteína del Complemento C3 y/o C4, suero |
Concent. de Hemoglobina Corpuscular Med. |
Proteínas Relación A/G |
Coombs Directo |
Proteínas Totales |
Coombs Indirecto |
Proteínas Totales (o) |
Coombs Indirecto Cuantitativo |
Proteínas Totales A/G, suero |
Coprocultivo |
Proteínas Totales y Fracciones, sangre |
Coprofuncional |
Proteínas Totales, orina 24hs |
Coproporfirinas |
Proteínas Totales, sangre |
Cortisol |
Proteinuria 24hs. |
Cortisol AM |
Protoporfirina |
Cortisol Plasmático |
Prueba Cruzada Mayor y Menor |
Cortisol PM |
Prueba de Concentración |
Cortisol Urinario |
Prueba de Dilución |
Cotinina |
Prueba de Lazo |
Coxaquie A en LCR |
Prueba Tolerancia a la Lactosa |
Coxaquie B en LCR |
PSA Total |
Coxiella Burnetti IgG |
Punta de Catéter Cultivo y ATB |
Coxiella Burnetti IgM |
Pyrilinks D/ NTX |
Coxsackie A IgG |
Raspado de Lengua Cultivo para Hongo |
Coxsaquie A IgM |
Rast Abeja |
Coxsaquie B IgG |
Rast Avispa |
Coxsaquie B IgM |
Rast Chocolate |
Coxsaquie Secreción Nasal |
Rast Clara de Huevo |
Crasis Sanguínea Completa |
Rast d1 |
Creatinina |
Rast d2 |
Creatinina (o) |
Rast Epitelio de animal |
Crioaglutininas |
Rast Epitelio de Gato |
Crioglobulinas |
Rast Epitelio de Perro |
Criptococcus |
Rast F76 Alfalactoalbúmina |
Cristosporidyum |
Rast F76 Caseína |
Cuerpos Cetónicos |
Rast F77 Betalactoglobulina |
Cuerpos Cetónicos (o) |
Rast Frutilla |
Cultivo de Anaerobiosis |
Rast Leche de Vaca |
Cultivo de Campilobacter |
Rast para Ácaros |
Cultivo de Punta de Catéter |
Rast para Blomia Tropicalis |
Cultivo en Aerobiosis |
Rast para Cándida Albicans |
Cultivo en lesiones varios materiales |
Rast para cítricos |
Cultivo para B.A.A.R. |
Rast para cucaracha |
Cultivo para B.A.A.R. en LCR |
Rast para hongos |
Cultivo para Gérmenes Comunes |
Rast para hormiga |
Cultivo para Hongos |
Rast para huevo |
Cultivo para Listeria |
Rast para humedad |
Cultivo para streptococcus del grupo b |
Rast para látex |
Cultivo para ureaplasma, urealitico, varios materiales |
Rast para maíz |
Curva de Glucosa (3 horas) |
Rast para maní |
Curva de Glucosa (4 horas) |
Rast para mezcla de alimentos |
Curva de Glucosa (5 horas) |
Rast para moho y levaduras |
Curva de Glucosa embarazo |
Rast para mosquito |
Dehidrogenasa (G6PD) Neonatal |
Rast para parásitos |
Dehidrostestosterona |
Rast para Penicilina G |
Denghe AG |
Rast para Penicilina V |
Dengue |
Rast para picadura de insectos |
Dengue NS1 Ag |
Rast para pólen |
Detección de cristales |
Rast para pólen de pasto |
DGP-2 AC IgA-IgM |
Rast para soja |
Dhea SO4 |
Rast para tomate |
Digitoxina |
Rast para yema de huevo |
Digoxina |
Rast Penicilina |
Dimero D |
Rast Pescado |
Dimero D cuantitativo |
Rast Polvo de Casa |
DNA Anticuerpos en Sangre |
Rast Trigo |
Dopamina |
Reacción de Huddleson |
Dopamina (o) |
Reacción de Proteínas totales en Orina |
Dosaje de Amitriptilina |
Reacción de Waaler Rose |
Dosaje de Hormona Antidiurética |
Reacción de Widal |
Dosaje de NTX |
Receptores Estrogénicos |
Dosaje de Renina |
Recuento de ADDIS |
Dosaje para Digitálicos |
Recuento de Glóbulos Blancos |
Dosaje Ponderal de inmunoglobulinas |
Recuento de Glóbulos Rojos |
EBV EA |
Recuento de Hamburger |
EBV EA IgM |
Recuento de Plaquetas/Leococitos/Hematies |
EBV EBNA IgM |
Relación Calcio/Creatinina |
EBV VCA IgG |
Relación Urea/Creatinina |
EBV VCA IgM |
Resistencia a la Proteína C Activada -Sangre |
EBV EBNA IgG |
Resistencia Osmótica Eritrocitaria |
Eco-Virus IgG |
Reticulocitos |
Eco-Virus IgM |
Retracción del Coágulo |
Efedrina |
RO (SSA), Anticuerpos |
Electroforesis de Hemoglobina |
Rotavirus |
Electroforesis de Lipoproteínas |
Salicilato |
Electroforesis de Proteínas |
Sangre Oculta y/o Guayaco Heces/ Test de Guayaco |
Electroforesis de Proteínas (LCR) |
SAP Sec. Anal |
Electrolitos |
SAP Sec. Anal: Cultivo p/Streptococcus |
Electrolitos (o) |
SAP Sec. Vaginal |
Entero virus en LCR (incluído Herpes I y II) |
SAP Sec. Vaginal: Cultivo p/Streptococcus Agalactiae Grupo B |
Enzimas Cardíacas |
Sarampión IgG |
Enzimas Cardíacas (GOT, CKMB, LDH) |
Sarampión IgM |
Eosinófilos |
Sat.O2 |
EPSTEIN BAAR virus Vca IGG anticuerpos, suero |
Secrec. Conjuntiva Cultivo y Antibiog. |
Eritrosedimentación |
Secrec. Cultivo Varios Materiales |
Esperma Cultivo y Antiobiograma |
Secrec. Endocervical Cultivo en T M |
Esperma Chlamydias |
Secrec. Faríngea Cultivo y Atb |
Espermograma |
Secrec. Faríngea-Frotis |
Esputo Coloración de Ziehl |
Secrec. Frotis Secrec. Conjunti Varios Materiales |
Esputo Cultivo para B.A.A.R. |
Secrec. Genital Cultivo y Atb |
Esputo Cultivo para Gérmenes Comunes |
Secrec. Nasal Citología/ Cultivo y Antibiograma |
Esputo Eosinófilos Mastocitos |
Secrec. Purulenta Cultivo y Atb / Gérmenes comunes |
Esputo Frotis |
Secrec. Traqueal Cultivo y Atb |
Esteatocritos |
Secrec. Uretral Cult.Gérm.Com. y T M |
Estradiol |
Secrec. Uretral Cultivo Thayer Martin |
Estriol Libre |
Secrec. Uretral Frotis - Cultivo y Atb |
Estudio Capilar Investigación de Hongos |
Secrec. Vaginal Cultivo y Antibiograma Cultivo para Gérmenes |
Examen microbiológico tinción de Gram / Frotis de mucus fecal / Frotis de varios materiales |
Secrec. Vaginal Exa. Fresco y Gram Frotis |
Exceso de Base |
Secrec. Vaginal Frotis |
Excreción de Creatinina |
Secrec. Vaginal PH - Vaginal Frotis y Cultivo |
F.T.A. ABS en L.C.R. IgG |
Secrec. Vaginal y EndocervicalCult. y Atb |
F.T.A. ABS en L.C.R. IgM |
Secrec. Vulvo Vaginal Cultivo y Antibiograma / Ureaplasma Cultivo / Exa. Microbiologico |
F.T.A. ABS IgG Ac. |
Secreción Bucal Cultivo |
F.T.A. ABS IgM Ac. |
Secreción Otica Cult. Y ATB |
Factor cuantitativo sangre |
Secreción Prostática Frotis - Cultivo y Antibiograma |
Factor de crecimiento IGFI |
Serología para Papera IgG |
Factor IX |
Serología para Papera IgM |
Factor Reumatoídeo (Artritest) |
SHBG |
Factor Reumatoídeo Anticuerpo/Isotipos IgA |
Sims Hunner |
Factor Reumatoídeo Anticuerpo/Isotipos IgG |
Sodio |
Factor Reumatoídeo Anticuerpo/Isotipos IgM |
Sodio (o) / 24hs. |
Factor V Leyden |
Sreenneng Metabólico Neonatal |
Factor VIII |
SSA |
Fenil Alanina |
SSB |
Fenil Cetonuria |
Streptococcus grupo A |
Fenilhidantoína |
Streptococcus grupo B |
Fenitoína |
Streptozima |
Fenobarbital |
Sub-clases IgG |
Fenoles |
Sustancias reductoras |
Ferritina |
SVG |
Fibrinógeno |
Swin Up |
Fibrinólisis |
Swin Up (% recuperación) |
Fórmula Leucocitária Diferencial |
T.P. |
Fosfatasa Acida Prostática |
T3 Libre |
Fosfatasa Acida Total |
T3 Total |
Fosfatasa Alcalina |
T3 Uptake |
Fosfolípidos |
T4 Libre |
Fósforo |
T4 Neonatal |
Fósforo (o) |
T4 Total |
Fragilidad de los Hematíes |
T4 Uptake |
Fragilidad Osmótica |
Teofilina |
Frotis de Sangre Periférica |
Teofilina |
Frotis de Sangre Periférica/ hematológica |
Test de Absorción a la Xilosa |
Frotis de Sangre Periférica/ Recuento de plaquetas |
Test de APT |
Fructosamina |
Test de Arborización |
FSH |
Test de Benedict |
FSH Seriado |
Test de Coombs Indirecto |
FT3 |
Test de Difusión de Dióxido de Carbono |
FT4 |
Test de Estimulación (LH-RH) |
FTA |
Test de Estimulación con ACTH |
FTI |
Test de estimulación con Glucagón |
G.O.T. |
Test de Estimulación con HGH (Clonidina) |
G.P.T. |
Test de estimulación con HGH (ejerc.) |
G6PD (Glucosa 6 Fosfato Dehidrogenasa) |
Test de estimulación con Metoclopramida |
Galactosamia |
Test de Estimulación con TRH |
Gamma G.T. |
Test de Inhibición con Dexametasona |
Gamma Globulina |
Test de O’Sullivan |
Gases Arterial y Venoso |
Test de piecito |
Gasometría del Cordón Umbilical |
Test de Quilomicrones |
Gastrina |
Test de Rosa de Bengala |
Gentamicina |
Test de Tzanck |
GH Hormona del crecimiento |
Test del Aliento |
Gliadina IgA |
Test del Hidrógeno |
Gliadina IgG |
Test del Sudor |
Globulina |
Test para Aminas |
Glucohemoglobina |
Test para Dengue Ag / Cromatografico Ag. |
Glucosa |
Test para Dengue IgG / Cromatografico IgG |
Glucosa (o) |
Test para Dengue IGM / Cromatografico IgM |
Glucosa Pre y Post Prandial |
Test para Helycobacter Pylori en Biopsia |
Glucosa PTGO (2 det. 4 det.) sangre. |
Test para HIV |
Glucosa Test de O’sullivan 2 det sangre |
Testosterona Libre |
Glucosuria |
Testosterona Total |
Granulaciones Tóxicas |
TIBC |
Gravindex |
Tiempo de Coagulación |
Gripe A H1N1 |
Tiempo de Protrombina |
H.C.G. Sub Unidad Beta Cualitativa |
Tiempo de recalcificación |
H.C.G. Sub Unidad Beta Cuantitativa |
Tiempo de Sangría |
H.C.G. Libre |
Tiempo Parcial de Tromboplastina Activada |
H.O.M.A. |
Timol |
Hamburger |
Tine Test |
Hanta Virus IgG |
Tipificación |
Hanta Virus IgM |
Tipificación del Donante y Receptor |
Haptoglobina |
Tiroglobulina |
HAV IgG (Antic. Hepatitis A) |
Tiroides Anticuerpos, sangre |
HAV IgM (Antic. Hepatitis A) |
Toxina para Clostridium Difficile |
HBC ac IgG (Anti Core) |
Toxoplasma Gondii Avidez, suero |
HBC ac IgM (Anti Core) |
Toxoplasma Gondii IgM Anticuerpo, suero |
HBE Ac |
Toxoplasma Gondii IgG Anticuerpo, suero |
HBE Ag |
Toxoplasma IgG/IgM |
HBS Ac |
Transaminasa |
HBS Ag (Antígeno de Superficie Hepatitis B) |
Transferrina |
HCG Cuantitativo Tumoral (marcador tumoral) |
Transglutaminasa Tisular IGA, Anticuerpo |
HCG libre Sub unidad BETA |
Transglutaminasa Tisular IGG, Anticuerpo |
HCO3 |
Triglicéridos |
HCV Ac (Antic. Hepatitis C) |
Tripsinógeno |
HDL Colesterol |
Tripsinógeno inmunoreactivo |
Heces Benedict |
Troponina |
Heces Examen Parasitológico |
Troponina (T,C) |
Heces Examen Parasitológico Seriado |
Troponina I |
Heces Flora Microbiana |
Troponina I de Alta Sensibilidad |
Heces Frotis |
Trypanosoma IgG |
Heces Hongos |
Trypanosoma IgM |
Heces Microscopía Funcional |
TSH |
Helicobacter Pylori IgA |
TSH Neonatal |
Helicobacter Pylori IgG |
Ulcera Genital Cultivo y Antibiograma |
Helicobacter Pylori IgM |
Úrea |
Hematocrito |
Úrea (o) / Orina 24 hs |
Hemocultivo Aerobios/Anaerobios |
Ureplasma |
Hemoglobina |
Urobilina Urobilinógeno |
Hemoglobina Corpuscular Media |
Uroporfirina |
Hemoglobina fetal |
V.D.R.L. |
Hemoglobina Glicosilada |
V.D.R.L. Cuantitativa y Cualitativa |
Hemograma |
V.D.R.L. en L.C.R. |
Hemograma con Eritrosedimentación |
Van de Kamer |
Hemoparásitos Gota Gruesa |
Vancomicina |
Hemoparásitos Observación Directa |
Varicela IgG / IgM |
Hepatitis Delta ac |
Varicela zoster IgG/IgM |
Hepatograma en sangre |
Virocitos Volumen Corpuscular Medio |
Herpes Secreción Genital |
Virus Sinscicial Ag |
Herpes 1 IgG |
Virus Sinscicial IgG |
Herpes 1 IgM |
Virus Sinscicial IgM |
Herpes 2 IgG |
Vitamina B-12 en sangre |
Herpes 2 IgM |
Vitamina B6 |
Herpes 6 IgG |
Vitamina D (25 OH) |
Herpes 6 IgM |
VLDL Colesterol |
Herpes Ac |
Volúmen Corpuscular Medio |
Herpes I IFD |
Waler Rose |
Herpes II IFD |
Western Blot |
Heterofilos anticuerpos (monotest), sangre |
Yersenia Cultivo |
HEV-Ac (Antic. Hepatitis E) |
Zinc |
Hidatosis (ant. Antihidatídico) |
Xilosa. Test de absorción |
Se incluye centellografía y captación tiroidea. |
|
Identificar el nombre, cargo y la dependencia de la Institución de quien solicita el llamado a ser publicado:
Lic. Elena Raquel Spezzini Estigarribia, Encargada de Despacho de la Coordinación General de Desarrollo de Personas.
· Justificar la necesidad que se pretende satisfacer mediante la contratación a ser realizada:
Contratar los servicios para la Seguridad Social de los funcionarios de la DNIT como ser Cobertura de Servicios de Salud tanto para el funcionario titular como para su grupo familiar.
· Justificar la planificación, (si se trata de un llamado periódico o sucesivo, o si el mismo responde a una necesidad temporal):
Se trata de llamado sucesivo y plurianual por corresponder a servicios de varios meses.
· Justificar las especificaciones técnicas establecidas:
Se describen las especificaciones técnicas en base a los requerimientos que se precisan tener para un buen servicio.
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo con el plan de entrega y cronograma de cumplimiento, indicados en el presente apartado. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicados a continuación:
Ítem |
Descripción del bien |
Cantidad |
Unidad de medida |
Lugar de entrega de los bienes |
Fecha(s) final(es) de entrega de los bienes |
(Indicar el N°) |
(Indicar la descripción de los bienes) |
(Insertar la cantidad de bienes a proveer) |
(Indicar la unidad de medida de los bienes |
(Indicar el nombre del lugar) |
(Indicar la(s) fecha(s) de entrega requerida(s) |
No aplica |
No aplica |
No aplica |
No aplica |
No aplica |
No aplica |
Ítem |
Descripción del servicio |
Cantidad |
Unidad de medida de los servicios |
Lugar donde los servicios serán prestados |
Fecha(s) final(es) de ejecución de los servicios |
I1 |
Seguro Médico |
11 |
Mes |
Centros habilitados en Capital e Interior del País | 11 meses |
Clausula de Multas
MULTAS:
En cuanto a la condición contractual porcentaje de multa, la misma deberá entenderse de la siguiente manera: será causal de multa, los casos de negligencia, actuaciones de mala fe, negativa o falta de prestación de servicio a asegurados, y consecuentemente, la contratante procederá a aplicar las multas en el porcentaje establecido. La CONVOCANTE deberá notificar por escrito al proveedor, el importe de la multa derivada del incumplimiento contractual.
OTRAS PENALIDADES QUE CAUSARAN MULTAS:
- Incumplimiento de plazos: señalados por la contratante para dar solución a objeciones u observaciones formuladas por escrito al proveedor, con excepción a lo señalado por la cláusula de Fuerza Mayor, se aplicará una multa equivalente a dos (2) jornales diarios vigentes en el país por cada día de retraso. Para los plazos establecidos en horas, como el caso de urgencias, se aplicará 2 jornales mínimo-vigentes por cada hora de retraso.
- Incumplimiento de informar por escrito: de los casos indicados en las especificaciones técnicas del servicio licitado dentro de los plazos estipulados en los documentos de la licitación, se aplicará una multa equivalente a dos (2) jornales diarios vigentes en el país por cada día de retraso.
- Incumplimiento de pago de reembolso: si el proveedor incumpliese el plazo de este servicio, por cada día de retraso se establecerá una multa de 1 (uno) jornal mínimo vigente en el país por cada día de retraso.
- Comportamiento del personal: ante un trato inadecuado por parte de un personal del proveedor y que haya sido debidamente identificado, y que haya generado 3 quejas formales contra el mismo, la contratante podrá solicitar la separación del mismo en la prestación de servicios para con los beneficiarios del plan de servicio de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios.
- Reiteración de quejas y/o reclamos: en caso de reincidencias de 3 (tres) quejas o reclamos durante el presente contrato sobre el mismo punto que no fueron corregidos en tiempo y forma por el proveedor, se procederá a aplicar una multa 0,1% sobre el valor del mes facturado.
Las multas serán acumulativas por cada hecho constatado.
En caso de 3 (tres) reincidencias de multas por las mismas circunstancias durante el presente contrato, la contratante podrá disponer de la rescisión del contrato.
En todos los casos en donde la contratante realice solicitud de respuesta o tramite al proveedor y no se determina un plazo especifico en el PBC, el mismo será de 48 hs. y su incumplimiento se aplicará una multa equivalente a 2 (dos) jornales diarios vigentes por cada día de retraso en la prestación del servicio.
A efectos de la aplicación de la normativa, cuando la sumatoria de las multas por faltas graves y las faltas menos graves establecidas sobre la base de jornales mínimos, alcance el porcentaje de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, el contrato podrá ser rescindido.
Para la presente contratación se pone a disposición los siguientes planos o diseños:
No aplica
El embalaje, la identificación y la documentación dentro y fuera de los paquetes serán como se indican a continuación:
No aplica
Las inspecciones y pruebas serán como se indican a continuación:
No aplica
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
Acta de recepción 1 |
Orden de Servicio |
mensual |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
La convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
1. La adjudicación en los procesos de contratación en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el llamado, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo.
3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad requerida, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación.
En aquellos llamados en los cuales se aplique la modalidad de contrato abierto, cuando la convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
La comunicación de la adjudicación a los oferentes será como sigue:
1. Dentro de los cinco (5) días corridos de haberse resuelto la adjudicación, la convocante comunicará a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, copia del informe de evaluación y del acto administrativo de adjudicación, los cuales serán puestos a disposición pública en el referido sistema. Adicionalmente el sistema generará una notificación a los oferentes por los medios remotos de comunicación electrónica pertinentes, la cual será reglamentada por la DNCP.
2. En sustitución de la notificación a través del Sistema de Información de Contrataciones Públicas, las convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por cédula de notificación a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra del acto administrativo y del informe de evaluación. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación.
4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente.
5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
La misma deberá ser solicitada dentro de los dos (2) días hábiles siguientes en que el oferente haya tomado conocimiento de los términos del Informe de Evaluación de Ofertas.
La convocante deberá dar respuesta a dicha solicitud dentro de los dos (2) días hábiles de haberla recibido y realizar la audiencia en un plazo que no exceda de dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de respuesta al oferente.
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
1. Personas Físicas / Jurídicas |
a) Certificado de no encontrarse en quiebra o en convocatoria de acreedores expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
b) Certificado de no hallarse en interdicción judicial expedido por la Dirección General de Registros Públicos; |
c) Constancia de no adeudar aporte obrero patronal expedida por el Instituto de Previsión Social; |
d) Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS; |
e) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |
f) Certificado de Cumplimiento Tributario vigente a la firma del contrato. |
2. Documentos. Consorcios |
a) Cada integrante del consorcio que sea una persona física o jurídica deberá presentar los documentos requeridos para oferentes individuales especificados en los apartados precedentes. |
b) Original o fotocopia del consorcio constituido. |
c) Documentos que acrediten las facultades del firmante del contrato para comprometer solidariamente al consorcio. |
d) En el caso que suscriba el contrato otra persona en su representación, acompañar poder suficiente del apoderado para asumir todas las obligaciones emergentes del contrato hasta su terminación. |