El PBC requiere "La empresa prestadora deberá contar con campo de tiro y/o adiestramiento físico, propio o alquilado eventualmente. En este último caso deberá presentar el contrato de alquiler vigente."
Pero no se determina del mismo que el poligono deba estar debidamente habilitado ni tampoco solicita la documentación para evidenciar que se encuentra debidamente habilitado, favor consignar y solicitar documentación que avale que el campo de tiro se encuentra debidamente habilitado por las autoridades competentes.
El PBC requiere "La empresa prestadora deberá contar con campo de tiro y/o adiestramiento físico, propio o alquilado eventualmente. En este último caso deberá presentar el contrato de alquiler vigente."
Pero no se determina del mismo que el poligono deba estar debidamente habilitado ni tampoco solicita la documentación para evidenciar que se encuentra debidamente habilitado, favor consignar y solicitar documentación que avale que el campo de tiro se encuentra debidamente habilitado por las autoridades competentes.
Conforme la normativa enunciada deberá presentar reglamento interno Homologado.
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Chaleco de muestra
El PBC señala "Muestras de los Chalecos Antibalas con logo de la empresa. En caso de ser nacionales certificado de INTN. Garantía escrita de 5 años de parte del fabricante. En caso de presentar Chaleco importado presentar garantía, certificado y visado por el acuerdo de la Haya."
Cuando habla de logo de la empresa, se refiere al logo de la empresa participante de la licitación o de la institución de la conatel?
El PBC señala "Muestras de los Chalecos Antibalas con logo de la empresa. En caso de ser nacionales certificado de INTN. Garantía escrita de 5 años de parte del fabricante. En caso de presentar Chaleco importado presentar garantía, certificado y visado por el acuerdo de la Haya."
Cuando habla de logo de la empresa, se refiere al logo de la empresa participante de la licitación o de la institución de la conatel?
la visita técnica es de cumplimiento obligatorio según el Pbc, y el mismo consigna todos los locales que deberán ser visitados.
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Patente
El requisito del PBC solicita "Patente comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente y sus sucursales, de los últimos 5 años (**)"
Esto alejandose del PBC standard de contrataciones públicas, se sugiere ajustarse al PBC proveído por la DNCP en este punto ya que se considera limitante puesto que la antiguedad ya se consigna en su casilla correspondiente con la documentación requerida siendo suficiente, y el pedido de la patente debe ser simplemente el vigente al momento de la etapa competitiva en este caso.
El requisito del PBC solicita "Patente comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente y sus sucursales, de los últimos 5 años (**)"
Esto alejandose del PBC standard de contrataciones públicas, se sugiere ajustarse al PBC proveído por la DNCP en este punto ya que se considera limitante puesto que la antiguedad ya se consigna en su casilla correspondiente con la documentación requerida siendo suficiente, y el pedido de la patente debe ser simplemente el vigente al momento de la etapa competitiva en este caso.
Requisito documental para evaluar la capacidad técnica 2
Se solicita a la convocante que en el apartado donde dice: La empresa deberá́ contar con Certificación ISO 9001:2015 en Servicios de Seguridad y Vigilancia, vigente al momento del inicio de la etapa competitiva, sea eliminado y pase a decir: LA EMPRESA DEBERÁ DE PRESENTAR MANUAL DE PROCEDIMIENTO Y ORGANIGRAMA ORGANIZACIONAL, además de limitar el aumento de oferentes, la certificación ISO, NO GARANTIZA RECIBIR UN SERVICIO OPTIMO, si de garantizar y demostrar que los oferentes cuentan con un procedimiento y buena estructura organizacional se trata, con los manuales de procedimientos y organigrama lo demuestran suficientemente. LO QUE REALMENTE GARANTIZA UN BUEN SERVICIO, son el resultado rubricado por los clientes de los oferentes (CONSTANCIA DE SATISFACCION DE SERVICIO). Con esto solicitamos el cumplimiento DE LA Ley Resolución 248/2021 en su Art. 1ro. establece: Artículo 1: Aprobar la Estrategia para el aumento de la competencia en las compras públicas y definir sus objetivos que serán: a) Incrementar la cantidad de oferentes en los procedimientos de contratación pública. b) Identificar y eliminar condiciones y requerimientos de participación que pudieran limitar irregular o innecesariamente la libre concurrencia. De este modo, de permanecer el PBC en los términos actuales, la libre competencia entre oferentes se vería afectada, y violaría los términos buscados y deseados tanto por la ley de Contrataciones Públicas, como por las resoluciones de la DNCP. Además solicitamos se aplique y se realice el cumplimiento de la Ley 7021/22 en su Art. 45 Pliego de bases y condiciones; en el tercer párrafo, en donde dice textualmente En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante Y EN EL SEXTO PÁRRAFO DICE TEXTUALMENTE Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente Ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Las convocantes se abstendrán de solicitar como requisito para participar en los procedimientos de contratación, la inscripción en cualquier clase de registro distinto a lo dispuesto por la presente Ley.
21-03-2024
03-04-2024
Requisito documental para evaluar la capacidad técnica 2
Se solicita a la convocante que en el apartado donde dice: La empresa deberá́ contar con Certificación ISO 9001:2015 en Servicios de Seguridad y Vigilancia, vigente al momento del inicio de la etapa competitiva, sea eliminado y pase a decir: LA EMPRESA DEBERÁ DE PRESENTAR MANUAL DE PROCEDIMIENTO Y ORGANIGRAMA ORGANIZACIONAL, además de limitar el aumento de oferentes, la certificación ISO, NO GARANTIZA RECIBIR UN SERVICIO OPTIMO, si de garantizar y demostrar que los oferentes cuentan con un procedimiento y buena estructura organizacional se trata, con los manuales de procedimientos y organigrama lo demuestran suficientemente. LO QUE REALMENTE GARANTIZA UN BUEN SERVICIO, son el resultado rubricado por los clientes de los oferentes (CONSTANCIA DE SATISFACCION DE SERVICIO). Con esto solicitamos el cumplimiento DE LA Ley Resolución 248/2021 en su Art. 1ro. establece: Artículo 1: Aprobar la Estrategia para el aumento de la competencia en las compras públicas y definir sus objetivos que serán: a) Incrementar la cantidad de oferentes en los procedimientos de contratación pública. b) Identificar y eliminar condiciones y requerimientos de participación que pudieran limitar irregular o innecesariamente la libre concurrencia. De este modo, de permanecer el PBC en los términos actuales, la libre competencia entre oferentes se vería afectada, y violaría los términos buscados y deseados tanto por la ley de Contrataciones Públicas, como por las resoluciones de la DNCP. Además solicitamos se aplique y se realice el cumplimiento de la Ley 7021/22 en su Art. 45 Pliego de bases y condiciones; en el tercer párrafo, en donde dice textualmente En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes y deberán ser suficientemente claras, objetivas e imparciales para evitar favorecer a algún participante Y EN EL SEXTO PÁRRAFO DICE TEXTUALMENTE Asimismo, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente Ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Las convocantes se abstendrán de solicitar como requisito para participar en los procedimientos de contratación, la inscripción en cualquier clase de registro distinto a lo dispuesto por la presente Ley.
LA CONATEL busca contar con un Servicio de calidad, por lo cual solicitamos el Certificado ISO 9001:2015, varias empresas del rubro de Seguridad y Vigilancia cuentan con el Certificado ISO, dicha certificación permite demostrar que la empresa posee comprensión y control de los procesos de organización, una mayor reducción de errores en los procedimientos y una mejora en la comunicación interna, es importante para nosotros que la empresa adjudicada posea altos estándares de calidad demostrables, la seguridad y vigilancia de los bienes patrimoniales de la CONATEL compuestos por instalaciones edilicias, inmuebles y equipos de alta tecnología y los funcionarios y personal asignado a la institución es de suma importancia para la CONATEL, empresas como SIT S.A, ANDROMEDA, PROSEGUR, PROTECK, son solo algunos ejemplos de empresas que cuentan con el certificado ISO, por lo tanto, se mantiene en el PBC el CERTIFICADO ISO 9001:2015.
Documentos Adjuntos:
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Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación
Se solicita a la convocante que en el apartado REQUISITO DOCUMENTAL PARA EVALUAR LA CAPACIDAD TÉCNICA en el punto donde dice .. Así́ mismo, deberá́ contar en su Stock con la cantidad total de Dispositivos de Control de Rondas, los cuales deberán ser puestos a disposición para su verificación en la etapa de evaluación de ofertas. El oferente deberá estar avalado y autorizado directamente por el fabricante del equipo de Control de Rondas, para ofertar, instalar y realizar configuraciones. Para acreditar este requisito, deberá presentar una nota de autorización del fabricante, donde se designe al oferente para realizar la oferta, instalación y configuración de los equipos. El Oferente deberá presentar una Carta extendida por el Fabricante del dispositivo de control de rondas en el que garantice que los guardias propuestos por la firma oferente se encuentren debidamente capacitados para el uso de los equipos .SEA ELIMINADO YA QUE LIMITA TOTALMENTE LA CONCURRENCIA DE POTENCIALES OFERENTES, y contradice a lo establecido en la Ley de Contrataciones Públicas que es la de promover mayor concurrencia de participación de potenciales oferentes, ENTONCES COMO POTENCIAL OFEERENTE CONSULTAMOS, ¿PORQUE EXIGIR EL STOCK CON LA CANTIDAD TOTAL DE CONTROL DE RONDAS ANTES DE SER ADJUDICADOS?? Se supone que el oferente una vez adjudicado debe de adquirir dichos dispositivos, para que tendría un stock en demasía según la cantidad total de este llamado (para 26 guardias)??, esto advierte aparentemente un llamado orientado solo a cierto o ciertos oferentes, SEÑOR CONVOCANTE, CON LA DECLARACIÓN JURADA DE QUE CONTARÁ con Dispositivo de control de ronda para la vigilancia sería suficiente para dar cumplimiento al pedido de control de rondas. Además recordemos también en este mismo apartado lo cual acentuamos donde dice .Para acreditar este requisito, deberá presentar una nota de autorización del fabricante, donde se designe al oferente para realizar la oferta, instalación y configuración de los equipos. El Oferente deberá presentar una Carta extendida por el Fabricante del dispositivo de control de rondas en el que garantice que los guardias propuestos por la firma oferente se encuentren debidamente capacitados para el uso de los equipos. RECORDEMOS QUE: Los dispositivos de control de rondas no necesariamente necesiten una autorización del fabricante ni mucho menos una nota de autorización del fabricante, donde se designe al oferente para realizar la oferta, instalación y configuración de los equipos YA QUE ESTO ES ADQUIRIDO ACTUALMENTE EN EL MERCADO SIN NECESITAR DE ESTE REQUISITO, POR LO TANTO: EXIGIMOS COMO POTENCIALES, SEA ELIMINADO ESTE REQUISITO Y RATIFICAMOS EL PEDIDO DE QUE HAGAN CUMPLIR Y APLICAR LA LEGISLACIÓN DE CONTRATACIONES PÚBLICAS VIGENTE.
21-03-2024
03-04-2024
Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación
Se solicita a la convocante que en el apartado REQUISITO DOCUMENTAL PARA EVALUAR LA CAPACIDAD TÉCNICA en el punto donde dice .. Así́ mismo, deberá́ contar en su Stock con la cantidad total de Dispositivos de Control de Rondas, los cuales deberán ser puestos a disposición para su verificación en la etapa de evaluación de ofertas. El oferente deberá estar avalado y autorizado directamente por el fabricante del equipo de Control de Rondas, para ofertar, instalar y realizar configuraciones. Para acreditar este requisito, deberá presentar una nota de autorización del fabricante, donde se designe al oferente para realizar la oferta, instalación y configuración de los equipos. El Oferente deberá presentar una Carta extendida por el Fabricante del dispositivo de control de rondas en el que garantice que los guardias propuestos por la firma oferente se encuentren debidamente capacitados para el uso de los equipos .SEA ELIMINADO YA QUE LIMITA TOTALMENTE LA CONCURRENCIA DE POTENCIALES OFERENTES, y contradice a lo establecido en la Ley de Contrataciones Públicas que es la de promover mayor concurrencia de participación de potenciales oferentes, ENTONCES COMO POTENCIAL OFEERENTE CONSULTAMOS, ¿PORQUE EXIGIR EL STOCK CON LA CANTIDAD TOTAL DE CONTROL DE RONDAS ANTES DE SER ADJUDICADOS?? Se supone que el oferente una vez adjudicado debe de adquirir dichos dispositivos, para que tendría un stock en demasía según la cantidad total de este llamado (para 26 guardias)??, esto advierte aparentemente un llamado orientado solo a cierto o ciertos oferentes, SEÑOR CONVOCANTE, CON LA DECLARACIÓN JURADA DE QUE CONTARÁ con Dispositivo de control de ronda para la vigilancia sería suficiente para dar cumplimiento al pedido de control de rondas. Además recordemos también en este mismo apartado lo cual acentuamos donde dice .Para acreditar este requisito, deberá presentar una nota de autorización del fabricante, donde se designe al oferente para realizar la oferta, instalación y configuración de los equipos. El Oferente deberá presentar una Carta extendida por el Fabricante del dispositivo de control de rondas en el que garantice que los guardias propuestos por la firma oferente se encuentren debidamente capacitados para el uso de los equipos. RECORDEMOS QUE: Los dispositivos de control de rondas no necesariamente necesiten una autorización del fabricante ni mucho menos una nota de autorización del fabricante, donde se designe al oferente para realizar la oferta, instalación y configuración de los equipos YA QUE ESTO ES ADQUIRIDO ACTUALMENTE EN EL MERCADO SIN NECESITAR DE ESTE REQUISITO, POR LO TANTO: EXIGIMOS COMO POTENCIALES, SEA ELIMINADO ESTE REQUISITO Y RATIFICAMOS EL PEDIDO DE QUE HAGAN CUMPLIR Y APLICAR LA LEGISLACIÓN DE CONTRATACIONES PÚBLICAS VIGENTE.
Primeramente, el punto ya fue analizado por la DNCP en ocasión de una protesta, oportunidad en que el Ente rector en materia de contrataciones públicas ha considerado que el requerimiento no representa ningún tipo de limitante a la participación.
En cuanto al numero de dispositivos de control de ronda requeridos, favor remitirse a la SECCION DE DETALLES DE LOS SERVICIOS CON LAS RESPECTIVAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, donde se indica: El OFERENTE deberá proporcionar un dispositivo de control de rondas por cada puesto de guardia, es decir un dispositivo por turno diurno/nocturno
Se exige que el oferente cuente con los dispositivos necesarios para la prestaciones del servicio al momento de ofertar, a fin de que en la etapa evaluativa la convocante tenga la posibilidad de verificar que los mismos se encuentren en funcionamiento, cumplan con las funcionalidades requeridas para ejecutar el servicio a entera satisfacción de la convocante; en este sentido, una declaración jurada no seria suficiente para acreditar la capacidad técnica requerida en el llamado de referencia, ni las EETT exigidas en el pliego.
Se busca contratar con una empresa que cuente con la solvencia técnica y la experiencia necesarias y que además se encuentre debidamente autorizada por el FABRICANTE para ofertar, instalar y configurar los equipos en cuestión, así como que los guardias ya se encuentren capacitados y familiarizados con el uso de los mismos, todo ello con el objetivo de cumplir a cabalidad con la prestación del servicio objeto de la convocatoria, siendo esta una necesidad de extrema urgencia para esta convocante. Por lo tanto, se mantiene lo solicitado en el PBC.
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sistema de control de rondas
Con respecto al sistema de control de rondas, el PBC indica que no se aceptarán teléfonos celulares o smartphones como dispositivos de control de rondas, a efectos de evitar la distracción de los guardias... en caso de que los celulares se encuentren debidamente bloqueados para su uso exclusivo de control de rondas, podrá ser considerado como válido?
Con respecto al sistema de control de rondas, el PBC indica que no se aceptarán teléfonos celulares o smartphones como dispositivos de control de rondas, a efectos de evitar la distracción de los guardias... en caso de que los celulares se encuentren debidamente bloqueados para su uso exclusivo de control de rondas, podrá ser considerado como válido?
Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones y a la respuesta de la consulta N° 16
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Control de rondas
El PBC indica en el apartado "Así́ mismo, deberá́ contar en su Stock con la cantidad total de Dispositivos de Control de Rondas, los cuales deberán ser puestos a disposición para su verificación en la etapa de evaluación de ofertas." , solicitamos que el mismo sea convalidado por el comité evaluador con tan sólo una muestra del control de rondas que deberá ser proveído, no con la totalidad de dispositivos, ya que en caso de no resultar adjudicado esto contraviene a los principios de economía que rigen las contrataciones publicas para realizar la mejor oferta.
El PBC indica en el apartado "Así́ mismo, deberá́ contar en su Stock con la cantidad total de Dispositivos de Control de Rondas, los cuales deberán ser puestos a disposición para su verificación en la etapa de evaluación de ofertas." , solicitamos que el mismo sea convalidado por el comité evaluador con tan sólo una muestra del control de rondas que deberá ser proveído, no con la totalidad de dispositivos, ya que en caso de no resultar adjudicado esto contraviene a los principios de economía que rigen las contrataciones publicas para realizar la mejor oferta.
Se exige que el oferente cuente con los dispositivos necesarios para las prestaciones del servicio al momento de ofertar, a fin de que en la etapa evaluativa la convocante tenga la posibilidad de verificar que los mismos se encuentren en funcionamiento, cumplan con las funcionalidades y EETT requeridas para ejecutar el servicio a entera satisfacción de la convocante.
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Control de rondas
Podría indicar la convocante que marcas es la que tiene conocimiento que dan cumplimiento a lo que solicita, y cual es el estudio que ha realizado para determinar que las especificaciones de control de rondas son las correctas para la satisfacción de sus necesidades, ya que con la cantidad de especificaciones que han metido para el control de rondas, el mismo podria estar direccionado al aparato de una empresa en particular. por lo que la convocante debe demostrar que al menos 3 marcas diferentes pueden cumplir con el requisito solicitado.
Podría indicar la convocante que marcas es la que tiene conocimiento que dan cumplimiento a lo que solicita, y cual es el estudio que ha realizado para determinar que las especificaciones de control de rondas son las correctas para la satisfacción de sus necesidades, ya que con la cantidad de especificaciones que han metido para el control de rondas, el mismo podria estar direccionado al aparato de una empresa en particular. por lo que la convocante debe demostrar que al menos 3 marcas diferentes pueden cumplir con el requisito solicitado.
Se recuerda al oferente que en la convocatoria no se solicita una marca de equipo en específico, sino que se detallan las funcionalidades con las que debe cumplir el mismo, a fin de posibilitar a la convocante corroborar que el servicio contratado fue prestado sin interrupciones y de conformidad con los más altos estándares exigidos en el mercado en cuanto a la seguridad de bienes y personas. Sobre el equipo en particular, existen diversas marcas utilizadas por las empresas a nivel nacional. A continuación, se detallan algunas: QWANTED, SEKUR, JWM, GUARDUS, ACTIVE, TOPDATA, este listado es meramente enunciativo.