En el SICP, dentro del apartado, Sistema de adjudicación, menciona:
“Por total”.
Al respecto, se solicita a la Convocante, que el sistema de adjudicación para el presente llamado sea por ítems, consideramos que una modificación de este tipo debe ser tomada como una oportunidad de mejora para los planes del llamado, pues dicha modificación permitiría una mayor afluencia de ofertantes, teniendo en cuenta que muchos oferentes, aun teniendo excelentes propuestas técnicas y de alta calidad, no podrían ofrecer una propuesta tan global, y esto limita innecesariamente la apertura a ofertas variadas. También abre la puerta a la convocante para acceder a una variedad más rica en ofertas competitivas dentro del universo de productos que existen para este segmento.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes…” en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.”
En el SICP, dentro del apartado, Sistema de adjudicación, menciona:
“Por total”.
Al respecto, se solicita a la Convocante, que el sistema de adjudicación para el presente llamado sea por ítems, consideramos que una modificación de este tipo debe ser tomada como una oportunidad de mejora para los planes del llamado, pues dicha modificación permitiría una mayor afluencia de ofertantes, teniendo en cuenta que muchos oferentes, aun teniendo excelentes propuestas técnicas y de alta calidad, no podrían ofrecer una propuesta tan global, y esto limita innecesariamente la apertura a ofertas variadas. También abre la puerta a la convocante para acceder a una variedad más rica en ofertas competitivas dentro del universo de productos que existen para este segmento.
Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes…” en concordancia con lo dispuesto en el art. 40 del Decreto Reglamentario N° 9823/23 el cual regula lo siguiente: “Las especificaciones técnicas que deban contener las bases de la contratación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza especifica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes.”
Se ha adoptado el Sistema de Adjudicación por el Total, a objeto de asegurar la entrega de los ítems solicitados en tiempo y forma en la Sede Central de la Justicia Electoral para su posterior distribución a todas las Sedes del Interior de País a fin de llevar a cabo la ejecución de los trabajos tendientes a la satisfacción oportuna de la necesidad institucional objeto del presente procedimiento licitatorio.
Por tanto, se precisa garantizar el suministro de los ítems en conjunto por un solo proveedor para ser administrados e instalados en cada sede del interior del país, atendiendo a la magnitud y envergadura de las tareas requeridas y de esa manera disminuir el riesgo de un posible incumplimiento en la entrega de cualquiera de ellos, situación que acarrearía la imposibilidad de satisfacer exitosamente la necesidad institucional y la finalidad del llamado de referencia.
Conforme a lo manifestado, se solicita amablemente remitirse al Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
42
CAPACIDAD TECNICA.
Solicitamos respetuosamente con la Ley de Respaldo, que la convocante, en uso de sus atribuciones y en cumplimiento con las leyes vigentes, solicite a los oferentes demostrar la capacidad técnica, de estar debidamente habilitados, como empresa de Seguridad Electrónica.
Para lo cual, es requerido el requisito documental de presentar la Habilitación como Empresa de Seguridad Electrónica, vigente al momento de la presentación documental de ofertas, ya que al ser una ley vigente desde el año 2015, no puede obviarse la vigencia de la misma, puesto que toda empresa que trabaja legalmente en el rubro de la seguridad electrónica, debe habilitarse previamente al ofrecimiento de una propuesta o de un servicio en el marco de la misma.
Hacemos esta solicitud, considerando que entendemos que la Convocante debe honrar y cumplir lo establecido en las leyes vigentes, y ha de respetar su cumplimiento tal y como establece la Ley Nº 5424/15 la cual regula la prestación de servicios de vigilancia y seguridad de las personas y de bienes patrimoniales en el ámbito de la Seguridad estableciendo con Claridad cuanto sigue.
SECCION VI
DE LA CLASIFICACIÓN Y TIPOS DE SISTEMAS DE SEGURIDAD
Artículo 32.- Clasificación de sistemas electrónicos de seguridad.
a) Sistemas de detención y alarmas:
1. Intrusos
2. Robo
3. Asalto
4. Incendio
b) Sistema de control de accesos.
c) Sistemas de vigilancia por circuito cerrado de televisión (CCTV).
d) Sistema de anti-hurto.
Así también parte del Artículo 54 de la Resolución Nº2. Reza;
El sentido de los programas de formación capacitación y adiestramiento del personal de seguridad privada, se orientará exclusivamente en el concepto de la prevención más que la reacción en ese contexto, el alcance de los programas se limitará a los siguientes temas:
a) Seguridad Privada
b) Normas legales aplicables a la seguridad privada (Constitución Nacional, Código Civil y Código Penal)
c) Ley Nro. 4036/10 de Armas de Fuego
d) Primeros Auxilios
e) Seguridad Personal y de Instalaciones
f) Conocimiento de Armas y tiro. Las implicancias de su uso
g) Ética profesional
h) Defensa Personal
i) Prevención y extinción de incendios
j) Instalación y manejo de equipos electrónicos
k) Instalación y manejo de equipos de detección y extinción de incendios
l) Funcionamiento y manejo de centrales de monitoreo
m) Normas mínimas de seguridad para el transporte de valores
Así como rezan los demás artículos que hacen referencia a dicha habilitación y obligatoriedad a toda empresa que desee comercializar o prestar servicios de seguridad electrónica en todo el territorio de la Republica del Paraguay, para lo cual debe estar debidamente habilitada para ofrecer o trabajar en dicho rubro, para asi también, dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Contrataciones Públicas vigente y la Constitución Nacional, en cuanto a la igualdad de condiciones, habiendo cumplido con los requerimientos que la ley establece. Sera Justicia.
Solicitamos respetuosamente con la Ley de Respaldo, que la convocante, en uso de sus atribuciones y en cumplimiento con las leyes vigentes, solicite a los oferentes demostrar la capacidad técnica, de estar debidamente habilitados, como empresa de Seguridad Electrónica.
Para lo cual, es requerido el requisito documental de presentar la Habilitación como Empresa de Seguridad Electrónica, vigente al momento de la presentación documental de ofertas, ya que al ser una ley vigente desde el año 2015, no puede obviarse la vigencia de la misma, puesto que toda empresa que trabaja legalmente en el rubro de la seguridad electrónica, debe habilitarse previamente al ofrecimiento de una propuesta o de un servicio en el marco de la misma.
Hacemos esta solicitud, considerando que entendemos que la Convocante debe honrar y cumplir lo establecido en las leyes vigentes, y ha de respetar su cumplimiento tal y como establece la Ley Nº 5424/15 la cual regula la prestación de servicios de vigilancia y seguridad de las personas y de bienes patrimoniales en el ámbito de la Seguridad estableciendo con Claridad cuanto sigue.
SECCION VI
DE LA CLASIFICACIÓN Y TIPOS DE SISTEMAS DE SEGURIDAD
Artículo 32.- Clasificación de sistemas electrónicos de seguridad.
a) Sistemas de detención y alarmas:
1. Intrusos
2. Robo
3. Asalto
4. Incendio
b) Sistema de control de accesos.
c) Sistemas de vigilancia por circuito cerrado de televisión (CCTV).
d) Sistema de anti-hurto.
Así también parte del Artículo 54 de la Resolución Nº2. Reza;
El sentido de los programas de formación capacitación y adiestramiento del personal de seguridad privada, se orientará exclusivamente en el concepto de la prevención más que la reacción en ese contexto, el alcance de los programas se limitará a los siguientes temas:
a) Seguridad Privada
b) Normas legales aplicables a la seguridad privada (Constitución Nacional, Código Civil y Código Penal)
c) Ley Nro. 4036/10 de Armas de Fuego
d) Primeros Auxilios
e) Seguridad Personal y de Instalaciones
f) Conocimiento de Armas y tiro. Las implicancias de su uso
g) Ética profesional
h) Defensa Personal
i) Prevención y extinción de incendios
j) Instalación y manejo de equipos electrónicos
k) Instalación y manejo de equipos de detección y extinción de incendios
l) Funcionamiento y manejo de centrales de monitoreo
m) Normas mínimas de seguridad para el transporte de valores
Así como rezan los demás artículos que hacen referencia a dicha habilitación y obligatoriedad a toda empresa que desee comercializar o prestar servicios de seguridad electrónica en todo el territorio de la Republica del Paraguay, para lo cual debe estar debidamente habilitada para ofrecer o trabajar en dicho rubro, para asi también, dar cumplimiento a lo establecido en la Ley de Contrataciones Públicas vigente y la Constitución Nacional, en cuanto a la igualdad de condiciones, habiendo cumplido con los requerimientos que la ley establece. Sera Justicia.
Esta Convocante ha diseñado el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) de acuerdo a las necesidades institucionales que se pretenden satisfacer. Solicitamos amablemente remitirse al PBC.
43
ITEM 1 - Reloj Biometrico
En el PBC se solicita “ COMPATIBILIDAD CON CONTROLADORES CENTRALIZADOS Permite la conexión con un controlador de acceso centralizado para mayor seguridad.” Se consulta a la convocante, cuál sería controlador centralizado que posee la entidad. Y de ser de una marca en específica, adecuar las especificaciones técnicas detalladas si existe una dependencia tecnológica a tener en cuenta, debido a que actualmente es requerida la compatibilidad con el software CrossChex de la marca Anviz. En caso de no ser aceptados relojes marcadores que no sean de dicha marca se solicita a la convocnte ajustar las especificaciones técnicas en aras de una libre y justa competencia en el marco de la Ley 7021/22 de Contrataciones Publicas.
En el PBC se solicita “ COMPATIBILIDAD CON CONTROLADORES CENTRALIZADOS Permite la conexión con un controlador de acceso centralizado para mayor seguridad.” Se consulta a la convocante, cuál sería controlador centralizado que posee la entidad. Y de ser de una marca en específica, adecuar las especificaciones técnicas detalladas si existe una dependencia tecnológica a tener en cuenta, debido a que actualmente es requerida la compatibilidad con el software CrossChex de la marca Anviz. En caso de no ser aceptados relojes marcadores que no sean de dicha marca se solicita a la convocnte ajustar las especificaciones técnicas en aras de una libre y justa competencia en el marco de la Ley 7021/22 de Contrataciones Publicas.
En relación a la compatibilidad con el Software CrossChex, esta convocante aclara que dicho software se encuentra implementado y funcionando en la institución, por lo que la adquisición de nuevos equipos de relojes biométricos debe garantizar una integración fluida y eficiente en la infraestructura tecnológica existente. Esto asegurará la interoperabilidad del sistema, facilitará la automatización de procesos de asistencia, acceso y control, y permitirá una gestión centralizada de datos.
Conforme a lo manifestado, se solicita amablemente remitirse al Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
44
ITEM 1 - Reloj Biometrico
En las EETT es solicitado un equipo que se ve altamente direccionado a la Marca Anviz, debido a una dependencia tecnológica encontrada en el software utilizado para el registro asistencia y control de acceso crosschex. Al requerir la convocante una carta de autorizacion de fabricante sobre este item, y direccionar a dicha marca, resulta imposible hablar de buena fe y libre competencia para este proceso licitatorio. Se recomienda una correcta definición de los limitantes tecnologicos por parte de la convocante en el pliego de bases y condiciones, y no la limitación de posibles oferentes al establecer criterios ambiguos en las Especificaciones Técnicas
En las EETT es solicitado un equipo que se ve altamente direccionado a la Marca Anviz, debido a una dependencia tecnológica encontrada en el software utilizado para el registro asistencia y control de acceso crosschex. Al requerir la convocante una carta de autorizacion de fabricante sobre este item, y direccionar a dicha marca, resulta imposible hablar de buena fe y libre competencia para este proceso licitatorio. Se recomienda una correcta definición de los limitantes tecnologicos por parte de la convocante en el pliego de bases y condiciones, y no la limitación de posibles oferentes al establecer criterios ambiguos en las Especificaciones Técnicas
En relación a la compatibilidad con el Software CrossChex, esta convocante aclara que dicho software se encuentra implementado y funcionando en la institución, por lo que la adquisición de nuevos equipos de relojes biométricos debe garantizar una integración fluida y eficiente en la infraestructura tecnológica existente. Esto asegurará la interoperabilidad del sistema, facilitará la automatización de procesos de asistencia, acceso y control, y permitirá una gestión centralizada de datos.
Conforme a lo manifestado, se solicita amablemente remitirse al Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
45
Relojes Biometricos
Se observa que en cuanto al item numero 1, de relojes biometricos, las especificaciones requieren compatibilidad con el Software Crosschex de Anviz, para dicho Item, se solicita a la convocante establecer el alcance de compatibilidad, es decir, hasta que punto se requiere que los relojes marcadores ofertados puedan comunicarse con dicho software. En caso de saolicitar que los relojes sean de la misma marca, esto incurriría en una Simulación de Proceso licitatorio ABIERTO, permitiendo que varios oferentes ofrezcan diferentes marcas sin una mínima posibilidad de resultar adjudicados, simulando la libre competencia cuando en realidad se cuenta con una sola marca y carta de autorizacion de fabricante requerida para ofertar. En caso de dicha dependencia tecnologica tan fuerte, el procedimiento correcto sería el de una Licitación por medio de la excepción y no una Licitación Pública Nacional simulada.
Se observa que en cuanto al item numero 1, de relojes biometricos, las especificaciones requieren compatibilidad con el Software Crosschex de Anviz, para dicho Item, se solicita a la convocante establecer el alcance de compatibilidad, es decir, hasta que punto se requiere que los relojes marcadores ofertados puedan comunicarse con dicho software. En caso de saolicitar que los relojes sean de la misma marca, esto incurriría en una Simulación de Proceso licitatorio ABIERTO, permitiendo que varios oferentes ofrezcan diferentes marcas sin una mínima posibilidad de resultar adjudicados, simulando la libre competencia cuando en realidad se cuenta con una sola marca y carta de autorizacion de fabricante requerida para ofertar. En caso de dicha dependencia tecnologica tan fuerte, el procedimiento correcto sería el de una Licitación por medio de la excepción y no una Licitación Pública Nacional simulada.
En relación a la compatibilidad con el Software CrossChex, esta convocante aclara que dicho software se encuentra implementado y funcionando en la institución, por lo que la adquisición de nuevos equipos de relojes biométricos debe garantizar una integración fluida y eficiente en la infraestructura tecnológica existente. Esto asegurará la interoperabilidad del sistema, facilitará la automatización de procesos de asistencia, acceso y control, y permitirá una gestión centralizada de datos.
Conforme a lo manifestado, se solicita amablemente remitirse al Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
46
+/Autorización del Fabricante Autorización del Fabricante
En donde dice “Autorización del Fabricante Autorización del Fabricante”: Si, en todos los ítems.
El oferente deberá acreditar la cadena de autorizaciones, hasta el fabricante o productor de los bienes.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que cualquier de las cartas sean válidas “Del Distribuidor, o Fabricante sin necesidad de mostrar la cadena”, dicha petición obedece ya que la convocante solicita específicamente la marca ANVIZ modelo VF30 Pro, Dicha marca lo representa SEGEL LOGISTICA S.A. a la cual esta direccionado el presente llamado ya que dicha empresa es proveedor del estado como se puede apreciar en el siguiente link https://www.contrataciones.gov.py/proveedor/segel-logistica-s-a.html
De esta forma la convocante da exclusividad a un solo proveedor y excluyendo a potenciales oferentes sin poder participar al presente llamado. Por tal motivo solicitamos que se puede otorgar lo solicitado.
21-05-2024
23-05-2024
+/Autorización del Fabricante Autorización del Fabricante
En donde dice “Autorización del Fabricante Autorización del Fabricante”: Si, en todos los ítems.
El oferente deberá acreditar la cadena de autorizaciones, hasta el fabricante o productor de los bienes.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que cualquier de las cartas sean válidas “Del Distribuidor, o Fabricante sin necesidad de mostrar la cadena”, dicha petición obedece ya que la convocante solicita específicamente la marca ANVIZ modelo VF30 Pro, Dicha marca lo representa SEGEL LOGISTICA S.A. a la cual esta direccionado el presente llamado ya que dicha empresa es proveedor del estado como se puede apreciar en el siguiente link https://www.contrataciones.gov.py/proveedor/segel-logistica-s-a.html
De esta forma la convocante da exclusividad a un solo proveedor y excluyendo a potenciales oferentes sin poder participar al presente llamado. Por tal motivo solicitamos que se puede otorgar lo solicitado.
En cuanto a la consulta realizada, es menester mencionar que la Autorización del Fabricante resulta necesaria a fin de garantizar que los bienes requeridos sean suministrados por proveedores oficiales de la marca ofertada y que cuenten con el respaldo suficiente en caso de eventuales desperfectos de fábrica, posibles daños ocasionados a los equipos durante el periodo de garantía y funcionamiento conforme a lo establecido en el pliego de bases y condiciones. Conforme a lo manifestado, se solicita amablemente remitirse al Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
47
Muestras
En donde Dice” Muestras”
Se requerirá la presentación de muestras de los siguientes productos y en las siguientes condiciones
Dentro de la Etapa de Evaluación, una vez que haya culminado la Apertura de Sobres, EN CASO DE REQUERIRSE, a solicitud del Comité de Evaluación de la Justicia Electoral, las empresas oferentes deberán cumplir con la presentación de MUESTRAS dentro del plazo de 1 (un) día hábil, contado desde el día siguiente al de la remisión de la solicitud 1 (un) día hábil, contado desde el día siguiente al de la remisión de la solicitud correspondiente.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que este punto sea excluido ya que la convocante no solicito visita técnica y es difícil medir si el comité realizara la evaluación correcta ya que especifica que requiere equipos de una sola marca sin mencionar en detalle las integración ya que en el mercado actual existen varias marcas que puede ser integrado con otro software siempre en cuanto el software de la convocante cuente con la capacidad de integrarse por API, y mirando el pliego el Software Crosschex ya es un software desfasado sin nivel de seguridad, esto significa que cualquier hacker puede intersectar y robar informaciones cosa que la convocante no tuvo en cuenta a realizar este pedido de compra a continuación detallo le expuesto:
Se ha descubierto que CrossChex Standard, un sistema de gestión de asistencia ampliamente utilizado, contiene vulnerabilidades importantes. Estas vulnerabilidades incluyen el potencial de ejecución remota de código (RCE) y escalada de privilegios. Específicamente, los investigadores de seguridad han identificado fallas que podrían permitir a los atacantes ejecutar código arbitrario u obtener acceso no autorizado a datos confidenciales y controles del sistema ( CISA ) ( The Security Validation Platform )
Una vulnerabilidad notable permite a atacantes remotos explotar el sistema enviando solicitudes especialmente diseñadas, lo que podría comprometer todo el sistema. Esto podría permitir a los atacantes manipular los datos de asistencia, acceder a información personal o interrumpir las operaciones comerciales ( The Security Validation Platform ) .
A todo lo expuesto se solicita que este punto sea excluido ya que la convocante no cuenta con experto a realizar análisis técnico de un equipo esto se demuestra a solicitar una marca ANVIZ que su software está desfasado.
En donde Dice” Muestras”
Se requerirá la presentación de muestras de los siguientes productos y en las siguientes condiciones
Dentro de la Etapa de Evaluación, una vez que haya culminado la Apertura de Sobres, EN CASO DE REQUERIRSE, a solicitud del Comité de Evaluación de la Justicia Electoral, las empresas oferentes deberán cumplir con la presentación de MUESTRAS dentro del plazo de 1 (un) día hábil, contado desde el día siguiente al de la remisión de la solicitud 1 (un) día hábil, contado desde el día siguiente al de la remisión de la solicitud correspondiente.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que este punto sea excluido ya que la convocante no solicito visita técnica y es difícil medir si el comité realizara la evaluación correcta ya que especifica que requiere equipos de una sola marca sin mencionar en detalle las integración ya que en el mercado actual existen varias marcas que puede ser integrado con otro software siempre en cuanto el software de la convocante cuente con la capacidad de integrarse por API, y mirando el pliego el Software Crosschex ya es un software desfasado sin nivel de seguridad, esto significa que cualquier hacker puede intersectar y robar informaciones cosa que la convocante no tuvo en cuenta a realizar este pedido de compra a continuación detallo le expuesto:
Se ha descubierto que CrossChex Standard, un sistema de gestión de asistencia ampliamente utilizado, contiene vulnerabilidades importantes. Estas vulnerabilidades incluyen el potencial de ejecución remota de código (RCE) y escalada de privilegios. Específicamente, los investigadores de seguridad han identificado fallas que podrían permitir a los atacantes ejecutar código arbitrario u obtener acceso no autorizado a datos confidenciales y controles del sistema ( CISA ) ( The Security Validation Platform )
Una vulnerabilidad notable permite a atacantes remotos explotar el sistema enviando solicitudes especialmente diseñadas, lo que podría comprometer todo el sistema. Esto podría permitir a los atacantes manipular los datos de asistencia, acceder a información personal o interrumpir las operaciones comerciales ( The Security Validation Platform ) .
A todo lo expuesto se solicita que este punto sea excluido ya que la convocante no cuenta con experto a realizar análisis técnico de un equipo esto se demuestra a solicitar una marca ANVIZ que su software está desfasado.
Esta Convocante ha diseñado el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) de acuerdo a las necesidades institucionales que se pretenden satisfacer. Solicitamos remitirse al PBC.
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//Muestras
En donde Dice” Muestras”
Se requerirá la presentación de muestras de los siguientes productos y en las siguientes condiciones
Dentro de la Etapa de Evaluación, una vez que haya culminado la Apertura de Sobres, EN CASO DE REQUERIRSE, a solicitud del Comité de Evaluación de la Justicia Electoral, las empresas oferentes deberán cumplir con la presentación de MUESTRAS dentro del plazo de 1 (un) día hábil, contado desde el día siguiente al de la remisión de la solicitud 1 (un) día hábil, contado desde el día siguiente al de la remisión de la solicitud correspondiente.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que este punto sea excluido ya que solicita equipos especifico de la marca ANVIZ modelo VF30 Pro, este modelo ni el distribuidor no cuenta en su stock, y también cabe recalcar que la convocante da exclusividad a especificar la marca mencionada y otorgando ventaja a SEGEL LOGISTICA S.A. a la cual esta direccionado el presente llamado ya que dicha empresa es proveedor del estado como se puede apreciar en el siguiente link https://www.contrataciones.gov.py/proveedor/segel-logistica-s-a.html
De esta forma la convocante da exclusividad a un solo proveedor y excluyendo a potenciales oferentes sin poder participar al presente llamado. Por tal motivo solicitamos que se puede otorgar lo solicitado.
En donde Dice” Muestras”
Se requerirá la presentación de muestras de los siguientes productos y en las siguientes condiciones
Dentro de la Etapa de Evaluación, una vez que haya culminado la Apertura de Sobres, EN CASO DE REQUERIRSE, a solicitud del Comité de Evaluación de la Justicia Electoral, las empresas oferentes deberán cumplir con la presentación de MUESTRAS dentro del plazo de 1 (un) día hábil, contado desde el día siguiente al de la remisión de la solicitud 1 (un) día hábil, contado desde el día siguiente al de la remisión de la solicitud correspondiente.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que este punto sea excluido ya que solicita equipos especifico de la marca ANVIZ modelo VF30 Pro, este modelo ni el distribuidor no cuenta en su stock, y también cabe recalcar que la convocante da exclusividad a especificar la marca mencionada y otorgando ventaja a SEGEL LOGISTICA S.A. a la cual esta direccionado el presente llamado ya que dicha empresa es proveedor del estado como se puede apreciar en el siguiente link https://www.contrataciones.gov.py/proveedor/segel-logistica-s-a.html
De esta forma la convocante da exclusividad a un solo proveedor y excluyendo a potenciales oferentes sin poder participar al presente llamado. Por tal motivo solicitamos que se puede otorgar lo solicitado.
Esta Convocante ha diseñado el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) de acuerdo a las necesidades institucionales que se pretenden satisfacer. Solicitamos remitirse al PBC.
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+/Requisito documental para evaluar la capacidad técnica
Donde Dice “Requisito documental para evaluar la capacidad técnica” se detalla
3. Autorización del Fabricante o Representante o Distribuidor en caso de que la empresa oferente no haya fabricado o elaborado el producto ofertado dentro de todos los ítems. El oferente deberá acreditar la cadena de autorizaciones, hasta el fabricante o productor.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que cualquier de las cartas sean válidas “Del Distribuidor, o Fabricante sin necesidad de mostrar la cadena”, dicha petición obedece ya que la convocante solicita específicamente la marca ANVIZ modelo VF30 Pro, Dicha marca lo representa SEGEL LOGISTICA S.A. a la cual esta direccionado el presente llamado ya que dicha empresa es proveedor del estado como se puede apreciar en el siguiente link https://www.contrataciones.gov.py/proveedor/segel-logistica-s-a.html
De esta forma la convocante da exclusividad a un solo proveedor y excluyendo a potenciales oferentes sin poder participar al presente llamado. Por tal motivo solicitamos que se puede otorgar lo solicitado.
21-05-2024
23-05-2024
+/Requisito documental para evaluar la capacidad técnica
Donde Dice “Requisito documental para evaluar la capacidad técnica” se detalla
3. Autorización del Fabricante o Representante o Distribuidor en caso de que la empresa oferente no haya fabricado o elaborado el producto ofertado dentro de todos los ítems. El oferente deberá acreditar la cadena de autorizaciones, hasta el fabricante o productor.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que cualquier de las cartas sean válidas “Del Distribuidor, o Fabricante sin necesidad de mostrar la cadena”, dicha petición obedece ya que la convocante solicita específicamente la marca ANVIZ modelo VF30 Pro, Dicha marca lo representa SEGEL LOGISTICA S.A. a la cual esta direccionado el presente llamado ya que dicha empresa es proveedor del estado como se puede apreciar en el siguiente link https://www.contrataciones.gov.py/proveedor/segel-logistica-s-a.html
De esta forma la convocante da exclusividad a un solo proveedor y excluyendo a potenciales oferentes sin poder participar al presente llamado. Por tal motivo solicitamos que se puede otorgar lo solicitado.
En cuanto a la consulta realizada, es menester mencionar que la Autorización del Fabricante resulta necesaria a fin de garantizar que los bienes requeridos sean suministrados por proveedores oficiales de la marca ofertada y que cuenten con el respaldo suficiente en caso de eventuales desperfectos de fábrica, posibles daños ocasionados a los equipos durante el periodo de garantía y funcionamiento conforme a lo establecido en el pliego de bases y condiciones. Conforme a lo manifestado, se solicita amablemente remitirse al Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
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//Muestras
En donde Dice” Muestras”
Se requerirá la presentación de muestras de los siguientes productos y en las siguientes condiciones
Dentro de la Etapa de Evaluación, una vez que haya culminado la Apertura de Sobres, EN CASO DE REQUERIRSE, a solicitud del Comité de Evaluación de la Justicia Electoral, las empresas oferentes deberán cumplir con la presentación de MUESTRAS dentro del plazo de 1 (un) día hábil, contado desde el día siguiente al de la remisión de la solicitud 1 (un) día hábil, contado desde el día siguiente al de la remisión de la solicitud correspondiente.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que este punto sea excluido ya que solicita equipos especifico de la marca ANVIZ modelo VF30 Pro, este modelo ni el distribuidor no cuenta en su stock, y también cabe recalcar que la convocante da exclusividad a especificar la marca mencionada y otorgando ventaja a SEGEL LOGISTICA S.A. a la cual esta direccionado el presente llamado ya que dicha empresa es proveedor del estado como se puede apreciar en el siguiente link https://www.contrataciones.gov.py/proveedor/segel-logistica-s-a.html
En donde Dice” Muestras”
Se requerirá la presentación de muestras de los siguientes productos y en las siguientes condiciones
Dentro de la Etapa de Evaluación, una vez que haya culminado la Apertura de Sobres, EN CASO DE REQUERIRSE, a solicitud del Comité de Evaluación de la Justicia Electoral, las empresas oferentes deberán cumplir con la presentación de MUESTRAS dentro del plazo de 1 (un) día hábil, contado desde el día siguiente al de la remisión de la solicitud 1 (un) día hábil, contado desde el día siguiente al de la remisión de la solicitud correspondiente.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que este punto sea excluido ya que solicita equipos especifico de la marca ANVIZ modelo VF30 Pro, este modelo ni el distribuidor no cuenta en su stock, y también cabe recalcar que la convocante da exclusividad a especificar la marca mencionada y otorgando ventaja a SEGEL LOGISTICA S.A. a la cual esta direccionado el presente llamado ya que dicha empresa es proveedor del estado como se puede apreciar en el siguiente link https://www.contrataciones.gov.py/proveedor/segel-logistica-s-a.html
Esta Convocante ha diseñado el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) de acuerdo a las necesidades institucionales que se pretenden satisfacer. Solicitamos remitirse al PBC.