Teniendo en cuenta la envergadura de la licitación y la importancia del servicio licitado, solicitamos respetuosamente a la Convocante que el sistema de adjudicación se realice por abastecimiento simultaneo. Dicha modificación permitirá le ejecución satisfactoria del servicio licitado en tiempo y forma a más de incentivar la participación de potenciales oferentes, hecho que permitirá obtener precios más competitivos, garantizándose así el cumplimiento irrestricto de los principios cardinales que rigen las compras públicas (art. 4 de la Ley 2051/03)
Teniendo en cuenta la envergadura de la licitación y la importancia del servicio licitado, solicitamos respetuosamente a la Convocante que el sistema de adjudicación se realice por abastecimiento simultaneo. Dicha modificación permitirá le ejecución satisfactoria del servicio licitado en tiempo y forma a más de incentivar la participación de potenciales oferentes, hecho que permitirá obtener precios más competitivos, garantizándose así el cumplimiento irrestricto de los principios cardinales que rigen las compras públicas (art. 4 de la Ley 2051/03)
Teniendo en cuenta que la finalidad del presente proceso, es garantizar los derechos de los ciudadanos, consagrados en la Constitución Nacional a través del oportuno abastecimiento de los parques sanitarios del país y los respectivos centros asistenciales; esta Convocante ha determinado que el sistema de adjudicación sea por la totalidad. Esto, teniendo en cuenta que las exigencias del PBC, así como las mismas especificaciones técnicas se ajustan a las necesidades de la Unidad Requirente donde la centralización del servicio logístico permitirá un mejor manejo y control del eventual contrato.
Cabe destacar que la intención de esta Cartera de Estado es apuntar a los más altos estándares de calidad, puesto que los productos a ser transportados son el recurso vital para brindar atención a la ciudadanía, donde el transporte adecuado y la entrega oportuna se conjugan para el impacto en el tratamiento y recuperación de la salud, que se traduce en la reducción de costos para el Estado.
Con el sistema de adjudicación por la totalidad, se pretende contar con precios más convenientes considerando la inversión en el equipamiento, tecnología y sistemas de control que inciden significativamente en los costos y requerimientos con el mismo nivel de exigencia para cada ítem. La adjudicación por el total permitiría la distribución de los costos fijos y su consecuente impacto en precios ventajosos para la Convocante.
Es oportuno mencionar que el servicio licitado es únicamente logístico no habiendo diversidad en el servicio. La convocante no ve la necesidad de disgregar el llamado u optar por otro sistema de adjudicación cuando los criterios de calificación son claros y las exigencias se ajustan al tipo de servicio requerido, permitiendo la participación de diversos oferentes del rubro, ajustándose a los principios establecidos en el Art. 4° de la Ley 2051/03
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EXPERIENCIA REQUERIDA
Se solicita a la Convocante modificar el siguiente requisito: “Experiencia mínima de 5 (cinco) años en el rubro de distribución de productos tales como medicamentos y/o servicios de logística con cobertura nacional, el mismo podrá verificarse a través de los Estatutos Sociales, Constancia de Inscripción en la SET".
Esto, en atención a que resulta limitante requerir mínimamente 5 (cinco) años de experiencia como condición de participación. Favor modificar dicho requisito a 3 años como mínimo, dado que los requisitos documentales exigidos por vuestra entidad para acreditar dicha experiencia, y que se encuentran en el mismo apartado, corresponden únicamente a los últimos tres años (2021, 2022 y 2023). Hecho que evidencia que requerir 3 años de experiencia resulta suficiente para acreditar sobradamente dicha exigencia.
Por tanto, solicitamos a la Convocante modificar el PBC a fin de evitar vulnerar el principio de igualdad y libre competencia.
Se solicita a la Convocante modificar el siguiente requisito: “Experiencia mínima de 5 (cinco) años en el rubro de distribución de productos tales como medicamentos y/o servicios de logística con cobertura nacional, el mismo podrá verificarse a través de los Estatutos Sociales, Constancia de Inscripción en la SET".
Esto, en atención a que resulta limitante requerir mínimamente 5 (cinco) años de experiencia como condición de participación. Favor modificar dicho requisito a 3 años como mínimo, dado que los requisitos documentales exigidos por vuestra entidad para acreditar dicha experiencia, y que se encuentran en el mismo apartado, corresponden únicamente a los últimos tres años (2021, 2022 y 2023). Hecho que evidencia que requerir 3 años de experiencia resulta suficiente para acreditar sobradamente dicha exigencia.
Por tanto, solicitamos a la Convocante modificar el PBC a fin de evitar vulnerar el principio de igualdad y libre competencia.
Lo solicitado por la Convocante no resulta excluyente, puesto que, la documentación requerida es asequible para cualquier oferente del rubro que haya tenido experiencia previa y se encuentra acorde con el criterio de "Experiencia mínima de 5 (cinco) años en el rubro de distribución de productos (...)". Se aclara que las constancias pueden ser emitidas por cualquier entidad pública y/o privada.
Cabe destacar que además de las constancias de buen cumplimiento contractual, se requiere la presentación de "Copias de Contratos con sus facturaciones por servicios prestados" embargo, la mera presentación de estos documentos no supone el buen cumplimiento contractual, por lo que, la inclusión de este requisito proporciona un mecanismo útil para demostrar las buenas referencias del oferente. Por medio de las constancias se tendrá un aval del buen cumplimiento de los contratos previos, condición indispensable para esta Convocante, puesto que se busca garantizar la correcta ejecución del eventual contrato, teniendo en cuenta la envergadura del proceso y la importancia de los bienes a ser transportados, los cuales son tecnologías sanitarias vitales (medicamentos, insumos, equipos de salud e instrumentales médicos.) para brindar a la población un servicio de calidad, buscando garantizar el derecho
Constitucional de los mismos.
Es decir, que el requisito de 5 años de experiencia busca asegurar que la empresa contratada tenga la pericia y las capacidades necesarias para llevar a cabo una tarea tan delicada y sensible como por ejemplo la distribución de medicamentos, minimizando riesgos y asegurando el cumplimiento de normativas de salud y seguridad a través de la:
1. Garantía de Calidad y cumplimiento normativo.
2. Reducción de riesgos
3. Capacidad operativa comprobada
4. Conocimiento técnico especializado
5. Confianza y reputacion
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REQUISITOS DOCUMENTALES PARA LA EVALUACIÓN DE LA EXPERIENCIA
La Convocante solicita cuanto sigue: “Copias de Contratos con sus facturaciones por servicios prestados…”
Al respecto, solicitamos a la Convocante modificar dicha redacción e indicar que se permitirá acreditar la observancia de dicho requisito con copias de contratos y/o facturaciones”. Atendiendo a que la experiencia requerida se puede acreditar con presentación de contratos al igual que con la presentación de facturas y no solo con la presentación conjunta de dichas documentaciones.
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REQUISITOS DOCUMENTALES PARA LA EVALUACIÓN DE LA EXPERIENCIA
La Convocante solicita cuanto sigue: “Copias de Contratos con sus facturaciones por servicios prestados…”
Al respecto, solicitamos a la Convocante modificar dicha redacción e indicar que se permitirá acreditar la observancia de dicho requisito con copias de contratos y/o facturaciones”. Atendiendo a que la experiencia requerida se puede acreditar con presentación de contratos al igual que con la presentación de facturas y no solo con la presentación conjunta de dichas documentaciones.
Cabe destacar que se requiere la presentación de "Copias de Contratos con sus facturaciones por servicios prestados", puesto que, la mera presentación de los contratos no supone la ejecución del mismo, por lo que, la inclusión de este requisito proporciona un mecanismo útil para demostrar las buenas referencias del oferente además de la efectiva ejecución del contrato. Por medio de las facturas de los contratos se tendrá un aval de la ejecución de los contratos previos, condición indispensable para esta Convocante, puesto que se busca garantizar la correcta ejecución del eventual contrato, teniendo en cuenta la envergadura del proceso y la importancia de los bienes a ser transportados, los cuales son tecnologías sanitarias vitales (medicamentos, insumos, equipos de salud e instrumentales médicos.) para brindar a la población un servicio de calidad, buscando garantizar el derecho Constitucional de los mismos
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REQUISITO DOCUMENTAL PARA EVALUAR LA CAPACIDAD TÉCNICA
En cuanto al siguiente requisito: “a. Listado de Recursos Humanos adjuntando Currículum Vitae (CV) y Registros conforme a lo solicitado”. Solicitamos gentilmente a la Convocante aclarar si el requisito en cuestión refiere a la lista de recursos humanos integro de la empresa o corresponde únicamente al personal que prestará servicios de distribución en el marco del presente proceso licitatorio.
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REQUISITO DOCUMENTAL PARA EVALUAR LA CAPACIDAD TÉCNICA
En cuanto al siguiente requisito: “a. Listado de Recursos Humanos adjuntando Currículum Vitae (CV) y Registros conforme a lo solicitado”. Solicitamos gentilmente a la Convocante aclarar si el requisito en cuestión refiere a la lista de recursos humanos integro de la empresa o corresponde únicamente al personal que prestará servicios de distribución en el marco del presente proceso licitatorio.
Se aclara que el requisito en cuestión se refiere al listado de Recursos Humanos que deberá realizar el Servicio en la adjudicación de la presente licitación.
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REQUISITO DOCUMENTAL PARA EVALUAR LA CAPACIDAD TÉCNICA
En cuanto al siguiente requisito: “d. Declaración Jurada por la que manifiesta que presentará los títulos de propiedad de los camiones del oferente adjudicado y/o contrato de alquiler de vehículos nuevos cuyos kilometrajes de uso no sean superiores a 150 km. Formalizado ante escribano público que presentará si resultase adjudicado previo a la firma del contrato”.
Se solicita a la Convocante suprimir dicho requisito, esto, en atención a que el mismo resulta a todas luces improcedente. Cabe indicar que resulta de cumplimiento imposible que una empresa que se dedique al rubro de distribución cuente con camiones nuevos cuyo km no sea superior a 150 km.
El Kilometraje requerido pone en evidencia el direccionamiento del llamado a una empresa en particular que ya cuenta con vehículos nuevos (nueve vehículos nuevos como requiere el PBC) y los tiene parados, sin uso, para poder ser la única empresa que pueda cumplir con dicha exigencia, pues claramente las demás empresas que nos dedicamos al rubro no podemos tener sin uso los mismos por la naturaleza misma del servicio prestado, ya que dicha situación implica pérdidas económicas incuantificables para la empresa.
Es más, en el PBC se ha establecido que todos los vehículos: “Deben cumplir con los requisitos de habilitación para el libre tránsito en el territorio nacional (DINATRAN)”. Asimismo, se requiere que “Los vehículos deberán estar certificados por alguna empresa contralora sobre las condiciones Técnicas y de Seguridad de cada vehículo (ITV u otro).”
Entonces, es allí donde surge la siguiente interrogante: si los vehículos ya cuentan con la habilitación de la DINATRAN y con la respectiva certificación condiciones técnicas y de seguridad de cada vehículo ¿cuál es la justificación técnica y legal con la que cuenta el MSPyBS para requerir únicamente vehículos nuevos para realizar el servicio licitado?, ¿acaso no resulta suficiente acreditar que los vehículos a ser utilizados se encuentran habilitados y que cumplen con los demás requisitos para dedicarse el rubro objeto de la presente licitación?.
Por tanto, se solicita a la Convocante suprimir dicho requisito y adecuar los demás apartados del PBC que guardan relación con dicha exigencia a fin de evitar dilaciones al proceso con la interposición de protestas, ya que dicha exigencia se aparta de los dictados de la Ley N° 2051/03.
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REQUISITO DOCUMENTAL PARA EVALUAR LA CAPACIDAD TÉCNICA
En cuanto al siguiente requisito: “d. Declaración Jurada por la que manifiesta que presentará los títulos de propiedad de los camiones del oferente adjudicado y/o contrato de alquiler de vehículos nuevos cuyos kilometrajes de uso no sean superiores a 150 km. Formalizado ante escribano público que presentará si resultase adjudicado previo a la firma del contrato”.
Se solicita a la Convocante suprimir dicho requisito, esto, en atención a que el mismo resulta a todas luces improcedente. Cabe indicar que resulta de cumplimiento imposible que una empresa que se dedique al rubro de distribución cuente con camiones nuevos cuyo km no sea superior a 150 km.
El Kilometraje requerido pone en evidencia el direccionamiento del llamado a una empresa en particular que ya cuenta con vehículos nuevos (nueve vehículos nuevos como requiere el PBC) y los tiene parados, sin uso, para poder ser la única empresa que pueda cumplir con dicha exigencia, pues claramente las demás empresas que nos dedicamos al rubro no podemos tener sin uso los mismos por la naturaleza misma del servicio prestado, ya que dicha situación implica pérdidas económicas incuantificables para la empresa.
Es más, en el PBC se ha establecido que todos los vehículos: “Deben cumplir con los requisitos de habilitación para el libre tránsito en el territorio nacional (DINATRAN)”. Asimismo, se requiere que “Los vehículos deberán estar certificados por alguna empresa contralora sobre las condiciones Técnicas y de Seguridad de cada vehículo (ITV u otro).”
Entonces, es allí donde surge la siguiente interrogante: si los vehículos ya cuentan con la habilitación de la DINATRAN y con la respectiva certificación condiciones técnicas y de seguridad de cada vehículo ¿cuál es la justificación técnica y legal con la que cuenta el MSPyBS para requerir únicamente vehículos nuevos para realizar el servicio licitado?, ¿acaso no resulta suficiente acreditar que los vehículos a ser utilizados se encuentran habilitados y que cumplen con los demás requisitos para dedicarse el rubro objeto de la presente licitación?.
Por tanto, se solicita a la Convocante suprimir dicho requisito y adecuar los demás apartados del PBC que guardan relación con dicha exigencia a fin de evitar dilaciones al proceso con la interposición de protestas, ya que dicha exigencia se aparta de los dictados de la Ley N° 2051/03.
En el PBC se establece por un lado que los vehículos: “Deben cumplir con los requisitos de habilitación para el libre tránsito en el territorio nacional (DINATRAN)” por otro lado, indican: “Los vehículos deberán estar certificados por alguna empresa contralora sobre las condiciones Técnicas y de Seguridad de cada vehículo (ITV u otro).” Al respecto, ¿consultamos a la Convocante si el hecho de contar con la habilitación de la DINATRAN no resulta suficiente aval de que los vehículos cumplen sobradamente con los requerimientos técnicos y seguridad para prestar el servicio licitado?, favor exponer el motivo por el cual también requieren que los vehículos cuenten con certificación ITV u otro.
En el PBC se establece por un lado que los vehículos: “Deben cumplir con los requisitos de habilitación para el libre tránsito en el territorio nacional (DINATRAN)” por otro lado, indican: “Los vehículos deberán estar certificados por alguna empresa contralora sobre las condiciones Técnicas y de Seguridad de cada vehículo (ITV u otro).” Al respecto, ¿consultamos a la Convocante si el hecho de contar con la habilitación de la DINATRAN no resulta suficiente aval de que los vehículos cumplen sobradamente con los requerimientos técnicos y seguridad para prestar el servicio licitado?, favor exponer el motivo por el cual también requieren que los vehículos cuenten con certificación ITV u otro.
AJUSTARSE A K AUKTIMA VERSION DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
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SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS- CONDICIONES TECNICAS Y DE SEGURIDAD PARA LOS VEHICULOS.
En dicho apartado del PBC, la Convocante ha indico expresamente cuanto sigue: “La orden de servicio se emitirá 24 (veinte y cuatro) h. antes a la empresa contratista, el cual deberá garantizar la entrega de productos al destinatario correcto, en un plazo satisfactorio, como máximo 10 horas, desde la partida de los Parques SANITARIOS de la DGGIES a los lugares”.
Se solicita a la Convocante que para ordenes de servicios superiores a 150 km el plazo sea como máximo 18 horas, esto teniendo en cuenta la distancia misma de varios lugares de distribución. El pedido halla sustento en la necesidad de garantizar la entrega del producto transportado en tiempo y firma, pues de no realizarse dicho ajuste en la franja horaria, los proveedores constantemente estarían incurriendo en retrasos involuntarios, pues ciertamente es la distancia misma la que imposibilitara efectuar la entrega en la franja actualmente establecida. Hecho que implicara la aplicación de multas para los proveedores de forma injustificada. Favor modificar el PBC en cuanto al punto.
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SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS- CONDICIONES TECNICAS Y DE SEGURIDAD PARA LOS VEHICULOS.
En dicho apartado del PBC, la Convocante ha indico expresamente cuanto sigue: “La orden de servicio se emitirá 24 (veinte y cuatro) h. antes a la empresa contratista, el cual deberá garantizar la entrega de productos al destinatario correcto, en un plazo satisfactorio, como máximo 10 horas, desde la partida de los Parques SANITARIOS de la DGGIES a los lugares”.
Se solicita a la Convocante que para ordenes de servicios superiores a 150 km el plazo sea como máximo 18 horas, esto teniendo en cuenta la distancia misma de varios lugares de distribución. El pedido halla sustento en la necesidad de garantizar la entrega del producto transportado en tiempo y firma, pues de no realizarse dicho ajuste en la franja horaria, los proveedores constantemente estarían incurriendo en retrasos involuntarios, pues ciertamente es la distancia misma la que imposibilitara efectuar la entrega en la franja actualmente establecida. Hecho que implicara la aplicación de multas para los proveedores de forma injustificada. Favor modificar el PBC en cuanto al punto.
AJUSTARSE A LA ULTIMA VERSION DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
8
EXPERIENCIA REQUERIDA
Se solicita aclarar si la experiencia requerida del 50% deberá ser por cada año? es decir 50% del monto de la oferta para el año 2021, 50% del monto de la oferta para el año 2022 y 50% del monto de la oferta para el año 2023?
Se solicita aclarar si la experiencia requerida del 50% deberá ser por cada año? es decir 50% del monto de la oferta para el año 2021, 50% del monto de la oferta para el año 2022 y 50% del monto de la oferta para el año 2023?
FAVOR AJUSTARSE A LO ESTABLECIDO EN EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES
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EXPERIENCIA REQUERIDA
En cuanto a la experiencia de 5 años requerida en el rubro de distribución de productos tales como medicamentos, se consulta si la misma podría acreditarse también con contratos de adjudicación de productos farmacéuticos, en vista de que una adjudicación de este tipo de medicamentos obliga al proveedor a distribuir en las mejores condiciones los productos adjudicados.
En cuanto a la experiencia de 5 años requerida en el rubro de distribución de productos tales como medicamentos, se consulta si la misma podría acreditarse también con contratos de adjudicación de productos farmacéuticos, en vista de que una adjudicación de este tipo de medicamentos obliga al proveedor a distribuir en las mejores condiciones los productos adjudicados.
Favor ajustarse a lo establecido en el PBC, la naturaleza del proceso es acorde a la exigencia "Demostrar la experiencia en distribución de productos tales como medicamentos y/o servicios de logística de cobertura nacional