Condición de Participación

Podrán participar de ésta licitación, individualmente o en forma conjunta (consorcio), los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que no se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 2051/03 "De Contrataciones Públicas".

Requisitos de Calificación

Capacidad Legal

Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, contempladas en el artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, declaración que forma parte del formulario de oferta.

Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para contratar a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.   

A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:

  1. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de ofertas que incluye la declaratoria debidamente firmada.
  2. Verificará los registros del personal de la convocante para detectar si el oferente o sus representantes, se hallan comprendidos en el presupuesto del inciso a) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021.
  3. Verificará por los medios disponibles, si el oferente y los demás sujetos individualizados en las prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos a) y b), m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021, aparecen en la base de datos del SINARH o de la Secretaría de la Función Pública.
  4. Si se constatara que alguno de las personas mencionadas en el párrafo anterior figura en la base de datos del SINARH o de la Secretaría de la Función Pública, el comité analizará acabadamente si tal situación le impedirá ejecutar el contrato, exponiendo los motivos para aceptar o rechazar la oferta, según sea el caso.
  5. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de Declaración de Miembros, de conformidad a estándar debidamente firmado en su oferta y cotejará los datos con las personas físicas inhabilitadas que constan en el registro de “Sanciones a Proveedores” del SICP a fin de detectar si directores, gerentes, socios gerentes, quienes ejerzan la administración, accionistas, cuotapartistas o propietarios se hallan comprendidos en el presupuesto del inciso m) y n) del artículo 40 de la Ley Nº 2051/03, modificado por Ley Nº 6716/2021.

           El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente.

  1. Si el Comité confirma que el oferente o sus integrantes poseen impedimentos, la oferta será rechazada y se remitirán los antecedentes a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP) para los fines pertinentes.

Análisis de precios ofertados

Durante la evaluación de ofertas, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme a los siguientes parámetros:

1. En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.

Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.

El análisis de los precios, con esta metodología,será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.

Certificado de Producto y Empleo Nacional - CPS

A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de presentación de ofertas.

La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio.

El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional.

Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios.

a) Consorcios:

a.1. Provisión de Bienes

El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo.

a.2. Provisión de Servicios (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas).

Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.

Excepcionalmente se admitirá que no todos los integrantes del consorcio cuenten con el CPEN para aplicar el margen de preferencia, cuando el servicio específico se encuentre detallado en uno de los ítems de la planilla de precios, y de los documentos del consorcio (acuerdo de intención o consorcio constituido) se desprenda que el integrante del consorcio que cuenta con el CPEN será el responsable de ejecutar el servicio licitado.

Margen de preferencia local - CPS

Para contrataciones realizadas por Unidades Operativas que se encuentren conformadas dentro de un municipio o departamento se deberá considerar que, si la oferta evaluada como la más baja pertenece a una firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante, ésta será comparada con la oferta más baja de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio de la convocante, agregándole al precio total de la oferta propuesta por la primera una suma del diez por ciento (10%) del precio. Si en dicha comparación adicional la oferta de la firma u empresa domiciliada dentro del territorio departamental de la convocante resultare ser la más baja, se la seleccionará para la adjudicación; en caso contrario se seleccionará la oferta de servicios de la firma u empresa domiciliada fuera del territorio departamental de la convocante.

En el caso de que el oferente, sea de la zona y además cuente con margen de preferencia, se le aplicará únicamente el margen de este último.

Las convocantes deberán acogerse a las condiciones específicas para la aplicación del Margen de Preferencia Local establecidas en la reglamentación emitida por la DNCP.

 

Requisitos documentales para evaluación de las condiciones de participación

1. Formulario de Oferta (*)

[El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.]

2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*)

La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de una garantía bancaria o póliza de seguro de caución.

3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social. (**)

4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar. (**)

5. Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados según los incisos a) y b) del numeral 2 del art. 1 de la Ley N° 6355/19.(**)
6. Declaración Jurada de Declaración de Miembros,  de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios  (**)
7.Certificado de Cumplimiento Tributario. (**)
8. Patente Comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente. (**)

9. Documentos legales 

9.1. Oferentes Individuales. Personas Físicas.

  •  Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del firmante de la oferta.(*)
  •  Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes - RUC. (*)
  • En el caso que suscriba la oferta otra persona en su representación, deberá acompañar una fotocopia simple de su cédula de identidad y una fotocopia simple del poder suficiente otorgado por Escritura Pública para presentar la oferta y representarlo en los actos de la licitación. No es necesario que el poder esté inscripto en el Registro de Poderes. (*)

9.2. Oferentes Individuales. Personas Jurídicas.

  • Fotocopia simple de los documentos que acrediten la existencia legal de la persona jurídica tales como la Escritura Pública de Constitución y protocolización de los Estatutos Sociales. Los estatutos deberán estar inscriptos en la Sección Personas Jurídicas de la Dirección de Registros Públicos. (*)
  • Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes y fotocopia simple de los Documentos de Identidad de los representantes o apoderados de la sociedad.
  • Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al oferente. Estos documentos pueden consistir en: un poder suficiente otorgado por Escritura Pública (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o los documentos societarios que justifiquen la representación del firmante, tales como las actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. (*)

9.3. Oferentes en Consorcio.

  1. Cada integrante del consorcio que sea una persona física domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales especificados en el apartado Oferentes individuales. Personas Físicas. Cada integrante del consorcio que sea una persona jurídica domiciliada en Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales Personas Jurídicas. (*)
  1. Original o fotocopia del consorcio constituido o del acuerdo de intención de constituir el consorcio por escritura pública en caso de resultar adjudicados y antes de la firma del contrato. Las formalidades de los acuerdos de intención y de los consorcios serán determinadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP). (*)
  1. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades de los firmantes del acuerdo de intención de consorciarse. Estos documentos pueden consistir en (*):
  • Un poder suficiente otorgado por escritura pública por cada miembro del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
  • Los documentos societarios de cada miembro del consorcio, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

       4. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio, cuando se haya formalizado el consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*):

  • Un poder suficiente otorgado por escritura pública por la Empresa Líder del consorcio (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o
  • Los documentos societarios de la Empresa Líder, que justifiquen la representación del firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.

Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta.

Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas. 

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

PARA CONTRIBUYENTES IRE GENERAL / IRACIS

  1. Ratio de Liquidez Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente

              Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los 5 últimos años (*)

  1. Endeudamiento: pasivo total / activo total

          No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en los 5 últimos años (*)

  1. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital El promedio en los últimos 5 años (*), no deberá ser negativo

          (*) 2018, 2019, 2020, 2021, 2022.

Los Oferentes individuales, y en caso de Consorcio cada Integrante, deberán cumplir con las ratios señaladas.

  1. Capital Operativo (Activo Corriente - Pasivo Corriente): El oferente deberá poseer un capital positivo el cual deberá ser corroborado en el último balance.

En caso de Consorcios, al menos uno de los integrantes deberá acreditar el cumplimiento de este requisito.

PARA CONTRIBUYENTES DE IRE SIMPLE/IRPC, deberán cumplir el siguiente parámetro:

Eficiencia: (Ingreso/Egreso).  Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, de los ejercicios fiscales requeridos.  2018, 2019, 2020, 2021 y 2022.

Solvencia (Ingreso menos Egreso): El oferente deberá poseer un capital positivo

               En caso de Consorcios, al menos uno de los integrantes deberá acreditar el cumplimiento de este requisito.

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

 Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:

  1. Para contribuyentes de IRE General: formulario Nº 158 de estados financieros y sus anexos (1 al 5) y el Formulario Nº 101 y N° 500 Normalizados extraídos del sistema Marangatu, según correspondencia de años de los ejercicios 2018, 2019, 2020, 2021, 2022.
  1. Para contribuyentes IRE Simple: Formulario Nº 106 y N° 501 normalizados extraídos del sistema Marangatu de los ejercicios 2018, 2019, 2020, 2021, 2022.

Experiencia requerida

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

 

 

  1. Se estudiará la antigüedad en el ramo (fecha de Certificado de Registro y autorización del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, art. 245 de la ley 836/80 Código Sanitario). La antigüedad mínima requerida en la prestación de servicios de medicina prepaga deberá ser de 10 (diez) años.
  2. El oferente deberá demostrar experiencia en prestación de servicios de medicina prepaga con facturaciones de venta y/o recepciones finales a instituciones públicas y/o privadas, de los últimos 3 (tres) años (2020, 2021 y 2022), cuya sumatoria sea equivalente o superior al 50% del monto total ofertado en la presente licitación.
  3. El oferente deberá presentar como mínimo 3 (tres) constancias emitidas por empresas y/o instituciones públicas y/o privadas, que avalen el buen desempeño de los servicios prestados de la empresa oferente en la prestación de sus servicios.
  4. Para consorcios: en cuanto a los requisitos de carácter técnico, del ítem A y C deberá ser cumplido por el líder del consorcio. El ítem B podrá ser cumplido en forma global en la sumatoria de los integrantes del consorcio

Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia

 Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

1. Copia de facturaciones y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida.

2. Copia del Certificado de habilitación para operar en el rubro de medicina prepaga emitido por la autoridad sanitaria competente que avale la antigüedad mínima de 10 años.

Capacidad Técnica

El Oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

  1. Autorización y habilitación actualizada de la Superintendencia de Salud (SUPSALUD) del MSP y BS, para funcionar en el ramo de la prestación de servicios de medicina prepaga (Entidades prestadoras de servicios de salud al día con sus obligaciones). En caso de consorcios, al menos uno los integrantes del mismo deberán cumplir con este requisito
  2. Declaración Jurada por la cual los oferentes manifiestan contar con infraestructura propia o de terceros para la prestación de los servicios: salas de internación, quirófanos, U.T.I. para niños y adultos, consultorios, otras dependencias médicas que posea, oficinas administrativas con sus respectivos números telefónicos, plantel propio de médicos y otros profesionales a su servicio con indicaciones de sus especialidades, consultorios y teléfonos.
  3. Listado actualizado de Sanatorios, Centros médicos (asistenciales), centros de estudios de diagnósticos, medicina por imágenes, laboratorios y urgencias, habilitados por el MSP y BS, y/o comprobante - ingreso de expediente de trámite de renovación de apertura, y ofrecidos por el proveedor, presentados en carácter de Declaración Jurada (con direcciones y números telefónicos). Se deberán indicar las categorizaciones (conforme SUPSALUD) para los centros asistenciales con internación.
  4. Listado de plantel de profesionales médicos adheridos al oferente (prestadora), conforme a lo requerido en el PBC para cada especialidad propuesta (con indicaciones de sus nombres, apellidos, especialidades, dirección/es y números telefónicos; presentados en carácter de Declaración Jurada.
  5. Listado de farmacias con convenio con el oferente al menos 1 cadena- ubicadas dentro de Asunción y Gran Asunción, periferias y/o interior del país; las cuales aplicarán el descuento en medicamentos nacionales e importados para los asegurados, conforme a lo indicado en la Sección respectiva. Las farmacias deberán estar debidamente habilitadas por el MSP y BS. En caso de Consorcios, los integrantes podrán cumplir estos requisitos conjuntamente, debiendo suscribir necesariamente la documentación solicitada el/los firmantes/s autorizado/s para el efecto.
  6. También se deberá indicar listado de Servicio de Ambulancia, con todos los datos correspondientes.

La convocante se reserva el derecho de solicitar las habilitaciones y/o comprobante - ingreso de expediente de trámite de renovación de apertura al momento de la evaluación de las ofertas presentadas por los oferentes.

Observación: en caso de consorcios, todos los integrantes del consorcio deberán cumplir con los requisitos legales en su totalidad como ser: obligaciones tributarias, laborales, de seguridad social, y las específicas para el cumplimiento de los bienes licitados.

Requisito documental para evaluar la capacidad técnica

Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:

  1. Autorización y Habilitación actualizada de la Superintendencia de Salud (SUPSALUD) del MSP y BS.
  1. Declaración Jurada de lo descripto en el apartado b);
  1. Listado de lo descripto en los apartados c); d); e) y f).

Otros criterios que la convocante requiera

Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:

  • Dentro de los criterios de evaluación además de lo descrito en este apartado, será considerado lo establecido en las Especificaciones Técnicas, que los mismos se ajusten a los bienes y/o servicios requeridos en este llamado.
  • La evaluación de las ofertas se realizará cotejando la cobertura ofrecida con la cobertura solicitada en el PBC, así como también la presentación del listado de profesionales, lista cuantificada de sanatorios habilitados y los servicios conexos adicionales ofrecidos por la oferente sin costo para los beneficiarios.
  • El Comité de Evaluación durante el proceso de estudio y análisis de las ofertas, podrá realizar una verificación IN SITU de las instalaciones y servicios ofrecidos por el oferente. Se observarán: servicio médico sanatorial para adultos y niños, equipos en funcionamiento y sus respectivos contratos de mantenimiento de equipos que se encuentren vigentes al momento y que garantice el mantenimiento durante la vigencia del contrato.
  • Las evaluaciones técnicas se realizarán aplicando el sistema Cumple / No cumple.
  • Los servicios ofrecidos deben ser de acuerdo a las especificaciones solicitadas, y corresponder como mínimo a lo solicitado en el presente Pliego de Bases y Condiciones

Criterios de desempate de ofertas

En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del llamado, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.