La Descripción del bien, servicio u obra a ser adquirido será conforme se establece en las bases:
El criterio de evaluación ha ser utilizado en el presente procedimiento de contratación será:
Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.
Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS". |
En los casos de procedimientos de contratación de carácter nacional podrán participar las sucursales de las matrices internacionales constituidas en la República del Paraguay. Solo serán admitidas como criterios de adjudicación las capacidades, experiencia y aptitudes de la sucursal recabadas desde su constitución, sin admitirse la utilización de las cualidades de la casa matriz u otras filiales o sucursales.
Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de ofertas, la declaración jurada de no estar comprendido en las prohibiciones y limitaciones para presentar propuesta y contratar, y además las constancias de registro de estructura jurídica y de beneficiarios finales.
Verificará los registros del personal de la convocante para detectar si el oferente o sus representantes, se hallan comprendidos en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22.
Verificará por los medios disponibles, si el oferente y los demás sujetos individualizados en las prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos, aparecen en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL.
Si se constatara que alguno de las personas mencionadas en el párrafo anterior figura en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL, el comité analizará
acabadamente si tal situación le impedirá ejecutar el contrato, exponiendo los motivos para aceptar o rechazar la oferta, según sea el caso.
Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de Declaración de Personas, debidamente firmado, conforme a los estándares establecidos, y cotejará los datos con las personas físicas inhabilitadas que constan en el registro de Sanciones a Proveedores del SICP. Con el objeto de verificar si los directores, gerentes, socios gerentes, quienes ejerzan la administración, accionistas, cuotapartistas o propietarios se encuentren dentro de los criterios contemplados en los incisos g), h), i), y j) de la Ley 7021/22.
El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente y las obrantes en el registro de inhabilitados de la DNCP.
Si el Comité confirma que el oferente o sus integrantes poseen impedimentos en virtud a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 7021/22, la oferta será rechazada y se remitirán los antecedentes a la DNCP para los fines pertinentes.
Basada únicamente en precios.
Se debenestablecer los criterios de evaluación que serán aplicados al principio de valor por dinero, indicando por cada criterio la siguiente información: No aplica.
Criterio |
Parámetros de evaluación |
Requisitos de acreditación |
Valor por atributo |
Tipo de valor |
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La ponderación de cada criterio de evaluación especificado en la cláusula anterior será el siguiente: No aplica.
Criterio |
Porcentaje de ponderación |
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La evaluación de ofertas con el criterio basado únicamente en precio, luego de haber realizado la corrección de errores aritméticos y de ordenar las ofertas presentadas de menor a mayor, el Comité de Evaluación procederá a solicitar a los oferentes una explicación detallada de la composición del precio ofertado de cada ítem, rubro o partida adjudicable, conforme al siguiente parámetro:
En contrataciones en general: cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 25% para ofertas por debajo del precio referencial y del 15% para ofertas que se encuentren por encima del referencial establecido por la convocante y difundido con el llamado a contratación.
Si el oferente no respondiese la solicitud, o la respuesta no sea suficiente para justificar el precio ofertado del bien o servicio, el precio será declarado inaceptable y la oferta rechazada.
El análisis de los precios, con esta metodología, será aplicado a cada ítem, rubro o partida que componga la oferta y en cada caso deberá ser debidamente fundada la decisión adoptada por la Convocante en el ejercicio de su facultad discrecional.
Para la evaluación de ofertas basada en la multiplicidad de criterios, en cuanto al análisis del precio se podrá considerar el parámetro dispuesto en el presente apartado.
La estructura mínima del desglose de composición de los precios, será:
Costo Impuesto Costo operativo Gasto Administrativo Utilidad Total
El oferente podrá presentar junto con su oferta el desglose de composición de precios, cuando su oferta se encuentre fuera de los parámetros establecidos en la cláusula anterior.
En los procedimientos de contratación de carácter internacional, las convocantes otorgarán el beneficio de margen de preferencia del 10% (diez por ciento), a las ofertas que incorporen:
Para el otorgamiento del beneficio, los Oferentes deberán acreditar como mínimo el porcentaje de contenido nacional establecido en la reglamentación vigente en la materia.
1. Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, generados electrónicamente a través del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente.En caso de que se emplee el módulo de oferta electrónica se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.] |
2. Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) [La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma de Declaracion Jurada (5%) del monto total de la oferta. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social(**) |
4. Certificado de Producto y Empleo Nacional, emitido por el MIC, en caso de contar.(**) |
5. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**) |
6. Patente comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento principal del oferente.(**) |
7. Declaración Jurada de Declaración de Personas, de conformidad con el formulario estándar Sección Formularios(**) |
8. Documentos legales. Oferentes |
8.1.Personas Físicas. |
i. Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del firmante de la oferta. (*) |
ii. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes RUC(*) |
iii. En el caso que suscriba la oferta otra persona en su representación, deberá acompañar una fotocopia simple de su cédula de identidad y una fotocopia simple del poder suficiente otorgado por Escritura Pública para presentar la oferta y representarlo en los actos de la licitación. No es necesario que el poder esté inscripto en el Registro de Poderes.(*) |
8.2. Personas Jurídicas. |
a) Fotocopia simple de los documentos que acrediten la existencia legal de la persona jurídica tales como la Escritura Pública de Constitución y protocolización de los Estatutos Sociales. Los estatutos deberán estar inscriptos en la Sección Personas Jurídicas de la Dirección de Registros Públicos.(*) |
b) Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes. |
c) Fotocopia simple de los documentos de identidad de los representantes o apoderados de la sociedad. |
d) Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al oferente. Estos documentos pueden consistir en: un poder suficiente otorgado por Escritura Pública (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o los documentos societarios que justifiquen la representación del firmante, tales como las actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas.(*) |
8.3. Oferentes en Consorcio. |
a) Cada integrante del consorcio que sea una persona física domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales especificados en el apartado Oferentes Individuales. Personas Físicas. Cada integrante del consorcio que sea una persona jurídica domiciliada en Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales Personas Jurídicas. (*) |
b) Original o fotocopia del consorcio constituido o del acuerdo de intención de constituir el consorcio por escritura pública en caso de resultar adjudicados y antes de la firma del contrato. Las formalidades de los acuerdos de intención y de los consorcios serán determinadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP).(*) |
firmante, tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. |
tales como actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. |
En caso de que los procedimientos no sean por el módulo de oferta electrónica, el oferente deberá presentar el Formulario de Oferta y la Planilla de precio, para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta
Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.
Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas..
Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente. Deberá ser igual o mayor que 1 en promedio, en los años: 2021, 2022 y 2023.
Rentabilidad: Utilidad después de impuestos / Capital
Resultado en número entero (cociente) en promedio no deberá ser inferior a 1,0 en los años: 2021, 2022 y 2023.
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años: 2021, 2022 y 2023.
Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años: 2021, 2022 y 2023.
Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en los años: 2021, 2022 y 2023.
Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
a) Balance General correspondiente a los ejercicios fiscales: 2021-2022-2023 |
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Demostrar la experiencia en comercialización de materiales de construcción y herramientas menores con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 25 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: tres últimos años.(2021, 2022 y 2023).
1. Copia de facturaciones y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida. |
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
- El oferente debe de contar con capacidad de transporte para el buen cumplimiento del contrato hasta la entrega de los mismos.
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
a) Declaración jurada de poseer vehículo habilitado para transporte de los bienes solicitados. |
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en esta contratación serán: no aplica.
Con el objeto de realizar la revisión, evaluación, comparación y posterior calificación de ofertas, el Comité de Evaluación podrá solicitar a los oferentes, aclaraciones respecto de sus ofertas, dichas solicitudes y las respuestas de los oferentes se realizarán por escrito.
A los efectos de confirmar la información o documentación suministrada por el oferente, el Comité de Evaluación, podrá solicitar aclaraciones a cualquier fuente pública o privada de información.
Las aclaraciones de los oferentes que no sean en respuesta a aquellas solicitadas por la convocante, no serán consideradas.
No se solicitará, ofrecerá, ni permitirá ninguna modificación a los precios ni a la sustancia de la oferta, excepto para confirmar la corrección de errores aritmético.
Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta.
A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad.
Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación:
Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados.
En caso de que existan dos o más oferentes solventes que cumplan con todos los requisitos establecidos en el pliego de bases y condiciones del procedimiento de contratación, igualen en precio y sean sus ofertas las más bajas, el comité de evaluación determinará cuál de ellas es la mejor calificada para ejecutar el contrato utilizando los criterios dispuestos para el efecto por la DNCP en la reglamentación pertinente.
De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.
La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación.
En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero.
En los demás casos, la convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente.
o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos.
En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación.
Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación.
En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto.
La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante.
Una vez notificado el resultado del proceso, el oferente tendrá la facultad de solicitar una audiencia a fin de que la convocante explique los fundamentos que motivan su decisión.
La solicitud de audiencia informativa no suspenderá ni interrumpirá el plazo para la interposición de protestas.
El procedimiento de realización de la misma deberá ajustarse a las reglamentaciones vigentes para el efecto.
Los plazos y condiciones establecidos para la ejecución contractual serán los siguientes:
Se formalizará esta contratación mediante: contrato
Luego de la notificación de adjudicación, el proveedor deberá presentar en el plazo establecido en las reglamentaciones vigentes, los documentos indicados en el presente apartado.
La convocante deberá requerir la presentación de los certificados, de conformidad al numeral 1.1, al oferente que resultare adjudicado, con anterioridad a la firma del contrato. Si el oferente no presentare dichos certificados o realizare una declaración jurada falsa, la adjudicación será revocada, la garantía de mantenimiento de oferta será ejecutada y los antecedentes serán remitidos a la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas.
El porcentaje permitido para la subcontratación será de: no aplica.
La subcontratación del contrato deberá ser realizada conforme a las disposiciones contenidas en la Ley, el Decreto Reglamentario y la reglamentación que emita para el efecto la DNCP.
La instalación de los bienes por el proveedor o el uso de los bienes en la República del Paraguay; y La venta de los productos producidos por los bienes en cualquier país.
Dicha indemnización no procederá si los bienes o una parte de ellos fuesen utilizados para fines no previstos en el contrato o para fines que no pudieran inferirse razonablemente del contrato. La indemnización tampoco cubrirá cualquier transgresión que resultará del uso de los bienes o parte de ellos, o de cualquier producto producido como resultado de asociación o combinación con otro equipo, planta o materiales no suministrados por el proveedor en virtud del contrato.
La responsabilidad por el transporte de los bienes será según se establece en los Incoterms.
Si no está de acuerdo con los Incoterms, la responsabilidad por el transporte deberá ser como sigue: no aplica.
reservado, debiendo precisar la norma legal que la establece como secreta o de carácter reservado, de conformidad a lo estipulado en la Ley N° 5282/14 ‘’DE LIBRE ACCESO CIUDADANO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y TRANSPARENCIA GUBERNAMENTAL’’. Cuando se trate de dos sobres, la confidencialidad de la primera etapa será hasta la emisión del acto administrativo de selección de ofertas técnicas, reanudándose la confidencialidad después de la apertura en público de las ofertas económicas hasta la emisión de la resolución de adjudicación.
La contratante o el proveedor requieran compartir con otras instituciones que participan en el financiamiento del contrato,
Actualmente o en el futuro se hace de dominio público sin culpa de ninguna de las partes,
Puede comprobarse que estaba en posesión de esa parte en el momento que fue divulgada y no fue previamente obtenida directa o indirectamente de la otra parte, o
Que de otra manera fue legalmente puesta a la disponibilidad de esa parte por un tercero que no tenía obligación de confidencialidad.
en el Formulario de Identificación de Servicios Personales (FIS), a través del Registro del Proveedor del Estado.
El Porcentaje de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato es de: 10 %
La garantía adoptará alguna de las siguientes formas: Garantía bancaria o Póliza de Seguros.
El plazo de vigencia de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato será de: 120 días corridos contados desde la fecha de suscripción del contrato.
Si la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, se realizare en un plazo menor o igual a diez (10) días calendario posteriores a la firma del contrato, la garantía de fiel cumplimiento deberá ser entregada antes del cumplimiento de la prestación.
Una vez cumplidas las obligaciones por parte del proveedor o contratista, la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato podrá ser liberada y devuelta al proveedor, a requerimiento de parte, dentro de los treinta (30) días contados a partir de la fecha de cumplimiento de las obligaciones, incluyendo cualquier obligación relativa a la garantía de los bienes y/o servicios.
Las cantidades requeridas para esta contratación serán:
Ítem | Código Catálogo | Descripción del Bien | Unidad de Medida | Cantidad |
1 | 30111601-004 | Cemento Portland de T1 de 50 kg. Cemento portland normal, compuesto o puzolánico en bolsas de 50 kg. Y cumplir normas del INTN. | Unidad | 200 |
2 | 11111501-004 | Piedra triturada de 4ta, tipo basáltica limpia sin impurezas. | tonelada | 120 |
3 | 30102403-001 | Varilla de hierro conformada diámetro 6mm, largo 12m. | Unidad | 100 |
4 | 30102403-001 | Varilla de hierro conformada diámetro 8mm, largo 12m. | Unidad | 100 |
Las condiciones y plazos de pago serán las siguientes:
Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:Haga clic aquí para escribir texto. los pagos se realizarán contraentrega, dentro de los 01 días de haber presentado cada solicitud de pago y acompañado de los documentos requeridos.
El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:
(60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.
Si la mora en el pago por parte de la contratante fuere superior a sesenta (60) días, el proveedor, consultor o contratista, tendrá derecho a solicitar por escrito la suspensión de la ejecución del contrato por causas imputables a la contratante.
La solicitud deberá ser respondida por la contratante dentro de los 10 (diez) días hábiles de haber recibido por escrito el requerimiento. Pasado dicho plazo sin respuesta se considerará denegado el pedido, con lo que se agota la instancia administrativa quedando expedita la vía contencioso administrativa.
Si la demora en el pago fuese superior a ciento veinte (120) días calendario, el proveedor, consultor o contratista podrá proceder a la suspensión del cumplimiento del contrato, debiendo comunicar a la contratante con un mes de antelación tal circunstancia, a efectos del reconocimiento de los derechos que
puedan derivarse de dicha suspensión, en los términos establecidos en la Ley. En este supuesto, el pago total de lo adeudado por la contratante determinará la continuidad del cumplimiento del contrato.
Se otorgará anticipo MIPYMES:Deberá establecer SI o NO, según corresponda. No Aplica
El plazo dentro del cual se solicitará el anticipo será (en días corridos) de: no aplica.
Los recursos entregados en calidad de anticipo no podrán destinarse a fines distintos a los relacionados con el objeto del contrato.
El proveedor, consultor o contratista que reciba pagos en concepto de anticipo estará obligado a informar a la contratante sobre el destino y la forma de aplicación del mismo, que en todos los casos estará relacionado al efectivo cumplimiento del contrato.
En caso de extensión de la Garantía de Anticipo, la misma deberá cubrir el saldo pendiente de amortización.
La forma de instrumentación de la Garantía de Anticipo será:Haga clic aquí para escribir texto. No aplica.
El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes: .
El precio del contrato estará sujeto a reajustes.
La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes:
El precio del contrato será reajustable, hasta la fecha de entrega, únicamente si existe una variación sustancial de precios en
la economía nacional y ésta se vea reflejada en el índice de Precios de Consumo (IPC) publicado por el Banco Central del Paraguay, en valor igual o mayor al quince por ciento (15%), sobre la inflación oficial esperada para el mismo periodo.
Pr = Po + Po. (nr - ne) Pr= Precio Reajustado
Po= Precio Inicial o Precio Adjudicado
Nr= Índice de Precios de Consumo, correspondiente al mes de la entrega de suministro Ne=Índice de Precios de Consumo, correspondiente al mes de la Apertura
El reajuste solo será aplicado a solicitud del proveedor quien deberá solicitar por escrito a la contratante adjuntando los respaldos que justifiquen el porcentaje de la alteración de costos relacionados al servicio que presta.
El plazo máximo para la presentación de la solicitud de reajuste es hasta la presentación de la factura.
No se reconocerá ningún reajuste de precios si la provisión adjudicada se encontrare con atrasos respecto al plazo de ejecución establecido; o si la contratante haya constatado fehacientemente que el proveedor se encuentra en situación de incumplimiento respecto de sus obligaciones patronales con la seguridad social.
La variación del valor del contrato por reajuste de precios, no constituye modificación del contrato en los términos de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’, sin embargo, deberá contar con un Código de Contratación, para cuya obtención se deberá cumplir con los requerimientos establecidos por la DNCP.
El valor del porcentaje de multas que será aplicado por el atraso en la entrega de los bienes, prestación de servicios será de: 0,05% por cada día corrido de atraso en la provisión.
La contratante podrá deducir en concepto de multas una suma equivalente al porcentaje del precio de entrega de los bienes atrasados, por cada día de atraso indicado en este apartado.
La aplicación de multas no libera al proveedor del cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
En caso de que la contratante incurriera en mora en los pagos, se aplicará una tasa de interés por cada día de atraso, del: 0,05%.
La mora será computada a partir del día siguiente del vencimiento del pago y no incluye el día en el que la contratante realiza el pago.
Si la contratante no efectuara cualquiera de los pagos al proveedor en las fechas de vencimiento correspondiente o dentro del plazo establecido en la presente cláusula, la contratante pagará al proveedor interés sobre los montos de los pagos morosos a la tasa establecida en este apartado, por el período de la demora hasta que haya efectuado el pago completo, ya sea antes o después de cualquier juicio.
Si la mora fuera superior a 60 días, el proveedor, consultor o contratista tendrá derecho a la suspensión del contrato, por motivos que no le serán imputables, previa comunicación a la contratante, de acuerdo a lo establecido en el artículo 66 de la Ley N° 7021/22.
En el caso de bienes de origen extranjero, el proveedor será totalmente responsable del pago de todos los impuestos, derechos, gravámenes, timbres, comisiones por licencias y otros cargos similares que sean exigibles fuera y dentro de la República del Paraguay, hasta el momento en que los bienes contratados sean entregados al contratante.
En el caso de origen nacional, el proveedor será totalmente responsable por todos los impuestos, gravámenes, comisiones por licencias y otros cargos similares incurridos hasta el momento en que los bienes contratados sean entregados a la contratante.
El proveedor será responsable del pago de todos los impuestos y otros tributos o gravámenes con excepción de los siguientes:Haga clic aquí para escribir texto.todos, sin excepciones.
La contratante podrá acordar modificaciones al contrato conforme al artículo N° 67 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’.
Excepto en casos de negligencia grave o actuación de mala fe, el proveedor no tendrá ninguna responsabilidad contractual de agravio o de otra índole frente a la contratante por pérdidas o daños indirectos o consiguientes, pérdidas de utilización, pérdidas de producción, o pérdidas de ganancias o por costo de intereses, estipulándose que esta exclusión no se aplicará a ninguna de las obligaciones del proveedor de pagar a la contratante las multas previstas en el contrato.
El proveedor deberá suministrar todos los bienes o servicios de acuerdo con las condiciones establecidas en el pliego de bases y condiciones, sin perjuicio de las responsabilidades establecidas en la Ley N° 7021/22.
El proveedor no estará sujeto a la ejecución de su Garantía de Cumplimiento, liquidación por daños y perjuicios o terminación por incumplimiento en la medida en que la demora o el incumplimiento de sus obligaciones en virtud del contrato sea el resultado de un evento de Fuerza Mayor.
Para fines de esta cláusula, "Fuerza Mayor" significa un evento o situación fuera del control del proveedor que es imprevisible, inevitable y no se origina por descuido o negligencia del mismo. Tales eventos pueden incluir sin que éstos sean los únicos actos de la autoridad en su capacidad soberana, guerras o revoluciones, incendios, inundaciones, epidemias, pandemias, restricciones de cuarentena, y embargos de cargamentos.
El proveedor deberá demostrar el nexo existente entre el caso notorio y la obligación pendiente de cumplimiento. La fuerza mayor solamente podrá afectar a la parte del contrato cuyo cumplimiento imposible fue probado.
No se considerarán casos de Fuerza Mayor los actos o acontecimientos que hagan el cumplimiento de una obligación únicamente más difícil o más onerosa para la parte correspondiente.
Si se presentara un evento de Fuerza Mayor, el proveedor notificará por escrito a la contratante sobre dicha condición y causa, en el plazo de siete (7) días calendario a partir del día siguiente en que el proveedor haya tenido conocimiento del evento o debiera haber tenido conocimiento del evento. Transcurrido el mencionado plazo, sin que el proveedor o contratista haya notificado a la convocante la situación que le impide cumplir con las condiciones contractuales, no podrá invocar caso fortuito o fuerza mayor. Excepcionalmente, la convocante bajo su responsabilidad, podrá aceptar la notificación del evento de caso fortuito en un plazo mayor, debiendo acreditar el interés público comprometido.
La fuerza mayor debe ser invocada con posterioridad a la suscripción del contrato y con anterioridad al vencimiento del plazo de cumplimiento de las obligaciones contractuales.
A menos que la contratante disponga otra cosa por escrito, el proveedor continuará cumpliendo con sus obligaciones en virtud del contrato en la medida que sea razonablemente práctico, y buscará todos los medios alternativos de cumplimiento que no estuviesen afectados por la situación de fuerza mayor existente.
La contratante podrá terminar el contrato mediante comunicación por escrito al proveedor si éste se declarase en quiebra o en estado de insolvencia.
-Que se complete alguna porción y se entregue de acuerdo con las condiciones y precios del contrato; y/o
-Que se cancele la entrega restante y se pague al proveedor una suma convenida por aquellos bienes que hubiesen sido parcialmente completados y por los materiales y repuestos adquiridos previamente por el proveedor.
Se podrán establecer otras causales de terminación de contrato, de acuerdo a su naturaleza, y se deberán tener en cuenta, además, las previstas en el artículo 72 y concordantes de la Ley N° 7021/22.
Además de las ya indicadas en la cláusula anterior, otras causales de terminación de contrato son: no aplican otras causas aparte de las ya indicadas.
Fraude y corrupción comprenden actos como:
‘’Los contratistas, proveedores, consultores y contratantes, podrán solicitar la intervención de la Dirección
Nacional de Contrataciones Públicas alegando el incumplimiento de los términos y condiciones pactados o |
controversias legales o técnicas en los contratos regidos por la Ley N° 7021/22. Una vez recibida la solicitud |
respectiva, dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes a la fecha de su recepción, la Dirección Nacional |
de Contrataciones Públicas señalará día y hora para audiencia de avenimiento a la que serán citadas las |
partes. Los requisitos y formalidades para admitir o rechazar la solicitud de intervención, así como los demás |
trámites del procedimiento de avenimiento serán dispuestos en la reglamentación. Serán aplicables al |
procedimiento de Avenimiento las disposiciones contenidas en la sección I del Capítulo XVI ‘’PROCEDIMIENTOS JURIDICOS SUSTANCIADOS ANTE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS’’ de la Ley N° 7021/22.
El procedimiento de Mediación se podrá llevar a cabo ante:Deberá establecer El Poder Judicial o El Centro de Arbitraje y Mediación del Paraguay, según corresponda. No aplica.
El mediador deberá pertenecer a las Listas del Poder Judicial o del CAMP, según la selección de sede establecida.
Todas las controversias que deriven del presente contrato o que guarden relación con éste y sean susceptibles de transacción o conciliación, podrán ser resueltas por mediación, conforme con las disposiciones de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’, de la Ley N° 1879/02 ‘’De Arbitraje y Mediación’’ y las condiciones del contrato. El proceso será presidido mediante la asistencia de un tercero neutral, denominado mediador, de conformidad a la sede establecida. Se aplicará el reglamento respectivo y demás disposiciones que regulen dicho procedimiento al momento de ser requerido, declarando las partes conocer y aceptar los vigentes, incluso en orden a su régimen de gastos y costas, considerándolos parte integrante del presente contrato. Para la ejecución del acta de Mediación, o para dirimir cuestiones que no sean arbitrables, las partes se someterán a la jurisdicción de los tribunales de la ciudad de Asunción, República del Paraguay.
El procedimiento arbitral se podrá llevar a cabo ante las sedes del Centro de Arbitraje y Mediación del Paraguay (en adelante, "CAMP"). El tribunal será conformado por:Deberá establecer Árbitro único o Tribunal Colegiado, según corresponda. No aplica.
El o los árbitros designados deberán pertenecer a la lista del cuerpo arbitral del CAMP, que decidirá conforme a derecho, siendo el laudo definitivo y vinculante para las partes.
Todas las controversias que deriven del presente contrato o que guarden relación con éste serán resueltas definitivamente por arbitraje, conforme con las disposiciones de la Ley Nº 7021/22 "De Suministro y Contrataciones Públicas", de la Ley Nº 1879/02 "De arbitraje y mediación" y las condiciones del Contrato. Se aplicará el reglamento respectivo y demás disposiciones que regule dicho procedimiento al momento de ser requerido, declarando las partes conocer y aceptar los vigentes, incluso en orden a su régimen de gastos y costas, considerándolos parte integrante del presente contrato. Para la ejecución del laudo arbitral, o para
dirimir cuestiones que no sean arbitrables, las partes se someterán a la jurisdicción de los tribunales de la ciudad de Asunción, República del Paraguay".
FORMULARIO Nº 1
AUTORIZACIÓN DEL FABRICANTE, REPRESENTANTE O DISTRIBUIDOR
NO APLICA
[El Oferente solicitará al Fabricante, Representante o Distribuidor que complete este formulario de acuerdo con las instrucciones indicadas. Esta carta de autorización deberá estar escrita en papel membrete del otorgante y deberá estar firmado por la persona debidamente autorizada para firmar documentos que comprometan al Fabricante. El Oferente lo deberá incluir en su oferta, si así se establece en los DDL.].
[Este Formulario podrá ser reemplazado por la documentación que pruebe fehacientemente que el Oferente es Representante o Distribuidor de la marca del bien ofertado]
ID No.: [indicar el número del proceso licitatorio]
A: [indicar el nombre completo de la Convocante]
POR CUANTO
Nosotros [nombre completo del fabricante], como fabricantes oficiales de [indique el nombre de los bienes fabricados], con fábricas ubicadas en [indique la dirección completa de las fábricas] mediante el presente instrumento autorizamos a [indicar el nombre y dirección del Oferente] a presentar una oferta con el propósito de suministrar los siguientes bienes de fabricación nuestra [nombre y breve descripción de los bienes], y a posteriormente firmar el contrato.
Cuando existan servicios conexos como parte del contrato, reconocemos que [indique el nombre del Oferente] cuenta con la capacidad para llevarlos a cabo.
Por este medio extendemos nuestro aval y plena garantía, conforme a las bases y condiciones, respecto a los bienes ofrecidos por la firma antes mencionada.
Firma: [del(los) representante(s) autorizado(s) del fabricante]
Nombre: [indicar el nombre completo del representante autorizado del Fabricante]
Cargo: [indicar cargo]
Debidamente autorizado para firmar esta Autorización en nombre de: [nombre completo del Oferente]
Fechado en el día ______________ de __________________de 20__ [fecha de la firma]
FORMULARIO N° 2
FORMULARIO DE DECLARACIÓN JURADA DE MANTENIMIENTO DEOFERTAS
[El Oferente podrá utilizar este formulario para garantizar el mantenimiento de la oferta, cuando el procedimiento de menor cuantía sea inferior a 2.000 jornales mínimos, de conformidad a la reglamentación vigente.]
ID.:_______________________
A: _______________________________________________ [nombre completo de la Convocante]
Yo, quien suscribe, declaro bajo Fe de Juramento que he presentado oferta en representación de [nombre o razón social de la firma] para el procedimiento de contratación con número de ID___________, para el suministro de____________.
Asimismo, dejo constancia que con la presentación de mi oferta he contraído una obligación con (indicar la Convocante) por la suma de ______________________________, que pagaré a la misma en los siguientes casos:
a) Si retiro mi oferta durante el período de validez de la misma;
b) Si no acepto la corrección aritmética del precio de mi oferta;
c) Si en mi carácter de adjudicatario no procedo, por causa que me fuera imputable a:
d) Cuando se comprobare que las declaraciones juradas presentadas con mi oferta sean falsas; o
e) Si en mi carácter de adjudicatario no presentare las legalizaciones correspondientes, cuando éstas sean requeridas para la firma del contrato o para emitir la Orden de Compra.
Me obligo a pagar a la Convocante, hasta el monto arriba indicado, contra recibo de la primera solicitud por escrito por parte de la Convocante, sin que ésta tenga que justificar su demanda. El pago se condiciona a que la Convocante haga constar en su solicitud la suma adeudada en razón de que ha ocurrido por lo menos una de las condiciones antes señaladas, y de que indique expresamente las condiciones en que se hubiesen dado.
Esta garantía permanecerá en vigor durante el plazo indicado en las bases de la contratación, y toda reclamación pertinente deberá ser recibida por el Garante a más tardar en la fecha indicada.
Nombre ________________________
En calidad de____________________________
Firma __________________________________
Debidamente autorizado para firmar la garantía por y en nombre de ___________________
El día _______________________________ del mes de _________________ de ______.
FORMULARIO Nº 3
GARANTÍA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA
[Formulario a utilizarse exclusivamente cuando se instrumente por Garantía Bancaria]
ID No.:_______________________
A: _____________________________ [nombre completo de la Convocante]
POR LA PRESENTE dejamos constancia que [nombre del representante la entidad bancaria] ________________de ____ [nombre de la entidad bancaria]___________ con domicilio legal en __________________________________________________________ [en lo sucesivo denominado el Garante], hemos contraído una obligación con ________________________________ [en lo sucesivo denominado la Convocante] por la suma de ______________________________, que el Garante, sus sucesores o cesionarios pagarán a la Convocante, en el marco de la oferta presentada por: [nombre del oferente] para la _________________________ [indicar la descripción del llamado], en caso de que se dé alguna de las siguientes condiciones:
El Garante se obliga a pagar a la Convocante, hasta el monto arriba indicado, contra recibo de la primera solicitud por escrito por parte de la Convocante, sin que ésta tenga que justificar su demanda. El pago se condiciona a que la Convocante haga constar en su solicitud la suma que le es adeudada en razón de que ha ocurrido por lo menos una de las condiciones antes señaladas, y de que indique expresamente las condiciones que se hubiesen dado.
Esta garantía permanecerá en vigor durante el plazo indicado por la convocante en las bases y condiciones, y toda reclamación pertinente deberá ser recibida por el Garante a más tardar en la fecha indicada.
Firma ________________________
En calidad de____________________________
El día _______________________________ del mes de _________________ de ______.
FORMULARIO Nº 4
GARANTÍA DE ANTICIPO
NO APLICA
[Formulario a utilizarse exclusivamente cuando se instrumente por Garantía Bancaria]
ID No.: _________________
A: ____________________________________________[nombre completo de la Convocante]
De acuerdo con lo establecido en el Contrato, en relación con pagos de anticipos, _____________________________________________________ (en lo sucesivo denominado el Proveedor) suministrará a la Contratante una garantía _________________________, para asegurar el fiel cumplimiento de las obligaciones del Contrato, por la suma de ___________________________________________________.
Nosotros los suscritos ________________________________________________, de ________________________________________, con domicilio legal en _____________________________________ (en lo sucesivo denominado el Garante), en cumplimiento de instrucciones recibidas del Proveedor, nos obligamos incondicional e irrevocablemente a garantizar, en calidad de obligados principales y no como simple fiadores, a pagar a la Contratante, contra su solicitud y sin derecho a objeción alguna de nuestras partes y sin que la Contratante tenga que presentar primero una reclamación ante el Proveedor, una suma que no excederá de ___________________________________.
Esta garantía permanecerá válida y en pleno vigor desde la fecha en que el Proveedor reciba el anticipo en virtud del Contrato hasta el día __________ de _____________ de ________.
Nombre ________________________________
En calidad de____________________________
Firma __________________________________
Debidamente autorizado para firmar la garantía por y en nombre de__________________________
FORMULARIO Nº 5
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
[Formulario a utilizarse exclusivamente cuando se instrumente por Garantía Bancaria]
ID No.: _________________
A: ______________________________ [nombre completo de la Convocante]
POR CUANTO _____________________________________________ (en lo sucesivo denominado el Proveedor) se ha obligado, en virtud del Contrato Nº ________________ de fecha _________________________________ de ____________________ de _______ a suministrar ______________________________________________ (en lo sucesivo denominado el Contrato).
Y POR CUANTO se ha convenido en dicho Contrato que el Proveedor le suministrará una garantía ____________________ emitida a su favor por un garante de prestigio por la suma ahí establecida con el objeto de garantizar el fiel cumplimiento por parte del Proveedor de todas las obligaciones que le competen en virtud del Contrato.
Y POR CUANTO los suscritos ______________________________________________ de ______________________, con domicilio legal en ________________________________ _____________________________________, (en lo sucesivo denominados el Garante), hemos convenido en proporcionar al Proveedor una garantía en beneficio de la Contratante.
DECLARAMOS mediante la presente nuestra calidad de Garantes a nombre del Proveedor y a favor de la Contratante, por un monto máximo de _________________________ __________________________________________________ y nos obligamos a pagar a la Contratante, contra su solicitud escrita, en que se afirme que el Proveedor no ha cumplido con alguna obligación establecida en el Contrato, sin argumentaciones ni objeciones, cualquier suma o sumas dentro de los límites de __________________________, sin necesidad de que la Contratante pruebe o acredite la causa o razones que sustentan la reclamación de la suma o sumas indicadas.
Esta garantía es válida hasta el _______________del mes de ________________ de_____.
Nombre ________________________________
En calidad de ___________________________
Firma __________________________________
Debidamente autorizado para firmar la garantía por y en nombre de: [nombre completo del Oferente]
FORMULARIO Nº 6
FORMULARIO DE DECLARACIÓN DE PERSONAS
ID No.: [indicar el número del proceso licitatorio]
A: [indicar el nombre completo de la Convocante]
En nombre y representación del titular de la cuenta del Registro de Proveedores del Estado, conociendo y aceptando lo dispuesto por la Ley 7021/22, el Decreto Reglamentario N° 9823/23 y las resoluciones reglamentarias dictadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas, a través de la carga del presente documento en el Registro de Proveedores del Estado, declaro bajo fe de juramento que:
1. El titular ni sus miembros, conforme el tipo de vinculación citada más abajo, no se encuentran comprendidos en las prohibiciones y limitaciones para presentar propuestas y contratar establecidas en el artículo 21 de la Ley N° 7021/22.
2.Certifico que la información proveída en el listado, corresponde a los datos actualizados y vigentes, los cuales condicen con exactitud con la documentación obrante en mi poder y la declarada ante los registros públicos oficiales respectivos. Confirmo que toda la documentación que acredita el tipo de vinculación aquí declarado obra en el Registro de Personas y estructuras jurídicas y beneficiarios finales de la Abogacía del Tesoro y en el Registro de Proveedores del Estado.
3.Me comprometo a actualizar y comunicar, en tiempo y forma, en caso que hubiere modificación de los datos aquí consignados o de los sujetos citados, comprometiéndome a la presentación del formulario de declaración de personas actualizado en el Registro de Proveedores del Estado.
4.Consiento el empleo de la información proporcionada conforme lo indican las disposiciones normativas vigentes, en cualquier etapa del procedimiento de contratación y en el marco de los procedimientos llevados adelante por la DNCP, por lo que asumo responsabilidad plena por todo lo declarado.
5.Asumo todas las consecuencias legales que correspondan en caso de falsedad, inexactitud u omisión de información alguna en esta declaración.
6.El listado presentado comprende de forma íntegra a los siguientes sujetos:
a) Las personas físicas que tienen participación en el capital social, en un porcentaje o valor superior al indicado en el artículo 66 de la Resolución DNCP 4400/23.
b) Los beneficiarios finales en los términos del artículo 3° inc. e) de la Ley 7021/22.
c) Las personas físicas propietarias de la empresa titular.
d) Las personas físicas que ejercen cargos de dirección, de administración o de fiscalización.
e) Las personas físicas que han ejercido la representación legal o como apoderados en coordinación con el artículo 66 de la Resolución DNCP 4400/23.
CI N° |
NOMBRES
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APELLIDOS
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TIPO DE VINCULACIÓN
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DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO
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Observación: ES OBLIGATORIO COMPLETAR TODOS LOS CAMPOS DEL CUADRO DE LA DECLARACIÓN JURADA. Completar la casilla de TIPO DE VINCULACIÓN indicando el carácter de representante legal o miembro del órgano de Administración (aclarar cargo o denominación correspondiente) o miembro del órgano de Dirección (aclarar si fuera Director Presidente, Director Vicepresidente, Miembro del directorio, Gerente u otro cargo/denominación si lo hubiere), o miembro del órgano de fiscalización (aclarar cargo o denominación correspondiente), o de socio, o de propietario, o de apoderados o de beneficiario final.
Firma: ____________________________________________________________________
Aclaración: ___________________________________________________________________
En calidad de: _________________________________________________________________
ANEXO I DE LA RESOLUCIÓN DNCP N° 5118/23
FORMULARIO DE OFERTA
A: (Unidad de contratación Convocante)
Nosotros, los suscritos, declaramos bajo fe de juramento que:
Nombre o razón social:
RUC:
Dirección:
Números de teléfono:
Dirección de correo electrónico:
Reconocemos que la dirección de correo electrónico declarada, será el medio para la recepción de las comunicaciones, notificaciones, aclaraciones y consultas que la convocante realice durante la evaluación de ofertas, como consecuencia de los actos administrativos que resuelvan la contratación y se requieran para la suscripción de los contratos.
En caso de tomar conocimiento de alguna conducta que se aparte de las disposiciones citadas precedentemente y que involucre a nuestros proveedores de bienes y servicios que componen la cadena de producción y comercialización de lo ofertado, denunciaremos ese hecho ante la instancia pertinente. Así mismo, en el caso de que empleemos adolescentes, lo haremos de conformidad a lo que establecen el Código del Trabajo y el Código de la Niñez y de la Adolescencia, y sus disposiciones concordantes y complementarias; salvaguardando todos los derechos y garantías de los mismos y teniendo presente las obligaciones que como empleadores nos competen.
Firma:
Nombre:
En calidad de:
Ítems del llamado Adquisicion de Materiales de Construccion para la Municipalidad de 3 de Febrero | ||||||
LoteTotal, Contrato Abierto: No , Abastecimiento simultáneo: No | ||||||
Ítem | Código Catálogo | Descripción del Bien | Unidad de Medida | Cantidad | Precio unitario (IVA incluído) | Precio total |
1 | 30111601-004 | Cemento Portland de T1 de 50 kg. Cemento portland normal, compuesto o puzolánico en bolsas de 50 kg. Y cumplir normas del INTN. | Unidad | 200 | - | |
2 | 11111501-004 | Piedra triturada de 4ta, tipo basáltica limpia sin impurezas. | tonelada | 120 | - | |
3 | 30102403-001 | Varilla de hierro conformada diámetro 6mm, largo 12m. | Unidad | 100 | - | |
4 | 30102403-001 | Varilla de hierro conformada diámetro 8mm, largo 12m. | Unidad | 100 | - | |
Precio Total | - |