Las Especificaciones técnicas del bien, servicio, consultoría u obra a ser adquirido será conforme se establece en las bases:
Ítem | Código de Catálogo | Descripción | Atributos | Cantidad | Monto | Precio Unitario | Precio Total | Características |
TRAMO 1° DE NOVIEMBRE | ||||||||
1 | 72131701-010 | BACHEO POR ZONA CON ARENA ROJA (RELLENO) | unidad de medida: metros cúbicos presentación: UNIDAD |
20 | 0 | 0 | procedencia: | |
2 | 72102905-001 | PREPARACION DEL TERRENO LIMPIEZA Y PERFILADO | unidad de medida: metros cuadrados presentación: UNIDAD |
25.000 | 0 | 0 | procedencia: | |
SUB TOTAL | 0 | |||||||
TRAMO 25 DE DICIEMBRE | ||||||||
1 | 72131701-010 | BACHEO POR ZONA CON ARENA ROJA (RELLENO) | unidad de medida: metros cúbicos presentación: UNIDAD |
30 | 0 | 0 | procedencia: | |
2 | 72102905-001 | PREPARACION DEL TERRENO LIMPIEZA Y PERFILADO | unidad de medida: metros cuadrados presentación: UNIDAD |
25.000 | 0 | 0 | procedencia: | |
SUB TOTAL | 0 | |||||||
TRAMO 15 DE AGOSTO | ||||||||
1 | 72131701-010 | BACHEO POR ZONA CON ARENA ROJA (RELLENO) | unidad de medida: metros cúbicos presentación: UNIDAD |
20 | 0 | 0 | procedencia: | |
2 | 72102905-001 | PREPARACION DEL TERRENO LIMPIEZA Y PERFILADO | unidad de medida: metros cuadrados presentación: UNIDAD |
25.000 | 0 | 0 | procedencia: | |
SUB TOTAL | 0 | |||||||
TRAMO ZABALA | ||||||||
1 | 72131701-010 | BACHEO POR ZONA CON ARENA ROJA (RELLENO) | unidad de medida: metros cúbicos presentación: UNIDAD |
40 | 0 | 0 | procedencia: | |
2 | 72102905-001 | PREPARACION DEL TERRENO LIMPIEZA Y PERFILADO | unidad de medida: metros cuadrados presentación: UNIDAD |
10.000 | 0 | 0 | procedencia: | |
SUB TOTAL | 0 | |||||||
TRAMO 1° DE MARZO OESTE | ||||||||
1 | 72131701-010 | BACHEO POR ZONA CON ARENA ROJA (RELLENO) | unidad de medida: metros cúbicos presentación: UNIDAD |
20 | 0 | 0 | procedencia: | |
2 | 72102905-001 | PREPARACION DEL TERRENO LIMPIEZA Y PERFILADO | unidad de medida: metros cuadrados presentación: UNIDAD |
20.000 | 0 | 0 | procedencia: | |
SUB TOTAL | 0 | |||||||
TRAMO 26 DE FEBRERO OESTE | ||||||||
1 | 72131701-010 | BACHEO POR ZONA CON ARENA ROJA (RELLENO) | unidad de medida: metros cúbicos presentación: UNIDAD |
30 | 0 | 0 | procedencia: | |
2 | 72102905-001 | PREPARACION DEL TERRENO LIMPIEZA Y PERFILADO | unidad de medida: metros cuadrados presentación: UNIDAD |
25.000 | 0 | 0 | procedencia: | |
SUB TOTAL | 0 | |||||||
TRAMO 26 DE FEBRERO ESTE | ||||||||
1 | 72131701-010 | BACHEO POR ZONA CON ARENA ROJA (RELLENO) | unidad de medida: metros cúbicos presentación: UNIDAD |
40 | 0 | 0 | procedencia: | |
2 | 72102905-001 | PREPARACION DEL TERRENO LIMPIEZA Y PERFILADO | unidad de medida: metros cuadrados presentación: UNIDAD |
25.000 | 0 | 0 | procedencia: | |
SUB TOTAL | 0 | |||||||
TRAMO 1° DE MAYO ESTE | ||||||||
1 | 72131701-010 | BACHEO POR ZONA CON ARENA ROJA (RELLENO) | unidad de medida: metros cúbicos presentación: UNIDAD |
40 | 0 | 0 | procedencia: | |
2 | 72102905-001 | PREPARACION DEL TERRENO LIMPIEZA Y PERFILADO | unidad de medida: metros cuadrados presentación: UNIDAD |
15.000 | 0 | 0 | procedencia: | |
SUB TOTAL | 0 | |||||||
TRAMO 1° DE MAYO OESTE Y 9 DE JUNIO | ||||||||
1 | 72131701-010 | BACHEO POR ZONA CON ARENA ROJA (RELLENO) | unidad de medida: metros cúbicos presentación: UNIDAD |
60 | 0 | 0 | procedencia: | |
2 | 72102905-001 | PREPARACION DEL TERRENO LIMPIEZA Y PERFILADO | unidad de medida: metros cuadrados presentación: UNIDAD |
30.000 | 0 | 0 | procedencia: | |
SUB TOTAL | 0 | |||||||
TRAMO SAN ANTONIO ARA PYAHU | ||||||||
1 | 72131701-010 | BACHEO POR ZONA CON ARENA ROJA (RELLENO) | unidad de medida: metros cúbicos presentación: UNIDAD |
40 | 0 | 0 | procedencia: | |
2 | 72102905-001 | PREPARACION DEL TERRENO LIMPIEZA Y PERFILADO | unidad de medida: metros cuadrados presentación: UNIDAD |
20.000 | 0 | 0 | procedencia: | |
SUB TOTAL | 0 | |||||||
TRAMO 14 DE MAYO | ||||||||
1 | 72131701-010 | BACHEO POR ZONA CON ARENA ROJA (RELLENO) | unidad de medida: metros cúbicos presentación: UNIDAD |
45 | 0 | 0 | procedencia: | |
2 | 72102905-001 | PREPARACION DEL TERRENO LIMPIEZA Y PERFILADO | unidad de medida: metros cuadrados presentación: UNIDAD |
15.000 | 0 | 0 | procedencia: | |
SUB TOTAL | 0 | |||||||
TRAMO 24 DE MAYO OESTE - SAN MIGUEL | ||||||||
1 | 72131701-010 | BACHEO POR ZONA CON ARENA ROJA (RELLENO) | unidad de medida: metros cúbicos presentación: UNIDAD |
50 | 0 | 0 | procedencia: | |
2 | 72102905-001 | PREPARACION DEL TERRENO LIMPIEZA Y PERFILADO | unidad de medida: metros cuadrados presentación: UNIDAD |
30.000 | 0 | 0 | procedencia: | |
SUB TOTAL | 0 | |||||||
TRAMO PRIMAVERA - PAZ DEL CHACO OESTE | ||||||||
1 | 72131701-010 | BACHEO POR ZONA CON ARENA ROJA (RELLENO) | unidad de medida: metros cúbicos presentación: UNIDAD |
50 | 0 | 0 | procedencia: | |
2 | 72102905-001 | PREPARACION DEL TERRENO LIMPIEZA Y PERFILADO | unidad de medida: metros cuadrados presentación: UNIDAD |
30.000 | 0 | 0 | procedencia: | |
SUB TOTAL | 0 | |||||||
TRAMO PAZ DEL CHACO ESTE | ||||||||
1 | 72131701-010 | BACHEO POR ZONA CON ARENA ROJA (RELLENO) | unidad de medida: metros cúbicos presentación: UNIDAD |
40 | 0 | 0 | procedencia: | |
2 | 72102905-001 | PREPARACION DEL TERRENO LIMPIEZA Y PERFILADO | unidad de medida: metros cuadrados presentación: UNIDAD |
15.000 | 0 | 0 | procedencia: | |
SUB TOTAL | 0 | |||||||
TOTAL | 0 |
ESPECIFICACIONES TECNICAS
MANTENIMIENTO Y REPARACION DE CAMINOS VECINALES.
CONSIDERACIONES GENERALES
Todos los materiales de obra se ajustarán estrictamente a las Especificaciones Técnicas, y deberán ser previamente aprobados por el Fiscal de Obras antes de su uso.
Los rubros que figuran Global, abarcan la totalidad de las obras necesarias, para su realización, es decir ninguna de sus partes componentes se incluyen en otros rubros.
Para la ejecución de los trabajos a construir, EL CONTRATISTA proveerá, la mano de obra, equipos y tecnología necesarios para ejecutar las obras que se describen en los planos, planillas de obra, Especificaciones Técnicas y documentos contractuales.
EL CONTRATISTA está obligado a emplear mano de obra calificada, métodos y elementos de trabajos que aseguren la correcta ejecución de la obra.
EL CONTRATISTA, se encargara de la provisión de la totalidad de los materiales a ser utilizados en la obra, como así también los planos, las especificaciones técnicas, planillas de obras y documentos contractuales.
TRAMO 1° DE NOVIEMBRE
TERRAPLEN
Este trabajo consistirá en un relleno en la plataforma del camino con arena transportado o del lugar, necesarios para la ejecución de la obra, elevar la rasante del camino en zonas bajas o mejorar el perfil longitudinal del mismo, en los lugares indicados en los planos u órdenes de la Fiscalización.
FORMA DE EJECUCION
Los rellenos serán ejecutados con suelos aptos extraídos de cortes del camino, cunetas laterales o transportadas de sitios aprobados por la Fiscalización. No deberán contener materias orgánicas o barrosas u otro objeto impida el acabamiento final y bombeo indicado en los planos.
La compactación deberá efectuarse con un equipo compatible con el suelo a compactar que garantice la estabilidad necesaria para la habilitación al tránsito como ser topadoras, camiones volquetes, motoniveladora, etc.
METODO DE MEDICION
La medición del trabajo de relleno de suelos será efectuada en metros cúbicos de material colocado y aceptado.
Este trabajo consistirá en el desbosque y la remoción y eliminación de toda vegetación y desechos, hasta una distancia máxima de 8 m. (ocho metros) a cada lado del eje del proyecto, o lo que se indique en los planos de loteamiento proporcionado por la institución, salvo los árboles y/u objetos que a criterio de la Fiscalización deban permanecer.
REQUISITOS PARA LA CONSTRUCCION.GENERALIDADES
La Fiscalización señalará los árboles, arbustos y otros objetos que permanecerán en el lugar.
DESBROCE Y LIMPIEZA
Se efectuará el desbroce, despeje y limpieza en los anchos indicados
de acuerdo a las instrucciones de la Fiscalización o donde el desmonte o el terraplén deba ser construido, ensanchado, rebajado o elevado. El desbroce y limpieza incluirá la remoción de materia orgánica tales como hierbas, césped, malezas, etc.
EQUIPO
El equipo usado para este trabajo, deberá ser previamente aprobado por la Fiscalización, la cual podrá exigir el cambio o retiro de los elementos que no resulten aceptables.
METODOS DE MEDICION
La superficie sometida a los trabajos que describe esta Especificación se medirá en Kilómetros de caminos realmente ejecutados y medidos en el eje del mismo, de acuerdo a las progresivas del trazado.
Descripción.
Este ítem constituirá en la limpieza y perfilado del camino con suelo obtenido de la excavación de cunetas laterales que suministrarán el total del suelo necesario para la terminación del trabajo, el mínimo será de 5m de ancho y su variación dependerá de los tramos de acuerdo a la necesidad o procederá según el fiscal de obras.
La limpieza y perfilado será en un todo de acuerdo con las secciones transversales y longitudinales indicadas en los planos, según lo indique la Fiscalización.
TRAMO 25 DE DICIEMBRE
TERRAPLEN
Este trabajo consistirá en un relleno en la plataforma del camino con arena transportado o del lugar, necesarios para la ejecución de la obra, elevar la rasante del camino en zonas bajas o mejorar el perfil longitudinal del mismo, en los lugares indicados en los planos u órdenes de la Fiscalización.
FORMA DE EJECUCION
Los rellenos serán ejecutados con suelos aptos extraídos de cortes del camino, cunetas laterales o transportadas de sitios aprobados por la Fiscalización. No deberán contener materias orgánicas o barrosas u otro objeto impida el acabamiento final y bombeo indicado en los planos.
La compactación deberá efectuarse con un equipo compatible con el suelo a compactar que garantice la estabilidad necesaria para la habilitación al tránsito como ser topadoras, camiones volquetes, motoniveladora, etc.
METODO DE MEDICION
La medición del trabajo de relleno de suelos será efectuada en metros cúbicos de material colocado y aceptado.
Este trabajo consistirá en el desbosque y la remoción y eliminación de toda vegetación y desechos, hasta una distancia máxima de 8 m. (ocho metros) a cada lado del eje del proyecto, o lo que se indique en los planos de loteamiento proporcionado por la institución, salvo los árboles y/u objetos que a criterio de la Fiscalización deban permanecer.
REQUISITOS PARA LA CONSTRUCCION.GENERALIDADES
La Fiscalización señalará los árboles, arbustos y otros objetos que permanecerán en el lugar.
DESBROCE Y LIMPIEZA
Se efectuará el desbroce, despeje y limpieza en los anchos indicados
de acuerdo a las instrucciones de la Fiscalización o donde el desmonte o el terraplén deba ser construido, ensanchado, rebajado o elevado. El desbroce y limpieza incluirá la remoción de materia orgánica tales como hierbas, césped, malezas, etc.
EQUIPO
El equipo usado para este trabajo, deberá ser previamente aprobado por la Fiscalización, la cual podrá exigir el cambio o retiro de los elementos que no resulten aceptables.
METODOS DE MEDICION
La superficie sometida a los trabajos que describe esta Especificación se medirá en Kilómetros de caminos realmente ejecutados y medidos en el eje del mismo, de acuerdo a las progresivas del trazado.
Descripción.
Este ítem constituirá en la limpieza y perfilado del camino con suelo obtenido de la excavación de cunetas laterales que suministrarán el total del suelo necesario para la terminación del trabajo, el mínimo será de 5m de ancho y su variación dependerá de los tramos de acuerdo a la necesidad o procederá según el fiscal de obras.
La limpieza y perfilado será en un todo de acuerdo con las secciones transversales y longitudinales indicadas en los planos, según lo indique la Fiscalización.
TRAMO 15 DE AGOSTO
TERRAPLEN
Este trabajo consistirá en un relleno en la plataforma del camino con arena transportado o del lugar, necesarios para la ejecución de la obra, elevar la rasante del camino en zonas bajas o mejorar el perfil longitudinal del mismo, en los lugares indicados en los planos u órdenes de la Fiscalización.
FORMA DE EJECUCION
Los rellenos serán ejecutados con suelos aptos extraídos de cortes del camino, cunetas laterales o transportadas de sitios aprobados por la Fiscalización. No deberán contener materias orgánicas o barrosas u otro objeto impida el acabamiento final y bombeo indicado en los planos.
La compactación deberá efectuarse con un equipo compatible con el suelo a compactar que garantice la estabilidad necesaria para la habilitación al tránsito como ser topadoras, camiones volquetes, motoniveladora, etc.
METODO DE MEDICION
La medición del trabajo de relleno de suelos será efectuada en metros cúbicos de material colocado y aceptado.
Este trabajo consistirá en el desbosque y la remoción y eliminación de toda vegetación y desechos, hasta una distancia máxima de 8 m. (ocho metros) a cada lado del eje del proyecto, o lo que se indique en los planos de loteamiento proporcionado por la institución, salvo los árboles y/u objetos que a criterio de la Fiscalización deban permanecer.
REQUISITOS PARA LA CONSTRUCCION.GENERALIDADES
La Fiscalización señalará los árboles, arbustos y otros objetos que permanecerán en el lugar.
DESBROCE Y LIMPIEZA
Se efectuará el desbroce, despeje y limpieza en los anchos indicados
de acuerdo a las instrucciones de la Fiscalización o donde el desmonte o el terraplén deba ser construido, ensanchado, rebajado o elevado. El desbroce y limpieza incluirá la remoción de materia orgánica tales como hierbas, césped, malezas, etc.
EQUIPO
El equipo usado para este trabajo, deberá ser previamente aprobado por la Fiscalización, la cual podrá exigir el cambio o retiro de los elementos que no resulten aceptables.
METODOS DE MEDICION
La superficie sometida a los trabajos que describe esta Especificación se medirá en Kilómetros de caminos realmente ejecutados y medidos en el eje del mismo, de acuerdo a las progresivas del trazado.
Descripción.
Este ítem constituirá en la limpieza y perfilado del camino con suelo obtenido de la excavación de cunetas laterales que suministrarán el total del suelo necesario para la terminación del trabajo, el mínimo será de 5m de ancho y su variación dependerá de los tramos de acuerdo a la necesidad o procederá según el fiscal de obras.
La limpieza y perfilado será en un todo de acuerdo con las secciones transversales y longitudinales indicadas en los planos, según lo indique la Fiscalización.
TRAMO ZABALA
TERRAPLEN
Este trabajo consistirá en un relleno en la plataforma del camino con arena transportado o del lugar, necesarios para la ejecución de la obra, elevar la rasante del camino en zonas bajas o mejorar el perfil longitudinal del mismo, en los lugares indicados en los planos u órdenes de la Fiscalización.
FORMA DE EJECUCION
Los rellenos serán ejecutados con suelos aptos extraídos de cortes del camino, cunetas laterales o transportadas de sitios aprobados por la Fiscalización. No deberán contener materias orgánicas o barrosas u otro objeto impida el acabamiento final y bombeo indicado en los planos.
La compactación deberá efectuarse con un equipo compatible con el suelo a compactar que garantice la estabilidad necesaria para la habilitación al tránsito como ser topadoras, camiones volquetes, motoniveladora, etc.
METODO DE MEDICION
La medición del trabajo de relleno de suelos será efectuada en metros cúbicos de material colocado y aceptado.
Este trabajo consistirá en el desbosque y la remoción y eliminación de toda vegetación y desechos, hasta una distancia máxima de 8 m. (ocho metros) a cada lado del eje del proyecto, o lo que se indique en los planos de loteamiento proporcionado por la institución, salvo los árboles y/u objetos que a criterio de la Fiscalización deban permanecer.
REQUISITOS PARA LA CONSTRUCCION.GENERALIDADES
La Fiscalización señalará los árboles, arbustos y otros objetos que permanecerán en el lugar.
DESBROCE Y LIMPIEZA
Se efectuará el desbroce, despeje y limpieza en los anchos indicados
de acuerdo a las instrucciones de la Fiscalización o donde el desmonte o el terraplén deba ser construido, ensanchado, rebajado o elevado. El desbroce y limpieza incluirá la remoción de materia orgánica tales como hierbas, césped, malezas, etc.
EQUIPO
El equipo usado para este trabajo, deberá ser previamente aprobado por la Fiscalización, la cual podrá exigir el cambio o retiro de los elementos que no resulten aceptables.
METODOS DE MEDICION
La superficie sometida a los trabajos que describe esta Especificación se medirá en Kilómetros de caminos realmente ejecutados y medidos en el eje del mismo, de acuerdo a las progresivas del trazado.
Descripción.
Este ítem constituirá en la limpieza y perfilado del camino con suelo obtenido de la excavación de cunetas laterales que suministrarán el total del suelo necesario para la terminación del trabajo, el mínimo será de 5m de ancho y su variación dependerá de los tramos de acuerdo a la necesidad o procederá según el fiscal de obras.
La limpieza y perfilado será en un todo de acuerdo con las secciones transversales y longitudinales indicadas en los planos, según lo indique la Fiscalización.
TRAMO 1° DE MARZO OESTE
TERRAPLEN
Este trabajo consistirá en un relleno en la plataforma del camino con arena transportado o del lugar, necesarios para la ejecución de la obra, elevar la rasante del camino en zonas bajas o mejorar el perfil longitudinal del mismo, en los lugares indicados en los planos u órdenes de la Fiscalización.
FORMA DE EJECUCION
Los rellenos serán ejecutados con suelos aptos extraídos de cortes del camino, cunetas laterales o transportadas de sitios aprobados por la Fiscalización. No deberán contener materias orgánicas o barrosas u otro objeto impida el acabamiento final y bombeo indicado en los planos.
La compactación deberá efectuarse con un equipo compatible con el suelo a compactar que garantice la estabilidad necesaria para la habilitación al tránsito como ser topadoras, camiones volquetes, motoniveladora, etc.
METODO DE MEDICION
La medición del trabajo de relleno de suelos será efectuada en metros cúbicos de material colocado y aceptado.
Este trabajo consistirá en el desbosque y la remoción y eliminación de toda vegetación y desechos, hasta una distancia máxima de 8 m. (ocho metros) a cada lado del eje del proyecto, o lo que se indique en los planos de loteamiento proporcionado por la institución, salvo los árboles y/u objetos que a criterio de la Fiscalización deban permanecer.
REQUISITOS PARA LA CONSTRUCCION.GENERALIDADES
La Fiscalización señalará los árboles, arbustos y otros objetos que permanecerán en el lugar.
DESBROCE Y LIMPIEZA
Se efectuará el desbroce, despeje y limpieza en los anchos indicados
de acuerdo a las instrucciones de la Fiscalización o donde el desmonte o el terraplén deba ser construido, ensanchado, rebajado o elevado. El desbroce y limpieza incluirá la remoción de materia orgánica tales como hierbas, césped, malezas, etc.
EQUIPO
El equipo usado para este trabajo, deberá ser previamente aprobado por la Fiscalización, la cual podrá exigir el cambio o retiro de los elementos que no resulten aceptables.
METODOS DE MEDICION
La superficie sometida a los trabajos que describe esta Especificación se medirá en Kilómetros de caminos realmente ejecutados y medidos en el eje del mismo, de acuerdo a las progresivas del trazado.
Descripción.
Este ítem constituirá en la limpieza y perfilado del camino con suelo obtenido de la excavación de cunetas laterales que suministrarán el total del suelo necesario para la terminación del trabajo, el mínimo será de 5m de ancho y su variación dependerá de los tramos de acuerdo a la necesidad o procederá según el fiscal de obras.
La limpieza y perfilado será en un todo de acuerdo con las secciones transversales y longitudinales indicadas en los planos, según lo indique la Fiscalización.
TRAMO 26 DE FEBRERO OESTE
TERRAPLEN
Este trabajo consistirá en un relleno en la plataforma del camino con arena transportado o del lugar, necesarios para la ejecución de la obra, elevar la rasante del camino en zonas bajas o mejorar el perfil longitudinal del mismo, en los lugares indicados en los planos u órdenes de la Fiscalización.
FORMA DE EJECUCION
Los rellenos serán ejecutados con suelos aptos extraídos de cortes del camino, cunetas laterales o transportadas de sitios aprobados por la Fiscalización. No deberán contener materias orgánicas o barrosas u otro objeto impida el acabamiento final y bombeo indicado en los planos.
La compactación deberá efectuarse con un equipo compatible con el suelo a compactar que garantice la estabilidad necesaria para la habilitación al tránsito como ser topadoras, camiones volquetes, motoniveladora, etc.
METODO DE MEDICION
La medición del trabajo de relleno de suelos será efectuada en metros cúbicos de material colocado y aceptado.
Este trabajo consistirá en el desbosque y la remoción y eliminación de toda vegetación y desechos, hasta una distancia máxima de 8 m. (ocho metros) a cada lado del eje del proyecto, o lo que se indique en los planos de loteamiento proporcionado por la institución, salvo los árboles y/u objetos que a criterio de la Fiscalización deban permanecer.
REQUISITOS PARA LA CONSTRUCCION.GENERALIDADES
La Fiscalización señalará los árboles, arbustos y otros objetos que permanecerán en el lugar.
DESBROCE Y LIMPIEZA
Se efectuará el desbroce, despeje y limpieza en los anchos indicados
de acuerdo a las instrucciones de la Fiscalización o donde el desmonte o el terraplén deba ser construido, ensanchado, rebajado o elevado. El desbroce y limpieza incluirá la remoción de materia orgánica tales como hierbas, césped, malezas, etc.
EQUIPO
El equipo usado para este trabajo, deberá ser previamente aprobado por la Fiscalización, la cual podrá exigir el cambio o retiro de los elementos que no resulten aceptables.
METODOS DE MEDICION
La superficie sometida a los trabajos que describe esta Especificación se medirá en Kilómetros de caminos realmente ejecutados y medidos en el eje del mismo, de acuerdo a las progresivas del trazado.
Descripción.
Este ítem constituirá en la limpieza y perfilado del camino con suelo obtenido de la excavación de cunetas laterales que suministrarán el total del suelo necesario para la terminación del trabajo, el mínimo será de 5m de ancho y su variación dependerá de los tramos de acuerdo a la necesidad o procederá según el fiscal de obras.
La limpieza y perfilado será en un todo de acuerdo con las secciones transversales y longitudinales indicadas en los planos, según lo indique la Fiscalización.
TRAMO 26 DE FEBRERO ESTE
TERRAPLEN
Este trabajo consistirá en un relleno en la plataforma del camino con arena transportado o del lugar, necesarios para la ejecución de la obra, elevar la rasante del camino en zonas bajas o mejorar el perfil longitudinal del mismo, en los lugares indicados en los planos u órdenes de la Fiscalización.
FORMA DE EJECUCION
Los rellenos serán ejecutados con suelos aptos extraídos de cortes del camino, cunetas laterales o transportadas de sitios aprobados por la Fiscalización. No deberán contener materias orgánicas o barrosas u otro objeto impida el acabamiento final y bombeo indicado en los planos.
La compactación deberá efectuarse con un equipo compatible con el suelo a compactar que garantice la estabilidad necesaria para la habilitación al tránsito como ser topadoras, camiones volquetes, motoniveladora, etc.
METODO DE MEDICION
La medición del trabajo de relleno de suelos será efectuada en metros cúbicos de material colocado y aceptado.
Este trabajo consistirá en el desbosque y la remoción y eliminación de toda vegetación y desechos, hasta una distancia máxima de 8 m. (ocho metros) a cada lado del eje del proyecto, o lo que se indique en los planos de loteamiento proporcionado por la institución, salvo los árboles y/u objetos que a criterio de la Fiscalización deban permanecer.
REQUISITOS PARA LA CONSTRUCCION.GENERALIDADES
La Fiscalización señalará los árboles, arbustos y otros objetos que permanecerán en el lugar.
DESBROCE Y LIMPIEZA
Se efectuará el desbroce, despeje y limpieza en los anchos indicados
de acuerdo a las instrucciones de la Fiscalización o donde el desmonte o el terraplén deba ser construido, ensanchado, rebajado o elevado. El desbroce y limpieza incluirá la remoción de materia orgánica tales como hierbas, césped, malezas, etc.
EQUIPO
El equipo usado para este trabajo, deberá ser previamente aprobado por la Fiscalización, la cual podrá exigir el cambio o retiro de los elementos que no resulten aceptables.
METODOS DE MEDICION
La superficie sometida a los trabajos que describe esta Especificación se medirá en Kilómetros de caminos realmente ejecutados y medidos en el eje del mismo, de acuerdo a las progresivas del trazado.
Descripción.
Este ítem constituirá en la limpieza y perfilado del camino con suelo obtenido de la excavación de cunetas laterales que suministrarán el total del suelo necesario para la terminación del trabajo, el mínimo será de 5m de ancho y su variación dependerá de los tramos de acuerdo a la necesidad o procederá según el fiscal de obras.
La limpieza y perfilado será en un todo de acuerdo con las secciones transversales y longitudinales indicadas en los planos, según lo indique la Fiscalización.
TRAMO 1° DE MAYO ESTE
TERRAPLEN
Este trabajo consistirá en un relleno en la plataforma del camino con arena transportado o del lugar, necesarios para la ejecución de la obra, elevar la rasante del camino en zonas bajas o mejorar el perfil longitudinal del mismo, en los lugares indicados en los planos u órdenes de la Fiscalización.
FORMA DE EJECUCION
Los rellenos serán ejecutados con suelos aptos extraídos de cortes del camino, cunetas laterales o transportadas de sitios aprobados por la Fiscalización. No deberán contener materias orgánicas o barrosas u otro objeto impida el acabamiento final y bombeo indicado en los planos.
La compactación deberá efectuarse con un equipo compatible con el suelo a compactar que garantice la estabilidad necesaria para la habilitación al tránsito como ser topadoras, camiones volquetes, motoniveladora, etc.
METODO DE MEDICION
La medición del trabajo de relleno de suelos será efectuada en metros cúbicos de material colocado y aceptado.
Este trabajo consistirá en el desbosque y la remoción y eliminación de toda vegetación y desechos, hasta una distancia máxima de 8 m. (ocho metros) a cada lado del eje del proyecto, o lo que se indique en los planos de loteamiento proporcionado por la institución, salvo los árboles y/u objetos que a criterio de la Fiscalización deban permanecer.
REQUISITOS PARA LA CONSTRUCCION.GENERALIDADES
La Fiscalización señalará los árboles, arbustos y otros objetos que permanecerán en el lugar.
DESBROCE Y LIMPIEZA
Se efectuará el desbroce, despeje y limpieza en los anchos indicados
de acuerdo a las instrucciones de la Fiscalización o donde el desmonte o el terraplén deba ser construido, ensanchado, rebajado o elevado. El desbroce y limpieza incluirá la remoción de materia orgánica tales como hierbas, césped, malezas, etc.
EQUIPO
El equipo usado para este trabajo, deberá ser previamente aprobado por la Fiscalización, la cual podrá exigir el cambio o retiro de los elementos que no resulten aceptables.
METODOS DE MEDICION
La superficie sometida a los trabajos que describe esta Especificación se medirá en Kilómetros de caminos realmente ejecutados y medidos en el eje del mismo, de acuerdo a las progresivas del trazado.
Descripción.
Este ítem constituirá en la limpieza y perfilado del camino con suelo obtenido de la excavación de cunetas laterales que suministrarán el total del suelo necesario para la terminación del trabajo, el mínimo será de 5m de ancho y su variación dependerá de los tramos de acuerdo a la necesidad o procederá según el fiscal de obras.
La limpieza y perfilado será en un todo de acuerdo con las secciones transversales y longitudinales indicadas en los planos, según lo indique la Fiscalización.
TRAMO 1° DE MAYO OESTE Y 9 DE JUNIO
TERRAPLEN
Este trabajo consistirá en un relleno en la plataforma del camino con arena transportado o del lugar, necesarios para la ejecución de la obra, elevar la rasante del camino en zonas bajas o mejorar el perfil longitudinal del mismo, en los lugares indicados en los planos u órdenes de la Fiscalización.
FORMA DE EJECUCION
Los rellenos serán ejecutados con suelos aptos extraídos de cortes del camino, cunetas laterales o transportadas de sitios aprobados por la Fiscalización. No deberán contener materias orgánicas o barrosas u otro objeto impida el acabamiento final y bombeo indicado en los planos.
La compactación deberá efectuarse con un equipo compatible con el suelo a compactar que garantice la estabilidad necesaria para la habilitación al tránsito como ser topadoras, camiones volquetes, motoniveladora, etc.
METODO DE MEDICION
La medición del trabajo de relleno de suelos será efectuada en metros cúbicos de material colocado y aceptado.
Este trabajo consistirá en el desbosque y la remoción y eliminación de toda vegetación y desechos, hasta una distancia máxima de 8 m. (ocho metros) a cada lado del eje del proyecto, o lo que se indique en los planos de loteamiento proporcionado por la institución, salvo los árboles y/u objetos que a criterio de la Fiscalización deban permanecer.
REQUISITOS PARA LA CONSTRUCCION.GENERALIDADES
La Fiscalización señalará los árboles, arbustos y otros objetos que permanecerán en el lugar.
DESBROCE Y LIMPIEZA
Se efectuará el desbroce, despeje y limpieza en los anchos indicados
de acuerdo a las instrucciones de la Fiscalización o donde el desmonte o el terraplén deba ser construido, ensanchado, rebajado o elevado. El desbroce y limpieza incluirá la remoción de materia orgánica tales como hierbas, césped, malezas, etc.
EQUIPO
El equipo usado para este trabajo, deberá ser previamente aprobado por la Fiscalización, la cual podrá exigir el cambio o retiro de los elementos que no resulten aceptables.
METODOS DE MEDICION
La superficie sometida a los trabajos que describe esta Especificación se medirá en Kilómetros de caminos realmente ejecutados y medidos en el eje del mismo, de acuerdo a las progresivas del trazado.
Descripción.
Este ítem constituirá en la limpieza y perfilado del camino con suelo obtenido de la excavación de cunetas laterales que suministrarán el total del suelo necesario para la terminación del trabajo, el mínimo será de 5m de ancho y su variación dependerá de los tramos de acuerdo a la necesidad o procederá según el fiscal de obras.
La limpieza y perfilado será en un todo de acuerdo con las secciones transversales y longitudinales indicadas en los planos, según lo indique la Fiscalización.
TRAMO SAN ANTONIO ARA PYAHU
TERRAPLEN
Este trabajo consistirá en un relleno en la plataforma del camino con arena transportado o del lugar, necesarios para la ejecución de la obra, elevar la rasante del camino en zonas bajas o mejorar el perfil longitudinal del mismo, en los lugares indicados en los planos u órdenes de la Fiscalización.
FORMA DE EJECUCION
Los rellenos serán ejecutados con suelos aptos extraídos de cortes del camino, cunetas laterales o transportadas de sitios aprobados por la Fiscalización. No deberán contener materias orgánicas o barrosas u otro objeto impida el acabamiento final y bombeo indicado en los planos.
La compactación deberá efectuarse con un equipo compatible con el suelo a compactar que garantice la estabilidad necesaria para la habilitación al tránsito como ser topadoras, camiones volquetes, motoniveladora, etc.
METODO DE MEDICION
La medición del trabajo de relleno de suelos será efectuada en metros cúbicos de material colocado y aceptado.
Este trabajo consistirá en el desbosque y la remoción y eliminación de toda vegetación y desechos, hasta una distancia máxima de 8 m. (ocho metros) a cada lado del eje del proyecto, o lo que se indique en los planos de loteamiento proporcionado por la institución, salvo los árboles y/u objetos que a criterio de la Fiscalización deban permanecer.
REQUISITOS PARA LA CONSTRUCCION.GENERALIDADES
La Fiscalización señalará los árboles, arbustos y otros objetos que permanecerán en el lugar.
DESBROCE Y LIMPIEZA
Se efectuará el desbroce, despeje y limpieza en los anchos indicados
de acuerdo a las instrucciones de la Fiscalización o donde el desmonte o el terraplén deba ser construido, ensanchado, rebajado o elevado. El desbroce y limpieza incluirá la remoción de materia orgánica tales como hierbas, césped, malezas, etc.
EQUIPO
El equipo usado para este trabajo, deberá ser previamente aprobado por la Fiscalización, la cual podrá exigir el cambio o retiro de los elementos que no resulten aceptables.
METODOS DE MEDICION
La superficie sometida a los trabajos que describe esta Especificación se medirá en Kilómetros de caminos realmente ejecutados y medidos en el eje del mismo, de acuerdo a las progresivas del trazado.
Descripción.
Este ítem constituirá en la limpieza y perfilado del camino con suelo obtenido de la excavación de cunetas laterales que suministrarán el total del suelo necesario para la terminación del trabajo, el mínimo será de 5m de ancho y su variación dependerá de los tramos de acuerdo a la necesidad o procederá según el fiscal de obras.
La limpieza y perfilado será en un todo de acuerdo con las secciones transversales y longitudinales indicadas en los planos, según lo indique la Fiscalización.
TRAMO 14 DE MAYO
TERRAPLEN
Este trabajo consistirá en un relleno en la plataforma del camino con arena transportado o del lugar, necesarios para la ejecución de la obra, elevar la rasante del camino en zonas bajas o mejorar el perfil longitudinal del mismo, en los lugares indicados en los planos u órdenes de la Fiscalización.
FORMA DE EJECUCION
Los rellenos serán ejecutados con suelos aptos extraídos de cortes del camino, cunetas laterales o transportadas de sitios aprobados por la Fiscalización. No deberán contener materias orgánicas o barrosas u otro objeto impida el acabamiento final y bombeo indicado en los planos.
La compactación deberá efectuarse con un equipo compatible con el suelo a compactar que garantice la estabilidad necesaria para la habilitación al tránsito como ser topadoras, camiones volquetes, motoniveladora, etc.
METODO DE MEDICION
La medición del trabajo de relleno de suelos será efectuada en metros cúbicos de material colocado y aceptado.
Este trabajo consistirá en el desbosque y la remoción y eliminación de toda vegetación y desechos, hasta una distancia máxima de 8 m. (ocho metros) a cada lado del eje del proyecto, o lo que se indique en los planos de loteamiento proporcionado por la institución, salvo los árboles y/u objetos que a criterio de la Fiscalización deban permanecer.
REQUISITOS PARA LA CONSTRUCCION.GENERALIDADES
La Fiscalización señalará los árboles, arbustos y otros objetos que permanecerán en el lugar.
DESBROCE Y LIMPIEZA
Se efectuará el desbroce, despeje y limpieza en los anchos indicados
de acuerdo a las instrucciones de la Fiscalización o donde el desmonte o el terraplén deba ser construido, ensanchado, rebajado o elevado. El desbroce y limpieza incluirá la remoción de materia orgánica tales como hierbas, césped, malezas, etc.
EQUIPO
El equipo usado para este trabajo, deberá ser previamente aprobado por la Fiscalización, la cual podrá exigir el cambio o retiro de los elementos que no resulten aceptables.
METODOS DE MEDICION
La superficie sometida a los trabajos que describe esta Especificación se medirá en Kilómetros de caminos realmente ejecutados y medidos en el eje del mismo, de acuerdo a las progresivas del trazado.
Descripción.
Este ítem constituirá en la limpieza y perfilado del camino con suelo obtenido de la excavación de cunetas laterales que suministrarán el total del suelo necesario para la terminación del trabajo, el mínimo será de 5m de ancho y su variación dependerá de los tramos de acuerdo a la necesidad o procederá según el fiscal de obras.
La limpieza y perfilado será en un todo de acuerdo con las secciones transversales y longitudinales indicadas en los planos, según lo indique la Fiscalización.
TRAMO 24 DE MAYO OESTE - SAN MIGUEL
TERRAPLEN
Este trabajo consistirá en un relleno en la plataforma del camino con arena transportado o del lugar, necesarios para la ejecución de la obra, elevar la rasante del camino en zonas bajas o mejorar el perfil longitudinal del mismo, en los lugares indicados en los planos u órdenes de la Fiscalización.
FORMA DE EJECUCION
Los rellenos serán ejecutados con suelos aptos extraídos de cortes del camino, cunetas laterales o transportadas de sitios aprobados por la Fiscalización. No deberán contener materias orgánicas o barrosas u otro objeto impida el acabamiento final y bombeo indicado en los planos.
La compactación deberá efectuarse con un equipo compatible con el suelo a compactar que garantice la estabilidad necesaria para la habilitación al tránsito como ser topadoras, camiones volquetes, motoniveladora, etc.
METODO DE MEDICION
La medición del trabajo de relleno de suelos será efectuada en metros cúbicos de material colocado y aceptado.
Este trabajo consistirá en el desbosque y la remoción y eliminación de toda vegetación y desechos, hasta una distancia máxima de 8 m. (ocho metros) a cada lado del eje del proyecto, o lo que se indique en los planos de loteamiento proporcionado por la institución, salvo los árboles y/u objetos que a criterio de la Fiscalización deban permanecer.
REQUISITOS PARA LA CONSTRUCCION.GENERALIDADES
La Fiscalización señalará los árboles, arbustos y otros objetos que permanecerán en el lugar.
DESBROCE Y LIMPIEZA
Se efectuará el desbroce, despeje y limpieza en los anchos indicados
de acuerdo a las instrucciones de la Fiscalización o donde el desmonte o el terraplén deba ser construido, ensanchado, rebajado o elevado. El desbroce y limpieza incluirá la remoción de materia orgánica tales como hierbas, césped, malezas, etc.
EQUIPO
El equipo usado para este trabajo, deberá ser previamente aprobado por la Fiscalización, la cual podrá exigir el cambio o retiro de los elementos que no resulten aceptables.
METODOS DE MEDICION
La superficie sometida a los trabajos que describe esta Especificación se medirá en Kilómetros de caminos realmente ejecutados y medidos en el eje del mismo, de acuerdo a las progresivas del trazado.
Descripción.
Este ítem constituirá en la limpieza y perfilado del camino con suelo obtenido de la excavación de cunetas laterales que suministrarán el total del suelo necesario para la terminación del trabajo, el mínimo será de 5m de ancho y su variación dependerá de los tramos de acuerdo a la necesidad o procederá según el fiscal de obras.
La limpieza y perfilado será en un todo de acuerdo con las secciones transversales y longitudinales indicadas en los planos, según lo indique la Fiscalización.
TRAMO PRIMAVERA - PAZ DEL CHACO OESTE
TERRAPLEN
Este trabajo consistirá en un relleno en la plataforma del camino con arena transportado o del lugar, necesarios para la ejecución de la obra, elevar la rasante del camino en zonas bajas o mejorar el perfil longitudinal del mismo, en los lugares indicados en los planos u órdenes de la Fiscalización.
FORMA DE EJECUCION
Los rellenos serán ejecutados con suelos aptos extraídos de cortes del camino, cunetas laterales o transportadas de sitios aprobados por la Fiscalización. No deberán contener materias orgánicas o barrosas u otro objeto impida el acabamiento final y bombeo indicado en los planos.
La compactación deberá efectuarse con un equipo compatible con el suelo a compactar que garantice la estabilidad necesaria para la habilitación al tránsito como ser topadoras, camiones volquetes, motoniveladora, etc.
METODO DE MEDICION
La medición del trabajo de relleno de suelos será efectuada en metros cúbicos de material colocado y aceptado.
Este trabajo consistirá en el desbosque y la remoción y eliminación de toda vegetación y desechos, hasta una distancia máxima de 8 m. (ocho metros) a cada lado del eje del proyecto, o lo que se indique en los planos de loteamiento proporcionado por la institución, salvo los árboles y/u objetos que a criterio de la Fiscalización deban permanecer.
REQUISITOS PARA LA CONSTRUCCION.GENERALIDADES
La Fiscalización señalará los árboles, arbustos y otros objetos que permanecerán en el lugar.
DESBROCE Y LIMPIEZA
Se efectuará el desbroce, despeje y limpieza en los anchos indicados
de acuerdo a las instrucciones de la Fiscalización o donde el desmonte o el terraplén deba ser construido, ensanchado, rebajado o elevado. El desbroce y limpieza incluirá la remoción de materia orgánica tales como hierbas, césped, malezas, etc.
EQUIPO
El equipo usado para este trabajo, deberá ser previamente aprobado por la Fiscalización, la cual podrá exigir el cambio o retiro de los elementos que no resulten aceptables.
METODOS DE MEDICION
La superficie sometida a los trabajos que describe esta Especificación se medirá en Kilómetros de caminos realmente ejecutados y medidos en el eje del mismo, de acuerdo a las progresivas del trazado.
Descripción.
Este ítem constituirá en la limpieza y perfilado del camino con suelo obtenido de la excavación de cunetas laterales que suministrarán el total del suelo necesario para la terminación del trabajo, el mínimo será de 5m de ancho y su variación dependerá de los tramos de acuerdo a la necesidad o procederá según el fiscal de obras.
La limpieza y perfilado será en un todo de acuerdo con las secciones transversales y longitudinales indicadas en los planos, según lo indique la Fiscalización.
TRAMO PAZ DEL CHACO ESTE
TERRAPLEN
Este trabajo consistirá en un relleno en la plataforma del camino con arena transportado o del lugar, necesarios para la ejecución de la obra, elevar la rasante del camino en zonas bajas o mejorar el perfil longitudinal del mismo, en los lugares indicados en los planos u órdenes de la Fiscalización.
FORMA DE EJECUCION
Los rellenos serán ejecutados con suelos aptos extraídos de cortes del camino, cunetas laterales o transportadas de sitios aprobados por la Fiscalización. No deberán contener materias orgánicas o barrosas u otro objeto impida el acabamiento final y bombeo indicado en los planos.
La compactación deberá efectuarse con un equipo compatible con el suelo a compactar que garantice la estabilidad necesaria para la habilitación al tránsito como ser topadoras, camiones volquetes, motoniveladora, etc.
METODO DE MEDICION
La medición del trabajo de relleno de suelos será efectuada en metros cúbicos de material colocado y aceptado.
Este trabajo consistirá en el desbosque y la remoción y eliminación de toda vegetación y desechos, hasta una distancia máxima de 8 m. (ocho metros) a cada lado del eje del proyecto, o lo que se indique en los planos de loteamiento proporcionado por la institución, salvo los árboles y/u objetos que a criterio de la Fiscalización deban permanecer.
REQUISITOS PARA LA CONSTRUCCION.GENERALIDADES
La Fiscalización señalará los árboles, arbustos y otros objetos que permanecerán en el lugar.
DESBROCE Y LIMPIEZA
Se efectuará el desbroce, despeje y limpieza en los anchos indicados
de acuerdo a las instrucciones de la Fiscalización o donde el desmonte o el terraplén deba ser construido, ensanchado, rebajado o elevado. El desbroce y limpieza incluirá la remoción de materia orgánica tales como hierbas, césped, malezas, etc.
EQUIPO
El equipo usado para este trabajo, deberá ser previamente aprobado por la Fiscalización, la cual podrá exigir el cambio o retiro de los elementos que no resulten aceptables.
METODOS DE MEDICION
La superficie sometida a los trabajos que describe esta Especificación se medirá en Kilómetros de caminos realmente ejecutados y medidos en el eje del mismo, de acuerdo a las progresivas del trazado.
Descripción.
Este ítem constituirá en la limpieza y perfilado del camino con suelo obtenido de la excavación de cunetas laterales que suministrarán el total del suelo necesario para la terminación del trabajo, el mínimo será de 5m de ancho y su variación dependerá de los tramos de acuerdo a la necesidad o procederá según el fiscal de obras.
La limpieza y perfilado será en un todo de acuerdo con las secciones transversales y longitudinales indicadas en los planos, según lo indique la Fiscalización.
1. Para la cotización el oferente deberá ajustarse a los requerimientos que se indican a continuación:
a) El precio cotizado deberá ser el mejor precio posible, considerando que en la oferta no se aceptará la inclusión de descuentos de ningún tipo.
b) En el caso del sistema de adjudicación por la totalidad de los bienes y/o servicios requeridos, el oferente deberá cotizar en la lista de precios todos los ítems, con sus precios unitarios y totales correspondientes.
c) En el caso del sistema de adjudicación por lotes, el oferente cotizará en la lista de precios uno o más lotes, e indicará todos los ítems del lote ofertado con sus precios unitarios y totales correspondientes. En caso de no cotizar uno o más lotes, los lotes no cotizados no requieren ser incorporados a la planilla de precios.
d) En el caso del sistema de adjudicación por ítems, el oferente podrá ofertar por uno o más ítems, en cuyo caso deberá cotizar el precio unitario y total de cada uno o más ítems, los ítems no cotizados no requieren ser incorporados a la planilla de precios.
e) En todos los casos, independiente al sistema de adjudicación, el oferente deberá indicar el CPEN respectivo al ítem ofertado, en caso de contar. Dicho atributo tendrá carácter formal siendo susceptible de aclaraciones por parte del comité de evaluación.
2. Los precios indicados en la lista de precios serán consignados separadamente, de acuerdo a lo previsto en el Aviso de Intención y según se detalla a continuación:
a) El precio de bienes y/o servicios cotizados, incluidos todos los derechos de aduana, los impuestos al valor agregado o de otro tipo pagados o por pagar sobre los componentes y materia prima utilizada en la fabricación o ensamblaje de los bienes;
b) Todo impuesto al valor agregado u otro tipo de impuesto que obligue la República del Paraguay a pagar sobre los bienes en caso de ser adjudicado el contrato; además, se deberá indicar los ítems exentos de IVA, cuando los hubiere y;
c) El precio de otros servicios conexos (incluyendo su impuesto al valor agregado), si los hubiere, enumerados en los datos de la licitación.
3. En caso de indicarse en el SICP, que se utilizará el atributo de contrato abierto, cuando se realice por montos mínimos y máximos deberán indicarse el precio unitario de los bienes y/o servicios ofertados; y en caso de realizarse por cantidades mínimas y máximas, deberán cotizarse los precios unitarios y los totales se calcularán multiplicado los precios unitarios por la cantidad máxima correspondiente.
4. El precio del contrato que perciba el proveedor por los bienes y/o servicios suministrados en virtud del contrato no podrá ser diferente a los precios unitarios cotizados en su oferta, excepto por cualquier ajuste previsto en el mismo.
5. En caso que se requiera el desglose de los componentes de los precios será con el propósito de facilitar a la convocante la comparación de las ofertas.
6. En las contrataciones internacionales los oferentes no domiciliados en el territorio de la República deberán manifestar en su oferta que los precios que presentan en su propuesta económica no se cotizan en condiciones de prácticas desleales de comercio internacional en su modalidad de discriminación de precios o subsidios.
1. Instrumentación y porcentaje
1.1 La Garantía de Mantenimiento de Oferta deberá expedirse por el equivalente 5% (cinco por ciento) del monto total de la oferta. El oferente debe adoptar cualquiera de las siguientes formas:
a. Garantía bancaria emitida por un banco establecido en la República del Paraguay, la que deberá ajustarse a las condiciones establecidas por la DNCP.
b. Póliza de seguros emitida por una compañía autorizada a operar y emitir pólizas de seguros de caución en la República del Paraguay. La póliza deberá ajustarse a las condiciones establecidas por la DNCP.
c. En los procedimientos, cuyo monto de estimación de la contratación sea inferior a los dos mil (2.000) jornales mínimos, se admitirá la instrumentación de las garantías de mantenimiento de ofertas a través de Declaraciones Juradas con certificación de firma por Escribano Público. La certificación de firma podrá corresponder a la misma fecha del documento certificado o a una fecha posterior.
d. En caso de utilizarse el Módulo de Ofertas Electrónicas, las declaraciones juradas serán generadas y firmadas a través del módulo y no requerirán certificación de firmas.
1.2 En los casos de contratos abiertos las garantías se regirán por lo dispuesto en el Decreto Reglamentario y la reglamentación emitida por la DNCP para el efecto.
1.3 En caso de instrumentarse las garantías a través de Garantía Bancaria o Declaración Jurada, deberá estar sustancialmente de acuerdo con el formulario incluido en la Sección "Formularios".
2. Garantía de mantenimiento de ofertas en consorcios
2.1. En caso de consorcios, la garantía de mantenimiento de ofertas deberá ser presentada de la siguiente manera:
a. Consorcio constituido por escritura pública: deberán emitir a nombre del consorcio legalmente constituido por escritura pública o del gestor y representante del consorcio (Empresa líder), designado en la escritura pública.
b. Consorcio con acuerdo de intención de participación en contrato de consorcio: deberán emitir a nombre del gestor y representante del consorcio (empresa líder), designado en el acuerdo.
3. Ejecución de la Garantía de mantenimiento de ofertas
3.1. La Garantía de Mantenimiento de Ofertas podrá ser ejecutada:
a. Si el oferente altera las condiciones de su oferta,
b. Si el oferente retira su oferta durante el período de validez de ofertas,
c. Si no acepta la corrección aritmética del precio de su oferta, en caso de existir, o
d. Si el adjudicatario no procede, por causa imputable al mismo a:
d.1 Firmar el contrato,
d.2 Suministrar los documentos indicados en las bases de la contratación para la firma del contrato,
d.3 Suministrar en tiempo y forma la garantía de cumplimiento de contrato,
d.4 Cuando se comprobare que las declaraciones juradas presentadas por el oferente adjudicado con su oferta sean falsas,
d.5 No se formaliza el consorcio por escritura pública antes de la firma del contrato.
4. Las Garantías tanto de Mantenimiento de Oferta, Cumplimiento de Contrato o de Anticipo, sea cual fuere la forma de instrumentación adoptada, deberá ser pagadera ante solicitud escrita de la convocante donde se haga constar el monto reclamado, cuando se tenga acreditada una de las causales de ejecución de la garantía. En estos casos será requisito que previamente el oferente sea notificado del incumplimiento y la intimación de que se hará efectiva la ejecución del monto asegurado.
1. Formulario de Oferta (*) [El formulario de oferta y lista de precios, descargados del SICP, deben ser completados y firmados por el oferente. En caso de que se emplee el módulo de oferta electrónica se considerará que el listado de ítems forma parte del formulario de oferta electrónica, y deberá sujetarse en todo lo demás a la reglamentación vigente.] |
2.Garantía de Mantenimiento de Oferta (*) [La garantía de mantenimiento de oferta debe ser extendida, bajo la forma establecida en el SICP. |
3. Certificado de Cumplimiento con la Seguridad Social (**) |
4. Declaración jurada de conocimiento de la existencia de un conflicto de intereses respecto a los funcionarios públicos intervinientes en el procedimiento. (**) |
5. Certificado de Producto y Empleo Nacional emitido por el MIC, en formato físico, solo en caso de imposibilidad de certificación electrónica. (**) |
6. Certificado de Cumplimiento Tributario. (**) |
7. Patente comercial del municipio en donde esté asentado el establecimiento del oferente. (**) |
8. Documentos legales. Oferentes |
8.1. Personas Físicas. |
a. Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del firmante de la oferta. (*) |
b. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes – RUC (*) |
c. En el caso que suscriba la oferta otra persona en su representación, deberá acompañar una fotocopia simple de su cédula de identidad y una fotocopia simple del poder suficiente otorgado por Escritura Pública para presentar la oferta y representarlo en los actos de la licitación. No es necesario que el poder esté inscripto en el Registro de Poderes. (*) |
8.2. Personas Jurídicas. |
a. Fotocopia simple de los documentos que acrediten la existencia legal de la persona jurídica tales como la Escritura Pública de Constitución, según el tipo de sociedad y protocolización de los Estatutos Sociales. Los estatutos deberán estar inscriptos en la Sección Personas Jurídicas de la Dirección de Registros Públicos. (*) |
b. Constancia de inscripción en el Registro Único de Contribuyentes. (**) |
c. Fotocopia simple de los documentos de identidad de los representantes o apoderados de la sociedad. (*) |
d. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al oferente. Estos documentos pueden consistir en: un poder suficiente en el que conste que el apoderado posee facultades suficientes para representar y obligar a la persona jurídica, otorgado por Escritura Pública (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes); o los documentos societarios que justifiquen la representación del firmante, tales como las actas de asamblea y de directorio en el caso de las sociedades anónimas. (*) |
8.3. Oferentes en Consorcio en formación. |
a. Original o fotocopia del acuerdo de intención de constituir el consorcio, en caso de resultar adjudicados y antes de la firma del contrato. (*) |
b. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio en formación y que acrediten las facultades de los firmantes del acuerdo de intención para consorciarse. Estos documentos pueden consistir en (*): i. Original o fotocopia del acuerdo de intención de constituir el consorcio en caso de resultar adjudicados y antes de la firma del contrato, instrumentado por escritura pública o, ii. Original o fotocopia del acuerdo de intención de constituir el consorcio en caso de resultar adjudicados y antes de la firma del contrato, instrumentado por acuerdo privado. Cada integrante del consorcio que sea persona física domiciliada en la República del Paraguay deberá presentar los documentos requeridos para Oferentes Individuales especificados en el apartado Oferentes. (Personas Físicas) y, las personas jurídicas domiciliadas en Paraguay deberán presentar los documentos requeridos para Oferentes (Personas Jurídicas). |
c. Un poder en el que conste que el apoderado posee facultades suficientes para representar y obligar al Consorcio, otorgado por escritura pública (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes) (*). |
8.4. Oferentes en Consorcios constituidos o formalizados. |
a. Original o fotocopia del instrumento público (escritura pública) de constitución del consorcio. (*) |
b. Fotocopia simple de los documentos que acrediten las facultades del firmante de la oferta para comprometer al consorcio. Estos documentos pueden consistir en (*): i. Original o fotocopia del instrumento público (escritura pública) de constitución del consorcio. ii. Un poder en el que conste que el apoderado posee facultades suficientes para representar y obligar al Consorcio, otorgado por escritura pública (no es necesario que esté inscripto en el Registro de Poderes). |
Las formalidades de los acuerdos de intención y de los consorcios serán determinadas por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas (DNCP).
En caso de que los procedimientos no sean por el módulo de oferta electrónica, el oferente deberá presentar el Formulario de Oferta y la Planilla de precio. Para los casos en que se utilice el Módulo de Oferta Electrónica los datos se deberán cargar en el Formulario de oferta electrónica de conformidad a la normativa vigente.
Los documentos indicados con asterisco (*) son considerados documentos sustanciales a ser presentados con la oferta de conformidad al Decreto Reglamentario.
Los documentos indicados con doble asterisco (**) deberán estar vigentes a la fecha y hora tope de presentación de ofertas. La falta de firma en documentos formales no será un motivo de descalificación, salvo que expresamente se disponga la exigencia de la firma del oferente, en cuyo caso la omisión o disconformidad deberá analizarse conforme a los Artículos 77, 78 y 80 del Decreto 2264/24.
Respecto al punto 3, cuando el oferente se encuentre activo sin movimiento, deberá presentar la documentación respaldatoria expedida por autoridad competente. En caso de no contar con personal subordinado por tratarse de un consultor individual, el oferente deberá presentar el certificado de no hallarse inscripto en el IPS.
El criterio de evaluación a ser utilizado en el presente procedimiento de contratación será:
MARGEN DE PREFERENCIA
CERTIFICADO DE PRODUCTO Y EMPLEO NACIONAL - CPS a) Oferentes. A los efectos de acogerse al beneficio de la aplicación del margen de preferencia, el oferente deberá contar con el Certificado de Producto y Empleo Nacional (CPEN). El certificado debe ser emitido como máximo a la fecha y hora tope de presentación de ofertas. La falta del CPEN no será motivo de descalificación de la oferta, sin embargo, el oferente no podrá acogerse al beneficio. El comité de evaluación verificará en el portal oficial indicado por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) la emisión en tiempo y forma del CPEN declarado por los oferentes. No será necesaria la presentación física del Certificado de Producto y Empleo Nacional. Independientemente al sistema de adjudicación, el margen de preferencia será aplicado a cada bien o servicio objeto de contratación que se encuentre indicado en la planilla de precios. El CPEN será intransferible, no obstante, exclusivamente en caso de productos y bajo autorización expresa del titular del certificado, éste podrá ser utilizado por terceros para la presentación de ofertas en el marco de un procedimiento de contratación, de acuerdo con lo establecido en la reglamentación respectiva. b) Oferentes en Consorcio: b.1. Provisión de Bienes. El CPEN debe ser expedido a nombre del oferente que fabrique o produzca los bienes objeto de la contratación. En el caso que ninguno de los oferentes consorciados fabrique o produzca los bienes ofrecidos, el consorcio deberá contar con el CPEN correspondiente al bien ofertado, debiendo encontrarse debidamente autorizado por el fabricante. Esta autorización podrá ser emitida a nombre del consorcio o de cualquiera de los integrantes del mismo. b.2. Provisión de Servicios. (se entenderá por el término servicio aquello que comprende a los servicios en general, las consultorías, obras públicas y servicios relacionados a obras públicas). Todos los integrantes del consorcio deben contar con el CPEN.
Capacidad Financiera Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera Para evaluar el presente criterio, el oferente deberá presentar las siguientes documentaciones:
Experiencia general en obras
Experiencia específica en obras
Justificación de la experiencia específica solicitada La experiencia solicitada tiene como base la envergadura de la obra y el alto impacto institucional de la misma. Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación de los presentes criterios:
Requisitos documentales para evaluar los presentes criterios de experiencia general y especifica en obras Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación de los presentes criterios:
Capacidad en materia de personal Con el objetivo de calificar la capacidad en materia de personal del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Requisitos documentales para evaluar la capacidad en materia de personal 1. Currículum en el que se mencione la calificación y experiencia del personal clave, técnico y de administración, propuesto para desempeñarse en el lugar de ejecución de las obras a los fines del contrato. 2. Referencias de empresas que confirmen un desempeño satisfactorio. Capacidad en materia de equipos Con el objetivo de calificar la capacidad en materia de equipos del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Requisitos documentales para evaluar capacidad en materia de equipos
En caso de equipos pertenecientes a terceros, adjuntar: (i) constancia donde se certifique que dicho equipo permanecerá en la obra todo el tiempo que sea necesario para cumplir con las tareas especificadas; (ii) contrato de alquiler o leasing, o carta compromiso otorgada por el propietario de que los equipos serán cedidos en alquiler o leasing. Disconformidad, errores y omisiones Siempre y cuando una oferta se ajuste sustancialmente a las bases de la contratación, el Comité de Evaluación, requerirá que cualquier disconformidad u omisión que no constituya una desviación significativa, sea subsanada en cuanto a la información o documentación que permita al Comité de Evaluación realizar la calificación de la oferta. A tal efecto, el Comité de Evaluación emplazará por escrito al oferente a que presente la información o documentación necesaria, dentro de un plazo razonable no menor a un día hábil, bajo apercibimiento de rechazo de la oferta. El Comité de Evaluación podrá reiterar el pedido cuando la respuesta no resulte satisfactoria, toda vez que no se viole el principio de igualdad. Con la condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de la Licitación, la convocante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera y notificará al oferente para su aceptación: a) Si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido. b) Si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se corregirá el total. c) En caso que el oferente haya cotizado su precio en guaraníes con décimos y céntimos la convocante procederá a realizar el redondeo hacia abajo. Si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados. Criterios de desempate de ofertas
Criterios de Adjudicación De acuerdo con el mercado, el objeto del contrato y el ciclo de vida del bien o servicio, podrá usarse uno o la combinación de varios criterios, previstos en el artículo 52 de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’. La adjudicación de la oferta solo podrá fundamentarse en la evaluación de los criterios señalados en los documentos del procedimiento de contratación. En los procedimientos de contratación en los cuales se aplique la combinación de criterios, la evaluación de las ofertas se llevará a cabo con base a la metodología, criterios y parámetros establecidos en los pliegos de bases y condiciones que permitan establecer cuál es aquella que ofrece mayor valor por dinero. En los demás casos, la convocante adjudicará el contrato al oferente cuya oferta haya sido evaluada como la más baja y cumpla sustancialmente con los requisitos de las bases y condiciones, siempre y cuando la convocante determine que el oferente está calificado para ejecutar el contrato satisfactoriamente. 1. La adjudicación en los procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, se efectuará por las cantidades o montos máximos solicitados en el procedimiento de contratación, sin que ello implique obligación de la convocante de requerir la provisión de esa cantidad o monto durante de la vigencia del contrato, obligándose sí respecto de las cantidades o montos mínimos establecidos. 2. En caso de que la convocante no haya adquirido la cantidad o monto mínimo establecido, deberá consultar al proveedor si desea ampliarlo para el siguiente ejercicio fiscal, hasta cumplir el mínimo. 3. Al momento de adjudicar el contrato, la convocante se reserva el derecho a disminuir la cantidad de Bienes y/o Servicios requeridos, por razones de disponibilidad presupuestaria u otras razones debidamente justificadas. Estas variaciones no podrán alterar los precios unitarios u otros términos y condiciones de la oferta y de los documentos de la licitación. En aquellos procedimientos de contratación en los cuales se aplique el atributo de contrato abierto, cuando la Convocante deba disminuir cantidades o montos a ser adjudicados, no podrá modificar el monto o las cantidades mínimas establecidas en las bases de la contratación. Notificaciones Cuando la convocante opte por notificar la adjudicación a través del SICP, la notificación de la misma será realizada de manera automática, a los correos declarados en el Registro de Proveedores del Estado de los oferentes presentados. A efectos de la notificación oficial, solo serán considerados tales correos electrónicos. La notificación comprenderá la Resolución de la adjudicación, el informe de evaluación. En sustitución de la notificación a través del SICP, las Convocantes podrán dar a conocer la adjudicación por medios físicos o electrónicos a cada uno de los oferentes, acompañados de la copia íntegra de la resolución de adjudicación y del informe de evaluación, de conformidad al artículo 62 del Decreto. La no entrega del informe en ocasión de la notificación, suspende el plazo para formular protestas hasta tanto la convocante haga entrega de dicha copia al oferente solicitante. 3. En caso de la convocante opte por la notificación física a los oferentes participantes, deberá realizarse únicamente con el acuse de recibo y en el mismo con expresa mención de haber recibido el informe de evaluación y la resolución de adjudicación. 4. Las cancelaciones o declaraciones desiertas deberán ser notificadas a todos los oferentes, según el procedimiento indicado precedentemente. 5. Las notificaciones realizadas en virtud al contrato, deberán ser por escrito y dirigirse a la dirección indicada en el contrato. |
Periodo de validez de la oferta
Las ofertas deberán mantenerse válidas por: 60 (sesenta) días corridos a partir de la fecha límite para la presentación de ofertas. Toda oferta con un periodo menor será rechazada. La convocante en circunstancias excepcionales podrá solicitar, por escrito, al oferente que extienda el periodo de validez de la oferta, por lo tanto, la Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá ser también prorrogada. El oferente puede rehusarse a tal solicitud sin que se le haga efectiva su Garantía de Mantenimiento de Oferta. A los oferentes que acepten la solicitud de prórroga no se les pedirá ni permitirá que modifiquen sus ofertas
Periodo de validez de la garantía de mantenimiento de oferta
El plazo de validez de la Garantía de Mantenimiento de Oferta (en días corridos) será de: 90 (noventa) días corridos a partir de la fecha límite para la presentación de ofertas y será del 5% (cinco por ciento) sobre el monto de la oferta.
El oferente deberá presentar como parte de su oferta una Garantía de Mantenimiento de acuerdo al porcentaje indicado para ello en el SICP y por el plazo indicado en este apartado. La misma deberá ser extendida a través de una Póliza de Caución o Garantía Bancaría.
Condición de Participación:
Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.
Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTROS Y CONTRATACIONES PUBLICAS".
Requisitos de Calificación
Calificación Legal. Los oferentes deberán declarar que no se encuentran comprendidos en las limitaciones o prohibiciones para contratar con el Estado, según lo establecido en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22 en concordancia con el Artículo 19 de su Decreto Reglamentario. Esta declaración forma parte del formulario de oferta en los casos que el procedimiento de contratación sea convencional y formulario de Oferta electrónica en el caso que se utilice el módulo de oferta electrónica.
Serán desechadas las ofertas de los oferentes que se encuentren comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuesta y contratar con el Estado, a la hora y fecha límite de presentación de ofertas o a la fecha de firma del contrato.
A los efectos de la verificación de la existencia de prohibiciones o limitaciones contenidas en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22, el comité de evaluación realizará el siguiente análisis:
1. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de ofertas, la declaración jurada de no estar comprendido en las prohibiciones y limitaciones para presentar propuesta y contratar, y además las constancias de registro de estructura jurídica y de beneficiarios finales.
2. Verificará los registros del personal de la convocante para detectar si el oferente o sus representantes, se hallan comprendidos en el artículo 21 de la Ley Nº 7021/22.
3. Verificará por los medios disponibles, si el oferente y los demás sujetos individualizados en las prohibiciones o limitaciones contenidas en los incisos, aparecen en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL.
4. Si se constatara que alguno de las personas mencionadas en el párrafo anterior figura en la base de datos del SINARH del VICE MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO Y GESTION ORGANIZACIONAL, el comité analizará acabadamente si tal situación le impedirá ejecutar el contrato, exponiendo los motivos para aceptar o rechazar la oferta, según sea el caso.
5. Verificará que el oferente haya proporcionado el formulario de Declaración de Personas, debidamente firmado, conforme a los estándares establecidos, y cotejará los datos con las personas físicas inhabilitadas que constan en el registro de Sanciones a Proveedores del SICP. Con el objeto de verificar si los directores, gerentes, socios gerentes, quienes ejerzan la administración, accionistas, cuotapartistas o propietarios se encuentren dentro de los criterios contemplados en los incisos g), h), i), y j) de la Ley 7021/22.
6. El comité podrá recurrir a fuentes públicas o privadas de información, para verificar los datos proporcionados por el oferente y las obrantes en el registro de inhabilitados de la DNCP.
7. Si el Comité confirma que el oferente o sus integrantes poseen impedimentos en virtud a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 7021/22, la oferta será rechazada y se remitirán los antecedentes a la DNCP para los fines pertinentes.
Método de Evaluación: Basado únicamente en precio
El Porcentaje de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato es de:
El proveedor debe presentar esta garantía dentro de los 10 días corridos siguientes a la fecha de suscripción del contrato.
La garantía de fiel cumplimiento de contrato adoptará alguna de las siguientes formas: Garantía bancaria o Póliza de Seguros.
El plazo de vigencia de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato será (en días corridos) de:
120 (ciento veinte) días corridos computados desde la suscripción del contrato
Si la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, se realizare en un plazo menor o igual a diez (10) días corrridos posteriores a la firma del contrato, la garantía de fiel cumplimiento deberá ser entregada antes del cumplimiento de la prestación.
Una vez cumplidas las obligaciones por parte del proveedor o contratista, la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato podrá ser liberada y devuelta al proveedor, a requerimiento de parte, dentro de los treinta (30) días contados a partir de la fecha de cumplimiento de las obligaciones, incluyendo cualquier obligación relativa a la garantía de los bienes y/o servicios.
Se otorgará anticipo:
No aplica
Indicar en este apartado la forma de instrumentar la garantía de anticipo.
No aplica
El plazo dentro del cual se solicitará el anticipo será (en días corridos) de:
No aplica
La entrega de los bienes se realizará de acuerdo al plan de entrega, indicado en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada entrega. Así mismo, de los documentos de embarque y otros que deberá suministrar el proveedor indicado a continuación:
No aplica
La prestación de los servicios se realizará de acuerdo al plan de prestación, indicados en el presente apartado. El proveedor se encuentra facultado a documentarse sobre cada prestación.
No aplica
La obra a ser realizada será conforme a lo siguiente:
El plazo de ejecución de la obra será de 60 días calendario, contados a partir de la firma del contrato y la entrega del acta de inicio de los trabajos.
Lugar de Ejecución de los Trabajos: TRAMOS INDICADOS EN LA PLANILLA
Las obras contratadas que requieran de la obtención de requisitos de carácter ambiental, no podrán iniciarse antes de la obtención y presentación a la contratante de dichos requisitos.
El documento requerido para acreditar el cumplimiento contractual, será:
Planificación de indicadores de cumplimiento:
INDICADOR |
TIPO |
FECHA DE PRESENTACIÓN PREVISTA (se indica la fecha que debe presentar según el PBC) |
ACTA DE INICIO DE OBRA |
ACTA DE INICIO DE OBRA |
Setiembre 2025 |
ACTA DE RECEPCION PARCIAL |
ACTA DE RECEPCION PARCIAL |
Octubre 2025 |
ACTA DE RECEPCION DEFINITIVA |
ACTA DE RECEPCION DEFINITIVA |
Noviembre 2025 |
De manera a establecer indicadores de cumplimiento, a través del sistema de seguimiento de contratos, la convocante deberá determinar el tipo de documento que acredite el efectivo cumplimiento de la ejecución del contrato, así como planificar la cantidad de indicadores que deberán ser presentados durante la ejecución. Por lo tanto, la convocante en este apartado y de acuerdo al tipo de contratación de que se trate, deberá indicar el documento a ser comunicado a través del módulo de Seguimiento de Contratos y la cantidad de los mismos.
El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:
1. Documentos Genéricos:
a. Nota de remisión u orden de prestación de servicios según el objeto de la contratación;
b. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
c. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
d. Certificado de Cumplimiento Tributario;
e. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
f. Formulario de Identificación de Servicios Personales (FIS);
g. Certificado laboral vigente expedido por la Dirección de Obrero Patronal dependiente del Viceministerio de Trabajo, siempre que el sujeto esté obligado a contar con el mismo, de conformidad a la reglamentación pertinente - CPS
Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:
CONTRA CERTIFICADO dentro de los 30 (treinta) días, desde la aprobación del certificado de obras mensual y la presentación de la factura Importante: Que la convocante tendrá en cuenta para pago durante el Ejercicio Fiscal del año 2024, la tasa de contribución fijada según lo establecido en el Art. 63º de la Ley N° 7021/2022 DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS del 0,4% (cero coma cuatro por ciento), para la contribución de la implementación de las Contrataciones Públicas (SICP).
2. La Contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor. La contratante deberá expedirse respecto a la aceptación o rechazo de la factura, a más tardar en quince (15) días corridos posteriores a su presentación.
3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).
El certificado previsto en el inciso g), se requerirá únicamente para el último pago.
El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes:
Formula:
Rm = Pmo (Ʃ Ak (Ikm) -1) k-1Iko
Donde:
Rm: Es el monto de reajuste por la variación de precios de los trabajos
certificados en el mes m.
Pmo: Montos certificados en el mes m a precios básicos.
Ak: Es el coeficiente de incidencia del insumo k a ser reajustados por las fluctuaciones del Índice Ikm. La sumatoria de dichos coeficientes, para cada ítem a reajustar, debe ser igual a la unidad.
Iko: Es el precio de origen representativo del insumo k correspondiente al mes anterior de la fecha de apertura de las ofertas, en base a los precios publicados en dicho mes en la revista de la (CAPACO).
Ikm: Es el precio del insumo k en el mes publicado en dicho mes en la revista de la (CAPACO),
Procedimiento:
El reajuste solo será aplicado a solicitud del Proveedor. El Proveedor deberá solicitar el reajuste contractual por escrito a la Contratante. Con la solicitud el Proveedor es quien deberá presentar todas las pruebas para que la misma sea tenida en cuenta.
El plazo máximo para la presentación de la solicitud de reajuste es hasta la presentación de la factura.
El ajuste se efectúa mensualmente aplicando las cláusulas de ajuste y el monto del ajuste se paga en las mismas condiciones que
el certificado al cual se refiere. En caso que los índices oficiales que se deben utilizar en el cálculo no estén disponibles, se podrán efectuar ajustes
provisionales utilizando los últimos índices conocidos. Los ajustes se corregirán cuando se conozcan los valores relativos a los meses en cuestión.
En caso de atrasos imputables al contratista en la ejecución de los trabajos, las prestaciones realizadas vencidos los plazos contractuales de ejecución, se pagarán sobre la base de los precios actualizados y ajustados al día de expiración del plazo contractual de ejecución
El ajuste se efectúa mensualmente aplicando las cláusulas de ajuste y el monto del ajuste se paga en las mismas condiciones que el certificado al cual se refiere. En caso que los índices oficiales que se deben utilizar en el cálculo no estén disponibles, se podrán efectuar ajustes provisionales utilizando los últimos índices conocidos. Los ajustes se corregirán cuando se conozcan los valores relativos a los meses en cuestión.
En caso de atrasos imputables al contratista en la ejecución de los trabajos, las prestaciones realizadas vencidos los plazos contractuales de ejecución, se pagarán sobre la base de los precios actualizados y ajustados al día de expiración del plazo contractual de ejecución
La variación del valor del contrato por reajuste de precios, no constituye modificación del contrato en los términos de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’, sin embargo, deberá contar con un Código de Contratación, para cuya obtención se deberá cumplir con los requerimientos establecidos por la DNCP.
La variación del valor del contrato por reajuste de precios, no constituye modificación del contrato en los términos de la Ley N° 7021/22 ‘’De Suministro y Contrataciones Públicas’’, sin embargo, deberá contar con un Código de Contratación, para cuya obtención se deberá cumplir con los requerimientos establecidos por la DNCP.
El valor del porcentaje de multas que será aplicado por el atraso en la entrega de los bienes, prestación de servicios será de:
La contratante podrá deducir en concepto de multas una suma equivalente al porcentaje del precio de entrega de los bienes atrasados, por cada día de atraso indicado en este apartado.
La aplicación de multas no libera al proveedor del cumplimiento de sus obligaciones contractuales.
En caso de que la contratante incurriera en mora en los pagos, se aplicará una tasa de interés por cada día de atraso, del:
En ningún caso el porcentaje podrá superar al tope máximo definido en la Resolución MEF N° 12/2025, en cuyo supuesto, se aplicará un ajuste automático al contrato con los topes respectivos, de conformidad a las reglas establecidas en la mencionada resolución, según se traten de contratos en guaraníes o en dólares estadounidenses.
La mora será computada a partir del día siguiente del vencimiento del pago y no incluye el día en el que la contratante realiza el pago.
Si la contratante no efectuara cualquiera de los pagos al proveedor en las fechas de vencimiento correspondiente, la contratante pagará al proveedor interés sobre los montos de los pagos morosos a la tasa establecida en este apartado, por el período de la demora hasta que haya efectuado el pago completo, ya sea antes o después de cualquier juicio.
Si la mora fuera superior a 60 días, el proveedor, consultor o contratista tendrá derecho a la suspensión del contrato, por motivos que no le serán imputables, previa comunicación a la contratante, de acuerdo a lo establecido en el artículo 66 de la Ley N° 7021/22.
‘’Los contratistas, proveedores, consultores y contratantes, podrán solicitar la intervención de la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas alegando el incumplimiento de los términos y condiciones pactados en los contratos regidos por la Ley N° 7021/22. Una vez recibida la solicitud respectiva, dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes a la fecha de su recepción, la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas señalará día y hora para audiencia de avenimiento a la que serán citadas las partes. Los requisitos y formalidades para admitir o rechazar la solicitud de intervención, así como los demás trámites del procedimiento de avenimiento serán dispuestos en la reglamentación. Serán aplicables al procedimiento de Avenimiento las disposiciones contenidas en la sección I del Capítulo XVI ‘’PROCEDIMIENTOS JURIDICOS SUSTANCIADOS ANTE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS’’ de la Ley N° 7021/22.
El procedimiento de Mediación se podrá llevar a cabo ante:
No aplica
El mediador deberá pertenecer a las Listas del Poder Judicial o del CAMP, según la selección de sede establecida.
El procedimiento arbitral se podrá llevar a cabo ante las sedes del Centro de Arbitraje y Mediación del Paraguay (en adelante, "CAMP"). El tribunal será conformado por:
No aplica
El o los árbitros designados deberán pertenecer a la lista del cuerpo arbitral del CAMP, que decidirá conforme a derecho, siendo el laudo definitivo y vinculante para las partes.