En la Sección correspondiente a la Experiencia se solicita Demostrar provisión de lo ofertado por un monto equivalente al 20 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los últimos 4 años 2020, 2021, 2022, y 2023. Consultamos si lo ofertado se refiere únicamente a platos elaborados y servidos para escuelas públicas en la modalidad cocinando en las instituciones.
En la Sección correspondiente a la Experiencia se solicita Demostrar provisión de lo ofertado por un monto equivalente al 20 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los últimos 4 años 2020, 2021, 2022, y 2023. Consultamos si lo ofertado se refiere únicamente a platos elaborados y servidos para escuelas públicas en la modalidad cocinando en las instituciones.
RESPECTO A SU CONSULTA, EN LAS BASES CONCURSALES SE ESTABLECEN QUE LAS EXPERIENCIAS SERÁN CONSIDERADAS PARA LAS COLECTIVIDADES TANTO PÚBLICAS COMO PRIVADAS TANTP EN LA MODALIDAD DE CATERING COMO COCINANDO EN LAS ESCUELAS.
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Requisitos en los criterios múltiples.
En los criterios múltiples que se solicitan se pide: Certificación en sistema de gestión de inocuidad de los alimentos a ser proveídos, avalada por entidad acreditada conforme al Decreto 3900/10 que reglamenta la Ley 2279/03 y amplía la Ley 1028/97. Consultamos y pedimos a la Convocante aclarar que tipo de certificado de calidad y bajo que normas nacionales o internacionales han sido emitidas, por ejemplo, ISO 9001, 22.000, HACCP, TUV, BCR, etc y cual seria el alcance de dicha certificación para aplicar a la elaboración en las escuelas.
En los criterios múltiples que se solicitan se pide: Certificación en sistema de gestión de inocuidad de los alimentos a ser proveídos, avalada por entidad acreditada conforme al Decreto 3900/10 que reglamenta la Ley 2279/03 y amplía la Ley 1028/97. Consultamos y pedimos a la Convocante aclarar que tipo de certificado de calidad y bajo que normas nacionales o internacionales han sido emitidas, por ejemplo, ISO 9001, 22.000, HACCP, TUV, BCR, etc y cual seria el alcance de dicha certificación para aplicar a la elaboración en las escuelas.
LA MENCIÓN REFERIDA CORRESPONDE A LA TRANSCRIPCIÓN TEXTUAL DEL PÁRRAFO CONTENIDO EN LA RESOLUCIÓN CONAE N° 001/2024 POR LA CUAL SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS PARA LOS SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR, EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR HAMBRE CERO EN LAS ESCUELAS (PAE-H0) DE FECHA 10 DE MAYO DE 2024. (PÁGINA 9 ÚLTIMA PARTE). SE TRATA DE CERTIFICACIONES DE ORGANISMOS QUE HAYAN SIDO ACREDITADOS POR EL ONA - ORGANISMO NACIONAL DE ACREDITACIÓN DEPENDIENTE DEL CONACYT, COMO PARTE INTEGRANTE DEL SISTEMA NACIONAL DE CALIDAD ES RESPONSABLE DE DIRIGIR Y ADMINISTRAR EL SISTEMA NACIONAL DE ACREDITACIÓN Y OTORGAR LA ACREDITACIÓN A NIVEL NACIONAL.
33
Requisitos en los criterios múltiples.
En los criterios múltiples se incluyen muchas condiciones como certificaciones, declaraciones juradas, y otros documentos que acrediten requisitos, pero para el caso de Consorcios no se especifica como deberían cumplir los miembros del consorcio (en que proporción especifico cada uno), por tanto, resultan muy confusos. Consultamos: no debería agregarse y especificarse como cada miembro del consorcio deberán cumplir con estos requisitos.
En los criterios múltiples se incluyen muchas condiciones como certificaciones, declaraciones juradas, y otros documentos que acrediten requisitos, pero para el caso de Consorcios no se especifica como deberían cumplir los miembros del consorcio (en que proporción especifico cada uno), por tanto, resultan muy confusos. Consultamos: no debería agregarse y especificarse como cada miembro del consorcio deberán cumplir con estos requisitos.
CONFORME A LA ENVERGADURA DEL PROCESO, FAVOR REMITIRSE A LAS BASES CONSURSALES SOLICITADAS EN EL PBC.
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ESPECIFICACIONES TECNICAS - LECHE
Existe una notoria contradicción e irregular inconsistencia en las Especificaciones Técnicas del llamado:
Primeramente, dice que la "Forma de presentación de la leche entera UAT 1000 ml." en los siguientes términos: "El desayuno y la merienda escolar, en su componente líquido, deberá contener optativamente uno de los siguientes alimentos:
Leche Entera Fluida UAT; o,
Leche Entera Fluida UAT enriquecida con Hierro, Zinc y Vitamina C
Utensilios para el servicio de provisión de leche entera UAT (vasos desechables 200 ml), aptos para entrar en contacto con alimentos y de uso exclusivo. Forma de presentación de la leche entera UAT 1000 ml."
Sin embargo, inmediatamente después, dice: "DESAYUNO Y MERIENDA ESCOLAR: Composición del desayuno y merienda escolar: *Leche entera fluida UAT- 200 ml + alimentos sólidos"
Y luego dice: "Condiciones de almacenamiento de las cajas de leche.Leche de 200 ml (caja de 27 unidades) Hasta 11 cajas"
Entonces, solicitamos aclarar o unificar qué tipo de presentación se exige para el presente llamado en cuanto a la Leche? Esto es indispensable ya que ademas se debe solicitar el Certificado de Origen, RSPA y las muestras correspondientes.
Existe una notoria contradicción e irregular inconsistencia en las Especificaciones Técnicas del llamado:
Primeramente, dice que la "Forma de presentación de la leche entera UAT 1000 ml." en los siguientes términos: "El desayuno y la merienda escolar, en su componente líquido, deberá contener optativamente uno de los siguientes alimentos:
Leche Entera Fluida UAT; o,
Leche Entera Fluida UAT enriquecida con Hierro, Zinc y Vitamina C
Utensilios para el servicio de provisión de leche entera UAT (vasos desechables 200 ml), aptos para entrar en contacto con alimentos y de uso exclusivo. Forma de presentación de la leche entera UAT 1000 ml."
Sin embargo, inmediatamente después, dice: "DESAYUNO Y MERIENDA ESCOLAR: Composición del desayuno y merienda escolar: *Leche entera fluida UAT- 200 ml + alimentos sólidos"
Y luego dice: "Condiciones de almacenamiento de las cajas de leche.Leche de 200 ml (caja de 27 unidades) Hasta 11 cajas"
Entonces, solicitamos aclarar o unificar qué tipo de presentación se exige para el presente llamado en cuanto a la Leche? Esto es indispensable ya que ademas se debe solicitar el Certificado de Origen, RSPA y las muestras correspondientes.
RESPECTO A SU CONSULTA, FAVOR REMITIRSE A LA ADENDA 01.
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ESPECIFICACIONES TECNICAS - ALIMENTOS SOLIDOS
El PBC dice: "Cuando en el procedimiento de contratación se pretenda adquirir Desayuno/Merienda Escolar, las especificaciones técnicas de los alimentos sólidos serán las siguientes:" . Sin embargo, en ese punto no se detallan las especificaciones técnicas de los alimentos solidos.
Se observa que se establece un listado de: Palito; Chipita; Galletitas de avena o Galletita de arroz; Torta de Miel de caña; Pan Lacteado; Alimento a base de maní y
Miel de Abeja.
Sin embargo, en el PBC no se verifica ninguna de las especificaciones técnicas o composiciones de los productos citados, por lo que se tiene que la sección Especificaciones Técnicas del llamado se encuentra incompleto.
El PBC dice: "Cuando en el procedimiento de contratación se pretenda adquirir Desayuno/Merienda Escolar, las especificaciones técnicas de los alimentos sólidos serán las siguientes:" . Sin embargo, en ese punto no se detallan las especificaciones técnicas de los alimentos solidos.
Se observa que se establece un listado de: Palito; Chipita; Galletitas de avena o Galletita de arroz; Torta de Miel de caña; Pan Lacteado; Alimento a base de maní y
Miel de Abeja.
Sin embargo, en el PBC no se verifica ninguna de las especificaciones técnicas o composiciones de los productos citados, por lo que se tiene que la sección Especificaciones Técnicas del llamado se encuentra incompleto.
LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS PRODUCTOS INCORPORADOS AL DESAYUNO/MERIENDA, SE ENCUENTRAN EN:
https://hambrecero.gobiernodelparaguay.gov.py/normativas-legales-vigentes/
VERIFICAR EL NUMERAL 1.5 EETT PARA DESAYUNO Y MERIENDA ESCOLAR.
36
sección, Evaluación basada en Multiplicidad de Criterios
En cuanto al requisito de la Evaluación Basada en Multiplicadad de Criterios en los aspectos de Sosteniblidad social, específicamente en los compromisos con la prevencion de la violencia contra la mujer, el Pliego de bases y Condiciones solicita cuanto sigue:
Documentación que demuestre el compromiso del oferente con la prevención de la violencia contra la mujer, ante una institución gubernamental o entidad internacional reconocida por su expertise en temas de género y violencia contra la mujer.
Consultamos cual seria la documentación obrante que avale dicho requisito, puesto que el órgano rector en la materia el Ministerio de la Mujer carece de certificaciones de dicha Indole.
11-06-2024
18-06-2024
sección, Evaluación basada en Multiplicidad de Criterios
En cuanto al requisito de la Evaluación Basada en Multiplicadad de Criterios en los aspectos de Sosteniblidad social, específicamente en los compromisos con la prevencion de la violencia contra la mujer, el Pliego de bases y Condiciones solicita cuanto sigue:
Documentación que demuestre el compromiso del oferente con la prevención de la violencia contra la mujer, ante una institución gubernamental o entidad internacional reconocida por su expertise en temas de género y violencia contra la mujer.
Consultamos cual seria la documentación obrante que avale dicho requisito, puesto que el órgano rector en la materia el Ministerio de la Mujer carece de certificaciones de dicha Indole.
ESTE CRITERIO ES EVALUADO CONFORME A LAS EXIGENCIAS ESTABLECIDAS EN LA GUÍA PARA PARTICIPAR DEL SELLO EMPRESA SEGURA, LIBRE DE VIOLENCIA Y DISCRIMINACIÓN CONTRA LAS MUJERES - IV EDICIÓN, DEL MINISTERIO DE LA MUJER. CON LA SOLICITUD PARA OBTENER EL SELLO EMPRESA SEGURA LIBRE DE VIOLENCIA Y DISCRIMINACIÓN CONTRA LAS MUJERES, SE PODRÁ ACREDITAR EL PUNTAJE CORRESPONDIENTE AL CRITERIO, SIN PERJUICIO DE LA REVISIÓN POSTERIOR DEL CUMPLIMIENTO DE LAS EXIGENCIAS QUE ESTABLEZCA EL MINISTERIO DE LA MUJER.
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Emisión de Ordenes de Compra
En el apartado de EETT de los bienes afectados al desayuno y merienda escolar, observamos que el producto leche entera en la entrega del primer lote solicita en un plazo de 15 días la Certificación de conformidad del primer lote con el cual se garantiza el cumplimiento de las Especificaciones Técnicas requeridas, otorgado por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN). la misma es computada en días hábiles o corridos desde la emisión de la Orden de Compras? las Órdenes de compra de dicho producto leche entera seran emitidas 15 días hábiles con anterioridad a la entrega efectiva de los bienes? favor aclarar dicho punto
En el apartado de EETT de los bienes afectados al desayuno y merienda escolar, observamos que el producto leche entera en la entrega del primer lote solicita en un plazo de 15 días la Certificación de conformidad del primer lote con el cual se garantiza el cumplimiento de las Especificaciones Técnicas requeridas, otorgado por el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN). la misma es computada en días hábiles o corridos desde la emisión de la Orden de Compras? las Órdenes de compra de dicho producto leche entera seran emitidas 15 días hábiles con anterioridad a la entrega efectiva de los bienes? favor aclarar dicho punto
RESPECTO A SU CONSULTA, DICHO CRITERIO ES ESTABLECIDO POR LA DNCP COMO ESTÁNDAR, NO ES INCLUIDO POR LA CONVOCANTE.
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Variedad y Diversidad de Alimentos
Solicitamos la modificación del punto referente a la variedad y diversidad de alimentos en el menú cíclico del almuerzo escolar. El actual menú cíclico es totalmente repetitivo y no incluye una variedad suficiente de alimentos, especialmente vegetales y frutas. Esta falta de diversidad se contrapone a los principios establecidos en la Ley N° 7264/2024 (Hambre Cero) y el Decreto N° 1584, los cuales promueven la inclusión de una variedad y diversidad de alimentos para asegurar una dieta balanceada y adecuada. Recomendamos aumentar la variedad de alimentos en el menú, incluyendo más tipos de vegetales y frutas, así como la incorporación de platos con pescado y diferentes legumbres.
Solicitamos la modificación del punto referente a la variedad y diversidad de alimentos en el menú cíclico del almuerzo escolar. El actual menú cíclico es totalmente repetitivo y no incluye una variedad suficiente de alimentos, especialmente vegetales y frutas. Esta falta de diversidad se contrapone a los principios establecidos en la Ley N° 7264/2024 (Hambre Cero) y el Decreto N° 1584, los cuales promueven la inclusión de una variedad y diversidad de alimentos para asegurar una dieta balanceada y adecuada. Recomendamos aumentar la variedad de alimentos en el menú, incluyendo más tipos de vegetales y frutas, así como la incorporación de platos con pescado y diferentes legumbres.
En lo correspondiente a las ensaladas de vegetales y al postre, el menú cíclico y recetario será demostrativo y se tomara en cuenta lo estipulado en la Resolución CONAE N° 001/2024 POR EL CUAL SE APRUEBAN LOS LINEAMIENTOS PARA LOS SERVICIOS DE ALIMENTACION ESCOLAR, EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE ALIMENTACION ESCOLAR HAMBRE CERO EN LAS ESCUELAS (PAE-HA), SECCION II - ALMUERZO ESCOLAR ENSALADAS.
La ensalada estará compuesta obligatoriamente por al menos 3 vegetales según disponibilidad.
POSTRE, los postres son intercambiables entre si según el cuadro 9. Intercambio de postres
Entre si
Frutas o Ensalada de frutas
Entre si
Banana con miel; Dulce de batata; Dulce de mamón/calabaza o similares; Compota de Frutas
Entre si
Alimento a base de maní (turrón de maní), Maní con miel.
Entre si
Arroz con leche, Candial, Crema, Mazamorra.
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Porciones para Diferentes Niveles Educativos
Solicitamos la modificación del punto referente a las porciones para diferentes niveles educativos en el menú cíclico del almuerzo escolar. Las porciones actualmente están definidas en términos de peso, pero no se especifica cómo estas porciones satisfacen las necesidades nutricionales de cada grupo de edad. Esta falta de detalle se contrapone a los artículos de la Ley N° 7264/2024 (Hambre Cero) y el Decreto N° 1584, que requieren que las porciones estén adecuadamente balanceadas para satisfacer las necesidades nutricionales de los estudiantes en diferentes niveles educativos. Solicitamos que se ajusten las porciones no solo en términos de peso, sino también asegurando que cumplan con los requerimientos calóricos y nutricionales específicos de cada grupo de edad.
Solicitamos la modificación del punto referente a las porciones para diferentes niveles educativos en el menú cíclico del almuerzo escolar. Las porciones actualmente están definidas en términos de peso, pero no se especifica cómo estas porciones satisfacen las necesidades nutricionales de cada grupo de edad. Esta falta de detalle se contrapone a los artículos de la Ley N° 7264/2024 (Hambre Cero) y el Decreto N° 1584, que requieren que las porciones estén adecuadamente balanceadas para satisfacer las necesidades nutricionales de los estudiantes en diferentes niveles educativos. Solicitamos que se ajusten las porciones no solo en términos de peso, sino también asegurando que cumplan con los requerimientos calóricos y nutricionales específicos de cada grupo de edad.
LAS PORCIONES CONFORME A LOS DIFERENTES NIVELES EDUCATIVOS, SE ENCUENTRAN PREVISTOS EN LOS CUADROS DEL MENÚ CÍCLICO, CON INDICACIÓN DE LOS NIVELES EDUCATIVOS.
DICHOS CUADROS SE CONTEMPLAN EN VALORES DE PESO, OBEDECIENDO A ESTUDIOS REALIZADOS POR INAN, RESPECTO DE SUS VALORES NUTRICIONALES POR NIVELES ESCOLARES. EL ASPECTO CALÓRICO DEL MENÚ SE ENCUENTRA EN EL FORMULARIO N° 01 - PROYECTO PARA EL SERVICIO DE ALMUERZO ESCOLAR Y EL CUADRO 4 - REQUERIMIENTO NUTRICIONAL DONDE ESTÁ LA DISTRIBUCIÓN DEL APORTE CALÓRICO POR RANGO ETÁREO.
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Valor Nutricional y Balance del Menú
Solicitamos la modificación del punto referente al valor nutricional y balance del menú cíclico del almuerzo escolar, ya que el mismo adolece de una falta de desglose detallado del valor nutricional de cada plato. Esta omisión se contrapone a los artículos de la Ley N° 7264/2024 (Hambre Cero) y el Decreto N° 1584, los cuales exigen que los menús escolares sean nutricionalmente balanceados y que los valores nutricionales sean claramente especificados. La falta de esta información podría resultar en una dieta desequilibrada para los estudiantes, afectando su salud y desarrollo. Solicitamos que se incluya un desglose detallado del valor nutricional de cada plato, asegurando que cada menú diario contenga cantidades adecuadas de proteínas, carbohidratos, grasas, vitaminas y minerales.
Solicitamos la modificación del punto referente al valor nutricional y balance del menú cíclico del almuerzo escolar, ya que el mismo adolece de una falta de desglose detallado del valor nutricional de cada plato. Esta omisión se contrapone a los artículos de la Ley N° 7264/2024 (Hambre Cero) y el Decreto N° 1584, los cuales exigen que los menús escolares sean nutricionalmente balanceados y que los valores nutricionales sean claramente especificados. La falta de esta información podría resultar en una dieta desequilibrada para los estudiantes, afectando su salud y desarrollo. Solicitamos que se incluya un desglose detallado del valor nutricional de cada plato, asegurando que cada menú diario contenga cantidades adecuadas de proteínas, carbohidratos, grasas, vitaminas y minerales.
LAS PORCIONES CONFORME A LOS DIFERENTES NIVELES EDUCATIVOS, SE ENCUENTRAN PREVISTOS EN LOS CUADROS DEL MENÚ CÍCLICO, CON INDICACIÓN DE LOS NIVELES EDUCATIVOS.
DICHOS CUADROS SE CONTEMPLAN EN VALORES DE PESO, OBEDECIENDO A ESTUDIOS REALIZADOS POR INAN, RESPECTO DE SUS VALORES NUTRICIONALES POR NIVELES ESCOLARES. EL ASPECTO CALÓRICO DEL MENÚ SE ENCUENTRA EN EL FORMULARIO N° 01 - PROYECTO PARA EL SERVICIO DE ALMUERZO ESCOLAR Y EL CUADRO 4 - REQUERIMIENTO NUTRICIONAL DONDE ESTÁ LA DISTRIBUCIÓN DEL APORTE CALÓRICO POR RANGO ETÁREO.
LA INFORMACIÓN REQUERIDA SE ENCUENTRA EN LAS SECCIONES CORRESPONDIENTEMENTE DETALLADAS