En el PBC se solicita: “Rango de tensión de entrada: 110VAC a 288VAC”.
CONSULTA: Solicitamos amablemente a la convocante que aclare si los valores especificados se refieren a carga parcial o carga completa, dado que el rango de tensión de entrada suele estar limitado por los porcentajes de carga de la UPS. Además, solicitamos la aceptación de los siguientes rangos de tensión: 100-275 V para carga parcial y 160-275 V para carga completa. Lo solicitado es a fin de fomentar los principios de la Ley de Contrataciones Públicas (anterior y actual), conforme a su art. 4° - Economía, Eficacia y Eficiencia e Igualdad y Libre Competencia.
En el PBC se solicita: “Rango de tensión de entrada: 110VAC a 288VAC”.
CONSULTA: Solicitamos amablemente a la convocante que aclare si los valores especificados se refieren a carga parcial o carga completa, dado que el rango de tensión de entrada suele estar limitado por los porcentajes de carga de la UPS. Además, solicitamos la aceptación de los siguientes rangos de tensión: 100-275 V para carga parcial y 160-275 V para carga completa. Lo solicitado es a fin de fomentar los principios de la Ley de Contrataciones Públicas (anterior y actual), conforme a su art. 4° - Economía, Eficacia y Eficiencia e Igualdad y Libre Competencia.
En el PBC se solicita: “Eficiencia a plena carga: Igual o mayor a 95%”.
CONSULTA: Solicitamos amablemente a la convocante que sean aceptados equipos con eficiencia de 94.4% a 100% de carga, teniendo en cuenta que en modo ecológico se llegue a una eficiencia del 98%. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes…”
En el PBC se solicita: “Eficiencia a plena carga: Igual o mayor a 95%”.
CONSULTA: Solicitamos amablemente a la convocante que sean aceptados equipos con eficiencia de 94.4% a 100% de carga, teniendo en cuenta que en modo ecológico se llegue a una eficiencia del 98%. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes…”
Las especificaciones técnicas del ítem en cuestión son las requeridas por el equipo técnico solicitante a fin de obtener el máximo beneficio posible del equipo requerido. Cabe mencionar que existen varias marcas que cumplen con este parámetro. Por tal motivo, favor remitirse a lo exigido en el PBC.
Suministros requeridos - especificaciones técnicas
En la sección de Especificaciones Técnicas, donde dice: “Interfaces de comunicación RS232, RJ45 vía tarjeta de monitoreo”
Se solicita a la convocante sean aceptados los puertos de comunicación RJ-45 (10/100/1000 Base-T), Puerto USB, puerto Serial, Universal IO port, Console Port. Los modelos más recientes ya no cuentan con puertos RS232 en su reemplazo se encuentra el puerto consola para la configuración de los mismos. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “(…)ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas(…)”
Suministros requeridos - especificaciones técnicas
En la sección de Especificaciones Técnicas, donde dice: “Interfaces de comunicación RS232, RJ45 vía tarjeta de monitoreo”
Se solicita a la convocante sean aceptados los puertos de comunicación RJ-45 (10/100/1000 Base-T), Puerto USB, puerto Serial, Universal IO port, Console Port. Los modelos más recientes ya no cuentan con puertos RS232 en su reemplazo se encuentra el puerto consola para la configuración de los mismos. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “(…)ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas(…)”
Se mantienen las Especificaciones técnicas, ya que la consulta supone utilizar un puerto con tecnología diferente a la que cuenta actualmente la institución para el monitoreo de este equipo. Actualmente en el mercado existen varias marcas que cumplen con este requisito por lo tanto no se considera un parámetro limitatorio. Por tal motivo, favor remitirse a lo exigido en el PBC.
Suministros requeridos - especificaciones técnicas
En la sección de Especificaciones Técnicas, donde dice: “Baterías: Internas 8 unidades de 12V 7Ah”
Solicitamos amablemente a la convocante que considere este ítem como opcional, dado que la cantidad y capacidad de las baterías internas de las UPS varía según el diseño específico de cada marca. Cabe destacar que esto no implica que la autonomía se vea afectada. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “(…)ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas(…)”
Suministros requeridos - especificaciones técnicas
En la sección de Especificaciones Técnicas, donde dice: “Baterías: Internas 8 unidades de 12V 7Ah”
Solicitamos amablemente a la convocante que considere este ítem como opcional, dado que la cantidad y capacidad de las baterías internas de las UPS varía según el diseño específico de cada marca. Cabe destacar que esto no implica que la autonomía se vea afectada. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “(…)ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas(…)”
En la sección de Especificaciones Técnicas, donde dice: “Regulación de voltaje de salida: +/- 1%”
Solicitamos amablemente a la convocante que considere este item como opcional, debido a que la Regulación de voltaje de salida no se especifica en las fichas técnicas para UPS de potencias pequeñas. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes…”
En la sección de Especificaciones Técnicas, donde dice: “Regulación de voltaje de salida: +/- 1%”
Solicitamos amablemente a la convocante que considere este item como opcional, debido a que la Regulación de voltaje de salida no se especifica en las fichas técnicas para UPS de potencias pequeñas. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes…”
El requerimiento de regulación de voltaje de salida obedece a las necesidades en cuanto a seguridad eléctrica que posee actualmente la institución, en caso de eliminar o catalogar de opcional dicho parámetro, se obtendrá una oferta de menores prestaciones a las requeridas, por lo tanto, se insta al oferente a adecuarse a lo solicitado en el PBC.
6
Conector de entrada
En la sección de Especificaciones Técnicas, donde dice: “Conector de entrada: 1x IEC C14”
Solicitamos amablemente a la convocante que aclaren si este ítem es correcto, ya que generalmente las UPS incluyen borneras de conexión para estas capacidades. Además, la terminal IEC C13 soporta una corriente máxima de 10 amperios. Solicitamos sean aceptados para las conexiones de entrada terminales tipo bornera. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes…”
En la sección de Especificaciones Técnicas, donde dice: “Conector de entrada: 1x IEC C14”
Solicitamos amablemente a la convocante que aclaren si este ítem es correcto, ya que generalmente las UPS incluyen borneras de conexión para estas capacidades. Además, la terminal IEC C13 soporta una corriente máxima de 10 amperios. Solicitamos sean aceptados para las conexiones de entrada terminales tipo bornera. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes…”
Se aclara que se solicitan Conectores de entrada IEC C14 para mantener la compatibilidad con los dispositivos e infraestructura que ya cuenta la institución donde serán conectados estas UPS. Por esta razón solicitamos que los equipos a ser cotizados cuenten con estas características. Por tal motivo, favor remitirse a lo exigido en el PBC.
Suministros requeridos - especificaciones técnicas
En la sección de Especificaciones Técnicas, donde dice: “Conector de salida: 6x IEC C19”
Solicitamos la aceptación de equipos con las siguientes combinaciones de terminales de salida: 6 C13, 2 IEC Jumpers y 4 C19. Alternativamente, consideren este ítem como opcional, ya que la configuración de terminales puede variar según el diseño de cada marca. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “(…)ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas(…)”
Suministros requeridos - especificaciones técnicas
En la sección de Especificaciones Técnicas, donde dice: “Conector de salida: 6x IEC C19”
Solicitamos la aceptación de equipos con las siguientes combinaciones de terminales de salida: 6 C13, 2 IEC Jumpers y 4 C19. Alternativamente, consideren este ítem como opcional, ya que la configuración de terminales puede variar según el diseño de cada marca. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “(…)ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas(…)”
Se aclara que se solicitan Conectores de salida IEC C19 para mantener la compatibilidad con los dispositivos e infraestructura que ya cuenta la institución donde serán utilizadas estas UPS. Por esta razón solicitamos que los equipos a ser cotizados cuenten con estas características. Por tal motivo, favor remitirse a lo exigido en el PBC.
Suministros requeridos - especificaciones técnicas
En la sección de Especificaciones Técnicas, donde dice: “Estándares exigidos: EN 62040-1:2013, EN 62040-2:2006, ISO 9001, ISO 14001”
Solicitamos amablemente considerar como homologas a las solicitadas las conformidades de seguridad: IEC 62040-1:2017, IEC 62040-1: 2008-6,IEC 62040-1:2013-01. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes…”
Suministros requeridos - especificaciones técnicas
En la sección de Especificaciones Técnicas, donde dice: “Estándares exigidos: EN 62040-1:2013, EN 62040-2:2006, ISO 9001, ISO 14001”
Solicitamos amablemente considerar como homologas a las solicitadas las conformidades de seguridad: IEC 62040-1:2017, IEC 62040-1: 2008-6,IEC 62040-1:2013-01. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes…”
Las especificaciones técnicas del ítem en cuestión son las requeridas por el equipo técnico solicitante a fin de obtener el máximo beneficio posible del equipo requerido, adicional a eso las normas y estándares requeridos permiten a la entidad tener la certificación de que los productos a ser adquiridos son de primer nivel. Por tal motivo, favor remitirse a lo exigido en el PBC.
9
Protección RJ45/RJ11
En la sección de Especificaciones Técnicas, donde dice: “Protección RJ45/RJ11”
Solicitamos amablemente considerar este item como opcional o alternativamente aceptar protectores externos. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes…”
En la sección de Especificaciones Técnicas, donde dice: “Protección RJ45/RJ11”
Solicitamos amablemente considerar este item como opcional o alternativamente aceptar protectores externos. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes…”
Las especificaciones técnicas del ítem en cuestión son las requeridas por el equipo técnico solicitante a fin de obtener el máximo beneficio posible del equipo requerido. Cabe mencionar que existen varias marcas que cumplen con este parámetro. Por tal motivo, favor remitirse a lo exigido en el PBC.
10
Capacidad de sobrecarga en modo Inversor
En la sección de Especificaciones Técnicas, donde dice: “Capacidad de sobrecarga en modo Inversor: De 105% a 130% en 60 segundos. Entre 130% y 150% en 30 segundos”
Solicitamos amablemente a la convocante que considere este item como opcional, debido a que por lo general la capacidad de sobrecarga en modo inversor no se especifica en las fichas técnicas para UPS de potencias pequeñas. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes…”
En la sección de Especificaciones Técnicas, donde dice: “Capacidad de sobrecarga en modo Inversor: De 105% a 130% en 60 segundos. Entre 130% y 150% en 30 segundos”
Solicitamos amablemente a la convocante que considere este item como opcional, debido a que por lo general la capacidad de sobrecarga en modo inversor no se especifica en las fichas técnicas para UPS de potencias pequeñas. Lo solicitado encuentra sustento legal en virtud de lo establecido en el artículo Art. 45 de la Ley N° 7021/22 que dispone: “En los procedimientos de contratación será obligación de las convocantes elaborar las bases y condiciones del llamado con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato con el objeto de que concurra el mayor número de Oferentes…”
Al tratarse de un equipo que debe soportar una carga de energía considerable; si bien los equipos no operaran al 100% en todo momento, existen situaciones donde al existir conexiones externas en simultaneo a la carga determinada, la UPS puede experimentar un periodo de sobrecarga, el cual al ser un estado temporal y fuera del control del equipo técnico, no debe poseer una limitante en cuanto al tiempo de capacidad de sobrecarga. Cabe mencionar que existen otras marcas que poseen equipos con la Capacidad de sobrecarga requerida, por lo tanto, no se considera como un parámetro restrictivo. Por tal motivo, favor remitirse a lo exigido en el PBC