En el apartado de ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el lote 9, ítem 1: (Test Rápido para Rotavirus), donde dice: “Test rápido inmunocromatográfico en un solo paso. Para la detección cualitativa in vitro de antígenos de rotavirus en materia fecal humana. Con 99,9% de sensibilidad y 99,6 % de especificidad. Con certificado de calidad del país de origen. Presentación de entrega: Capacidad de realizar un mínimo de 20 determinaciones por presentación.” Se solicita a la convocante admitir una sensibilidad del 96% como mínimo ya que esta sensibilidad sigue siendo altamente efectiva para pruebas de tamizaje, y es la sensibilidad más común para estos tipos de test. Al establecer este estándar, se facilitará la participación de un mayor número de oferentes, lo que promoverá la competencia y, potencialmente, mejores condiciones en la adquisición de los productos. Por lo tanto, proponemos que dicho requerimiento se redacte de la siguiente manera: “Test rápido inmunocromatográfico en un solo paso. Para la detección cualitativa in vitro de antígenos de rotavirus en materia fecal humana. Con 96% como mínimo de sensibilidad y 99,6 % de especificidad. Con certificado de calidad del país de origen. Presentación de entrega: Capacidad de realizar un mínimo de 20 determinaciones por presentación.”
En el apartado de ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el lote 9, ítem 1: (Test Rápido para Rotavirus), donde dice: “Test rápido inmunocromatográfico en un solo paso. Para la detección cualitativa in vitro de antígenos de rotavirus en materia fecal humana. Con 99,9% de sensibilidad y 99,6 % de especificidad. Con certificado de calidad del país de origen. Presentación de entrega: Capacidad de realizar un mínimo de 20 determinaciones por presentación.” Se solicita a la convocante admitir una sensibilidad del 96% como mínimo ya que esta sensibilidad sigue siendo altamente efectiva para pruebas de tamizaje, y es la sensibilidad más común para estos tipos de test. Al establecer este estándar, se facilitará la participación de un mayor número de oferentes, lo que promoverá la competencia y, potencialmente, mejores condiciones en la adquisición de los productos. Por lo tanto, proponemos que dicho requerimiento se redacte de la siguiente manera: “Test rápido inmunocromatográfico en un solo paso. Para la detección cualitativa in vitro de antígenos de rotavirus en materia fecal humana. Con 96% como mínimo de sensibilidad y 99,6 % de especificidad. Con certificado de calidad del país de origen. Presentación de entrega: Capacidad de realizar un mínimo de 20 determinaciones por presentación.”
En el apartado de especificaciones técnicas, en el lote 11, item 1: (Test para sangre oculta), donde dice: “Test rápido inmunocromatográfico en un solo paso. Método inmunológico para la detección de hemoglobina en las heces frescas. Presentación de entrega: Capacidad de realizar entre 25 y 50 determinaciones por presentación.” Se solicita amablemente a la convocante admitir una presentación de 20 determinaciones por caja como mínimo, ya que esto no afecta la finalidad de uso del test ni compromete su efectividad. Además, se respetaría el número total de pruebas solicitadas, garantizando el cumplimiento de los requerimientos sin alterar el objetivo del proceso. Esta modificación también favorecería la participación de un mayor número de oferentes, promoviendo un proceso más justo y transparente para todos. Por lo expuesto, solicitamos que dicho requerimiento quede redactado de la siguiente manera: “Test rápido inmunocromatográfico en un solo paso. Método inmunológico para la detección de hemoglobina en las heces frescas. Presentación de entrega: Capacidad de realizar entre un mínimo de 20 y un máximo de 50 determinaciones por presentación.”
En el apartado de especificaciones técnicas, en el lote 11, item 1: (Test para sangre oculta), donde dice: “Test rápido inmunocromatográfico en un solo paso. Método inmunológico para la detección de hemoglobina en las heces frescas. Presentación de entrega: Capacidad de realizar entre 25 y 50 determinaciones por presentación.” Se solicita amablemente a la convocante admitir una presentación de 20 determinaciones por caja como mínimo, ya que esto no afecta la finalidad de uso del test ni compromete su efectividad. Además, se respetaría el número total de pruebas solicitadas, garantizando el cumplimiento de los requerimientos sin alterar el objetivo del proceso. Esta modificación también favorecería la participación de un mayor número de oferentes, promoviendo un proceso más justo y transparente para todos. Por lo expuesto, solicitamos que dicho requerimiento quede redactado de la siguiente manera: “Test rápido inmunocromatográfico en un solo paso. Método inmunológico para la detección de hemoglobina en las heces frescas. Presentación de entrega: Capacidad de realizar entre un mínimo de 20 y un máximo de 50 determinaciones por presentación.”
En el apartado de PLAN DE ENTREGA DE LOS BIENES, en el punto REACTIVOS E INSUMOS EN GENERAL (no requieren equipos en comodato), donde menciona: “1ra ENTREGA 25% DE LA CANTIDAD MÍNIMA: El oferente tendrá un plazo de hasta 20 (veinte) días calendario para la entrega de los productos adjudicados a partir de la recepción de la Orden de Compra, la cuál será emitida dentro de los 20 (VEINTE) días de haber firmado el contrato.” Se solicita amablemente a la convocante extender el plazo de entrega a 45 días calendario. Esta ampliación es necesaria debido a los tiempos requeridos para la fabricación, la logística de envío y los trámites aduaneros, los cuales podrían superar fácilmente un mes. Ampliar el plazo permitiría que más oferentes, que tienen la capacidad de suministrar los productos solicitados, puedan participar en el proceso, fomentando así una competencia más equitativa. De este modo, se evitaría favorecer únicamente a aquellos que disponen del producto en stock, asegurando una oportunidad justa para todos los participantes.
En el apartado de PLAN DE ENTREGA DE LOS BIENES, en el punto REACTIVOS E INSUMOS EN GENERAL (no requieren equipos en comodato), donde menciona: “1ra ENTREGA 25% DE LA CANTIDAD MÍNIMA: El oferente tendrá un plazo de hasta 20 (veinte) días calendario para la entrega de los productos adjudicados a partir de la recepción de la Orden de Compra, la cuál será emitida dentro de los 20 (VEINTE) días de haber firmado el contrato.” Se solicita amablemente a la convocante extender el plazo de entrega a 45 días calendario. Esta ampliación es necesaria debido a los tiempos requeridos para la fabricación, la logística de envío y los trámites aduaneros, los cuales podrían superar fácilmente un mes. Ampliar el plazo permitiría que más oferentes, que tienen la capacidad de suministrar los productos solicitados, puedan participar en el proceso, fomentando así una competencia más equitativa. De este modo, se evitaría favorecer únicamente a aquellos que disponen del producto en stock, asegurando una oportunidad justa para todos los participantes.
Ajustarse al PBC. Se solicita respetar los tiempos de entrega de los productos teniendo en cuenta el stock critico de reactivos en los servicios de salud.
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Muestras
En el apartado de MUESTRAS, donde se indica: “Aplica para los Insumos y medicamentos”. Se solicita a la convocante una aclaración con respecto a este punto, ya que en la presente licitación no se ha identificado ningún lote o ítem que requiera la provisión de medicamentos
En el apartado de MUESTRAS, donde se indica: “Aplica para los Insumos y medicamentos”. Se solicita a la convocante una aclaración con respecto a este punto, ya que en la presente licitación no se ha identificado ningún lote o ítem que requiera la provisión de medicamentos
Ajustarse al PBC. De ser necesario, el Comité de Evaluación podrá solicitar la presentación de muestras únicamente de insumos para laboratorio, dentro del plazo establecido.
Se aclara que las "muestras" a requerir según criterio del Comité de Evaluación, se aplica únicamente a insumos.
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Muestras
En el apartado de MUESTRAS, donde se indica: “Aplica para los Insumos y medicamentos”. Se solicita a la convocante una aclaración con respecto a este punto, ya que en la presente licitación no se ha identificado ningún lote o ítem que requiera la provisión de medicamentos.
En el apartado de MUESTRAS, donde se indica: “Aplica para los Insumos y medicamentos”. Se solicita a la convocante una aclaración con respecto a este punto, ya que en la presente licitación no se ha identificado ningún lote o ítem que requiera la provisión de medicamentos.
Ajustarse al PBC. Algunos insumos se encuentran dentro de la clasificación de medicamentos.
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REQUISITOS DOCUMENTALES PARA EVALUAR EL CRITERIO DE CAPACIDAD TÉCNICA
En el apartado de Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica, específicamente en el punto “Para insumos”, donde se indica: “El oferente deberá presentar copia del Certificado de Registro Sanitario Vigente del o de los productos ofertados, emitido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria y/o autoridad sanitaria correspondiente.”
29-10-2024
04-12-2024
REQUISITOS DOCUMENTALES PARA EVALUAR EL CRITERIO DE CAPACIDAD TÉCNICA
En el apartado de Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica, específicamente en el punto “Para insumos”, donde se indica: “El oferente deberá presentar copia del Certificado de Registro Sanitario Vigente del o de los productos ofertados, emitido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria y/o autoridad sanitaria correspondiente.”
En el apartado de ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el lote 9, ítem 1: (Test Rápido para Rotavirus), donde dice: “Test rápido inmunocromatográfico en un solo paso. Para la detección cualitativa in vitro de antígenos de rotavirus en materia fecal humana. Con 99,9% de sensibilidad y 99,6 % de especificidad. Con certificado de calidad del país de origen. Presentación de entrega: Capacidad de realizar un mínimo de 20 determinaciones por presentación.” Se solicita a la convocante admitir una sensibilidad del 96% como mínimo ya que esta sensibilidad sigue siendo altamente efectiva para pruebas de tamizaje, y es la sensibilidad más común para estos tipos de test. Al establecer este estándar, se facilitará la participación de un mayor número de oferentes, lo que promoverá la competencia y, potencialmente, mejores condiciones en la adquisición de los productos. Por lo tanto, proponemos que dicho requerimiento se redacte de la siguiente manera: “Test rápido inmunocromatográfico en un solo paso. Para la detección cualitativa in vitro de antígenos de rotavirus en materia fecal humana. Con 96% como mínimo de sensibilidad y 99,6 % de especificidad. Con certificado de calidad del país de origen. Presentación de entrega: Capacidad de realizar un mínimo de 20 determinaciones por presentación.”
En el apartado de ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, en el lote 9, ítem 1: (Test Rápido para Rotavirus), donde dice: “Test rápido inmunocromatográfico en un solo paso. Para la detección cualitativa in vitro de antígenos de rotavirus en materia fecal humana. Con 99,9% de sensibilidad y 99,6 % de especificidad. Con certificado de calidad del país de origen. Presentación de entrega: Capacidad de realizar un mínimo de 20 determinaciones por presentación.” Se solicita a la convocante admitir una sensibilidad del 96% como mínimo ya que esta sensibilidad sigue siendo altamente efectiva para pruebas de tamizaje, y es la sensibilidad más común para estos tipos de test. Al establecer este estándar, se facilitará la participación de un mayor número de oferentes, lo que promoverá la competencia y, potencialmente, mejores condiciones en la adquisición de los productos. Por lo tanto, proponemos que dicho requerimiento se redacte de la siguiente manera: “Test rápido inmunocromatográfico en un solo paso. Para la detección cualitativa in vitro de antígenos de rotavirus en materia fecal humana. Con 96% como mínimo de sensibilidad y 99,6 % de especificidad. Con certificado de calidad del país de origen. Presentación de entrega: Capacidad de realizar un mínimo de 20 determinaciones por presentación.”
En el apartado de especificaciones técnicas, en el lote 11, item 1: (Test para sangre oculta), donde dice: “Test rápido inmunocromatográfico en un solo paso. Método inmunológico para la detección de hemoglobina en las heces frescas. Presentación de entrega: Capacidad de realizar entre 25 y 50 determinaciones por presentación.” Se solicita amablemente a la convocante admitir una presentación de 20 determinaciones por caja como mínimo, ya que esto no afecta la finalidad de uso del test ni compromete su efectividad. Además, se respetaría el número total de pruebas solicitadas, garantizando el cumplimiento de los requerimientos sin alterar el objetivo del proceso. Esta modificación también favorecería la participación de un mayor número de oferentes, promoviendo un proceso más justo y transparente para todos. Por lo expuesto, solicitamos que dicho requerimiento quede redactado de la siguiente manera: “Test rápido inmunocromatográfico en un solo paso. Método inmunológico para la detección de hemoglobina en las heces frescas. Presentación de entrega: Capacidad de realizar entre un mínimo de 20 y un máximo de 50 determinaciones por presentación.”
En el apartado de especificaciones técnicas, en el lote 11, item 1: (Test para sangre oculta), donde dice: “Test rápido inmunocromatográfico en un solo paso. Método inmunológico para la detección de hemoglobina en las heces frescas. Presentación de entrega: Capacidad de realizar entre 25 y 50 determinaciones por presentación.” Se solicita amablemente a la convocante admitir una presentación de 20 determinaciones por caja como mínimo, ya que esto no afecta la finalidad de uso del test ni compromete su efectividad. Además, se respetaría el número total de pruebas solicitadas, garantizando el cumplimiento de los requerimientos sin alterar el objetivo del proceso. Esta modificación también favorecería la participación de un mayor número de oferentes, promoviendo un proceso más justo y transparente para todos. Por lo expuesto, solicitamos que dicho requerimiento quede redactado de la siguiente manera: “Test rápido inmunocromatográfico en un solo paso. Método inmunológico para la detección de hemoglobina en las heces frescas. Presentación de entrega: Capacidad de realizar entre un mínimo de 20 y un máximo de 50 determinaciones por presentación.”
REQUISITOS DOCUMENTALES PARA EVALUAR EL CRITERIO DE CAPACIDAD TÉCNICA
En el apartado de Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica, específicamente en el punto “Para insumos”, donde se indica: “El oferente deberá presentar copia del Certificado de Registro Sanitario Vigente del o de los productos ofertados, emitido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria y/o autoridad sanitaria correspondiente.” Solicitamos amablemente a la convocante excluir de dicho requerimiento a los lotes números 20, 21, 22, 24, 25, 26, 28, 30, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 43, 44, 45, 47, 48 y 49 respectivamente, ya que según la resolución de DINAVISA N ° 266/2022 los insumos generales de laboratorio no precisan de registro sanitario para su importación y comercialización.
30-10-2024
04-12-2024
REQUISITOS DOCUMENTALES PARA EVALUAR EL CRITERIO DE CAPACIDAD TÉCNICA
En el apartado de Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica, específicamente en el punto “Para insumos”, donde se indica: “El oferente deberá presentar copia del Certificado de Registro Sanitario Vigente del o de los productos ofertados, emitido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria y/o autoridad sanitaria correspondiente.” Solicitamos amablemente a la convocante excluir de dicho requerimiento a los lotes números 20, 21, 22, 24, 25, 26, 28, 30, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 43, 44, 45, 47, 48 y 49 respectivamente, ya que según la resolución de DINAVISA N ° 266/2022 los insumos generales de laboratorio no precisan de registro sanitario para su importación y comercialización.
En el apartado de especificaciones técnicas, en el lote 41, ítem 1 (PIPETA PASTEUR), donde dice: “DE PLASTICO, DE 5 ML DE VOLUMEN.” Se solicita amablemente a la convocante considerar la aceptación de un volumen de 12 mililitros, con una escala de graduación que varía de 1 a 5 ml, dado que este rango incluye el volumen requerido y proporciona una mayor flexibilidad. Esto facilita el trabajo en laboratorio y permite una adaptabilidad superior en los procedimientos. Por lo expuesto, solicitamos que dicho enunciado quede redactado de la siguiente forma: “DE PLASTICO, DE 5 ML COMO MÍNIMO DE VOLUMEN.”
En el apartado de especificaciones técnicas, en el lote 41, ítem 1 (PIPETA PASTEUR), donde dice: “DE PLASTICO, DE 5 ML DE VOLUMEN.” Se solicita amablemente a la convocante considerar la aceptación de un volumen de 12 mililitros, con una escala de graduación que varía de 1 a 5 ml, dado que este rango incluye el volumen requerido y proporciona una mayor flexibilidad. Esto facilita el trabajo en laboratorio y permite una adaptabilidad superior en los procedimientos. Por lo expuesto, solicitamos que dicho enunciado quede redactado de la siguiente forma: “DE PLASTICO, DE 5 ML COMO MÍNIMO DE VOLUMEN.”