Tanto para la Experecia General y para la Experienica Especifica se requiere un monto de los servicios de consultoría en función al un porcentaje sobre el monto del presupuesto disponible (70% y 30% respectivamente).
Es correcta nuestra interpretación, de que dicho porcentaje estará en función de Gs. 8.045.000.000 (Monto del Presupuesto disponible en ambos lotes) considerando que un oferente sólo podrá ser adjudicado en un Lote.
Tanto para la Experecia General y para la Experienica Especifica se requiere un monto de los servicios de consultoría en función al un porcentaje sobre el monto del presupuesto disponible (70% y 30% respectivamente).
Es correcta nuestra interpretación, de que dicho porcentaje estará en función de Gs. 8.045.000.000 (Monto del Presupuesto disponible en ambos lotes) considerando que un oferente sólo podrá ser adjudicado en un Lote.
Servicio en Ejecución a ser considerada como Experiencia Específica
El PBC indica para el caso del tipo de experiencia en servicios relacionados con pavimentación rígida, que podrán ser considerados si se verifican avances del 70%, pero para los casos de la otra experiencia requerida, con pavimentación asfáltica, no indica dicha consideración. Favor considerar equitativamente para ambos tipos de experiencia esto.
07-10-2024
09-10-2024
Servicio en Ejecución a ser considerada como Experiencia Específica
El PBC indica para el caso del tipo de experiencia en servicios relacionados con pavimentación rígida, que podrán ser considerados si se verifican avances del 70%, pero para los casos de la otra experiencia requerida, con pavimentación asfáltica, no indica dicha consideración. Favor considerar equitativamente para ambos tipos de experiencia esto.
Se mantiene lo establecido en el Apartado 13. Experiencia Requerida, punto 1.2 Experiencia Específica (LOTE A Y LOTE B) de la Sección "REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN", en donde se consideran los servicios en ejecución para los servicios de Fiscalización de obras viales con pavimentación rígida y/o Supervisión de obras viales con pavimentación rígida y/o Gerenciamiento Técnico de obras viales con pavimentación rígida y/o Fiscalización/Supervisión de Concesión de obras viales con pavimentación rígida.
73
Especialista en Geología y Geotecnia
Para el cargo propuesto, indica que se calificará al personal con título relacionado al campo propuesto (Ingeniero Civil o Ingeniero en el ramo propuesto). Se solicita habilitar la participación de Licenciado en Geotecnia, toda vez tenga Maestría relacionada al cargo.
Para el cargo propuesto, indica que se calificará al personal con título relacionado al campo propuesto (Ingeniero Civil o Ingeniero en el ramo propuesto). Se solicita habilitar la participación de Licenciado en Geotecnia, toda vez tenga Maestría relacionada al cargo.
Se mantiene lo establecido en el Apartado 15. Capacidad Técnica de la Sección "REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN" del Pliego de Bases y Condiciones, con respecto al Especialista en Geología y Geotecnia.
74
Maestría relacionado al cargo para el caso de Especialista en Pavimentos Rígidos
Se solicita aclarar que Maestría sería considerada como relacionada al cargo, para profesionales que sean propuestos como Especialista en Pavimentos Rígidos.
07-10-2024
09-10-2024
Maestría relacionado al cargo para el caso de Especialista en Pavimentos Rígidos
Se solicita aclarar que Maestría sería considerada como relacionada al cargo, para profesionales que sean propuestos como Especialista en Pavimentos Rígidos.
La maestría deberá contener en su malla curricular, materias inherentes a la pavimentación rígida en carreteras.
75
Inicio Fiscalización y detalle plazos (vínculo hasta recepción definitiva)
Atendiendo que se estima que el plazo de la Consultoría sea de 24 meses, que el Informe Final deberá ser presentado un mes posterior a la finalización de obras (Adenda 1), y que se determina bajo el título "Valor del contrato y plazo" que "El valor del contrato deberá incluir honorarios profesionales, viáticos, gastos de movilidad, gastos administrativos, seguro personal, el impuesto al valor agregado correspondiente y todos los gastos necesarios para una buena fiscalización, desde la firma del acta del inicio de las obras hasta la recepción definitiva de las obras", se solicita aclarar que vínculo se tendría desde la recepción provisoria hasta la definitiva, y cuales serían los plazos de obra a considerar.
07-10-2024
09-10-2024
Inicio Fiscalización y detalle plazos (vínculo hasta recepción definitiva)
Atendiendo que se estima que el plazo de la Consultoría sea de 24 meses, que el Informe Final deberá ser presentado un mes posterior a la finalización de obras (Adenda 1), y que se determina bajo el título "Valor del contrato y plazo" que "El valor del contrato deberá incluir honorarios profesionales, viáticos, gastos de movilidad, gastos administrativos, seguro personal, el impuesto al valor agregado correspondiente y todos los gastos necesarios para una buena fiscalización, desde la firma del acta del inicio de las obras hasta la recepción definitiva de las obras", se solicita aclarar que vínculo se tendría desde la recepción provisoria hasta la definitiva, y cuales serían los plazos de obra a considerar.
Se ha considerado un plazo mayor al plazo de obra, de manera a buscar que las empresas fiscalizadoras puedan acompañar la obra hasta el final, considerando las eventuales prórrogas a los contratos de obra, ya que por Ley N° 7021/22 se establece un tope del 20 % de ampliación a los contratos de servicios, lo cual generalmente resulta insuficiente para acompañar las ampliaciones a los plazos de los contratos de obra. El plazo a considerar será de 24 meses, dentro de los cuales se podrá otorgar la recepción definitiva de la obra.
76
Pago final - vinculado a Recepción Definitiva
En la Forma de Pago, incluido en los TdR, indica que "El pago del último informe estará sujeto a la Recepción Definitiva de las Obras Fiscalizadas", en tal sentido, se solicita aclarar si los 24 meses de plazo indicados en el PBC y en la Adenda 1 consideran el tiempo hasta la recepción definitiva de las obras.
En la Forma de Pago, incluido en los TdR, indica que "El pago del último informe estará sujeto a la Recepción Definitiva de las Obras Fiscalizadas", en tal sentido, se solicita aclarar si los 24 meses de plazo indicados en el PBC y en la Adenda 1 consideran el tiempo hasta la recepción definitiva de las obras.
El plazo a considerar será de 24 meses, dentro de los cuales se podrá otorgar la recepción definitiva de la obra.
77
Valor del Contrato
En el folio 61 se menciona:
En caso de existir obras adicionales a fiscalizar y reajustes de las obras debido a aumentos de salarios, gasoils y cemento portland, la fiscalización tendrá derecho a solicitar el pago de reajustes con respecto al monto original del contrato de fiscalización. Este monto adicional no podrá sobrepasar el 20% del monto del contrato.
El monto adicional consignado bajo el concepto de mayores obras a fiscalizar es el que no podrá sobrepasar el 20%, independiente al monto que se pueda tener por reajustes de precios, teniendo en cuenta que la variación del valor del contrato por reajuste de precios, no constituye modificación del contrato.
Favor confirmar nuestro entendiemiento.
En caso de existir obras adicionales a fiscalizar y reajustes de las obras debido a aumentos de salarios, gasoils y cemento portland, la fiscalización tendrá derecho a solicitar el pago de reajustes con respecto al monto original del contrato de fiscalización. Este monto adicional no podrá sobrepasar el 20% del monto del contrato.
El monto adicional consignado bajo el concepto de mayores obras a fiscalizar es el que no podrá sobrepasar el 20%, independiente al monto que se pueda tener por reajustes de precios, teniendo en cuenta que la variación del valor del contrato por reajuste de precios, no constituye modificación del contrato.
Referirse a lo establecido en el punto II de la Adenda 1, en donde se actualizó el Apartado "VALOR DEL CONTRATO Y PLAZO" de la Sección "SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS".
Es correcto su entendimiento.
78
Garantía de Desempeño. Plazo
El apartado 11. Periodo de validez de la Garantía de Desempeño de una Actividad o Profesión indica que dicha garantía se extenderá por un plazo de 24 meses, no obstante deberá ser ampliada al menos manteniéndose 30 días posteriores a la culminación de todas las obligaciones del contrato. Al respecto, atendiendo a que la Actividad 20 indica que la Consultora es responsable de la preparación del Acta de Recepción Definitiva, se consulta el periodo real de duración del servicio y de la validez de la Garantía indicada.
El apartado 11. Periodo de validez de la Garantía de Desempeño de una Actividad o Profesión indica que dicha garantía se extenderá por un plazo de 24 meses, no obstante deberá ser ampliada al menos manteniéndose 30 días posteriores a la culminación de todas las obligaciones del contrato. Al respecto, atendiendo a que la Actividad 20 indica que la Consultora es responsable de la preparación del Acta de Recepción Definitiva, se consulta el periodo real de duración del servicio y de la validez de la Garantía indicada.
La Garantía de Desempeño de una Actividad o Profesión se extenderá por un plazo de 24 meses; no obstante, en caso de prórrogas, suspensiones o ampliaciones del plazo de ejecución de los servicios, dicha garantía deberá ser ampliada en igual término manteniéndose al menos en 30 días posteriores a la culminación de todas las obligaciones del contrato.
79
REPSE como Documento Genérico para pago
Se solicita confirmar y aclarar aplicabilidad del requerimiento de presentación del REPSE como parte integrante del Certificado a efectos de pago, conforme listado entre los Documentos Genéricos, apartado 12. Formas y Condiciones de Pago, considerando que se trata de una Licitación Pública Internacional. Además se consulta si correspondería el requerimiento para el caso de un Consorcio con al menos uno de los miembros de origen no paraguayo.
Se solicita confirmar y aclarar aplicabilidad del requerimiento de presentación del REPSE como parte integrante del Certificado a efectos de pago, conforme listado entre los Documentos Genéricos, apartado 12. Formas y Condiciones de Pago, considerando que se trata de una Licitación Pública Internacional. Además se consulta si correspondería el requerimiento para el caso de un Consorcio con al menos uno de los miembros de origen no paraguayo.
Como es requerimiento el Registro de Proveedores del Estado, para participar de la presente convocatoria, según lo establece el Apartado 1. Condición de Participación de la Sección "REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN" del Pliego de Bases y Condiciones, que menciona lo siguiente:
"1. Condición de Participación
Podrán participar de este procedimiento, las personas físicas, jurídicas y/o Consorcio, constituidos o con acuerdo de intención, inscriptos en el Registro de Proveedores del Estado.
Los oferentes domiciliados en la República del Paraguay, que pretendan participar en un procedimiento de contratación, no deberán estar comprendidos en las prohibiciones o limitaciones para presentar propuestas y contratar con el Estado, establecidas en la Ley N° 7021/22 "DE SUMINISTRO Y CONTRATACIONES PÚBLICAS"."
Corresponde mencionar que efectivamente la obligación de inscripción en el Registro de Proveedores del Estado, como condición de participación en los procedimientos de contratación regidos por la legislación nacional, es una de las reformas incorporadas en la Ley N° 7021/22 "De Suministro y Contrataciones Públicas".
Así mismo, el Artículo 19° Empresas Internacionales de la Resolución DNCP N° 3801/2023 de fecha 18 de octubre de 2023, emitida por la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas manifiesta:
"Artículo 19.- Empresas internacionales
Las empresas internacionales que se inscriban en el Registro deberán acreditar su personería jurídica dependiendo del tipo de persona que se trate. Además, deberán constituir un domicilio en el territorio de la República o designar un representante local, a efectos de las comunicaciones pertinentes, así como acompañar la documentación respaldatoria.
En caso de que el idioma de las documentaciones de las empresas extranjeras sean distintos al español, las mismas deberán estar acompañadas de traducción realizada por traductor público matriculado en la República del Paraguay.".
Por lo que, el oferente adjudicado deberá presentar los documentos citados en el punto 1. Documentos Genéricos, del Apartado 12. Formas y Condiciones de Pago de la Sección "CONDICIONES CONTRACTUALES" del PBC.
80
INCONSISTENCIA Plazo del Servicio
Las actividades del Consultor abarcan, según el punto 20, la preparación y suscripción del Acta de Recepción Definitiva. Al respecto, atendiendo el PBC del Contratista, el plazo indicado de 24 meses NO considera esta actividad. Se solicita corregir la INCONSISTENCIA en la definición del plazo del servicio.
Las actividades del Consultor abarcan, según el punto 20, la preparación y suscripción del Acta de Recepción Definitiva. Al respecto, atendiendo el PBC del Contratista, el plazo indicado de 24 meses NO considera esta actividad. Se solicita corregir la INCONSISTENCIA en la definición del plazo del servicio.
Se ha considerado un plazo mayor al plazo de obra, de manera a buscar que las empresas fiscalizadoras puedan acompañar la obra hasta el final, considerando las eventuales prórrogas a los contratos de obra, ya que por Ley N° 7021/22 se establece un tope del 20 % de ampliación a los contratos de servicios, lo cual generalmente resulta insuficiente para acompañar las ampliaciones a los plazos de los contratos de obra. El plazo a considerar será de 24 meses, dentro de los cuales se podrá otorgar la recepción definitiva de la obra.