Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
11 Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica. En los Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica, pág. 21, inc. h, requieren lo siguiente: “Los productos biológicos, sean innovadores o biosimilares, deberán contar con Registro Sanitario vigente con la inscripción MB, en cumplimiento del Decreto 6611/16, expedido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria, con antelación de por lo menos 2 (dos) años.”. Al respecto, solicitamos a la Convocante eliminar el criterio establecido considerando que conforme a las normativas aplicables, no existe ningún impedimento legal (menos aun de antigüedad de registro como pretende la Convocante) para la comercialización de un producto en todo el territorio nacional siempre que esta haya obtenido el correspondiente registro sanitario emitido por la DINAVISA, el cual paso por los procesos de revisión, presentación de documentaciones y demás criterios a través de la autoridad reguladora nacional para su comercialización en el país. Este requisito resulta sumamente limitativo y va en contra del principio de igualdad y libre competencia garantizados en la Ley 7021/22, y en contra del art. 22 del Decreto 6611/16 “Por el cual se reglamenta el artículo 24 de la Ley Nº 1119/1997, «De productos para la salud y otros» 10-02-2025 21-02-2025
12 REQUERIMIENTO DOCUMENTAL - ITEM 5 - ITEM 6 - ITEM 7 Item 5 - Bortezomib Inyectable 3.5, Item 6 - Lenalidomida Capsula 25 mg, Item 7 - Lenalidomida Capsula 10 mg. Solicitamos respetuosamente a la Convocante incluir la solicitud de los certificados de equivalencia terapéutica de los mismos, a fin de dar cumplimiento a las normativas sanitarias vigentes. 11-02-2025 21-02-2025
13 Especificaciones técnicas Dice: Para aquellos medicamentos cuyo vencimiento sea inferior a 18 meses, además de la autorización de la Dirección General, se deberá presentar Póliza de Seguro por el 100% del monto del producto con identificación del numero de Lote, que serán entregados un original en la Oficina de la Unidad Operativa de Contratación N° 3 y el duplicado en el Departamento de Farmacia - Banco de Drogas del INCAN. La validez de dicha póliza a deberá ser por 3 meses posteriores a la fecha el vencimiento del articulo a entregar. --- Se solicita a la convocante que la póliza de seguro por el 100% del monto a entregar sea para medicamentos con vencimiento menores a 12 meses. Lo solicitado a fin de evitar sobre costos que serían trasladados a la convocante. 20-02-2025 21-02-2025
14 ADENDA Solicito encarecidamente a la Convocante emitir la Adenda durante el periodo de consulta para tener tiempo y posibilidad de esclarecer cualquier duda con respecto a la adenda, para lo que hubiere lugar. 25-02-2025 25-02-2025
15 CAPACIDAD TECNICA Solicitamos a la Convocante modificar el apartado 7; 1.1 Para fármacos utilizados para terapias dirigidas a blancos moleculares (lenalidomida, bortezomib): Para solidos orales (lenalidomida); ya que al tener Registro de Alta Vigilancia, no sería necesario ningún estudio adicional. 12-03-2025 26-03-2025
16 CAPACIDAD TECNICA Solicitamos a la convocante como una observación general incluir para que se pueda acreditar que el fabricante cuenta con Buenas Prácticas de Fabricación vigente o Certificado de Registro sanitario vigente en alguno de los países indicados como de alta vigilancia la declaración jurada de LINK WEB OFICIAL, ya que entendemos que la convocante busca asegurar que los productos ofertados importados cumplen con las garantías de calidad, seguridad y eficacia. 17-03-2025 26-03-2025
17 CAPACIDAD TECNICA- PUNTO 9 En cuanto al punto citado solicitamos que se modifique de la siguiente manera: “LOS PRODUCTOS BIOSIMILARES IMPORTADOS Y NACIONALES no deben tener rechazo de autorización de comercialización en ninguna de las autoridades sanitarias según Resolución Nº 148/24 “por el cual se emite el listado anual oficial de los países en cumplimiento al Art 3. De la Ley Nº 7256/24”. El oferente deberá presentar una Declaración Jurada emitida por el Fabricante de que cumple con este requisito. La Convocante podrá validar dicha información a través de las páginas oficiales de las agencias reguladoras de alta vigilancia donde se encuentren siendo comercializadas” Dicha modificación se justifica en virtud a que fue promulgada la Ley 7256/24 “QUE MODIFICA EL ARTICULO 11º Y AMPLIA LA LEY Nº 3283/2007 “DE PROTECCION DE LA INFORMACION DE LA INFORMACION NO DIVULGADA Y DATOS DE PRUEBA PARA LOS REGISTROS FARMACEUTICOS”, que modificó el artículo 11º de la ley Nº 3283/2007, el cual ya no identifica taxativamente a los países de alta vigilancia, sino que trasladó a la DINAVISA (art. 3º de la ley 7256) la responsabilidad de identificar a los citados países en un listado anual oficial siguiendo los criterios y parámetros establecidos en el artículo 2º de la citada normativa. 17-03-2025 26-03-2025
18 CAPACIDAD TÉCNICA PARA PRODUCTOS IMPORTADOS Solicitamos a la Convocante modificar en el pbc de la versión 2 en el punto 7 1.1 para fármaco Lenalidomida tener solo en cuenta el registro sanitario y el acta de precio. Ya que al tener registro de alta vigilancia de los productos ofertados importados ya cumplen con las garantías de calidad, seguridad y eficacia. 17-03-2025 26-03-2025
19 CAPACIDAD TÉCNICA PARA PRODUCTOS IMPORTADOS Solicitamos encarecidamente a la Convocante Modificar en el pbc de la versión 2 en el punto 7 1.1 para fármaco Bortezomib tener solo en cuenta el registro sanitario y el acta de fijación de precio. Ya que al tener registro de alta vigilancia de los productos ofertados importados ya cumplen con las garantías de calidad, seguridad y eficacia. 17-03-2025 26-03-2025
20 Experiencia requerida Dice: Demostrar la experiencia en MEDICAMENTOS con facturaciones de venta, contratos y/o recepciones finales, tanto en el sector público como en el sector privado, por un monto equivalente al [25] % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: 3 (tres) últimos años, 2022 2023-2024. Las sumatorias de las facturaciones deben alcanzar el porcentaje indicado, no será necesaria la presentación del porcentaje establecido por cada año. --- Se solicita aclarar si será suficiente presentar experiencia en al menos uno de los años, ya quedó claro que no es necesario que los porcentajes cumplan en cada año pero no queda claro si existe la obligación presentar experiencia en todos los años declarados. 17-03-2025 26-03-2025
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