En el apartado "Experiencia general en obras" establece lo siguiente: "Requisitos documentales para evaluar los presentes criterios de experiencia general: Copia de facturaciones y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida". Entendemos que la experiencia a ser tenida en cuenta para el cálculo del volumen anual de facturación será aquella que el Oferente posea en cualquier tipo de obra, ya sea obra civil, vial, electromecánica, entre otras. Favor confirmar este entendimiento.
En el apartado "Experiencia general en obras" establece lo siguiente: "Requisitos documentales para evaluar los presentes criterios de experiencia general: Copia de facturaciones y/o recepciones finales que avalen la experiencia requerida". Entendemos que la experiencia a ser tenida en cuenta para el cálculo del volumen anual de facturación será aquella que el Oferente posea en cualquier tipo de obra, ya sea obra civil, vial, electromecánica, entre otras. Favor confirmar este entendimiento.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, que efectivamente podrá referirse a cualquier OBRA sea civil, electromecánica, vial, entre otras.
2
REQUISITOS VOLUMEN ANUAL DE FACTURACIÓN
En el apartado Experiencia General Obras, Requisitos de cumplimiento Mínimo se solicita bajar de 50% a 20% en el punto “Haber generado durante los mejores (5) años de los últimos diez (10) años, en promedio un volumen anual de facturación igual o superior al (20%) y para cada Socio en caso Consorcio se solicita respetuosamente bajar de 25% a 15 %. Esta Solicitud obedece a la necesidad de promover la competencia y una mayor participación. El criterio de facturación excesivamente alto puede limitar la participación de empresas nacionales con experiencia técnica suficiente, pero con menor volumen de facturación en los últimos años. Reducir los requisitos permitirán que más oferentes compitan que favorecerán mejores precios y mayor eficiencia para la ANDE. Entendemos que cuando el líder cumple íntegramente la Solvencia y capacidad de ejecución, los criterios de los socios pueden disminuir
En el apartado Experiencia General Obras, Requisitos de cumplimiento Mínimo se solicita bajar de 50% a 20% en el punto “Haber generado durante los mejores (5) años de los últimos diez (10) años, en promedio un volumen anual de facturación igual o superior al (20%) y para cada Socio en caso Consorcio se solicita respetuosamente bajar de 25% a 15 %. Esta Solicitud obedece a la necesidad de promover la competencia y una mayor participación. El criterio de facturación excesivamente alto puede limitar la participación de empresas nacionales con experiencia técnica suficiente, pero con menor volumen de facturación en los últimos años. Reducir los requisitos permitirán que más oferentes compitan que favorecerán mejores precios y mayor eficiencia para la ANDE. Entendemos que cuando el líder cumple íntegramente la Solvencia y capacidad de ejecución, los criterios de los socios pueden disminuir
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, lo indicado actualmente en los Documentos de Licitación.
3
Experiencia Especifica en Obras
A los efectos de mayor participacion de empresas locales como Lideres de la licitacion, solicitamos la modificacion del criterio de experiencia especifica, permitiendo la participacion de un Subcontratista Nominado y que con el mismo pueda darse por cumplido el requisito en cuanto al diseño, suministro e instalacion completa (Civil, electro- mecanica y electrica) en la Construccion o ampliacion de Subestaciones en 500KV.
A los efectos de mayor participacion de empresas locales como Lideres de la licitacion, solicitamos la modificacion del criterio de experiencia especifica, permitiendo la participacion de un Subcontratista Nominado y que con el mismo pueda darse por cumplido el requisito en cuanto al diseño, suministro e instalacion completa (Civil, electro- mecanica y electrica) en la Construccion o ampliacion de Subestaciones en 500KV.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, las modificaciones remitidas a través de la Adenda N° 1, cuya copia obra en su poder.
4
EETT
En la EETT N° 04.21.21.90, en la página 51/52, ítem 14. Repuestos Especificados y Repuestos Sugeridos, se menciona de un lote de repuestos que deberán ser suministrados de acuerdo a un Anexo 1. Se observa la ausencia dentro del documento publicado en pdf de esta EETT N°04.21.21.90. Se solicita la publicación del mencionado Anexo 1.
En la EETT N° 04.21.21.90, en la página 51/52, ítem 14. Repuestos Especificados y Repuestos Sugeridos, se menciona de un lote de repuestos que deberán ser suministrados de acuerdo a un Anexo 1. Se observa la ausencia dentro del documento publicado en pdf de esta EETT N°04.21.21.90. Se solicita la publicación del mencionado Anexo 1.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, que en el ítem 2.2 REPUESTOS (Pág 2/52) se menciona que "La Contratista deberá suministrar los repuestos detallados en la Lista de Cantidades o en el Anexo 1 de la presente Especificación Técnica", y teniendo en cuenta que en la Lista de Cantidades ya se detallan los repuestos, no se requiere del Anexo 1. Respecto al ítem 14 indicado, el Anexo 1 mencionado no hace parte de la presente Especificación para este llamado, pero sí los repuestos sugeridos en caso de ser necesario, tal como se indica en dicho ítem.
5
Montaje de sistema de prevención de explosión e incendio.
Respecto al Sistema de Prevención de explosión e incendio para cada Bco de Autotransformador, en la Lista Referencial N°1-Suministros Subestaciones, el sub-ítem 1.1.1.2 lo señala como provisión a ser pagada por dicho suministro. Sin embargo, en la Lista Referencial N°2- Obras Estaciones, no figura ningún ítem que corresponda a la manera en que se pagaría por los trabajos de Mano de Obra por el montaje y suministro de la infraestructura necesaria que conlleva para el funcionamiento del Sistema de prevención de explosión e incendio para los Autotransformadores Monofásicos 500/220/23 KV. Favor aclarar el item de pago correspondiente.
05-03-2025
24-03-2025
Montaje de sistema de prevención de explosión e incendio.
Respecto al Sistema de Prevención de explosión e incendio para cada Bco de Autotransformador, en la Lista Referencial N°1-Suministros Subestaciones, el sub-ítem 1.1.1.2 lo señala como provisión a ser pagada por dicho suministro. Sin embargo, en la Lista Referencial N°2- Obras Estaciones, no figura ningún ítem que corresponda a la manera en que se pagaría por los trabajos de Mano de Obra por el montaje y suministro de la infraestructura necesaria que conlleva para el funcionamiento del Sistema de prevención de explosión e incendio para los Autotransformadores Monofásicos 500/220/23 KV. Favor aclarar el item de pago correspondiente.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, que en la EETT del Sistema de Prevención de explosión e incendio menciona que dicho suministro se deberá instalar en las subestaciones del sistema eléctrico de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE). No obstante, sírvanse considerar lo indicado en la Lista de Cantidades, remitido a través de la Adenda N° 1 cuya copia obra en su poder.
6
Prórroga
Por medio de la presente y atentos de la complejidad de la obra de referencia, solicitamos tengan a bien otorgar una prórroga de 45 días contados desde la fecha de apertura. Gracias.
Por medio de la presente y atentos de la complejidad de la obra de referencia, solicitamos tengan a bien otorgar una prórroga de 45 días contados desde la fecha de apertura. Gracias.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, las fechas establecidas en el Portal de Contrataciones Públicas.
7
Experiencia de suministro de tranfomadores
En el punto de experiencia Nº 3 de las cantidades totales minimas requeridas en el numeral 2 anterior, por lo menos el cuarenta po ciento (40%) debera corresponder a suministros realizados para clientes de america y la Union Europea,
Entendemos que hay un error de tipo y que el origen de la experiencia deberia ser "America y/o Union Europea", pudiendo demostrarse experiencia de suministros con cualquiera de los dos origenes, favor aclarar dicho punto.
En el punto de experiencia Nº 3 de las cantidades totales minimas requeridas en el numeral 2 anterior, por lo menos el cuarenta po ciento (40%) debera corresponder a suministros realizados para clientes de america y la Union Europea,
Entendemos que hay un error de tipo y que el origen de la experiencia deberia ser "America y/o Union Europea", pudiendo demostrarse experiencia de suministros con cualquiera de los dos origenes, favor aclarar dicho punto.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, las modificaciones remitidas a través de la Adenda N° 1, cuya copia obra en su poder.
8
Peso de estructuras
Solicitamos el peso en kg de las estructuras metálicas para pórticos (torres y vigas) detalladas a continuación. Aunque los planos están disponibles, no incluyen dicha información, la cual es fundamental para la cotización.
*De Torre tipo C200 planos N° 188-23210-019 / 188-23210-020 / 188-23210-021 / 188-23210-022
*De Viga tipo V200 plano N° 188-23210-023
*De Torre tipo C201 planos N° 188-23210-014 / 188-23210-015 / 188-23210-016 / 188-23210-017
*De Viga tipo V201 plano N° 188-23210-018
*De Torre tipo C501 (Patio 500kV) 188-23110-013 / 188-23110-014 / 188-23110-015 / 188-23110-016 / 188-23110-017
*De Viga tipo V501 (Patio 500 kV) 188-23110-018 / 188-23110-019
*Rejilla para operar seccionador 220 kV
*De Interruptor 220 kV
*Rejilla para operar seccionador 500 kV
*De Interruptor 500 kV
Solicitamos el peso en kg de las estructuras metálicas para pórticos (torres y vigas) detalladas a continuación. Aunque los planos están disponibles, no incluyen dicha información, la cual es fundamental para la cotización.
*De Torre tipo C200 planos N° 188-23210-019 / 188-23210-020 / 188-23210-021 / 188-23210-022
*De Viga tipo V200 plano N° 188-23210-023
*De Torre tipo C201 planos N° 188-23210-014 / 188-23210-015 / 188-23210-016 / 188-23210-017
*De Viga tipo V201 plano N° 188-23210-018
*De Torre tipo C501 (Patio 500kV) 188-23110-013 / 188-23110-014 / 188-23110-015 / 188-23110-016 / 188-23110-017
*De Viga tipo V501 (Patio 500 kV) 188-23110-018 / 188-23110-019
*Rejilla para operar seccionador 220 kV
*De Interruptor 220 kV
*Rejilla para operar seccionador 500 kV
*De Interruptor 500 kV
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, que los pesos de las estructuras correspondientes a los pórticos de 500 kV y 220 kV, deben ser calculados a partir de los planos de fabricación, cuyas copias obran en su poder. Por otro lado, con relación al peso de los soportes de los Interruptores, dependerá de la propuesta del fabricante de estos equipos. Además con respecto al peso de la rejilla para operar seccionador, favor considerar los planos, remitidos a través de la Adenda N° 1, cuya copia obra en su poder.
9
Experiencia Específica en Obras
Solicitamos que la experiencia solicitada en el apartado de Experiencia Específica en Obras del Pliego de Bases y Condiciones en 1 contrato que incluya en forma simultánea diseño, suministro e instalación completa (Civil, electromecánica y Eléctrica) en la Construcción o ampliación de Subestaciones en 500 kV, que exige que sea cumplido por la Empresa Líder, sea modificado a "TODAS LAS PARTES COMBINADAS" y no sea cumplido solamente por el líder, sobre esto yace el concepto de "Consorcio entre Empresas", se debe tener en cuenta que para este llamado se debe contar con Financiamiento en Guaraníes por un plazo determinado, por lo que el Banco que realice el préstamo necesariamente será uno local, y este crédito se hará solamente a través del integrante de origen Nacional, es decir con toda lógica este es el que debe ser el Líder del Consorcio, además es bien sabido que en Paraguay solamente existen dos Empresas nacionales que cuentan con experiencia en la contratos de Subestaciones de 500 kV terminadas, por lo que solicitamos que este apartado sea modificado.
Solicitamos que la experiencia solicitada en el apartado de Experiencia Específica en Obras del Pliego de Bases y Condiciones en 1 contrato que incluya en forma simultánea diseño, suministro e instalación completa (Civil, electromecánica y Eléctrica) en la Construcción o ampliación de Subestaciones en 500 kV, que exige que sea cumplido por la Empresa Líder, sea modificado a "TODAS LAS PARTES COMBINADAS" y no sea cumplido solamente por el líder, sobre esto yace el concepto de "Consorcio entre Empresas", se debe tener en cuenta que para este llamado se debe contar con Financiamiento en Guaraníes por un plazo determinado, por lo que el Banco que realice el préstamo necesariamente será uno local, y este crédito se hará solamente a través del integrante de origen Nacional, es decir con toda lógica este es el que debe ser el Líder del Consorcio, además es bien sabido que en Paraguay solamente existen dos Empresas nacionales que cuentan con experiencia en la contratos de Subestaciones de 500 kV terminadas, por lo que solicitamos que este apartado sea modificado.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, las modificaciones remitidas a través de la Adenda N° 1, cuya copia obra en su poder.
10
Consulta técnica
Durante la visita al sitio de obras, se pudo apreciar un desnivel del terreno para el nuevo banco de trafos con respecto a los existentes, consultamos si la nueva posición debe mantener el mismo nivel que los existentes o puede ser modificado.
Durante la visita al sitio de obras, se pudo apreciar un desnivel del terreno para el nuevo banco de trafos con respecto a los existentes, consultamos si la nueva posición debe mantener el mismo nivel que los existentes o puede ser modificado.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de su oferta, el nivel de Patio Terminado existente en la Subestación, en la nueva posición a ser equipada, tanto en el patio de 500 kV, como en 220 kV.