El llamado es resultado del Convenio N° 4500076579/2024 entre Itaipu Binacional, la Municipalidad de Carmelo Peralta y el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, donde el MOPC es el ente ejecutor y la Municipalidad de Carmelo Peralta es la encargada de efectuar los pagos, conforme se desprende de las cláusulas Sexta y Séptima del Convenio, el cual se encuentra publicado en el SICP, en la sección Documentos, Tipo de Documento "Permiso Municipal", nombre del archivo "contrato-de-acceso-al-puente-025312-67af91a2e8b7f.pdf", donde podrán encontrar toda la información relacionada.
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Prórroga
Solicitamos una prórroga de por lo menos 45 días en la fecha de presentación de la oferta.
La fecha para la presentación de las ofertas se ha modificado, remitirse al SICP.
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ILUMINACION VIAL-CAMBIO DE TECNOLOGÍA DE DESCARGA A LED
En la actualidad, diversos organismos nacionales e internaciones, como la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), han actualizado sus normativas y especificaciones para la adquisición de equipos de alumbrado público, adoptando tecnologías más avanzadas y eficientes. Por ejemplo, la ANDE ha establecido nuevas especificaciones para luminarias LED, mejor adaptadas a las necesidades de eficiencia energética, durabilidad y sostenibilidad, lo que marca un claro paso hacia soluciones más eficientes y responsables con el medio ambiente. Aunque se reconoce que el MOPC ha seguido especificaciones previas basadas en tecnologías tradicionales de descarga para este llamado y otros recientes, consideramos que sería beneficioso alinear estas nuevas licitaciones con los estándares más recientes que favorecen la tecnología LED. Este cambio permitiría obtener los máximos beneficios en términos de ahorro energético, costos operativos y sostenibilidad ambiental, alineándose con las mejores prácticas internacionales. 2. Argumentos para la Exclusión de Luminarias de Vapor de Sodio y la Adopción Exclusiva de Tecnología LED 2.1. Eficiencia Energética y Costos Operativos Las luminarias de vapor de sodio, aunque inicialmente de menor costo, presentan importantes desventajas en cuanto a su eficiencia energética y costos operativos a largo plazo. Los sistemas de iluminación LED, por el contrario, son hasta un 80% más eficientes en términos de consumo energético, lo que se traduce en un ahorro significativo en el consumo de electricidad durante la vida útil del proyecto. Adicionalmente, la mayor duración de las luminarias LED (50,000 a 100,000 horas) reduce los costos de mantenimiento y reemplazo, lo que a largo plazo representa una inversión más rentable frente a las luminarias de vapor de sodio, cuya vida útil es significativamente más corta (18,000 a 24,000 horas). 2.2. Impacto Ambiental Las luminarias de vapor de sodio contienen materiales tóxicos, como el mercurio, que requieren un manejo especial al final de su vida útil, lo que implica un riesgo ambiental adicional. En cambio, las luminarias LED no contienen materiales peligrosos, son completamente reciclables y tienen un impacto ambiental significativamente menor, lo que contribuye a la sostenibilidad del proyecto. 2.3. Calidad de la Luz y Seguridad Vial La luz emitida por las lámparas de vapor de sodio tiene un tono amarillento y un espectro limitado, lo que puede afectar negativamente la visibilidad y la seguridad vial, especialmente en áreas de alto tránsito. Por otro lado, las luminarias LED proporcionan una luz blanca, más cercana a la luz natural, lo que mejora la visibilidad y la percepción de los detalles durante la noche, incrementando la seguridad vial y reduciendo el riesgo de accidentes. 2.4. Alineación con las Tendencias Globales en Tecnología de Alumbrado Público El uso de tecnología LED en proyectos de alumbrado público está respaldado por las mejores prácticas internacionales, y muchas ciudades alrededor del mundo ya han realizado la transición a LED por sus ventajas en eficiencia energética y costos. Adoptar luminarias LED para este proyecto no solo beneficiará la infraestructura vial, sino que también posicionará a Paraguay como un líder en la adopción de tecnologías sostenibles. 3. Propuesta de Exclusividad para Tecnología LED En base a los beneficios mencionados, solicitamos que se considere la exclusividad de tecnología LED en las Especificaciones Técnicas y Físicas de la licitación mencionada, con el objetivo de optimizar los costos operativos a largo plazo, mejorar la calidad del alumbrado y reducir el impacto ambiental. Creemos que la adopción de la tecnología LED garantizará una solución más eficiente, económica y respetuosa con el medio ambiente para el alumbrado público en este tipo de proyectos. 4. Conclusión La adopción exclusiva de tecnología LED en lugar de luminarias de vapor de sodio es una decisión que traerá múltiples beneficios, tanto en términos de ahorro energético y costos operativos como en términos de sostenibilidad ambiental y seguridad vial. Además, permitirá al MOPC alinearse con las tendencias internacionales y con las mejores prácticas adoptadas por organismos como la ANDE, que ya han actualizado sus especificaciones para equipos LED. Por ende, solicitamos amablemente que evaluen modificar los requerimientos de las EETT a utilización de equipos LED conforme a la EETT ANDE N° 07.30.32. u similar.
06-03-2025
25-03-2025
ILUMINACION VIAL-CAMBIO DE TECNOLOGÍA DE DESCARGA A LED
En la actualidad, diversos organismos nacionales e internaciones, como la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), han actualizado sus normativas y especificaciones para la adquisición de equipos de alumbrado público, adoptando tecnologías más avanzadas y eficientes. Por ejemplo, la ANDE ha establecido nuevas especificaciones para luminarias LED, mejor adaptadas a las necesidades de eficiencia energética, durabilidad y sostenibilidad, lo que marca un claro paso hacia soluciones más eficientes y responsables con el medio ambiente. Aunque se reconoce que el MOPC ha seguido especificaciones previas basadas en tecnologías tradicionales de descarga para este llamado y otros recientes, consideramos que sería beneficioso alinear estas nuevas licitaciones con los estándares más recientes que favorecen la tecnología LED. Este cambio permitiría obtener los máximos beneficios en términos de ahorro energético, costos operativos y sostenibilidad ambiental, alineándose con las mejores prácticas internacionales. 2. Argumentos para la Exclusión de Luminarias de Vapor de Sodio y la Adopción Exclusiva de Tecnología LED 2.1. Eficiencia Energética y Costos Operativos Las luminarias de vapor de sodio, aunque inicialmente de menor costo, presentan importantes desventajas en cuanto a su eficiencia energética y costos operativos a largo plazo. Los sistemas de iluminación LED, por el contrario, son hasta un 80% más eficientes en términos de consumo energético, lo que se traduce en un ahorro significativo en el consumo de electricidad durante la vida útil del proyecto. Adicionalmente, la mayor duración de las luminarias LED (50,000 a 100,000 horas) reduce los costos de mantenimiento y reemplazo, lo que a largo plazo representa una inversión más rentable frente a las luminarias de vapor de sodio, cuya vida útil es significativamente más corta (18,000 a 24,000 horas). 2.2. Impacto Ambiental Las luminarias de vapor de sodio contienen materiales tóxicos, como el mercurio, que requieren un manejo especial al final de su vida útil, lo que implica un riesgo ambiental adicional. En cambio, las luminarias LED no contienen materiales peligrosos, son completamente reciclables y tienen un impacto ambiental significativamente menor, lo que contribuye a la sostenibilidad del proyecto. 2.3. Calidad de la Luz y Seguridad Vial La luz emitida por las lámparas de vapor de sodio tiene un tono amarillento y un espectro limitado, lo que puede afectar negativamente la visibilidad y la seguridad vial, especialmente en áreas de alto tránsito. Por otro lado, las luminarias LED proporcionan una luz blanca, más cercana a la luz natural, lo que mejora la visibilidad y la percepción de los detalles durante la noche, incrementando la seguridad vial y reduciendo el riesgo de accidentes. 2.4. Alineación con las Tendencias Globales en Tecnología de Alumbrado Público El uso de tecnología LED en proyectos de alumbrado público está respaldado por las mejores prácticas internacionales, y muchas ciudades alrededor del mundo ya han realizado la transición a LED por sus ventajas en eficiencia energética y costos. Adoptar luminarias LED para este proyecto no solo beneficiará la infraestructura vial, sino que también posicionará a Paraguay como un líder en la adopción de tecnologías sostenibles. 3. Propuesta de Exclusividad para Tecnología LED En base a los beneficios mencionados, solicitamos que se considere la exclusividad de tecnología LED en las Especificaciones Técnicas y Físicas de la licitación mencionada, con el objetivo de optimizar los costos operativos a largo plazo, mejorar la calidad del alumbrado y reducir el impacto ambiental. Creemos que la adopción de la tecnología LED garantizará una solución más eficiente, económica y respetuosa con el medio ambiente para el alumbrado público en este tipo de proyectos. 4. Conclusión La adopción exclusiva de tecnología LED en lugar de luminarias de vapor de sodio es una decisión que traerá múltiples beneficios, tanto en términos de ahorro energético y costos operativos como en términos de sostenibilidad ambiental y seguridad vial. Además, permitirá al MOPC alinearse con las tendencias internacionales y con las mejores prácticas adoptadas por organismos como la ANDE, que ya han actualizado sus especificaciones para equipos LED. Por ende, solicitamos amablemente que evaluen modificar los requerimientos de las EETT a utilización de equipos LED conforme a la EETT ANDE N° 07.30.32. u similar.
Se modificó mediante Adenda N° 1. Los planos publicados "Iluminación" pag. 82 al 89 son referenciales y están sujetos a cambios y ajustes conforme se establece en las Especificaciones técnicas "todos los diseños, cálculo y planos de fabricación, montaje y ubicación, serán preparados por el contratista y sometidos a la aprobación de la fiscalización". Las ofertas deberán ajustarse a las EETT del ítem modificado a través de la Adenda 1
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Se solicita prórroga de la fecha tope de entrega de ofertas
Al respecto de la fecha de apertura de sobres y presentación de propuestas, solicitamos a la convocante se sirva postergar la fecha de la misma, en virtud a que es de nuestro interés presentar con la mayor diligencia posible y precio razonable, y dada la premura, esto será perjudicial para la convocante, por tener los oferentes poco tiempo para la elaboración de nuestras ofertas.
07-03-2025
25-03-2025
Se solicita prórroga de la fecha tope de entrega de ofertas
Al respecto de la fecha de apertura de sobres y presentación de propuestas, solicitamos a la convocante se sirva postergar la fecha de la misma, en virtud a que es de nuestro interés presentar con la mayor diligencia posible y precio razonable, y dada la premura, esto será perjudicial para la convocante, por tener los oferentes poco tiempo para la elaboración de nuestras ofertas.
La fecha para la presentación de las ofertas se ha modificado, remitirse al SICP.
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Precio de Referencia
Consulta 01: Hemos verificado algunos precios unitarios de la planilla utilizada para calcular el precio de referencia, y en tres de los ítems revisados, hemos encontrado grandes diferencias con los precios actuales.
Esos ítems son: Terraplén por Refulado, Base de Concreto Asfáltico (e=8 cm), y Carpeta de Concreto Asfaltico con Polimeros (e= 6cm).
Comparando los precios actuales de estos tres ítems con respecto a los precios mencionados en la planilla del precio de referencia, encontramos un valor 21% superior al precio total de referencia.
Dado que expusimos, solamente tres ítems, solicitamos una verificación completa de los precios de referencia.
Esta consulta se debe a lo mencionado en el apartado “análisis de precios ofertados”, pág. 14 PBC, donde se observa: el comité de evaluación procederá a solicitar una explicación detallada de la composición del precio referencial cuando la diferencia entre el precio oferta y el precio referencial sea superior al 20% por debajo del precio referencial y 10% por encima del referencial…”
Observación: para el precio del terraplén por refulado, mencionamos que el precio unitario indicado en la referencia correspondería aproximadamente a un refulado ejecutado sin rebombeo. Sim embargo, por la ubicación del terraplén actual por refulado, este debería realizarse con rebombeo, lo cual aumenta el precio del ítem.
Consulta 01: Hemos verificado algunos precios unitarios de la planilla utilizada para calcular el precio de referencia, y en tres de los ítems revisados, hemos encontrado grandes diferencias con los precios actuales.
Esos ítems son: Terraplén por Refulado, Base de Concreto Asfáltico (e=8 cm), y Carpeta de Concreto Asfaltico con Polimeros (e= 6cm).
Comparando los precios actuales de estos tres ítems con respecto a los precios mencionados en la planilla del precio de referencia, encontramos un valor 21% superior al precio total de referencia.
Dado que expusimos, solamente tres ítems, solicitamos una verificación completa de los precios de referencia.
Esta consulta se debe a lo mencionado en el apartado “análisis de precios ofertados”, pág. 14 PBC, donde se observa: el comité de evaluación procederá a solicitar una explicación detallada de la composición del precio referencial cuando la diferencia entre el precio oferta y el precio referencial sea superior al 20% por debajo del precio referencial y 10% por encima del referencial…”
Observación: para el precio del terraplén por refulado, mencionamos que el precio unitario indicado en la referencia correspondería aproximadamente a un refulado ejecutado sin rebombeo. Sim embargo, por la ubicación del terraplén actual por refulado, este debería realizarse con rebombeo, lo cual aumenta el precio del ítem.
Se mantienen los precios publicados en el SICP. Los mismos fueron elaborados teniendo en cuenta lo establecido en la Resolución DNCP N° 454/24 de Precios Referenciales.
Además, conforme se establece en el Pliego de Bases y Condiciones cuando la diferencia entre el precio ofertado y el precio referencial sea superior al 20% por debajo del precio referencial y 10% por encima del referencial el Comité de Evaluación procederá a solicitar una explicación detallada, dando al oferente la posibilidad de responder y justificar el precio ofertado.
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Solicitud de prórroga
Consulta 02: Solicitamos prórroga de 30 días para la presentación de ofertas, esto a fin de poder realizar un mejor estudio de la propuesta técnica-económica.
Consulta 02: Solicitamos prórroga de 30 días para la presentación de ofertas, esto a fin de poder realizar un mejor estudio de la propuesta técnica-económica.
La fecha para la presentación de las ofertas se ha modificado, remitirse al SICP.
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Avenida principal (700m)
Consulta 03: En las especificaciones técnicas se menciona, dentro de la descripción del ítem “Obras complementarias zona urbana Carmelo Peralta. Avenida Principal” lo siguiente: “Ver anexo 2, anteproyecto presentado por la Municipalidad.”
Hemos revisado los documentos publicados, y no hemos encontrado el archivo mencionado en las especificaciones técnicas, siendo así y dado que el ítem se medirá en forma global, solicitamos proveer el documento “Anexo 2, anteproyecto presentado por la Municipalidad”, esto a fin de que todos los oferentes podamos componer el costo del ítem en igualdad de condiciones.
Consulta 03: En las especificaciones técnicas se menciona, dentro de la descripción del ítem “Obras complementarias zona urbana Carmelo Peralta. Avenida Principal” lo siguiente: “Ver anexo 2, anteproyecto presentado por la Municipalidad.”
Hemos revisado los documentos publicados, y no hemos encontrado el archivo mencionado en las especificaciones técnicas, siendo así y dado que el ítem se medirá en forma global, solicitamos proveer el documento “Anexo 2, anteproyecto presentado por la Municipalidad”, esto a fin de que todos los oferentes podamos componer el costo del ítem en igualdad de condiciones.
El Anexo 2 se encuentra en las Especificaciones técnicas en la página 224 hasta la 241 (Folios 57 al 40).
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Mojón de kilometraje
Consulta 04: En el documento “Planilla_de_precios_460755” se observa para el ítem 33 “Mojon de kilometraje”, la unidad de medida “metros cuadrados”, sin embargo, en las especificaciones técnicas del ítem, apartado “método de medición”, se describe “unidades (un) de mojones de kilometraje colocadas y aceptadas”
Dada la discrepancia, solicitamos revisión y confirmación de la unidad de medida para el ítem “Mojón de kilometraje” descrito en la planilla de precios.
Consulta 04: En el documento “Planilla_de_precios_460755” se observa para el ítem 33 “Mojon de kilometraje”, la unidad de medida “metros cuadrados”, sin embargo, en las especificaciones técnicas del ítem, apartado “método de medición”, se describe “unidades (un) de mojones de kilometraje colocadas y aceptadas”
Dada la discrepancia, solicitamos revisión y confirmación de la unidad de medida para el ítem “Mojón de kilometraje” descrito en la planilla de precios.