Es muy GROSERO, la manera en que la CONVOCANTE SE PRESTA para Este llamado en el cual modificaron vía consultas, varios requisitos, y otros excluyeron conforme a las empresas a ser BENEFICIADAS. Salta a la VISTA que este llamado fue DIRECCIONADO para dos empresas Grandes: MIMBI Y CONSERMAR, que en la mayoría de los llamados se distribuyen o hacen consorcios entre ellos. LA UOC DIRECCIONA ESTE LLAMADO, CON LO PUNTOS CLASICOS EN LOS CUALES SIEMPRE LOGRAN GANAR ESTAS DOS EMPRESAS, CONSIDERANDO QUE LA MAYORIA DE LAS EXIGENCIAS SOLO, ESTAS DOS EMPRESAS CUMPLEN, Y ES DEMOSTRABLE, EN VARIOS LLAMADOS YA REALIZADOS. Se advierte que este llamado está plagado de IRREGULARIDADES, direccionado de manera GROSERA, y vía consultas, entre otros requisitos colocados en las EETTs, bien ocultos. Se les recuerda a la UOC de la INC que ellos son los responsables directos de estas IRREGULARIDADES, porque TARDE O TEMPRANO cuando les caigan LOS ORGANISMOS RESPONSABLES DE LAS VERIFCACIONES, no van a ser a estas GRANDES EMPRESAS FACTURERAS las que deberán responder. LA QUE DEBERA RENDIR CUENTA ANTE LAS INSTITUCIONES RESPECTIVAS ES LA UOC DE LA INC. AHORA SE ESTAN EXPONIENDO A DENUNCIAS, Y A LA PROTESTA DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, POR TODO LO REALIZADO PARA ESTE LLAMADO.
Es muy GROSERO, la manera en que la CONVOCANTE SE PRESTA para Este llamado en el cual modificaron vía consultas, varios requisitos, y otros excluyeron conforme a las empresas a ser BENEFICIADAS. Salta a la VISTA que este llamado fue DIRECCIONADO para dos empresas Grandes: MIMBI Y CONSERMAR, que en la mayoría de los llamados se distribuyen o hacen consorcios entre ellos. LA UOC DIRECCIONA ESTE LLAMADO, CON LO PUNTOS CLASICOS EN LOS CUALES SIEMPRE LOGRAN GANAR ESTAS DOS EMPRESAS, CONSIDERANDO QUE LA MAYORIA DE LAS EXIGENCIAS SOLO, ESTAS DOS EMPRESAS CUMPLEN, Y ES DEMOSTRABLE, EN VARIOS LLAMADOS YA REALIZADOS. Se advierte que este llamado está plagado de IRREGULARIDADES, direccionado de manera GROSERA, y vía consultas, entre otros requisitos colocados en las EETTs, bien ocultos. Se les recuerda a la UOC de la INC que ellos son los responsables directos de estas IRREGULARIDADES, porque TARDE O TEMPRANO cuando les caigan LOS ORGANISMOS RESPONSABLES DE LAS VERIFCACIONES, no van a ser a estas GRANDES EMPRESAS FACTURERAS las que deberán responder. LA QUE DEBERA RENDIR CUENTA ANTE LAS INSTITUCIONES RESPECTIVAS ES LA UOC DE LA INC. AHORA SE ESTAN EXPONIENDO A DENUNCIAS, Y A LA PROTESTA DEL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES, POR TODO LO REALIZADO PARA ESTE LLAMADO.
Las modificaciones que se han realizado en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) no han tenido como objetivo beneficiar a ninguna empresa en particular. Estas modificaciones se han realizado para clarificar y precisar ciertos aspectos del proceso, de modo que todos los oferentes tengan un entendimiento claro de los requisitos y puedan cumplir con ellos de manera equitativa. Es importante señalar que el proceso de licitación es abierto y transparente, y está diseñado para permitir la participación de todos los proveedores, sin importar su tamaño o capacidad. Las modificaciones no se han realizado con la intención de favorecer a empresas específicas, sino para garantizar que se cumpla con los estándares de calidad necesarios para la ejecución de los servicios requeridos. La Unidad Operativa de Contrataciones (UOC) de la INC se compromete a cumplir con los principios establecidos por la Ley N° 7021/22 sobre Contrataciones Públicas, y está sujeta a los procedimientos de control y supervisión establecidos por las autoridades competentes. En caso de que existan denuncias o impugnaciones sobre el proceso, la UOC está dispuesta a colaborar con las instituciones correspondientes para esclarecer cualquier duda y tomar las acciones necesarias en el marco legal. Entendemos que pueden surgir diferencias de opinión y preocupaciones durante el proceso de licitación, y por ello, ofrecemos a todas las empresas la oportunidad de presentar observaciones o impugnar cualquier aspecto que consideren inapropiado, de acuerdo con los procedimientos establecidos por la ley. Cualquier denuncia o protesta será evaluada con seriedad y se tomará en cuenta para garantizar que el proceso se desarrolle de manera adecuada. La UOC de la INC reafirma su compromiso con la libre competencia, la transparencia y la igualdad de condiciones. Nuestro objetivo no es favorecer a ninguna empresa en particular, sino asegurar que el proceso se desarrolle de manera justa y que se seleccionen los mejores proveedores para cumplir con los requisitos del contrato. En este sentido, aseguramos que no se han tomado decisiones para beneficiar exclusivamente a un pequeño grupo de empresas, y todas las modificaciones y requisitos establecidos han sido pensados para que cualquier proveedor que cumpla con las condiciones pueda participar.
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CONSULTA
Se solicita a la convocante cambiar a la presentación de una DDJ , los 2 (dos) vehículos del tipo utilitario con capacidad mínima de carga de 1.500 Kg.; apropiado para el transporte de materiales, insumos y equipos, año de fabricación 2020 en adelante. De ser necesario se realizaría la compra, como también por un contrato de alquiler de dichas unidades. Solicitamos sea replanteado dicho requisito a modo de no limitar ni restringir la participación de más oferentes y optar por DDJJ.
Se solicita a la convocante cambiar a la presentación de una DDJ , los 2 (dos) vehículos del tipo utilitario con capacidad mínima de carga de 1.500 Kg.; apropiado para el transporte de materiales, insumos y equipos, año de fabricación 2020 en adelante. De ser necesario se realizaría la compra, como también por un contrato de alquiler de dichas unidades. Solicitamos sea replanteado dicho requisito a modo de no limitar ni restringir la participación de más oferentes y optar por DDJJ.
El requisito de contar con vehículos propios asegura que el oferente tenga una capacidad operativa inmediata y una infraestructura propia para el transporte de materiales e insumos necesarios para cumplir con el contrato. Esto es importante, ya que la disponibilidad de vehículos no dependerá de terceros, lo cual podría generar demoras o problemas operativos en el cumplimiento de los plazos establecidos. Si los vehículos son propios, esto garantiza una capacidad logística directa y controlada por el oferente, lo cual es vital para la eficiencia del servicio. Tener vehículos propios permite al oferente tener un control total sobre el mantenimiento y seguridad de los mismos, lo cual asegura que los vehículos estén en condiciones óptimas para realizar las tareas requeridas. El requerimiento de vehículos propios con una capacidad mínima de carga de 1.500 kg y año de fabricación 2020 en adelante está diseñado para asegurar que el oferente tiene la capacidad de cumplir con los requerimientos técnicos de la licitación. La antigüedad de los vehículos (2020 en adelante) busca garantizar que los vehículos sean modernos, con menor riesgo de fallos mecánicos o desactualización tecnológica, lo cual es un criterio técnico válido para asegurar la eficacia y la fiabilidad del servicio.
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CONSULTA
Se consulta a la UOC DE LA INC, CUAL ES EL MOTIVO DE INCLUIR ESTE REQUISITO EN LA ADENDA: Licencia de Impacto Ambiental vigente, expedido por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible MADES.
Se consulta a la UOC DE LA INC, CUAL ES EL MOTIVO DE INCLUIR ESTE REQUISITO EN LA ADENDA: Licencia de Impacto Ambiental vigente, expedido por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible MADES.
La exigencia de contar con una Licencia de Impacto Ambiental vigente, expedida por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), tiene como propósito garantizar que las actividades de fumigación que se realicen durante la ejecución del contrato no generen impactos negativos al medio ambiente. Este requisito está en línea con las normativas de protección ambiental y sostenibilidad que debe cumplir cualquier empresa que participe en este tipo de procesos, garantizando que las prácticas realizadas sean responsables y no causen daños al entorno.
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CONSULTA
Solicitan certificación ISO 9001:2015 y ISO 14001:2015, y justifican con este direccionamiento las Firmas que cuentan con Certificación ISO 9001:2015 e ISO 14001:2015: Serpar S.A., Cevima S.A., Consermar Multiservicios, Mafara S.A., Laya SA, Mimbi S.A., Limpiezas Modernas Paraguayas SRL, El Mejor SRL, Todo Brillo S.A., estas pocas empresas que cuentan con la certificacion son todas grandes empresas, corporaciones, sociedades, compañías entre otros..... Y como quedan aca la MIPYMES, Y las demás empresas ? que son mas de 50 empresas, y a las cuales la UOC de la INC LAS ESTA DEJANDO DE LADO. La limitacion a la participación para todas estas empresas, se contrapone con lo establecido por la LEY, cuyos aspectos justifican la modificación de la redacción en virtud a lo propuesto, en concordancia a lo establecido en el Artículo 45 “PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES” de la Ley Nº 7021/22 que dispone: “…No se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Las convocantes se abstendrán de solicitar como requisito para participar en los procedimientos de contratación, la inscripción en cualquier clase de registro distinto a lo dispuesto por la presente ley…”
Solicitan certificación ISO 9001:2015 y ISO 14001:2015, y justifican con este direccionamiento las Firmas que cuentan con Certificación ISO 9001:2015 e ISO 14001:2015: Serpar S.A., Cevima S.A., Consermar Multiservicios, Mafara S.A., Laya SA, Mimbi S.A., Limpiezas Modernas Paraguayas SRL, El Mejor SRL, Todo Brillo S.A., estas pocas empresas que cuentan con la certificacion son todas grandes empresas, corporaciones, sociedades, compañías entre otros..... Y como quedan aca la MIPYMES, Y las demás empresas ? que son mas de 50 empresas, y a las cuales la UOC de la INC LAS ESTA DEJANDO DE LADO. La limitacion a la participación para todas estas empresas, se contrapone con lo establecido por la LEY, cuyos aspectos justifican la modificación de la redacción en virtud a lo propuesto, en concordancia a lo establecido en el Artículo 45 “PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES” de la Ley Nº 7021/22 que dispone: “…No se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por la presente ley para la participación, contratación o adjudicación, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables en los pliegos de bases y condiciones si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. Las convocantes se abstendrán de solicitar como requisito para participar en los procedimientos de contratación, la inscripción en cualquier clase de registro distinto a lo dispuesto por la presente ley…”
Agradecemos su consulta y la oportunidad de brindar aclaraciones respecto a los requisitos establecidos en el PBC para el servicio de limpieza integral. Queremos asegurarles que el objetivo de la convocatoria es garantizar la transparencia, la competencia justa y la contratación del mejor servicio disponible para el Estado, sin ningún tipo de direccionamiento hacia empresas específicas.
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CONSULTA
En la ADENDA 1: Se solicitan 2 (dos) vehículos del tipo utilitario con capacidad mínima de carga de 1.500 Kg.; apropiado para el transporte de materiales, insumos y equipos, año de fabricación 2020 en adelante Se consulta a la convocante cual es la necesidad de solicitar 2 vehículos a nombre del oferente, cuando claramente no es un requisito indispensable teniendo en cuenta que se podría optar por DDJJ que en caso de adjudicación, de ser necesario se realizaría la compra, como también por un contrato de alquiler de dichas unidades. Solicitamos sea replanteado dicho requisito a modo de no limitar ni restringir la participación de más oferentes y optar por DDJJ, para este requisito.
En la ADENDA 1: Se solicitan 2 (dos) vehículos del tipo utilitario con capacidad mínima de carga de 1.500 Kg.; apropiado para el transporte de materiales, insumos y equipos, año de fabricación 2020 en adelante Se consulta a la convocante cual es la necesidad de solicitar 2 vehículos a nombre del oferente, cuando claramente no es un requisito indispensable teniendo en cuenta que se podría optar por DDJJ que en caso de adjudicación, de ser necesario se realizaría la compra, como también por un contrato de alquiler de dichas unidades. Solicitamos sea replanteado dicho requisito a modo de no limitar ni restringir la participación de más oferentes y optar por DDJJ, para este requisito.
El requisito de contar con vehículos propios asegura que el oferente tenga una capacidad operativa inmediata y una infraestructura propia para el transporte de materiales e insumos necesarios para cumplir con el contrato. Esto es importante, ya que la disponibilidad de vehículos no dependerá de terceros, lo cual podría generar demoras o problemas operativos en el cumplimiento de los plazos establecidos. Si los vehículos son propios, esto garantiza una capacidad logística directa y controlada por el oferente, lo cual es vital para la eficiencia del servicio. Tener vehículos propios permite al oferente tener un control total sobre el mantenimiento y seguridad de los mismos, lo cual asegura que los vehículos estén en condiciones óptimas para realizar las tareas requeridas. El requerimiento de vehículos propios con una capacidad mínima de carga de 1.500 kg y año de fabricación 2020 en adelante está diseñado para asegurar que el oferente tiene la capacidad de cumplir con los requerimientos técnicos de la licitación. La antigüedad de los vehículos (2020 en adelante) busca garantizar que los vehículos sean modernos, con menor riesgo de fallos mecánicos o desactualización tecnológica, lo cual es un criterio técnico válido para asegurar la eficacia y la fiabilidad del servicio
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CONSULTA
Se solicita a la CONVOCANTE excluir las exigencias de la presentación de facturas, considerando que ya solicitan DDJJ para este REQUISITO: Listado de equipos y maquinarias en carácter de Declaración Jurada conforme a lo requerido en las Especificaciones Técnicas, mediante los cuales garantiza el óptimo cumplimiento del Contrato, acompañados de las facturas de compras a nombre del oferente a fin de garantizar la tenencia y provisión oportuna en la ejecución de los servicios, objeto del presente llamado. Si ya solicitan DDJJ, para que se agrega la presentación de las facturas? Favor excluir del requisito la presentación de las facturas, y de ser posible que quede solo con la DDJJ.-
Se solicita a la CONVOCANTE excluir las exigencias de la presentación de facturas, considerando que ya solicitan DDJJ para este REQUISITO: Listado de equipos y maquinarias en carácter de Declaración Jurada conforme a lo requerido en las Especificaciones Técnicas, mediante los cuales garantiza el óptimo cumplimiento del Contrato, acompañados de las facturas de compras a nombre del oferente a fin de garantizar la tenencia y provisión oportuna en la ejecución de los servicios, objeto del presente llamado. Si ya solicitan DDJJ, para que se agrega la presentación de las facturas? Favor excluir del requisito la presentación de las facturas, y de ser posible que quede solo con la DDJJ.-
La convocante solicita que se presenten las facturas de compra de todos los equipos solicitados, ya que esto garantiza que el oferente tenga la tenencia y provisión oportuna de los equipos, como se menciona en las Especificaciones Técnicas. Este requisito tiene como objetivo evitar inconvenientes que puedan surgir durante la ejecución del contrato si los equipos no están disponibles a tiempo.
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CONSULTA
Se solicita a la CONVOCANTE poder presentar via DDJJ el siguiente requisito:: Observación: El oferente deberá presentar dentro de las 24 horas posteriores a la hora y fecha de Apertura Electrónica, muestras de los siguientes productos acompañados de sus Registros Sanitarios vigentes y ensayos INTN: • Detergente • Lavandina al 4%, • Desodorante líquido de pisos, • Jabón líquido para manos • Alcohol desinfectante de superficies al 70% • Liquido limpia vidrios • Cera liquida. En caso de no presentar las muestras en el tiempo señalado, la oferta quedará desestimada. Con esta Inclusión que realiza la CONVOCANTE se limita y restringe la participación de más oferentes. Por este motivo se solicita la presentación de la DDJJ. Y así poder permitir la participación de mayores oferentes. Y de ser posible obviar en e llamado este requisito, considerando no indispensable el mismo, y además no existen empresas , salvo dos que cuentan con este requisito.
Se solicita a la CONVOCANTE poder presentar via DDJJ el siguiente requisito:: Observación: El oferente deberá presentar dentro de las 24 horas posteriores a la hora y fecha de Apertura Electrónica, muestras de los siguientes productos acompañados de sus Registros Sanitarios vigentes y ensayos INTN: • Detergente • Lavandina al 4%, • Desodorante líquido de pisos, • Jabón líquido para manos • Alcohol desinfectante de superficies al 70% • Liquido limpia vidrios • Cera liquida. En caso de no presentar las muestras en el tiempo señalado, la oferta quedará desestimada. Con esta Inclusión que realiza la CONVOCANTE se limita y restringe la participación de más oferentes. Por este motivo se solicita la presentación de la DDJJ. Y así poder permitir la participación de mayores oferentes. Y de ser posible obviar en e llamado este requisito, considerando no indispensable el mismo, y además no existen empresas , salvo dos que cuentan con este requisito.
Respecto a su consulta, queremos aclarar lo siguiente: La solicitud de presentar muestras de productos específicos y sus registros sanitarios tiene como objetivo garantizar que los insumos propuestos por los oferentes sean aptos para el uso en los servicios de limpieza que se solicitan, cumpliendo con los estándares de calidad, seguridad y salud establecidos. Este requisito está relacionado con la necesidad de asegurar que los productos utilizados en el servicio de limpieza sean adecuados para el entorno en el que se aplicarán, cumpliendo con las normativas sanitarias y de seguridad aplicables. En cuanto a su observación de que solo se solicita la presentación de muestras de algunos insumos, queremos explicar que estos productos son considerados críticos para el servicio de limpieza integral, por lo que su inclusión en los requisitos busca evitar la utilización de productos que puedan no cumplir con las especificaciones necesarias. En lo que respecta a la condición de presentación de las muestras dentro de las 24 horas posteriores a la apertura electrónica, se establece con el fin de asegurar la disponibilidad de los productos y permitir una evaluación rápida y precisa de los mismos. La INC tiene como prioridad la transparencia y la equidad en el proceso de licitación.
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CONSULTA
En la ADENDA 1: Se solicitan 2 (dos) vehículos del tipo utilitario con capacidad mínima de carga de 1.500 Kg.; apropiado para el transporte de materiales, insumos y equipos, año de fabricación 2020 en adelante Se consulta a la convocante cual es la necesidad de solicitar 2 vehículos a nombre del oferente, cuando claramente no es un requisito indispensable teniendo en cuenta que se podría optar por DDJJ que en caso de adjudicación, de ser necesario se realizaría la compra, como también por un contrato de alquiler de dichas unidades. Solicitamos sea replanteado dicho requisito a modo de no limitar ni restringir la participación de más oferentes y optar por DDJJ, para este requisito.
En la ADENDA 1: Se solicitan 2 (dos) vehículos del tipo utilitario con capacidad mínima de carga de 1.500 Kg.; apropiado para el transporte de materiales, insumos y equipos, año de fabricación 2020 en adelante Se consulta a la convocante cual es la necesidad de solicitar 2 vehículos a nombre del oferente, cuando claramente no es un requisito indispensable teniendo en cuenta que se podría optar por DDJJ que en caso de adjudicación, de ser necesario se realizaría la compra, como también por un contrato de alquiler de dichas unidades. Solicitamos sea replanteado dicho requisito a modo de no limitar ni restringir la participación de más oferentes y optar por DDJJ, para este requisito.
El requisito de contar con vehículos propios asegura que el oferente tenga una capacidad operativa inmediata y una infraestructura propia para el transporte de materiales e insumos necesarios para cumplir con el contrato. Esto es importante, ya que la disponibilidad de vehículos no dependerá de terceros, lo cual podría generar demoras o problemas operativos en el cumplimiento de los plazos establecidos. Si los vehículos son propios, esto garantiza una capacidad logística directa y controlada por el oferente, lo cual es vital para la eficiencia del servicio. Tener vehículos propios permite al oferente tener un control total sobre el mantenimiento y seguridad de los mismos, lo cual asegura que los vehículos estén en condiciones óptimas para realizar las tareas requeridas. El requerimiento de vehículos propios con una capacidad mínima de carga de 1.500 kg y año de fabricación 2020 en adelante está diseñado para asegurar que el oferente tiene la capacidad de cumplir con los requerimientos técnicos de la licitación. La antigüedad de los vehículos (2020 en adelante) busca garantizar que los vehículos sean modernos, con menor riesgo de fallos mecánicos o desactualización tecnológica, lo cual es un criterio técnico válido para asegurar la eficacia y la fiabilidad del servicio.
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CONSULTA
Se consulta a la UOC DE LA INC, CUAL ES EL MOTIVO DE INCLUIR ESTE REQUISITO EN LA ADENDA: Licencia de Impacto Ambiental vigente, expedido por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible MADES.
Se consulta a la UOC DE LA INC, CUAL ES EL MOTIVO DE INCLUIR ESTE REQUISITO EN LA ADENDA: Licencia de Impacto Ambiental vigente, expedido por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible MADES.
La exigencia de contar con una Licencia de Impacto Ambiental vigente, expedida por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADES), tiene como propósito garantizar que las actividades de fumigación que se realicen durante la ejecución del contrato no generen impactos negativos al medio ambiente. Este requisito está en línea con las normativas de protección ambiental y sostenibilidad que debe cumplir cualquier empresa que participe en este tipo de procesos, garantizando que las prácticas realizadas sean responsables y no causen daños al entorno.
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CONSULTA
Se solicita a la CONVOCANTE excluir las exigencias de la presentación de facturas, considerando que ya solicitan DDJJ para este REQUISITO: Listado de equipos y maquinarias en carácter de Declaración Jurada conforme a lo requerido en las Especificaciones Técnicas, mediante los cuales garantiza el óptimo cumplimiento del Contrato, acompañados de las facturas de compras a nombre del oferente a fin de garantizar la tenencia y provisión oportuna en la ejecución de los servicios, objeto del presente llamado. Si ya solicitan DDJJ, para que se agrega la presentación de las facturas?
Se solicita a la CONVOCANTE excluir las exigencias de la presentación de facturas, considerando que ya solicitan DDJJ para este REQUISITO: Listado de equipos y maquinarias en carácter de Declaración Jurada conforme a lo requerido en las Especificaciones Técnicas, mediante los cuales garantiza el óptimo cumplimiento del Contrato, acompañados de las facturas de compras a nombre del oferente a fin de garantizar la tenencia y provisión oportuna en la ejecución de los servicios, objeto del presente llamado. Si ya solicitan DDJJ, para que se agrega la presentación de las facturas?
La convocante solicita que se presenten las facturas de compra de todos los equipos solicitados, ya que esto garantiza que el oferente tenga la tenencia y provisión oportuna de los equipos, como se menciona en las Especificaciones Técnicas. Este requisito tiene como objetivo evitar inconvenientes que puedan surgir durante la ejecución del contrato si los equipos no están disponibles a tiempo.