Criterio aplicado a los oferentes en consorcio – Capacidad Financiera vs. Experiencia
Conforme al Pliego, se establece que:
En materia de capacidad financiera, “cada miembro del consorcio debe cumplir con cada uno de los requisitos financieros establecidos”.
En materia de experiencia, se establece que “el socio líder debe cumplir con al menos el 60% del requisito, y los demás socios en conjunto con el 40% restante”.
Consulta:
Solicitamos se sirvan aclarar el fundamento de la diferencia de tratamiento entre ambos criterios, toda vez que:
La exigencia de cumplimiento individual absoluto de los ratios financieros por cada miembro del consorcio puede resultar restrictiva e incongruente con el espíritu de complementariedad propio de los consorcios.
La evaluación proporcional aplicada al requisito de experiencia resulta más razonable y adecuada al rol efectivo de cada miembro en la ejecución del contrato.
En ese sentido, se consulta si sería posible aplicar también un criterio proporcional para los requisitos financieros, considerando la participación efectiva de cada miembro en el consorcio, a efectos de no limitar injustificadamente la concurrencia de oferentes.
30-05-2025
10-06-2025
Criterio aplicado a los oferentes en consorcio – Capacidad Financiera vs. Experiencia
En materia de capacidad financiera, “cada miembro del consorcio debe cumplir con cada uno de los requisitos financieros establecidos”.
En materia de experiencia, se establece que “el socio líder debe cumplir con al menos el 60% del requisito, y los demás socios en conjunto con el 40% restante”.
Consulta:
Solicitamos se sirvan aclarar el fundamento de la diferencia de tratamiento entre ambos criterios, toda vez que:
La exigencia de cumplimiento individual absoluto de los ratios financieros por cada miembro del consorcio puede resultar restrictiva e incongruente con el espíritu de complementariedad propio de los consorcios.
La evaluación proporcional aplicada al requisito de experiencia resulta más razonable y adecuada al rol efectivo de cada miembro en la ejecución del contrato.
En ese sentido, se consulta si sería posible aplicar también un criterio proporcional para los requisitos financieros, considerando la participación efectiva de cada miembro en el consorcio, a efectos de no limitar injustificadamente la concurrencia de oferentes.
Sobre la Capacidad Financiera (Cada miembro debe cumplir individualmente con todos los requisitos):
La exigencia de que cada integrante del consorcio cumpla de manera individual con los requisitos de capacidad financiera responde a la necesidad de garantizar la solidez económica de todos los participantes. Esta medida reduce significativamente el riesgo de que la insolvencia de uno de los miembros afecte la estabilidad financiera del consorcio y, en consecuencia, comprometa la correcta ejecución del contrato.
Dada la naturaleza de la responsabilidad solidaria asumida por los consorciados ante el Estado paraguayo, cualquier incumplimiento individual puede impactar negativamente en el conjunto. Por tanto, asegurar la solvencia de cada miembro fortalece la confianza institucional y minimiza riesgos operativos y contractuales. En este contexto, el requisito individual constituye una salvaguarda fundamental para la estabilidad y el cumplimiento efectivo de las obligaciones contractuales.
Sobre la Experiencia Requerida (El socio líder debe cumplir al menos con el 60% del requisito; los demás socios, al menos con el 40%):
La distribución específica del requisito de experiencia entre los miembros del consorcio se fundamenta en criterios de responsabilidad operativa y funcional. En particular, el socio líder, designado para representar y coordinar al consorcio ante la entidad contratante, debe acreditar, como mínimo, el 60% de la experiencia exigida. Esta condición garantiza que la empresa que asumirá la dirección y gestión del proyecto cuente con un historial comprobado y la capacidad técnica suficiente para liderar su ejecución de manera eficaz.
Por su parte, la exigencia del 40% para los demás miembros permite la participación de empresas con experiencias complementarias o especializadas, promoviendo así la conformación de consorcios más integrales y técnicamente robustos. Esta estructura fomenta la cooperación estratégica entre empresas, optimizando los recursos y capacidades para una ejecución más eficiente y eficaz del objeto contractual.
En conjunto, estos requisitos están orientados a asegurar que los consorcios que celebren contratos con el Estado paraguayo cuenten tanto con una base financiera sólida en cada uno de sus integrantes como con una experiencia técnica adecuada y distribuida estratégicamente. De este modo, se protege el interés público, se garantiza la capacidad de cumplimiento y se promueve una contratación eficiente y responsable.
2
Incoherencia temporal entre los periodos evaluados para la capacidad financiera y la experiencia
En el PBC se observa que:
Para la capacidad financiera, se exige la presentación de datos correspondientes a los años 2021, 2022 y 2023.
Para la experiencia, se exige la acreditación mediante documentos correspondientes a los años 2022, 2023 y 2024.
Consulta:
¿Se ha considerado la eventual exclusión de oferentes que, iniciando actividades en 2022, pueden demostrar experiencia suficiente pero no poseen información financiera del año 2021?
Se solicita considerar la posibilidad de establecer una base temporal coherente entre ambos criterios o admitir mecanismos alternativos para evaluar la capacidad financiera de nuevos contribuyentes, tales como declaraciones juradas, balances auditados o documentación bancaria, conforme a prácticas habituales en contrataciones públicas.
30-05-2025
10-06-2025
Incoherencia temporal entre los periodos evaluados para la capacidad financiera y la experiencia
Para la capacidad financiera, se exige la presentación de datos correspondientes a los años 2021, 2022 y 2023.
Para la experiencia, se exige la acreditación mediante documentos correspondientes a los años 2022, 2023 y 2024.
Consulta:
¿Se ha considerado la eventual exclusión de oferentes que, iniciando actividades en 2022, pueden demostrar experiencia suficiente pero no poseen información financiera del año 2021?
Se solicita considerar la posibilidad de establecer una base temporal coherente entre ambos criterios o admitir mecanismos alternativos para evaluar la capacidad financiera de nuevos contribuyentes, tales como declaraciones juradas, balances auditados o documentación bancaria, conforme a prácticas habituales en contrataciones públicas.
La convocante se mantiene en lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC), considerando que el objetivo del presente requisito es verificar que los potenciales oferentes cuenten con la liquidez financiera necesaria para solventar los gastos que acarrea esta licitación, atendiendo a la importancia del llamado para esta institución.
Es importante mencionar, la capacidad financiera solo se exige hasta el año 2023, en atención a que la Resolución General N.º 29/2025 de la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) establece que los contribuyentes del Impuesto a la Renta Empresarial (IRE), régimen general, con ejercicio fiscal cerrado al 31 de diciembre de 2024, podrán presentar sus informes hasta el mes de junio del presente año. Por tanto, al momento de la convocatoria, no corresponde requerir información financiera del ejercicio 2024, ya que la misma aún no se encuentra legal ni formalmente disponible.
3
EETT - Perfil Técnico
El pliego establece que el servicio debe ser prestado por "personal técnico especializado" y que “la empresa deberá sustituir a sus técnicos a solicitud del Administrador del Contrato”.
¿Se exige que el personal técnico cuente con títulos académicos específicos o certificaciones formales? En caso afirmativo, ¿cuáles son los documentos válidos a ser presentados como respaldo?
El pliego establece que el servicio debe ser prestado por "personal técnico especializado" y que “la empresa deberá sustituir a sus técnicos a solicitud del Administrador del Contrato”.
¿Se exige que el personal técnico cuente con títulos académicos específicos o certificaciones formales? En caso afirmativo, ¿cuáles son los documentos válidos a ser presentados como respaldo?
Se aclara que no es requerido ningún documento especifico, la especialización del personal es avalada por la declaración jurada de la empresa requerida en el punto 1 del apartado Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica. (pag 17/60 del pbc)
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EETT - Perfil Técnico
El pliego establece que el servicio debe ser prestado por "personal técnico especializado" y que “la empresa deberá sustituir a sus técnicos a solicitud del Administrador del Contrato"
¿Debe incluirse la nómina del personal propuesto en la oferta técnica, o bastará con una declaración de compromiso de disponibilidad?
El pliego establece que el servicio debe ser prestado por "personal técnico especializado" y que “la empresa deberá sustituir a sus técnicos a solicitud del Administrador del Contrato"
¿Debe incluirse la nómina del personal propuesto en la oferta técnica, o bastará con una declaración de compromiso de disponibilidad?
Se aclara que no es requerido ningún documento especifico, la especialización del personal es avalada por la declaración jurada de la empresa requerida en el punto 1 del apartado Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica. (pag 17/60 del pbc)
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EETT - Perfil Técnico
El pliego establece que el servicio debe ser prestado por "personal técnico especializado" y que “la empresa deberá sustituir a sus técnicos a solicitud del Administrador del Contrato”
¿Cuál será el criterio técnico que utilizará el Administrador del Contrato para solicitar la sustitución de un técnico? Solicitamos que se aclare a efectos de previsibilidad contractual
El pliego establece que el servicio debe ser prestado por "personal técnico especializado" y que “la empresa deberá sustituir a sus técnicos a solicitud del Administrador del Contrato”
¿Cuál será el criterio técnico que utilizará el Administrador del Contrato para solicitar la sustitución de un técnico? Solicitamos que se aclare a efectos de previsibilidad contractual
Se aclara que el reemplazo de técnicos se refiere a la asignación de trabajos en el marco del contrato, no así a la desvinculación del personal de la empresa. Por ejemplo en caso de reiterados casos no resueltos, comprobables por reclamos en concepto de garantía, o por motivos de comportamiento ya que se tiene contacto directo con funcionarios de diferentes rangos dentro de la institución.
6
Sobre los repuestos a utilizar
Se indica que los trabajos de mantenimiento correctivo deben realizarse con repuestos nuevos.
Será suficiente que los repuestos sean nuevos y funcionales, o se exige que sean originales de la marca del equipo? En caso de no disponibilidad local, ¿se admiten repuestos equivalentes o genéricos certificados?
Se indica que los trabajos de mantenimiento correctivo deben realizarse con repuestos nuevos.
Será suficiente que los repuestos sean nuevos y funcionales, o se exige que sean originales de la marca del equipo? En caso de no disponibilidad local, ¿se admiten repuestos equivalentes o genéricos certificados?
No se establece exigencia de marca de los repuestos, la empresa extenderá garantía por las reparaciones realizadas.
7
Sobre los repuestos a utilizar
Se indica que los trabajos de mantenimiento correctivo deben realizarse con repuestos nuevos
En los ítems se incluyen referencias específicas a procesadores y placas madre para modelos discontinuados (p. ej., Intel Core i3/i5/i7 3ra o 4ta generación). ¿Se admiten equivalentes compatibles de generaciones superiores si los originales están descontinuados o fuera de stock?
Se indica que los trabajos de mantenimiento correctivo deben realizarse con repuestos nuevos
En los ítems se incluyen referencias específicas a procesadores y placas madre para modelos discontinuados (p. ej., Intel Core i3/i5/i7 3ra o 4ta generación). ¿Se admiten equivalentes compatibles de generaciones superiores si los originales están descontinuados o fuera de stock?
En caso demostrable de inexistencia se considerará las excepciones caso por caso, debiendo ser la propuesta siempre igual o superior a las EETT y garantizando la funcionalidad de los bienes
8
Sobre los equipos y compatibilidades
Se identifican modelos de equipos informáticos con diversas generaciones de hardware (desde Core i3/i5/i7 de 2da hasta 9na generación, marcas discontinuadas, etc.).
La entidad convocante pondrá a disposición del adjudicatario el inventario completo y actualizado con modelos y números de serie al inicio del contrato, a efectos de planificar adecuadamente los repuestos y servicios?
Se identifican modelos de equipos informáticos con diversas generaciones de hardware (desde Core i3/i5/i7 de 2da hasta 9na generación, marcas discontinuadas, etc.).
La entidad convocante pondrá a disposición del adjudicatario el inventario completo y actualizado con modelos y números de serie al inicio del contrato, a efectos de planificar adecuadamente los repuestos y servicios?
No, el contrato es abierto, multimarcas y los modelos mencionados son ilustrativos, no limitativos, considerando que el inventario de la institución es variable por altas y bajas constantes. Los trabajos serán solicitados por evento identificando el equipo al cual serán realizados los trabajos con marca, modelo y serie. Por este motivo se solicita en su mayoría repuestos estandarizados compatibles con diferentes marcas y modelos, salvo los específicamente declarados.
9
Sobre los equipos y compatibilidades
Se identifican modelos de equipos informáticos con diversas generaciones de hardware (desde Core i3/i5/i7 de 2da hasta 9na generación, marcas discontinuadas, etc.).
Cómo se evaluará la equivalencia técnica en caso de que se propongan componentes funcionales, pero no idénticos al modelo originalmente instalado?
Se identifican modelos de equipos informáticos con diversas generaciones de hardware (desde Core i3/i5/i7 de 2da hasta 9na generación, marcas discontinuadas, etc.).
Cómo se evaluará la equivalencia técnica en caso de que se propongan componentes funcionales, pero no idénticos al modelo originalmente instalado?
En caso demostrable de inexistencia se considerará las excepciones caso por caso, debiendo ser la propuesta siempre igual o superior a las EETT y garantizando la funcionalidad de los bienes.
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Sobre la instalación de software
En el Lote 2 y Lote 3 se incluyen ítems como “instalación de sistema operativo (versión Professional)” y “instalación de suite Office”.
La entidad convocante proporcionará las licencias originales necesarias para la instalación de estos productos? En caso negativo, ¿deberá el oferente incluir el costo de licencias en su oferta?
En el Lote 2 y Lote 3 se incluyen ítems como “instalación de sistema operativo (versión Professional)” y “instalación de suite Office”.
La entidad convocante proporcionará las licencias originales necesarias para la instalación de estos productos? En caso negativo, ¿deberá el oferente incluir el costo de licencias en su oferta?