En la planilla de precios figura tres columnas, Monto, Precio unitario y precio total. Favor explicar a que se refiere MONTO, si anteriormente era precio unitario y total, y ahora le agregan MONTO, favor explicar que se debe completar en esa sección
En la planilla de precios figura tres columnas, Monto, Precio unitario y precio total. Favor explicar a que se refiere MONTO, si anteriormente era precio unitario y total, y ahora le agregan MONTO, favor explicar que se debe completar en esa sección
En primer lugar quisiéramos aclarar que los detalles solicitados por la planilla son asignaciones del sistema, no establecido por esta Convocante, en cuanto al llenado del apartado Monto visualizamos que se encuentra predeterminado el llenado con un guion, debiéndose a que el proceso no es bajo la modalidad contrato abierto por monto mínimo y máximo, siendo bajo la modalidad contrato abierto por cantidades mínimas y máximas.
2
Certificado de origen
En la planilla de precios, se observa una columna donde hace referencia al numero de certificado de origen de cada curso. Como se entiende eso? No es suficiente con que el certificado de origen diga que se da servicios de capacitación a nivel general? Es necesario ahora que por cada especialidad se emita un certificado de origen o como sería?
En la planilla de precios, se observa una columna donde hace referencia al numero de certificado de origen de cada curso. Como se entiende eso? No es suficiente con que el certificado de origen diga que se da servicios de capacitación a nivel general? Es necesario ahora que por cada especialidad se emita un certificado de origen o como sería?
Recalcamos que los detalles solicitados por la planilla son asignados por el sistema, y en cuanto a la suficiencia del documento, son criterios de evaluación sobre el punto recordamos lo establecido en el Art. 54 "El Comité de Evaluación, bajo su responsabilidad y con absoluta independencia de criterio, evaluará las ofertas y emitirá un informe que servirá como base para la adjudicación...Si proviene de un oferente el intento de influir sobre el sentido de la recomendación de los miembros del Comité de Evaluación, será causal de rechazo de la oferta. Dicha causal de rechazo deberá estar fundada en el informe de evaluación con las pruebas que lo sustenten. Si se trata del intento de influencia por parte de un servidor público, será considerado como falta grave, sin perjuicio de la aplicación de otras sanciones previstas en la legislación vigente." (SIC).
3
Proyecto Pedagógico
En los cursos de Fontanería, dice que se debe hacer un Proyecto Pedagógico destinando un fondo de 10.000.000 Gs, por parte del oferente para la compra de materiales. La consulta es la siguiente: Como se llegó a ese monto? Siendo que cada ciudad deberá tener necesidades diferentes, o infraestructuras en distintas condiciones, por ejemplo, en cursos de años anteriores en la ciudad de Loma Plata en un curso de Fontanería se gastó aproximadamente 6.000.000 Gs para cambiar las mochilas y grifos y algunas cañerías de un colegio de la zona y dejarlos funcionales, no alcanzó 10.000.000 Gs, con ese monto los alumnos se pasarían haciendo refacciones por todos lados (gratis) cuando la finalidad del proyecto debe ser con fines educativos y no hacer trabajos que le corresponden a los entes municipales. Además, los alumnos estarían fuera del aula todos los días y cuando llegue la supervisión no los van a encontrar en el lugar declarado para el curso y perjudicaria a la empresa adjudicada. Esta bien lo del proyecto pero debe ser con un monto ajustado al contexto de la necesidad de una institución para solucionar un problema especifico con fines educativos, sea el monto que fuere.
En los cursos de Fontanería, dice que se debe hacer un Proyecto Pedagógico destinando un fondo de 10.000.000 Gs, por parte del oferente para la compra de materiales. La consulta es la siguiente: Como se llegó a ese monto? Siendo que cada ciudad deberá tener necesidades diferentes, o infraestructuras en distintas condiciones, por ejemplo, en cursos de años anteriores en la ciudad de Loma Plata en un curso de Fontanería se gastó aproximadamente 6.000.000 Gs para cambiar las mochilas y grifos y algunas cañerías de un colegio de la zona y dejarlos funcionales, no alcanzó 10.000.000 Gs, con ese monto los alumnos se pasarían haciendo refacciones por todos lados (gratis) cuando la finalidad del proyecto debe ser con fines educativos y no hacer trabajos que le corresponden a los entes municipales. Además, los alumnos estarían fuera del aula todos los días y cuando llegue la supervisión no los van a encontrar en el lugar declarado para el curso y perjudicaria a la empresa adjudicada. Esta bien lo del proyecto pero debe ser con un monto ajustado al contexto de la necesidad de una institución para solucionar un problema especifico con fines educativos, sea el monto que fuere.
Las mallas curriculares fueron trabajadas, verificadas y certificadas por el Centro de Innovación de Metodología Avanzada (CIMA), es decir los mismos son producto de un alto planten técnico que conjuga los requerimientos teóricos necesarios con las practicas adecuadas a los efectos de que los cursos sean de calidad y de utilidad para el beneficiario.
4
Ingeniero o Arquitecto?
En los cursos de Albañilería, Maestro de Obra Civil, Fontanería, dice al final que los proyectos pedagógicos deben estar avalados por un Ingeniero Civil o Arquitecto, cual es el formato del informe que deben emitir estos profesionales para avalar los trabajos? El honorario de estos profesionales ya forma parte de los 10.000.000, 15.000.000 Gs de gastos para llevar a cabo el Proyecto Pedagógico? Porque el informe no lo harán gratis. No sería suficiente con que el Departamento de Obras de la Municipalidad del distrito donde se realiza el curso emita un certificado de cumplimiento de los trabajos?. Se insiste en que esta licitación es para CAPACITAR A LA GENTE, no para hacer servicios de refacción ni construcción.
En los cursos de Albañilería, Maestro de Obra Civil, Fontanería, dice al final que los proyectos pedagógicos deben estar avalados por un Ingeniero Civil o Arquitecto, cual es el formato del informe que deben emitir estos profesionales para avalar los trabajos? El honorario de estos profesionales ya forma parte de los 10.000.000, 15.000.000 Gs de gastos para llevar a cabo el Proyecto Pedagógico? Porque el informe no lo harán gratis. No sería suficiente con que el Departamento de Obras de la Municipalidad del distrito donde se realiza el curso emita un certificado de cumplimiento de los trabajos?. Se insiste en que esta licitación es para CAPACITAR A LA GENTE, no para hacer servicios de refacción ni construcción.
Las mallas curriculares fueron trabajadas, verificadas y certificadas por el Centro de Innovación de Metodología Avanzada (CIMA), es decir los mismos son producto de un alto planten técnico que conjuga los requerimientos teóricos necesarios con las practicas adecuadas a los efectos de que los cursos sean de calidad y de utilidad para el beneficiario.
5
Experiencia
Con respecto a la experiencia requerida del oferente, dice: "Promedio de experiencia del oferente en prestación de cursos de capacitación en los tres últimos años (2002,2023,2024)". La consulta es: Debe ser un contrato con su factura por CADA UNO de esos años? O con que se cumpla el monto minimo en uno de esos años ya es sufieciente?
Con respecto a la experiencia requerida del oferente, dice: "Promedio de experiencia del oferente en prestación de cursos de capacitación en los tres últimos años (2002,2023,2024)". La consulta es: Debe ser un contrato con su factura por CADA UNO de esos años? O con que se cumpla el monto minimo en uno de esos años ya es sufieciente?
En cuanto a la suficiencia de documentos son criterios de evaluación sobre el punto recordamos lo establecido en el Art. 54 "El Comité de Evaluación, bajo su responsabilidad y con absoluta independencia de criterio, evaluará las ofertas y emitirá un informe que servirá como base para la adjudicación...Si proviene de un oferente el intento de influir sobre el sentido de la recomendación de los miembros del Comité de Evaluación, será causal de rechazo de la oferta. Dicha causal de rechazo deberá estar fundada en el informe de evaluación con las pruebas que lo sustenten. Si se trata del intento de influencia por parte de un servidor público, será considerado como falta grave, sin perjuicio de la aplicación de otras sanciones previstas en la legislación vigente." (SIC).
6
KIT CURSO DE industrializador artesanal de frutas y hortalizas
En el curso de industrializador artesanal de frutas y hortalizas, en el apartado 5. Kits a otorgar a cada beneficiario egresado, está escrito "Olla de hierro Capacidad mínima de 4 litros, con tapa de hierro y/o vidrio templado 1 unidad", porque solo una olla de HIERRO siendo que una olla de metal cumple con la misma finalidad y uso dedicado a ése articulo para el Curso. Aparte que la olla de hierro tiene costos muchos más elevados que ollas de otros metales de industria nacional.
17-06-2025
09-07-2025
KIT CURSO DE industrializador artesanal de frutas y hortalizas
En el curso de industrializador artesanal de frutas y hortalizas, en el apartado 5. Kits a otorgar a cada beneficiario egresado, está escrito "Olla de hierro Capacidad mínima de 4 litros, con tapa de hierro y/o vidrio templado 1 unidad", porque solo una olla de HIERRO siendo que una olla de metal cumple con la misma finalidad y uso dedicado a ése articulo para el Curso. Aparte que la olla de hierro tiene costos muchos más elevados que ollas de otros metales de industria nacional.
Las mallas curriculares fueron trabajadas, verificadas y certificadas por el Centro de Innovación de Metodología Avanzada (CIMA), es decir los mismos son producto de un alto planten técnico, además corresponde esclarecer que la cotización referencial fue elaborado en base a las mallas propuestas.
7
LPN
Favor especificar qué numero corresponde a esta LPN
La información solicitada se encuentra en la resolución de autorización de inicio difundido en el SICP.
8
Docente
Con respecto al registro del Docente en el registro del Reifocal, a modo de aclaración ya que en el pliego no lo aclara: Es OBLIGATORIO que el Docente esté registrado en el REIFOCAL?
Con respecto al registro del Docente en el registro del Reifocal, a modo de aclaración ya que en el pliego no lo aclara: Es OBLIGATORIO que el Docente esté registrado en el REIFOCAL?
Sobre el punto se recalca lo mencionado a fs. 18 del Pliego de Bases "Los instructores o docentes solo podrán presentarse para los cursos relacionados a las especialidades que hayan habilitado en el REIFOCAL. En el caso de que el docente propuesto no se encuentre Registrado en el REIFOCAL deberá acreditar su idoneidad presentando los documentos acordes al perfil requerido para cada especialidad" (SIC)
9
CV del Docente
Con respecto a los Docentes que están registrados en el REIFOCAL, solo es necesario la copia autenticada de su carnet vigente para concursar? y llenar el cuadro de datos personales con los items respectivos en el CV de la sección de formularios? O se debe completar todos los datos de Estudios Formales, Experiencia, etc de igual manera?
Con respecto a los Docentes que están registrados en el REIFOCAL, solo es necesario la copia autenticada de su carnet vigente para concursar? y llenar el cuadro de datos personales con los items respectivos en el CV de la sección de formularios? O se debe completar todos los datos de Estudios Formales, Experiencia, etc de igual manera?
Independientemente a la presentación de la constancia del registro de REIFOCAL, se debe realizar la declaración respectiva del formulario 6 Carta de Compromiso del Profesional Asignado al Servicio.
10
Declaración Jurada de Cotización de Kits
Favor aclarar si es SUSTANCIAL la Declaración Jurada de Cotización de Kits, o si de igual manera se debe presentar en la oferta? Ya que está en la sección de formularios y dice en el encabezado del formulario que se debe anexar a la oferta pero en el PBC no menciona que se debe presentar, se debe presentar o no?
Favor aclarar si es SUSTANCIAL la Declaración Jurada de Cotización de Kits, o si de igual manera se debe presentar en la oferta? Ya que está en la sección de formularios y dice en el encabezado del formulario que se debe anexar a la oferta pero en el PBC no menciona que se debe presentar, se debe presentar o no?
Las documentaciones sustanciales son las establecidos en el Decreto 2264/24 en su Art. 79 y mencionado a su vez a fojas 15 del Pliego de Bases, pese a ello toda documentación formal (formulario 13), debe formar parte de la oferta para su correspondiente evaluación.