Solicitamos confirmar si se aceptarán remisiones individuales por cada equipo entregado, vinculadas a una única factura de venta, a efectos de facilitar la trazabilidad y control de entrega de cada unidad dentro del lote correspondiente.
Solicitamos confirmar si se aceptarán remisiones individuales por cada equipo entregado, vinculadas a una única factura de venta, a efectos de facilitar la trazabilidad y control de entrega de cada unidad dentro del lote correspondiente.
Si se aceptaran remisiones individuales por cada equipo entregado y las mismas pueden estar vinculadas a una única factura de venta.
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adenda N° 5, en la pagina 8
La adenda N° 5, en la pagina 8, requiere: “Cada contrato debe haber sido completado satisfactoria y sustancialmente (lo cual será demostrado por el Licitante con la presentación de contratos u órdenes de compras acompañado del certificado y/o acta de recepción final, cartas de aceptación satisfactoria del cliente o buen cumplimiento del contrato, dichos contratos deberán ser de los mismos bienes a ser adquiridos en esta Licitación o similares en naturaleza y complejidad a los Bienes y Servicios Relacionados bajo el Contrato (entiéndase por similares la provisión de equipos médicos). Para una APCA, este requisito PUEDE ser cumplido por todos los miembros combinados.” Consultamos a la convocante si en el caso de un CONSORCIO o APCA, se podrá cumplir el requisito con la presentación de dichos contratos UNICAMENTE POR PARTE DEL LIDER DEL CONSORCIO o APCA, esto en el entendimiento de que el vocablo puede indica una posibilidad o alternativa de cumplimiento, no resultando una expresión imperativa para todos los integrantes del consorcio o apca.
La adenda N° 5, en la pagina 8, requiere: “Cada contrato debe haber sido completado satisfactoria y sustancialmente (lo cual será demostrado por el Licitante con la presentación de contratos u órdenes de compras acompañado del certificado y/o acta de recepción final, cartas de aceptación satisfactoria del cliente o buen cumplimiento del contrato, dichos contratos deberán ser de los mismos bienes a ser adquiridos en esta Licitación o similares en naturaleza y complejidad a los Bienes y Servicios Relacionados bajo el Contrato (entiéndase por similares la provisión de equipos médicos). Para una APCA, este requisito PUEDE ser cumplido por todos los miembros combinados.” Consultamos a la convocante si en el caso de un CONSORCIO o APCA, se podrá cumplir el requisito con la presentación de dichos contratos UNICAMENTE POR PARTE DEL LIDER DEL CONSORCIO o APCA, esto en el entendimiento de que el vocablo puede indica una posibilidad o alternativa de cumplimiento, no resultando una expresión imperativa para todos los integrantes del consorcio o apca.
Se aclara que conforme a lo indicado en la Adenda N° 5, página 8, para el caso de un Consorcio o Asociación en Participación para la Competencia de Adquisición (APCA), el requisito de experiencia puede ser cumplido de manera combinada por todos los miembros.
En consecuencia, no es obligatorio que cada integrante presente contratos de manera individual; basta con que, en su conjunto, el Consorcio o APCA acredite el cumplimiento del requisito, pudiendo el Líder o cualquier integrante del APCA presentar los contratos requeridos, siempre que se garantice que la documentación presentada refleje la experiencia acumulada requerida para el licitante en su totalidad.
Esta disposición justamente otorga flexibilidad a los oferentes para sumar capacidades y experiencias de todos los miembros del Consorcio o APCA, a fin de cumplir con los requisitos de calificación establecidos en el llamado.
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adenda N° 5, en la pagina 8,
Consulta: La adenda N° 5, en la pagina 8, requiere: “Cada contrato debe haber sido completado satisfactoria y sustancialmente (lo cual será demostrado por el Licitante con la presentación de contratos u órdenes de compras acompañado del certificado y/o acta de recepción final, cartas de aceptación satisfactoria del cliente o buen cumplimiento del contrato, dichos contratos deberán ser de los mismos bienes a ser adquiridos en esta Licitación o similares en naturaleza y complejidad a los Bienes y Servicios Relacionados bajo el Contrato (entiéndase por similares la provisión de equipos médicos). Para una APCA, este requisito PUEDE ser cumplido por todos los miembros combinados.” Consultamos a la convocante si en el caso de un CONSORCIO o APCA, se podrá cumplir el requisito con la presentación de dichos contratos UNICAMENTE POR PARTE DEL LIDER DEL CONSORCIO o APCA, esto en el entendimiento de que el vocablo puede indica una posibilidad o alternativa de cumplimiento, no resultando una expresión imperativa para todos los integrantes del consorcio o apca.
Consulta: La adenda N° 5, en la pagina 8, requiere: “Cada contrato debe haber sido completado satisfactoria y sustancialmente (lo cual será demostrado por el Licitante con la presentación de contratos u órdenes de compras acompañado del certificado y/o acta de recepción final, cartas de aceptación satisfactoria del cliente o buen cumplimiento del contrato, dichos contratos deberán ser de los mismos bienes a ser adquiridos en esta Licitación o similares en naturaleza y complejidad a los Bienes y Servicios Relacionados bajo el Contrato (entiéndase por similares la provisión de equipos médicos). Para una APCA, este requisito PUEDE ser cumplido por todos los miembros combinados.” Consultamos a la convocante si en el caso de un CONSORCIO o APCA, se podrá cumplir el requisito con la presentación de dichos contratos UNICAMENTE POR PARTE DEL LIDER DEL CONSORCIO o APCA, esto en el entendimiento de que el vocablo puede indica una posibilidad o alternativa de cumplimiento, no resultando una expresión imperativa para todos los integrantes del consorcio o apca.
Se aclara que, conforme a lo indicado en la Adenda N° 5, página 8, para el caso de un Consorcio o Asociación en Participación para la Competencia de Adquisición (APCA), el requisito de experiencia puede ser cumplido de manera combinada por todos los miembros.
En consecuencia, no es obligatorio que cada integrante presente contratos de manera individual; basta con que, en su conjunto, el Consorcio o APCA acredite el cumplimiento del requisito, pudiendo el Líder o cualquier integrante del APCA presentar los contratos requeridos, siempre que se garantice que la documentación presentada refleje la experiencia acumulada requerida para el licitante en su totalidad.
Esta disposición justamente otorga flexibilidad a los oferentes para sumar capacidades y experiencias de todos los miembros del Consorcio o APCA, a fin de cumplir con los requisitos de calificación establecidos en el llamado.
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EETT ITEM 2 - Servicios convexos
En donde dice “Se requiere la instalación y puesta en marcha del equipo, con provisión de materiales, y la capacitación al personal designado por el MSPYBS/Región Sanitaria”, solicitamos a la convocante establecer de forma clara que la capacitación tenga una duración mínima de 2 a 3 horas y que sea dirigida a un máximo de 10 personas por cada DEA. Esta precisión permite garantizar un entrenamiento práctico, efectivo y homogéneo, evitando ambigüedades y asegurando que el personal reciba la instrucción necesaria para el uso seguro y correcto del equipo.
En donde dice “Se requiere la instalación y puesta en marcha del equipo, con provisión de materiales, y la capacitación al personal designado por el MSPYBS/Región Sanitaria”, solicitamos a la convocante establecer de forma clara que la capacitación tenga una duración mínima de 2 a 3 horas y que sea dirigida a un máximo de 10 personas por cada DEA. Esta precisión permite garantizar un entrenamiento práctico, efectivo y homogéneo, evitando ambigüedades y asegurando que el personal reciba la instrucción necesaria para el uso seguro y correcto del equipo.
Favor remitirse a lo establecido en la Adenda N° 6.
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Normas/Regulaciones
En el item 2, n el punto donde se solicita la presentación de certificados de calidad CE, FDA o JIS, respetuosamente solicitamos se considere también la aceptación de certificación emitida por ANVISA (Agência Nacional de Vigilância Sanitária – Brasil).
Nuestra solicitud se justifica en lo siguiente:
1. Brasil cuenta con grandes fabricantes de equipos médicos que, por su condición de país-continente, en muchos casos no orientan sus productos a la comercialización en Europa o Estados Unidos, sino que concentran su producción en el mercado interno y regional.
2. ANVISA es reconocida como autoridad sanitaria de referencia en Latinoamérica y en el mundo, y sus procesos de certificación garantizan el cumplimiento de estándares de calidad, seguridad y eficacia equiparables a los exigidos en otros mercados internacionales
3. Al ser Brasil parte del MERCOSUR, aceptar la certificación ANVISA contribuiría a fortalecer la integración regional y apoyar la fabricación de calidad realizada dentro del bloque.
4. Cabe señalar que certificaciones CE pueden ser obtenidas incluso por productos chinos de baja calidad, siendo muchas veces difícil comprobar su validez. En cambio, la certificación ANVISA es más exigente y confiable, y la convocante puede verificar fácilmente la autenticidad de un certificado a través del portal oficial de ANVISA.
Por lo expuesto, solicitamos a la convocante que evalúe la inclusión de la certificación ANVISA como alternativa válida junto con CE, FDA o JIS.
En el item 2, n el punto donde se solicita la presentación de certificados de calidad CE, FDA o JIS, respetuosamente solicitamos se considere también la aceptación de certificación emitida por ANVISA (Agência Nacional de Vigilância Sanitária – Brasil).
Nuestra solicitud se justifica en lo siguiente:
1. Brasil cuenta con grandes fabricantes de equipos médicos que, por su condición de país-continente, en muchos casos no orientan sus productos a la comercialización en Europa o Estados Unidos, sino que concentran su producción en el mercado interno y regional.
2. ANVISA es reconocida como autoridad sanitaria de referencia en Latinoamérica y en el mundo, y sus procesos de certificación garantizan el cumplimiento de estándares de calidad, seguridad y eficacia equiparables a los exigidos en otros mercados internacionales
3. Al ser Brasil parte del MERCOSUR, aceptar la certificación ANVISA contribuiría a fortalecer la integración regional y apoyar la fabricación de calidad realizada dentro del bloque.
4. Cabe señalar que certificaciones CE pueden ser obtenidas incluso por productos chinos de baja calidad, siendo muchas veces difícil comprobar su validez. En cambio, la certificación ANVISA es más exigente y confiable, y la convocante puede verificar fácilmente la autenticidad de un certificado a través del portal oficial de ANVISA.
Por lo expuesto, solicitamos a la convocante que evalúe la inclusión de la certificación ANVISA como alternativa válida junto con CE, FDA o JIS.
Favor remitirse a lo establecido en la Adenda N° 6.
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ESPECIFICACIONES TECNICAS
En las especificaciones técnicas donde dice: Desfibrilador externo semiautomático con selector de pacientes adulto/pediátrico. Solicitamos que la selección de pacientes sea automática según el tamaño de paletas que se utiliza, el cambio de paletas según el tipo de pacientes es una protección para el paciente pediátrico.
En las especificaciones técnicas donde dice: Desfibrilador externo semiautomático con selector de pacientes adulto/pediátrico. Solicitamos que la selección de pacientes sea automática según el tamaño de paletas que se utiliza, el cambio de paletas según el tipo de pacientes es una protección para el paciente pediátrico.
Esta consulta ingreso fuera de tiempo, conforme se estableció en la Adenda N° 05 - Sección II. Datos de la Licitación (DDL) - IAL 7.1 la Fecha tope para aclaración de ofertas fue la siguiente: Se podrán pedir aclaraciones hasta el 15 de septiembre de 2025 - 08:00 hs.
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ESPECIFICACIONES TECNICAS
En las especificaciones técnicas solicitan:
Parches compatibles con cualquier edad y género.
Perilla de selección para pacientes adultos o pediátricos.
Modo adulto y pediátrico con los mismos electrodos
Solicitamos se considere que para pacientes pediátricos/infantiles se requiere el cambio de paletas/electrodos por el límite de descarga y considerando el tamaño del tórax de un paciente pediátrico/infantil, por lo tanto sugerimos las siguientes modificaciones:
Parches compatibles con pacientes adultos, parches compatibles con pacientes pediátricos/infantiles.
Selección automática del paciente según la paleta/electrodo adulto o pediátrico.
Modo adulto y pediátrico con electrodos adecuados al tipo de paciente.
El cambio de paletas según el tipo de pacientes es una protección para el paciente pediátrico.
Perilla de selección para pacientes adultos o pediátricos.
Modo adulto y pediátrico con los mismos electrodos
Solicitamos se considere que para pacientes pediátricos/infantiles se requiere el cambio de paletas/electrodos por el límite de descarga y considerando el tamaño del tórax de un paciente pediátrico/infantil, por lo tanto sugerimos las siguientes modificaciones:
Parches compatibles con pacientes adultos, parches compatibles con pacientes pediátricos/infantiles.
Selección automática del paciente según la paleta/electrodo adulto o pediátrico.
Modo adulto y pediátrico con electrodos adecuados al tipo de paciente.
El cambio de paletas según el tipo de pacientes es una protección para el paciente pediátrico.
Esta consulta ingreso fuera de tiempo, conforme se estableció en la Adenda N° 05 - Sección II. Datos de la Licitación (DDL) - IAL 7.1 la Fecha tope para aclaración de ofertas fue la siguiente: Se podrán pedir aclaraciones hasta el 15 de septiembre de 2025 - 08:00 hs.
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ESPECIFICACIONES TECNICAS
- Donde dice: Transferencia datos Bluetooth 2,0, solicitamos se puedan cotizar equipos con transferencia de datos mediante protocolo IrDA, independientemente al sistema operativo que se utilice.
- Donde dice: Transferencia datos Bluetooth 2,0, solicitamos se puedan cotizar equipos con transferencia de datos mediante protocolo IrDA, independientemente al sistema operativo que se utilice.
Esta consulta ingreso fuera de tiempo, conforme se estableció en la Adenda N° 05 - Sección II. Datos de la Licitación (DDL) - IAL 7.1 la Fecha tope para aclaración de ofertas fue la siguiente: Se podrán pedir aclaraciones hasta el 15 de septiembre de 2025 - 08:00 hs.
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ITEM N°01
• ITEM N°01
• Sobre Certificado OMS-PQS:
Solicitamos respetuosamente la eliminación o modificación del requisito específico que exige el "Certificado OMS PQS vigente" para los equipos de refrigeración, por las siguientes razones:
1. Restricción a la Libre Competencia: Si bien el programa PQS de la OMS es una guía valiosa, su exigencia como requisito excluyente actúa, en la práctica, como una especificación de marca o origen. Esto limita la participación de proveedores que ofrecen equipos de calidad equivalente, certificados bajo otras normativas internacionalmente reconocidas (como ISO, IEC, o certificaciones nacionales de países con estándares técnicos robustos: ANVISA, ANMAT, ETC.), privando a la Administración de acceder a una oferta más amplia y competitiva.
2. Obtención de Mejores Condiciones de Contratación: La limitación en el número de oferentes como consecuencia de este requisito reduce directamente la competencia y obstaculiza la posibilidad de que la Institución Convocante obtenga condiciones más ventajosas en cuanto a costos, plazos de entrega, garantías y servicio técnico.
3. Cumplimiento Técnico Equivalente: diversas normativas técnicas y los estándares internacionales (ISO/IEC) ofrecen marcos de certificación igualmente rigurosos para garantizar la eficiencia, seguridad y desempeño de los equipos médicos. La exigencia de cumplir con especificaciones técnicas funcionales y de desempeño (rango de temperatura, autonomía, eficiencia energética, etc.), en lugar de un certificado específico, asegura el objetivo final de preservar la cadena de frío sin restringir innecesariamente el mercado.
• ITEM N°01
• Sobre Certificado OMS-PQS:
Solicitamos respetuosamente la eliminación o modificación del requisito específico que exige el "Certificado OMS PQS vigente" para los equipos de refrigeración, por las siguientes razones:
1. Restricción a la Libre Competencia: Si bien el programa PQS de la OMS es una guía valiosa, su exigencia como requisito excluyente actúa, en la práctica, como una especificación de marca o origen. Esto limita la participación de proveedores que ofrecen equipos de calidad equivalente, certificados bajo otras normativas internacionalmente reconocidas (como ISO, IEC, o certificaciones nacionales de países con estándares técnicos robustos: ANVISA, ANMAT, ETC.), privando a la Administración de acceder a una oferta más amplia y competitiva.
2. Obtención de Mejores Condiciones de Contratación: La limitación en el número de oferentes como consecuencia de este requisito reduce directamente la competencia y obstaculiza la posibilidad de que la Institución Convocante obtenga condiciones más ventajosas en cuanto a costos, plazos de entrega, garantías y servicio técnico.
3. Cumplimiento Técnico Equivalente: diversas normativas técnicas y los estándares internacionales (ISO/IEC) ofrecen marcos de certificación igualmente rigurosos para garantizar la eficiencia, seguridad y desempeño de los equipos médicos. La exigencia de cumplir con especificaciones técnicas funcionales y de desempeño (rango de temperatura, autonomía, eficiencia energética, etc.), en lugar de un certificado específico, asegura el objetivo final de preservar la cadena de frío sin restringir innecesariamente el mercado.
Esta consulta ingreso fuera de tiempo, conforme se estableció en la Adenda N° 05 - Sección II. Datos de la Licitación (DDL) - IAL 7.1 la Fecha tope para aclaración de ofertas fue la siguiente: Se podrán pedir aclaraciones hasta el 15 de septiembre de 2025 - 08:00 hs.
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ITEM N°01
• “El gabinete debe ser de estructura robusta fabricado en galvanizado pre-pintado o en polietileno rotomoldeado o en polietileno”
Se solicita amablemente a la convocante de incluir en este apartado a equipos fabricados en acero inoxidable teniendo en cuenta las grandes ventajas:
Alta Resistencia Mecánica: Muy resistente a abrasiones y golpes fuertes.
Excelente para la Limpieza y Desinfección: Es el estándar en entornos médicos hospitalarios por su superficie lisa, no porosa y de fácil esterilización.
• “El gabinete debe ser de estructura robusta fabricado en galvanizado pre-pintado o en polietileno rotomoldeado o en polietileno”
Se solicita amablemente a la convocante de incluir en este apartado a equipos fabricados en acero inoxidable teniendo en cuenta las grandes ventajas:
Alta Resistencia Mecánica: Muy resistente a abrasiones y golpes fuertes.
Excelente para la Limpieza y Desinfección: Es el estándar en entornos médicos hospitalarios por su superficie lisa, no porosa y de fácil esterilización.
Esta consulta ingreso fuera de tiempo, conforme se estableció en la Adenda N° 05 - Sección II. Datos de la Licitación (DDL) - IAL 7.1 la Fecha tope para aclaración de ofertas fue la siguiente: Se podrán pedir aclaraciones hasta el 15 de septiembre de 2025 - 08:00 hs.