Ante la consulta N°30 de fecha 22-08-2025 sobre si los vehículos debían ser propios o podían ser alquilados, la convocante respondió: "Remitirse a lo indicado en el Anexo - Vehículos en el documento de Formularios publicado en el SICP". Dicha respuesta es evasiva, ya que el anexo no es explícito sobre este punto. La obligación del oferente es garantizar la disponibilidad del equipo, no necesariamente su propiedad. Imponer la titularidad de los vehículos como requisito constituye una barrera financiera innecesaria que limita la competencia. Solicitamos se aclare de forma inequívoca que se admitirá la disponibilidad de vehículos mediante contratos de alquiler o leasing, siempre y cuando se garantice su uso exclusivo para el contrato durante su vigencia, presentando un compromiso o contrato de alquiler condicionado a la adjudicación.
Solicitamos una respuesta precisa de la convocante y no un direccionamiento a otros documentos.
Ante la consulta N°30 de fecha 22-08-2025 sobre si los vehículos debían ser propios o podían ser alquilados, la convocante respondió: "Remitirse a lo indicado en el Anexo - Vehículos en el documento de Formularios publicado en el SICP". Dicha respuesta es evasiva, ya que el anexo no es explícito sobre este punto. La obligación del oferente es garantizar la disponibilidad del equipo, no necesariamente su propiedad. Imponer la titularidad de los vehículos como requisito constituye una barrera financiera innecesaria que limita la competencia. Solicitamos se aclare de forma inequívoca que se admitirá la disponibilidad de vehículos mediante contratos de alquiler o leasing, siempre y cuando se garantice su uso exclusivo para el contrato durante su vigencia, presentando un compromiso o contrato de alquiler condicionado a la adjudicación.
Solicitamos una respuesta precisa de la convocante y no un direccionamiento a otros documentos.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas, que en el punto 1) Vehículos, de los "Requisitos Mínimos" del Apartado "Capacidad en materia de equipos" de la Sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN", exige que para que el oferente califique debe poseer como mínimo "Dos (2) Camionetas Modelo SUV, VAN, Doble Cabina o Camión Canasta, año 2015 en adelante, de su propiedad, conforme a lo requerido en el Anexo - Vehículos. Así mismo, como indica dicho anexo, el oferente deberá presentar una Declaración Jurada de que en caso de resultar adjudicado dispondrá de los móviles requeridos para la ejecución de los trabajos; estos móviles no necesariamente deben ser de propiedad del oferente, pueden ser alquilados.
82
REITERACIÓN - Plazo de Disponibilidad de Cuadrillas.
Las especificaciones técnicas otorgan un plazo máximo de 15 días calendario desde la Orden de Inicio para disponibilizar la cantidad mínima inicial de cuadrillas (que llega hasta 11 para los ítems más grandes). Este plazo es materialmente insuficiente para un proceso adecuado de selección, contratación, capacitación, aseguramiento en IPS, y equipamiento completo de tal cantidad de personal y vehículos, favoreciendo únicamente a empresas con personal ya contratado y ocioso. Esto atenta contra la igualdad de oportunidades. Solicitamos se amplíe dicho plazo a un mínimo de 30 (treinta) días hábiles, lo cual constituye un periodo razonable y proporcionado para la movilización de los recursos exigidos.
09-10-2025
10-10-2025
REITERACIÓN - Plazo de Disponibilidad de Cuadrillas.
Las especificaciones técnicas otorgan un plazo máximo de 15 días calendario desde la Orden de Inicio para disponibilizar la cantidad mínima inicial de cuadrillas (que llega hasta 11 para los ítems más grandes). Este plazo es materialmente insuficiente para un proceso adecuado de selección, contratación, capacitación, aseguramiento en IPS, y equipamiento completo de tal cantidad de personal y vehículos, favoreciendo únicamente a empresas con personal ya contratado y ocioso. Esto atenta contra la igualdad de oportunidades. Solicitamos se amplíe dicho plazo a un mínimo de 30 (treinta) días hábiles, lo cual constituye un periodo razonable y proporcionado para la movilización de los recursos exigidos.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas, que el oferente adjudicado debería iniciar ese proceso desde el momento de la firma del contrato. El plazo establecido de 15 días calendario se contabilizará desde la fecha de emisión de la Orden de Inicio, la cual no será emitida antes de los 15 días posteriores a la firma de dicho contrato.
83
REITERACIÓN - Antigüedad de los Vehículos.
Se exige que los vehículos sean "año 2015 en adelante". Este es un criterio arbitrario. La operatividad, seguridad y buen estado de un vehículo no dependen estrictamente de su año de fabricación, sino de su mantenimiento y condición actual. Un vehículo del año 2014 en perfectas condiciones es más apto que uno del 2016 en mal estado. Solicitamos se reemplace el requisito del año de fabricación por la exigencia de que los vehículos cuenten con la Inspección Técnica Vehicular (ITV) al día y se encuentren en óptimas condiciones de funcionamiento, lo cual es un indicador objetivo y verificable de su idoneidad.
Se exige que los vehículos sean "año 2015 en adelante". Este es un criterio arbitrario. La operatividad, seguridad y buen estado de un vehículo no dependen estrictamente de su año de fabricación, sino de su mantenimiento y condición actual. Un vehículo del año 2014 en perfectas condiciones es más apto que uno del 2016 en mal estado. Solicitamos se reemplace el requisito del año de fabricación por la exigencia de que los vehículos cuenten con la Inspección Técnica Vehicular (ITV) al día y se encuentren en óptimas condiciones de funcionamiento, lo cual es un indicador objetivo y verificable de su idoneidad.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas, lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones de la licitación de referencia.
84
Funcionarios requeridos.
Se exige contar con un mínimo de 8 funcionarios en relación de dependencia y asegurados en IPS al momento de ofertar. Este requisito obliga a los oferentes a incurrir en costos fijos laborales sin tener certeza de ser adjudicados, constituyendo una barrera de entrada, especialmente para MIPYMES. Lo sustancial es que el personal esté disponible al iniciar los trabajos. Solicitamos se permita acreditar este requisito mediante la presentación de cartas de compromiso del personal clave y una declaración jurada de que se procederá a la contratación y aseguramiento del personal requerido en caso de resultar adjudicado, debiendo acreditarse la planilla de IPS únicamente antes de la Orden de Inicio.
Se exige contar con un mínimo de 8 funcionarios en relación de dependencia y asegurados en IPS al momento de ofertar. Este requisito obliga a los oferentes a incurrir en costos fijos laborales sin tener certeza de ser adjudicados, constituyendo una barrera de entrada, especialmente para MIPYMES. Lo sustancial es que el personal esté disponible al iniciar los trabajos. Solicitamos se permita acreditar este requisito mediante la presentación de cartas de compromiso del personal clave y una declaración jurada de que se procederá a la contratación y aseguramiento del personal requerido en caso de resultar adjudicado, debiendo acreditarse la planilla de IPS únicamente antes de la Orden de Inicio.
Al respecto, sírvanse considerar, para la elaboración de sus ofertas, lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones de la licitación de referencia. Es importante tener en cuenta que una empresa que no cuente con al menos 8 personales asegurados lo único que confirma es que no es lo suficientemente robusta como para llevar adelante un proyecto con esas envergaduras.
85
Experiencia Específica
"Experiencia mínima de 1 (un) año en la ejecución de trabajos inherentes al área Comercial de la ANDE, modalidad HHP0, HHP1, HHP2, HHP3 y/o HHP5".
En cuanto al requisito previamente mencionado, notamos que el carácter del ítem es excluyente y anticoncurrencial, se exige experiencia probada mediante “listado de contratos suscritos con la Ande en las modalidades mencionadas”, que solo permite la validez de ofertas a empresas ya contratadas previamente, excluyendo arbitrariamente empresas con experiencia probada en instalaciones y regularizaciones eléctricas complejas pero desestimadas de toda posibilidad de concursar. Esto vulnera el principio de libre competencia y concurrencia. Peticionamos a la Convocante tener en consideración los principios mencionados y a su vez modificar el ítem por ser de carácter restrictivo.
"Experiencia mínima de 1 (un) año en la ejecución de trabajos inherentes al área Comercial de la ANDE, modalidad HHP0, HHP1, HHP2, HHP3 y/o HHP5".
En cuanto al requisito previamente mencionado, notamos que el carácter del ítem es excluyente y anticoncurrencial, se exige experiencia probada mediante “listado de contratos suscritos con la Ande en las modalidades mencionadas”, que solo permite la validez de ofertas a empresas ya contratadas previamente, excluyendo arbitrariamente empresas con experiencia probada en instalaciones y regularizaciones eléctricas complejas pero desestimadas de toda posibilidad de concursar. Esto vulnera el principio de libre competencia y concurrencia. Peticionamos a la Convocante tener en consideración los principios mencionados y a su vez modificar el ítem por ser de carácter restrictivo.
Con relación a la observación planteada, se aclara que el requisito de contar con experiencia mínima de un (1) año en la ejecución de trabajos inherentes al área Comercial de la ANDE bajo las modalidades HHP0, HHP1, HHP2, HHP3 y/o HHP5 no tiene carácter excluyente, sino que responde a la necesidad de garantizar que los oferentes cuenten con conocimiento comprobado de los procedimientos técnicos, operativos y de seguridad específicos aplicados en el sistema eléctrico de la ANDE. Dichas modalidades se encuentran normalizadas institucionalmente y constituyen el marco operativo bajo el cual se ejecutan las actividades de detección de irregularidades, regularización de suministros y adecuación de medidores, que son tareas críticas para la seguridad eléctrica y la continuidad del servicio.
No obstante, el Pliego contempla mecanismos que promueven la participación y la libre concurrencia, permitiendo que las empresas que no cuenten con experiencia directa previa en contratos con la ANDE puedan integrar consorcios junto con otras firmas que acrediten la experiencia requerida, cumpliendo de forma combinada los requisitos exigidos. De esta manera, se garantiza la posibilidad de participación de nuevos oferentes sin comprometer los estándares técnicos y de seguridad que demanda el objeto del contrato. En consecuencia, el requisito se considera razonable, proporcional y orientado a asegurar la idoneidad, la calidad y la eficiencia en la ejecución de los trabajos licitados, en concordancia con los principios de igualdad y libre competencia establecidos en la Ley N° 7021/22.
86
Matrícula Específica del Personal
Exigir contar con un mínimo de dos profesionales electricistas matriculados en ANDE con Categoría D
En cuanto a este requisito, si bien la Categoría D de ANDE puede ser relevante para la calidad del servicio, la exigencia de la matrícula de la propia entidad pública restringe la participación a profesionales ya registrados, en lugar de aceptar calificaciones equivalentes o superiores emitidas por entes regulatorios o educativos reconocidos (como el Ministerio de Educación o el Ministerio de Trabajo, los cuales solo se mencionan para el Ayudante Electricista). Peticionamos amablemente a la Convocante tener por valido profesionales cualificados no exclusivamente matriculados por la Ande.
Exigir contar con un mínimo de dos profesionales electricistas matriculados en ANDE con Categoría D
En cuanto a este requisito, si bien la Categoría D de ANDE puede ser relevante para la calidad del servicio, la exigencia de la matrícula de la propia entidad pública restringe la participación a profesionales ya registrados, en lugar de aceptar calificaciones equivalentes o superiores emitidas por entes regulatorios o educativos reconocidos (como el Ministerio de Educación o el Ministerio de Trabajo, los cuales solo se mencionan para el Ayudante Electricista). Peticionamos amablemente a la Convocante tener por valido profesionales cualificados no exclusivamente matriculados por la Ande.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas, lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones de la licitación de referencia.
87
Flota Vehicular y Color
Exigir que los vehículos (año 2015 en adelante) tengan un color "totalmente ROJO (pintado o ploteado)"
Esta es una exigencia formal sin sustento técnico esencial. El color del vehículo no influye en la calidad del servicio, la seguridad o la capacidad operativa. Su cumplimiento implica un costo adicional (ploteado o pintura) para el oferente, y su inclusión en el PBC puede ser interpretada como un requisito direccionado, diseñado para empresas cuya flota ya está uniformada, siendo un motivo de descalificación por una causal meramente cosmética o administrativa. Solicitamos a la Convocante se excluya el requisito del color por no tener un carácter relevante en la prestación del servicio.
Exigir que los vehículos (año 2015 en adelante) tengan un color "totalmente ROJO (pintado o ploteado)"
Esta es una exigencia formal sin sustento técnico esencial. El color del vehículo no influye en la calidad del servicio, la seguridad o la capacidad operativa. Su cumplimiento implica un costo adicional (ploteado o pintura) para el oferente, y su inclusión en el PBC puede ser interpretada como un requisito direccionado, diseñado para empresas cuya flota ya está uniformada, siendo un motivo de descalificación por una causal meramente cosmética o administrativa. Solicitamos a la Convocante se excluya el requisito del color por no tener un carácter relevante en la prestación del servicio.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas, lo establecido en el punto 1) Vehículos, de los "Requisitos Mínimos" del Apartado "Capacidad en materia de equipos" de la Sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN", exige que para que el oferente califique debe poseer como mínimo "Dos (2) Camionetas Modelo SUV, VAN, Doble Cabina o Camión Canasta, año 2015 en adelante, de su propiedad, conforme a lo requerido en el Anexo - Vehículos. Así mismo, como indica dicho anexo, el oferente deberá presentar una Declaración Jurada de que en caso de resultar adjudicado dispondrá de los móviles requeridos para la ejecución de los trabajos; estos móviles no necesariamente deben ser de propiedad del oferente, pueden ser alquilados. El pintado o ploteado de color rojo es un requisito posterior a la adjudicación.
88
Capacidad en materia de equipos
En relación con el requisito de Capacidad en materia de equipos, que establece: “Disponer de dos (2) camionetas modelo SUV, VAN, doble cabina o camión canasta, año 2015 en adelante”, se solicita a la Convocante reconsiderar el límite de antigüedad exigido, por cuanto dicho parámetro no parece responder a una necesidad técnica específica y podría restringir injustificadamente la participación de oferentes. Se sugiere valorar la posibilidad de admitir vehículos en buen estado operativo, independientemente del año de fabricación, a fin de favorecer la libre concurrencia y la igualdad de condiciones entre los interesados.
En relación con el requisito de Capacidad en materia de equipos, que establece: “Disponer de dos (2) camionetas modelo SUV, VAN, doble cabina o camión canasta, año 2015 en adelante”, se solicita a la Convocante reconsiderar el límite de antigüedad exigido, por cuanto dicho parámetro no parece responder a una necesidad técnica específica y podría restringir injustificadamente la participación de oferentes. Se sugiere valorar la posibilidad de admitir vehículos en buen estado operativo, independientemente del año de fabricación, a fin de favorecer la libre concurrencia y la igualdad de condiciones entre los interesados.
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas, lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones de la licitación de referencia.