Apartado Gestión del Proyecto, Marco Contractual y Responsabilidades
Entiendo que el termino “Administrativo del Contrato”, NO hace referencia a el Ingeniero FIDIC, sino a un personal del Contratante, es correcta la interpretación
11-12-2025
15-12-2025
Apartado Gestión del Proyecto, Marco Contractual y Responsabilidades
Entiendo que el termino “Administrativo del Contrato”, NO hace referencia a el Ingeniero FIDIC, sino a un personal del Contratante, es correcta la interpretación
El Oferente, con el conocimiento del tipo de obra circunscripto en el contrato FIDIC, podrá ajustar su oferta para cumplir con los requerimientos solicitados y deberá ser parte de su estrategia la propuesta del personal adicional a los personales claves y no claves, siendo estos últimos lo mínimo requerido
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Aparatado Personal Mínimo requerido NO Clave
Se menciona luego de la tabla 14 de la adenda 1 “Todo el personal necesario y cualquier otro gasto necesario, que no han sido descritos o mencionados en esta sección, para el buen funcionamiento de la supervisión del sitio o el logro del objetivo del servicio deberán tener incluido en su oferta y no se pagará por separado.”, esto implica que no se puede ofertar (técnica y económicamente hablando) personal adicional al indicado en la tabla 14
Se menciona luego de la tabla 14 de la adenda 1 “Todo el personal necesario y cualquier otro gasto necesario, que no han sido descritos o mencionados en esta sección, para el buen funcionamiento de la supervisión del sitio o el logro del objetivo del servicio deberán tener incluido en su oferta y no se pagará por separado.”, esto implica que no se puede ofertar (técnica y económicamente hablando) personal adicional al indicado en la tabla 14
El Oferente, con el conocimiento del tipo de obra circunscripto en el contrato FIDIC, podrá ajustar su oferta para cumplir con los requerimientos solicitados y deberá ser parte de su estrategia la propuesta del personal adicional a los personales claves y no claves, siendo estos últimos lo mínimo requerido. En este sentido, el Oferente podrá ofertar el personal adicional que crea necesario para el cumplimiento de los objetivos, teniendo en cuenta lo mencionado en el párrafo indicado en la presente consulta y las demás secciones de la SDP
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Sustitución de Personal
Se menciona en este aparatado (incluido recién en la adenda 1), que “NI durante la negociación”, se podría sustituir el personal clave, pero la experiencia del MOP y en especial de la DAPSAN, ha demostrado que el tiempo trascurrido entre la presentación de la oferta y la adjudicación puede ser muy extenso, lo que puede ocasionar que el personal Clave ya no esté disponible por asumir nuevos compromisos, en vista a la larga espera, esta situación será aceptada como unas de las fuera del alcance razonable del oferente para la sustitución en la etapa de negociación
Se menciona en este aparatado (incluido recién en la adenda 1), que “NI durante la negociación”, se podría sustituir el personal clave, pero la experiencia del MOP y en especial de la DAPSAN, ha demostrado que el tiempo trascurrido entre la presentación de la oferta y la adjudicación puede ser muy extenso, lo que puede ocasionar que el personal Clave ya no esté disponible por asumir nuevos compromisos, en vista a la larga espera, esta situación será aceptada como unas de las fuera del alcance razonable del oferente para la sustitución en la etapa de negociación
Solamente podrá sustituirse el personal clave propuesto en la situación establecida en la IAC 12.b Sustitución de Experto Clave 12.7 o en la Etapa de Negociación en la situación establecida en la IAC 28.4 en la circunstancia consultada
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Acto Protocolar con Autoridades al final las obras
Se consulta quien debe correr con los costos del Acto protocolar para la recepción de las obras, el Ingeniero o el Contratista
11-12-2025
15-12-2025
Acto Protocolar con Autoridades al final las obras
Los costos deberán ser asumidos por la Contratista de Obras, sin embargo la organización del evento deberá ser coordinada por el Ingeniero
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Aparatado Resultados y entregables esperados
Se consulta que tipo de documentos se debe adjuntar para los gastos rembolsables, además se consulta si el pago del gasto rembolsable será por el importe incurrido, o por el valor cotizado, con independencia del si el valor incurrido es inferior os superior al cotizado (ofertado)
Se consulta que tipo de documentos se debe adjuntar para los gastos rembolsables, además se consulta si el pago del gasto rembolsable será por el importe incurrido, o por el valor cotizado, con independencia del si el valor incurrido es inferior os superior al cotizado (ofertado)
Los Gastos Reembolsables, se liquidarán con base en los costos operativos reales en los que el Consultor haya incurrido, siempre y cuando se trate de rubros elegibles listados en la Propuesta de Precio (Formulario FIN-4). Esto significa que el pago se efectuará por el importe efectivamente incurrido. Para la verificación y procedencia del pago, el Consultor debe respaldar sus declaraciones detalladas de gastos incurridos con la entrega de un comprobante o documento de respaldo correspondiente (facturas, boletas, recibos, etc.), de conformidad con la Cláusula 42 ("Remuneración y Gastos Reembolsables") de la Sección VIII - Condiciones de Contrato, sin exceder el Monto Máximo del Contrato
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Sección VII
1. Sección VII - Capítulo 2.2 g), Capítulo 4 - Se indica como parte de los objetivos y alcance del servicio, la presencia del Ingeniero o su Representante o su Asistente en zona de obra en forma permanente 24 horas, los 7 días de la semana si están en ejecución las Obras. Se solicita confirmar que el tiempo de trabajo extraordinario del personal del no experto del Ingeniero (que rebase el tiempo de participación asignado indicado en las Tablas 13 y 14 del Capítulo 4.3 de la Sección VII, y CGC 34 Apéndice B: 22 días de días laborables por mes / No menos de ocho (8) horas Laborables por día, y Art. 194 de la Ley No. 213 que limita a 48 horas por semana - serán eventualmente reconocidas, gestionadas y pagadas al Consultor por el Contratante, como una modificación o variación a las que refiere la CGC 16.
1. Sección VII - Capítulo 2.2 g), Capítulo 4 - Se indica como parte de los objetivos y alcance del servicio, la presencia del Ingeniero o su Representante o su Asistente en zona de obra en forma permanente 24 horas, los 7 días de la semana si están en ejecución las Obras. Se solicita confirmar que el tiempo de trabajo extraordinario del personal del no experto del Ingeniero (que rebase el tiempo de participación asignado indicado en las Tablas 13 y 14 del Capítulo 4.3 de la Sección VII, y CGC 34 Apéndice B: 22 días de días laborables por mes / No menos de ocho (8) horas Laborables por día, y Art. 194 de la Ley No. 213 que limita a 48 horas por semana - serán eventualmente reconocidas, gestionadas y pagadas al Consultor por el Contratante, como una modificación o variación a las que refiere la CGC 16.
El Consultor y/o APCA debe establecer el trabajo por turnos, utilizando las herramientas dadas por las Cláusulas FIDIC en cuanto al Ingeniero, Representante del Ingeniero y a Asistentes del Ingeniero, para cumplir las condiciones de presencia 24 horas, los 7 días de la semana si están en ejecución las obras. El Consultor en su Oferta, incluye los costos de personal para las funciones contenidas en el TDR ya sea en horario diurno y/o nocturno. Debido que la Oferta debe tener en cuenta las condiciones del TDR, el Consultor y/o APCA no tiene motivos ni derechos de solicitar posteriormente a la Contratante, sobre pagos por este concepto.
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Sección VII - Capítulo 2.2 o), Capítulo 4.1.4
2. Sección VII - Capítulo 2.2 o), Capítulo 4.1.4 - Se indica que los pagos del personal que asigne el Contratante para apoyar las actividades del Ingeniero y del Contratista, son responsabilidad del Contratante o del que él mismo él designe como responsable de dichos pagos. Solicitamos confirmar que el Ingeniero no será designado como responsable de los pagos del personal que el Contratante designe para apoyar las actividades del Ingeniero y del Contratista.
2. Sección VII - Capítulo 2.2 o), Capítulo 4.1.4 - Se indica que los pagos del personal que asigne el Contratante para apoyar las actividades del Ingeniero y del Contratista, son responsabilidad del Contratante o del que él mismo él designe como responsable de dichos pagos. Solicitamos confirmar que el Ingeniero no será designado como responsable de los pagos del personal que el Contratante designe para apoyar las actividades del Ingeniero y del Contratista.
El Contratante es el responsable del pago de salarios y/o haberes y/o sueldos u otro concepto en cuanto a funcionarios de la Contratante (permanentes, contratados o consultores) que sean designados para trabajar con el equipo del Ingeniero y de la Contratista.
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Sección VII - Capítulo 4.3.3
3. Sección VII - Capítulo 4.3.3 - Tabla 14 - Se establece un mínimo de 3 Técnicos en Seguridad trabajo (local) con una participación de 18 meses. Solicitamos aclarar si la participación de 18 meses es por cada Técnico de Seguridad, o es el total por los 3 Técnicos en Seguridad.
3. Sección VII - Capítulo 4.3.3 - Tabla 14 - Se establece un mínimo de 3 Técnicos en Seguridad trabajo (local) con una participación de 18 meses. Solicitamos aclarar si la participación de 18 meses es por cada Técnico de Seguridad, o es el total por los 3 Técnicos en Seguridad.
En el Personal No Clave, el tiempo de participación es por cada Personal No Clave.
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Sección VII - Capítulo 4.3.3
4. Sección VII - Capítulo 4.3.3 - Tabla 14 - Se establece un mínimo de 4 Técnicos Sociales (local) con una participación de 18 meses. Solicitamos aclarar si la participación de 18 meses es por cada Técnico Social, o es el total por los 4 Técnicos Sociales.
4. Sección VII - Capítulo 4.3.3 - Tabla 14 - Se establece un mínimo de 4 Técnicos Sociales (local) con una participación de 18 meses. Solicitamos aclarar si la participación de 18 meses es por cada Técnico Social, o es el total por los 4 Técnicos Sociales.