Licitación de Obras a Fiscalizar - Documentos y prorroga
Se solicita que una vez levantada la documentación licitación de obras a Fiscalizar, el plazos para elaborar la propuesta de nuestro servicio sea prorrogado a fin de poder analizar dichos documentos de las obras e incluirlos en nuestra propuesta Técnica y Económica
02-01-2026
13-01-2026
Licitación de Obras a Fiscalizar - Documentos y prorroga
Se solicita que una vez levantada la documentación licitación de obras a Fiscalizar, el plazos para elaborar la propuesta de nuestro servicio sea prorrogado a fin de poder analizar dichos documentos de las obras e incluirlos en nuestra propuesta Técnica y Económica
En la Adenda N°1 Sección VII Términos de Referencia, numeral 3. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO Y LAS OBRAS, se realiza una descripción del Diseño Conceptual del Contratante y muestra la magnitud esperable de las obras. Sin embargo, el llamado de obras es bajo la modalidad Diseño y Construcción, siendo el Diseño conceptual del Contratante una guía no vinculante. El Consultor y/o APCA ha sido seleccionado de un proceso de Precalificación por su experiencia comprobada en este tipo de obras.
202
Documentos del Proyecto en el Dataroom
Dado que el alcance de las obras a Fiscalizar se ha modificado en los TDRs de la Fiscalización, se consulta si la documentación del Proyecto de obras indicados en el Dataroom se ha modificado, al momento de levantar la adenda 1
Dado que el alcance de las obras a Fiscalizar se ha modificado en los TDRs de la Fiscalización, se consulta si la documentación del Proyecto de obras indicados en el Dataroom se ha modificado, al momento de levantar la adenda 1
En la Adenda N° 1 Sección VII Términos de Referencia, numeral 3. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO Y LAS OBRAS, se realiza una descripción del Diseño Conceptual del Contratante y muestra la magnitud esperable de las obras. Sin embargo, el llamado de obras es bajo la modalidad Diseño y Construcción, siendo el Diseño conceptual del Contratante una guía no vinculante.
El DATA ROOM es modificado cuando la Contratante obtiene nuevas informaciones, datos o estudios relevantes para la obra."
203
Entregables – Informe Inicial
Se establece un plazo de entrega para el Informe Inicial de 2 semanas, se considera que el plazo es muy corto, y se solicita que se extienda a por lo menos 45 días
Se establece un plazo de entrega para el Informe Inicial de 2 semanas, se considera que el plazo es muy corto, y se solicita que se extienda a por lo menos 45 días
El Contratante considera adecuada el plazo previsto en el PBC y su Adenda N°1
204
Entregables – Informe de Pago
Se establece un plazo de entrega de los informes de pago de 5 días, posteriores al cierre del mes, se considera que el plazo es muy corto, y se solicita que se extienda a por lo menos 15 días
Se establece un plazo de entrega de los informes de pago de 5 días, posteriores al cierre del mes, se considera que el plazo es muy corto, y se solicita que se extienda a por lo menos 15 días
El Contratante considera adecuada el plazo previsto en el PBC y su Adenda N°1
205
Entregables – Informe de Pago – 9) Informe de Costo
Se establece en el punto “d)” lo siguiente: “d) Preparar la curva "S" que representa el costo y el cronograma, los informes para el costo presupuestado de los trabajos programados, el costo real de las obras terminadas y el costo presupuestario de las obras realizadas, la variación del costo”, se resalta que dicha curva S, y la programación vinculadas solicitada realmente es una responsabilidad del Contratista, no de la Consultora, en tal sentido se solicita se modifique la redacción del dicho aparatado indicando las funciones reales de la Consultora, vinculadas al control y aprobación de dicha curva y programaciones, no a la preparación de la misma;
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Entregables – Informe de Pago – 9) Informe de Costo
Se establece en el punto “d)” lo siguiente: “d) Preparar la curva "S" que representa el costo y el cronograma, los informes para el costo presupuestado de los trabajos programados, el costo real de las obras terminadas y el costo presupuestario de las obras realizadas, la variación del costo”, se resalta que dicha curva S, y la programación vinculadas solicitada realmente es una responsabilidad del Contratista, no de la Consultora, en tal sentido se solicita se modifique la redacción del dicho aparatado indicando las funciones reales de la Consultora, vinculadas al control y aprobación de dicha curva y programaciones, no a la preparación de la misma;
El Consultor y/o APCA recibe la curva S de la Contratista, sin embargo, en las condiciones FIDIC, el Ingeniero debe valorizar las obras ejecutadas por el Contratista y por ende, el Ingeniero debe preparar su propia curva S.
206
Entregables – Informe de Pago – 9) Informe de Costo
Se establece en el punto “e)” lo siguiente: “e) Colaborar con las unidades financieras del Contratante en las solicitudes de desembolso del financiamiento del BID”, se solicita mayor claridad sobre que accione y entregables se requieren para cumplir esta función.
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Entregables – Informe de Pago – 9) Informe de Costo
Se establece en el punto “e)” lo siguiente: “e) Colaborar con las unidades financieras del Contratante en las solicitudes de desembolso del financiamiento del BID”, se solicita mayor claridad sobre que accione y entregables se requieren para cumplir esta función.
La colaboración del Ingeniero consiste en proveer el sustento técnico y administrativo. Para que la Unidad Coordinadora del Proyecto (UCP) a través de la DAPSAN , sustente fiduciariamente los desembolsos del Banco por las inversiones efectivamente realizadas en relación con los servicios/ Productos y de las Obras supervisadas/fiscalizadas y efectivamente ejecutadas. Estas tareas evidentemente demostrables son las que se requieren de cada actor que interviene en este Proyecto, uno de ellos es el Ingeniero FIDIC colectores Lambaré. Este concepto ampliado es lo que representa lo requerido en ítem e) - 9- Informe de Costos e)- Pág. 87 de la Adenda 1.
207
Entregables – Informe Especiales
Se indica en este aparato lo siguiente “En los Informes de Pago se adjuntarán todos los informes especiales y sus respuestas que se hayan elaborado durante el período.” Que implica esta redacción en cuando a los pedidos de pagos de la Consultora
Se indica en este aparato lo siguiente “En los Informes de Pago se adjuntarán todos los informes especiales y sus respuestas que se hayan elaborado durante el período.” Que implica esta redacción en cuando a los pedidos de pagos de la Consultora
Implica que el Consultor o/y APCA debe presentar con el Informe de Pago los informes Especiales que fueron requeridos por el Contratante en ese periodo. En caso de que no se presente, el Contratante puede rechazar el informe por no estar a Satisfacción del Contratante y postergar el proceso de pago hasta subsanar el incumplimiento.
208
Plazo total del Servicio
En el aparatado 4.5.2 “Plazo total del Servicio”, se mencionan las faces del Contrato de Diseño y Construcción, pero se saltea la Fase II, pasa de la Fase I a la Fase III directamente, se consulta si es un error de redacción o si falta incluir la Fase II
En el aparatado 4.5.2 “Plazo total del Servicio”, se mencionan las faces del Contrato de Diseño y Construcción, pero se saltea la Fase II, pasa de la Fase I a la Fase III directamente, se consulta si es un error de redacción o si falta incluir la Fase II
Es un error de redacción en la numeración de las Fases, sin embargo, se hallan descriptas claramente las fases de cada producto o etapa a desarrollar.
209
Sobre la respuesta 171
Se reitera la necesidad de estandarizar los procesos de la DAPSNA; donde no se debería incluir exigencias más altas a licitaciones de Obras/Consultorías menos complejas, en tal sentido al ser este servicio de Consultoría menos complejo que el de los ID 467807 financiado por el BID, y el ID 459964 financiado por CAF, se solicita que para evaluar los perfiles del personal (clave y no clave) la acreditación de 20 años de experiencia sea equivalente a tener la formación de posgrado (maestría, especialización, etc.) conforme a lo requerido
Se reitera la necesidad de estandarizar los procesos de la DAPSNA; donde no se debería incluir exigencias más altas a licitaciones de Obras/Consultorías menos complejas, en tal sentido al ser este servicio de Consultoría menos complejo que el de los ID 467807 financiado por el BID, y el ID 459964 financiado por CAF, se solicita que para evaluar los perfiles del personal (clave y no clave) la acreditación de 20 años de experiencia sea equivalente a tener la formación de posgrado (maestría, especialización, etc.) conforme a lo requerido
Para la presente contratación, corresponde ajustarse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones y en su Adenda N° 1, los cuales definen de manera expresa los requisitos aplicables para la evaluación de los perfiles del personal, tanto clave como no clave. En consecuencia, no resulta posible considerar equivalencias distintas a las allí previstas.
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Personal Clave
Se solicita amablemente disminuir las exigencias de calificación para los Profesionales Claves (especificamente el Director, Fiscal y Sanitario) en cuanto a cantidad de contratos solicitados y exigencias especificas ya que muchos de los profesionales tienen la capacidad y experiencia suficiente pero no necesariamente con las dimensiones que establece el pliego , lo cual no es impedimento para que el profesional ejerza su función teniendo sus conocimientos y experiencias.
Se solicita amablemente disminuir las exigencias de calificación para los Profesionales Claves (especificamente el Director, Fiscal y Sanitario) en cuanto a cantidad de contratos solicitados y exigencias especificas ya que muchos de los profesionales tienen la capacidad y experiencia suficiente pero no necesariamente con las dimensiones que establece el pliego , lo cual no es impedimento para que el profesional ejerza su función teniendo sus conocimientos y experiencias.
Informamos que para la presente contratación corresponde ajustarse estrictamente a los requisitos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones y su Adenda N° 1, los cuales definen de manera expresa la cantidad de contratos requeridos y las exigencias específicas aplicables a los perfiles del Director, Fiscal y Sanitario. En consecuencia, no resulta procedente modificar los criterios de calificación previstos."