Consultamos si la autorización del fabricante será solo aplicada a la ambulancia o también a los equipos, dicho requisito resulta confuso en su redacción.
Consultamos si la autorización del fabricante será solo aplicada a la ambulancia o también a los equipos, dicho requisito resulta confuso en su redacción.
La autorización del fabricante será requerida para la ambulancia como para los equipos biomédicos.
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Autorización del fabricante
Solicitamos a la convocante que la exigencia de presentación de la “Autorizacion del Fabricante de los equipos ofertados, debidamente legalizada y consularizada o apostillada” sea requerida en la etapa de firma del contrato, y no en la presentación de ofertas. Al permitir que este requisito se presente únicamente al momento de la firma del contrato, se garantiza que el proveedor cumplirá con toda la formalidad jurídica exigida, pero al mismo tiempo se fomenta una mayor concurrencia de oferentes en la fase competitiva, lo que redunda en beneficio de la convocante al contar con más propuestas técnicas y económicas para seleccionar la opción más conveniente.
Solicitamos a la convocante que la exigencia de presentación de la “Autorizacion del Fabricante de los equipos ofertados, debidamente legalizada y consularizada o apostillada” sea requerida en la etapa de firma del contrato, y no en la presentación de ofertas. Al permitir que este requisito se presente únicamente al momento de la firma del contrato, se garantiza que el proveedor cumplirá con toda la formalidad jurídica exigida, pero al mismo tiempo se fomenta una mayor concurrencia de oferentes en la fase competitiva, lo que redunda en beneficio de la convocante al contar con más propuestas técnicas y económicas para seleccionar la opción más conveniente.
En relación a la consulta presentada, referente a que la exigencia de presentación de la Autorización del Fabricante de los equipos ofertados sea requerida recién en la etapa de firma del contrato y no en la presentación de ofertas. La convocante considera que la Autorización del Fabricante constituye un documento esencial para garantizar la legitimidad, calidad y seguridad de los equipos médicos que serán instalados en la ambulancia de Soporte Vital Avanzado.
Mantener este requisito desde la etapa de presentación de ofertas resulta necesario ya que asegura el respaldo jurídico al contar con dicha autorización desde la etapa inicial protegiendo a la convocante frente a posibles reclamos o incumplimientos posteriores y una adecuada evaluación de ofertas, como así también asegurando que los equipos provienen de un canal oficial, evitando adquisiciones de origen dudoso, reensamblados o sin respaldo técnico, garantizando el soporte técnico autorizado que a su vez garantiza que el oferente cuenta con capacitación certificada, acceso a repuestos originales y actualizaciones de software indispensables para el mantenimiento y el cumplimiento de normas internacionales, ya que el fabricante es el único que puede acreditar que los equipos cumplen con certificaciones de seguridad y calidad requeridas en el PBC.
El respaldo del fabricante es garantía adicional de confiabilidad en equipos destinados a emergencias vitales para la seguridad del paciente y continuidad operativa.
Favor remitirse al PBC.
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Autorización del fabricante
Autorización del Fabricante, representante o distribuidor autorizado de los bienes ofertados, dirigido a la convocante, debidamente legalizado y consularizado o Apostillado.
Consultamos la posibilidad de agregar el siguiente texto para los equipos médicos: *Carta Poder otorgada por el fabricante, debidamente legalizada y consularizado, para comercializar el producto ofertado, inscripta en el registro público de comercio y Autorización del Representante y/o Distribuidor Autorizado del Fabricante dentro de la República del Paraguay, demostrando la cadena de autorizaciones.
Realizamos esta consulta considerando que, por lo general, los equipos médicos son adquiridos de otras empresas especializadas en el rubro y que cuenta con la correspondiente representación del fabricante.
Las cartas poder debidamente inscriptas en el Registro Público de Comercio, no se dirigen a una convocante específica, sino a las autoridades en general, considerando que suelen tener una vigencia mínima de 1 año
Autorización del Fabricante, representante o distribuidor autorizado de los bienes ofertados, dirigido a la convocante, debidamente legalizado y consularizado o Apostillado.
Consultamos la posibilidad de agregar el siguiente texto para los equipos médicos: *Carta Poder otorgada por el fabricante, debidamente legalizada y consularizado, para comercializar el producto ofertado, inscripta en el registro público de comercio y Autorización del Representante y/o Distribuidor Autorizado del Fabricante dentro de la República del Paraguay, demostrando la cadena de autorizaciones.
Realizamos esta consulta considerando que, por lo general, los equipos médicos son adquiridos de otras empresas especializadas en el rubro y que cuenta con la correspondiente representación del fabricante.
Las cartas poder debidamente inscriptas en el Registro Público de Comercio, no se dirigen a una convocante específica, sino a las autoridades en general, considerando que suelen tener una vigencia mínima de 1 año
CON RELACION A DICHA CONSULTA, SOLICITAMOS REMITIRSE A LA ADENDA N° 02 PUBLICADO EN EL PORTAL
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Especificaciones tecnicas
Lote 1 - CARDIODESFIBRILADOR - Solicitamos a la convocante cambiar el punto "Monitor Pantalla LCD a colores de 8" como mínimo a 9"" a Monitor Pantalla LCD a colores de 7" como mínimo a 9"" para dar mayor participación de oferentes
Lote 1 - CARDIODESFIBRILADOR - Solicitamos a la convocante cambiar el punto "Monitor Pantalla LCD a colores de 8" como mínimo a 9"" a Monitor Pantalla LCD a colores de 7" como mínimo a 9"" para dar mayor participación de oferentes
Lote 1 - CARDIODESFIBRILADOR - Solicitamos a la convocante cambiar el punto "Desfibriladora 1A360J" a "Desfibrilador 1A200J o más" Actualmente la mayoría de las guías internacionales recomiendan energía máxima de 200J bifásica para desfibrilación. Por ello, no es clínicamente necesario contar con rangos de hasta 360J. Establecer el rango de 1 a 200J o más asegura eficacia con menor riesgo para el paciente
Lote 1 - CARDIODESFIBRILADOR - Solicitamos a la convocante cambiar el punto "Desfibriladora 1A360J" a "Desfibrilador 1A200J o más" Actualmente la mayoría de las guías internacionales recomiendan energía máxima de 200J bifásica para desfibrilación. Por ello, no es clínicamente necesario contar con rangos de hasta 360J. Establecer el rango de 1 a 200J o más asegura eficacia con menor riesgo para el paciente
Lote 1 - CARDIODESFIBRILADOR - Solicitamos a la convocante cambiar el punto "Forma de onda: Exponencial, Trucada Bifásica " a "Forma de onda: Exponencial trunca bifasica o bifasica rectilinea." Se solicita la inclusión de forma de onda bifásica rectilínea junto con la exponencial truncada, dado que permite una mayor versatilidad en la desfibrilación, manteniendo la eficacia clínica. Ambas formas bifásicas han demostrado ser superiores a las monofásicas, con menor umbral de desfibrilación y menor daño miocárdico. Permitir cualquiera de las dos formas garantiza compatibilidad con distintas tecnologías validadas. Las guías internacionales aceptan ambas como efectivas. Este cambio amplía las opciones sin comprometer la seguridad ni efectividad del tratamiento.
Lote 1 - CARDIODESFIBRILADOR - Solicitamos a la convocante cambiar el punto "Forma de onda: Exponencial, Trucada Bifásica " a "Forma de onda: Exponencial trunca bifasica o bifasica rectilinea." Se solicita la inclusión de forma de onda bifásica rectilínea junto con la exponencial truncada, dado que permite una mayor versatilidad en la desfibrilación, manteniendo la eficacia clínica. Ambas formas bifásicas han demostrado ser superiores a las monofásicas, con menor umbral de desfibrilación y menor daño miocárdico. Permitir cualquiera de las dos formas garantiza compatibilidad con distintas tecnologías validadas. Las guías internacionales aceptan ambas como efectivas. Este cambio amplía las opciones sin comprometer la seguridad ni efectividad del tratamiento.
Lote 2 - CARDIODESFIBRILADOR - Solicitamos a la convocante cambiar el punto "Monitor Pantalla LCD a colores de 8" como mínimo a 9"" a "Monitor Pantalla LCD a colores de 7" como mínimo a 9"" para dar mayor participación de oferentes
Lote 2 - CARDIODESFIBRILADOR - Solicitamos a la convocante cambiar el punto "Monitor Pantalla LCD a colores de 8" como mínimo a 9"" a "Monitor Pantalla LCD a colores de 7" como mínimo a 9"" para dar mayor participación de oferentes
Lote 2 - CARDIODESFIBRILADOR - Solicitamos a la convocante cambiar el punto "Desfibriladora 1A360J" a "Desfibrilador 1A200J o más" Actualmente la mayoría de las guías internacionales recomiendan energía máxima de 200J bifásica para desfibrilación. Por ello, no es clínicamente necesario contar con rangos de hasta 360J. Establecer el rango de 1 a 200J o más asegura eficacia con menor riesgo para el paciente
Lote 2 - CARDIODESFIBRILADOR - Solicitamos a la convocante cambiar el punto "Desfibriladora 1A360J" a "Desfibrilador 1A200J o más" Actualmente la mayoría de las guías internacionales recomiendan energía máxima de 200J bifásica para desfibrilación. Por ello, no es clínicamente necesario contar con rangos de hasta 360J. Establecer el rango de 1 a 200J o más asegura eficacia con menor riesgo para el paciente
Lote 2 - CARDIODESFIBRILADOR - Solicitamos a la convocante cambiar el punto "Forma de onda: Exponencial, Trucada Bifásica " a "Forma de onda: Exponencial trunca bifasica o bifasica rectilinea." Se solicita la inclusión de forma de onda bifásica rectilínea junto con la exponencial truncada, dado que permite una mayor versatilidad en la desfibrilación, manteniendo la eficacia clínica. Ambas formas bifásicas han demostrado ser superiores a las monofásicas, con menor umbral de desfibrilación y menor daño miocárdico. Permitir cualquiera de las dos formas garantiza compatibilidad con distintas tecnologías validadas. Las guías internacionales aceptan ambas como efectivas. Este cambio amplía las opciones sin comprometer la seguridad ni efectividad del tratamiento.
Lote 2 - CARDIODESFIBRILADOR - Solicitamos a la convocante cambiar el punto "Forma de onda: Exponencial, Trucada Bifásica " a "Forma de onda: Exponencial trunca bifasica o bifasica rectilinea." Se solicita la inclusión de forma de onda bifásica rectilínea junto con la exponencial truncada, dado que permite una mayor versatilidad en la desfibrilación, manteniendo la eficacia clínica. Ambas formas bifásicas han demostrado ser superiores a las monofásicas, con menor umbral de desfibrilación y menor daño miocárdico. Permitir cualquiera de las dos formas garantiza compatibilidad con distintas tecnologías validadas. Las guías internacionales aceptan ambas como efectivas. Este cambio amplía las opciones sin comprometer la seguridad ni efectividad del tratamiento.
Lote 1 y 2 - VENTILADOR/RESPIRADOR PULMONAR DE TRANSPORTE -Solicitamos a la convocante modificar el punto "Fio2: 0,50 como mínimo a 1,00" "Fio2: 35 a 100 % como mínimo" para dar mayor participación de oferentes
Lote 1 y 2 - VENTILADOR/RESPIRADOR PULMONAR DE TRANSPORTE -Solicitamos a la convocante modificar el punto "Fio2: 0,50 como mínimo a 1,00" "Fio2: 35 a 100 % como mínimo" para dar mayor participación de oferentes