Estimada Convocante, solicitamos respetuosamente considerar la inclusión de un sub-ítem específico para los routers a ser adquiridos, de manera que este registro sirva como control interno y permita que, al visualizar el sistema SAP, se identifique con precisión la disponibilidad de dicho producto, garantizando un seguimiento más certero y transparente de los equipos, evitando que los mismos queden comprendidos únicamente dentro del ítem de reguladores.
Estimada Convocante, solicitamos respetuosamente considerar la inclusión de un sub-ítem específico para los routers a ser adquiridos, de manera que este registro sirva como control interno y permita que, al visualizar el sistema SAP, se identifique con precisión la disponibilidad de dicho producto, garantizando un seguimiento más certero y transparente de los equipos, evitando que los mismos queden comprendidos únicamente dentro del ítem de reguladores.
Al respecto, sírvanse considerar para la presentación de sus ofertas, lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
22
Router
Observamos que en la Planilla de Datos Garantizados (Anexo B) se hace referencia a “Se provee un router, según ítem 4.3.5.4.2”; solicitamos confirmar que se corregirá a “ítem 4.3.5.5”, conforme el Registro de Revisiones que indica el corrimiento de numeración.
Observamos que en la Planilla de Datos Garantizados (Anexo B) se hace referencia a “Se provee un router, según ítem 4.3.5.4.2”; solicitamos confirmar que se corregirá a “ítem 4.3.5.5”, conforme el Registro de Revisiones que indica el corrimiento de numeración.
Al respecto, el dato proveído corresponde a un error involuntario de tipeo, favor considerar que la numeración correcta corresponde a ítem 4.3.5.5.
23
Router
Solicitamos confirmar que, desde el punto de vista funcional, el control electrónico soportará como mínimo IEC 60870-5-104 y DNP3 TCP/IP y, en relación con el router, si la topología requerida es “transparente/bridge” (sin NAT) hacia el Centro de Control o si se requiere enrutamiento con políticas de seguridad (NAT/VPN), indicando parámetros de red esperados por ANDE.
A la luz de la “operación multifásica” y de que se exigen “puertos adicionales necesarios para la comunicación con otros controles”, solicitamos confirmar si el router debe contemplar tráfico/segmentación para bancos de hasta tres reguladores, o si dicha interconexión se resolverá exclusivamente dentro del gabinete de control sin implicancias para el router.
Finalmente, solicitamos precisar si deben incluirse y cotizarse transceptores SFP (tipo y cantidad) para las interfaces de COM2 —p. ej., módulos SFP 100BASE-TX (cobre) o SFP ópticos— y si su provisión forma parte del mismo sub-ítem de routers o del ítem de tablero/control.
Solicitamos confirmar que, desde el punto de vista funcional, el control electrónico soportará como mínimo IEC 60870-5-104 y DNP3 TCP/IP y, en relación con el router, si la topología requerida es “transparente/bridge” (sin NAT) hacia el Centro de Control o si se requiere enrutamiento con políticas de seguridad (NAT/VPN), indicando parámetros de red esperados por ANDE.
A la luz de la “operación multifásica” y de que se exigen “puertos adicionales necesarios para la comunicación con otros controles”, solicitamos confirmar si el router debe contemplar tráfico/segmentación para bancos de hasta tres reguladores, o si dicha interconexión se resolverá exclusivamente dentro del gabinete de control sin implicancias para el router.
Finalmente, solicitamos precisar si deben incluirse y cotizarse transceptores SFP (tipo y cantidad) para las interfaces de COM2 —p. ej., módulos SFP 100BASE-TX (cobre) o SFP ópticos— y si su provisión forma parte del mismo sub-ítem de routers o del ítem de tablero/control.
Al respecto, tengan a bien considerar para la presentación de sus ofertas, que la topología requerida se basa en enrutamiento con políticas de seguridad VPN, los parámetros por motivos de ciberseguridad no pueden ser facilitados en esta etapa.
En caso de una operación multifásica, el Router solo tendrá conexión con el Controlador Electrónico y este se encarga del control del o los reguladores.
Los detalles de módulos transceptores SFP y la cantidad por Router, se encuentran establecidos en el Item 3.17.2 de la EE.TT. DTE/ISC/01/2024 Rev.1, aclarando que es responsabilidad de proveedor la compatibilidad de los módulos con el Router.
24
Origen y Autorizacion
Consultamos amablemente si, en el caso de que el regulador de tensión ofertado incluya componentes de distinto origen (por ejemplo, conmutador bajo carga de Alemania MR y control electrónico de EE.UU.), corresponde declarar cada uno de estos componentes con su marca, modelo y país de origen, acompañando la documentación oficial del fabricante, o si basta con declarar únicamente el producto final del regulador en la lista de precios, puesto que solo existe una casilla y si adicionalmente se requiere presentar una autorización específica del fabricante de cada componente extranjero para que la oferta sea admitida.
Consultamos amablemente si, en el caso de que el regulador de tensión ofertado incluya componentes de distinto origen (por ejemplo, conmutador bajo carga de Alemania MR y control electrónico de EE.UU.), corresponde declarar cada uno de estos componentes con su marca, modelo y país de origen, acompañando la documentación oficial del fabricante, o si basta con declarar únicamente el producto final del regulador en la lista de precios, puesto que solo existe una casilla y si adicionalmente se requiere presentar una autorización específica del fabricante de cada componente extranjero para que la oferta sea admitida.
Al respecto, sírvanse considerar para la presentación de sus ofertas, que deberá declararse, fabricante, marca, modelo y país de origen conforme a lo solicitado en la Especificación Técnica, ítem 6.2.3. La autorización otorgada al integrador final ampara al producto en su totalidad, en tanto este asume la responsabilidad técnica, la garantía y la trazabilidad del conjunto ante la ANDE.
25
Lista de precios
Solicitamos confirmar si corresponde declarar como país de origen el lugar de ensamblaje final de los reguladores, aclarando en observaciones que incorpora partes esenciales de fabricación en EE. UU., o si es admisible consignar ambos países en la lista de precios,
Solicitamos confirmar si corresponde declarar como país de origen el lugar de ensamblaje final de los reguladores, aclarando en observaciones que incorpora partes esenciales de fabricación en EE. UU., o si es admisible consignar ambos países en la lista de precios,
Al respecto, sírvanse considerar para la presentación de sus ofertas, que el país de origen corresponde al lugar donde se fabrica la línea de producción del equipo ofertado.
26
ROUTER DE COMUNICACION.
Solicitamos amablemente a la convocante aclarar que el punto 3.15.1.5 de la EETT DTE/ISC/01/2024 , “EIA S374A”, hace referencia a la norma EIA RS-374-A.
Solicitamos amablemente a la convocante aclarar que el punto 3.15.1.5 de la EETT DTE/ISC/01/2024 , “EIA S374A”, hace referencia a la norma EIA RS-374-A.
Al respecto, el dato proveído corresponde a un error involuntario de tipeo, favor considerar que la numeración correcta corresponde a la norma EIA RS-374-A.
27
ROUTER DE COMUNICACION.
En relación con la EETT DTE/ISC/01/2024.
Solicitamos a la convocante aclarar si serán aceptados equipos que únicamente soporten cifrado 3DES para la implementación de túneles IPSEC.
Esto considerando que el método de cifrado 3DES constituye una versión reforzada de DES, por lo cual su exigencia específica resulta redundante y podría limitar la oferta de equipos que, por estándares actuales de seguridad, ya no incluyen el cifrado DES.
En relación con la EETT DTE/ISC/01/2024.
Solicitamos a la convocante aclarar si serán aceptados equipos que únicamente soporten cifrado 3DES para la implementación de túneles IPSEC.
Esto considerando que el método de cifrado 3DES constituye una versión reforzada de DES, por lo cual su exigencia específica resulta redundante y podría limitar la oferta de equipos que, por estándares actuales de seguridad, ya no incluyen el cifrado DES.
Al respecto, tengan a bien considerar para la presentación de sus ofertas, que no será requisito indispensable que los equipos ofertados soporten el algoritmo DES de manera individual, siempre que se garantice el cumplimiento del cifrado 3DES conforme a los estándares de seguridad aplicables.
28
ROUTER DE COMUNICACION.
En relación con la EETT DTE/ISC/01/2024.
Solicitamos a la convocante considerar equipos que cuenten con la norma MIL-STD-461G, equivalente a la norma IEC 61000.
En relación con la EETT DTE/ISC/01/2024.
Solicitamos a la convocante considerar equipos que cuenten con la norma MIL-STD-461G, equivalente a la norma IEC 61000.
Al respecto, sírvanse considerar para la presentación de sus ofertas que se aceptarán Normas de Fabricación y Ensayo siempre y cuando garantice una calidad y/o desempeño del bien igual o superior a lo establecido las especificaciones técnicas, y no se contradigan con lo establecido en las mismas ni con las Normas referenciadas. Si se utiliza otras normas deberán presentarse para su análisis junto con la oferta y cumplir con lo indicado en este párrafo.
29
ROUTER DE COMUNICACION.
En relación con la EETT DTE/ISC/01/2024.
Solicitamos amablemente a la convocante aclarar que, el puerto de consola puede ser uno de los puertos seriales del equipo y no necesariamente un puerto adicional.
En relación con la EETT DTE/ISC/01/2024.
Solicitamos amablemente a la convocante aclarar que, el puerto de consola puede ser uno de los puertos seriales del equipo y no necesariamente un puerto adicional.
Al respecto, tengan a bien considerar para la presentación de sus ofertas, que serán aceptados equipos cuyo puerto de consola sean uno de los puertos seriales.
30
planilla de origen y marcas
En atención a la Especificación Técnica EE.TT. Nº 02.34.31 Rev. 9, observamos que se solicita declarar el modelo, origen y marca de múltiples componentes asociados a cada regulador, tales como descargadores (en serie y en bypass, controles) y routers. Sin embargo, en la planilla de precios disponible no se reflejan dichas cantidades de forma desagregada. Por ejemplo, cada regulador requiere tres descargadores en serie más descargadores en bypass, de modo que al solicitar 42 reguladores corresponde detallar 42 × 3 unidades, además de los descargadores de bypass y los 14 routers mencionados. En este sentido, a fin de completar nuestra oferta de forma correcta y conforme a las exigencias técnicas, solicitamos se aclare si corresponde: (i) declarar dichos componentes en forma desglosada y multiplicada en la planilla de precios, indicando cantidad, origen, modelo y marca; o bien (ii) mantener únicamente la declaración general en la ficha técnica del regulador, incorporando los componentes como parte del suministro sin abrir renglones adicionales en la planilla de precios, pero el desglose sera en la PDG y el origen y marca declarado sera del fabricante del regulador.
En atención a la Especificación Técnica EE.TT. Nº 02.34.31 Rev. 9, observamos que se solicita declarar el modelo, origen y marca de múltiples componentes asociados a cada regulador, tales como descargadores (en serie y en bypass, controles) y routers. Sin embargo, en la planilla de precios disponible no se reflejan dichas cantidades de forma desagregada. Por ejemplo, cada regulador requiere tres descargadores en serie más descargadores en bypass, de modo que al solicitar 42 reguladores corresponde detallar 42 × 3 unidades, además de los descargadores de bypass y los 14 routers mencionados. En este sentido, a fin de completar nuestra oferta de forma correcta y conforme a las exigencias técnicas, solicitamos se aclare si corresponde: (i) declarar dichos componentes en forma desglosada y multiplicada en la planilla de precios, indicando cantidad, origen, modelo y marca; o bien (ii) mantener únicamente la declaración general en la ficha técnica del regulador, incorporando los componentes como parte del suministro sin abrir renglones adicionales en la planilla de precios, pero el desglose sera en la PDG y el origen y marca declarado sera del fabricante del regulador.
Al respecto, tengan a bien considerar para la presentación de sus ofertas, que deberá declararse, fabricante, marca, modelo y país de origen conforme a lo solicitado en la Especificación Técnica, ítem 6.2.3. La autorización otorgada al integrador final ampara al producto en su totalidad, en tanto este asume la responsabilidad técnica, la garantía y la trazabilidad del conjunto ante la ANDE.