Estimados, En relación con la consulta formulada respecto a las especificaciones técnicas solicitadas para los proyectores, corresponde señalar que se procederá a la elaboración de una Adenda al Pliego de Bases y Condiciones (PBC). Atentamente,
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LOTE 1 - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
En relación con las especificaciones técnicas solicitadas para los proyectores, con respecto a la relación de contraste indicada (15.000:1), se solicita confirmar si es posible presentar equipos que cumplan con las características mínimas requeridas y que, eventualmente, superen dichas especificaciones (por ejemplo, ofreciendo una relación de contraste mayor, mayor brillo en lúmenes ANSI o mejor resolución).
Se solicita confirmar expresamente si la Convocante aceptará, para efectos de la evaluación, la presentación de equipos que acrediten especificaciones técnicas iguales o superiores a las establecidas en el PBC.
En relación con las especificaciones técnicas solicitadas para los proyectores, con respecto a la relación de contraste indicada (15.000:1), se solicita confirmar si es posible presentar equipos que cumplan con las características mínimas requeridas y que, eventualmente, superen dichas especificaciones (por ejemplo, ofreciendo una relación de contraste mayor, mayor brillo en lúmenes ANSI o mejor resolución).
Se solicita confirmar expresamente si la Convocante aceptará, para efectos de la evaluación, la presentación de equipos que acrediten especificaciones técnicas iguales o superiores a las establecidas en el PBC.
En relación con la consulta formulada respecto a las especificaciones técnicas solicitadas para los proyectores, corresponde señalar que se procederá a la elaboración de una Adenda al Pliego de Bases y Condiciones (PBC).
Atentamente,
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AUTORIZACIÓN DEL FABRICANTE
En referencia al PBC, página 13: “Los productos a los cuales se le requerirá autorización del fabricante son los indicados a continuación: NO APLICA.” Solicitamos incluir la AUTORIZACION DEL FABRICANTE para el item n° 3. Esto es sumamente importante y asegura a la convocante que la firma adjudicada podrá brindar el servicio adjudicado, garantizando la vida útil, mano de obra calificada repuestos y consumibles. respaldado por el mismo fabricante y evitar en adquirir equipos sin el respaldo correspondiente.
En referencia al PBC, página 13: “Los productos a los cuales se le requerirá autorización del fabricante son los indicados a continuación: NO APLICA.” Solicitamos incluir la AUTORIZACION DEL FABRICANTE para el item n° 3. Esto es sumamente importante y asegura a la convocante que la firma adjudicada podrá brindar el servicio adjudicado, garantizando la vida útil, mano de obra calificada repuestos y consumibles. respaldado por el mismo fabricante y evitar en adquirir equipos sin el respaldo correspondiente.
Se agradece la consulta; sin embargo, conforme al Pliego de Bases y Condiciones (PBC) se mantiene que no aplica la exigencia de Autorización del Fabricante. La inclusión de este requisito podría limitar la concurrencia de oferentes, contrariando el principio de libre competencia y participación previsto en el artículo 4 de la Ley N.º 7021/2022 "De Contrataciones Públicas"
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CENTRO AUTORIZADO DE SERVICIOS
En referencia al PBC, pagina 25, en el apartado de REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN. En relación al punto “CAPACIDAD TECNICA”. Solicitamos incluir el CENTRO AUTORIZADO DE SERVICIOS, certificado por el fabricante para los lotes donde se solicitan proyectores Multimedia. Este aspecto será beneficioso, para la convocante, al asegurar que las empresas adjudicadas cuenten con la capacidad para responder ante eventuales problemas de índole técnico que puedan sufrir los bienes adquiridos a lo largo del tiempo. Además, solicitamos, en la sección “REQUISITO DOCUMENTAL PARA EVALUAR LA CAPACIDAD TÉCNICA” la inclusión del documento que respalde lo solicitad. Donde dice: “NO APLICA”
En referencia al PBC, pagina 25, en el apartado de REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN. En relación al punto “CAPACIDAD TECNICA”. Solicitamos incluir el CENTRO AUTORIZADO DE SERVICIOS, certificado por el fabricante para los lotes donde se solicitan proyectores Multimedia. Este aspecto será beneficioso, para la convocante, al asegurar que las empresas adjudicadas cuenten con la capacidad para responder ante eventuales problemas de índole técnico que puedan sufrir los bienes adquiridos a lo largo del tiempo. Además, solicitamos, en la sección “REQUISITO DOCUMENTAL PARA EVALUAR LA CAPACIDAD TÉCNICA” la inclusión del documento que respalde lo solicitad. Donde dice: “NO APLICA”
Se agradece la consulta; sin embargo, conforme al Pliego de Bases y Condiciones (PBC) se mantiene que no aplica la exigencia de Autorización del Fabricante. La inclusión de este requisito podría limitar la concurrencia de oferentes, contrariando el principio de libre competencia y participación previsto en el artículo 4 de la Ley N.º 7021/2022 "De Contrataciones Públicas"
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LOTE 1 – GRUPO 1 - PROYECTOR MULTIMEDIA
En relación al Pliego de Bases y Condiciones (PBC), apartado “SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS”, LOTE 1: Adquisición de Equipos de Proyección, Grupo 1: Proyectores Multimedia para la Facultad de Ingeniería. Ítem 1: Proyector multimedia, observamos que se establece como requisito: “Tecnología: 3LCD (exigido)”. La inclusión exclusiva de la tecnología 3LCD constituye una restricción que limita la participación de oferentes, dado que en el mercado existen tecnologías alternativas, como DLP, que ofrecen la misma calidad de imagen y cumplen con los mismos estándares de resolución (XGA en este caso), proyectando la misma cantidad de píxeles efectivos en pantalla. En términos técnicos, la elección de 3LCD frente a DLP no representa una mejora objetiva en la resolución final percibida por el usuario ni en el desempeño del equipo. La exigencia planteada favorece únicamente a un fabricante específico (Epson), restringiendo de manera injustificada la libre concurrencia, lo que contraviene los principios de igualdad de oportunidades, competencia y pluralidad de oferentes que rigen los procesos de contratación pública. Por lo expuesto, solicitamos se modifique la especificación indicada a: “Tecnología: 3LCD o DLP, exigido” De esta manera, se asegura la participación de un mayor número de oferentes y se garantiza la transparencia y equidad del procedimiento licitatorio.
En relación al Pliego de Bases y Condiciones (PBC), apartado “SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS”, LOTE 1: Adquisición de Equipos de Proyección, Grupo 1: Proyectores Multimedia para la Facultad de Ingeniería. Ítem 1: Proyector multimedia, observamos que se establece como requisito: “Tecnología: 3LCD (exigido)”. La inclusión exclusiva de la tecnología 3LCD constituye una restricción que limita la participación de oferentes, dado que en el mercado existen tecnologías alternativas, como DLP, que ofrecen la misma calidad de imagen y cumplen con los mismos estándares de resolución (XGA en este caso), proyectando la misma cantidad de píxeles efectivos en pantalla. En términos técnicos, la elección de 3LCD frente a DLP no representa una mejora objetiva en la resolución final percibida por el usuario ni en el desempeño del equipo. La exigencia planteada favorece únicamente a un fabricante específico (Epson), restringiendo de manera injustificada la libre concurrencia, lo que contraviene los principios de igualdad de oportunidades, competencia y pluralidad de oferentes que rigen los procesos de contratación pública. Por lo expuesto, solicitamos se modifique la especificación indicada a: “Tecnología: 3LCD o DLP, exigido” De esta manera, se asegura la participación de un mayor número de oferentes y se garantiza la transparencia y equidad del procedimiento licitatorio.
Se agradece la consulta. Se informa que, conforme al Pliego de Bases y Condiciones (PBC), la Convocante requiere la tecnología 3LCD, debiendo ajustarse las ofertas a lo solicitado. La elección de esta tecnología obedece a criterios técnicos, en atención a que garantiza mayor calidad en la proyección, con colores más brillantes y precisos, mejor desempeño en condiciones de luz ambiental, ausencia de "efectos arcoíris", mayor durabilidad, menor mantenimiento y mayor eficiencia energética.
Asimismo, se aclara que la tecnología 3LCD no es exclusiva de la marca Epson, siendo utilizada también por otros fabricantes reconocidos lo que asegura la libre concurrencia entre oferentes.
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LOTE 1 – GRUPO 2 - PROYECTOR MULTIMEDIA
En relación al Pliego de Bases y Condiciones (PBC), apartado “SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS”, LOTE 1: Adquisición de Equipos de Proyección, Grupo: 2 - Adquisición de Proyectores Multimedia Facultad de Medicina. Ítem 1: Proyector multimedia, observamos que se establece como requisito: “Tecnología: 3LCD (exigido)”. La inclusión exclusiva de la tecnología 3LCD constituye una restricción que limita la participación de oferentes, dado que en el mercado existen tecnologías alternativas, como DLP, que ofrecen la misma calidad de imagen y cumplen con los mismos estándares de resolución (XGA en este caso), proyectando la misma cantidad de píxeles efectivos en pantalla. En términos técnicos, la elección de 3LCD frente a DLP no representa una mejora objetiva en la resolución final percibida por el usuario ni en el desempeño del equipo. La exigencia planteada favorece únicamente a un fabricante específico (Epson), restringiendo de manera injustificada la libre concurrencia, lo que contraviene los principios de igualdad de oportunidades, competencia y pluralidad de oferentes que rigen los procesos de contratación pública. Por lo expuesto, solicitamos se modifique la especificación indicada a: “Tecnología: 3LCD o DLP, exigido” De esta manera, se asegura la participación de un mayor número de oferentes y se garantiza la transparencia y equidad del procedimiento licitatorio.
En relación al Pliego de Bases y Condiciones (PBC), apartado “SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS”, LOTE 1: Adquisición de Equipos de Proyección, Grupo: 2 - Adquisición de Proyectores Multimedia Facultad de Medicina. Ítem 1: Proyector multimedia, observamos que se establece como requisito: “Tecnología: 3LCD (exigido)”. La inclusión exclusiva de la tecnología 3LCD constituye una restricción que limita la participación de oferentes, dado que en el mercado existen tecnologías alternativas, como DLP, que ofrecen la misma calidad de imagen y cumplen con los mismos estándares de resolución (XGA en este caso), proyectando la misma cantidad de píxeles efectivos en pantalla. En términos técnicos, la elección de 3LCD frente a DLP no representa una mejora objetiva en la resolución final percibida por el usuario ni en el desempeño del equipo. La exigencia planteada favorece únicamente a un fabricante específico (Epson), restringiendo de manera injustificada la libre concurrencia, lo que contraviene los principios de igualdad de oportunidades, competencia y pluralidad de oferentes que rigen los procesos de contratación pública. Por lo expuesto, solicitamos se modifique la especificación indicada a: “Tecnología: 3LCD o DLP, exigido” De esta manera, se asegura la participación de un mayor número de oferentes y se garantiza la transparencia y equidad del procedimiento licitatorio.
Se agradece la consulta. Se informa que, conforme al Pliego de Bases y Condiciones (PBC), la Convocante requiere la tecnología LCD, debiendo ajustarse las ofertas a lo solicitado. La elección de esta tecnología obedece a criterios técnicos, en atención a que garantiza mayor calidad en la proyección, con colores más brillantes y precisos, mejor desempeño en condiciones de luz ambiental, ausencia de "efectos arcoíris", mayor durabilidad, menor mantenimiento y mayor eficiencia energética.
Asimismo, se aclara que la tecnología 3LCD no es exclusiva de la marca Epson, siendo utilizada también por otros fabricantes reconocidos lo que asegura la libre concurrencia entre oferentes.
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LOTE 1 – GRUPO 3 - PROYECTOR MULTIMEDIA
En relación al Pliego de Bases y Condiciones (PBC), apartado “SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS”, LOTE 1: Adquisición de Equipos de Proyección, Grupo: 3 - Adquisición de Proyectores Multimedia Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas. Ítem 1: Proyector multimedia, observamos que se establece como requisito: “Tecnología: 3LCD (exigido)”. La inclusión exclusiva de la tecnología 3LCD constituye una restricción que limita la participación de oferentes, dado que en el mercado existen tecnologías alternativas, como DLP, que ofrecen la misma calidad de imagen y cumplen con los mismos estándares de resolución (XGA en este caso), proyectando la misma cantidad de píxeles efectivos en pantalla. En términos técnicos, la elección de 3LCD frente a DLP no representa una mejora objetiva en la resolución final percibida por el usuario ni en el desempeño del equipo. La exigencia planteada favorece únicamente a un fabricante específico (Epson), restringiendo de manera injustificada la libre concurrencia, lo que contraviene los principios de igualdad de oportunidades, competencia y pluralidad de oferentes que rigen los procesos de contratación pública. Por lo expuesto, solicitamos se modifique la especificación indicada a: “Tecnología: 3LCD o DLP, exigido” De esta manera, se asegura la participación de un mayor número de oferentes y se garantiza la transparencia y equidad del procedimiento licitatorio.
En relación al Pliego de Bases y Condiciones (PBC), apartado “SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS”, LOTE 1: Adquisición de Equipos de Proyección, Grupo: 3 - Adquisición de Proyectores Multimedia Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas. Ítem 1: Proyector multimedia, observamos que se establece como requisito: “Tecnología: 3LCD (exigido)”. La inclusión exclusiva de la tecnología 3LCD constituye una restricción que limita la participación de oferentes, dado que en el mercado existen tecnologías alternativas, como DLP, que ofrecen la misma calidad de imagen y cumplen con los mismos estándares de resolución (XGA en este caso), proyectando la misma cantidad de píxeles efectivos en pantalla. En términos técnicos, la elección de 3LCD frente a DLP no representa una mejora objetiva en la resolución final percibida por el usuario ni en el desempeño del equipo. La exigencia planteada favorece únicamente a un fabricante específico (Epson), restringiendo de manera injustificada la libre concurrencia, lo que contraviene los principios de igualdad de oportunidades, competencia y pluralidad de oferentes que rigen los procesos de contratación pública. Por lo expuesto, solicitamos se modifique la especificación indicada a: “Tecnología: 3LCD o DLP, exigido” De esta manera, se asegura la participación de un mayor número de oferentes y se garantiza la transparencia y equidad del procedimiento licitatorio.
Se agradece la consulta. Se informa que, conforme al Pliego de Bases y Condiciones (PBC), la Convocante requiere la tecnología 3LCD, debiendo ajustarse las ofertas a lo solicitado. La elección de esta tecnología obedece a criterios técnicos, en atención a que garantiza mayor calidad en la proyección, con colores más brillantes y precisos, mejor desempeño en condiciones de luz ambiental, ausencia de "efectos arcoíris", mayor durabilidad, menor mantenimiento y mayor eficiencia energética.
Asimismo, se aclara que la tecnología 3LCD no es exclusiva de la marca Epson, siendo utilizada también por otros fabricantes reconocidos lo que asegura la libre concurrencia entre oferentes.
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LOTE 1 – GRUPO 4 - PROYECTOR MULTIMEDIA
En relación al Pliego de Bases y Condiciones (PBC), apartado “SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS”, LOTE 1: Adquisición de Equipos de Proyección, Grupo: 4 - Adquisición de Proyectores Multimedia para la Facultad de Humanidades, Ciencias Sociales y Cultura Guaraní. Ítem 1: Proyector multimedia, observamos que se establece como requisito: “Tecnología: 3LCD (exigido)”. La inclusión exclusiva de la tecnología 3LCD constituye una restricción que limita la participación de oferentes, dado que en el mercado existen tecnologías alternativas, como DLP, que ofrecen la misma calidad de imagen y cumplen con los mismos estándares de resolución (XGA en este caso), proyectando la misma cantidad de píxeles efectivos en pantalla. En términos técnicos, la elección de 3LCD frente a DLP no representa una mejora objetiva en la resolución final percibida por el usuario ni en el desempeño del equipo. La exigencia planteada favorece únicamente a un fabricante específico (Epson), restringiendo de manera injustificada la libre concurrencia, lo que contraviene los principios de igualdad de oportunidades, competencia y pluralidad de oferentes que rigen los procesos de contratación pública. Por lo expuesto, solicitamos se modifique la especificación indicada a: “Tecnología: 3LCD o DLP, exigido” De esta manera, se asegura la participación de un mayor número de oferentes y se garantiza la transparencia y equidad del procedimiento licitatorio.
En relación al Pliego de Bases y Condiciones (PBC), apartado “SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS”, LOTE 1: Adquisición de Equipos de Proyección, Grupo: 4 - Adquisición de Proyectores Multimedia para la Facultad de Humanidades, Ciencias Sociales y Cultura Guaraní. Ítem 1: Proyector multimedia, observamos que se establece como requisito: “Tecnología: 3LCD (exigido)”. La inclusión exclusiva de la tecnología 3LCD constituye una restricción que limita la participación de oferentes, dado que en el mercado existen tecnologías alternativas, como DLP, que ofrecen la misma calidad de imagen y cumplen con los mismos estándares de resolución (XGA en este caso), proyectando la misma cantidad de píxeles efectivos en pantalla. En términos técnicos, la elección de 3LCD frente a DLP no representa una mejora objetiva en la resolución final percibida por el usuario ni en el desempeño del equipo. La exigencia planteada favorece únicamente a un fabricante específico (Epson), restringiendo de manera injustificada la libre concurrencia, lo que contraviene los principios de igualdad de oportunidades, competencia y pluralidad de oferentes que rigen los procesos de contratación pública. Por lo expuesto, solicitamos se modifique la especificación indicada a: “Tecnología: 3LCD o DLP, exigido” De esta manera, se asegura la participación de un mayor número de oferentes y se garantiza la transparencia y equidad del procedimiento licitatorio.
Se agradece la consulta. Se informa que, conforme al Pliego de Bases y Condiciones (PBC), la Convocante requiere la tecnología 3LCD, debiendo ajustarse las ofertas a lo solicitado. La elección de esta tecnología obedece a criterios técnicos, en atención a que garantiza mayor calidad en la proyección, con colores más brillantes y precisos, mejor desempeño en condiciones de luz ambiental, ausencia de "efectos arcoíris", mayor durabilidad, menor mantenimiento y mayor eficiencia energética.
Asimismo, se aclara que la tecnología 3LCD no es exclusiva de la marca Epson, siendo utilizada también por otros fabricantes reconocidos lo que asegura la libre concurrencia entre oferentes.
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LOTE 1 – GRUPO 5 - PROYECTOR MULTIMEDIA
En relación al Pliego de Bases y Condiciones (PBC), apartado “SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS”, LOTE 1: Adquisición de Equipos de Proyección, Grupo: 5 - Adquisición de Proyectores Multimedia para la Facultad de Ciencias y Tecnología. Ítem 1: Proyector Multimedia, observamos que se establece como requisito: “Tecnología: 3LCD (exigido)”. La mención exclusiva de la tecnología 3LCD implica restringir la participación únicamente a equipos de una marca específica (Epson), siendo que existen tecnologías alternativas, como DLP, que cumplen con los mismos estándares de resolución (XGA en este caso), garantizando idéntica cantidad de píxeles efectivos proyectados y una calidad de imagen equivalente para el usuario final. Cabe destacar que la diferencia entre tecnologías (3LCD vs. DLP) no representa una mejora objetiva ni superioridad técnica determinante en términos de resolución, nitidez o desempeño. Por tanto, la exclusión de otras tecnologías sin justificación técnica verificable podría interpretarse como una limitación a la igualdad de condiciones y libre concurrencia previstas en la normativa de contrataciones públicas. En este sentido, solicitamos se rectifique la especificación técnica a: “Tecnología: 3LCD o DLP, exigido”. De esta manera, se garantiza la pluralidad de oferentes y se evita condicionar la licitación a un único fabricante.
En relación al Pliego de Bases y Condiciones (PBC), apartado “SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS”, LOTE 1: Adquisición de Equipos de Proyección, Grupo: 5 - Adquisición de Proyectores Multimedia para la Facultad de Ciencias y Tecnología. Ítem 1: Proyector Multimedia, observamos que se establece como requisito: “Tecnología: 3LCD (exigido)”. La mención exclusiva de la tecnología 3LCD implica restringir la participación únicamente a equipos de una marca específica (Epson), siendo que existen tecnologías alternativas, como DLP, que cumplen con los mismos estándares de resolución (XGA en este caso), garantizando idéntica cantidad de píxeles efectivos proyectados y una calidad de imagen equivalente para el usuario final. Cabe destacar que la diferencia entre tecnologías (3LCD vs. DLP) no representa una mejora objetiva ni superioridad técnica determinante en términos de resolución, nitidez o desempeño. Por tanto, la exclusión de otras tecnologías sin justificación técnica verificable podría interpretarse como una limitación a la igualdad de condiciones y libre concurrencia previstas en la normativa de contrataciones públicas. En este sentido, solicitamos se rectifique la especificación técnica a: “Tecnología: 3LCD o DLP, exigido”. De esta manera, se garantiza la pluralidad de oferentes y se evita condicionar la licitación a un único fabricante.
Se agradece la consulta. Se informa que, conforme al Pliego de Bases y Condiciones (PBC). La Convocante requiere la tecnología 3LCD, debiendo ajustarse las ofertas a lo solicitado. La elección de esta tecnología obedece a criterios técnicos, en atención a que garantiza mayor calidad en la proyección, con colores más brillantes y precisos, mejor desempeño en condiciones de luz ambiental, ausencia de "efectos arcoíris", mayor durabilidad, menor mantenimiento y mayor eficiencia energética.
Asimismo, se aclara que la tecnología 3LCD no es exclusiva de la marca Epson, siendo utilizada también por otros fabricantes reconocidos lo que asegura la libre concurrencia entre oferentes.
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Autorizacion
Solicitamos a la Convocante mantener el apartado de Autorización en NO APLICA a fin de no limitar la participación de oferentes.
Se confirma que el apartado de Autorización se mantendrá en la condición de NO APLICA, atendiendo a que la exigencia de dicho requisito podría restringir la libre concurrencia de oferentes, en contravención a lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N° 7021/2022 de Contrataciones Públicas, que garantiza los principios de libre competencia, igualdad y participación.