En referencia a la sección “Ítem 1: Impresora Láser Multifunción - Color de 50 ppm o superior”, donde se establece como requisito: “Funciones mínimas: Copiado, Impresión, Escaneo y Fax”, solicitamos que la funcionalidad de FAX sea considerada como opcional. La solicitud se fundamenta en lo siguiente: Tecnología obsoleta: El fax constituye una tecnología en desuso, desplazada por medios digitales más eficientes y seguros, como el correo electrónico, presente en prácticamente todos los equipos multifuncionales actuales. Disponibilidad en el mercado: La mayoría de los equipos modernos ya no incluyen de fábrica la funcionalidad de fax, por lo que mantener esta exigencia reduce innecesariamente la cantidad de oferentes posibles. Impacto económico: La incorporación del fax encarece el costo de los equipos, lo que no resulta financieramente conveniente para la institución, considerando que existen alternativas más económicas y eficientes de transmisión de documentos. En virtud de lo anterior, solicitamos que se modifique la condición de obligatoriedad de la funcionalidad de fax y se establezca como opcional, lo que permitirá una mayor participación de oferentes y fomentará la competencia en igualdad de condiciones.
En referencia a la sección “Ítem 1: Impresora Láser Multifunción - Color de 50 ppm o superior”, donde se establece como requisito: “Funciones mínimas: Copiado, Impresión, Escaneo y Fax”, solicitamos que la funcionalidad de FAX sea considerada como opcional. La solicitud se fundamenta en lo siguiente: Tecnología obsoleta: El fax constituye una tecnología en desuso, desplazada por medios digitales más eficientes y seguros, como el correo electrónico, presente en prácticamente todos los equipos multifuncionales actuales. Disponibilidad en el mercado: La mayoría de los equipos modernos ya no incluyen de fábrica la funcionalidad de fax, por lo que mantener esta exigencia reduce innecesariamente la cantidad de oferentes posibles. Impacto económico: La incorporación del fax encarece el costo de los equipos, lo que no resulta financieramente conveniente para la institución, considerando que existen alternativas más económicas y eficientes de transmisión de documentos. En virtud de lo anterior, solicitamos que se modifique la condición de obligatoriedad de la funcionalidad de fax y se establezca como opcional, lo que permitirá una mayor participación de oferentes y fomentará la competencia en igualdad de condiciones.
En base a las necesidades operativas de la institución, la inclusión de la función de fax en las impresoras multifunción solicitadas obedece a la necesidad de contar con un canal complementario de comunicación documental, que asegure la transmisión y recepción de documentos en situaciones donde otros medios digitales puedan no estar disponibles o no resultar suficientes.
Asimismo, se considera relevante mencionar que en algunas sedes y agencias regionales de ANDE, especialmente aquellas ubicadas en zonas más remotas, aún se utilizan tecnologías como el fax, ya que constituyen un medio vigente de comunicación documental en dichos contextos.
Por lo tanto, esta característica se mantiene como requisito mínimo establecido en el Pliego, en atención a la continuidad operativa, seguridad y adaptabilidad de los procesos institucionales en todo el territorio nacional.
Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
2
Ítem 1 - Velocidad de impresión
En referencia a la sección “Ítem 1: Impresora Láser Multifunción - Color de 50 ppm o superior”, donde se establece como requisito: “Velocidad de impresión: 50 páginas por minuto (ppm) en tamaño carta o superior.” De acuerdo con las necesidades de volumen de impresión de la institución, declaradas en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) para este tipo de equipos, el volumen anual es de 45.000 impresiones. Esto se traduce aritméticamente en: Impresiones por año: 45.000; Impresiones por mes (asumiendo 12 meses): 3.750; Impresiones por día (asumiendo 20 días hábiles por mes): 188; Impresiones por hora (asumiendo 8 horas diarias de operación): 23; Impresiones por minuto (asumiendo 60 minutos de trabajo por hora): 0,391. Es decir, la institución no realiza siquiera 1 impresión por minuto de manera sostenida. Por lo tanto, exigir equipos con una velocidad de 50 ppm limita innecesariamente la participación de oferentes y encarece significativamente los productos. Por ello, solicitamos que se acepten equipos con una velocidad de 35 ppm, lo que: Satisface plenamente las necesidades reales de la institución, permite una mayor participación de oferentes, respetando el principio de igualdad de oportunidades y reduce costos innecesarios sin afectar la funcionalidad requerida.
En referencia a la sección “Ítem 1: Impresora Láser Multifunción - Color de 50 ppm o superior”, donde se establece como requisito: “Velocidad de impresión: 50 páginas por minuto (ppm) en tamaño carta o superior.” De acuerdo con las necesidades de volumen de impresión de la institución, declaradas en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) para este tipo de equipos, el volumen anual es de 45.000 impresiones. Esto se traduce aritméticamente en: Impresiones por año: 45.000; Impresiones por mes (asumiendo 12 meses): 3.750; Impresiones por día (asumiendo 20 días hábiles por mes): 188; Impresiones por hora (asumiendo 8 horas diarias de operación): 23; Impresiones por minuto (asumiendo 60 minutos de trabajo por hora): 0,391. Es decir, la institución no realiza siquiera 1 impresión por minuto de manera sostenida. Por lo tanto, exigir equipos con una velocidad de 50 ppm limita innecesariamente la participación de oferentes y encarece significativamente los productos. Por ello, solicitamos que se acepten equipos con una velocidad de 35 ppm, lo que: Satisface plenamente las necesidades reales de la institución, permite una mayor participación de oferentes, respetando el principio de igualdad de oportunidades y reduce costos innecesarios sin afectar la funcionalidad requerida.
En atención a las necesidades operativas de la institución, se requiere la provisión de equipos con una velocidad de impresión mínima de 50 páginas por minuto en tamaño carta, a fin de garantizar la rapidez y eficiencia en los puntos estratégicos donde serán instalados.
Cabe señalar que el uso de las impresoras no es constante ni uniforme como se plantea en el cálculo presentado, sino que responde a picos de impresión en los que se demanda una mayor agilidad y velocidad de respuesta para asegurar la continuidad de los procesos y atender oportunamente la demanda de los usuarios.
Por ello, esta característica resulta fundamental para cubrir de manera adecuada las necesidades institucionales.
Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
3
Ítem 1 - Velocidad de digitalización
En referencia a la sección “Ítem 1: Escáner / Digitalizador de documentos - Color de 60 ipm o superior”, donde se establece como requisito: “Velocidad de digitalización: 60 imágenes por minuto (ipm) en tamaño carta o superior.” La institución no ha publicado el dato del volumen de digitalización por mes, por lo que, a los fines de este análisis, se asume que será similar al volumen de impresiones mensuales declarado en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) para este tipo de equipos, que es de 45.000 impresiones anuales. Esto se traduce aritméticamente en: Imágenes por año: 45.000, Imágenes por mes (asumiendo 12 meses): 3.750; imágenes por día (asumiendo 20 días hábiles por mes): 188; imágenes por hora (asumiendo 8 horas diarias de operación): 23; imágenes por minuto (asumiendo 60 minutos de trabajo por hora): 0,391. Es decir, la institución no realiza siquiera 1 imagen de escaneo por minuto de manera sostenida. Por lo tanto, exigir equipos con una velocidad de escaneo de 60 ipm limita innecesariamente la participación de oferentes y encarece significativamente los productos. Por ello, solicitamos que se acepten equipos con una velocidad de escaneo 50 ipm, lo que: satisface plenamente las necesidades reales de la institución, permite una mayor participación de oferentes, respetando el principio de igualdad de oportunidades, reduce costos innecesarios sin afectar la funcionalidad requerida.
En referencia a la sección “Ítem 1: Escáner / Digitalizador de documentos - Color de 60 ipm o superior”, donde se establece como requisito: “Velocidad de digitalización: 60 imágenes por minuto (ipm) en tamaño carta o superior.” La institución no ha publicado el dato del volumen de digitalización por mes, por lo que, a los fines de este análisis, se asume que será similar al volumen de impresiones mensuales declarado en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) para este tipo de equipos, que es de 45.000 impresiones anuales. Esto se traduce aritméticamente en: Imágenes por año: 45.000, Imágenes por mes (asumiendo 12 meses): 3.750; imágenes por día (asumiendo 20 días hábiles por mes): 188; imágenes por hora (asumiendo 8 horas diarias de operación): 23; imágenes por minuto (asumiendo 60 minutos de trabajo por hora): 0,391. Es decir, la institución no realiza siquiera 1 imagen de escaneo por minuto de manera sostenida. Por lo tanto, exigir equipos con una velocidad de escaneo de 60 ipm limita innecesariamente la participación de oferentes y encarece significativamente los productos. Por ello, solicitamos que se acepten equipos con una velocidad de escaneo 50 ipm, lo que: satisface plenamente las necesidades reales de la institución, permite una mayor participación de oferentes, respetando el principio de igualdad de oportunidades, reduce costos innecesarios sin afectar la funcionalidad requerida.
En atención a las necesidades operativas de la institución, se requiere la provisión de equipos con una velocidad de digitalización de 60 imágenes por minuto en tamaño carta, a fin de garantizar la rapidez y eficiencia en los puntos estratégicos donde serán instalados.
Esta característica resulta fundamental para asegurar la continuidad de los procesos y atender oportunamente la demanda de impresión en dichas áreas.
Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
4
Ítem 1 - Bandeja de Salida
En referencia a la sección “Ítem 1: Escáner / Digitalizador de documentos - Color de 60 ipm o superior”, donde se establece como requisito: “Bandeja de Salida: de 300 hojas o superior”. De acuerdo con el volumen de impresiones declarado en el PBC (45.000 impresiones/año), el cálculo aproximado de las necesidades reales de la institución es: impresiones por año: 45.000, impresiones por mes (12 meses): 3.750, impresiones por día (20 días hábiles/mes): 188, impresiones por hora (8 horas de operación): 23, impresiones por minuto (60 minutos/hora): 0,39. Es decir, la institución no utiliza la bandeja a su máxima capacidad, por lo que exigir 300 hojas limita innecesariamente la participación de oferentes y encarece los equipos sin beneficio real. Por ello, solicitamos aceptar equipos con bandeja de salida de 250 hojas, lo que: satisface plenamente las necesidades reales de la institución, permite mayor participación de oferentes, respetando el principio de igualdad de oportunidades, reduce costos innecesarios sin afectar la funcionalidad requerida.
En referencia a la sección “Ítem 1: Escáner / Digitalizador de documentos - Color de 60 ipm o superior”, donde se establece como requisito: “Bandeja de Salida: de 300 hojas o superior”. De acuerdo con el volumen de impresiones declarado en el PBC (45.000 impresiones/año), el cálculo aproximado de las necesidades reales de la institución es: impresiones por año: 45.000, impresiones por mes (12 meses): 3.750, impresiones por día (20 días hábiles/mes): 188, impresiones por hora (8 horas de operación): 23, impresiones por minuto (60 minutos/hora): 0,39. Es decir, la institución no utiliza la bandeja a su máxima capacidad, por lo que exigir 300 hojas limita innecesariamente la participación de oferentes y encarece los equipos sin beneficio real. Por ello, solicitamos aceptar equipos con bandeja de salida de 250 hojas, lo que: satisface plenamente las necesidades reales de la institución, permite mayor participación de oferentes, respetando el principio de igualdad de oportunidades, reduce costos innecesarios sin afectar la funcionalidad requerida.
En atención a las necesidades operativas de la institución, se requiere la provisión de equipos con una bandeja de salida de 300 hojas, a fin de garantizar la eficiencia del equipo a la hora de realizar impresiones por tandas.
Esta característica resulta fundamental para asegurar la continuidad de los procesos y atender oportunamente la demanda de impresión en dichas áreas.
Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
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Ítem 1 - Consumo de energía (modo impresión)
En referencia a la sección “Ítem 1: Escáner / Digitalizador de documentos - Color de 60 ipm o superior”, donde se establece como requisito: “Consumo de energía (modo impresión): 770 watts o inferior. Se observa que esta limitación resulta excesivamente restrictiva para equipos que cumplen con las demás características requeridas, como velocidad, resolución y capacidad de manejo de volúmenes de trabajo. Limitar el consumo a 770 watts: reduce la competencia, ya que pocos equipos en el mercado cumplen con este valor, incrementa los costos sin que exista un beneficio significativo para la institución, considerando que el volumen total de uso del equipo, incluyendo tanto digitalización como impresión, es relativamente bajo (aprox. 45.000 impresiones o imágenes/año, equivalentes a 0,39 operaciones/minuto de uso sostenido). Por lo tanto, solicitamos que se acepte un consumo de energía en modo impresión de hasta 1.500 watts, lo que: permite mayor participación de oferentes, respetando el principio de igualdad de oportunidades, mantiene la funcionalidad requerida para cubrir las necesidades reales de la institución, no genera un impacto significativo en el consumo energético anual
En referencia a la sección “Ítem 1: Escáner / Digitalizador de documentos - Color de 60 ipm o superior”, donde se establece como requisito: “Consumo de energía (modo impresión): 770 watts o inferior. Se observa que esta limitación resulta excesivamente restrictiva para equipos que cumplen con las demás características requeridas, como velocidad, resolución y capacidad de manejo de volúmenes de trabajo. Limitar el consumo a 770 watts: reduce la competencia, ya que pocos equipos en el mercado cumplen con este valor, incrementa los costos sin que exista un beneficio significativo para la institución, considerando que el volumen total de uso del equipo, incluyendo tanto digitalización como impresión, es relativamente bajo (aprox. 45.000 impresiones o imágenes/año, equivalentes a 0,39 operaciones/minuto de uso sostenido). Por lo tanto, solicitamos que se acepte un consumo de energía en modo impresión de hasta 1.500 watts, lo que: permite mayor participación de oferentes, respetando el principio de igualdad de oportunidades, mantiene la funcionalidad requerida para cubrir las necesidades reales de la institución, no genera un impacto significativo en el consumo energético anual
En atención a las necesidades operativas de la institución, se requiere la provisión de equipos con un consumo de energía en modo impresión de 770 watts como máximo, a fin de garantizar la eficiencia energética del equipo y el gasto que representa el mismo.
Cabe señalar que el consumo planteado en la consulta (1.500 watts) es más del triple del valor establecido en el Pliego, lo que no resulta coherente con criterios de uso eficiente de la energía, ni con las políticas institucionales de responsabilidad ambiental, orientadas a reducir el impacto del consumo eléctrico y la huella de carbono. Por ello, el requerimiento fijado en el PBC se considera adecuado y plenamente justificado.
Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
6
Ítem 2 - Velocidad de impresión
En referencia a la sección “Ítem 2: Impresora Láser Multifunción Tipo 1- Monocromático de 65 ppm o superior.”, donde se establece como requisito: “Velocidad de impresión: 65 páginas por minuto en tamaño carta o superior.” De acuerdo con las necesidades de volumen de impresión de la institución, declaradas en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) para este tipo de equipos, el volumen anual es de 45.000 impresiones. Esto se traduce aritméticamente en: Impresiones por año: 215.000; Impresiones por mes (asumiendo 12 meses): 17.917; Impresiones por día (asumiendo 20 días hábiles por mes): 896; Impresiones por hora (asumiendo 8 horas diarias de operación): 112; Impresiones por minuto (asumiendo 60 minutos de trabajo por hora): 1,866. Es decir, la institución realiza solo casi 2 impresiones por minuto de manera sostenida. Por lo tanto, exigir equipos con una velocidad de 65 ppm limita innecesariamente la participación de oferentes y encarece significativamente los productos. Por ello, solicitamos que se acepten equipos con una velocidad de 50 ppm, lo que: Satisface plenamente las necesidades reales de la institución, permite una mayor participación de oferentes, respetando el principio de igualdad de oportunidades y reduce costos innecesarios sin afectar la funcionalidad requerida
En referencia a la sección “Ítem 2: Impresora Láser Multifunción Tipo 1- Monocromático de 65 ppm o superior.”, donde se establece como requisito: “Velocidad de impresión: 65 páginas por minuto en tamaño carta o superior.” De acuerdo con las necesidades de volumen de impresión de la institución, declaradas en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) para este tipo de equipos, el volumen anual es de 45.000 impresiones. Esto se traduce aritméticamente en: Impresiones por año: 215.000; Impresiones por mes (asumiendo 12 meses): 17.917; Impresiones por día (asumiendo 20 días hábiles por mes): 896; Impresiones por hora (asumiendo 8 horas diarias de operación): 112; Impresiones por minuto (asumiendo 60 minutos de trabajo por hora): 1,866. Es decir, la institución realiza solo casi 2 impresiones por minuto de manera sostenida. Por lo tanto, exigir equipos con una velocidad de 65 ppm limita innecesariamente la participación de oferentes y encarece significativamente los productos. Por ello, solicitamos que se acepten equipos con una velocidad de 50 ppm, lo que: Satisface plenamente las necesidades reales de la institución, permite una mayor participación de oferentes, respetando el principio de igualdad de oportunidades y reduce costos innecesarios sin afectar la funcionalidad requerida
En atención a las necesidades operativas de la institución, se requiere la provisión de equipos con una velocidad de impresión mínima de 65 páginas por minuto en tamaño carta, a fin de garantizar la rapidez y eficiencia en los puntos estratégicos donde serán instalados.
Esta característica resulta fundamental para asegurar la continuidad de los procesos y atender oportunamente la demanda de impresión en dichas áreas.
Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
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Ítem 2 - Velocidad de digitalización
En referencia a la sección “Ítem 2: Impresora Láser Multifunción Tipo 1- Monocromático de 65 ppm o superior.”, donde se establece como requisito: “Velocidad de digitalización: 130 imágenes por minuto en tamaño carta o superior.”. La institución no ha publicado el dato del volumen de digitalización por mes, por lo que, a los fines de este análisis, se asume que será similar al volumen de impresiones mensuales declarado en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) para este tipo de equipos, que es de 215.000 impresiones anuales. Esto se traduce aritméticamente en: Imágenes por año: 215.000, Imágenes por mes (asumiendo 12 meses): 17.917; imágenes por día (asumiendo 20 días hábiles por mes): 896; imágenes por hora (asumiendo 8 horas diarias de operación): 112; imágenes por minuto (asumiendo 60 minutos de trabajo por hora): 1,866. Es decir, la institución no realiza siquiera 2 imágenes de escaneo por minuto de manera sostenida. Por lo tanto, exigir equipos con una velocidad de escaneo de 60 ipm limita innecesariamente la participación de oferentes y encarece significativamente los productos. Por ello, solicitamos que se acepten equipos con una velocidad de escaneo de 50 ipm, lo que: satisface plenamente las necesidades reales de la institución, permite una mayor participación de oferentes, respetando el principio de igualdad de oportunidades, reduce costos innecesarios sin afectar la funcionalidad requerida.
En referencia a la sección “Ítem 2: Impresora Láser Multifunción Tipo 1- Monocromático de 65 ppm o superior.”, donde se establece como requisito: “Velocidad de digitalización: 130 imágenes por minuto en tamaño carta o superior.”. La institución no ha publicado el dato del volumen de digitalización por mes, por lo que, a los fines de este análisis, se asume que será similar al volumen de impresiones mensuales declarado en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) para este tipo de equipos, que es de 215.000 impresiones anuales. Esto se traduce aritméticamente en: Imágenes por año: 215.000, Imágenes por mes (asumiendo 12 meses): 17.917; imágenes por día (asumiendo 20 días hábiles por mes): 896; imágenes por hora (asumiendo 8 horas diarias de operación): 112; imágenes por minuto (asumiendo 60 minutos de trabajo por hora): 1,866. Es decir, la institución no realiza siquiera 2 imágenes de escaneo por minuto de manera sostenida. Por lo tanto, exigir equipos con una velocidad de escaneo de 60 ipm limita innecesariamente la participación de oferentes y encarece significativamente los productos. Por ello, solicitamos que se acepten equipos con una velocidad de escaneo de 50 ipm, lo que: satisface plenamente las necesidades reales de la institución, permite una mayor participación de oferentes, respetando el principio de igualdad de oportunidades, reduce costos innecesarios sin afectar la funcionalidad requerida.
En atención a las necesidades operativas de la institución, se requiere la provisión de equipos con una velocidad de digitalización de 130 imágenes por minuto en tamaño carta, a fin de garantizar la rapidez y eficiencia en los puntos estratégicos donde serán instalados.
Esta característica resulta fundamental para asegurar la continuidad de los procesos y atender oportunamente la demanda de impresión en dichas áreas.
Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
8
Ítem 2 - Alimentador Automático de Documentos
En referencia a la sección “Ítem 2: Impresora Láser Multifunción Tipo 1- Monocromático de 65 ppm o superior.”, donde se establece como requisito: “Alimentador Automático de Documentos: 140 hojas o superior”. De acuerdo con las necesidades de volumen de impresión de la institución, declaradas en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) para este tipo de equipos, el volumen anual es de 215.000 impresiones. Esto se traduce aritméticamente en: Impresiones por año: 215.000; Impresiones por mes (asumiendo 12 meses): 17.917; Impresiones por día (asumiendo 20 días hábiles por mes): 896; Impresiones por hora (asumiendo 8 horas diarias de operación): 112; Impresiones por minuto (asumiendo 60 minutos de trabajo por hora): 1,866. Es decir, la institución realiza solo casi 2 impresiones por minuto de manera sostenida. Por lo tanto, exigir equipos con Alimentador Automático de Documentos de 140 hojas o superior limita innecesariamente la participación de oferentes y encarece significativamente los productos. Por ello, solicitamos que se acepten equipos con Alimentador Automático de Documentos de 100 hojas o superior, lo que: satisface plenamente las necesidades reales de la institución, permite una mayor participación de oferentes, respetando el principio de igualdad de oportunidades y reduce costos innecesarios sin afectar la funcionalidad requerida.
En referencia a la sección “Ítem 2: Impresora Láser Multifunción Tipo 1- Monocromático de 65 ppm o superior.”, donde se establece como requisito: “Alimentador Automático de Documentos: 140 hojas o superior”. De acuerdo con las necesidades de volumen de impresión de la institución, declaradas en el Pliego de Bases y Condiciones (PBC) para este tipo de equipos, el volumen anual es de 215.000 impresiones. Esto se traduce aritméticamente en: Impresiones por año: 215.000; Impresiones por mes (asumiendo 12 meses): 17.917; Impresiones por día (asumiendo 20 días hábiles por mes): 896; Impresiones por hora (asumiendo 8 horas diarias de operación): 112; Impresiones por minuto (asumiendo 60 minutos de trabajo por hora): 1,866. Es decir, la institución realiza solo casi 2 impresiones por minuto de manera sostenida. Por lo tanto, exigir equipos con Alimentador Automático de Documentos de 140 hojas o superior limita innecesariamente la participación de oferentes y encarece significativamente los productos. Por ello, solicitamos que se acepten equipos con Alimentador Automático de Documentos de 100 hojas o superior, lo que: satisface plenamente las necesidades reales de la institución, permite una mayor participación de oferentes, respetando el principio de igualdad de oportunidades y reduce costos innecesarios sin afectar la funcionalidad requerida.
En atención a las necesidades operativas de la institución, se requiere la provisión de equipos con alimentador automático de documentos de 140 hojas o superior, a fin de garantizar la eficiencia del equipo a la hora de realizar digitalizaciones por tandas.
El cálculo presentado en la consulta no refleja el uso real de los equipos, ya que las impresiones y digitalizaciones no se producen de manera constante o lineal, sino que existen momentos y picos de trabajo en los que se requiere mayor agilidad, velocidad y capacidad en el procesamiento.
Esta característica resulta fundamental para asegurar la continuidad de los procesos y atender oportunamente la demanda de impresión y digitalización en dichas áreas.
Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
9
Ítem 2 - - Consumo de energía (modo impresión)
En referencia a la sección “Ítem 2: Impresora Láser Multifunción Tipo 1- Monocromático de 65 ppm o superior.”, donde se establece como requisito: “Consumo de energía (modo impresión): 950 watts o inferior”. Se observa que esta limitación resulta excesivamente restrictiva para equipos que cumplen con las demás características requeridas, como velocidad, resolución y capacidad de manejo de volúmenes de trabajo. Limitar el consumo a 950 watts: reduce la competencia, ya que pocos equipos en el mercado cumplen con este valor, incrementa los costos sin que exista un beneficio significativo para la institución, considerando que el volumen total de uso del equipo, incluyendo tanto digitalización como impresión, es relativamente bajo (aprox. 215.000 impresiones o imágenes/año, equivalentes a 1,866 operaciones/minuto de uso sostenido). Por lo tanto, solicitamos que se acepte un consumo de energía en modo impresión de 1.500 watts o inferior, lo que: permite mayor participación de oferentes, respetando el principio de igualdad de oportunidades, mantiene la funcionalidad requerida para cubrir las necesidades reales de la institución, no genera un impacto significativo en el consumo energético anual
En referencia a la sección “Ítem 2: Impresora Láser Multifunción Tipo 1- Monocromático de 65 ppm o superior.”, donde se establece como requisito: “Consumo de energía (modo impresión): 950 watts o inferior”. Se observa que esta limitación resulta excesivamente restrictiva para equipos que cumplen con las demás características requeridas, como velocidad, resolución y capacidad de manejo de volúmenes de trabajo. Limitar el consumo a 950 watts: reduce la competencia, ya que pocos equipos en el mercado cumplen con este valor, incrementa los costos sin que exista un beneficio significativo para la institución, considerando que el volumen total de uso del equipo, incluyendo tanto digitalización como impresión, es relativamente bajo (aprox. 215.000 impresiones o imágenes/año, equivalentes a 1,866 operaciones/minuto de uso sostenido). Por lo tanto, solicitamos que se acepte un consumo de energía en modo impresión de 1.500 watts o inferior, lo que: permite mayor participación de oferentes, respetando el principio de igualdad de oportunidades, mantiene la funcionalidad requerida para cubrir las necesidades reales de la institución, no genera un impacto significativo en el consumo energético anual
En atención a las necesidades operativas de la institución, se establece que los equipos ofertados cuenten con un consumo de energía en modo impresión de 950 watts como máximo.
Este requerimiento busca garantizar la eficiencia energética y optimizar los costos de operación, además de alinearse con las políticas institucionales de responsabilidad ambiental, orientadas a reducir el consumo eléctrico y la huella de carbono asociada al uso de los equipos.
Cabe señalar que en el mercado existen diversas marcas y modelos que cumplen con el consumo de energía establecido, asegurando así la participación de múltiples oferentes y el respeto al principio de igualdad de oportunidades.
Favor remitirse al Pliego de Bases y Condiciones.
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Ítem 2 - Panel de Operación
En referencia a la sección “Ítem 2: Impresora Láser Multifunción Tipo 1- Monocromático de 65 ppm o superior.”, donde se establece como requisito: “Panel de Operación: Pantalla táctil de 10 pulgadas o superior, con teclado numérico físico.”. Solicitamos se considere la posibilidad de modificar dicha exigencia, permitiendo la participación de equipos que cuenten con pantallas táctiles de 7 pulgadas o superior, manteniendo el requisito de contar con teclado numérico físico. Los fundamentos para este pedido son los siguientes: 1. Adecuación al porte del equipo solicitado: Para el tipo y categoría de multifuncionales requeridas en este llamado, una pantalla táctil de 7 pulgadas o más resulta plenamente suficiente para la gestión, visualización y operación de todas las funciones. 2. Ampliación de la concurrencia y competitividad: Al limitarse la exigencia a un panel de 10 pulgadas o superior, se restringe innecesariamente la participación de equipos de marcas reconocidas que cuentan con pantallas de 7 u 8 pulgadas, lo cual reduce la cantidad de oferentes y las posibilidades de obtener mejores precios y condiciones para la Administración. 3. Estandarización en el mercado: Muchos de los modelos de impresoras multifunción de alta calidad y uso extendido a nivel internacional vienen provistos de pantallas de 7 pulgadas, consideradas estándar por los fabricantes para este segmento, siendo plenamente compatibles con los requerimientos de productividad y facilidad de uso. 4. Racionalización de costos: Establecer como obligatorio un panel de 10 pulgadas o más implica, en la práctica, que solo un número reducido de fabricantes puede cumplir con la condición, encareciendo la oferta final para el Estado. Permitir pantallas de 7 pulgadas o más garantiza ahorro de costos sin afectar el desempeño del equipo. 5. Cumplimiento de principios de igualdad y libre concurrencia: La modificación propuesta se enmarca dentro de los principios de igualdad entre oferentes, transparencia y libre competencia que deben regir los procesos de contratación pública, asegurando mayor participación y mejores condiciones en beneficio de la institución convocante. En virtud de lo expuesto, solicitamos sean aceptados equipos con Panel de Operación: Pantalla táctil de 7 pulgadas o superior
En referencia a la sección “Ítem 2: Impresora Láser Multifunción Tipo 1- Monocromático de 65 ppm o superior.”, donde se establece como requisito: “Panel de Operación: Pantalla táctil de 10 pulgadas o superior, con teclado numérico físico.”. Solicitamos se considere la posibilidad de modificar dicha exigencia, permitiendo la participación de equipos que cuenten con pantallas táctiles de 7 pulgadas o superior, manteniendo el requisito de contar con teclado numérico físico. Los fundamentos para este pedido son los siguientes: 1. Adecuación al porte del equipo solicitado: Para el tipo y categoría de multifuncionales requeridas en este llamado, una pantalla táctil de 7 pulgadas o más resulta plenamente suficiente para la gestión, visualización y operación de todas las funciones. 2. Ampliación de la concurrencia y competitividad: Al limitarse la exigencia a un panel de 10 pulgadas o superior, se restringe innecesariamente la participación de equipos de marcas reconocidas que cuentan con pantallas de 7 u 8 pulgadas, lo cual reduce la cantidad de oferentes y las posibilidades de obtener mejores precios y condiciones para la Administración. 3. Estandarización en el mercado: Muchos de los modelos de impresoras multifunción de alta calidad y uso extendido a nivel internacional vienen provistos de pantallas de 7 pulgadas, consideradas estándar por los fabricantes para este segmento, siendo plenamente compatibles con los requerimientos de productividad y facilidad de uso. 4. Racionalización de costos: Establecer como obligatorio un panel de 10 pulgadas o más implica, en la práctica, que solo un número reducido de fabricantes puede cumplir con la condición, encareciendo la oferta final para el Estado. Permitir pantallas de 7 pulgadas o más garantiza ahorro de costos sin afectar el desempeño del equipo. 5. Cumplimiento de principios de igualdad y libre concurrencia: La modificación propuesta se enmarca dentro de los principios de igualdad entre oferentes, transparencia y libre competencia que deben regir los procesos de contratación pública, asegurando mayor participación y mejores condiciones en beneficio de la institución convocante. En virtud de lo expuesto, solicitamos sean aceptados equipos con Panel de Operación: Pantalla táctil de 7 pulgadas o superior
En atención a las necesidades operativas de la institución, se requiere la provisión de equipos con pantalla táctil de 10 pulgadas o superior, acompañada de teclado numérico físico, a fin de garantizar una interfaz de uso fluida, clara e intuitiva que facilite la ejecución de las múltiples funciones del equipo.
La dimensión mínima establecida responde a criterios de ergonomía, visibilidad y facilidad de operación, considerando que estos equipos serán utilizados por diferentes áreas y tipos de usuarios, en ocasiones de manera intensiva y bajo presión de tiempo. Asimismo, se ha considerado la inclusión de criterios de accesibilidad, particularmente en beneficio de usuarios con discapacidad visual, para quienes una mayor superficie y visibilidad de los comandos y pantallas facilita significativamente la interacción con el equipo y contribuye a un entorno más inclusivo y eficiente.
Una pantalla de mayor tamaño permite una mejor visualización de opciones, reducción de errores de selección y acceso más ágil a menús y configuraciones avanzadas, aspectos que resultan fundamentales para asegurar la continuidad y eficiencia de los procesos institucionales.
En ese sentido, la exigencia no constituye una restricción arbitraria, sino que obedece a la necesidad de contar con una interfaz acorde al nivel de productividad esperado en los equipos de este segmento.