Sección VII, Numeral 8.1 Consideraciones para la rendición de cuentas
Se establece una lista exhaustiva de documentos para respaldar los pagos reembolsables, incluyendo requisitos como la "Constancia de no ser funcionario público" y el "Certificado de cumplimiento tributario vigente" para cada pago individual al personal operativo. Considerando una estructura de casi 300 personas con pagos mensuales o quincenales, este requerimiento representa una carga administrativa desmesurada que puede generar ineficiencias y retrasos. Se solicita flexibilizar este procedimiento, permitiendo la presentación de esta documentación legal una única vez al momento de la contratación y que para los pagos subsiguientes baste con la presentación de facturas, comprobantes de pago bancario y la conformidad técnica, optimizando así la gestión administrativa sin sacrificar el control.
07-11-2025
10-11-2025
Sección VII, Numeral 8.1 Consideraciones para la rendición de cuentas
Se establece una lista exhaustiva de documentos para respaldar los pagos reembolsables, incluyendo requisitos como la "Constancia de no ser funcionario público" y el "Certificado de cumplimiento tributario vigente" para cada pago individual al personal operativo. Considerando una estructura de casi 300 personas con pagos mensuales o quincenales, este requerimiento representa una carga administrativa desmesurada que puede generar ineficiencias y retrasos. Se solicita flexibilizar este procedimiento, permitiendo la presentación de esta documentación legal una única vez al momento de la contratación y que para los pagos subsiguientes baste con la presentación de facturas, comprobantes de pago bancario y la conformidad técnica, optimizando así la gestión administrativa sin sacrificar el control.
Se establece que para la evaluación de la hoja de vida del personal operativo, "el formato y criterios de evaluación lo facilitará la DCEA" una vez iniciada la ejecución del contrato. Esta condición vulnera el principio de transparencia y equidad, ya que los oferentes desconocen los parámetros de evaluación al momento de preparar sus ofertas y sus estrategias de reclutamiento. Este desconocimiento impide valorar adecuadamente la complejidad y el esfuerzo del proceso de selección. Se solicita que la grilla de evaluación de hojas de vida, con sus respectivos criterios y puntajes, sea publicada como anexo del pliego antes de la fecha límite para la presentación de ofertas, garantizando igualdad de condiciones para todos los participantes.
Se establece que para la evaluación de la hoja de vida del personal operativo, "el formato y criterios de evaluación lo facilitará la DCEA" una vez iniciada la ejecución del contrato. Esta condición vulnera el principio de transparencia y equidad, ya que los oferentes desconocen los parámetros de evaluación al momento de preparar sus ofertas y sus estrategias de reclutamiento. Este desconocimiento impide valorar adecuadamente la complejidad y el esfuerzo del proceso de selección. Se solicita que la grilla de evaluación de hojas de vida, con sus respectivos criterios y puntajes, sea publicada como anexo del pliego antes de la fecha límite para la presentación de ofertas, garantizando igualdad de condiciones para todos los participantes.
Sección VII, Numeral 3.5, Criterios de validación para pagos
El sistema de pago a los operadores está supeditado a la aprobación de la DCEA, pero el pliego no establece un procedimiento formal para la gestión de discrepancias. Esto crea un riesgo operativo donde el contratista podría enfrentar rechazos unilaterales de datos, afectando sus pagos por motivos que podrían ser debatibles o subsanables. Se solicita incorporar un mecanismo formal y con plazos definidos para la resolución de controversias sobre la calidad de los datos, que incluya una etapa de revisión conjunta, la posibilidad de que el contratista presente justificaciones técnicas y un período razonable para la subsanación de observaciones antes de aplicar descuentos o rechazos definitivos de pago.
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Sección VII, Numeral 3.5, Criterios de validación para pagos
El sistema de pago a los operadores está supeditado a la aprobación de la DCEA, pero el pliego no establece un procedimiento formal para la gestión de discrepancias. Esto crea un riesgo operativo donde el contratista podría enfrentar rechazos unilaterales de datos, afectando sus pagos por motivos que podrían ser debatibles o subsanables. Se solicita incorporar un mecanismo formal y con plazos definidos para la resolución de controversias sobre la calidad de los datos, que incluya una etapa de revisión conjunta, la posibilidad de que el contratista presente justificaciones técnicas y un período razonable para la subsanación de observaciones antes de aplicar descuentos o rechazos definitivos de pago.
La plataforma informática utilizada para el relevamiento de datos, contiene rangos que no permiten discrepancias significativas, además la DCEA facilitará al equipo operativo un manual que establece los procedimientos para recolección de datos, por tanto, durante la ejecución no existen riesgos significativos de controversias respecto a la calidad de datos. Igualmente, en el plan de trabajo se podrán establecer plazos y procedimientos que permitan la corrección de información relevada.
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Sección IX, Condiciones Especiales del Contrato, GCC 27.1
La cláusula sobre liquidación por daños y perjuicios establece que se aplicará una penalidad por mora "en cualquier fase del contrato (planes de entrega de acuerdo al servicio)", sin definir de manera precisa cuáles son esas fases o hitos de cumplimiento. Esta generalidad resulta ambigua y sujeta a interpretaciones discrecionales que podrían perjudicar al contratista. Se solicita que el pliego defina explícitamente los hitos críticos del cronograma (ej. entrega de informes aprobados, finalización de la capacitación, culminación del levantamiento de datos por región) cuyo incumplimiento daría lugar a la aplicación de multas, a fin de establecer reglas claras y objetivas para la ejecución contractual.
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Sección IX, Condiciones Especiales del Contrato, GCC 27.1
La cláusula sobre liquidación por daños y perjuicios establece que se aplicará una penalidad por mora "en cualquier fase del contrato (planes de entrega de acuerdo al servicio)", sin definir de manera precisa cuáles son esas fases o hitos de cumplimiento. Esta generalidad resulta ambigua y sujeta a interpretaciones discrecionales que podrían perjudicar al contratista. Se solicita que el pliego defina explícitamente los hitos críticos del cronograma (ej. entrega de informes aprobados, finalización de la capacitación, culminación del levantamiento de datos por región) cuyo incumplimiento daría lugar a la aplicación de multas, a fin de establecer reglas claras y objetivas para la ejecución contractual.
En el ítems GCC 27.1 están claramente establecidas las penalidades, por incumplimiento de presentación de los productos en tiempo y forma.
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Sección VII, Numeral 3.1, Tabla 1: Cantidades Máximas de Operadores
La Tabla 1 define las cantidades de personal operativo como "máximas estimadas", lo cual genera una alta incertidumbre para el oferente al momento de calcular sus costos fijos (equipo clave, gastos administrativos, utilidad), ya que estos no varían proporcionalmente con el número de personal de campo contratado. Una reducción significativa en la cantidad de operadores requerida finalmente por la DCEA podría comprometer seriamente la viabilidad financiera del proyecto para el contratista. Se solicita aclarar si el contrato contempla un mecanismo de ajuste para los costos fijos o si se establece un volumen mínimo de contratación garantizado (por ejemplo, el 80% del estimado) para asegurar que el oferente pueda cubrir su estructura de costos y evitar que asuma todo el riesgo de una subejecución del alcance.
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Sección VII, Numeral 3.1, Tabla 1: Cantidades Máximas de Operadores
La Tabla 1 define las cantidades de personal operativo como "máximas estimadas", lo cual genera una alta incertidumbre para el oferente al momento de calcular sus costos fijos (equipo clave, gastos administrativos, utilidad), ya que estos no varían proporcionalmente con el número de personal de campo contratado. Una reducción significativa en la cantidad de operadores requerida finalmente por la DCEA podría comprometer seriamente la viabilidad financiera del proyecto para el contratista. Se solicita aclarar si el contrato contempla un mecanismo de ajuste para los costos fijos o si se establece un volumen mínimo de contratación garantizado (por ejemplo, el 80% del estimado) para asegurar que el oferente pueda cubrir su estructura de costos y evitar que asuma todo el riesgo de una subejecución del alcance.
La Cantidad máxima del personal operativo a ser contratado, está establecida y por ende no puede ser más. Solo puede ser menos, que puede ser a causa de factores netamente técnicos.
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Sección VII, Numeral 7 Plazo de Ejecución y Vigencia del Contrato
El documento establece un plazo de ejecución del servicio de seis meses, mientras que la vigencia del contrato es de siete meses. Se solicita aclarar de manera detallada las actividades que se deben ejecutar durante ese séptimo mes. Determinar si este período está destinado exclusivamente a la gestión del cierre administrativo (presentación del informe final, devolución de equipos, rendición final de cuentas) o si se espera que el equipo clave del contratista mantenga una disponibilidad activa para otras tareas, es fundamental para dimensionar correctamente los costos de personal y los gastos generales del proyecto.
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Sección VII, Numeral 7 Plazo de Ejecución y Vigencia del Contrato
El documento establece un plazo de ejecución del servicio de seis meses, mientras que la vigencia del contrato es de siete meses. Se solicita aclarar de manera detallada las actividades que se deben ejecutar durante ese séptimo mes. Determinar si este período está destinado exclusivamente a la gestión del cierre administrativo (presentación del informe final, devolución de equipos, rendición final de cuentas) o si se espera que el equipo clave del contratista mantenga una disponibilidad activa para otras tareas, es fundamental para dimensionar correctamente los costos de personal y los gastos generales del proyecto.
Es el tiempo adicional entre el plazo de ejecución y la vigencia del contrato, para el cierre administrativo. La disponibilidad del personal, es responsabilidad de la empresa adjudicada, según requieran su necesidad a los fines del cierre.
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Sección VIII, CGC Cláusula 35.3 Terminación por Conveniencia
La cláusula de "Terminación por Conveniencia" estipula el pago de "una suma convenida", una redacción que resulta ambigua y no ofrece garantías de que el contratista podrá recuperar los costos inevitables asociados a una finalización anticipada. Para un proyecto de esta escala, los costos de desmovilización de casi 300 personas, la liquidación de personal y la cancelación de subcontratos logísticos son significativos. Se solicita aclarar de forma explícita que, en caso de una terminación por conveniencia, el pago al contratista incluirá, además del valor de los trabajos ejecutados y aprobados, la totalidad de los costos directos, comprobables e inevitables de desmovilización, protegiendo al oferente de pérdidas financieras derivadas de decisiones ajenas a su desempeño.
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Sección VIII, CGC Cláusula 35.3 Terminación por Conveniencia
La cláusula de "Terminación por Conveniencia" estipula el pago de "una suma convenida", una redacción que resulta ambigua y no ofrece garantías de que el contratista podrá recuperar los costos inevitables asociados a una finalización anticipada. Para un proyecto de esta escala, los costos de desmovilización de casi 300 personas, la liquidación de personal y la cancelación de subcontratos logísticos son significativos. Se solicita aclarar de forma explícita que, en caso de una terminación por conveniencia, el pago al contratista incluirá, además del valor de los trabajos ejecutados y aprobados, la totalidad de los costos directos, comprobables e inevitables de desmovilización, protegiendo al oferente de pérdidas financieras derivadas de decisiones ajenas a su desempeño.
Sección VII, Numeral 7 Plazo de Ejecución y Cronograma
El cronograma de ejecución es sumamente exigente y depende de acciones clave por parte de la DCEA, como la aprobación del plan de trabajo, la entrega del software configurado, la provisión de los mapas base y la disponibilidad oportuna de las tabletas para la logística de entrega. El pliego no contempla explícitamente qué sucede en caso de demoras imputables a la entidad contratante que afecten el inicio o desarrollo de las actividades del contratista. Se solicita confirmar que cualquier retraso documentado en las obligaciones de la DCEA que impacte el cronograma generará automáticamente una extensión de plazo equivalente para el contratista, sin la aplicación de multas por mora, de acuerdo con lo estipulado en la Cláusula 34 de las CGC (Prórroga de los Plazos).
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Sección VII, Numeral 7 Plazo de Ejecución y Cronograma
El cronograma de ejecución es sumamente exigente y depende de acciones clave por parte de la DCEA, como la aprobación del plan de trabajo, la entrega del software configurado, la provisión de los mapas base y la disponibilidad oportuna de las tabletas para la logística de entrega. El pliego no contempla explícitamente qué sucede en caso de demoras imputables a la entidad contratante que afecten el inicio o desarrollo de las actividades del contratista. Se solicita confirmar que cualquier retraso documentado en las obligaciones de la DCEA que impacte el cronograma generará automáticamente una extensión de plazo equivalente para el contratista, sin la aplicación de multas por mora, de acuerdo con lo estipulado en la Cláusula 34 de las CGC (Prórroga de los Plazos).
Sección III, Requisitos de Calificación Posterior, Personal Propuesto
El pliego, en sus diversos formularios (PER-1 y PER-2) y requisitos de calificación, solicita presentar al equipo clave desde la oferta, lo que es una práctica estándar. Sin embargo, en un contrato de varios meses, pueden surgir imprevistos que requieran la sustitución de algún profesional. El pliego es omiso en cuanto al procedimiento y los criterios para la sustitución del personal clave durante la ejecución del contrato. Se solicita que se especifique el mecanismo de reemplazo, indicando si se requerirá la aprobación previa de la DCEA y confirmando que la sustitución será aceptada siempre que el nuevo profesional cumpla o supere las calificaciones y experiencia exigidas en el pliego original, para dar certidumbre a la gestión de recursos humanos a largo plazo.
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Sección III, Requisitos de Calificación Posterior, Personal Propuesto
El pliego, en sus diversos formularios (PER-1 y PER-2) y requisitos de calificación, solicita presentar al equipo clave desde la oferta, lo que es una práctica estándar. Sin embargo, en un contrato de varios meses, pueden surgir imprevistos que requieran la sustitución de algún profesional. El pliego es omiso en cuanto al procedimiento y los criterios para la sustitución del personal clave durante la ejecución del contrato. Se solicita que se especifique el mecanismo de reemplazo, indicando si se requerirá la aprobación previa de la DCEA y confirmando que la sustitución será aceptada siempre que el nuevo profesional cumpla o supere las calificaciones y experiencia exigidas en el pliego original, para dar certidumbre a la gestión de recursos humanos a largo plazo.