1 - Considerando que en el numeral 25 del PBC se establece la exigencia de que la muestra del medidor esté acompañada del Informe Técnico del INTN sin observaciones, y que para la firma del contrato se deberá presentar el Certificado de Homologación correspondiente, se consulta:
¿Se admitirá la presentación de ofertas cuyos modelos de medidores se encuentren en proceso de homologación ante el INTN, siempre que el oferente acredite documentalmente el inicio formal del trámite y el cumplimiento de los ensayos requeridos, comprometiéndose a presentar el Certificado de Homologación previo a la firma del contrato?
1 - Considerando que en el numeral 25 del PBC se establece la exigencia de que la muestra del medidor esté acompañada del Informe Técnico del INTN sin observaciones, y que para la firma del contrato se deberá presentar el Certificado de Homologación correspondiente, se consulta:
¿Se admitirá la presentación de ofertas cuyos modelos de medidores se encuentren en proceso de homologación ante el INTN, siempre que el oferente acredite documentalmente el inicio formal del trámite y el cumplimiento de los ensayos requeridos, comprometiéndose a presentar el Certificado de Homologación previo a la firma del contrato?
La oferta puede ser presentada, aquellas que no tengan informe técnico emitido sin observaciones serán descalificadas.
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Ensayos
2 - Teniendo en cuenta que los medidores electrónicos trifásicos de conexión indirecta objeto de la presente licitación se fabrican conforme a normas internacionales (IEC/ISO), se consulta:
¿La Convocante considerará válidos, a efectos de la evaluación técnica, certificados de ensayo y conformidad emitidos por laboratorios acreditados internacionalmente, como respaldo técnico complementario a la homologación INTN, en el caso de modelos que aún no cuenten con homologación local definitiva?
2 - Teniendo en cuenta que los medidores electrónicos trifásicos de conexión indirecta objeto de la presente licitación se fabrican conforme a normas internacionales (IEC/ISO), se consulta:
¿La Convocante considerará válidos, a efectos de la evaluación técnica, certificados de ensayo y conformidad emitidos por laboratorios acreditados internacionalmente, como respaldo técnico complementario a la homologación INTN, en el caso de modelos que aún no cuenten con homologación local definitiva?
No, favor ajustarse a lo establecido en el PBC para la presentación de su oferta.
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Autorización del Fabricante
En relación con el numeral 24 del PBC, referente a la Autorización del Fabricante y la cadena de autorizaciones, se consulta:
¿Se aceptará una autorización directa del fabricante al oferente, aun cuando no exista una cadena de distribución formal intermedia (representante exclusivo o distribuidor regional)?
En relación con el numeral 24 del PBC, referente a la Autorización del Fabricante y la cadena de autorizaciones, se consulta:
¿Se aceptará una autorización directa del fabricante al oferente, aun cuando no exista una cadena de distribución formal intermedia (representante exclusivo o distribuidor regional)?
Sí, ya que el acuerdo entre distribuidor regional y la fábrica escapa al alcance de la ANDE
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Software
Considerando que en el numeral 25 se exige la presentación del software propietario del medidor como parte de la muestra, se consulta:
¿Se entenderá cumplido este requisito con la provisión de una licencia de demostración o versión de evaluación, siempre que permita verificar todas las funcionalidades requeridas en las Especificaciones Técnicas?
Considerando que en el numeral 25 se exige la presentación del software propietario del medidor como parte de la muestra, se consulta:
¿Se entenderá cumplido este requisito con la provisión de una licencia de demostración o versión de evaluación, siempre que permita verificar todas las funcionalidades requeridas en las Especificaciones Técnicas?
El software debe ser el propietario, la licencia de utilización si puede ser con caducidad posterior a la fecha de evaluación.
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Formas de pago 90%
En relación con el mecanismo de pago previsto para suministros importados mediante Carta de Crédito Irrevocable, solicitamos se aclare expresamente quién asume la gestión y los costos asociados al pago del noventa por ciento (89,6% o 90% según redacción aplicable) al momento del embarque, considerando que el Pliego establece que la apertura de la Carta de Crédito será realizada por la Convocante a favor del proveedor o fabricante del exterior, contra presentación de los documentos de embarque directamente ante la ANDE, y no ante un banco pagador en plaza del oferente; en tal sentido, resulta necesario precisar si el banco local del oferente actúa únicamente como banco avisador sin obligación de pago, y si toda la operativa de negociación y liberación de fondos corresponde exclusivamente al banco emisor designado por la Convocante, a fin de evitar interpretaciones que trasladen al oferente responsabilidades financieras no previstas en la estructura del instrumento crediticio.
En relación con el mecanismo de pago previsto para suministros importados mediante Carta de Crédito Irrevocable, solicitamos se aclare expresamente quién asume la gestión y los costos asociados al pago del noventa por ciento (89,6% o 90% según redacción aplicable) al momento del embarque, considerando que el Pliego establece que la apertura de la Carta de Crédito será realizada por la Convocante a favor del proveedor o fabricante del exterior, contra presentación de los documentos de embarque directamente ante la ANDE, y no ante un banco pagador en plaza del oferente; en tal sentido, resulta necesario precisar si el banco local del oferente actúa únicamente como banco avisador sin obligación de pago, y si toda la operativa de negociación y liberación de fondos corresponde exclusivamente al banco emisor designado por la Convocante, a fin de evitar interpretaciones que trasladen al oferente responsabilidades financieras no previstas en la estructura del instrumento crediticio.
Conforme a la establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, Condiciones Contractuales, 14. Formas y Condiciones de Pago "Los Gastos Bancarios del exterior, así como otros gastos por documentaciones de embarque, estarán a cargo del Proveedor." Por tanto, la gestión y costos asociados al pago del 89,6% quedan a cargo del Beneficiario (Proveedor del Exterior o Fabricante) de la Carta de Crédito, asimismo, es importante resaltar que las Cartas de Créditos serán negociadas con copias de documentos de embarque, teniendo en cuenta que los documentos originales deben ser presentados en el Dpto. de Importaciones para los trámites ante la Aduana. Aclaramos que las operaciones se realizan conforme la UPC 600 vigente, interbancariamente (Banco Emisor y Banco del Beneficiario) con sus respectivos corresponsales en caso de ser requeridos para dichos trámites
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Certificado de recepcion provisional
Solicitamos se determine expresamente qué consecuencias jurídicas se derivan en caso de que el CRP no sea emitido dentro del plazo de treinta (30) días previsto, y si en tal supuesto resultan aplicables los mecanismos de responsabilidad y eventuales multas o intereses previstos en el régimen contractual para la Convocante, a fin de garantizar la simetría de obligaciones y evitar una dilación indefinida que afecte el equilibrio económico-financiero del contrato.
Solicitamos se determine expresamente qué consecuencias jurídicas se derivan en caso de que el CRP no sea emitido dentro del plazo de treinta (30) días previsto, y si en tal supuesto resultan aplicables los mecanismos de responsabilidad y eventuales multas o intereses previstos en el régimen contractual para la Convocante, a fin de garantizar la simetría de obligaciones y evitar una dilación indefinida que afecte el equilibrio económico-financiero del contrato.
Las multas están previstas en el PBC, si el oferente adjudicado se sintiese en obligación de solicitarlas tiene todo el derecho de hacerlo.
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Formas de pago 10 % final
Respecto al diez por ciento (10%) restante, cuya liberación se encuentra supeditada a la emisión del Certificado de Recepción Provisional (CRP), observamos que si bien se menciona un plazo de treinta (30) días para su emisión, no se establece el plazo máximo durante el cual podría permanecer pendiente dicho pago ni el período máximo de vigencia o apertura de la Carta de Crédito en lo que respecta a este saldo; en consecuencia, solicitamos se aclare taxativamente cuál es el plazo máximo de diferimiento permitido para la emisión del CRP y para la efectiva liberación del saldo, así como el plazo máximo de vigencia del instrumento entiendase Carta de credito financiero que respalda dicho pago, sin esta aclaracion una carta de credito puede quedar generando costos indefinidamente y por años sin ser pagada.
Respecto al diez por ciento (10%) restante, cuya liberación se encuentra supeditada a la emisión del Certificado de Recepción Provisional (CRP), observamos que si bien se menciona un plazo de treinta (30) días para su emisión, no se establece el plazo máximo durante el cual podría permanecer pendiente dicho pago ni el período máximo de vigencia o apertura de la Carta de Crédito en lo que respecta a este saldo; en consecuencia, solicitamos se aclare taxativamente cuál es el plazo máximo de diferimiento permitido para la emisión del CRP y para la efectiva liberación del saldo, así como el plazo máximo de vigencia del instrumento entiendase Carta de credito financiero que respalda dicho pago, sin esta aclaracion una carta de credito puede quedar generando costos indefinidamente y por años sin ser pagada.
En relación con lo planteado, corresponde aclarar de manera integral que el mecanismo de pago previsto no queda sujeto a la discrecionalidad administrativa de la Convocante, sino que se instrumenta mediante carta de crédito documentaria negociable con copias, regida por las Reglas y Usos Uniformes relativos a los Créditos Documentarios (UCP 600) de la Cámara de Comercio Internacional.
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Jerarquía normativa entre EE.TT. e IEC en parámetros de clase 0,5S
¿En caso de discrepancia entre los límites de error establecidos en la IEC 62053-22 para clase 0,5S y cualquier interpretación derivada de las EE.TT. GC-DMC-08 Rev. 7, cuál parámetro será considerado vinculante durante la evaluación técnica y bajo qué criterio objetivo se resolverá dicha diferencia?
26-02-2026
27-02-2026
Jerarquía normativa entre EE.TT. e IEC en parámetros de clase 0,5S
¿En caso de discrepancia entre los límites de error establecidos en la IEC 62053-22 para clase 0,5S y cualquier interpretación derivada de las EE.TT. GC-DMC-08 Rev. 7, cuál parámetro será considerado vinculante durante la evaluación técnica y bajo qué criterio objetivo se resolverá dicha diferencia?
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas, lo establecido en el punto 2.2 de la Especificación Técnica del presente llamado.
39
Responsabilidad por re-homologación ante cambios sobrevinientes del MDC OPTIMUM
En caso de que una actualización del sistema OPTIMUM genere incompatibilidad con medidores ya homologados, ¿quién asume la responsabilidad técnica y económica de la adecuación o re-homologación correspondiente?
26-02-2026
27-02-2026
Responsabilidad por re-homologación ante cambios sobrevinientes del MDC OPTIMUM
En caso de que una actualización del sistema OPTIMUM genere incompatibilidad con medidores ya homologados, ¿quién asume la responsabilidad técnica y económica de la adecuación o re-homologación correspondiente?
Al respecto, sírvanse considerar para la elaboración de sus ofertas, indicamos que al estar homologado un modelo determinado, significa que está acorde para que los datos que pide ANDE sean extraídos por dicho sistema. No puede una actualización eliminar medidores homologados.
40
Alcance de la homologación con el sistema OPTIMUM ante actualizaciones de versión
Si el sistema MDC OPTIMUM es actualizado entre la presentación de ofertas y la entrega de los bienes, ¿la homologación obtenida inicialmente mantiene su validez o el proveedor deberá gestionar y asumir una nueva homologación?
26-02-2026
27-02-2026
Alcance de la homologación con el sistema OPTIMUM ante actualizaciones de versión
Si el sistema MDC OPTIMUM es actualizado entre la presentación de ofertas y la entrega de los bienes, ¿la homologación obtenida inicialmente mantiene su validez o el proveedor deberá gestionar y asumir una nueva homologación?