Fecha de Respuesta:
21-05-2014
Respuesta:
Tal como menciona la consulta es parte de la materia prima lo que generalmente es importada para la elaboración del producto final, es decir que el producto final al ser procesado en el país se considera de origen NACIONAL, con lo cual no se estaría privando a ninguna industria de ser potencial OFERENTE con el producto que elabore inherente a las características de los envases requeridos.
Además con las especificaciones técnicas del envase se debe garantizar la adecuada conservación del producto hasta su llegada al consumidor final.
Asi mismo se recuerda la jurisprudencia asentada con la Resolución DNCP N° 966/13 que dispone: ??que ninguna empresa privada se encuentra facultada para juzgar infundadamente, sobre la pertinencia de adquirir bienes de tales o cuales características, ya que la decisión de la conveniencia o no de adquirir los objetos licitados, asi como de tramitar el llamado y elaborar las bases, es exclusiva potestad de la Convocante, por ser la indicada para conocer las necesidades reales y prioritarias de su entidad y de acuerdo a estas, realizar las adquisiciones que sean mas convenientes a sus estrategias y metas institucionales?? (sic)