Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
1 Prueba1 Esta es una Prueba 24-08-2020 25-09-2020
2 LLAMADO MOPC N° 22/2020 - ID N° 365637 Ref: Solicitar aclaración sobre lo consignado en el PBC De nuestra consideración: Nos dirigimos a usted con relación al Llamado de la referencia, a fin de solicitar aclaración sobre lo consignado en el PBC, HOJA DE DATOS Ítem 5.2 (a-2), que copiamos a continuación: 2. Experiencia específica La calificación máxima de este factor será de 100 puntos. Por cada Servicio de Consultoría referido a Seguimiento, monitoreo y evaluación. Matriz de indicadores y metas de Programas o Proyectos de Inversión, preferiblemente de inversión pública, con su metodología y medios de verificación, modelos de informes y mecanismos de seguimiento y monitoreo que hayan sido ejecutados durante los 7 años, anteriores al año 2019 (2013 al 2019), comprobados a través de la presentación de copias de contratos de servicio o certificados emitidos por el Contratante, pudiendo ser de empresas públicas o privadas, se asignará 25% del puntaje, hasta alcanzar un máximo de 100 puntos. El puntaje mínimo requerido para el presente factor de calificación es de 50 puntos, de lo contrario, el Oferente quedará automáticamente descalificado. Los Servicios de Consultoría declarados en el Formulario EXP 2.2 – Experiencia Específica, serán computados y puntuados también como Experiencia General, siempre que satisfagan los criterios establecidos en el apartado 1. Experiencia General. En el caso de empresas consorciadas, el líder del consorcio deberá presentar al menos dos contratos de Consultoría referido Seguimiento, monitoreo y evaluación. Matriz de indicadores y metas de Programas o Proyectos de Inversión, preferiblemente de inversión pública, con su metodología y medios de verificación, modelos de informes y mecanismos de seguimiento y monitoreo. La calificación del consorcio se obtendrá de la suma directa de los puntajes obtenidos por las firmas componentes del mismo. Se considerarán los Servicios en ejecución cuyos avances representen por lo menos el 70% de la Consultoría, el cual deberá estar avalado en el certificado u otra documentación respaldatorios. Los montos contractuales de las experiencias de empresas integrantes de consorcios, serán multiplicadas por el porcentaje de participación de las mismas. Solicitud de aclaración: ¿Cuál sería el monto requerido para que un Contrato puntúe como Experiencia Específica luego de aplicado el Porcentaje de participación del oferente? Sin otro particular aprovechamos la oportunidad para saludarles atentamente. 25-08-2020 25-09-2020
3 LLAMADO MOPC N° 22/2020 ID N° 365637 Buenos días estimados, Teniendo en cuenta el contexto actual, ¿es posible que enviemos las propuestas por mail? Agradeciendo de antemano su colaboración, quedo a la espera de su amable respuesta. Un cordial saludo, Firma Nombre 27-08-2020 25-09-2020
4 Contratación de Servicios de Asistencia y Apoyo para la Unidad Coordinadora de Proyectos de la Corporación Andina de Fomenta (CAF). Programa de Habilitación de la Red Vial Pavimentada. ID 365.637 1- Habría posibilidad de tener una reunión aclaratoria con los miembros de la CAF y MOPC. 03-09-2020 25-09-2020
5 Contratación de Servicios de Asistencia y Apoyo para la Unidad Coordinadora de Proyectos de la Corporación Andina de Fomenta (CAF). Programa de Habilitación de la Red Vial Pavimentada. ID 365.637 1- En el numeral 1.6 – páginas 4 y 5 de la Sección 2. Instrucciones para los Consultores - dice que la Contratante se reserva el derecho de declarar desierta o cancelar el presente proceso. Al respecto consultamos, “como ésta LPI ya fue cancelada en el 2018, pueden darnos al menos relativa certeza de que este llamado 2020 no correrá misma suerte anterior, pues sabrán comprender que elaborar una Propuesta y toda la documentación de respaldo no es poca inversión de recursos y tiempo”. 2- En el numeral 3.6. – página 8 de la Sección 2. Instrucciones para los Consultores – dice que los documentos provenientes del extranjero deberán contar con la legalización pertinente (Apostilla de La Haya o legalización consular), consulta: “existen otras alternativas en la actualidad según la Cancillería tales como el reconocimiento ante el MEC de nuestro país: pregunta esas documentaciones serán igualmente válidas para puntualización”. 3- En el numeral 3.10. – página 8 de la Sección 2. Instrucciones para los Consultores – exige la presentación de un ORIGINAL y dos COPIAS simples. Consulta: “Se pudiera digitalizar 100% la copia original impresa y de ella extraer 2 CD o DVD como copias simples, serán válidas o no”. 4- En el numeral 3.11. – página 8 de la Sección 2. Instrucciones para los Consultores – establece que todas las páginas del original de la oferta, excepto las que contengan folletos o catálogos que no hayan sido modificados, deberán estar firmadas y foliadas por el oferente. Consulta: “Podrán admitir la firma digital del CEO de nuestra empresa en cada documento en atención a la plena vigencia de la Ley 4017/2010 y del Decreto 7369/2011 que le reglamenta”. 5- En el numeral 4.2. – página 9 de la Sección 2. Instrucciones para los Consultores – dice Un representante autorizado de los consultores debe firmar la propuesta y poner sus iniciales en todas las páginas del original de las propuestas técnicas y de precio. Consulta: se reitera la consulta 005 “se puede utilizar firma digital en cada uno de los documentos entendiendo que con la misma se encripta cada documento en pdf”. 6- En el numeral 6.2. – página 12 y 13 de la Sección 2. Instrucciones para los Consultores – dice: Se prestará especial atención a la definición precisa de los recursos e instalaciones que la Convocante debe suministrar para asegurar la ejecución satisfactoria del trabajo, Consulta “corresponde entender por ello la logística para el trabajo en Sede – oficina + computadoras + insumos de trabajo – o también a la movilidad para el trabajo en Campo (disponer de movilidad o vehículos para traslado al lugar de trabajo)”. 7- En el numeral 1.1 página 15 del apartado “Hoja de Datos”, se estableció: La continuidad de la Contratación objeto de esta Licitación en el Ejercicio Fiscal 2021 y subsiguientes y estará supeditada a las partidas presupuestarias correspondientes. Consulta: “en caso de no concluir la adjudicación e inicio de actividades en el presente ejercicio fiscal 2020, se podrá dar inicio en Enero/2021 o se deberá esperar la promulgación de la nueva Ley PGN 2021 y los decretos reglamentarios y de Plan Financiero primero?. 8- En el numeral 1.2 página 15 del apartado “Hoja de Datos” – Formulario K, L Declaración Jurada también-, se estableció que este llamado no sería AD REFERENDUM A LA APROBACIÓN DEL PGN 2020, como en este formulario de Consultas; Pregunta: ¿es correcto que diga AD REFERENDUM al PGN 2020 o inclusive debe decir al PGN 2021”?, en atención a que ya fue presentado por el Poder Ejecutivo del Proyecto de PGN 2021 el pasado 01/09/2020. 9- En el numeral 2.1 página 16 del apartado “Hoja de Datos”, se dice: Las solicitudes de aclaraciones deberán ser ingresadas a través del Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP). Consulta: ¿nos pueden identificar quien nos habilitará el Usuario y Contraseña para hacer estas consultas por el SICP? Ver con JOBS si hicieron consultas anteriores por el SICP. 10- En el numeral 3.10 página 17 del apartado “Hoja de Datos” se estableció que “La Documentación presentada, debe ser protegida por cubiertas adecuadas y encuadernadas en forma suficientemente segura, para evitar su deterioro por el manipuleo del que es objeto durante las tareas de evaluación”. Al respecto, cabe consultar ¿si este aspecto es una cuestión de forma (sin penalización alguna) o de fondo (causal de descalificación)?, puesto que para ello se contará con la versión “Original” y dos (2) copias del original, todas debidamente foliadas impresas y en CD. 11- En el numeral 5.2 (a-2) ítem de la “Hoja de Datos” página 23, dice que: Los Servicios de Consultoría declarados en el Formulario EXP 2.2 – Experiencia Específica, serán computados y puntuados también como Experiencia General, siempre que satisfagan los criterios establecidos en el apartado 1. Experiencia General. Consulta, ¿Corresponde entender que los criterios establecidos para calificar en el apartado 2.1. Experiencia General se refieren únicamente al llenado correcto de la información detallada exigida o habrán otros criterios adicionales para puntuar al mismo tiempo como la Experiencia Específica, cuáles son esos criterios?. 12- En el mismo numeral 5.2 (a-2) ítem ii.3) “Organización” página 24 se pide “La propuesta que muestre de la manera más detallada por medio de un Organigrama que indica niveles de mando administrativo requeridos para la ejecución de los servicios y su vinculación con la Dirección de Vialidad. Consulta: ¿En otros apartados de los Términos de Referencia se explicita que el Jefe de la Unidad Coordinadora de Proyecto CAF será la contraparte oficial de la ECATEF, para evitar confusiones se podrá delimitar mejor que todas las instrucciones que se reciban desde la Dirección de Vialidad serán por intermedio de la UCP CAF? 13- En el apartado del Perfil del Especialista Vial (pág. 26) se incluyó específicamente la posibilidad de incluir a ex funcionarios del MOPC. Consulta: ¿Esto no es abiertamente entrar en el campo de Conflicto de Intereses? ¿Encargados de Despacho: no es una designación con iguales responsabilidades por práctica administrativa, y en casi la totalidad de los casos es por días, semanas o un mes pero nunca por un Año como se incluyó en esta redacción?. 14- En el apartado del Perfil del Asesor Jurídico (pág. 27) se incluyó específicamente la jornada parcial de trabajo. Consulta: ¿en las otras posiciones – Coordinador, Especialista Vial, Especialista Social y en Personal Permanente: Profesional Junior, Técnico Social y Supervisor Ambiental- se debe entender que sería a tiempo completo dichas labores o pudieran los que puntúan ser a tiempo parcial, ejemplo Coordinador ya que tiene mayor responsabilidad pero menor remuneración que el Especialista Vial?. 15- En el apartado “Observación” de la pág. 28 de la Hoja de Datos, dice: No será considerado en la evaluación los profesionales propuestos a tiempo completo que estén prestando actualmente servicio en otros contratos con el MOPC y cuyo plazo contractual de finalización sea mayor a cuatro (4) meses, contados a partir de la fecha de presentación de las propuestas. Igualmente, no serán considerados los profesionales a tiempo parcial que se encuentren afectados al momento de la presentación de las propuestas en más de 5 contratos con el MOPC o en cuya evaluación se determine que no cuentan con disponibilidad de tiempo para la ejecución de los trabajos conforme a lo declarado en el Formulario TEC-6 CURRÍCULO DEL PERSONAL PROFESIONAL PROPUESTO, Punto 11 “Asignaciones Actuales”. Consulta: ¿Cómo quedará el tiempo de 4 meses mencionado en caso de que desde el MOPC dispongan alguna prórroga para la presentación de Propuestas de esta LPI considerando que estamos en los últimos meses del 2020?. 16- En el numeral 7.2 de la pág. 32 dice: Se prevé que la fecha y lugar para iniciar los servicios de consultoría sean: en el mes de setiembre de 2020, en la ciudad de Asunción de 2020. Consulta: 1) ¿no puede ser setiembre pues la misma fecha de presentación de propuestas ya es el 30/09/2020?. 2)¿Se puede estimar que el proceso de adjudicación no superará 30 ó 60 días posteriores a la apertura de Propuestas Técnicas para asegurar la logística y asignación de tiempo de los consultores, incluyendo la búsqueda del equipo de Apoyo Permanente que no puntúa?. 03-09-2020 25-09-2020
6 Contratación de Servicios de Asistencia y Apoyo para la Unidad Coordinadora de Proyectos de la Corporación Andina de Fomenta (CAF). Programa de Habilitación de la Red Vial Pavimentada. ID 365.637 1- En el numeral 5.2 (a-1) del apartado “Hoja de Datos” 2. Capacidad Económica y Financiera página 20, volumen anual de negocios, coeficiente de liquidez, coeficiente de solvencia; habla de 3 últimos ejercicios fiscales: 2016/2017 y 2018, Pregunta: no deberían ser 2017, 2018 y 2019 presentados ante la autoridad tributaria?. 2- En el numeral 5.2 (a-2) página 29 de la Hoja de Datos se establecen una escala de remuneraciones para los distintos cargos que la ECATEF deberá proveer a la UCP – CAF. Al respecto, de acuerdo a la respuesta que nos den a la siguiente pregunta que hará variar los costos en la Oferta Económica y por ende de los salarios (montos netos) del personal a contratar: ¿Para la presentación de ofertas el oferente deberá considerar como mínimo los salarios básicos de acuerdo al criterio de IVA Incluido o NO, al ser una relación laboral dependiente de la Empresa Consultora ECATEF, y no un contrato individual de prestación de servicios?; ó ¿Se entenderán que dicha escala es salario máximo en cada posición?. 3- En el Formulario FIN 1.2 (a) pág. 38 dice: se hace mención en el párrafo debajo del cuadro: a 3 años señalado en el párrafo precedente con (*) sin especificar. Consulta:¿se debe entender que corresponde a los años 2017, 2018 y 2019?. 4- En el Formulario FIN 1.2 (b) pág. 39 dice: se hace mención año que se considera de facturación: Consulta:¿al igual que la pregunta anterior se debe entender que corresponde a los años 2017, 2018 y 2019?. 5- En el Formulario FIN 1.2 (c) pág. 40 numeral 3- dice: año 2018. Consulta: ¿no debería de ser el último Estado Financiero cerrado 2019?. 6- En el Formulario FIN 1.2 (d) pág. 41 dice: años: 2016, 2017 y 2018. Consulta: ¿no debería de ser los últimos 3 Estados Financieros 2017, 2018 y 2019?. 7- En el Formulario FIN 1.2 (e) pág. 42 dice: último Ejercicio Fiscal cerrado (Año 2018). Consulta: ¿debería entenderse 2019 cuando que estamos en el segundo semestre de 2020 ya?. 8- En el Formulario FIN 1.2 (e) pág. 42 dice: último Ejercicio Fiscal cerrado (Año 2018). Consulta: ¿debería entenderse 2019 cuando que estamos en el segundo semestre de 2020 ya?. 9- En el Formulario TEC – 7 Calendario de Actividades del Personal. Consulta: ¿Corresponderá al MOPC proveer la logística necesaria para traslados al interior en zona de obras, concretamente vehículos y viáticos para actividades de campo – verificación in situ - conforme a la escala autorizada por la Ley Anual de Presupuesto General de la Nación y reglamentación institucional anual?. 10- En el Formulario TEC – 8 Plan de Trabajo se cuenta con una nota al pie de página que dice: “Este Formulario deberá elaborarse para cada obra que compone el Servicio” ¿ésto se refiere a los 8 tramos que suman 459 kilómetros detallados en la página 85 de la Sección 5 “Términos de Referencia”, o corresponde a otra referencia en los Términos de Referencia? Desde Jobs entendemos que la Consultoría en licitación es solo para brindar servicios de manera directa y NO APLICA a obra alguna. 11- Según el artículo 8º de la Ley Nº 6024/2018 el MOPC debe contar con: Manual Operativo del Proyecto, detallando a) la estructura actualizada del equipo de trabajo designado para gerenciar y coordinar el Proyecto; b) rutinas de comunicación y relacionamiento entre el MOPC y CAF; c) cronograma de desembolsos para asegurar el pago mensual de los expertos y equipo de apoyo; d) Matriz de indicadores y metas con su metodología y medios de verificación; e) modelo de informes y mecanismos de seguimiento y monitoreo a aplicar, entre otros. ¿Se puede acceder a una copia electrónica de estas informaciones o que pueda ser accesible entre los documentos de la licitación desde la web de la DNCP?. 12- En el mismo ítem anterior (Ley 6024/2018), ¿se requiere acceder a una copia del Plan de Gestión Ambiental y Social, si ya fue elaborado a la fecha o al menos la aclaración si la misma deberá ser elaborado por el Especialista Socio Ambiental como producto de su trabajo?. 13- Sería posible que nos compartan la información de sí ya fue contratada la firma que tendrá a su cargo el proceso de Auditoría de Seguridad Vial a la fecha, ¿con qué Términos de Referencia (TdR)? Formulario TEC-7 Calendario de Actividades del Personal exige el desgloce en “SEDE” y “CAMPO”, se puede agregar la aclaración de que parte de las actividades serán realizadas bajo estricto protocolo sanitario pero en la modalidad “teletrabajo”. 03-09-2020 25-09-2020
7 Consulta LLAMADO MOPC N° 22/2020 - ID N° 365637 De nuestra mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a Usted, con relación al llamado MOPC N° 22/2020 - ID N° 365637 a los efectos de realizar la siguiente consulta: Para el caso de empresas Consorciadas, considerando que la empresa líder del consorcio es una empresa constituida en la República del Paraguay y cumple con todos los parámetros del pliego. Y la otra empresa del consorcio, es una empresa cuyo accionista es un estado municipal. Empresa a quien el estado le otorgó la concesión de la red de autopistas y cuyos fondos recaudados producto de su explotación son utilizados: con un tope del 40% para atender los gastos de administración y mantenimiento ordinario de las obras existentes, y el excedente de ingresos, en forma obligatoria, para obras de expansión de red y a aquellas que determine la autoridad de aplicación en el marco de la concesión. En función de ello, dicha empresa no reparte dividendos entre sus accionistas, siendo cero (0) el resultado económico de cada ejercicio. Esta empresa actúa como empresa de ingeniería y construcción del estado municipal, quien como comitente, le encomienda la realización de obras, gestionando como contratista la ejecución integral de las mismas desde las instancias de definición de ingeniería básica y anteproyectos hasta la puesta en operación de la obra concluida. El proceso se inicia con una encomienda específica por parte del estado y, a medida que se van desarrollando los trabajos, esta empresa efectúa las correspondientes rendiciones a su comitente. A la finalización los trabajos, se efectúa la entrega de las obras por parte de la empresa y la recepción correspondiente por parte del estado municipal. ¿Podrá considerarse a la empresa cuyo accionista es el estado municipal en estas condiciones como parte del consorcio, aunque no cumplimente taxativamente los parámetros de capacidad económica y financiera establecidos en el pliego? Sin otro particular los saludamos atentamente. 03-09-2020 25-09-2020
8 Consulta LLAMADO MOPC N° 22/2020 - ID N° 365637 De nuestra mayor consideración: Tengo el agrado de dirigirme a Usted, con relación al llamado MOPC N° 22/2020 - ID N° 365637 a los efectos de realizar la siguiente consulta: En el caso de empresas consorciadas y considerando que el líder del consorcio cumplimenta con los parámetros del pliego, ¿podrá asumir este los compromisos de carácter económico - financiero del Consorcio, mediante una declaración jurada de respaldo, a los efectos de la evaluación de los Capacidad Económica Financiera? Sin otro particular los saludamos atentamente. 03-09-2020 25-09-2020
9 Llamado MOPC Nº 22/2020 | Licitación Pública Internacional de Firmas Consultoras para la Contratación de Servicios de Asistencia y Apoyo para la Unidad Coordinadora de Proyectos de la Corporación Andina de Fomento (CAF). Aprobado por Ley N° 6024/2018, ID. 365.637 5.2 (a-2) Criterios y subcriterios, y el sistema de puntos que se asignarán a la evaluación de las Propuestas Técnicas (pág. 22 y subsiguientes del Pliego de Bases y Condiciones): En la página 23 se hace referencia a los requerimientos para la calificación de la Experiencia específica. Al respecto se consulta si se requiere algún monto mínimo de los contratos para ser considerados en este ítem. 07-09-2020 25-09-2020
10 Contratación de Servicios de Asistencia y Apoyo para la Unidad Coordinadora de Proyectos de la Corporación Andina de Fomenta (CAF). Programa de Habilitación de la Red Vial Pavimentada. ID 365.637 1- Por cada Servicio de Consultoría referido a Seguimiento, monitoreo y evaluación. Matriz de indicadores y metas de Programas o Proyectos de Inversión, preferiblemente de inversión pública, con su metodología y medios de verificación, modelos de informes y mecanismos de seguimiento y monitoreo que hayan sido ejecutados durante los 7 años, anteriores al año 2019 (2013 al 2019). A que específicamente se refiere Matriz de indicadores y Metas de Programas o Proyectos de Inversión?. 07-09-2020 25-09-2020
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