ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: 3.3.4 SERVIDOR DE GRABACIÓN LOCAL
El pliego requiere que el software VMS soporte el códec JPEG2000
Se aclara que el formato JPEG2000 únicamente es soportado por cámaras AVIGLON ya en desuso por lo que el VMS requerido también copiado de AVIGILON aún no soporta.
Solicitamos este requisito sea considerado opcional de modo a permitir otros VMS además de AVIGILON puedan ser presentados
24-09-2020
12-10-2020
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: 3.3.4 SERVIDOR DE GRABACIÓN LOCAL
El pliego requiere que el software VMS soporte el códec JPEG2000
Se aclara que el formato JPEG2000 únicamente es soportado por cámaras AVIGLON ya en desuso por lo que el VMS requerido también copiado de AVIGILON aún no soporta.
Solicitamos este requisito sea considerado opcional de modo a permitir otros VMS además de AVIGILON puedan ser presentados
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: 3.3.4 SERVIDOR DE GRABACIÓN LOCAL
El pliego requiere Sistema optimizado de registro de perfil o configuración manual. Configure la transmisión de video a una velocidad de imagen inferior cuando la escena está inactiva. Cambiar contraseñas de cámara desde la aplicación cliente. Admitir la posibilidad de compartir la visualización de la ventana de la aplicación en una sesión conjunta con otros usuarios para realizar investigaciones colaborativas. Establecer una duración máxima de grabación para la grabación activada manualmente para una fuente de video. Admitir la capacidad de cambiar de video en vivo a video bajo demanda para una reproducción instantánea de video
grabado recientemente. Proporciona un registro de la fuente de
video con los siguientes metadatos: - Modelo de cámara. - Versión de firmware.
- Ubicación. - Dirección MAC. - Número de serie. - Resolución.
Funcionalidad y gestión desde el VMS con las cámaras, únicamente son compatibles cuando el VMS y las cámaras son del mismo fabricante como AVIGILON
Como se puede comprobar, dichas funciones también son exclusivas del VMS AVIGILON CONTROL CENTER v 7.0 por lo que otras marcas de VMS no poseen dichas funciones
Solicitamos las mismas sean modificadas para permitir otros fabricantes puedan ser ofertadas.
Asimismo requiere Permitir hacer clic en el cuadro delimitador de un objeto clasificados para iniciar la búsqueda de apariencia Botón para otorgar acceso en una puerta vinculada.
La interfaz admite la clasificación de alarmas por: - Prioridad. - Tiempo de activación. - Estado.
La interfaz debe admitir el filtrado de alarmas por estado en la siguiente
prioridad: - Asignado a mí. - Alarmas activas (sin asignar). - Alarmas asignadas a otros. - Alarmas reconocidas.
Estas funciones son relacionadas con sistemas de control de acceso, para el acceso de personas y aperturas o cierre de puertas los cuales no son requeridas a ser implementadas en el presente llamado
AVigilon posee un módulo adicional de control de acceso y apertura de puertas lo que demuestra una vez más que las especificaciones fueron copiadas en su totalidad de la marca mencionada
También establece que debe poder Crear una jerarquía de mapas interconectados Arrastrar y soltar una fuente de video del mapa en el área de visualización de video. Mostrar un área preestablecida de la fuente de video seleccionada. Proporcionar iconos de mapa
configurables.
De vuelta dichas funciones son copiadas de Avigilon, dirccionando a que la única oferta pueda ser de dicha marca
Solicitamos que todas las especificaciones del VMS sean re formuladas para prmitir otros VMS puedan ser ofertados y asi NO limitar la participación, dando oportunidad a un mayor número de oferentes.
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12-10-2020
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS: 3.3.4 SERVIDOR DE GRABACIÓN LOCAL
El pliego requiere Sistema optimizado de registro de perfil o configuración manual. Configure la transmisión de video a una velocidad de imagen inferior cuando la escena está inactiva. Cambiar contraseñas de cámara desde la aplicación cliente. Admitir la posibilidad de compartir la visualización de la ventana de la aplicación en una sesión conjunta con otros usuarios para realizar investigaciones colaborativas. Establecer una duración máxima de grabación para la grabación activada manualmente para una fuente de video. Admitir la capacidad de cambiar de video en vivo a video bajo demanda para una reproducción instantánea de video
grabado recientemente. Proporciona un registro de la fuente de
video con los siguientes metadatos: - Modelo de cámara. - Versión de firmware.
- Ubicación. - Dirección MAC. - Número de serie. - Resolución.
Funcionalidad y gestión desde el VMS con las cámaras, únicamente son compatibles cuando el VMS y las cámaras son del mismo fabricante como AVIGILON
Como se puede comprobar, dichas funciones también son exclusivas del VMS AVIGILON CONTROL CENTER v 7.0 por lo que otras marcas de VMS no poseen dichas funciones
Solicitamos las mismas sean modificadas para permitir otros fabricantes puedan ser ofertadas.
Asimismo requiere Permitir hacer clic en el cuadro delimitador de un objeto clasificados para iniciar la búsqueda de apariencia Botón para otorgar acceso en una puerta vinculada.
La interfaz admite la clasificación de alarmas por: - Prioridad. - Tiempo de activación. - Estado.
La interfaz debe admitir el filtrado de alarmas por estado en la siguiente
prioridad: - Asignado a mí. - Alarmas activas (sin asignar). - Alarmas asignadas a otros. - Alarmas reconocidas.
Estas funciones son relacionadas con sistemas de control de acceso, para el acceso de personas y aperturas o cierre de puertas los cuales no son requeridas a ser implementadas en el presente llamado
AVigilon posee un módulo adicional de control de acceso y apertura de puertas lo que demuestra una vez más que las especificaciones fueron copiadas en su totalidad de la marca mencionada
También establece que debe poder Crear una jerarquía de mapas interconectados Arrastrar y soltar una fuente de video del mapa en el área de visualización de video. Mostrar un área preestablecida de la fuente de video seleccionada. Proporcionar iconos de mapa
configurables.
De vuelta dichas funciones son copiadas de Avigilon, dirccionando a que la única oferta pueda ser de dicha marca
Solicitamos que todas las especificaciones del VMS sean re formuladas para prmitir otros VMS puedan ser ofertados y asi NO limitar la participación, dando oportunidad a un mayor número de oferentes.
La convocante en la etapa previa a la publicación del llamado ha podido constatar que existen en el mercado múltiples oferentes en capacidad de ofertar soluciones de varios fabricantes reconocidos mundialmente que cuentan con las funcionalidades mencionadas.
Así mismo un sistema de seguridad penitenciario deberá permitir la integración con múltiples plataformas (control de acceso, gestión de mapas, gestores de paneles y/o alarmas, etc) por ello los requerimientos pueden ser satisfechos no solo con un solo producto, sino con la integración de múltiples plataformas dando atención y cumplimiento a cada uno de los puntos solicitados en el presente llamado. VER ADENDA N° 3
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3.3 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE COMPONENTES DE LA SOLUCIÓN
Consulta Monitor de 32”
El pliego requiere Capacidad de visualización de streaming, web y screen mirroring basado en DLNA. Se debe aclarar primero que la tecnología de screen mirroring es una tecnología basada en el protocolo Miracast y no es compatible o basada en DLNA. Screen Mirroring es punto a punto y DLNA es un sistema similar a Punto multipunto
Se tiene además que estas tecnologías son normalmente utilizadas para aplicaciones Hogar o comercial para visualización de imágenes por parte de “clientes” ocasionales
Lo requerido por el pliego No condice con la utilizado de estos equipos en cárceles ya que los mismos estarán conectados a un equipo tipo PC o multiplexador de video con señal HDMI
Solicitamos que sea eliminado el requerimiento ya que se encuentran técnicamente mal solicitados y/o no serian necesarios en este tipo de aplicación de cárceles
24-09-2020
12-10-2020
3.3 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE COMPONENTES DE LA SOLUCIÓN
Consulta Monitor de 32”
El pliego requiere Capacidad de visualización de streaming, web y screen mirroring basado en DLNA. Se debe aclarar primero que la tecnología de screen mirroring es una tecnología basada en el protocolo Miracast y no es compatible o basada en DLNA. Screen Mirroring es punto a punto y DLNA es un sistema similar a Punto multipunto
Se tiene además que estas tecnologías son normalmente utilizadas para aplicaciones Hogar o comercial para visualización de imágenes por parte de “clientes” ocasionales
Lo requerido por el pliego No condice con la utilizado de estos equipos en cárceles ya que los mismos estarán conectados a un equipo tipo PC o multiplexador de video con señal HDMI
Solicitamos que sea eliminado el requerimiento ya que se encuentran técnicamente mal solicitados y/o no serian necesarios en este tipo de aplicación de cárceles
Si bien la Convocante ha determinado la obligatoriedad de participar de las visitas técnicas a las distintas penitenciarías objeto del presente llamado, como bien dice en el documento "Protocolo Sanitario para visitas técnicas", que forma parte de los documentos de la licitación, "... en los establecimientos penitenciarios objeto de la visita técnica existen casos positivos de COVID-19", lo cual obliga en primer lugar a los participantes de la visita a guardar aislamiento preventivo luego de la visita. Esto representa un perjuicio para muchos potenciales oferentes que, como en nuestro caso, nos encontramos con personal reducido y trabajando en forma escalonada para poder abastecer la demanda de los clientes, cuidando todos los detalles y cumpliendo estrictamente con las restricciones sanitarias establecidas por el gobierno. Por tanto, la obligatoriedad de "sacrificar" un personal que posteriormente deberá guardar aislamiento preventivo, y por ende, reducir más aun la cantidad de recursos es un despropósito, más aun en una época tan difícil en que todas las empresas, tanto públicas como privadas optan por proteger a sus colaboradores disminuyendo al máximo los factores de riesgo de contagio.
Además del riesgo sanitario, la seguridad de las personas también está en riesgo al tratarse de una penitenciaría donde reina el peligro, por lo cual exponer al personal técnico resulta innecesario. Más aun teniendo en cuenta que habitualmente en las visitas técnicas a establecimientos penitenciarios solo se puede acceder a áreas no restringidas y espacios perimetrales, no así donde realmente serán instalados los equipos o tendidos los cableados, por lo que finalmente resulta improductiva. Resulta mucho más eficiente trabajar sobre planos proporcionados por la convocante.
Todo esto sin mencionar los gastos no reembolsables en los que debemos incurrir las empresas para dotar al personal de equipos de bioseguridad exigidos para asistir a la visita técnica según protocolo establecido.
Por todo lo expuesto, en base a la experiencia, y teniendo en cuenta que en numerosos llamados se ha optado por establecer que la visita técnica no sea obligatoria, sino el compromiso y aceptación del oferente bajo declaración jurada de conocer todos los detalles del proyecto, ha garantizado de igual manera el éxito en la ejecución de los contratos, solicitamos respetuosamente que sea aceptada la Declaración Jurada de conocer el sitio y que se cuenta con la información suficiente para preparar la oferta y ejecutar el contrato, eximiendo a los oferentes de la obligatoriedad de realizar la visita técnica.
Cabe resaltar que de por sí la presentación de la oferta implica la aceptación de todos los términos del pliego de bases y condiciones, las adendas y el contrato en caso de ser adjudicado, en carácter de declaración jurada, garantizando el cumplimiento estricto de todos los términos contractuales por medio de una Póliza de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato o Garantía Bancaria, motivo por el cual desde todo punto de vista el Oferente está obligado a cumplir estrictamente con todos los términos contractuales, ya sea que haya hecho o no la visita técnica, por lo que ésta última carece de importancia real.
Si bien la Convocante ha determinado la obligatoriedad de participar de las visitas técnicas a las distintas penitenciarías objeto del presente llamado, como bien dice en el documento "Protocolo Sanitario para visitas técnicas", que forma parte de los documentos de la licitación, "... en los establecimientos penitenciarios objeto de la visita técnica existen casos positivos de COVID-19", lo cual obliga en primer lugar a los participantes de la visita a guardar aislamiento preventivo luego de la visita. Esto representa un perjuicio para muchos potenciales oferentes que, como en nuestro caso, nos encontramos con personal reducido y trabajando en forma escalonada para poder abastecer la demanda de los clientes, cuidando todos los detalles y cumpliendo estrictamente con las restricciones sanitarias establecidas por el gobierno. Por tanto, la obligatoriedad de "sacrificar" un personal que posteriormente deberá guardar aislamiento preventivo, y por ende, reducir más aun la cantidad de recursos es un despropósito, más aun en una época tan difícil en que todas las empresas, tanto públicas como privadas optan por proteger a sus colaboradores disminuyendo al máximo los factores de riesgo de contagio.
Además del riesgo sanitario, la seguridad de las personas también está en riesgo al tratarse de una penitenciaría donde reina el peligro, por lo cual exponer al personal técnico resulta innecesario. Más aun teniendo en cuenta que habitualmente en las visitas técnicas a establecimientos penitenciarios solo se puede acceder a áreas no restringidas y espacios perimetrales, no así donde realmente serán instalados los equipos o tendidos los cableados, por lo que finalmente resulta improductiva. Resulta mucho más eficiente trabajar sobre planos proporcionados por la convocante.
Todo esto sin mencionar los gastos no reembolsables en los que debemos incurrir las empresas para dotar al personal de equipos de bioseguridad exigidos para asistir a la visita técnica según protocolo establecido.
Por todo lo expuesto, en base a la experiencia, y teniendo en cuenta que en numerosos llamados se ha optado por establecer que la visita técnica no sea obligatoria, sino el compromiso y aceptación del oferente bajo declaración jurada de conocer todos los detalles del proyecto, ha garantizado de igual manera el éxito en la ejecución de los contratos, solicitamos respetuosamente que sea aceptada la Declaración Jurada de conocer el sitio y que se cuenta con la información suficiente para preparar la oferta y ejecutar el contrato, eximiendo a los oferentes de la obligatoriedad de realizar la visita técnica.
Cabe resaltar que de por sí la presentación de la oferta implica la aceptación de todos los términos del pliego de bases y condiciones, las adendas y el contrato en caso de ser adjudicado, en carácter de declaración jurada, garantizando el cumplimiento estricto de todos los términos contractuales por medio de una Póliza de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato o Garantía Bancaria, motivo por el cual desde todo punto de vista el Oferente está obligado a cumplir estrictamente con todos los términos contractuales, ya sea que haya hecho o no la visita técnica, por lo que ésta última carece de importancia real.
Esta convocante considera que no se puede eliminar el requisito obligatorio de las visitas técnicas, ya que para la elaboración de una oferta acorde a los requisitos, necesariamente los potenciales oferentes deben conocer el sitio de instalación y los objetivos de monitoreo fijados. Por tanto la visita es obligatoria. Como ejemplo: Si una empresa está interesada en presentar oferta en el Lote 1 deberá si o si visitar la Penitenciaría de Pedro Juan Caballero y el Área de Monitoreo.
Además concientes de los desafios que plantean las visitas a lugares con circulacion del COVID-19 la convocante estableció el Protocolo sanitario para evitar en los posible el contagio, ya que constituye un riesgo de seguridad para la operativa de los establecimientos penitenciarios la entrega de sus planos estos no seran entregados bajo ningun protocolo legal.
Favor remitirse a la ADENDA Nº 3.
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3.6 LUGARES DE PROVISIÓN DE BIENES
Con respecto al punto 3.6 LUGARES DE PROVISIÓN DE BIENES de las Especificaciones Técnicas, solicitamos a la convocante extender el plazo de presentación inicial de todos los bienes dentro de 60 días, a partir de la notificación de la orden de compra, ya que por la situación actual que atravesamos a causa de la pandemia se reducen los tiempos de importación.
Con respecto al punto 3.6 LUGARES DE PROVISIÓN DE BIENES de las Especificaciones Técnicas, solicitamos a la convocante extender el plazo de presentación inicial de todos los bienes dentro de 60 días, a partir de la notificación de la orden de compra, ya que por la situación actual que atravesamos a causa de la pandemia se reducen los tiempos de importación.
SE HA MODIFICADO EL PLAZO PARA LA ENTREGA DE LOS EQUIPOS. VER EN LA ADENDA Nº 3
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PRORROGA PLAZO DE CONSULTA
Solicitamos a la convocante extender el plazo de consultas, atendiendo a que el plazo de las visitas técnicas realizadas en las 3 penitenciarias fue muy próxima a la fecha tope de consultas, de manera a poder realizar las consultas correspondientes y adecuarnos a sus necesidades.
Solicitamos a la convocante extender el plazo de consultas, atendiendo a que el plazo de las visitas técnicas realizadas en las 3 penitenciarias fue muy próxima a la fecha tope de consultas, de manera a poder realizar las consultas correspondientes y adecuarnos a sus necesidades.
Con respecto al punto “15. Muestras” del apartado Datos de la Licitación, solicitamos a la convocante establecer como NO APLICA ya que generalmente no se cuentan con todos los equipos en stock para realizar la demostración solicitada, y por la situación actual que atravesamos a causa de la pandemia se reducen los tiempos de importación. Además que con la planilla de datos garantizados presentada y los documentos técnicos del fabricante se puede garantizar las funcionalidades de los equipos ofertados y de manera a no limitar la participación de potenciales oferentes, cumpliendo así con el Principio de igualdad y libre competencia que debe regir en las Contrataciones Públicas.
Con respecto al punto “15. Muestras” del apartado Datos de la Licitación, solicitamos a la convocante establecer como NO APLICA ya que generalmente no se cuentan con todos los equipos en stock para realizar la demostración solicitada, y por la situación actual que atravesamos a causa de la pandemia se reducen los tiempos de importación. Además que con la planilla de datos garantizados presentada y los documentos técnicos del fabricante se puede garantizar las funcionalidades de los equipos ofertados y de manera a no limitar la participación de potenciales oferentes, cumpliendo así con el Principio de igualdad y libre competencia que debe regir en las Contrataciones Públicas.
Con respecto a los catálogos de los equipos ofertados, solicitamos a la convocante que sean aceptados catálogos en idioma ingles sin necesidad de la traducción.
Con respecto a los catálogos de los equipos ofertados, solicitamos a la convocante que sean aceptados catálogos en idioma ingles sin necesidad de la traducción.
En este punto favor remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones
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LPN 04 Adquisición de equipos de circuito cerrado de Televisión - ID 383848
1. Con respecto a la experiencia solicitada consultamos, es posible presentar contratos ejecutados de provisión de sistemas informáticos de control de personas e instalación de equipos para control de personas, dentro de los últimos cinco años?
2. Es posible que una empresa con trámite de obtención de la habilitación policial para la instalación de sistema de vigilancias, pueda presentar propuesta de provisión?.
3. Es posible presentar la propuesta de solución sin contar con la constancia de la visita técnica?.
4. La presentación de las muestras puede omitirse con la presentación de una declaración jurada de que los materiales a utilizar se ajustan a las especificaciones técnicas requeridas?.
5. El escenario de muestra montado solicitado, puede omitirse con la presentación de una declaración jurada de que los dispositivos de red y alimentación y los componentes de la estación de monitoreo cumplan con las especificaciones técnicas requeridas?.
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12-10-2020
LPN 04 Adquisición de equipos de circuito cerrado de Televisión - ID 383848
1. Con respecto a la experiencia solicitada consultamos, es posible presentar contratos ejecutados de provisión de sistemas informáticos de control de personas e instalación de equipos para control de personas, dentro de los últimos cinco años?
2. Es posible que una empresa con trámite de obtención de la habilitación policial para la instalación de sistema de vigilancias, pueda presentar propuesta de provisión?.
3. Es posible presentar la propuesta de solución sin contar con la constancia de la visita técnica?.
4. La presentación de las muestras puede omitirse con la presentación de una declaración jurada de que los materiales a utilizar se ajustan a las especificaciones técnicas requeridas?.
5. El escenario de muestra montado solicitado, puede omitirse con la presentación de una declaración jurada de que los dispositivos de red y alimentación y los componentes de la estación de monitoreo cumplan con las especificaciones técnicas requeridas?.
1.- Los criterios de evaluación se fijaron a fin de garantizar que los oferentes han realizado trabajos de igual o mayor envergadura de manera reciente, ya que se solicitan equipos de caracteristicas recientes. Remitirse a lo establecido en la Adenda Nº3.
2.- Remitirse a lo establecido en la Adenda Nº3
3.- La visita tècnica es obligatoria, por lo tanto es requisito la presentación de la constancia de la visita tècnica. Esta convocante considera que no se puede eliminar el requisito obligatorio de las visitas técnicas, ya que para la elaboración de una oferta acorde a los requisitos, necesariamente los potenciales oferentes deben conocer el sitio de instalación y los objetivos de monitoreo fijados. Por tanto la visita es obligatoria. Para aclarar: Si una empresa está interesada en presentar oferta en el Lote 1 deberá si o si visitar la Penitenciaría de Pedro Juan Caballero y el Área de Monitoreo y presentar las constancias de ambas visitas.
4 y 5.- La presentacion de muestras y demostración se deja sin efecto. Ver la Adenda Nº 3
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Periodo de Consultas
Se solicita respetuosamente al a convocante extender el tiempo de consultas puesto que las visitas de relevamiento finalizaron el día ayer y se necesita un tiempo prudencial para analizar los detalles de la instalación y las consultas que puedan surgir en dicho análisis.
Se solicita respetuosamente al a convocante extender el tiempo de consultas puesto que las visitas de relevamiento finalizaron el día ayer y se necesita un tiempo prudencial para analizar los detalles de la instalación y las consultas que puedan surgir en dicho análisis.