Nos dirigimos a la convocante haciendo mención el siguiente requisito:
"...Para los oferentes consorciados: el socio líder y cada socio deberá como mínimo cumplir con los siguientes porcentajes:
(a) CAPACIDAD FINANCIERA : 70% del requisito mínimo..."
Solicitamos a la convocante reducir la misma a 50% la exigencia mínima sobre dicho punto para cada integrante del coaseguro, teniendo en cuenta que el BNF en sus llamados anteriores exigía este requisito solo a la compañía piloto encargada de emitir la póliza en caso de Coaseguro.
La presente petición la hacemos a modo de permitir una mayor participación de oferentes calificados para ejecutar el contrato.
Nos dirigimos a la convocante haciendo mención el siguiente requisito:
"...Para los oferentes consorciados: el socio líder y cada socio deberá como mínimo cumplir con los siguientes porcentajes:
(a) CAPACIDAD FINANCIERA : 70% del requisito mínimo..."
Solicitamos a la convocante reducir la misma a 50% la exigencia mínima sobre dicho punto para cada integrante del coaseguro, teniendo en cuenta que el BNF en sus llamados anteriores exigía este requisito solo a la compañía piloto encargada de emitir la póliza en caso de Coaseguro.
La presente petición la hacemos a modo de permitir una mayor participación de oferentes calificados para ejecutar el contrato.
A fin de permitir una mayor participación de oferentes, se recomienda reducir la capacidad financiera conforme al siguiente detalla:
- (a) CAPACIDAD FINANCIERA 50% del requisito
Por lo expuesto, remitirse a la Adenda Numerada.
2
MARGEN DE SOLVENCIA
SOLICITAMOS A LA CONVOCANTE CONSIDERAR EL MARGEN DE SOLVENCIA AL 30 DE JUNIO DEL 2020 (TAL CUAL SE SOLICITA EN EL PBC PARA EL FONDO DE GARANTIA E INVERSIONES), Y NO DE LOS ULTIMOS TRES EJERCICIOS CERRADOS (2018, 2019 Y 2020), TENIENDO EN CUENTA QUE TANTO EL MARGEN DE SOLVENCIA COMO EL FONDO DE GARANTIA E INVERSIONES SON INDICADORES FINANCIEROS QUE SE PRESENTAN ANTE LA SUPERINTENDECIA DE SEGUROS EN UN MISMO INFORME Y SON EVALUADOS AL MISMO PERIODO.
SOLICITAMOS A LA CONVOCANTE CONSIDERAR EL MARGEN DE SOLVENCIA AL 30 DE JUNIO DEL 2020 (TAL CUAL SE SOLICITA EN EL PBC PARA EL FONDO DE GARANTIA E INVERSIONES), Y NO DE LOS ULTIMOS TRES EJERCICIOS CERRADOS (2018, 2019 Y 2020), TENIENDO EN CUENTA QUE TANTO EL MARGEN DE SOLVENCIA COMO EL FONDO DE GARANTIA E INVERSIONES SON INDICADORES FINANCIEROS QUE SE PRESENTAN ANTE LA SUPERINTENDECIA DE SEGUROS EN UN MISMO INFORME Y SON EVALUADOS AL MISMO PERIODO.
A fin de permitir una mayor participación de oferentes, se recomienda modificar el margen de solvencia solo al ejercicio cerrado del año 2020. Por lo tanto, el Pliego de Bases y Condiciones queda modificado de la siguiente manera:
1. Margen de solvencia: Declaración Jurada de Contar con un coeficiente mínimo de 2,00 (dos coma cero cero) a junio del último ejercicio cerrado (año 2020), para los ítems Nº 2 al 11 y para el ítem Nº 1 contar con un coeficiente mínimo de 3,00 (tres coma cero cero) a junio del último ejercicio cerrado (año 2020).
Por lo expuesto, remitirse a Adenda Numerada
3
CONSULTA - COBERTURAS
Para TRÁNSITO (incluyendo a y desde: BCP, LOCALES DEL BNF, CAJEROS AUTOMÁTICOS, CLIENTES, ACERA)
¿Se deberá incluir la cobertura de transito a pie?. ¿En caso de ser afirmativa la respuesta, cual seria el deducible para esta cobertura?
¿Se deberá incluir la cobertura de Valores (no en efectivo) enviado por correo/ Courier?. ¿En caso de ser afirmativa la respuesta, cual seria el deducible para esta cobertura?
Para TRÁNSITO (incluyendo a y desde: BCP, LOCALES DEL BNF, CAJEROS AUTOMÁTICOS, CLIENTES, ACERA)
¿Se deberá incluir la cobertura de transito a pie?. ¿En caso de ser afirmativa la respuesta, cual seria el deducible para esta cobertura?
¿Se deberá incluir la cobertura de Valores (no en efectivo) enviado por correo/ Courier?. ¿En caso de ser afirmativa la respuesta, cual seria el deducible para esta cobertura?
*Para TRÁNSITO (incluyendo a y desde: BCP, LOCALES DEL BNF, CAJEROS AUTOMÁTICOS, CLIENTES, ACERA) ¿Se deberá incluir la cobertura de tránsito a pie ¿En caso de ser afirmativa la respuesta, cuál sería el deducible para esta cobertura
-Respuesta: Si, se deberá incluir dicha cobertura, sublimitada a USD 100.000 todo y cada siniestro en exceso de USD 5.000 todo y cada siniestro. Remitirse a la Adenda Numerada.
*¿Se deberá incluir la cobertura de Valores (no en efectivo) enviado por correo/ Courier ¿En caso de ser afirmativa la respuesta, cuál sería el deducible para esta cobertura
-Respuesta: Si, se deberá incluir dicha cobertura, sublimitada a USD 500.000 todo y cada siniestro en exceso de USD 5.000 todo y cada siniestro. Remitirse a la Adenda Numerada.
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CONSULTA - COBERTURAS
Para Seguro de FIDELIDAD DE EMPLEADOS (incluyendo riesgo de infidelidad en bóveda)
¿Cuál sería el monto a ser cubierto para esta cobertura?. Generalmente esta cobertura es cotizada por los Reaseguradores con sublímites
Para Seguro de FIDELIDAD DE EMPLEADOS (incluyendo riesgo de infidelidad en bóveda)
¿Cuál sería el monto a ser cubierto para esta cobertura?. Generalmente esta cobertura es cotizada por los Reaseguradores con sublímites
El monto a ser cubierto seria de USD 100.000 todo y cada siniestro en exceso de USD 35.000 todo y cada siniestro. Remitirse a la Adenda Numerada
5
CONSULTA - COBERTURAS
DINERO FALSIFICADO
¿Cuál sería el monto a ser cubierto para esta cobertura?. Generalmente esta cobertura es cotizada por los Reaseguradores con sublímites. Cual seria el deducible para esta cobertura?
DINERO FALSIFICADO
¿Cuál sería el monto a ser cubierto para esta cobertura?. Generalmente esta cobertura es cotizada por los Reaseguradores con sublímites. Cual seria el deducible para esta cobertura?
El monto a ser cubierto seria de USD 100.000 todo y cada siniestro en exceso de USD 35.000 todo y cada siniestro.
6
MARGEN DE SOLVENCIA
FALSIFICACIÓN
¿Cuál sería el monto a ser cubierto para esta cobertura?. Generalmente esta cobertura es cotizada por los Reaseguradores con sublímites. Cual seria el deducible para esta cobertura?
FALSIFICACIÓN
¿Cuál sería el monto a ser cubierto para esta cobertura?. Generalmente esta cobertura es cotizada por los Reaseguradores con sublímites. Cual seria el deducible para esta cobertura?
El monto a ser cubierto seria de USD 100.000 todo y cada siniestro en exceso de USD 35.000 todo y cada siniestro.
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CONSULTA - COBERTURAS
En relacion a la CLÁUSULA DE EXTORSIÓN AMENAZA A BIENES TEXTO SR 6003 D
¿Cuál sería el monto a ser cubierto para esta cobertura?. Generalmente esta cobertura es cotizada por los Reaseguradores con sublímites. Cual seria el deducible para esta cobertura?
En relacion a la CLÁUSULA DE EXTORSIÓN AMENAZA A BIENES TEXTO SR 6003 D
¿Cuál sería el monto a ser cubierto para esta cobertura?. Generalmente esta cobertura es cotizada por los Reaseguradores con sublímites. Cual seria el deducible para esta cobertura?
El monto a ser cubierto seria de USD 100.000 todo y cada siniestro en exceso de USD 5.000 todo y cada siniestro.
8
CONSULTA - COBERTURAS
En relacion a la CLÁUSULA DE EXTORSIÓN AMENAZA A PERSONAS TEXTO SR. 5935 H
¿Cuál sería el monto a ser cubierto para esta cobertura?. Generalmente esta cobertura es cotizada por los Reaseguradores con sublímites?. Cual seria el deducible para esta cobertura?
En relacion a la CLÁUSULA DE EXTORSIÓN AMENAZA A PERSONAS TEXTO SR. 5935 H
¿Cuál sería el monto a ser cubierto para esta cobertura?. Generalmente esta cobertura es cotizada por los Reaseguradores con sublímites?. Cual seria el deducible para esta cobertura?
El monto a ser cubierto seria de USD 100.000 todo y cada siniestro en exceso de USD 5.000 todo y cada siniestro.
9
CONSULTA - COBERTURAS
GASTOS DE AUDITORÍA (Cláusula de Seguro 1 texto de fidelidad NMA 2626)
¿Cuál sería el monto a ser cubierto para esta cobertura?. Generalmente esta cobertura es cotizada por los Reaseguradores con sublímites. Cual seria el deducible para esta cobertura?
GASTOS DE AUDITORÍA (Cláusula de Seguro 1 texto de fidelidad NMA 2626)
¿Cuál sería el monto a ser cubierto para esta cobertura?. Generalmente esta cobertura es cotizada por los Reaseguradores con sublímites. Cual seria el deducible para esta cobertura?
El monto a ser cubierto seria de USD 500.000 todo y cada siniestro; sin deducible.
10
CONSULTA - COBERTURAS
GASTOS DE AUDITORÍA (Cláusula de Seguro 1 texto de fidelidad NMA 2626)
¿Cuál sería el monto a ser cubierto para esta cobertura?. Generalmente esta cobertura es cotizada por los Reaseguradores con sublímites. Cual seria el deducible para esta cobertura?
Asimismo, estarían necesitando las siguientes coberturas, que generalmente son incluidos por los Reaseguroadores dentro de la cotización de las Polizas Integrales Bancarias:
Coberturas para:
Cofres de seguridad (NMA 1790 - enmendado)
Cobertura extendida para incluir depósitos nocturnos,
Gastos de reclamos
Reemplazo y/o reconstrucción de libros contables
Responsabilidad por interrupción de pago NMA 1829 (enmendada)
Cobertura extendida para incluir pérdida de derechos de suscripción, según cláusula 8 del texto DHP 84.
Cláusula sobre transferencia errónea
GASTOS DE AUDITORÍA (Cláusula de Seguro 1 texto de fidelidad NMA 2626)
¿Cuál sería el monto a ser cubierto para esta cobertura?. Generalmente esta cobertura es cotizada por los Reaseguradores con sublímites. Cual seria el deducible para esta cobertura?
Asimismo, estarían necesitando las siguientes coberturas, que generalmente son incluidos por los Reaseguroadores dentro de la cotización de las Polizas Integrales Bancarias:
Coberturas para:
Cofres de seguridad (NMA 1790 - enmendado)
Cobertura extendida para incluir depósitos nocturnos,
Gastos de reclamos
Reemplazo y/o reconstrucción de libros contables
Responsabilidad por interrupción de pago NMA 1829 (enmendada)
Cobertura extendida para incluir pérdida de derechos de suscripción, según cláusula 8 del texto DHP 84.
Cláusula sobre transferencia errónea
* GASTOS DE AUDITORÍA (Cláusula de Seguro 1 texto de fidelidad NMA 2626) ¿Cuál sería el monto a ser cubierto para esta cobertura. Generalmente esta cobertura es cotizada por los Reaseguradores con sublímites. Cuál sería el deducible para esta cobertura
- Respuesta: El monto a ser cubierto seria de USD 500.000 todo y cada siniestro; sin deducible.
* Asimismo, estarían necesitando las siguientes coberturas, que generalmente son incluidos por los Reaseguradores dentro de la cotización de las Pólizas Integrales Bancarias: Coberturas para: Cofres de seguridad (NMA 1790 - enmendado) Cobertura extendida para incluir depósitos nocturnos, Gastos de reclamos Reemplazo y/o reconstrucción de libros contables Responsabilidad por interrupción de pago NMA 1829 (enmendada) Cobertura extendida para incluir pérdida de derechos de suscripción, según cláusula 8 del texto DHP 84. Cláusula sobre transferencia errónea
- Respuesta: Si, se deberá incluir dichas coberturas, sublimitadas a:
Cofres de seguridad (NMA 1790 - enmendado) en exceso de USD 15.000 todo y cada siniestro.
Depósitos nocturnos, sublímite USD 50.000 todo y cada siniestro en exceso de USD 5.000 todo y cada siniestro.
Gastos de reclamos sublimitado a USD 500.000 todo y cada siniestro, sin deducible
Reemplazo y/o reconstrucción de libros contables de USD 500.000 todo y cada siniestro. Sin deducible aplicable.
Responsabilidad por interrupción de pago NMA 1829 (enmendada) USD 500,000 todo y cada siniestro EN EXCESO de USD 10,000 todo y cada siniestro.
Pérdida de derechos de suscripción sublimitado a USD 500.000 todo y cada siniestro en exceso de USD 10.000 todo y cada siniestro, según cláusula 8 del texto DHP 84.
Cláusula sobre transferencia errónea, en exceso de USD 25.000 todo y cada siniestro