En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS. Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS REQUERIDAS dice:
“Seguridad de radiación de rayos X de cabina: 21 CFR 1020.40 Fuga de radiación: menos de 0,1mR/h. “
Al respecto, se menciona a la Convocante que la unidad de medida para Fuga de Radiación puede ser medida tanto en mR/h como en μSv/h, existen fabricantes que expresan la Fuga de Radiación en μSv/h.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que también sean aceptadas otras unidades de medida de Fuga de Radiación equivalentes utilizadas por organismos relacionados con las radiaciones ionizantes locales de otros países, por ejemplo las Comisiones Nacionales de Energía Atómica que utilizan al Sv/h como unidad de medida.
De esta manera la convocante se verá beneficiada al recibir mayor cantidad de ofertas de los potenciales oferentes dentro de los parámetros de las licitaciones públicas.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS. Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS REQUERIDAS dice:
“Seguridad de radiación de rayos X de cabina: 21 CFR 1020.40 Fuga de radiación: menos de 0,1mR/h. “
Al respecto, se menciona a la Convocante que la unidad de medida para Fuga de Radiación puede ser medida tanto en mR/h como en μSv/h, existen fabricantes que expresan la Fuga de Radiación en μSv/h.
Solicitamos respetuosamente a la convocante que también sean aceptadas otras unidades de medida de Fuga de Radiación equivalentes utilizadas por organismos relacionados con las radiaciones ionizantes locales de otros países, por ejemplo las Comisiones Nacionales de Energía Atómica que utilizan al Sv/h como unidad de medida.
De esta manera la convocante se verá beneficiada al recibir mayor cantidad de ofertas de los potenciales oferentes dentro de los parámetros de las licitaciones públicas.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el PBC se pide una fuga de radiación de menos de 0,1 mR/hr. Será aceptada la medida equivalente en μSv/hr. Remitirse a la Adenda N° 3
12
*- Dirección del Haz
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS. Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS REQUERIDAS dice:
“Dirección del Haz: Vista 1: horizontal, vista 2: verticalmente hacia abajo, para mejor cobertura del escaneo. “
Al respecto se menciona que se solicita que una vista sea verticalmente hacia abajo, pero equipos escáneres de Rayos X no tienen un generador situado en la parte superior para emitir radiación desde arriba hacia abajo. La mayoría tiene generadores que emiten Rayos X lateralmente o en diagonal.
Los diferentes fabricantes de equipos Escáneres de Rayos X utilizan generadores tanto de forma diagonal de lado, diagonal de abajo hacia arriba o diagonalmente hacia abajo y horizontalmente hacia los lados.
Solicitamos a la Convocante que también sean aceptados equipos con Dirección del Haz: Vista 1 Horizontal, Vista 2: en Diagonal desde abajo hacia arriba o Verticalmente hacia abajo, con lo cual de igual forma se estaría cumpliendo con lo requerido.
De esta manera la convocante se verá beneficiada al recibir mayor cantidad de ofertas de los potenciales oferentes dentro de los parámetros de las licitaciones públicas.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS. Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS REQUERIDAS dice:
“Dirección del Haz: Vista 1: horizontal, vista 2: verticalmente hacia abajo, para mejor cobertura del escaneo. “
Al respecto se menciona que se solicita que una vista sea verticalmente hacia abajo, pero equipos escáneres de Rayos X no tienen un generador situado en la parte superior para emitir radiación desde arriba hacia abajo. La mayoría tiene generadores que emiten Rayos X lateralmente o en diagonal.
Los diferentes fabricantes de equipos Escáneres de Rayos X utilizan generadores tanto de forma diagonal de lado, diagonal de abajo hacia arriba o diagonalmente hacia abajo y horizontalmente hacia los lados.
Solicitamos a la Convocante que también sean aceptados equipos con Dirección del Haz: Vista 1 Horizontal, Vista 2: en Diagonal desde abajo hacia arriba o Verticalmente hacia abajo, con lo cual de igual forma se estaría cumpliendo con lo requerido.
De esta manera la convocante se verá beneficiada al recibir mayor cantidad de ofertas de los potenciales oferentes dentro de los parámetros de las licitaciones públicas.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
La gran mayoría de los fabricantes de equipos de escaneo de rayos X doble generador para carga aérea tienen un generador en la parte superior. Serán aceptados equipos con Dirección del Haz: Vista 1 Horizontal, Vista 2: diagonalmente desde arriba hacia abajo o verticalmente hacia abajo. Remitirse a la Adenda N° 3
13
*- Fuente de alimentación ininterrumpida
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS. Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS REQUERIDAS dice:
“Copia de Seguridad: fuente de alimentación ininterrumpida (operación de la computadora 20 minutos).“
Al respecto se menciona que, entendemos que se solicita UPS, una fuente de Alimentación Ininterrumpida para las Computadora del Escáner de Rayos X, y que la misma soporte 20 minutos y por error se colocó Copia de Seguridad.
Solicitamos a la Convocante confirmar si nuestra apreciación es correcta, y de ser correcta también solicitamos la reformulación de este requerimiento.
De esta manera los potenciales oferentes podrán ofertar de manera apropiada lo requerido por la convocante.
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS. Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS REQUERIDAS dice:
“Copia de Seguridad: fuente de alimentación ininterrumpida (operación de la computadora 20 minutos).“
Al respecto se menciona que, entendemos que se solicita UPS, una fuente de Alimentación Ininterrumpida para las Computadora del Escáner de Rayos X, y que la misma soporte 20 minutos y por error se colocó Copia de Seguridad.
Solicitamos a la Convocante confirmar si nuestra apreciación es correcta, y de ser correcta también solicitamos la reformulación de este requerimiento.
De esta manera los potenciales oferentes podrán ofertar de manera apropiada lo requerido por la convocante.
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS. Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS REQUERIDAS dice:
“Temperatura de funcionamiento: 0 9C a 40 9C o mejor.“
Al respecto, entendemos que se solicita Temperatura de funcionamiento de 0,9°C a 40,9°C o mejor.
Solicitamos a la Convocante confirmar si nuestra apreciación es correcta y de ser correcta también solicitamos la reformulación de este requerimiento.
De esta manera los potenciales oferentes podrán ofertar de manera apropiada lo requerido por la convocante.
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS. Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS REQUERIDAS dice:
“Temperatura de funcionamiento: 0 9C a 40 9C o mejor.“
Al respecto, entendemos que se solicita Temperatura de funcionamiento de 0,9°C a 40,9°C o mejor.
Solicitamos a la Convocante confirmar si nuestra apreciación es correcta y de ser correcta también solicitamos la reformulación de este requerimiento.
De esta manera los potenciales oferentes podrán ofertar de manera apropiada lo requerido por la convocante.
La observación es correcta, la "Temperatura de funcionamiento: 0°C a 40°C o mejor"
15
*- Temperatura de funcionamiento
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS. Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS REQUERIDAS dice:
“Temperatura de funcionamiento: 0 9C a 40 9C o mejor. “
Entendemos que se solicita Temperatura de funcionamiento de 0,9°C a 40,9°C o mejor.
Al respecto, solicitamos a la Convocante que sean aceptados equipos con Temperatura de funcionamiento de mínimo de 0°C a 40°C ya que no representa una variación significativa a lo requerido, y con ello se estaría permitiendo la participación de un mayor número de marcas y oferentes, y con lo cual la convocante se verá beneficiada al recibir mayor cantidad de ofertas de los potenciales oferentes.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS. Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS REQUERIDAS dice:
“Temperatura de funcionamiento: 0 9C a 40 9C o mejor. “
Entendemos que se solicita Temperatura de funcionamiento de 0,9°C a 40,9°C o mejor.
Al respecto, solicitamos a la Convocante que sean aceptados equipos con Temperatura de funcionamiento de mínimo de 0°C a 40°C ya que no representa una variación significativa a lo requerido, y con ello se estaría permitiendo la participación de un mayor número de marcas y oferentes, y con lo cual la convocante se verá beneficiada al recibir mayor cantidad de ofertas de los potenciales oferentes.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS. Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS REQUERIDAS dice:
“Temperatura de almacenamiento: -20 9C + 50 9C o mejor. “
Entendemos que se solicita Temperatura de almacenamiento de -20,9°C a 50,9°C o mejor.
Solicitamos a la Convocante confirmar si nuestra apreciación es correcta y de ser correcta también solicitamos la reformulación de este requerimiento.
De esta manera los potenciales oferentes podrán ofertar de manera apropiada lo requerido por la convocante.
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS. Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS REQUERIDAS dice:
“Temperatura de almacenamiento: -20 9C + 50 9C o mejor. “
Entendemos que se solicita Temperatura de almacenamiento de -20,9°C a 50,9°C o mejor.
Solicitamos a la Convocante confirmar si nuestra apreciación es correcta y de ser correcta también solicitamos la reformulación de este requerimiento.
De esta manera los potenciales oferentes podrán ofertar de manera apropiada lo requerido por la convocante.
La observación es correcta. La "Temperatura de almacenamiento: -20°C a 50 °C o mejor"
17
*- Consumo de energía
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS. Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS REQUERIDAS dice:
“Consumo de energía: menor a 3,5 KVA. “
Entendemos que se solicita un Consumo de Energía de 3,5KVA como máximo.
Solicitamos a la Convocante confirmar si nuestra apreciación es correcta, de ser correcta, solicitamos reformular este requerimiento para que el Consumo de energía sea menor o igual a 3,5 KVA, con lo cual, del mismo modo se estaría cumpliendo con los requerido por la Convocante, y permitiría la participación de un mayor número de potenciales oferentes y marcas en beneficio de la Convocante.
De esta manera los potenciales oferentes podrán ofertar de manera apropiada lo requerido por la convocante.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS. Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS REQUERIDAS dice:
“Consumo de energía: menor a 3,5 KVA. “
Entendemos que se solicita un Consumo de Energía de 3,5KVA como máximo.
Solicitamos a la Convocante confirmar si nuestra apreciación es correcta, de ser correcta, solicitamos reformular este requerimiento para que el Consumo de energía sea menor o igual a 3,5 KVA, con lo cual, del mismo modo se estaría cumpliendo con los requerido por la Convocante, y permitiría la participación de un mayor número de potenciales oferentes y marcas en beneficio de la Convocante.
De esta manera los potenciales oferentes podrán ofertar de manera apropiada lo requerido por la convocante.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS. Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS REQUERIDAS dice:
“Como resultado deberá ser entregado a la DINAC un Informe de Aceptación del Equipo de Rayos X. “
Solicitamos a la Convocante aclarar qué información debe contener el informe requerido y si este informe debe ser confeccionado y entregado por la Empresa Adjudicada o por el Fabricante luego de las Pruebas de Aceptación en Fábrica (FAT).
De esta manera los potenciales oferentes podrán ofertar de manera apropiada lo requerido por la convocante.
En el Pliego de Bases y Condiciones, SUMINISTROS REQUERIDOS - ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS. Detalle de los productos con las respectivas especificaciones técnicas. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS REQUERIDAS dice:
“Como resultado deberá ser entregado a la DINAC un Informe de Aceptación del Equipo de Rayos X. “
Solicitamos a la Convocante aclarar qué información debe contener el informe requerido y si este informe debe ser confeccionado y entregado por la Empresa Adjudicada o por el Fabricante luego de las Pruebas de Aceptación en Fábrica (FAT).
De esta manera los potenciales oferentes podrán ofertar de manera apropiada lo requerido por la convocante.
El informe deberá contar con los ítems solicitados en el PBC. Deberá ser confeccionado por el fabricante y entregado a la empresa Adjudicada.
19
*- Visita Técnica
En el Pliego de Bases y Condiciones, DATOS DE LA LICITACIÓN, Visita al sitio de ejecución del contrato, dice: “No Aplica”
Solicitamos a la Convocante que autorice una visita Técnica al sitio donde será finalmente instalado el ESCANER POR RAYOS X 180180 PARA CARGAS DOBLE VISTA requerido.
Esto a fin de que los potenciales oferentes puedan evaluar el lugar y las condiciones necesarias a tener en cuenta para realizar la implementación del equipo requerido.
De esta manera los oferentes podrán evaluar en igualdad de condiciones y presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, DATOS DE LA LICITACIÓN, Visita al sitio de ejecución del contrato, dice: “No Aplica”
Solicitamos a la Convocante que autorice una visita Técnica al sitio donde será finalmente instalado el ESCANER POR RAYOS X 180180 PARA CARGAS DOBLE VISTA requerido.
Esto a fin de que los potenciales oferentes puedan evaluar el lugar y las condiciones necesarias a tener en cuenta para realizar la implementación del equipo requerido.
De esta manera los oferentes podrán evaluar en igualdad de condiciones y presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
La observación es correcta. Se aclara que se realizará la visita al sitio de obra, atendiendo a que el acceso al lugar es restringido y no podrían alegar que conocen el sitio de obras, con lo cual se dará mayor participación. Remitirse a la Adenda
20
EXPERIENCIA
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Demostrar la experiencia en Provisión, Instalación y/o mantenimiento de equipos de similar envergadura (Equipos de Rayos X de doble generador con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: últimos años. 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020.
SOLICITAMOS AMPLIAR EXPRIENCIA EN EQUIPOS DE GRANDES ENVERGADURAS, LA EXPERIENCIA EN SI ES MUY DIRIGIDA Y LIMITA A POTENCIALES OFERENTES DEL RUBRO ELECTROMECANICO QUE INSTALAN EQUIPOS INDUSTRIALES COMPLEJOS.
Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:
Demostrar la experiencia en Provisión, Instalación y/o mantenimiento de equipos de similar envergadura (Equipos de Rayos X de doble generador con facturaciones de venta y/o recepciones finales por un monto equivalente al 50 % como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: últimos años. 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020.
SOLICITAMOS AMPLIAR EXPRIENCIA EN EQUIPOS DE GRANDES ENVERGADURAS, LA EXPERIENCIA EN SI ES MUY DIRIGIDA Y LIMITA A POTENCIALES OFERENTES DEL RUBRO ELECTROMECANICO QUE INSTALAN EQUIPOS INDUSTRIALES COMPLEJOS.