El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
F) Los técnicos deben ser TOE habilitados y sus habilitaciones deben estar vigentes, al momento de la apertura.
Solicitamos a la convocante aceptar como mínimo un técnico TOE de manera a no limitar la participación de potenciales oferentes cumpliendo asi con el principio de igualdad y libre competencia.
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
F) Los técnicos deben ser TOE habilitados y sus habilitaciones deben estar vigentes, al momento de la apertura.
Solicitamos a la convocante aceptar como mínimo un técnico TOE de manera a no limitar la participación de potenciales oferentes cumpliendo asi con el principio de igualdad y libre competencia.
La cantidad de 2 técnicos certificados TOE es necesaria para garantizar la asistencia técnica al equipo en el caso de que uno de ellos este de vacaciones o enfermo.
42
Subcontratacion
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
G) Los técnicos deberán ser del staff permanente del Oferente, deberán poseer todas las coberturas legales como SEGURO del IPS, Seguro de Vida vigente, para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 5424/15. Presentar copia de la poliza y cobertura de los técnicos declarados. Las mismas deben estar vigentes, al momento de la apertura. Presentar copia autenticada.
Solicitamos a la convocante a la convocante aceptar la subcontratación de dichos técnicos de manera a no limitar la participación de potenciales oferentes cumpliendo asi con el principio de igualdad y libre competencia.
El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
G) Los técnicos deberán ser del staff permanente del Oferente, deberán poseer todas las coberturas legales como SEGURO del IPS, Seguro de Vida vigente, para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 5424/15. Presentar copia de la poliza y cobertura de los técnicos declarados. Las mismas deben estar vigentes, al momento de la apertura. Presentar copia autenticada.
Solicitamos a la convocante a la convocante aceptar la subcontratación de dichos técnicos de manera a no limitar la participación de potenciales oferentes cumpliendo asi con el principio de igualdad y libre competencia.
Remitirse a la consulta 26, no se admite la subcontratación y se mantiene el requerimiento del PBC
43
Forma de Pago
Se solicita se pueda otorgar un anticipo de al menos 30%, y manejar un pago intermedio a la entrega de los equipos del 40% adicional, dejando el 30% restante a la finalización de los trabajos de instalación
Se solicita se pueda otorgar un anticipo de al menos 30%, y manejar un pago intermedio a la entrega de los equipos del 40% adicional, dejando el 30% restante a la finalización de los trabajos de instalación
La Ley del Presupuesto General de Gastos de la Nación establece que el pago del anticipo no puede superar el 20%, en base al cual se estipulo la forma de pago, se mantiene el PBC
44
Capacitacion Tecnica
Se solicita "Certificados emitidos por el fabricante que demuestren que cuentan con minimo 2 (dos) técnicos capacitados para la realización de cursos de operación con énfasis en análisis y visualización de imágenes. Esto se debe a que en ambos deben poder hacer servicios en simultaneo y uno de ellos debe poder actuar como soporte de respaldo en caso de ausencia de cualquiera de los demás". Solicitamos que dicho requisito se establezca como opcional o que dicha especialización pueda ser suplida por la certificación del fabricante en instalación y operación del producto ofertado
Se solicita "Certificados emitidos por el fabricante que demuestren que cuentan con minimo 2 (dos) técnicos capacitados para la realización de cursos de operación con énfasis en análisis y visualización de imágenes. Esto se debe a que en ambos deben poder hacer servicios en simultaneo y uno de ellos debe poder actuar como soporte de respaldo en caso de ausencia de cualquiera de los demás". Solicitamos que dicho requisito se establezca como opcional o que dicha especialización pueda ser suplida por la certificación del fabricante en instalación y operación del producto ofertado
En el ítem de las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS REQUERIDA específicamente en los siguientes 3 puntos:
"• Deberá contar con un software que alerta, en forma automática, la presencia de elementos de alta densidad mediante un recuadro en la pantalla y que a la vez permita la distinción de elementos de menor densidad cubiertos por otros de mayor densidad dentro del recuadro.
• Deberá contar, indefectiblemente, con un software avanzado para la Detección Automática de Explosivos en tiempo real durante el proceso de escaneo y hacer visible la potencial amenaza.
• Deberá contar, indefectiblemente, con un software avanzado para la Detección Automática de Narcóticos en tiempo real durante el proceso de escaneo y hacer visible la potencial amenaza.
Tomando en consideración que se interpreta que el escáner de rayos x debe contar con más de un software de detección de sustancias (narcóticos y explosivos). "
Solicitamos a la convocante modificar e integrar en un solo software los 3 puntos teniendo en cuenta de que existen escáneres de rayos x que con un solo software cumplen con las otras funciones solicitadas mejorando así el sistema de gestión y control. Además este tipo de Software integral está aprobado a satisfacción de TSA, ya que cuenta con la prestación de detección de narcóticos y explosivos como standard.
En el ítem de las ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS REQUERIDA específicamente en los siguientes 3 puntos:
"• Deberá contar con un software que alerta, en forma automática, la presencia de elementos de alta densidad mediante un recuadro en la pantalla y que a la vez permita la distinción de elementos de menor densidad cubiertos por otros de mayor densidad dentro del recuadro.
• Deberá contar, indefectiblemente, con un software avanzado para la Detección Automática de Explosivos en tiempo real durante el proceso de escaneo y hacer visible la potencial amenaza.
• Deberá contar, indefectiblemente, con un software avanzado para la Detección Automática de Narcóticos en tiempo real durante el proceso de escaneo y hacer visible la potencial amenaza.
Tomando en consideración que se interpreta que el escáner de rayos x debe contar con más de un software de detección de sustancias (narcóticos y explosivos). "
Solicitamos a la convocante modificar e integrar en un solo software los 3 puntos teniendo en cuenta de que existen escáneres de rayos x que con un solo software cumplen con las otras funciones solicitadas mejorando así el sistema de gestión y control. Además este tipo de Software integral está aprobado a satisfacción de TSA, ya que cuenta con la prestación de detección de narcóticos y explosivos como standard.
En el ítem que la convocante solicita “Velocidad de la bandeja o cama de rodillos: No menor a 0.2 m/s Altura de la bandeja del rodillo: no menor a 30 cm - no mayor a 40 cm Capacidad de la bandeja de rodillo: no menor a 3000 kg uniformemente distribuida Tamaño del túnel: mayor o igual a 180 cm x 180 cm."
En vista que podrían existir equipos con una altura de la bandeja mayor al rango solicitado por la convocante, si ésta podría tomar en consideración el aumento del rango de altura de la bandeja del rodillo a 50 cm teniendo en cuenta que eso no afecta el buen funcionamiento y utilización del equipo.
En el ítem que la convocante solicita “Velocidad de la bandeja o cama de rodillos: No menor a 0.2 m/s Altura de la bandeja del rodillo: no menor a 30 cm - no mayor a 40 cm Capacidad de la bandeja de rodillo: no menor a 3000 kg uniformemente distribuida Tamaño del túnel: mayor o igual a 180 cm x 180 cm."
En vista que podrían existir equipos con una altura de la bandeja mayor al rango solicitado por la convocante, si ésta podría tomar en consideración el aumento del rango de altura de la bandeja del rodillo a 50 cm teniendo en cuenta que eso no afecta el buen funcionamiento y utilización del equipo.
En la Adenda Nro. 3 - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS REQUERIDA
Generador de Rayos X
Dirección del Haz: Vista 1: horizontal o diagonal de lado a lado, vista 2: diagonalmente desde arriba hacia abajo y/o verticalmente hacia abajo, para mejor cobertura del escaneo.
Físico
Altura de la bandeja del rodillo: no menor a 30 cm - no mayor a 40 cm …
Reiteramos, lo que ha sido consultando y solicitado en la primera etapa de consultas, y, que luego de la visita técnica realizada el pasado 01/07/2021, ratificamos, ya que el área de ubicación del escáner incluso será adecuada para mejor operatividad de la carga y el uso de montacargas y será de mayor beneficio para la entidad contar con escáneres compactos y de mejores prestaciones técnicas inclusive.
Por lo mismo, reiteramos con vehemencia, que la altura de la bandeja de rodillos no mayor a 40cm y la vista 2 diagonalmente desde arriba hacia abajo y/o verticalmente hacia abajo, donde no se permite bandejas de superior altura, ejemplo hasta 90cm aproximadamente, siendo que está demostrado que la altura de la bandeja para la operativa con monta cargas, donde el operador del montacarga tiene mejor visión de la carga paletizada que esta movilizando, puede observar en todo el trayecto la misma hasta su depósito sobre la bandeja de rodillos, siendo esta la operativa correcta por normativas internacionales de manipulación de carga, por lo cual algunos fabricantes, que apuestan a la mejora constante, han desarrollado un diseño moderno y acorde a mejorar la manipulación de carga, por lo que los laboratorios de la TSA han aprobados dichos equipos y constan en el listado de la ACSTL que forman parte de la exigencia del presente PBC.
Inclusive, se restringe y se elimina; en cuanto a la Vista 2; el tipo de haz proyectado desde abajo hacia arriba, el cual permite que el haz tenga una mejor toma de la carga y que con la aproximación del haz al estar el generador más cerca de la carga, el equipo cuenta con dosis aumentada y huella compacta (se adjunta documentación demostrativa), donde se obtiene una toma mayor de la carga incluyendo los contornos y posibles dobles fondos y cargas donde las técnicas de ocultamientos de narcóticos por ejemplo son más rápidamente detectadas con este tipo de detección, son de vital importancia para la DINAC, y, que con la ingeniería de este desarrollo se obtiene una mejor visualización de la misma, para beneficio de la convocante y sus operarios.
La forma del haz es un gran beneficio que ha sido demostrado en los laboratorios de la TSA, por lo que dicha organización ha calificado y aprobado dicho sistema y es por ello que la marca y el modelo figura en dicho listado como equipo certificado.
Para la TSA es de vital importancia la detección no solo de narcóticos sino también de todo explosivo y/o parte de los mismos y/o municiones que pudieran representar un peligro para los cargueros, es por ello que es relevante contar con técnicas y desarrollo de tecnologías que sean rápidas y efectivas para la detección de los mimos, y que sean lo mas intuitivo posible para la rápida detección de las mismas por los operarios.
Para dejar constancia del desarrollo de punta mencionado, otros fabricantes aun no han logrado mejorar este tipo de desarrollo de ingeniería, a pesar de estar en la lista de la TSA ACSTL, por lo que creemos que seria privar a la institución de contar con la tecnología superior y más moderna que el mercado mundial puede ofrecer, y, que de hecho esta operando en las instalaciones del AISP/DNA siendo dicho equipo incluso utilizado por la DINAC para poder cumplir con los requerimientos exigidos por la TSA.
Sin dejar de mencionar, que con las limitaciones técnicas mencionadas, se restringe la participación de empresas serias, responsables y con experiencia comprobada en el Paraguay, de poder ofrecer la convocante servicio técnico garantizado, con certificación ISO9001-2015 inclusive, amén de los beneficios técnicos ya mencionados.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”
Por lo mismo, solicitamos a la convocante tenga a bien, permitir unidades que cumplan con altura de rodillo hasta 90cm inclusive, y, que permita también la dirección del haz: vista 1: diagonal desde el lado, vista 2: diagonal de abajo a arriba
05-07-2021
06-07-2021
En la Adenda Nro. 3 - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS MÍNIMAS REQUERIDA
Dirección del Haz: Vista 1: horizontal o diagonal de lado a lado, vista 2: diagonalmente desde arriba hacia abajo y/o verticalmente hacia abajo, para mejor cobertura del escaneo.
Físico
Altura de la bandeja del rodillo: no menor a 30 cm - no mayor a 40 cm …
Reiteramos, lo que ha sido consultando y solicitado en la primera etapa de consultas, y, que luego de la visita técnica realizada el pasado 01/07/2021, ratificamos, ya que el área de ubicación del escáner incluso será adecuada para mejor operatividad de la carga y el uso de montacargas y será de mayor beneficio para la entidad contar con escáneres compactos y de mejores prestaciones técnicas inclusive.
Por lo mismo, reiteramos con vehemencia, que la altura de la bandeja de rodillos no mayor a 40cm y la vista 2 diagonalmente desde arriba hacia abajo y/o verticalmente hacia abajo, donde no se permite bandejas de superior altura, ejemplo hasta 90cm aproximadamente, siendo que está demostrado que la altura de la bandeja para la operativa con monta cargas, donde el operador del montacarga tiene mejor visión de la carga paletizada que esta movilizando, puede observar en todo el trayecto la misma hasta su depósito sobre la bandeja de rodillos, siendo esta la operativa correcta por normativas internacionales de manipulación de carga, por lo cual algunos fabricantes, que apuestan a la mejora constante, han desarrollado un diseño moderno y acorde a mejorar la manipulación de carga, por lo que los laboratorios de la TSA han aprobados dichos equipos y constan en el listado de la ACSTL que forman parte de la exigencia del presente PBC.
Inclusive, se restringe y se elimina; en cuanto a la Vista 2; el tipo de haz proyectado desde abajo hacia arriba, el cual permite que el haz tenga una mejor toma de la carga y que con la aproximación del haz al estar el generador más cerca de la carga, el equipo cuenta con dosis aumentada y huella compacta (se adjunta documentación demostrativa), donde se obtiene una toma mayor de la carga incluyendo los contornos y posibles dobles fondos y cargas donde las técnicas de ocultamientos de narcóticos por ejemplo son más rápidamente detectadas con este tipo de detección, son de vital importancia para la DINAC, y, que con la ingeniería de este desarrollo se obtiene una mejor visualización de la misma, para beneficio de la convocante y sus operarios.
La forma del haz es un gran beneficio que ha sido demostrado en los laboratorios de la TSA, por lo que dicha organización ha calificado y aprobado dicho sistema y es por ello que la marca y el modelo figura en dicho listado como equipo certificado.
Para la TSA es de vital importancia la detección no solo de narcóticos sino también de todo explosivo y/o parte de los mismos y/o municiones que pudieran representar un peligro para los cargueros, es por ello que es relevante contar con técnicas y desarrollo de tecnologías que sean rápidas y efectivas para la detección de los mimos, y que sean lo mas intuitivo posible para la rápida detección de las mismas por los operarios.
Para dejar constancia del desarrollo de punta mencionado, otros fabricantes aun no han logrado mejorar este tipo de desarrollo de ingeniería, a pesar de estar en la lista de la TSA ACSTL, por lo que creemos que seria privar a la institución de contar con la tecnología superior y más moderna que el mercado mundial puede ofrecer, y, que de hecho esta operando en las instalaciones del AISP/DNA siendo dicho equipo incluso utilizado por la DINAC para poder cumplir con los requerimientos exigidos por la TSA.
Sin dejar de mencionar, que con las limitaciones técnicas mencionadas, se restringe la participación de empresas serias, responsables y con experiencia comprobada en el Paraguay, de poder ofrecer la convocante servicio técnico garantizado, con certificación ISO9001-2015 inclusive, amén de los beneficios técnicos ya mencionados.
Lo previamente solicitado lo extendemos de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS” el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública.
Asimismo, en virtud del Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”
Por lo mismo, solicitamos a la convocante tenga a bien, permitir unidades que cumplan con altura de rodillo hasta 90cm inclusive, y, que permita también la dirección del haz: vista 1: diagonal desde el lado, vista 2: diagonal de abajo a arriba
REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN
En el Pliego de Bases y Condiciones, REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN.
Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia, Punto 1 dice: “1. Copia de facturaciones y/o contratos que avalen la experiencia de haber instalado al menos 1 (una) Unidad de equipo de similar envergadura (Equipos de Rayos X de doble generador).
Dado que el equipo requerido es de Doble Vista y de generadores de 300KV c/u, y, considerando que esto ya se trata de Energía Media, por lo que solicitamos a la convocante que tenga a bien solicitar la experiencia en unidades de similar envergadura de Doble Vista con generadores de 300KV c/u, demostrable en al menos 1 (Una) provisión, que es un requerimiento mínimo para poder realmente comparar provisiones similares y la experiencia y capacidad técnica real en unidades similares.
Damos una breve descripción de las capacidades de generadores de Rayos X en el mundo y disponibles en nuestro país y en la misma institución:
Energía baja – Generadores de Rayos X de 140 – 160 hasta 200 KV
Energía Media – Generadores de Rayos X de 300 a 320 KV
Solicitamos a la convocante solicitar como experiencia la Provisión, Instalación y/o mantenimiento de equipos de similar envergadura (Equipos de Rayos X de un generador similar al requerido (300KV) o superior), ya que no existe restricción alguna que los oferentes hayan proveído dichos equipos a instituciones públicas y/o privadas, con lo cual no se limita participación alguna, sino que la Entidad estará garantizando que la evaluación técnica será realmente sobre equipos de similar envergadura, ya que es sabido que este tipo de unidades forman parte de la tecnología de Rayos X de Energía Media, a partir de 300KV.
Hay empresas que si bien cuentan con experiencia en equipos de Rayos X, pero de generadores de inferior capacidad, con lo cual podría interpretarse que la convocante está adecuando las especificaciones para que las mismas puedan calificar en la provisión, sin que las mismas tengan la experiencia suficiente ni demostrable en equipos de dicha capacidad, lo cual puede representar un riesgo para la institución, no solo al adecuar los requerimientos para que empresas sin capacidad y experiencia técnica en equipos similares puedan proveer este tipo de equipos sino que la misma no tenga la experiencia acorde para dar el servicio integral que la institución requiere.
Solicitamos a la convocante que considere garantizar al Estado Paraguayo y los bienes adquiridos por el mismo, que sean adquiridos de empresas que minimamente cuenten con experiencia suficiente y demostrable en unidades de similar envergadura y no adecuar o acomodar la experiencia para beneficio particular de una empresa, pues esto representa un riesgo inminente a la operativa de la convocante, siendo que se trata de un Aeropuerto de categoria Internacional que requiere empresas con experiencia para el servicio que brinda y puede poner en riesgo las certificaciones a las que esta sujeta por entes como TSA/OACI y otros.
05-07-2021
06-07-2021
REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN
En el Pliego de Bases y Condiciones, REQUISITOS DE CALIFICACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN.
Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia, Punto 1 dice: “1. Copia de facturaciones y/o contratos que avalen la experiencia de haber instalado al menos 1 (una) Unidad de equipo de similar envergadura (Equipos de Rayos X de doble generador).
Dado que el equipo requerido es de Doble Vista y de generadores de 300KV c/u, y, considerando que esto ya se trata de Energía Media, por lo que solicitamos a la convocante que tenga a bien solicitar la experiencia en unidades de similar envergadura de Doble Vista con generadores de 300KV c/u, demostrable en al menos 1 (Una) provisión, que es un requerimiento mínimo para poder realmente comparar provisiones similares y la experiencia y capacidad técnica real en unidades similares.
Damos una breve descripción de las capacidades de generadores de Rayos X en el mundo y disponibles en nuestro país y en la misma institución:
Energía baja – Generadores de Rayos X de 140 – 160 hasta 200 KV
Energía Media – Generadores de Rayos X de 300 a 320 KV
Solicitamos a la convocante solicitar como experiencia la Provisión, Instalación y/o mantenimiento de equipos de similar envergadura (Equipos de Rayos X de un generador similar al requerido (300KV) o superior), ya que no existe restricción alguna que los oferentes hayan proveído dichos equipos a instituciones públicas y/o privadas, con lo cual no se limita participación alguna, sino que la Entidad estará garantizando que la evaluación técnica será realmente sobre equipos de similar envergadura, ya que es sabido que este tipo de unidades forman parte de la tecnología de Rayos X de Energía Media, a partir de 300KV.
Hay empresas que si bien cuentan con experiencia en equipos de Rayos X, pero de generadores de inferior capacidad, con lo cual podría interpretarse que la convocante está adecuando las especificaciones para que las mismas puedan calificar en la provisión, sin que las mismas tengan la experiencia suficiente ni demostrable en equipos de dicha capacidad, lo cual puede representar un riesgo para la institución, no solo al adecuar los requerimientos para que empresas sin capacidad y experiencia técnica en equipos similares puedan proveer este tipo de equipos sino que la misma no tenga la experiencia acorde para dar el servicio integral que la institución requiere.
Solicitamos a la convocante que considere garantizar al Estado Paraguayo y los bienes adquiridos por el mismo, que sean adquiridos de empresas que minimamente cuenten con experiencia suficiente y demostrable en unidades de similar envergadura y no adecuar o acomodar la experiencia para beneficio particular de una empresa, pues esto representa un riesgo inminente a la operativa de la convocante, siendo que se trata de un Aeropuerto de categoria Internacional que requiere empresas con experiencia para el servicio que brinda y puede poner en riesgo las certificaciones a las que esta sujeta por entes como TSA/OACI y otros.