Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
11 INSTRUCTIVO DE LISTA DE PRECIO -Solicitamos a la Convocante facilitar un instructivo de llenado de la lista de precios, a fin de evitar errores involuntarios en el llenado. 08-09-2021 15-09-2021
12 Asistencia Medica Solicitamos el ajuste de los términos expuestos en la página…..referido a los especialidades médicas RAMALES que son Clínica Medica, Pediatría, Ginecología y Obstetricia, Traumatología y Neumología en razón de que algunas especialidades no son frecuentemente ni habitualmente utilizadas por lo no requiere de la misma cantidad de prestadores 09-09-2021 15-09-2021
13 Centros Asistenciales Solicitamos el ajuste de los términos expuestos en la página 40 y 41 CENTROS ASISTENCIALES MINIMOS Solicitamos la Eliminación de Centros asistenciales en la Zona de Lambaré, Departamento de Canindeyu y Boquerón o en su defecto incluir “En los Lugares en que la prepaga no cuente con dichos Centros Asistenciales o no se reúna la cantidad requerida en el PBC se procederá al sistema de reembolso”. Esto facilitara una mayor apertura de oferentes y el principio de la libre competencia.. 09-09-2021 15-09-2021
14 Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad tecnica En concordancia a lo solicitado en la consulta 3; solicitamos el ajuste de los términos expuestos en el item de “Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica 09-09-2021 15-09-2021
15 Asistencia Medica El PBC en su página 29. en la Sección “Asistencia Médica” Ítem 9, reza: Todas las especialidades deberán contar con el mínimo de profesionales que se detallan más abajo. Los mismos deberán contar con la habilitación del MSP y BS en las diversas especialidades requeridas por los beneficiarios y la Certificación del Circulo Paraguayo de Médicos. Solicitamos modificar conforme al siguiente término: “Todas las especialidades deberán contar con el mínimo de profesionales que se detallan más abajo, la mismas deben ser presentadas en una declaración jurada donde coste el nombre, el apellido, dirección, especialidad y número de teléfono del mismo” 09-09-2021 15-09-2021
16 Capacidad Tecnica El PBC en su página 21 en la Sección “Capacidad Técnica” Item 3 Listado de Sanatorio y Centros Asistenciales : en su punto 3 ; reza: “Centros ESPECIALIZADOS en pediatría para URGENCIAS y/o INTERNACION. Solicitamos modificar conforme al siguiente término: “Centros ESPECIALIZADOS y/o Centros asistenciales con pabellón/área pediátrica para CONSULTAS, URGENCIAS y/o PROCEDIMIENTOS y/o INTERNACION y/o UTI NIÑOS Y NEONATAL. El motivo de esta solicitud obedece, a fin de que sean tenidas en cuenta las capacidades de los diversos sanatorios a ser ofertados (CMB, ITALIANO, SANATORIO MIGONE que incluso cuentan con UTI PEDIATRICA Y NEONATAL, pudiendo prestar un servicio más integral al NIÑO y que cuentan con reconocida trayectoria en el parea pediátrica), y, que no necesariamente solo puede el también reconocido Instituto Privado del Niño, 09-09-2021 15-09-2021
17 Experiencia Requerida En concordancia a lo solicitado en la consulta 1; solicitamos el ajuste de los términos expuestos en el item de “Requisitos documentales para evaluar el criterio de experiencia requerida 09-09-2021 15-09-2021
18 Experiencia y Capacidad Tecnica Analizado a cabalidad el Pliego de Bases y Condiciones , con el afán de presentar oferta en el marco del proceso individualizado y de forma a dar mayor participación a potenciales oferentes, ya que poseemos los recursos humanos, financieros y legales para llevar adelante la prestación exigida, por tener vasta experiencia en Servicios Médicos Sanatoriales y Servicios de Medicina Pre-paga, es que, en cumplimiento de los Principios Generales que rigen las compras públicas, específicamente el de Igualdad y Libre Competencia, es que realizamos a continuación nuestras consultas con respecto a los siguientes puntos del PBC: El PBC en sus páginas 20 y 21/ 84 en la Sección “Experiencia y Capacidad Técnica” solicitamos se realicen las modificaciones pertinentes para permitir el ingreso de nuevos oferentes y fomentar las PYMES nacionales, por lo cual solicitamos quede redactado de la siguiente forma: El Oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de experiencia: Experiencia a. El oferente deberá tener experiencia en la prestación de servicios sanatoriales y/o servicios de terapia intensiva y/o de asistencia médica servicios de medicina pre-paga, demostrable en los últimos 3 años (2018, 2019 y 2020), la cual se demostrará acreditando tener experiencia en contratos corporativos público y/o privado que, en la sumatoria sean equivalentes al 50% del total ofertado. Para la comprobación de la experiencia mínima exigida, el oferente deberá presentar fotocopias simples de los siguientes documentos: 1. Contratos que cumplan las condiciones exigidas 2018, 2019 y 2020 hasta la sumatoria del 50% del total ofertado. La Convocante podrá solicitar comprobantes legales de ventas o actas de recepción definitiva del servicio efectivamente proveído. b. El oferente deberá acreditar antigüedad en el rubro que acredite su experiencia de al menos diez años en servicios médicos sanatoriales, y/o servicios de terapia intensiva y/o servicios de medicina prepaga (fecha de certificado de registro y autorización del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Art. 245, Ley 836/80 “Código Sanitario”) y/o constancia de estar inscripto en la Superintendencia de Salud. c. El oferente deberá presentar una Declaración Jurada que exprese que dispone de prestadores de servicios que cuenten con servicios de urgencias, centros asistenciales con área y/o pabellón pediátrico de especializados en pediatría para urgencias e internaciones, unidad de terapia intensiva pediátrica y neonatal, centros de diagnóstico, medicina por imágenes, servicios laboratoriales; Centros de fisioterapia y rehabilitación, con sus respectivas direcciones y números de teléfonos, con su correspondiente Habilitación expedida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o constancia de estar en trámite de renovación, separados por Asunción, Gran Asunción e Interior del país por departamentos, que permanecerán durante la vigencia del contrato pudiendo está ser ampliado dicho periodo. d. En caso de consorcios, todos los puntos anteriores podrán ser cumplidos en su conjunto. Todos los centros que requieran habilitación del M.S.P. y B.S. deben contar con ella. Y/o constancia de estar en trámite de renovación” En este sentido, tal como lo hemos expuesto precedentemente, a fin de dar mayor participación a potenciales oferentes en cumplimiento del principio de Igualdad y Libre Competencia, y la correcta INTERPRETACIÓN al momento de la evaluación, es que solicitamos que sea reformulado aceptando los términos ante expuestos. teniendo en cuenta que los servicios requeridos en el pliego en 100% son ejecutados en la realidad por los centros asistenciales, centros de diagnóstico y/o sanatorios. El ingreso de nuevos oferentes que redundará en calidad de servicios y beneficio a las arcas del estado, debiendo quedar el pliego redactado de la forma arriba expuesta. 09-09-2021 15-09-2021
19 CONSULTA 19 El PBC en su página 35 en la Sección “INTERNACIONES, COBERTURA TOTAL” punto a. reza: Con cobertura inmediata y total hasta 30 (treinta) días por evento, en por lo menos 5 Centro Hospitalarios de los cuales 3 (tres) centros asistenciales de Nivel III en Asunción y un Centro Hospitalario Especialista en Pediatría, los mismos deben estar habilitados por el Ministerio de Salud Pública y Superintendencia de Salud, propuestos por el seguro, a libre elección del beneficiario y/o del médico tratante. Deberá contar además con otros centros asistenciales y sanatorios en el área de Departamento Central y en las ciudades donde el MDP cuenta con, cuyo listado deberá ser presentado al momento de la presentación de la oferta. En el caso que no existan salas para internación disponibles en los centros en convenio la aseguradora deberá habilitar el traslado del paciente (titular, beneficiario o adherente) a otro centro asistencial del mismo nivel. A fin de dar mayor participación a potenciales oferentes en cumplimiento del principio de Igualdad y Libre Competencia, solicitamos modificar y agregar conforme al siguiente término: Con cobertura inmediata y total hasta 30 (treinta) días por evento, en por lo menos 5 Centro Hospitalarios de los cuales 3 (tres) centros asistenciales de Nivel III en Asunción y un Centro Asistencial con pabellón/área pediátrica para CONSULTAS, URGENCIAS y/o PROCEDIMIENTOS y/o INTERNACION y/o UTI NIÑOS Y NEONATAL, los mismos deben estar habilitados por el Ministerio de Salud Pública y Superintendencia de Salud y/o contar con el Certificado en Trámite o Resolucion de la Súper intendencia Nº 25/2021 de fecha 24 de Marzo, a libre elección del beneficiario y/o del médico tratante. Deberá contar además con otros centros asistenciales y sanatorios en el área de Departamento Central y en las ciudades donde el MDP cuenta con, cuyo listado deberá ser presentado al momento de la presentación de la oferta. En el caso que no existan salas para internación disponibles en los centros en convenio la aseguradora deberá habilitar el traslado del paciente (titular, beneficiario o adherente) a otro centro asistencial del mismo nivel. El motivo de esta solicitud obedece, a fin de que sean tenidas en cuenta las capacidades de los diversos sanatorios a ser ofertados (CMB, ITALIANO, SANATORIO MIGONE que incluso cuentan con UTI PEDIATRICA Y NEONATAL, pudiendo prestar un servicio más integral al NIÑO y que cuentan con reconocida trayectoria en el parea pediátrica), y, que no necesariamente solo puede el también reconocido Instituto Privado del Niño. Además, solicitamos que sea valedera la Resolucion de la Superintendencia Nº 25/2021 de fecha 24 de Marzo, que reza en su Articulo Nº 1: “Prorrogar hasta el mes de marzo del año 2022 la vigencia de las Categorias asignadas a las Entidades Prestadoras de servicios de Salud con vencimientos en los años 2020 y 2021”, pero de conformidad a lo establecido actualmente por la convocante como capacidad técnica el mismo limita nuestra participación amparándonos en el Artículo 4 – Principios Generales inciso b) Igualdad y Libre competencia, DANDO ÚNICAMENTE OPORTUNIDAD DE PARTICIPACIÓN EN EL CUMPLIMIENTO A DICHO REQUISITO A UN SOLO PRESTADOR Y ACTUALMENTE ADJUDICADO POR LA CONVOCANTE EN UN PROCESO SIMILAR ANTERIOR 14-09-2021 20-09-2021
20 CONSULTA 20 El PBC en su página 40 en la Sección “CENTROS ASISTENCIALES” item A. punto d. reza: “De la cantidad precedentemente indicada, en la localidad de Asunción, por lo menos un Centro exclusivo y Especializado en Niños, para urgencias, consultas e internaciones” A fin de dar mayor participación a potenciales oferentes en cumplimiento del principio de Igualdad y Libre Competencia, solicitamos modificar conforme al siguiente término: De la cantidad precedentemente indicada, en la localidad de Asunción, por lo menos un Centro Asistencial con pabellón/área pediátrica para CONSULTAS, URGENCIAS y/o PROCEDIMIENTOS y/o INTERNACION y/o UTI NIÑOS Y NEONATAL” El motivo de esta solicitud obedece, a fin de que sean tenidas en cuenta las capacidades de los diversos sanatorios a ser ofertados (CMB, ITALIANO, SANATORIO MIGONE que incluso cuentan con UTI PEDIATRICA Y NEONATAL, pudiendo prestar un servicio más integral al NIÑO y que cuentan con reconocida trayectoria en el parea pediátrica), y, que no necesariamente solo puede el también reconocido Instituto Privado del Niño, pero de conformidad a lo establecido actualmente por la convocante como capacidad técnica el mismo limita nuestra participación amparándonos en el Artículo 4 – Principios Generales inciso b) Igualdad y Libre competencia, DANDO ÚNICAMENTE OPORTUNIDAD DE PARTICIPACIÓN EN EL CUMPLIMIENTO A DICHO REQUISITO A UN SOLO PRESTADOR Y ACTUALMENTE ADJUDICADO POR LA CONVOCANTE EN UN PROCESO SIMILAR ANTERIOR 14-09-2021 20-09-2021
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