Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
11 *-Cableado Estructurado CAT6A En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, apartado Salidas de Telecomunicaciones, se solicita: “La terminación del jack debe hacerse en menos de 60 segundos.” Al respecto, solicitamos a la Convocante eliminar este requisito, teniendo en cuenta que no corresponde de ninguna manera establecer en este caso un límite de tiempo para la terminación de los jacks, que no será viable medir este tiempo en campo, y que solamente se halla en las Especificaciones Técnicas del presente llamado debido a que es una característica de Siemon, y teniendo en cuenta además que la especificación está orientada a la marca Siemon, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica, restringiendo con ello la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Cabe dejar constancia que si bien se encuentran otros productos que cumplen con este requisito, únicamente Siemon cumple todos los requerimientos del cableado estructurado del presente llamado en su conjunto, por lo cual la restricción de las EETT debe ser eliminada. Lo solicitado encuentra sustento legal en el art 20 de la Ley 2051/03, “Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones no se podrán exigir requisitos distintos señalados por esta ley, “Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud, no se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas”; y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Esta petición se formula teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 13-07-2022 15-07-2022
12 *-Cableado Estructurado CAT6A En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, apartado Patch Cords, se solicita: “El plug debe contener un tablero de circuito impreso (PCB) para eliminar el cruce de pares y el destrenzado para mejorar el desempeño.” Al respecto, solicitamos a la Convocante suprimir este requisito, o en su defecto sea indicado como opcional, teniendo en cuenta que los fabricantes emplean diferentes esquemas de diseño y construcción de los Patch cords, proporcionando de igual forma las características físicas y eléctricas de la Categoría 6A, y teniendo en cuenta además que la especificación está orientada a la marca Siemon, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica, restringiendo con ello la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Cabe dejar constancia que si bien se encuentran otros productos que cumplen con este requisito, únicamente Siemon cumple todos los requerimientos del cableado estructurado del presente llamado en su conjunto, por lo cual la restricción de las EETT debe ser eliminada. Lo solicitado encuentra sustento legal en el art 20 de la Ley 2051/03, “Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones no se podrán exigir requisitos distintos señalados por esta ley, “Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud, no se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas”; y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Esta petición se formula teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 13-07-2022 15-07-2022
13 *-Cableado Estructurado CAT6A En el PBC, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, apartado Patch Cords, se solicita: “Que su plug tenga contactos posteriores internos para mantener la simetría del cable en el punto de terminación.” Al respecto, solicitamos a la Convocante suprimir este requisito, o en su defecto sea indicado como opcional o de preferencia, considerando que los fabricantes utilizan diversas técnicas de diseño y construcción de los Patch cords, proporcionando de igual manera las características físicas y eléctricas de la Categoría 6A, y teniendo en cuenta además que la especificación está directamente orientada a la marca Siemon, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica, restringiendo con ello la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Cabe dejar constancia que si bien se encuentran otros productos que cumplen con este requisito, únicamente Siemon cumple todos los requerimientos del cableado estructurado del presente llamado en su conjunto, por lo cual la restricción de las EETT debe ser eliminada. Lo solicitado encuentra sustento legal en el art 20 de la Ley 2051/03, “Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones no se podrán exigir requisitos distintos señalados por esta ley, “Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud, no se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas”; y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Esta petición se formula teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 13-07-2022 15-07-2022
14 *-Cableado Estructurado CAT6A En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, apartado Patch Cords, se solicita: “Estar disponible en longitudes desde 3 ft (0.9 m) hasta 20 ft (6.1 m).” Al respecto, solicitamos a la Convocante eliminar este requisito, considerando que evidentemente no se justifica exigir que el fabricante disponga del rango de longitudes de patch cords, siendo que las cantidades y longitudes de los patch cords a ser utilizadas deberán ser claramente establecidas, poniendo de relieve que se trata de una característica de Siemon, y teniendo en cuenta además que la especificación está orientada a la marca Siemon, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica, restringiendo con ello la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Cabe dejar constancia que si bien se encuentran otros productos que cumplen con este requisito, únicamente Siemon cumple todos los requerimientos del cableado estructurado del presente llamado en su conjunto, por lo cual la restricción de las EETT debe ser eliminada. Lo solicitado encuentra sustento legal en el art 20 de la Ley 2051/03, “Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones no se podrán exigir requisitos distintos señalados por esta ley, “Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud, no se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas”; y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Esta petición se formula teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 13-07-2022 15-07-2022
15 *-Cableado Estructurado CAT6A En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, apartado Patch Panel, se solicita: “Permitir el uso de cualquier combinación de módulos Categoría 6A y Categorías de superior desempeño (incluyendo 8.1 y 8.2).” Al respecto, solicitamos a la Convocante eliminar este requisito, teniendo en cuenta que el cableado estructurado del presente llamado es de Categoría 6A, y en consecuencia los módulos o jacks del Patch panel deberán ser de Categoría 6A, resultando notoriamente injustificado exigir la inclusión de módulos de Categorías 8,1 y 8.2 que no corresponden al presente llamado, y teniendo en cuenta además que la especificación está directamente orientada a la marca Siemon, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica, restringiendo con ello la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Cabe dejar constancia que si bien se encuentran otros productos que cumplen con este requisito, únicamente Siemon cumple todos los requerimientos del cableado estructurado del presente llamado en su conjunto, por lo cual la restricción de las EETT debe ser eliminada. Lo solicitado encuentra sustento legal en el art 20 de la Ley 2051/03, “Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones no se podrán exigir requisitos distintos señalados por esta ley, “Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud, no se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas”; y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Esta petición se formula teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 13-07-2022 15-07-2022
16 *-Cableado Estructurado CAT6A En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, apartado Patch Panel, se solicita: “Tener disponible versiones planas y anguladas de 24 puertos en 1 unidad de rack (1RMS = 44.5 mm [1.75 in.]).” Al respecto, solicitamos a la Convocante eliminar este requisito, considerando que evidentemente no se justifica exigir que el fabricante disponga de versiones de Patch panel planas y anguladas, siendo que las cantidades y tipos de los patch panels a ser utilizadas deberán ser claramente establecidas, y teniendo en cuenta además que la especificación está orientada específicamente a la marca Siemon, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica, restringiendo con ello la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Cabe dejar constancia que si bien se encuentran otros productos que cumplen con este requisito, únicamente Siemon cumple todos los requerimientos del cableado estructurado del presente llamado en su conjunto, por lo cual la restricción de las EETT debe ser eliminada. Lo solicitado encuentra sustento legal en el art 20 de la Ley 2051/03, “Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones no se podrán exigir requisitos distintos señalados por esta ley, “Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud, no se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas”; y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Esta petición se formula teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 13-07-2022 15-07-2022
17 *-Cableado Estructurado CAT6A En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, apartado Patch Panel, se solicita: “El fabricante de cableado debe tener además disponibles paneles de 24 y 48 puertos de 1RU en versiones anguladas y planas.” Al respecto, solicitamos a la Convocante eliminar este requisito, considerando que evidentemente no se justifica exigir que el fabricante disponga de versiones de Patch panel planas y anguladas, siendo que las cantidades y tipos de los patch panels a ser utilizadas deberán ser claramente establecidas, y teniendo en cuenta además que la especificación está orientada a la marca Siemon, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica, restringiendo con ello la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Cabe dejar constancia que si bien se encuentran otros productos que cumplen con este requisito, únicamente Siemon cumple todos los requerimientos del cableado estructurado del presente llamado en su conjunto, por lo cual la restricción de las EETT debe ser eliminada. Lo solicitado encuentra sustento legal en el art 20 de la Ley 2051/03, “Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones no se podrán exigir requisitos distintos señalados por esta ley, “Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud, no se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas”; y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Esta petición se formula teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 13-07-2022 15-07-2022
18 *-Cableado Estructurado CAT6A En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, apartado Cable, se solicita: “El cable debe cumplir mínimo con los siguientes rangos de temperatura: Para la instalación desde 0 ºC a +60 ºC, para Almacenamiento desde -20 ºC a +75 ºC y para operación desde -20 a +75.” Al respecto, solicitamos a la Convocante que también sea aceptados los rangos de temperatura: Para la instalación desde 0 ºC a +50 ºC, para Almacenamiento desde -20 ºC a +60 ºC y para operación desde -20 a +60, considerando que estos rangos cubren con total suficiencia los valores máximos y mínimos de temperatura en nuestro medio, y teniendo en cuenta además que la especificación está orientada a la marca Siemon, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica, restringiendo con ello la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Cabe dejar constancia que si bien se encuentran otros productos que cumplen con este requisito, únicamente Siemon cumple todos los requerimientos del cableado estructurado del presente llamado en su conjunto, por lo cual la restricción de las EETT debe ser eliminada. Lo solicitado encuentra sustento legal en el art 20 de la Ley 2051/03, “Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones no se podrán exigir requisitos distintos señalados por esta ley, “Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud, no se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas”; y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Esta petición se formula teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 13-07-2022 15-07-2022
19 *-Cableado Estructurado CAT6A En el PBC, sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, apartado Cable, se solicita: “El cable debe ser tipo F/UTP debe estar disponible con diámetro exterior de 6.9 mm, para garantizar un Alien Crosstalk virtualmente de cero y máxima optimización de ocupación en canalizaciones.” Al respecto, solicitamos a la Convocante que también sea modificado este requisito y sea aceptado el diámetro exterior de 8,7mm., considerando que el diámetro requerido no corresponde a cable de Categoría 6A correspondiente a este llamado. La consulta es realizada a fin de permitir la participación de un mayor número de oferentes en la presente licitación. Lo solicitado encuentra sustento legal en el art 20 de la Ley 2051/03, “Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones no se podrán exigir requisitos distintos señalados por esta ley, “Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud, no se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas”; y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Esta petición se formula teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo. 13-07-2022 15-07-2022
20 *-Cableado Estructurado CAT6A En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, apartado Patch Panel, se solicita: “El fabricante de cableado debe tener además disponibles paneles de 24 y 48 puertos de 1RU en versiones anguladas y planas.” Al respecto, solicitamos a la Convocante eliminar este requisito, considerando que evidentemente no se justifica exigir que el fabricante disponga de versiones de Patch panel planas y anguladas, siendo que las cantidades y tipos de los patch panels a ser utilizadas deberán ser claramente establecidas, y teniendo en cuenta además que la especificación está orientada a la marca Siemon, favoreciendo lamentable e indebidamente a una marca específica, restringiendo con ello la participación de un mayor número de oferentes y fabricantes. Cabe dejar constancia que si bien se encuentran otros productos que cumplen con este requisito, únicamente Siemon cumple todos los requerimientos del cableado estructurado del presente llamado en su conjunto, por lo cual la restricción de las EETT debe ser eliminada. Lo solicitado encuentra sustento legal en el art 20 de la Ley 2051/03, “Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones no se podrán exigir requisitos distintos señalados por esta ley, “Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud, no se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas”; y de modo a no limitar la participación de potenciales oferentes y en concordancia a lo preceptuado en el PRINCIPIO DE IGUALDAD Y LIBRE COMPETENCIA que deben regir las compras públicas – inc. b del Art. 4 de la Ley N.º 2051 DE CONTRATACIONES PÚBLICAS el cual estipula: b) Igualdad y Libre Competencia: Permitirán que todo potencial proveedor o contratista que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria y que cumpla con los requisitos establecidos en esta ley, en su reglamento, en las bases o pliegos de requisitos y en las demás disposiciones administrativas, esté en posibilidad de participar sin restricción y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública. Esta petición se formula teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo 13-07-2022 15-07-2022
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