El PBC prevé “… 1 Tec. En Metalmecánica...” al respecto se solicita a la convocante que se suprima dicha exigencia, ya que este tipo de perfil son propios del rubro de tornería y el mantenimiento de componentes metálicos y se trata de un personal técnico especializado cuya labor nada tiene que ver con los talleres de mecánica general. Es más, no solo es muy escasa la contratación de dichos profesionales en los talleres de mecánica general, sino que son muy pocos los talleres mecánicos NO especializados en servicios de tornería, POR NO DECIR UNO SOLO, los que cuentan con dicho personal.
Refiere a un personal que no es recurrente al objeto de la presente contratación y solo se restringe la participación siendo esta una conducta contraria a las normas de libre participación contempladas en la Ley N° 2051. Además, ponemos a colación que en las bases del llamado se permite la tercerización de los servicios de tornería presentando contrato o compromiso de alquiler u otro documento que acredite que el oferente contara con la disponibilidad del bien durante la duración del Contrato.
Por tal motivo solicitamos tengan a bien de eliminar la necesidad de contar con un Tec. en Metalmecánica ya que permitiendo la tercerización de los servicios de tornería perfectamente cubre la necesidad de contar con dicho técnico o en su defecto pueda ser incorporado a la empresa para la firma del contrato en caso de resultar adjudicado, de modo tal a disipar las serias sospechas de un claro, rotundo y contundente direccionamiento hacia un talle en particular.
En el convencimiento que lo solicitado permitirá una mayor participación de oferentes en el llamado de referencia y dicho requisito no constituirá
El PBC prevé “… 1 Tec. En Metalmecánica...” al respecto se solicita a la convocante que se suprima dicha exigencia, ya que este tipo de perfil son propios del rubro de tornería y el mantenimiento de componentes metálicos y se trata de un personal técnico especializado cuya labor nada tiene que ver con los talleres de mecánica general. Es más, no solo es muy escasa la contratación de dichos profesionales en los talleres de mecánica general, sino que son muy pocos los talleres mecánicos NO especializados en servicios de tornería, POR NO DECIR UNO SOLO, los que cuentan con dicho personal.
Refiere a un personal que no es recurrente al objeto de la presente contratación y solo se restringe la participación siendo esta una conducta contraria a las normas de libre participación contempladas en la Ley N° 2051. Además, ponemos a colación que en las bases del llamado se permite la tercerización de los servicios de tornería presentando contrato o compromiso de alquiler u otro documento que acredite que el oferente contara con la disponibilidad del bien durante la duración del Contrato.
Por tal motivo solicitamos tengan a bien de eliminar la necesidad de contar con un Tec. en Metalmecánica ya que permitiendo la tercerización de los servicios de tornería perfectamente cubre la necesidad de contar con dicho técnico o en su defecto pueda ser incorporado a la empresa para la firma del contrato en caso de resultar adjudicado, de modo tal a disipar las serias sospechas de un claro, rotundo y contundente direccionamiento hacia un talle en particular.
En el convencimiento que lo solicitado permitirá una mayor participación de oferentes en el llamado de referencia y dicho requisito no constituirá
Favor remitirse a la Adenda de modificaciones al Pliego de Bases y Condiciones publicada en el SICP de la DNCP en fecha 21 de noviembre de 2023
12
CAPACIDAD TECNICA
El PBC prevé “…1 calibre pie de rey con su certificación correspondiente de la INTN presentar copia de la certificación…”
Se solicita aceptar Certificado de Calibración emitido por el INTN u otro Laboratorio acreditado para estos fines, teniendo en cuenta que según averiguaciones el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN) actualmente no se encuentra realizando trabajos de calibración de este tipo de instrumentos, por lo cual la misma Institución recomienda/delega a otros laboratorios acreditados considerando que no existe exclusividad por parte del INTN para esta certificación.
Con esta limitación se está privando a potenciales oferentes que cuentan con la capacidad legal, técnica y económica de participar en igualdad de oportunidades. Permitiendo certificados de otros organismos no se estaría frustrando la finalidad de la institución ni la prestación del servicio, al contrario, solo redundarían beneficio de contar con más ofertas.
Por todo lo expuesto solicitamos modificar dicha exigencia, permitiendo la certificación por parte de un laboratorio acreditado y con esto dar oportunidad a un mayor número de potenciales oferentes, considerando que la propia autoridad en materia de certificaciones (INTN) permite la certificación y/o calibración por parte de otros laboratorios que prestan dicho servicio.
Consulta N° 5
El PBC prevé “1 (Un) boroscopio, endoscopio…” Al respecto solicitamos permitir contar con uno de los dos componentes, es decir, contar con (un) 1 boroscopio y/o (un) 1 endoscopio teniendo en cuenta que ambos cumplen exactamente la misma función con la única diferencia que existen endoscopios que para observar el interior de áreas inaccesibles de un automóvil en tiempo real, deben ser conectados a una pantalla y/o monitor para la proyección de las imágenes, mientras que los boroscopios tienen incorporado una pantalla para observar directamente a través de un lente las imágenes, es decir proyectar las imágenes y verlas en tiempo real en el propio boroscopio.
Teniendo en cuenta lo argumentado requerimos a la Convocante solicitar o (un) 1 boroscopio o (un) 1 endoscopio, ya que carece de sentido solicitar ambos componentes porque cumplen exactamente con la misma e idéntica función.
El PBC prevé “…1 calibre pie de rey con su certificación correspondiente de la INTN presentar copia de la certificación…”
Se solicita aceptar Certificado de Calibración emitido por el INTN u otro Laboratorio acreditado para estos fines, teniendo en cuenta que según averiguaciones el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN) actualmente no se encuentra realizando trabajos de calibración de este tipo de instrumentos, por lo cual la misma Institución recomienda/delega a otros laboratorios acreditados considerando que no existe exclusividad por parte del INTN para esta certificación.
Con esta limitación se está privando a potenciales oferentes que cuentan con la capacidad legal, técnica y económica de participar en igualdad de oportunidades. Permitiendo certificados de otros organismos no se estaría frustrando la finalidad de la institución ni la prestación del servicio, al contrario, solo redundarían beneficio de contar con más ofertas.
Por todo lo expuesto solicitamos modificar dicha exigencia, permitiendo la certificación por parte de un laboratorio acreditado y con esto dar oportunidad a un mayor número de potenciales oferentes, considerando que la propia autoridad en materia de certificaciones (INTN) permite la certificación y/o calibración por parte de otros laboratorios que prestan dicho servicio.
Consulta N° 5
El PBC prevé “1 (Un) boroscopio, endoscopio…” Al respecto solicitamos permitir contar con uno de los dos componentes, es decir, contar con (un) 1 boroscopio y/o (un) 1 endoscopio teniendo en cuenta que ambos cumplen exactamente la misma función con la única diferencia que existen endoscopios que para observar el interior de áreas inaccesibles de un automóvil en tiempo real, deben ser conectados a una pantalla y/o monitor para la proyección de las imágenes, mientras que los boroscopios tienen incorporado una pantalla para observar directamente a través de un lente las imágenes, es decir proyectar las imágenes y verlas en tiempo real en el propio boroscopio.
Teniendo en cuenta lo argumentado requerimos a la Convocante solicitar o (un) 1 boroscopio o (un) 1 endoscopio, ya que carece de sentido solicitar ambos componentes porque cumplen exactamente con la misma e idéntica función.
Favor remitirse a la Adenda de modificaciones al Pliego de Bases y Condiciones publicada en el SICP de la DNCP en fecha 21 de noviembre de 2023
13
CAPACIDAD TECNICA
El PBC prevé “1 (Un) boroscopio, endoscopio…” Al respecto solicitamos permitir contar con uno de los dos componentes, es decir, contar con (un) 1 boroscopio y/o (un) 1 endoscopio teniendo en cuenta que ambos cumplen exactamente la misma función con la única diferencia que existen endoscopios que para observar el interior de áreas inaccesibles de un automóvil en tiempo real, deben ser conectados a una pantalla y/o monitor para la proyección de las imágenes, mientras que los boroscopios tienen incorporado una pantalla para observar directamente a través de un lente las imágenes, es decir proyectar las imágenes y verlas en tiempo real en el propio boroscopio.
Teniendo en cuenta lo argumentado requerimos a la Convocante solicitar o (un) 1 boroscopio o (un) 1 endoscopio, ya que carece de sentido solicitar ambos componentes porque cumplen exactamente con la misma e idéntica función.
El PBC prevé “1 (Un) boroscopio, endoscopio…” Al respecto solicitamos permitir contar con uno de los dos componentes, es decir, contar con (un) 1 boroscopio y/o (un) 1 endoscopio teniendo en cuenta que ambos cumplen exactamente la misma función con la única diferencia que existen endoscopios que para observar el interior de áreas inaccesibles de un automóvil en tiempo real, deben ser conectados a una pantalla y/o monitor para la proyección de las imágenes, mientras que los boroscopios tienen incorporado una pantalla para observar directamente a través de un lente las imágenes, es decir proyectar las imágenes y verlas en tiempo real en el propio boroscopio.
Teniendo en cuenta lo argumentado requerimos a la Convocante solicitar o (un) 1 boroscopio o (un) 1 endoscopio, ya que carece de sentido solicitar ambos componentes porque cumplen exactamente con la misma e idéntica función.
Favor remitirse a la Adenda de modificaciones al Pliego de Bases y Condiciones publicada en el SICP de la DNCP en fecha 21 de noviembre de 2023
14
consulta pbc
Donde dice:
* 1 calibre pie de rey con su certificación correspondiente de la INTN presentar copia de la certificación.
Si bien el pie de rey es un instrumento de calibración cuyo funcionamiento puede estar certificado para garantizar la precisión, no es menos cierto que el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN) única en el rubro dentro del sector público, no ofrece el servicio de certificación de esta herramienta en particular, lo que vuelve al requisito de cumplimiento imposible. Se sugiere en consecuencia aceptar certificaciones nacionales de otro organismo de acreditación del sector privado de manera a que las reglas de participación sean razonables para los interesados en participar.
Donde dice:
* 1 calibre pie de rey con su certificación correspondiente de la INTN presentar copia de la certificación.
Si bien el pie de rey es un instrumento de calibración cuyo funcionamiento puede estar certificado para garantizar la precisión, no es menos cierto que el Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN) única en el rubro dentro del sector público, no ofrece el servicio de certificación de esta herramienta en particular, lo que vuelve al requisito de cumplimiento imposible. Se sugiere en consecuencia aceptar certificaciones nacionales de otro organismo de acreditación del sector privado de manera a que las reglas de participación sean razonables para los interesados en participar.
Favor remitirse a la Adenda de modificaciones al Pliego de Bases y Condiciones publicada en el SICP de la DNCP en fecha 21 de noviembre de 2023
15
PBC
en la solicitud de :
- 1 Tec. En Metalmecánica
La exigencia de un técnico en metalmecánica no es razonable en consideración a los servicios solicitados, considerando que este tipo de perfil son propios de la metalurgia y la siderurgia, no precisamente de talleres de auto vehículos. En las especificaciones no se observa ítems que justifiquen que este técnico deba intervenir en forma permanente en los servicios, tal vez pueda intervenir en tareas aisladas de tornería, sin embargo, esto no es técnicamente indispensable para cumplir con el objeto del contrato y al ser un personal que no es recurrente en el rubro de la presente contratación solo se restringe la participación siendo esta una conducta contraria a las normas de libre participación contempladas en la Ley N° 2051. Al excluir del listado al Técnico en metalmecánica, resultará que el personal solicitado en general es suficiente para la ejecución del contrato sin ir en detrimento de la pluralidad de oferentes y la obtención de ofertas más competitivas.
- 1 Tec. En Metalmecánica
La exigencia de un técnico en metalmecánica no es razonable en consideración a los servicios solicitados, considerando que este tipo de perfil son propios de la metalurgia y la siderurgia, no precisamente de talleres de auto vehículos. En las especificaciones no se observa ítems que justifiquen que este técnico deba intervenir en forma permanente en los servicios, tal vez pueda intervenir en tareas aisladas de tornería, sin embargo, esto no es técnicamente indispensable para cumplir con el objeto del contrato y al ser un personal que no es recurrente en el rubro de la presente contratación solo se restringe la participación siendo esta una conducta contraria a las normas de libre participación contempladas en la Ley N° 2051. Al excluir del listado al Técnico en metalmecánica, resultará que el personal solicitado en general es suficiente para la ejecución del contrato sin ir en detrimento de la pluralidad de oferentes y la obtención de ofertas más competitivas.
Favor remitirse a la Adenda de modificaciones al Pliego de Bases y Condiciones publicada en el SICP de la DNCP en fecha 21 de noviembre de 2023
16
Capacidad Tecnica
Donde dice "El Taller Oferente deberá contar con infraestructura propia (no tercerizado) de por lo menos 1500 m² de superficie total del Terreno que deberá demostrar con la presentación del Plano aprobado de infraestructura (No a regularizar)" este requisito resulta absolutamente limitante para potenciales oferentes, se solicita a la convocante permitir arrendamientos que se demuestren a traves de contratos que sean vigentes durante la ejecucion del contrato en caso de ser adjudicado.
Donde dice "El Taller Oferente deberá contar con infraestructura propia (no tercerizado) de por lo menos 1500 m² de superficie total del Terreno que deberá demostrar con la presentación del Plano aprobado de infraestructura (No a regularizar)" este requisito resulta absolutamente limitante para potenciales oferentes, se solicita a la convocante permitir arrendamientos que se demuestren a traves de contratos que sean vigentes durante la ejecucion del contrato en caso de ser adjudicado.
Remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
17
Capacidad Tecnica
Donde dice "El oferente deberá presentar como parte de su Oferta copia de la Póliza de Seguro de Cobertura contra robo, Incendio y de Responsabilidad Civil, del local por un valor mínimo de Gs.2.000.000.000," Favor considerar Fondo de Garantía 150.000.000 millones . Analizando el pedido de "mantenimiento y reparacion de vehiculos" exponemos que podemos cumplir con la totalidad de los requisitos. La convocante declara como unos de sus activos de valor los moviles a cargo del oferente (que no estaran el 100% dentro del taller sino que solo los moviles para reparar) por ese motivo aseguramos hacer frente a los eventuales siniestros y solicitamos a la covocante la flexibilizacion que permita la participación de otros potenciales oferentes sin colocar en riesgo los bienes de la institución.
Donde dice "El oferente deberá presentar como parte de su Oferta copia de la Póliza de Seguro de Cobertura contra robo, Incendio y de Responsabilidad Civil, del local por un valor mínimo de Gs.2.000.000.000," Favor considerar Fondo de Garantía 150.000.000 millones . Analizando el pedido de "mantenimiento y reparacion de vehiculos" exponemos que podemos cumplir con la totalidad de los requisitos. La convocante declara como unos de sus activos de valor los moviles a cargo del oferente (que no estaran el 100% dentro del taller sino que solo los moviles para reparar) por ese motivo aseguramos hacer frente a los eventuales siniestros y solicitamos a la covocante la flexibilizacion que permita la participación de otros potenciales oferentes sin colocar en riesgo los bienes de la institución.
Remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
18
Capacidad Tecnica
En el PBC se solicita 1 Fosa azulejada para verificación de camiones de gran porte y
1 Fosa para camiones. ” Cabe destacar que la evolución de la fosa son los elevadores,su funcion es a los efectos de poder tener una inspección del sistema de suspensión, tren delantero y trasero y la detección de fugas de fluidos. La diferencia entre uno y otro es que en lugar de que el técnico baje para revisar el vehículo, en los elevadores es el vehículo el se eleva. El PBC requiere una cantidad de 6 elevadores, cantidad más que suficiente para la realización de cuanta verificacion sea necesaria para una flota mucho más numerosa que la que posee la convocante y teniendo en cuent que los trabajo son realizados fuera de estos. Solicitar dicha cantidad de elevadores es más que suficiente y si se suma ademas 2 fosas, carece de sentido y no encuentra justificación técnica, más que un direccionamiento a un oferente en específico. En concreto se solicita que el requerimiento de las fosas sean eliminadas y de esta manera flexibilizar el requisito, y permitir a otros oferentes la participacion.
En el PBC se solicita 1 Fosa azulejada para verificación de camiones de gran porte y
1 Fosa para camiones. ” Cabe destacar que la evolución de la fosa son los elevadores,su funcion es a los efectos de poder tener una inspección del sistema de suspensión, tren delantero y trasero y la detección de fugas de fluidos. La diferencia entre uno y otro es que en lugar de que el técnico baje para revisar el vehículo, en los elevadores es el vehículo el se eleva. El PBC requiere una cantidad de 6 elevadores, cantidad más que suficiente para la realización de cuanta verificacion sea necesaria para una flota mucho más numerosa que la que posee la convocante y teniendo en cuent que los trabajo son realizados fuera de estos. Solicitar dicha cantidad de elevadores es más que suficiente y si se suma ademas 2 fosas, carece de sentido y no encuentra justificación técnica, más que un direccionamiento a un oferente en específico. En concreto se solicita que el requerimiento de las fosas sean eliminadas y de esta manera flexibilizar el requisito, y permitir a otros oferentes la participacion.
Remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones y Adenda emitida.
19
Herramientas Requeridas
Donde dice en item de Herramientas requeridas para el punto 6(seis) elevadores eléctricos y/o hidráulicos con una capacidad de 4000 kg, solicitamos sea considerado como mínimo 4 unidades.
Sobre el punto de fosa para camiones y el punto de fosa azulejada para verificación de camiones de gran porte, solicitamos a la convocante sea unificado este requerimiento en un solo, considerando que el mismo espacio puede ser utilizado para las verificaciones y reparaciones que sean necesarias. Este pedido es solicitado a fin de dar apertura a firmas con infraestructura adecuada para el volumen de de móviles a ser atendidos yo no limitar la participación por incorporar requisitos de exclusión para beneficio de un solo oferente.
Donde dice en item de Herramientas requeridas para el punto 6(seis) elevadores eléctricos y/o hidráulicos con una capacidad de 4000 kg, solicitamos sea considerado como mínimo 4 unidades.
Sobre el punto de fosa para camiones y el punto de fosa azulejada para verificación de camiones de gran porte, solicitamos a la convocante sea unificado este requerimiento en un solo, considerando que el mismo espacio puede ser utilizado para las verificaciones y reparaciones que sean necesarias. Este pedido es solicitado a fin de dar apertura a firmas con infraestructura adecuada para el volumen de de móviles a ser atendidos yo no limitar la participación por incorporar requisitos de exclusión para beneficio de un solo oferente.
Remitirse a lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones y Adenda emitida.
20
Capacidad Tecnica- Seguro
Se solicita que el oferente deberá presentar con su oferta póliza de seguro de cobertura contra robo, incendio y de Responsabilidad Civil, del local por un valor mínimo de 2.000.000.000, indicados datos de compañía de seguros, numero de póliza y que mismo se encuentre vigente por la duración del contrato. Solicitamos sea aceptado que el oferente cuente contrato un seguro de cobertura contra incendio, robo y de Responsabilidad Civil de acuerdo con la infraestructura del propio oferente y política de la compañía de seguros, y que una vez los móviles se encontraran en resguardo y no establecer un monto tan elevado por un criterio que se da como excluyente.
Se solicita que el oferente deberá presentar con su oferta póliza de seguro de cobertura contra robo, incendio y de Responsabilidad Civil, del local por un valor mínimo de 2.000.000.000, indicados datos de compañía de seguros, numero de póliza y que mismo se encuentre vigente por la duración del contrato. Solicitamos sea aceptado que el oferente cuente contrato un seguro de cobertura contra incendio, robo y de Responsabilidad Civil de acuerdo con la infraestructura del propio oferente y política de la compañía de seguros, y que una vez los móviles se encontraran en resguardo y no establecer un monto tan elevado por un criterio que se da como excluyente.