En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS, Item 2: UPS de 6KVA, se solicita:
“UPS On-Line de 6KVA / 6000W, controlado por microcontrolador, factor de potencia de salida 0,9.”
Al respecto solicitamos a la Convocante confirmar si el factor de potencia de salida requerido deberá ser 0,9 o 1, teniendo en cuenta que se solicita UPS Online con potencia de 2KVA/2000W que corresponde a un factor de potencia de salida 1, y contrariamente también se solicita factor de potencia de salida 0,9. La consulta es cursada a fin de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS, Item 2: UPS de 6KVA, se solicita:
“UPS On-Line de 6KVA / 6000W, controlado por microcontrolador, factor de potencia de salida 0,9.”
Al respecto solicitamos a la Convocante confirmar si el factor de potencia de salida requerido deberá ser 0,9 o 1, teniendo en cuenta que se solicita UPS Online con potencia de 2KVA/2000W que corresponde a un factor de potencia de salida 1, y contrariamente también se solicita factor de potencia de salida 0,9. La consulta es cursada a fin de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS, Item 1: UPS de 6KVA, se solicita:
“Tensión de salida 220 V +/- 10.”
Al respecto solicitamos a la Convocante confirmar si el margen de variación de la tensión de salida de +/- 10 está expresado en porcentaje o en voltios, es decir el margen requerido de variación de la tensión de salida es de 10%, o de 10Voltios. La consulta es realizada de manera a presentar una oferta que se adecue a las necesidades de la Convocante.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS, Item 1: UPS de 6KVA, se solicita:
“Tensión de salida 220 V +/- 10.”
Al respecto solicitamos a la Convocante confirmar si el margen de variación de la tensión de salida de +/- 10 está expresado en porcentaje o en voltios, es decir el margen requerido de variación de la tensión de salida es de 10%, o de 10Voltios. La consulta es realizada de manera a presentar una oferta que se adecue a las necesidades de la Convocante.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS, Item 1: UPS de 6KVA, se solicita:
“Autonomía mínima 10 minutos.”
Al respecto solicitamos a la Convocante confirmar el valor de carga o consumo eléctrico para el cual es requerida la autonomía de 10 minutos establecida, debido a que la autonomía del UPS es una función del consumo eléctrico de las cargas conectadas al UPS. Es decir, el UPS ofertado puede proporcionar una autonomía de 10 minutos a 1000W de carga, pero la autonomía será menor a Media carga del UPS que en este caso equivale a 3000W, y aún menor será la autonomía a plena carga del UPS que en este caso es de 6000W. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS, Item 1: UPS de 6KVA, se solicita:
“Autonomía mínima 10 minutos.”
Al respecto solicitamos a la Convocante confirmar el valor de carga o consumo eléctrico para el cual es requerida la autonomía de 10 minutos establecida, debido a que la autonomía del UPS es una función del consumo eléctrico de las cargas conectadas al UPS. Es decir, el UPS ofertado puede proporcionar una autonomía de 10 minutos a 1000W de carga, pero la autonomía será menor a Media carga del UPS que en este caso equivale a 3000W, y aún menor será la autonomía a plena carga del UPS que en este caso es de 6000W. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
La carga media no llega al 50 %, además se cuenta de un generador eléctrico, el cual funcionará en caso de un corte eléctrico prolongado, por lo que la UPS deberá absorber fluctuaciones, micro-cortes y el lapso de encendido del arranque el generador.
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/*Item 4. UPS de 10KVA
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS, Item 1: UPS de 10KVA, se solicita:
“Tensión de salida 220 V +/- 10.”
Al respecto solicitamos a la Convocante confirmar si el margen de variación de la tensión de salida de +/- 10 está expresado en porcentaje o en voltios, es decir el margen requerido de variación de la tensión de salida es de 10%, o de 10Voltios. La consulta es realizada de manera a presentar una oferta que se adecue a las necesidades de la Convocante.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS, Item 1: UPS de 10KVA, se solicita:
“Tensión de salida 220 V +/- 10.”
Al respecto solicitamos a la Convocante confirmar si el margen de variación de la tensión de salida de +/- 10 está expresado en porcentaje o en voltios, es decir el margen requerido de variación de la tensión de salida es de 10%, o de 10Voltios. La consulta es realizada de manera a presentar una oferta que se adecue a las necesidades de la Convocante.
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS, Item 1: UPS de 10VA, se solicita:
“Autonomía mínima 10 minutos.”
Al respecto solicitamos a la Convocante confirmar el valor de carga o consumo eléctrico para el cual es requerida la autonomía de 10 minutos establecida, debido a que la autonomía del UPS es una función del consumo eléctrico de las cargas conectadas al UPS. Es decir, el UPS ofertado puede proporcionar una autonomía de 10 minutos a 2KW de carga, pero la autonomía será menor a Media carga del UPS que en este caso equivale a 5KW, y aún menor será la autonomía a plena carga del UPS que en este caso es de 10KW. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el PBC, en la sección Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, capítulo Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS, Item 1: UPS de 10VA, se solicita:
“Autonomía mínima 10 minutos.”
Al respecto solicitamos a la Convocante confirmar el valor de carga o consumo eléctrico para el cual es requerida la autonomía de 10 minutos establecida, debido a que la autonomía del UPS es una función del consumo eléctrico de las cargas conectadas al UPS. Es decir, el UPS ofertado puede proporcionar una autonomía de 10 minutos a 2KW de carga, pero la autonomía será menor a Media carga del UPS que en este caso equivale a 5KW, y aún menor será la autonomía a plena carga del UPS que en este caso es de 10KW. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes, sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante…” y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado, además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
La carga media no llega al 50 %, además se cuenta de un generador eléctrico, el cual funcionará en caso de un corte eléctrico prolongado, por lo que la UPS deberá absorber fluctuaciones, micro-cortes y el lapso de encendido del arranque el generador.
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/*Prórroga de los Plazos
En la parte anexa al llamado publicado, Datos de la Convocatoria en el SICP, sección Etapas y Plazos, se solicita:
Fecha límite de consultas: jueves, 29 de junio de 2023 - 12:00hs
Fecha de entrega de ofertas: martes, 04 de julio de 2023 - 09:00hs
Al respecto, solicitamos a la Convocante una prórroga de al menos 15 (quince) días calendarios en la fecha de Presentación de Ofertas, y en consecuencia de la fecha de límite de consultas, de manera a contar con el tiempo necesario y suficiente para realizar un análisis íntegro y pormenorizado de todas las condiciones y requisitos establecidos dentro del presente llamado, y en consecuencia, presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante.
Así también, atendiendo el tipo de servicios y suministros requeridos del llamado licitado, y en consecuencia se precisa de un plazo mayor al establecido como plazo límite.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En la parte anexa al llamado publicado, Datos de la Convocatoria en el SICP, sección Etapas y Plazos, se solicita:
Fecha límite de consultas: jueves, 29 de junio de 2023 - 12:00hs
Fecha de entrega de ofertas: martes, 04 de julio de 2023 - 09:00hs
Al respecto, solicitamos a la Convocante una prórroga de al menos 15 (quince) días calendarios en la fecha de Presentación de Ofertas, y en consecuencia de la fecha de límite de consultas, de manera a contar con el tiempo necesario y suficiente para realizar un análisis íntegro y pormenorizado de todas las condiciones y requisitos establecidos dentro del presente llamado, y en consecuencia, presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante.
Así también, atendiendo el tipo de servicios y suministros requeridos del llamado licitado, y en consecuencia se precisa de un plazo mayor al establecido como plazo límite.
Lo solicitado encuentra sustento legal en el Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Teniendo en cuenta la urgencia y la necesidad de contar con las ups, considerando el cumplimiento de las normas ISO que tiene el laboratorio, la protección de los equipos y la urgencia del presente llamado, favor ajustarse a la fecha establecida.
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/*Sistema de Adjudicación
En la parte anexa al llamado publicado, Datos de la Convocatoria en el SICP, sección Adjudicación y Contratos, se solicita:
Sistema de Adjudicación: Por Total.
Al respecto, solicitamos a la Convocante que pueda ser aceptado el sistema de adjudicación por Item, considerando que los diferentes potenciales oferentes no disponen de los modelos de UPS de todas las capacidades de potencia requeridas, de esta manera se permitirá una mayor participación de empresas oferentes del sector de energía con amplia experiencia y capacidad técnica. Lo solicitado encuentra sustento legal en el Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En la parte anexa al llamado publicado, Datos de la Convocatoria en el SICP, sección Adjudicación y Contratos, se solicita:
Sistema de Adjudicación: Por Total.
Al respecto, solicitamos a la Convocante que pueda ser aceptado el sistema de adjudicación por Item, considerando que los diferentes potenciales oferentes no disponen de los modelos de UPS de todas las capacidades de potencia requeridas, de esta manera se permitirá una mayor participación de empresas oferentes del sector de energía con amplia experiencia y capacidad técnica. Lo solicitado encuentra sustento legal en el Art. 20, de la Ley 2051/03, el cual reza: “…Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud…”, esto se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia que deben regir en las compras efectuadas por el Estado, establecido en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el apartado ‘SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS’, apartado ‘Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas – CPS’ item 1, 2, 3, 4, solicitan lo siguiente: Autonomía mínima 10 minutos.
Al respecto consultamos: ¿con qué carga de trabajo se deben cumplir los 10 minutos de autonomía?, ya que en base a dicha determinación se seleccionan los modelos de equipos y cantidad de módulos de baterías.
En el apartado ‘SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS’, apartado ‘Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas – CPS’ item 1, 2, 3, 4, solicitan lo siguiente: Autonomía mínima 10 minutos.
Al respecto consultamos: ¿con qué carga de trabajo se deben cumplir los 10 minutos de autonomía?, ya que en base a dicha determinación se seleccionan los modelos de equipos y cantidad de módulos de baterías.
La carga media no llega al 50 %, además se cuenta de un generador eléctrico, el cual funcionará en caso de un corte eléctrico prolongado, por lo que la UPS deberá absorber fluctuaciones, micro-cortes y el lapso de encendido del arranque el generador.
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Plan de entrega de los servicios
En el apartado ‘SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS’, apartado ‘Plan de entrega de los servicios’ solicitan lo siguiente: NO APLICA.
Al respecto consultamos si es requerida la instalación de los equipos y de cuáles de los ítems en particular, a efectos de que los oferentes podamos prever la cotización de los servicios que sean requeridos. Lo anterior debido a lo comentado en la visita técnica, acerca de realizar el remplazo e instalación de las nuevas UPS (10KVA y 6KVA). En caso de que sea requerida la instalación de los equipos, favor establecer el plazo que se dispondrá para su realización, debiendo ser de al menos de 5 días corridos posteriores a la habilitación para el inicio de la realización de los servicios.
En el apartado ‘SUMINISTROS REQUERIDOS – ESPECIFICACIONES TÉCNICAS’, apartado ‘Plan de entrega de los servicios’ solicitan lo siguiente: NO APLICA.
Al respecto consultamos si es requerida la instalación de los equipos y de cuáles de los ítems en particular, a efectos de que los oferentes podamos prever la cotización de los servicios que sean requeridos. Lo anterior debido a lo comentado en la visita técnica, acerca de realizar el remplazo e instalación de las nuevas UPS (10KVA y 6KVA). En caso de que sea requerida la instalación de los equipos, favor establecer el plazo que se dispondrá para su realización, debiendo ser de al menos de 5 días corridos posteriores a la habilitación para el inicio de la realización de los servicios.
En la visita técnica se indicaron las necesidades para la adquisición de materiales eléctricos para la correcta instalación de los equipos ofertados. Las UPS solicitadas en el PBC serán para reemplazar las ya existentes, por el proveedor se encargará de realizarla instalación y la puesta en funcionamiento de los equipos. Además, en el lugar de la instalación se harán la prueba de funcionamiento de las UPS.
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* Con relacion al item 1 UPS de 1500 VA,
en donde el PBC solicita "UPS On-Line de 1500 VA / 1.5KVA / 1500W", Solicitamos respetuosamente a la convocante que sea aceptado UPS de "Línea interactiva con capacidad de 2000VA/1200W" lo cual lo ofrecido si encajaría en el precio referencial de la entidad, de manera a dar oportunidad a un mayor número de oferentes de presentar sus ofertas. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.
en donde el PBC solicita "UPS On-Line de 1500 VA / 1.5KVA / 1500W", Solicitamos respetuosamente a la convocante que sea aceptado UPS de "Línea interactiva con capacidad de 2000VA/1200W" lo cual lo ofrecido si encajaría en el precio referencial de la entidad, de manera a dar oportunidad a un mayor número de oferentes de presentar sus ofertas. A fin de dar cumplimiento al Art. 20, Inciso w, Párrafo 2do., de la Ley 2051/03 de Contrataciones Públicas.